Download la honorable cámara de diputados de la provincia de entre ríos
Document related concepts
Transcript
H. CAMARA DE DIPUTADOS Entre Ríos PEDIDO DE INFORMES La Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 117 de la Constitución Provincial, solicita al Poder Ejecutivo se sirva informar, a través del organismo oficial que corresponda: Primero: Si sigue vigente el Decreto 994 del 25/02/2008 en todos sus términos, y en caso de respuesta positiva, que se sirva consignar a qué organismo del Ejecutivo le fueron asignadas las atribuciones conferidas a la Dirección General de Información Pública (DGIP) por dicho decreto, en especial la de centralizar todas las campañas publicitarias de las descentralizaciones administrativas, autárquicas y Empresas del Estado Provincial, tanto en su contratación como en su efectivización. Segundo: Cuáles fueron los criterios utilizados para la distribución de la pauta publicitaria realizada en el primer semestre del presente año. Tercero: El monto total librado y la distribución del presupuesto según cantidad de órdenes de publicidad oficial para el presente año 2012, autorizadas a todas las descentralizaciones administrativas, autárquicas y Empresas del Estado Provincial, así como pautadas por el Ejecutivo de manera directa, con detalle de las modificaciones presupuestarias previstas y monto ejecutado en el primer semestre. Cuarto: El detalle de la pauta publicitaria para ese segmento del año discriminado según el medio -gráfico, radial, televisivo, electrónico, agencia de publicidad o de noticias, carteleras en vía pública, festivales y/o espectáculos-, tipo de aviso publicitario, segundos de contratación, monto adjudicado, campaña publicitaria, y todo otro dato que grafique la distribución presupuestaria. Quinto: La distribución de las órdenes emitidas en ese semestre detallada en cantidad y porcentaje por departamento y localidad, como así también detalle si hubo pautas adjudicadas a empresas y/o medios no entrerrianos. Sexto: En caso de haberse encomendado la elaboración de piezas comunicacionales a terceros, detalle de ofertas presentadas, proveedores seleccionados, montos adjudicados, forma de elección, descripción de la tarea encomendada y mención del decreto que dispuso la contratación. FUNDAMENTOS Honorable Cámara: Existen una serie de formas sutiles y poco visibles de interferir en la libertad de expresión. La utilización de la publicidad oficial como premio o castigo a la línea editorial de los medios es una de ellas. En la provincia de Entre Ríos, en particular, se transforma en la más importante, dadas ciertas particularidades que nuestro territorio posee, el mercado de consumo provincial y las características del esquema productivo entrerriano, sumado a la fuerte influencia de los medios nacionales en la zona. El artículo 14 de la Constitución reformada en 2008 establece que la publicidad oficial “comprende la realizada por la Provincia, los municipios y las comunas, en todos sus estamentos y organismos”. Su objeto es “garantizar la vigencia del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública”, su adjudicación “se rige por los principios de transparencia, eficacia, pluralismo y austeridad” y la ley “establecerá pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de espacios en los medios de comunicación social que se inscriban para tal fin”. Esta es una deuda de la Legislatura provincial, que a casi cuatro años de la sanción de la reforma, aun no ha definido una legislación que establezca con precisión esas pautas objetivas. No obstante, la falta de una reglamentación de ningún modo puede avalar la violación del principio constitucional. Si bien la carencia de información respecto de cómo ejecuta el Estado entrerriano su pauta publicitaria no equivale a afirmar que se esté incumpliendo el precepto de la Carta provincial, es ostensible que están en juego aspectos centrales para la salud de la democracia. En Entre Rios suele ser la publicidad oficial la principal fuente de financiamiento de medios de comunicación, de manera que de la administración equitativa o arbitraria de esa pauta puede depender la supervivencia de esos medios. En febrero de 2009 el Poder Ejecutivo dispuso abrir un Registro de Medios con el objeto de otorgar “agilidad, seguridad y transparencia a las contrataciones”. También se informó en aquel momento que la Direccion General de Información Pública (DGIP) “aprobó un reglamento para la contratación de espacios publicitarios con criterios que se deberán contemplar para la asignación de los recursos presupuestarios”. Literalmente se dijo que gracias a ese reglamento, el otorgamiento de publicidad en adelante estaría fundado en “criterios de razonabilidad, y en ese sentido este reglamento significa una reducción importante de los margenes de discrecionalidad que muchas veces se ha objetado”, según declaraciones oficiales del entonces director Pedro Báez, actual ministro de Comunicación y Cultura. No obstante a la actualidad arrecian –en voz baja– los reclamos de medios de nuestra provincia en relación con el retiro de pauta publicitaria a partir de la asunción de las nuevas autoridades, que son paradójicamente las mismas que aprobaron aquella disposición. Al mismo tiempo se puede apreciar que en determinados medios existe una abundante pauta publicitaria del Ejecutivo, a las que se suman espacios pautados por los entes descentralizados de la Provincia o empresas en las que el Estado provincial tiene participación. Esta discriminación negativa es inadmisible y erosiona los principios mismos de la Constitución. El decreto 994 del 25/02/2008 –que aprueba el Reglamento antes mencionado– establece que la DGIP centraliza todas las campañas publicitarias de las “descentralizaciones administrativas, autárquicas y Empresas del Estado Provincial”, tanto en su contratación como en su efectivización, al punto que ordena a la Contaduría General “no autorizar el pago de ningún espacio” que no cuente “con la debida intervención y autorización” de la DGIP. Por ende no hay ninguna razón para suponer que no se cuenta con un detalle claro de todo lo invertido en esta área en cada ejercicio, y en función de los planes del Ejecutivo, en la previsión para el presente año 2012. Por todo esto es que solicitamos a nuestros pares que apoyen esta solicitud de informes al Ejecutivo para que dé cuenta de los montos asignados, el detalle por medio y el criterio en base al cual se realizaron dichas pautas, entre otros puntos trascendentes de la iniciativa.