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PROYECTO DE LEY
Creación de un Centro de Estudios y Observatorio
para el Desarrollo de Empresas y el Trabajo
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1.- Creación.
Créase el “CENTRO DE ESTUDIOS Y OBSERVATORIO DE LA EMPRESA Y EL TRABAJO
- (en adelante CEODET)” en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Artículo 2.- Definiciones.
A los fines de la presente Ley, se adoptan las siguientes definiciones:
a. Empresa: es la unidad primaria, básica e imprescindible para asegurar el
funcionamiento correcto de un sistema de mercado, político y social. La actividad
empresarial es considerada como un aspecto determinante para el dinamismo
económico y social del país.
b. Trabajo: por trabajo decente se entiende a aquel que se realiza en condiciones
de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, que contiene los siguientes
caracteres: Trabajo productivo y seguro; con respeto a los derechos laborales; con
ingresos adecuados; con protección social; con diálogo social, libertad sindical,
negociación colectiva y participación
c. Empresarialidad: se refiere a las habilidades de empresarios o emprendedores,
su tendencia a crear empresas buscando oportunidades de negocios.
d. Centro de Estudios y Observatorio: Institución que estudia, propone, orienta,
facilita
y produce informes técnicos sobre las características, situación,
factibilidad y gestión de empresas, empresarios y emprendedores. Fomentado la
cultura empresarial y la inducción a crear, desarrollar y generar diferentes
emprendimiento, midiendo ratios necesarios para analizar la evolución para
expandir y consolidar el tejido de empresas en la Ciudad de Buenos Aires.
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Artículo 3.- Objetivo General.
La creación del CEODET busca consolidar la creación, desarrollo, facilitación y/o
radicación de empresas y proyectos empresariales como fuente de empleo
genuino en la CABA.
Para ello se procurará el acompañamiento y el desarrollo de todas las instacias,
sean regulatorias, estadísticas, adminstriativas y de gestión a fin de desarrollar el
fomento de las vocaciones empresariales, el impulso a los emprendimientos, el
seguimientos de los mismos como un elemento diferenciador de la sociedad y
como generador de riqueza y valor para alcanzar el estado de bienestar de la
población.
Artículo 4.- Objetivos Específicos.
a. trabajar sobre las necesidades formativas y consultivas de emprendedores,
tanto en las micro, pequeñas y medianas empresas de la CABA, potenciando sus
actitudes y habilidades innovadoras, tanto para iniciar una actividad empresaria
como para mejorar el rendimiento de sus negocios en curso.
b. Establecer
los
mecanismos
de
seguimiento
de
indicadores
de
la
empresarialidad en la Ciudad. ecomendar la implantación de un observatorio para
el monitoreo de ratios de empresarialidad.
c. Enfatizar en la educación y/o formación profesional orientada hacia la
empresarialidad.
d. Optimizar la carga regulatoria sobre las empresas nuevas y pequeñas, siendo
las mismas uno de los impedimentos principales para un mayor desarrollo de la
actividad emprendedora, sin que ello implique precarización laboral
e. Lograr un equilibrio entre las medidas orientadas a la protección social y la
autosuficiencia (autoproducción, autoempleo, etc.).
f. Implementar registros locales de investigadores, mentores, emprendedores y
pequeños empresarios, con el objeto de proteger y asistir sus proyectos desde la
génesis de la idea hasta su implementación.
Arttículo 5.- Autoridad de Aplicación.
El Ministerio de Modernización, Innovacidel Gobieno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires será la autoridad de aplicación de la presente Ley.
Artículo 6.- Integración.
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A fin de dar cabida a los diferentes sectores de la población el CEODET deberá
cursar las respectivas invitaciones a participar a los actores de la sociedad civil,
política,
académica,
científica,
de
investigación,
organizaciones
no
gubernamentales, Universidades públicas y privadas, entre otras.
Artículo 7.- Integración
El Consejo estará integrado por:
a. Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
b. Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio GCBA;
c. Universidades púbicas y privadas;
d. Cámaras del sector PyME y MiPyME;
e. La Unión Industrial Argentina
f. Asociaciones
Empresariales;
Profesionales
y
docentes
en
ciencias
empresariales;
g. 3 (tres) representantes de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
h. Colegios profesionales y/o otras instituciones que el CEODET considere
oportuno.
