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DIRECCION EJECUTIVA DE SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE SERVICIOS DE SALUD
CET ORGANIZACION
DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SALUD DE LAS
PERSONAS
DIRECCION DE SERVICIOS DE SALUD
CET DE ORGANIZACIÓN
“ACTUALIZACION DE FLUJOS DEL SISTEMA DE
REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA DE LOS
SERVICIOS DE CONSULTA EXTERNA ESPECIALIZADA,
EMERGENCIA, APOYO AL DIAGNOSTICO Y ATENCION
DE PARTOS DE LA DISA IV LE”
Febrero 2,012
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Flujos del Sistema de Referencia y Contra referencia de los Servicios de Consulta Externa Especializada,
Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención de Partos, de la DISA IV LE
DIRECCION EJECUTIVA DE SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCION DE SERVICIOS DE SALUD
CET ORGANIZACION
“ACTUALIZACION DE FLUJOS DEL SISTEMA DE REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA DE LOS SERVICIOS DE CONSULTA EXTERNA
ESPECIALIZADA, EMERGENCIA, DE APOYO AL DIAGNOSTICO Y
ATENCION DE PARTOS-2012”
I.
INTRODUCCION
En el marco de la Atención Integral de Salud, el Aseguramiento Universal en Salud (AUS) y
fortalecimiento de los establecimientos de Salud con énfasis en la atención Primaria de Salud
Renovada a la población, la Dirección de Salud (DISA) IV Lima Este viene impulsando y
realizando acciones estratégicas de conducción, intervención y evaluación que permitan
mejorar y garantizar la continuidad de la Atención de los usuarios de forma articulada,
entre los establecimientos de los diferentes niveles de atención de manera oportuna y
eficiente, basado en los principios de: Universalidad en el acceso, equidad, integralidad de
la atención, respeto a los derechos de las personas, promoción de la ciudadanía y
satisfacción de las necesidades de salud. En ese sentido; la Continuidad de la atención
es uno de sus ejes más importantes, para lo cual el Sistema de Referencia y Contra
referencia permite la interrelación administrativa-asistencial entre establecimientos de salud
de diferente capacidad resolutiva con la finalidad de procurar la atención de salud de una
persona sin limitaciones, hasta la satisfacción de sus necesidades sanitarias, contribuyendo
así el fortalecimiento de la organización de la oferta de los establecimientos y Redes de
Salud en el contexto de la descentralización, equidad y los derechos ciudadanos a la salud
para asegurar la continuidad y mejora de la Atención Integral de la salud de la población.
En este contexto, es necesario que el usuario debe ser captado, identificado, atendido y
seguido dentro de un sistema ordenado de atención de salud, al interior y entre los diversos
establecimientos de salud debidamente articulados por niveles de resolución;
asegurando adecuados procedimientos de atención de salud a los usuarios. En líneas
generales, se busca que el usuario por derecho a su salud reciba una atención continua y
oportuna, de acuerdo al nivel de complejidad y con la tecnología adecuada en función de
sus necesidades de salud.
Por tal motivo, de acuerdo a la normatividad vigente N° 018 /MINSA-DGSP-V.01, sobre el
Sistema de Referencia y Contra referencia de los Establecimientos de Salud del Ministerio
de Salud, aprobada con Resolución Ministerial N° 751-2004/MINSA, la Dirección de
Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la DISA IV LE,
ha visto por conveniente actualizar los flujos de las referencias y contra referencias entre los
Establecimientos de salud de diferente nivel de atención, según los criterios de
accesibilidad, capacidad resolutiva, oportunidad y Red de servicios de salud; los cuales
se adjuntan al presente, para procurar la atención oportuna de los usuarios referidos y
contra referidos con calidad en nuestra jurisdicción, a través de un conjunto de estrategias
técnico-asistenciales y administrativas permitiendo el adecuado desarrollo de los diferentes
procesos de referencia y contra referencia (referencia efectuada, referencia recibida, contra
referencia efectuada y contra referencia recibida) en todos los niveles organizacionales y de
atención.
II.
FINALIDAD
Fortalecer la continuidad de la Atención Integral de los usuarios entre los establecimientos
de salud de diferente capacidad resolutiva de la Dirección de Salud IV Lima Este.
III.
