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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder
Ejecutivo de la Ciudad, a través de los organismos que correspondan, y en un plazo
máximo de treinta (30) días, informe sobre los siguientes puntos concernientes a la
puesta en marcha de las siguientes medidas:
a.
Puesta en marcha de campañas de información ciudadana relativas a prevenir la
aparición de vectores (mosquito aedes aegypti) especialmente en las zonas más
castigadas por la enfermedad (comunas 4 y 8, de la parte sud de la CABA).
b.
Sabiendo que el agua es el elemento clave para la reproducción de dicho vector,
qué medidas se han dispuesto para la provisión adecuada y segura en aquellas partes
donde existe carencia de la misma, toda vez que una inadecuada disposición de ella
favorece el surgimiento de los mismos.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
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FUNDAMENTOS
En primer lugar opiniones científicas autorizadas han expresado que en el próximo
período estival la epidemia de dengue será de mayores proporciones que la ocurrida en
el período precedente, toda vez que en la biología del vector se conoce que hay
numerosos huevos que se hallan en estado larval, esperando solamente la llegada de
agua y temperaturas adecuadas para completar su desarrollo.
Igualmente, mucho de dichos vectores, YA están contaminados en su interior con la
presencia del virus, por lo cual la picadura de los mismos obligatoriamente transmitirá la
enfermedad, sin necesidad de haber picado a un enfermo: es decir, ya nacen portadores
del virus del dengue.
Sabemos que dichos mosquitos se desarrollan en todos los barrios de la Ciudad, sin
embargo es en las villas de emergencia - varias en la zona sud de la CABA -, donde los
vecinos se han visto más afectados ya que acumulan el agua en recipientes inadecuados,
es decir ABIERTOS, frecuentemente en los techos de sus precarias viviendas, y son
asiento de verdaderos criaderos de mosquitos.
Esto, evidentemente, está relacionado con la escasez de agua en dichos lugares, a su vez
fruto del incumplimiento de las normas de urbanización establecidas.
Ante la disyuntiva de enfermarse o carecer de agua para las necesidades cotidianas lo
que se prefiere es contar con el agua, elemento necesario para la vida, aún a riesgo de
enfermarse. En tal sentido es fundamental poder contar con una adecuada provisión de
agua, es decir alejada del acceso de la misma a los lugares de potencial desarrollo de los
vectores.
Por tal motivo se inquiere al ejecutivo si ha dispuesto proveer a los habitantes de dichos
lugares de agua en recipientes adecuados, es decir, CON TAPA, y provistos con una
canilla que evite tener que abrirlos cada vez que se necesite y hasta que se haya
empleado todo el líquido.
Desde ya que la medida de fondo es la adecuada urbanización de las villas, con la
consiguiente provisión de agua corriente, pero hasta ese momento, es de vital
importancia asegurar la provisión de agua en condiciones adecuadas.
No escapa a vuestra atención que esta enfermedad, si bien tiene su máxima expresión en
las zonas mencionadas, también ya se ha extendido a otras zonas, como el barrio de la
Chacarita, y es de preveer, que lo continuará haciendo hacia otros.
Conviene recordar la epidemia de fiebre amarilla de 1871, - transmitida por el mismo
vector -, que costara la vida al 8% de habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, y donde
las familias pudientes económicamente intentaron ponerse a resguardo del contagio
mudándose a la zona norte de la ciudad, lo cual si bien marcó culturalmente el aspecto
ciudadano, no logró ponerlas abrigo de enfermarse, es decir, evitar la propagación
trágica de la enfermedad.Por lo expuesto, solicito se apruebe el presente proyecto de Resolución.
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