La participación de los precitados actores es ad honorem.
Artículo 8.- Competencias.
El CEODET tendrá las siguientes competencias:
a. La formación profesional como herramienta imprescindible para asegurar el
crecimiento sustentable.
b. El estímulo a la creatividad para hacer de la idea un negocio tangible.
c. La cooperación con asociaciones profesionales y entidades académicas
nacionales y extranjeras, empresas privadas, estatales y del tercer sector,
interesadas en el fomento y el desarrollo de proyectos para el desarrollo
empresario
d. La planificación como guía indispensable para la implementación de proyectos
paso a paso
e. La investigación y desarrollo de nuevas técnicas de prefactibilidad.
f. La aplicación y desarrollo de modelos innovadores y simulación de modelos de
proyectos.
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g. La asistencia personalizada al empresario o emprendedor en todas las etapas
del proyecto mediante la asistencia de tutores, mentores o consultores registrados
según determine esta Ley.
h. Habilitar canales de contacto e intercambio de con emprendedores y
empresarios interesados en nuevos proyectos
i. El fomento del uso de las nuevas tecnologías de la información y las
comunicaciones (tic) en la actividad diaria de las empresas
j. Estudios y encuestas de mercados a fin de ofrecer información actualizada a los
emprendedores y empresas ya radicadas sobre los diferentes aspectos del
accionar y temáticas encaradas en cada proyecto.
k. Acompañamiento en las búsquedas de fondos e inversores.
El CEODET podrá realizar:
l. Los estudios empíricos sobre la creación y crecimiento de empresas y la
realización de encuestas.
m. Los estudios eminentemente cuali-cuantitativos, para determinar factores
críticos de éxito y fracaso empresarial.
Artículo 9.- El CEODET podrá Implementar las siguientes actividades de
consolidación de los objetivos de la Ley:
a. Apoyar a las empresas ubicadas en sus instalaciones e impulsar su
cooperación, consolidación y crecimiento.
b. Establecer una “Comunidad CEODET”, donde empresas y emprendedores
compartan un espacio físico con acceso a instalaciones y recursos para su gestión
inicial, organizar eventos y encuentros empresariales para presentar sus proyectos,
desayunos de trabajo y cualquier actividad que permita a nuestro segmento
objetivo relacionarse con clientes actuales y potenciales, incluso cooperando e la
gestión.
c. Promover fuentes de financiación y realizar rondas de inversores.
d. Relevar sistemáticamente la información sobre el objeto de estudio y construir
indicadores y ratios de empresarialidad mediante el monitoreo de la evolución de
los mismos.
e. Investigar las mejores prácticas internacionales.
f. Diagnosticar periodocamente la evolución de las actividades y difundir los
informes y propuestas elaborados.
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g. Promover la identificación de talentos, e ideas innovadoras, para transformarlas
en proyectos de negocios.
h. Construir un espacio para pequeños empresarios y emprendedores donde
puedan trabajar en desarrollos competitivos y colaborativos.
i. Ampliar la red empresarial.
j. Dictar conferencias y seminarios, como así desarrollar cursos y jornadas de
capación especializadas, a fin de difundir las actividades de este Centro.
k. Incubar proyectos que requieran asistencia técnica y logística.
l. Promover de activa y ejecutivamente el aumento de patentes registradas por
estudiantes, emprendedores y pequeños empresarios.
m. Formular propuestas de políticas, económicas y sociales, relacionadas con la
empresarialidad y su impacto en la comunidad y la consecuente disminución de
pobreza.
Artículo 10.- El CEODET podrá recomendar políticas públicas vinculadas a:
a. Estudiar los aspectos regulatorios a fin establecer propuestas para facilitar y
generar marcos adecuados que pormuevan el desarrollo y la radicación
de
empresas en la CABA.
b. Proponer las medidas orientadas a la protección y recepción de proyectos
empresariales.
c. Promover una mayor participación de la mujer en la economía y en las
empresas en igualdad de condiciones econímicas y de gestión. .