OBJETIVO
3.1. General:
Establecer los flujos de Referencias y Contra referencias entre los Establecimientos de
Salud, según niveles de atención y complejidad en el ámbito de la DISA IV LE
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Flujos del Sistema de Referencia y Contra referencia de los Servicios de Consulta Externa Especializada,
Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención de Partos, de la DISA IV LE
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Específicos:
Determinar la estructuración de los criterios para los flujos de los procesos de
referencias y contra referencias entre los establecimientos de salud de diferente
capacidad resolutiva
Describir los procedimientos para la articulación y operatividad adecuada del Sistema
de Referencia y Contra referencia entre los establecimientos de salud según niveles de
atención en el ámbito de la DISA IV LE.
Promover la optimización de los recursos del sistema de salud, a través de la
utilización de flujos de Referencia y Contra referencia entre los establecimientos de
salud de la DISA IV LE.
3.2.



AMBITO DE APLICACIÓN
Lo establecido en el presente documento es de aplicación y cumplimiento obligatorio en
todos los Establecimientos de Salud del ámbito de la DISA IV Lima Este y con
corresponsabilidad ciudadana de los actores sociales de la comunidad de la jurisdicción.
IV.
V.
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BASE LEGAL
Ley N° 26842 : Ley General de Salud.
Ley N° 27657 : Ley del Ministerio de Salud.
Ley N° 27813 : Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.
Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.
Decreto Supremo N° 016-2002-SA: Reglamento de la Ley 27604 que modifica la Ley
General de Salud N° 26842, respecto de la obligación de los establecimientos de salud a
dar atención médica en caso de emergencias y partos.
Decreto Supremo Nº 023-2005-SA que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud.
Decreto Supremo Nº 013-2006-SA; que aprueba el Reglamento de Establecimientos de
Salud y Servicios Médicos de Apoyo.
Decreto Supremo Nº 016 – 2009 - SA, que aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en
Salud (PEAS)
Resolución Ministerial Nº 122-2001-SA/DM; que aprueba el documento “Delimitación de las
Direcciones de Salud, Direcciones de Red de Salud y Micro redes de salud del Ministerio
de Salud”.
Resolución Ministerial Nº 616-2003-SA/DM; que aprueba el Modelo de Reglamento de
Organización y Funciones de los Hospitales.
Resolución Ministerial Nº 729-2003-SA/DM; que aprueba el documento La Salud Integral:
Compromiso de Todos – El Modelo de Atención Integral de Salud.
Resolución Ministerial N° 751-2004/MINSA: que aprueba el documento “Norma Técnica
del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de los establecimientos de salud del
Ministerio de Salud”.
Resolución Ministerial Nº 386-2006/MINSA; que aprueba la NT Nº 042-MINSA/DGSP-V.01:
“Norma Técnica de Salud de los Servicios de Emergencia”.
Resolución Ministerial N° 936 -2006 /MINSA: que aprueba la nueva Delimitación Territorial
de la jurisdicción de la DISA IV Lima Este.
Resolución Ministerial Nº 695-2006-MINSA que aprueba las Guías de Práctica Clínica para
la Atención de Emergencias Obstétricas Según nivel de Capacidad Resolutiva.
Resolución Ministerial Nº 696-2006-/MINSA; que aprueba la “Guía Técnica: Operativización
del Modelo de Atención Integral de Salud”
Resolución Ministerial Nº 953-2006/MINSA; que aprueba la NT Nº 051-MINSA-2006/
OGDN-V.01 “Norma Técnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes por Vía
Terrestre
Resolución
Ministerial
Nº
456-2007/MINSA,
aprueba
la
NT
Nº
050MINSA/DGSP.V.02”Norma Técnica para la Acreditación de EESS y Servicios Médicos de
Apoyo”
Resolución Ministerial Nº 266-2009/MINSA, que modifica la denominación de “Central
Nacional de Regulación de Referencias de Emergencias – CENAREM “por “Central
Nacional de Referencias de Urgencias y Emergencias – CENARUE”.
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Flujos del Sistema de Referencia y Contra referencia de los Servicios de Consulta Externa Especializada,
Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención de Partos, de la DISA IV LE
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VI.
Resolución Ministerial Nº 538 – 2009/MINSA que aprueba el documento: “la Salud Integral:
Compromiso de todos – El Modelo de Atención Integral de Salud”
Resolución Ministerial Nº 520-2010/MINSA, que aprueba el Documento Técnico
“Fortalecimiento del Primer Nivel de Atención en el marco del Aseguramiento Universal y
descentralización en Salud con énfasis en la atención primaria de salud Renovada”
Resolución Ministerial Nº 546-2011/MINSA, que aprueba la NTS Nº 021-MINSA/DGSPV.03: “Norma Técnica de Salud “Categorías de Establecimientos del Sector Salud”
Resolución Ministerial Nº 278-2011/MINSA, se aprueba el Documento Técnico “Plan
Nacional de Fortalecimiento del Primer Nivel de Atención 2011-2021”
Resolución Ministerial Nº 464-2011/MINSA se aprueba el Documento “Modelo de Atención
Integral de Salud Basado en Familia y Comunidad”
Resolución Directoral N° 595-2005-DG-DESP-OAJ- DISA IV LE: que aprueba los Planes
Prestacionales de Atención Integral de Salud por Etapas de Vida, en la DISA IV LE.
