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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
VERSIÓN 1.0
PROCESO
FICHA DE DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA SALUD
SUBPROCESO
ADMISIÓN Y ALTA DE PACIENTES
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO
FECHA:
Referencia y Contrarreferencia de pacientes
Atendidos en Emergencia
CODIGO:
 Atender oportunamente las solicitudes de referencia al servicio de Emergencia
del INSN según la disponibilidad.
 Asegurar la continuidad de su atención generando la contrarreferencia al
establecimiento de salud de origen.
A los Órganos de Dirección, Control, Asesoría, Apoyo y de Línea

Ley del Ministerio de Salud N° 27657 y su Reglamento D.S N° 013-2002-SA
PROPÓSITO
ALCANCE
MARCO LEGAL
INDICADOR
Nº de referencias
atendidas
Nº de solicitudes de
referencias
atendidas/ Nº de
solicitudes de
referencias
Nº de referencias
observadas/ Nº de
referencias admitidas
Nº de
contrarreferencias
realizadas /Nº de
referencias atendidas
INDICES DE PERFORMANCE
UNIDAD DE
FUENTE
MEDIDA
Referencias
atendidas
RESPONSABLE
Porcentaje de
referencia atendidas
Porcentaje de
referencias
observadas
Sistema de Referencia
Institucional
CENARUE
Contrarreferencias
emitidas
NORMAS





Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud del Niño R.M. Nº 0832010/MINSA.
Manual de Organización y Funciones de la Oficina Ejecutiva de Administración R.D.Nº 083 -DGINSN-2011.
Manual de Organización y Funciones de Emergencias y Áreas Críticas R.D.Nº 422-DG-INSN-2011.
Manual de Organización y Funciones de Estadística e Informática R.D.Nº 416-DG-INSN-2011.
Normas Técnica del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del
Ministerio de Salud R.M. Nº 751-2004/MINSA.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
INICIO
1 El Establecimiento de Salud (EESS) solicita telefónicamente al Centro Nacional de Referencia de
Urgencia y Emergencia del INSN (CENARUE) la atención del paciente en estado de emergencia.
2 El CENARUE registra la solicitud en el sistema de referencia institucional y lo comunica al Jefe de
Guardia
3 El Jefe de Guardia se comunica directamente con el médico solicitante para recabar la información
sobre el estado del paciente
4 CENARUE solicita el informe médico actualizado al EESS vía fax.
5 El Jefe de Guardia evalúa la solicitud y el informe médico e informa la aceptación o no de la
solicitud.
6 Si se acepta la referencia, el CENARUE coordina con el EESS y consulta si el paciente es
asegurado.
7
Si el paciente es asegurado, el médico de CENARUE solicita al EESS los requisitos administrativos
según el tipo de seguro del paciente.