Artículo 11.- Beneficios
El CEODET propenderá a mediano y largo plazo a facilitar las distintas cuestiones
implicadas en el desarrrolo de emprendimientos empresariales innovadores, y en
el asesoramiento a fin de proponer las medidas necesarias para promover un
desarrollo de la empresarialidad local.
Artículo 12.- Presupuesto
La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones y presupuesto para el
funcionamiento e implementación de la Ley.
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Fundamentos:
El desarrollo económico de un país, está basado en el éxito de las iniciativas
individuales de los integrantes de su sociedad, los emprendimientos privados
constituyen un elemento clave para el desarrollo individual y de los
emprendimientos colectivos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En este contexto, aumentar la capacidad de autogestión a fin de fomentar la
creación de empresas como también asegurar el reconocimiento social y la
genuina actividad productiva a mediano y largo plazo, constituyen fuentes de
empleo que mejoran la calidad de vida.
El desarrollo de la Empresarialidad es para la economía de las naciones una
fuente de generación de riquezas y puestos de trabajo y en el ámbito de una
economía sustentable la misma debe estar formada por una red de microemprendimientos y pequeñas empresas que formen la base de la pirámide del
crecimiento continuo de un país.
El fomentar alianzas con organismos públicos de la Ciudad, del estado nacional,
organizaciones del tercer sector y entidades profesionales y académicas,
nacionales e internacionales, potencian los resultados y crean espacios
multisectoriales generadores de ideas, para el desarrollo productivo.
Así, el fomento de las vocaciones empresariales es clave para el desarrollo
sustentable de una economía de mercado para el estado de bienestar. Y la
formación y capacitación de los recursos humanos es una herramienta
imprescindible para asegurar ese crecimiento como el estímulo a la creatividad
para hacer de una idea un negocio, constituyen valores a impulsar.
La organización y colaboración son requisitos indispensables para el desarrollo de
proyectos en que se requieren procesos de
investigación y el desarrollo
permanente de nuevas técnicas que ayudan a evitar posibles fracasos.
La experiencia ha demostrado que la aplicación de modelos para someter a
prueba cualquier proyecto en un ambiente simulado y corregir desvíos o confirmar
hipótesis es imprescindible antes de su lanzamiento al mercado, en conjunto con
la asistencia personalizada al empresario o emprendedor en todas las etapas del
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proyecto mediante el apoyo de tutores o consultores individuales. Y para ello se
requiere contacto permanente con emprendedores y empresarios interesados en
nuevos proyectos, aportando el seguimiento de datos y la consulta interactiva
entre los interesados.
La creación del CEODET tiene por objeto poner en práctica todas aquellas
iniciativas y proyectos que puedan considerarse necesarios o beneficiosos para la
generación de puestos de trabajo en la Ciudad como también acompañando a los
emprendedores y medianos o pequeñas empresas ya en funcionamiento.
La utilización de las nuevas tecnologías de información e Internet en la actividad
diaria de las empresas será un elemento de importancia estratégica a fin de
favorecer entornos aptos para la creación y desarrollo de empresas. La generación
de empleos que satisfacen necesidades sociales básicas y el consecuente
mejoramiento de la calidad de vida de las personas, con responsabilidad social
empresaria.
El CEODET buscará también acompañar a las organizaciones en el continuo
cambio del entorno desde el ámbito de la capacitación y la formación permanente,
procurando generar capacidad de autogestión empresaria para asegurar fuentes
genuinas de empleo que mejorarán la calidad de vida, el aumento del
reconocimiento y el ascenso social a mediano y largo plazo.
En este ámbito, el desarrollo individual y colectivo se basa en las iniciativas
personales y la actividad empresarial, por eso impulsamos el desarrollo de
empresas y la formación profesional de las capacidades individuales como
factores clave de éxito. Para ello, es necesario que las pequeñas empresas y los
emprendedores incorporen nuevas herramientas de gestión para enfrentar con
éxito las exigencias de mercados cada vez más competitivos.