Resolución Directoral N° 01435-2007- DISA IV LE -DG-DESP-OAJ-: que aprueba el “Plan
de Fortalecimiento del Parto Institucional de la DISA IV LE”
Resolución Directoral N° 320-2011- DISA IV LE -DG-DESP-OAJ-: que aprueba “Flujos del
sistema de referencia y contra referencia
de los servicios de consulta Externa
Especializada, Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención del Parto del ámbito de la
DISA IV LE”
Resolución Directoral N° 01092-2011-DISA IV LE-DG-DESP-DSS-OAJ, que aprueba la
Cartera de Servicios por procedimientos del Primer Nivel de Atención y Hospºitales 2011 de
la DISA IV LE.
Resolución Directoral N° 00232-2012-DISA IV LE-DG-DESP-OAJ, que aprueba el Plan de
Implementación del Sistema de Referencia y Contra referencia 2012 de la jurisdicción de la
DISA IV LE
Resolución Directoral Nº 00113-2012-DISA IV LE-DG-DESP-OAJ que aprueba el Plan de
Supervisión del Sistema de Referencia y Contra referencia 2012
Lineamientos de Política Sectorial para el Período 2002-2012.
Oficio N°0102-2012-OEA-OL/CETCP-DISA IV LE (26-01-2012) que informa sobre
saneamiento físico legal de los establecimientos de salud del ámbito de la DISA IV LE
ASPECTOS CONCEPTUALES: Tenemos:
6.1. Oferta de Servicios de Salud.- Conjunto de recursos del sistema de salud para
poder atender las necesidades de salud de la población. Para ello se consideran los
siguientes elementos:
a. Estructura
Constituida por los recursos humanos y tecnológicos que determinan la Oferta de Servicios
de Salud y que se organizan en Unidades Productoras de Servicios de Salud, en términos
de:
• Tamaño: Referido a la cantidad de los recursos necesarios para producir servicios de
salud en función del volumen de las necesidades de salud de la población (determina la
capacidad de oferta).
• Nivel Tecnológico: Referido al grado de especialización y tecnificación de los recursos
necesarios para producir servicios de salud en función de la severidad de las necesidades
de salud de la población (determina la Oferta de Servicios de Salud).
b. Capacidad Resolutiva
Es la capacidad que tienen los establecimientos de salud de producir el tipo de servicios
necesarios para solucionar las diversas necesidades de la población, incluyendo la
satisfacción de los usuarios (depende de la especialización y tecnificación de sus recursos).
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Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención de Partos, de la DISA IV LE
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c. Capacidad de Oferta
Es la capacidad que tienen los recursos de un establecimiento para producir el número de
servicios suficientes para atender el volumen de necesidades existentes en la población
(depende de la cantidad de sus recursos disponibles).
6.2. Nivel de Atención.- Constituye una de las formas de organización de la oferta de los
servicios de salud, en la cual se relacionan la magnitud y severidad de las necesidades de
salud de la población, con la Capacidad resolutiva. De acuerdo al comportamiento de la
demanda, se reconocen tres niveles de atención:
a. Primer Nivel
Es la puerta de entrada de la población al sistema de salud, en donde se desarrollan
principalmente actividades de promoción, protección específica, diagnóstico precoz y
tratamiento oportuno de las necesidades de salud más frecuentes. La severidad de los
problemas de salud en este nivel, plantea la atención con una oferta de gran tamaño y con
menor especialización y tecnificación de sus recursos; además se constituye en el facilitador
y coordinador del flujo del usuario dentro del sistema.
b. Segundo Nivel
En este nivel se complementa la Atención Integral iniciada en el nivel precedente,
agregando un grado de mayor especialización tanto en recursos humanos como
tecnológicos, brindando un conjunto de servicios de salud dirigidos a solucionar los
problemas de las personas referidas del primer nivel de atención o aquellas que por
urgencia o emergencia acudan a los establecimientos de este nivel.
c. Tercer Nivel
Es el nivel de mayor especialización y Capacidad Resolutiva en cuanto a recursos humanos
y tecnológicos dirigidos a la solución de las necesidades de salud que son referidas de los
niveles de atención precedentes, así como aquellas personas que acudan a los
establecimientos de este nivel por razones de urgencia o emergencia. Asimismo en este
nivel se desarrolla investigación con mayor énfasis.
VII.
METODOLOGÍA DEL DISEÑO Y UTILIZACION DE FLUJOS DEL SISTEMA
REFERENCIAS Y CONTRAREFERENCIAS
DE
Para el diseño y actualización de Flujos de Referencias locales y Contra referencias, se ha
realizado teniendo en cuenta la Red de Servicios de Salud, así como la categoría de los
Establecimientos y oferta de servicios de salud; es decir que se han establecido
conservando los criterios de oferta de servicios, accesibilidad y oportunidad para la atención
de los usuarios, y los cuales se han graficado a través de mapas y fluxogramas por unidad
productora de servicios de salud (UPSS) de referencia a los Establecimientos de Salud:
urgencia y emergencia, consulta externa y servicio médico de apoyo; según los niveles de
atención.
Así mismo, los flujos de referencias y contra referencias serán socializados con el personal
de salud para su utilización, los cuales deben ser dinámicos, de acuerdo a las
modificaciones que se presenten durante el proceso de referencias; con aportes de los
miembros del Comité del Sistema de Referencia y Contra referencia (SRC) de la DISA IV LE
y jefes de las Microrredes y responsables del Sistema del SRC de Hospitales, Redes y
Microrredes de Salud.
Para la utilización de los flujos de referencias y contra referencias se debe tomar en cuenta
permanentemente la Red y Oferta de Servicios de Salud, acorde con la “Cartera de
Servicios”, la cual debe ser actualizada semestralmente o según corresponda.
VIII.
UTILIDAD E IMPORTANCIA DEL FLUJO DE REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA
8.1. Fortalecimiento de la funcionalidad del Sistema de Referencia y Contra referencia entre
los EESS de la jurisdicción
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8.2. Difusión y diferenciación de la oferta de Servicios que se brinda en nuestros
Establecimientos de Salud.
8.3. Selección del Establecimiento de Salud de Destino de la Referencia
8.4. Monitoreo de las actividades de referencia y contra referencia que realizan los
Establecimientos de Salud.
8.5. Elaboración de planes de implementación, adquisición, mantenimiento y reparación de
equipos para la asegurar la continuidad de la atención de los usuarios referidos.
8.6. Análisis y determinación de las necesidades de Recursos Humanos según niveles de
atención y capacidad resolutiva de los EESS
8.7. Desarrollo de acciones en materia de organización y simplificación de procedimientos
de referencia al interior de los EESS y del primer nivel de atención a los EESS de
mayor complejidad.
8.8. Determinación de indicadores de productividad que aplicados al personal permitan la
planificación y optimización de los Recursos Humanos y logísticos para mejorar las
referencias.
IX.
LOS PROCEDIMIENTOS EN LA ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN Y EL SISTEMA DE
REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA ENTRE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
Al considerar que los procedimientos de las referencias y contra referencias se definen en
función a la organización de los establecimientos y de acuerdo a su capacidad resolutiva y
servicios que se oferta, deberá contener claramente las actividades de cada personal que
realiza la prestación y decide la referencia, según el nivel resolutivo hasta el retorno del
paciente referido; así como del coordinador del sistema de referencia y contra referencia en
los diferentes niveles organizacionales.
Así mismo; de acuerdo a esta organización, la capacidad resolutiva del Establecimiento de
Salud y en función a la demanda de atención de salud de la población, es necesario definir
también la cantidad de recursos humanos, equipamiento y materiales que se deberá contar
en cada establecimiento y tener claramente determinado que puede hacer y que debe hacer
en materia de atención y en qué situación realizar la referencia para la continuación de la
atención en salud de los usuarios, considerando previamente la necesidad contener la
demanda de patologìas de capa simple y descongestionamiento a los Hospitales de mayor
complejidad, lo cual permitirà un mejor manejo tratamiento, control y seguimiento de los
pacientes en el ámbito.
Los procedimientos del Sistema de Referencia y Contra referencia, serán aplicados por
cada personal de salud y responsable del sistema de referencia en cada establecimiento de
salud, según normatividad vigente, iniciando de la comunidad con participación del agente
comunitario de salud, quién deberá encontrarse capacitado para discernir sobre la
referencia del usuario, así como en función a la Cartera de Servicios del Establecimiento de
Salud destino de la referencia.