El EESS elabora la hoja de referencia y los documentos requeridos por el seguro, si contara con
este, y dispone el traslado del paciente.
Si el paciente requiere ambulancia para el traslado al INSN, el CENARUE informa al Médico Jefe de
Guardia.
El Médico Jefe de Guardia emite la orden de salida de la ambulancia designando, en caso de ser
necesario, al personal que irá en la ambulancia.
El Servicio de Emergencia:
11.1 Triaje evalúa al paciente y si procede la atención del paciente, el personal de Admisión de
Emergencia realiza el Procedimiento de Admisión de Pacientes por Emergencia.
11.2 Según el daño del paciente, realiza el procedimiento de Atención de pacientes por
emergencia con prioridad I o prioridad II.
11.3 Si el paciente se hospitaliza en Emergencia, se comunica a Servicio Social para la
evaluación de la condición social del niño y al personal de admisión para que realice el
procedimiento de admisión hospitalaria.
11.4 Si el paciente es asegurado (SIS) deberá regularizar su condición en Admisión – SIS dentro
de un periodo no mayor de 14 horas. En el horario de 08:00-14:00 el médico auditor de SIS
será el responsable de realizar este procedimiento en las salas de hospitalización en
Emergencia, mientras que de 14:00 a 19:00 el personal de Emergencia será responsable de
enviar la documentación al área de admisión del SIS.
11.5 Si el paciente no requiere hospitalización por Emergencia, y proviene de Lima Metropolitana
o del Callao, el servicio de emergencia realiza la contrareferencia al EESS solicitante.
11.6 Una vez admitido en Emergencia, el paciente se hospitalizará en un Servicio del INSN, quien
al determinar su alta, deberá emitir la contrarreferencia al EESS solicitante.
11.7 Si el paciente hospitalizado en Emergencia no se transfiere a algún Servicio del INSN, el
Servicio de Emergencia, una vez culminada su atención, procederá a dar el alta y a realizar
la contrareferencia.
El CENARUE registra contrarreferencia en el sistema y coordina con el EESS solicitante.
Si no se admite la referencia, el CENARUE:
13.1 Registra la respuesta en el sistema de referencia institucional e informa al EESS.
13.2 Coordina con la central de CENARUE el traslado del paciente a otro establecimiento.
13.3 Realiza el seguimiento del paciente consultando, de ser necesario, con el médico del INSN,
hasta la resolución del motivo que originó la solicitud de referencia.
8
9
10
11
12
13
FIN
ENTRADAS
NOMBRE
Solicitud de referencia
NOMBRE
Contrarreferencia
FUENTE
FRECUENCIA
Establecimiento de
Variable
Salud de origen
SALIDAS
DESTINO
Establecimiento de
Salud de origen
TIPO
Manual
FRECUENCIA
TIPO
Variable
Manual
DEFINICIONES:

CENARUE: Centro Nacional de Referencia de Urgencia y Emergencia.

Referencia: es un proceso administrativo-asistencial mediante el cual el personal de un
establecimiento de salud, transfiere la responsabilidad de la atención de las necesidades de salud
de un usuario a otro establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva y cuando el agente
comunitario o las organizaciones sociales, identifican signos de peligro o alarma o factores de riesgo
en usuario y su necesidad de traslado, desde su comunidad hacia un establecimiento de salud del
primer nivel de atención para que sean atendidos.

Contrarreferencia: es un proceso administrativo-asistencial mediante el cual el establecimiento de
salud de destino de la referencia, devuelve o envía la responsabilidad del cuidado de la salud de un
usuario o el resultado de la prueba diagnóstica, al establecimiento de salud de origen de la
referencia del ámbito de donde procede el paciente, porque cuentan con la capacidad de manejar o
monitorizar el problema de salud integrante.

Capacidad resolutiva: es la capacidad que tiene la oferta de servicios, para satisfacer las
necesidades de salud de la población en términos:
− Cuantitativa: es la capacidad que tienen los recursos de un establecimiento para producir la
cantidad de servicios suficientes para satisfacer el volumen de necesidades existentes en la
población (depende de la cantidad de sus recursos).
− Cualitativa: es la capacidad que tienen los recursos del establecimiento para producir el tipo de
servicios necesarios para solucionar la severidad de las necesidades de la población (depende
de la especialización y tecnificación de sus recursos).
REGISTROS:
ANEXOS:
a) Flujograma del procedimiento
PROCESO
PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y REHABILITACION DE LA SALUD
SUB PROCESO
Admisión y Alta de Pacientes
PROCEDIMIENTO
Referencia y Contrarreferencia de pacientes atendidos en Emergencia
MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS
VERSION 1.0
Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño
Unidad de Manejo de Seguros Públicos y Privados
Establecimiento de Salud
(EESS)
Departamento de Emergencia y Áreas Críticas
CENARUE
Triaje
Jefe de Médico de Guardia
Inicio
Solicita la atención de
paciente en estado de
emergencia vía telefónica
Registra solicitud en el
sistema referencia
institucional e informa el
Jefe de Guardia
Solicita al Médico del
EESS el estado del
paciente
INFORME
Evalúa solicitud e informe
médico
Solicita informe médico
actualizado al EESS vía
fax
Coordina admisión del
paciente con el EESS
¿Acepta
referencia?
SI
NO
¿Paciente es
asegurado?
No
Elabora hoja de referencia
y documentos requeridos
por el seguro y dispone el
traslado del paciente
¿Paciente
requiere ambulancia para
el traslado al INSN?
1
SI
Solicita requisitos
administrativos al EESS
SI
Emite orden de salida de
ambulancia y designa
equipo de ser el caso
Informa al Médico Jefe de
Guardia
No
Admisión de
Pacientes por
Emergencia
2
CODIGO :
FECHA:
PROCESO
PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y REHABILITACION DE LA SALUD
SUB PROCESO
MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS
VERSION 1.0
Admisión y Alta de Pacientes
PROCEDIMIENTO
Referencia y Contrarreferencia de pacientes atendidos en Emergencia
Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño
Oficina de Estadística e Informática/Unidad de Manejo de
Seguros Público y Privados/ Departamento de Atención de
Servicios al Paciente
Admisión SIS / Unidad de Registros Médicos/ Servicios Social
Departamento de Emergencia y Áreas Críticas
Servicio de Emergencia
Unidad de Manejo de Seguros Públicos y privados
Servicios de Atención Médica
CENARUE
2
Atención de
pacientes por
Emergencia con
prioridad I ó II
¿Paciente requiere
hospitalización?
SI
No
Observación del
paciente en
emergencia
Emite la hoja de
contrarreferencia
Admisión
Hospitalaria al
servicio de
emergencia u otros
servicios
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
1
¿Paciente
requiere continuar
hospitalización?
SI
1
Atención Médica
Registra respuesta en el
sistema de referencia
institucional e informa al
EESS
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
No
Alta Hospitalaria
Registra contrarreferencia
en el sistema de
referencia institucional y
coordina con el EESS
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
Alta Hospitalaria
Coordina con la central
CENARUE el traslado a
otro establecimiento
Realiza el seguimiento de
paciente
1
Fin
CODIGO :
FECHA:
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
VERSIÓN 1.0
PROCESO
FICHA DE DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA SALUD
SUBPROCESO
ADMISIÓN Y ALTA DE PACIENTES
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO
FECHA:
Referencia y Contrarreferencia de pacientes
Atendidos en Consultorios Externos
CODIGO:
Atender oportunamente las solicitudes de referencia los Consultorios Externos
INSN y asegurar la continuidad de su atención generando la contrarreferencia al
establecimiento de salud de origen.
A los Órganos de Dirección, Control, Asesoría, Apoyo y de Línea

Ley del Ministerio de Salud N° 27657 y su Reglamento D.S N° 013-2002-SA
PROPÓSITO
ALCANCE
MARCO LEGAL
INDICADOR
Nº de referencias
atendidas
Nº de
contrarreferencias
realizadas /Nº de
referencias atendidas
INDICES DE PERFORMANCE
UNIDAD DE
FUENTE
MEDIDA
Referencias
atendidas
Sistema de Referencia
Institucional
Contrarreferencias
emitidas
RESPONSABLE
Unidad de Manejo de
Seguros Públicos y
privados
NORMAS





Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud del Niño R.M. Nº 0832010/MINSA.
Manual de Organización y Funciones de la Oficina Ejecutiva de Administración R.D.Nº 390 -DGINSN-2009.
Manual de Organización y Funciones de Departamento de Servicios de Atención al Paciente R.D.Nº
404-DG-INSN-2009.
Manual de Organización y Funciones de Estadística e Informática R.D.Nº 408-DG-INSN-2009 .
Normas Técnica del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los Establecimientos del
Ministerio de Salud R.M. Nº 751-2004/MINSA.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
INICIO
1 El Establecimiento de Salud (EESS) elabora la hoja de referencia y los documentos requeridos por
el seguro, y deriva al paciente al Consultorio Externo del INSN.
2 El Técnico Administrativo de la Unidad de Manejo de Seguros Públicos y Privados (UMSPyS) y de la
Unidad de Registros Médicos realiza el Procedimiento de Admisión de Pacientes a Consultorios
Externos.
3 El Médico Auditor de la UMSPyP, evalúa y registra la atención del paciente en el sistema de
referencia institucional y archiva hoja de referencia.
4 El Médico de Consultorios Externos:
4.1 Realiza el procedimiento de Atención de Paciente por Consultorios Externos.
4.2 Si el paciente requiere hospitalización, emite la orden de hospitalización, pasa al punto 5.
4.3 Si el paciente no requiere hospitalización, y requiere continuidad de atención en otro
establecimiento de salud de menor complejidad, emite la hoja de contrarreferencia (pasa al
punto 8), caso contrario finaliza el procedimiento.
5 La UMSPyS o la Unidad de Registros Médicos ejecuta el procedimiento de Admisión de Paciente
para Hospitalización referidos por Consultorios Externos.
6 El servicio médico correspondiente realiza el proceso de Atención Hospitalaria, y al culminar su
atención emite la hoja de contrarreferencia.
7 El Técnico Administrativo de la UMSPyS o de la Unidad de Registros Médicos realiza el
Procedimiento de Alta Hospitalaria.
8
El Técnico Administrativo de la UMSPyS:
8.1 Registra la contrarreferencia en el sistema de referencia institucional.
8.2 Archiva hoja de contrarreferencia.
FIN
ENTRADAS
NOMBRE
Solicitud de referencia
NOMBRE
Contrarreferencia
FUENTE
FRECUENCIA
Establecimiento de
Variable
Salud de origen
SALIDAS
DESTINO
Establecimiento de
Salud de origen
TIPO
Manual
FRECUENCIA
TIPO
Variable
Manual
DEFINICIONES:

CENARUE: Centro Nacional de Referencia de Urgencia y Emergencia.

Referencia: es un proceso administrativo-asistencial mediante el cual el personal de un
establecimiento de salud, transfiere la responsabilidad de la atención de las necesidades de salud
de un usuario a otro establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva y cuando el agente
comunitario o las organizaciones sociales, identifican signos de peligro o alarma o factores de riesgo
en usuario y su necesidad de traslado, desde su comunidad hacia un establecimiento de salud del
primer nivel de atención para que sean atendidos.

Contrarreferencia: es un proceso administrativo-asistencial mediante el cual el establecimiento de
salud de destino de la referencia, devuelve o envía la responsabilidad del cuidado de la salud de un
usuario o el resultado de la prueba diagnóstica, al establecimiento de salud de origen de la
referencia del ámbito de donde procede el paciente, porque cuentan con la capacidad de manejar o
monitorizar el problema de salud integrante.
REGISTROS:
ANEXOS:
a) Flujograma del procedimiento
PROCESO
PROTECCIÓN, RECUPERACIÓN Y REHABILITACION DE LA SALUD
SUB PROCESO
MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS
VERSION 1.0
Admisión y Alta de Pacientes
PROCEDIMIENTO
Referencia y Contrarreferencia de Pacientes Atendidos en Consultorios Externos
Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño
Oficina de Estadística e
Unidad de Manejo de Seguros Públicos y Privados
Informática
Técnico
Administrativo
Médico Auditor
(Admisión SIS)
Unidad de Registros Médicos
Establecimiento de Salud
(EESS)
Departamento de Servicio de
Atención al Paciente
Servicios de Atención Médica
Consultorios Externos
Inicio
HOJA DE
REFERENCIA
Elabora hoja de referencia
y documentos requeridos
por el seguro y deriva al
paciente
HISTORIA CLÍNICA
HOJA DE
REFERENCIA
Admisión de
Pacientes a
Consultorios
Externos
Atención de
pacientes por
Consultorios
Externos
Evalúa y registra atención
en el sistema de
referencia institucional
HOJA DE
REFERENCIA
¿Paciente requiere
hospitalización?
No
No
Si
¿Paciente
requiere continuidad de
atención en otro
EESS?
1
SI
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
Emite hoja de
contrarreferencia
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
Registra contrarreferencia
en el sistema de
referencia institucional
HOJA DE
CONTRARREFER
ENCIA
HOJA DE
CONTRARREFERENCIA
Atención
Hospitalaria
Alta Hospitalaria
1
Fin
CODIGO :
FECHA: