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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 1ra. Sesión Ordinaria CAMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 451 10 DE ENERO DE 2013 Presentado por el representante Torres Calderón Referido a la Comisión de lo Jurídico LEY Para prohibir el discrimen a base de ser diagnosticado con algún trastorno del comportamiento, tales como el ADHD y/o el TDAH, entre otras; y para establecer una causa de acción en daños y perjuicios contra cualquier persona, natural o jurídica, que lleve a cabo el discrimen. EXPOSICION DE MOTIVOS De acuerdo a la literatura médica, el ADHD es un trastorno del comportamiento que suele ser común y que afecta aproximadamente a un 4-8 por ciento de los niños en edad escolar. Los niños son tres veces más propensos de padecer este trastorno que las niñas, aunque aún se desconoce la razón. Los niños con ADHD actúan sin pensar, son hiperactivos y no pueden concentrarse fácilmente. Puede que entiendan lo que se espera de ellos pero tiene problemas ejecutando las tareas que se les encomiendan porque no pueden permanecer sentados, prestar atención o estar atentos a detalles. Por supuesto, todos los niños, (especialmente los más jóvenes), actúan de este modo algunas veces, particularmente cuando están ansiosos o excitados. Pero la diferencia con el ADHD es que los síntomas están presentes durante periodos de tiempo más largos y éstos ocurren en diferentes situaciones. Los síntomas bloquean la habilidad de los niños de poder desenvolverse socialmente, académicamente y en sus casas. Al trastorno ADHD se le conocía anteriormente como Síndrome de Déficit de Atención, o ADD. En 1994, se le adjudicó una nueva denominación, y fue dividido en 2 tres categorías, o subtipos, cada una con su tipo de comportamiento característico, a saber: 1) De tipo inatento; 2) De tipo hiperactivo-impulsivo; y 3) De tipo combinado, el cual incluye una combinación de los tipos anteriores y es el más común. Por su parte, el TDAH es uno de los trastornos neuroconductuales más comunes en la infancia, el cual puede perdurar hasta la edad adulta. En la actualidad no se conocen las causas de esta afección. Una persona con el TDAH experimenta un nivel crónico de falta de atención, hiperactividad impulsiva, o ambas conductas, lo cual compromete seriamente su funcionamiento diario. Los síntomas de este trastorno deben presentarse a niveles por encima de los esperados para la etapa de desarrollo de una persona y deben interferir en la habilidad de esa persona para funcionar en diferentes ambientes (p. ej., en la escuela y en la casa). Es probable que una persona con el TDAH tenga problemas en diferentes áreas de su vida, como por ejemplo en sus relaciones con la familia y otras personas de su misma edad (o pares), y en su rendimiento escolar y laboral. Se han establecido tres tipos de TDAH según el nivel de los síntomas que experimenta el individuo. Descripción de los tres tipos de TDAH: 1) Predominantemente inatento. Es difícil para el individuo organizar o terminar una tarea, prestar atención a los detalles, o seguir instrucciones o una conversación. La persona afectada se distrae fácilmente u olvida los detalles de las rutinas diarias. 2) Predominantemente hiperactivo-impulsivo. La persona se muestra inquieta y habla mucho. Le es difícil permanecer tranquila por mucho tiempo (p. ej., para comer o para realizar un trabajo). Los niños más pequeños tienden a correr, saltar o trepar constantemente. El individuo se muestra impaciente y tiene problemas de impulsividad. Cuando una persona es impulsiva, puede que interrumpa mucho a los demás, le quite cosas a otra persona o hable en momentos inoportunos. Se le dificulta esperar su turno u oír instrucciones. Una persona impulsiva puede tener más accidentes y lesiones que otras. 3) Combinado. La persona afectada experimenta los síntomas de los tipos anteriores por igual. Tanto como el 50% de los niños con el TDAH también sufren de otros trastornos mentales. Estas comorbidades del TDAH (otros trastornos que ocurren junto con el 3 TDAH) dificultan el diagnóstico y el tratamiento del TDAH. Dichas comorbidades pueden exponer al individuo con el TDAH a otros retos. Aunque no se cuenta con estadísticas de la cantidad de individuos que padecen los trastornos antes mencionados, si ha llegado a la atención de ésta Asamblea Legislativa de Puerto Rico que niños y adultos han sido discriminados en escuelas, centros de cuido, head starts, y hasta en áreas de trabajo por padecer de algún trastorno del comportamiento como lo es el déficit de atención. Con el fin de subsanar cualquier deficiencia en las leyes de Puerto Rico que han permitido este tipo de discrimen, se promulga la presente. Esta tendría el propósito de prohibir el discrimen a base de ser diagnosticado con algún trastorno del comportamiento, tales como el ADHD y/o el TDAH y establece una causa de acción en daños y perjuicios contra cualquier persona, natural o jurídica, que lleve a cabo el mismo. Con esta Ley perseguimos evitar el continuo discrimen hacia los niños y adultos con esta condición para que tengan que ser aceptados en centros de cuido, escuelas o áreas de trabajo a pesar de haber sido diagnosticados con ADHD o TDAH. DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: 1 Artículo 1.-Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, pública o privada, que 2 resida u opere bajo la jurisdicción de Puerto Rico discriminar contra un individuo que 3 sea o haya sido diagnosticada con algún trastorno del comportamiento, tales como el 4 ADHD y/o el TDAH, entre otros. 5 Artículo 2.-Ninguna persona, natural o jurídica, pública o privada, podrá negar 6 acceso o servicios de cualquier tipo a un individuo que sea o haya sido diagnosticada 7 con algún trastorno del comportamiento, tales como el ADHD y/o el TDAH, entre 8 otros. 9 Artículo 3.-Cualquier persona, persona, natural o jurídica, pública o privada, que 10 discrimine por virtud de lo dispuesto en esta Ley, incurrirá en delito menos grave y será 11 sancionada con multa de quinientos (500) dólares a cinco mil (5,000) dólares para una 4 1 primera ofensa. De reincidir, la multa será de diez mil (10,000) dólares a veinte mil 2 (20,000) dólares. 3 Artículo 4.-Cualquier persona diagnosticada con algún trastorno del 4 comportamiento, tales como el ADHD y/o el TDAH, en su carácter personal, así como 5 cualquier organización, asociación, grupo o persona jurídica que represente o agrupe 6 personas diagnosticadas con ADHD, TDAH y/o cualquier otro padecimiento similar, 7 podrá ejercitar una acción de daños y perjuicios contra toda persona natural o jurídica, 8 que lleve a cabo el discrimen contemplado en esta Ley. 9 Artículo 5.-Cuando la persona con legitimación para demandar se vea 10 imposibilitada de hacerlo, sin importar la razón, su tutor o heredero podrá ejercitar esa 11 acción. Esta acción tendrá un período prescriptivo de un (1) año contado desde la fecha 12 en que el discriminado, tutor o heredero advenga en conocimiento del discrimen. 13 Artículo 6.-La indemnización a pagar por el demandado en un caso de daños y 14 perjuicios, según el Artículo 4 de esta Ley, será por una suma igual al triple del importe 15 de los daños que el acto haya causado. 16 17 Artículo 7.-Esta Ley entrará en vigencia inmediatamente después de su aprobación.