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FORMULA DENUNCIA Federico Orchani, Germán Lovari Marx, Sergio Bertachini, y Laura Daniela Alen, en carácter de representantes de las siguientes Organizaciones Sociales: Frente Popular Darío Santillán, CTD Anibal Verón, MTL Rebelde, y FOL constituyendo domicilio a todo efecto en Sarmiento 1470, 1er Piso, Capital Federal, ante Usted y en representación de las Mujeres y Hombres que integran nuestra cooperativa nos presentamos y decimos: Objeto: Que venimos por la presente a formular formal de denuncia ante las autoridades del INADI en virtud de que nuestra cooperativa es victima del accionar discriminatorio del Gobierno Nacional, a través del actuar del Ministerio de Desarrollo Social a cargo de la Sra. Alicia Kirchner y del Subsecretario de Organización de Ingresos Sociales. Dichas autoridades ejercen en contra de nuestra cooperativa actos discriminatorios por motivos de ideología, y/o opinión política o gremial. Otro aspecto de carácter esencial respecto a las actitudes discriminatorias que venimos por la presente a denunciar consiste en prohibir la posibilidad de participar de las cooperativas a nuestros compañeros y compañeras nacidos en países limítrofes por el solo hecho de tal y a pesar de que los mismos tengan en su poder la documentación correspondiente. Que el accionar continuo a través de acciones u omisiones por parte de dichas autoridades se encuentran en abierta contradicción con el principio de igualdad ante la ley establecido en nuestra carta magna, como así también incurren en acciones discriminatorias conforme lo establece el art. 1 de la ley 23.592, sancionada el 23 de agosto de 1988, con sus modificaciones en la leyes nº 24.782 y nº 25.608, conforme se establece: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.” Antecedentes: Que en el mes de agosto de 2009 el Gobierno Nacional hiciera el anuncio de la creación del Programa “Ingreso Social con Trabajo” también denominado Programa “Argentina Trabaja”. Según el anuncio oficial realizado por la Presidenta de la Nación, en el marco de dicho programa se crearían 100.000 puestos de trabajo en la provincia de Buenos Aires, los cuales serian otorgados a las cooperativas creadas conforme lo establecido por las Resoluciones MDS nº 3182/09, INAES 3026/06, Decreto Nº 1067/2009 y normativas concordantes. La Sra. Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el discurso de presentación del Programa Argentina Trabaja en Cadena Nacional decia: “Este Programa tiende no solamente a que la gente tenga trabajo sino que además se organice socialmente, algo característico del movimiento cooperativo.” Asimismo, el decreto 1067/2009, por el cual se crea el programa establece: “Que, en el ámbito de la Economía Social, las cooperativas y mutuales han mostrado su efectividad en la creación de empleo, dando a la fecha sustentabilidad a aproximadamente 300.000 personas. Que en este ámbito, la implementación de las acciones debe promover herramientas que permitan la generación de ingresos de manera regular y dinámica a través de la participación de cooperativas de trabajo” Nuestras cooperativas están integrada conforme lo establecen las resoluciones 3026/06, 255/88, 750/94, y demás normativas concordantes del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Particularmente conforme lo establece la resolución 3026/06. La misma dice en sus considerandos: “Que para ello se han implementado Programas Sociales vinculados a diversas actividades económicas tendientes a satisfacer con premura las cuestiones mencionadas. Que en el mismo sentido los Gobiernos Provinciales y Municipales han puesto en marcha programas de similar envergadura. Que en razón de tan frágil temática resulta conveniente y oportuno estructurar mecanismos para el rápido despacho interno de los expedientes de constitución de cooperativas de trabajo. Que por lo indicado se hace necesario la instrumentación de un Procedimiento especial para tal temática.” Asimismo la resolución 3182/09 establece en su artículo 2: “el “PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO” tendrá por objetivo fundamental la promoción del desarrollo económico y la inclusión social a través de la generación de nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores.” Nuestras cooperativas, a efectos de ser inscriptos como tales en el marco del Programa, han cumplimentado con todos los requisitos legales exigidos, así como realizado todas las presentaciones en su debido tiempo y forma, teniendo en nuestro poder documentación suficiente que sustente facticamente lo aquí expuesto. Razón por la cual, tenemos fundamento suficiente para demostrar que la única razón por la cual nuestra cooperativa no se encuentra inscripta en el presente programa, tiene sustento en razones discriminatorias debido a que no pertenecemos al partido de gobierno, ni a sus agrupaciones afines, así como tampoco hemos accedido a sus chantajes e intimidaciones, por lo cual, es a raíz de nuestros posicionamientos ideológicos, u opinión política o gremial que se nos niega la posibilidad de ingresar a dicho programa. HECHOS: Desde hace varios meses las cooperativas que representamos, integradas por miles de mujeres y hombres venimos reclamando la incorporación al programa Argentina Trabaja, como cooperativa. Si bien es cierto que en algunos casos puntuales se ha accedido a la inscripción de compañeros y compañeras, ello así en el marco de inscripciones individuales y particulares, no como integrantes de las cooperativas que representamos. Esto significa la negación de reconocernos como cooperativas, impidiéndonos desarrollarnos como tales, con nuestros principios organizativos, es decir, la democracia, la transparencia, el compañerismo, generando reglamentos de trabajo y fomentando la cultura del trabajo. El hecho de negarnos el carácter de cooperativas tiene fundamento exclusivo en un claro acto discriminatorio, el de perseguirnos por nuestros posicionamientos políticos e ideológicos. Otro aspecto de carácter esencial respecto a las actitudes discriminatorias que venimos