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FORMULA DENUNCIA
Federico Orchani, Germán Lovari Marx, Sergio Bertachini, y
Laura Daniela Alen, en carácter de representantes de las siguientes Organizaciones
Sociales: Frente Popular Darío Santillán, CTD Anibal Verón, MTL Rebelde, y FOL
constituyendo domicilio a todo efecto en Sarmiento 1470, 1er Piso, Capital Federal,
ante Usted y en representación de las Mujeres y Hombres que integran nuestra
cooperativa nos presentamos y decimos:
Objeto: Que venimos por la presente a formular formal de
denuncia ante las autoridades del INADI en virtud de que nuestra cooperativa es victima
del accionar discriminatorio del Gobierno Nacional, a través del actuar del Ministerio de
Desarrollo Social a cargo de la Sra. Alicia Kirchner y del Subsecretario de Organización
de Ingresos Sociales.
Dichas autoridades ejercen en contra de nuestra cooperativa
actos discriminatorios por motivos de ideología, y/o opinión política o gremial.
Otro aspecto de carácter esencial respecto a las actitudes
discriminatorias que venimos por la presente a denunciar consiste en prohibir la
posibilidad de participar de las cooperativas a nuestros compañeros y compañeras
nacidos en países limítrofes por el solo hecho de tal y a pesar de que los mismos tengan
en su poder la documentación correspondiente.
Que el accionar continuo a través de acciones u omisiones por
parte de dichas autoridades se encuentran en abierta contradicción con el principio de
igualdad ante la ley establecido en nuestra carta magna, como así también incurren en
acciones discriminatorias conforme lo establece el art. 1 de la ley 23.592, sancionada el
23 de agosto de 1988, con sus modificaciones en la leyes nº 24.782 y nº 25.608,
conforme se establece: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún
modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías
fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del
damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a
reparar el daño moral y material ocasionados.
A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u
omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión,
nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica,
condición social o caracteres físicos.”
Antecedentes: Que en el mes de agosto de 2009 el Gobierno
Nacional hiciera el anuncio de la creación del Programa “Ingreso Social con Trabajo”
también denominado Programa “Argentina Trabaja”. Según el anuncio oficial realizado
por la Presidenta de la Nación, en el marco de dicho programa se crearían 100.000
puestos de trabajo en la provincia de Buenos Aires, los cuales serian otorgados a las
cooperativas creadas conforme lo establecido por las Resoluciones MDS nº 3182/09,
INAES 3026/06, Decreto Nº 1067/2009 y normativas concordantes.
La Sra. Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el
discurso de presentación del Programa Argentina Trabaja en Cadena Nacional decia:
“Este Programa tiende no solamente a que la gente tenga trabajo sino que además se
organice socialmente, algo característico del movimiento cooperativo.”
Asimismo, el decreto 1067/2009, por el cual se crea el
programa establece: “Que, en el ámbito de la Economía Social, las cooperativas y
mutuales han mostrado su efectividad en la creación de empleo, dando a la fecha
sustentabilidad a aproximadamente 300.000 personas. Que en este ámbito, la
implementación de las acciones debe promover herramientas que permitan la
generación de ingresos de manera regular y dinámica a través de la participación de
cooperativas de trabajo”
Nuestras cooperativas están integrada conforme lo
establecen las resoluciones 3026/06, 255/88, 750/94, y demás normativas concordantes
del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Particularmente
conforme lo establece la resolución 3026/06. La misma dice en sus considerandos:
“Que para ello se han implementado Programas Sociales vinculados a diversas
actividades económicas tendientes a satisfacer con premura las cuestiones
mencionadas. Que en el mismo sentido los Gobiernos Provinciales y Municipales han
puesto en marcha programas de similar envergadura. Que en razón de tan frágil
temática resulta conveniente y oportuno estructurar mecanismos para el rápido
despacho interno de los expedientes de constitución de cooperativas de trabajo. Que
por lo indicado se hace necesario la instrumentación de un Procedimiento especial
para tal temática.”