Las organizaciones públicas o privadas, con o sin fines de lucro, locales, regionales
o internacionales deben implantar nuevos sistemas de gestión mediante alianzas y
acuerdos de cooperación para alcanzar sus metas de desarrollo económico y
social. Y los emprendedores, profesionales, académicos y técnicos, puedan
ampliar sus áreas de actividad en un contexto de constante renovación del
conocimiento.
Las pequeñas y medianas empresas representan el colectivo de más alto impacto
en la economía de las naciones, con la mayor participación en el PIB y las más
altas tasas de creación de empleo genuino.
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La “empresarialidad” o “entrepreneurship” ambos términos se refieren a las
características de las empresas y los empresarios de una economía, a la cultura
empresarial y la inclinación a crear empresas.
Es por ello que la creación del CEODET busca a través de la innovación promover
las “vocaciones empresariales” y el “espíritu emprendedor” a través de la gestión
del conocimiento y la investigación. El centro de estudios pretenderá facilitar las
posibilidades de crecimiento económico como factor clave en la generación de
trabajo de calidad. Todo ello con la implementación de un Observatorio propio que
monitoree efectiva y sistemáticamente la evolución de los indicadores y tasas de
empresarialidad.
Buscando con ello relevar las causas de éxito y fracaso
empresarial desde un enfoque primordialmente cualitativo, basándose en
información cuantitativa recabada a través de estudios de casos, análisis de
impacto socio-cultural o de encuestas sistemáticas y específicas sobre los
factoeres de la empresarialidad.
A pesar de su aporte al modelo de crecimiento socio-económico mundial, muchas
de las empresas que constituyen este entretejido aún carecen de estructuras
adecuadas a las tendencias y exigencias de mercados cada vez más competitivos.
Y que al disponer de un Centro de Estudios y Observatorio se ofrecerá a este
colectivo las herramientas de gestión que les permita optimizar sus recursos,
mejorar sus procesos productivos o de servicios, implementar estrategias para
alcanzar altos estándares de calidad y maximizar sus utilidades.
Por último y en relación con las políticas públicas vinculadas al desarrollo de
emprendimiento de apoyo a los diferentes emprendimientos, se entiende que
cuanto mayor sea la participación de la actividad privada en la economía de la
Ciudad, mayor será la generación de empleo genuino.
A tal fin debemos reducir la carga regulatoria, impulsando el estudio de los marcos
actuales y la generación propuestas de reformas, reformulación o eliminación de
trabas burocrática que impidan el desarrollo de la actividad económica privada y
los proyectos de emprendedores.
Para ello se pretende lograr un equilibrio entre las medidas orientadas a la
protección social y la autosuficiencia (autoproducción, autoempleo, etc.) y el
desarrollo económico y la generación de empleos.
El Centro fomentará la participación de la mujer en la economía y en la creación
de empresas mejorando los indicadores de empresarialidad, ya que actualmente
es en promedio la mitad de la tasa de participación del hombre.
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Este Proyecto de Ley surge de la necesidad de encontrar un espacio común para el
fomento de las vocaciones empresariales, como un elemento diferenciador de la
sociedad y como generador de fuentes genuinas de trabajo para alcanzar el estado
bienestar.
Y en este contexto se pretende el impulsar y fomentar el espíritu emprendedor y
las habilidades necesarias para comenzar un proyecto independiente e
implementarlo con rentabilidad en la asociación entre crecimiento económico y
empresarialidad, las políticas de la mayoría de los países se han tornado más
atentas al desarrollo y aplicación de estrategias que fomenten y sostengan la
empresarialidad.
Finalmente, deseamos señalar que este proyecto forma parte de un trabajo
articulado con la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), en el
marco del PROGRAMA “BANCA 62” DE INTEGRACIÓN ACADÉMICA A LA INICIATIVA
LEGISLATIVA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, con la destacada participación del
Licenciado Enrique Farías Politólogo especialista en temas de desarrollo
empresarial, y constituye una propuesta para el análisis de la Legislatura porteña.
Por ello, quedan expresados los fundamentos de este proyecto, solicitando su
pronto tratamiento.
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