por la presente a denunciar consiste en prohibir la posibilidad de participar de las cooperativas a nuestros compañeros y compañeras nacidos en países limítrofes por el solo hecho de tal y a pesar de que los mismos tengan en su poder la documentación correspondiente. Son cientos, los hombres y mujeres, que viven en los barrios humildes de nuestro país, son cientos y miles aquellos que desean inscribirse en este programa, sin embargo se les niega la posibilidad, violando el principio de igualdad ante la ley. Este hecho debe ser repudiado como discriminatorio sin lugar a dudas, indicando por parte del INADI al Gobierno Nacional la imprescindible necesidad de revertir esta situación. El Programa “Argentina Trabaja” contempla la incorporación de 100.000 desocupados, agrupados en Cooperativas, a los fines de que cada Estado Municipal acuerde con cada Cooperativa la realización de determinada obra de interés público, a cambio de un ingreso de cerca de 1200 pesos a cada cooperativista que garantiza el Estado Nacional. Según establecen las Rsoluciones de creación del Programa MDS Nº 3182/09, INAES 3026/06, Decreto Nº 1067/2009 y normativas concordantes, las cooperativas deberán conformarse según el modelo 3026 (ex 2038), integrar a 60 personas, y de esta forma ser destinatarias de determinado plan de obra de interés público, acordada o decidida con el Ejecutivo Municipal correspondiente. Las organizaciones sociales que representamos, con amplia trayectoria en trabajo cooperativo y en tareas de contención y desarrollo social en los barrios humildes de todo el país, hemos cumplido los trámites pertinentes para conformar las cooperativas según lo establecido en la reglamentación. Nuestras cooperativas están integradas conforme lo establecen las resoluciones 3026/06, 255/88, 750/94, y demás normativas concordantes del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Particularmente conforme lo establece la resolución 3026/06. Aún así, en forma ilegal y discriminatoria, se nos negó la posibilidad de participar del Programa de Empleo en condiciones de igualdad respecto a las cooperativas que sí ingresaron al programa, todas ellas conformadas exclusivamente por personas seleccionadas por el Ministerio y las Intendencias según criterios de pertenencia política al Partido Justicialista, el Frente Para la Victoria o el Movimiento Evita, vetando expresamente a ciudadanos propuestos para conformar nuevas cooperativas, por el sólo hecho de ser integrantes de organizaciones sociales independientes del Estado y del Partido de gobierno y sus grupos afines. Ejemplo de esta discriminación son las presentaciones de las Cooperativas presentadas el día 21 de septiembre pasado ante el Ministerio de Desarrollo Social con el fin de ser incorporadas al Programa, que fueron rechazadas sin motivo. (se adjunta como ejemplo una de las presentaciones, de la Cooperativa de Trabajo Altos de Merlo Limitada). También son demostrativas de este hecho de discriminación política hechos de notoriedad pública, como las distintas movilizaciones que hemos realizado desde estas organizaciones al respecto. Destacando que en dichas movilizaciones, acampe en la 9 de julio incluido, hemos sido victima del hostigamiento y de la represión policial. A los efectos de mayores precisiones podemos, ante eventual requisitoria por parte de Uds., proveerles material periodístico y fotográfico que dan cuenta de aquellas circunstancias. En última instancia queremos destacar que el Programa Argentina Trabaja ya cuenta con cerca de 1000 “cooperativas” conformadas con esta forma viciada, ilegal y discriminatoria. Ningún “cooperativista” participó en asamblea alguna de designación de las autoridades de su cooperativa; ni siquiera cada cooperativa dispone de los correspondientes libros de actas. Todo esto es porque, en realidad, se trata de “punteros políticos designados a dedo” quienes manejan el trabajo, sin lógica de cooperación, igualdad ni respeto a la legislación misma que regula el funcionamiento de las cooperativas (INAES). A esto se suma la figura del “capataz” o “coordinador” de cuadrilla, que implica un “jefe” cada 15 integrantes que percibirá un sueldo de 2500 pesos, muy por encima del resto de los integrantes. Esta figura, en cada caso, está siendo designada “a dedo” desde el Ministerio de Desarrollo Social, integrando en esos roles exclusivamente a militantes políticos de las agrupaciones afines al gobierno como el Movimiento Evita, con el fin de controlar políticamente a cada grupo de trabajo. Es también violatorio de la legislación cooperativa y discriminatorio que no sean los propios trabajadores quienes elijan los Consejos de Administración de las Cooperativas y a los Coordinadores de cuadrillas, y que el Ministerio disponga la prohibición a los cooperativistas de proponer a sus propias autoridades y coordinadores. DERECHO: Fundamos nuestra solicitud en lo dispuesto por los Artículos 14, 14 bis, 28, 33 y concordantes de la Constitución Nacional. Artículos 11, 12 inc. 4, 14, 27, 39, 41, 56, 57 y concordantes de la Constitución Provincial. Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Policitos. Asimismo en la ley 23.592 art. 1 y sgtes., en la doctrina legal y jurisprudencia, de nuestros tribunales respecto de actos discriminatorios. La nueva ley de migrantes 25871 PETITORIO: En virtud de todo lo antes expuesto, solicitamos a las máximas autoridades del INADI que: 1.- Se tenga por presentada la presente denuncia, dándole el curso correspondiente. 2.- Se nos reciba en audiencia por parte de su directora, la Dra. Maria Jose Lubertino. 3.- Se dictamine declarando como acto discriminatorio la negativa a incorporar al programa Argentina Trabaja personas de nacionalidad Boliviana, Paraguaya, Peruana o Chilena. 4.- Se dictamine declarando como un acto de discriminación política la negativa a permitir que los miembros de nuestros Organizaciones Sociales formen parte de los Consejos de Administración de las Cooperativas, como así también la negativa a inscribirnos en el Programa Argentina Trabaja como cooperativa constituida como tal.