Asimismo la resolución 3182/09 establece en su
artículo 2: “el “PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO” tendrá por
objetivo fundamental la promoción del desarrollo económico y la inclusión social a
través de la generación de nuevos puestos de trabajo genuino, con igualdad de
oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario, incentivando e
impulsando la formación de organizaciones sociales de trabajadores.”
Nuestras cooperativas, a efectos de ser inscriptos como
tales en el marco del Programa, han cumplimentado con todos los requisitos legales
exigidos, así como realizado todas las presentaciones en su debido tiempo y forma,
teniendo en nuestro poder documentación suficiente que sustente facticamente lo aquí
expuesto. Razón por la cual, tenemos fundamento suficiente para demostrar que la
única razón por la cual nuestra cooperativa no se encuentra inscripta en el
presente programa, tiene sustento en razones discriminatorias debido a que no
pertenecemos al partido de gobierno, ni a sus agrupaciones afines, así como
tampoco hemos accedido a sus chantajes e intimidaciones, por lo cual, es a raíz de
nuestros posicionamientos ideológicos, u opinión política o gremial que se nos
niega la posibilidad de ingresar a dicho programa.
HECHOS: Desde hace varios meses las cooperativas que
representamos, integradas por miles de mujeres y hombres venimos reclamando la
incorporación al programa Argentina Trabaja, como cooperativa. Si bien es cierto que
en algunos casos puntuales se ha accedido a la inscripción de compañeros y
compañeras, ello así en el marco de inscripciones individuales y particulares, no como
integrantes de las cooperativas que representamos.
Esto significa la negación de reconocernos como cooperativas, impidiéndonos
desarrollarnos como tales, con nuestros principios organizativos, es decir, la
democracia, la transparencia, el compañerismo, generando reglamentos de trabajo y
fomentando la cultura del trabajo. El hecho de negarnos el carácter de cooperativas tiene
fundamento exclusivo en un claro acto discriminatorio, el de perseguirnos por nuestros
posicionamientos políticos e ideológicos.
Otro aspecto de carácter esencial respecto a las actitudes discriminatorias que
venimos por la presente a denunciar consiste en prohibir la posibilidad de participar de
las cooperativas a nuestros compañeros y compañeras nacidos en países limítrofes por el
solo hecho de tal y a pesar de que los mismos tengan en su poder la documentación
correspondiente. Son cientos, los hombres y mujeres, que viven en los barrios humildes
de nuestro país, son cientos y miles aquellos que desean inscribirse en este programa,
sin embargo se les niega la posibilidad, violando el principio de igualdad ante la ley.
Este hecho debe ser repudiado como discriminatorio sin lugar a dudas, indicando
por parte del INADI al Gobierno Nacional la imprescindible necesidad de revertir esta
situación.
El Programa “Argentina Trabaja” contempla la incorporación de 100.000
desocupados, agrupados en Cooperativas, a los fines de que cada Estado Municipal
acuerde con cada Cooperativa la realización de determinada obra de interés público, a
cambio de un ingreso de cerca de 1200 pesos a cada cooperativista que garantiza el
Estado Nacional. Según establecen las Rsoluciones de creación del Programa MDS Nº
3182/09, INAES 3026/06, Decreto Nº 1067/2009 y normativas concordantes, las
cooperativas deberán conformarse según el modelo 3026 (ex 2038), integrar a 60
personas, y de esta forma ser destinatarias de determinado plan de obra de interés
público, acordada o decidida con el Ejecutivo Municipal correspondiente.
Las organizaciones sociales que representamos, con amplia trayectoria en
trabajo cooperativo y en tareas de contención y desarrollo social en los barrios humildes
de todo el país, hemos cumplido los trámites pertinentes para conformar las
cooperativas según lo establecido en la reglamentación. Nuestras cooperativas están
integradas conforme lo establecen las resoluciones 3026/06, 255/88, 750/94, y
demás normativas concordantes del Instituto Nacional de Asociativismo y
Economía Social (INAES). Particularmente conforme lo establece la resolución
3026/06. Aún así, en forma ilegal y discriminatoria, se nos negó la posibilidad de
participar del Programa de Empleo en condiciones de igualdad respecto a las
cooperativas que sí ingresaron al programa, todas ellas conformadas exclusivamente
por personas seleccionadas por el Ministerio y las Intendencias según criterios de
pertenencia política al Partido Justicialista, el Frente Para la Victoria o el
Movimiento Evita, vetando expresamente a ciudadanos propuestos para
conformar nuevas cooperativas, por el sólo hecho de ser integrantes de
organizaciones sociales independientes del Estado y del Partido de gobierno y sus
grupos afines.
