Download Ley de Procedimiento Administrativo Común, artículo 62

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A l’atenció del Honorable Sr. Miquel Angel Grimalt i Vert
Consellería de Medi Ambient
La Asociación de Vecinos del Jonquet, C.I.F.: G-07222342, con domicilio a efectos
de notificación en C/ de les Soltes, 2. 07013 Palma de Mallorca
Manifiesta:
En referencia al proyecto del solar de Rentadors del PERI Es Jonquet.
Que existen vena o venas de aguas subterraneas en los terrenos de dicha actuación.
Que dicho proyecto no presentó Evaluación de Impacto Ambiental.
Expone:
Que de su presencia es elemento suficientemente probatorio el pozo y el molino de agua
que desde siempre estuvo establecido en dichos terrenos, el Petit Molí o Molí de Baix.
Que su presencia es natural y lógica al estar los terrenos del Jonquet enclavados en una
zona con numerosas cavidades subterráneas naturales y encontrarse situado entre dos
torrentes principales de la ciudad de Palma
Que el hecho de que actualmente esta agua naturales no estén siendo extraídas no
invalida su existencia.
Que la Ley de aguas protege dichas aguas subterráneas que son de dominio público.
Que ya se ha presentado por esta asociación con fecha 17 de marzo del 2008 recurso
extraordinario de revisión para dicho proyecto.
Que con fecha de hoy, 8 de abril, se han iniciado obras en dicho solar con la excusa de
hacer limpieza de los escombros allí acumulados pero con los efectos de destruir un
pozo de agua natural que allí se encontraba desde antiguo. Que a dicho pozo se le han
derruido sus paredes, se ha ampliado la entrada de su boca y se ha llenado de
escombros, acumulando restos de los mismo para supuestamente seguir rellenándolo
hasta eliminarlo en la medida de lo posible. (se adjuntan dos fotos)
Que dicho proyecto debe presentar EIA por ser un proyecto acumulativo a otro proyecto
(de Mar y Tierra) en el mismo ámbito y así estar contemplado por la Ley.
Solicita:
Que se aplique la Ley de Evaluación Impacto Ambiental.
Que se aplique la Ley de Aguas en dichos terrenos.
Que se aplique la Ley de Procedimiento Administrativo Común, artículo 118. Recurso
extraordinario de revisión. Por:
-que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios
documentos incorporados al expediente.
Que se suspendan preventivamente las licencias y otros actos jurídicos relacionados con
dichos proyectos y se paralicen las obras.
Que se tenga a esta Asociación como parte interesada a todos los efectos y en todo lo
que concierne a estas Unidades de Ejecución del Peri del Jonquet,
Atentamente,
Magdalena Moragues Noguera, Presidenta
D.N.I.: 41337326 R; Molí de Migorn, 23. 1º
07013 Palma
Palma , a 8 de abril del 2008
José Cortés Galindo,Vicepresidente
Francisca Sagrera Veny, Secretaria