Ejemplo de esta discriminación son las presentaciones de las Cooperativas
presentadas el día 21 de septiembre pasado ante el Ministerio de Desarrollo Social con
el fin de ser incorporadas al Programa, que fueron rechazadas sin motivo. (se adjunta
como ejemplo una de las presentaciones, de la Cooperativa de Trabajo Altos de Merlo
Limitada).
También son demostrativas de este hecho de discriminación política hechos de
notoriedad pública, como las distintas movilizaciones que hemos realizado desde estas
organizaciones al respecto. Destacando que en dichas movilizaciones, acampe en la 9 de
julio incluido, hemos sido victima del hostigamiento y de la represión policial. A los
efectos de mayores precisiones podemos, ante eventual requisitoria por parte de Uds.,
proveerles material periodístico y fotográfico que dan cuenta de aquellas circunstancias.
En última instancia queremos destacar que el Programa Argentina Trabaja ya
cuenta con cerca de 1000 “cooperativas” conformadas con esta forma viciada, ilegal y
discriminatoria. Ningún “cooperativista” participó en asamblea alguna de
designación de las autoridades de su cooperativa; ni siquiera cada cooperativa
dispone de los correspondientes libros de actas. Todo esto es porque, en realidad, se
trata de “punteros políticos designados a dedo” quienes manejan el trabajo, sin lógica de
cooperación, igualdad ni respeto a la legislación misma que regula el funcionamiento de
las cooperativas (INAES). A esto se suma la figura del “capataz” o “coordinador” de
cuadrilla, que implica un “jefe” cada 15 integrantes que percibirá un sueldo de 2500
pesos, muy por encima del resto de los integrantes. Esta figura, en cada caso, está
siendo designada “a dedo” desde el Ministerio de Desarrollo Social, integrando en
esos roles exclusivamente a militantes políticos de las agrupaciones afines al gobierno
como el Movimiento Evita, con el fin de controlar políticamente a cada grupo de
trabajo. Es también violatorio de la legislación cooperativa y discriminatorio que no
sean los propios trabajadores quienes elijan los Consejos de Administración de las
Cooperativas y a los Coordinadores de cuadrillas, y que el Ministerio disponga la
prohibición a los cooperativistas de proponer a sus propias autoridades y coordinadores.
DERECHO: Fundamos nuestra solicitud en lo dispuesto por los Artículos 14,
14 bis, 28, 33 y concordantes de la Constitución Nacional. Artículos 11, 12 inc. 4, 14,
27, 39, 41, 56, 57 y concordantes de la Constitución Provincial. Pacto Internacional de
Derechos Económicos Sociales y Culturales. Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Policitos.
Asimismo en la ley 23.592 art. 1 y sgtes., en la doctrina legal y jurisprudencia,
de nuestros tribunales respecto de actos discriminatorios. La nueva ley de migrantes
25871
PETITORIO: En virtud de todo lo antes expuesto, solicitamos a las máximas
autoridades del INADI que:
1.- Se tenga por presentada la presente denuncia, dándole el curso
correspondiente.
2.- Se nos reciba en audiencia por parte de su directora, la Dra. Maria Jose
Lubertino.
3.- Se dictamine declarando como acto discriminatorio la negativa a incorporar
al programa Argentina Trabaja personas de nacionalidad Boliviana, Paraguaya, Peruana
o Chilena.
4.- Se dictamine declarando como un acto de discriminación política la negativa
a permitir que los miembros de nuestros Organizaciones Sociales formen parte de los
Consejos de Administración de las Cooperativas, como así también la negativa a
inscribirnos en el Programa Argentina Trabaja como cooperativa constituida como tal.