En ese sentido; los procedimientos de los flujos para el proceso de referencia y
contrarreferencia en la jurisdicciòn, que se adjutan al presente documento, se han
organizado y determinado que se realicen entre los EESS del primer nivel de atenciòn y a
la vez con otros de mayor complejidad, de acuerdo a los criterios de referencia a aplicarse
a travès de las unidades productoras de consulta externa, emergencia, apoyo al
diagnostico (Radiologìa e Imagenologìa) y atenciòn de partos, segùn corresponda en los
diferentes niveles asistenciales, estableciéndose que los EESS del primer nivel de atenciòn
realicen los procedimientos de referencia y contrarreferencia mayormente de la siguiente
manera:
a. Para casos de atenciòn por consulta externa especializada deben referir a los
Hospitales de categorìa II-1 ó II-2, a pacientes con patologias presuntivas o definitivas
que requieran atención por médicos especialistas o sub especialistas, para que sean
evaluados por el médico especialista correspondiente, adjuntando los examenes
auxiliares o indicando los procedimientos realizados, de tal manera, que permita
continuar las referencias a otros Hospitales del tercer nivel de complejidad o altamente
especializados (III-1 IIE) para el adecuado tratamiento de los mismos.
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b. Para la atenciòn de parto normal referir a los Centros Maternos y a algunos Hospitales
de segundo nivel de complejidad (II-1 ó II-2).
c. En caso de apoyo al diagnòstico (laboratorio e imagenologìa) deben referir a los EESS,
cabecera de la Microrred u otros EESS cercanos que cuenten con dicha Unidad
productora de servicios de salud u Hospitales de segundo nivel o tercer nivel segùn
corresponda.
d. Para atenciòn de Urgencias y Emergencias deben referir segùn los flujos establecidos,
salvo el Establecimiento destino de la referencia no cuente con la cartera servicios se
deberà coordinar con el Centro Nacional de Urgencias y Emergencias (CENARUE),
ubicado en el Hospital Nacional Hipòlito Unanue, segùn lo dispuesto en la Resoluciòn
Ministerial Nº 183-2011/MINSA.
X.
CONCEPTOS A UTILIZAR EN LOS FLUJOS Y PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE
REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA
10.1 PROCEDIMIENTO.- Secuencia y modo como se realizan un conjunto de operaciones
para el cumplimiento de funciones.
10.2 ACCESIBILIDAD.-Es la posibilidad que tiene la población de recibir atención de salud
en los establecimientos de la Microrred y Red, disminuyendo las barreras geográficas,
socio- económicos, medios de comunicación, culturales, etc.
10.3 OPORTUNIDAD: Criterio que debe ser considerado en la decisión de la referencia de
un usuario y que se refiere al momento propicio en que debe hacerse, a fin de no ir en
contra de la salud del usuario y poner en riesgo su salud.
10.4 CARTERA DE SERVICIOS.- Es un instrumento de gestión que tienen un conjunto de
actividades prestacionales que se ofertan en los establecimientos de salud o servicios
médicos de apoyo de los diferentes niveles de atención, es dinámica y flexible en
tiempo y ámbito geográfico, está en función a la capacidad de Oferta de Servicios de
salud, destinada a atender, prevenir un problema de salud y satisfacer una demanda
sanitaria de la población.
10.5 CONTINUIDAD DE LA ATENCIÓN.- Se define como la seguridad que ofrece la Red
de Establecimientos de Salud de brindar atención de salud al paciente en todas las
fases de dicha prestación.
10.6 RED DE SERVICIOS DE SALUD.- Conjunto de establecimientos de salud con distinta
Oferta de Servicios de Salud y de diferentes niveles de complejidad, interrelacionados
por una red vial y corredores sociales, articulados funcionalmente, cuya
complementariedad de servicios asegura el uso eficiente de recursos y la provisión de
un conjunto de atenciones prioritarias de salud, ubicado en un determinado espacio
geográfico.
10.7 REFERENCIA.- Es el procedimiento administrativo asistencial por el cual se deriva a
usuarios y elementos de diagnostico (muestras biológicas, exámenes auxiliares, etc.)
de un establecimiento de menor capacidad resolutiva a otro de mayor capacidad, para
asegurar la continuidad de la prestación de servicios.
10.8 ESTABLECIMIENTO DE ORIGEN DE LA REFERENCIA.- Es aquel Establecimiento
de Salud con menor capacidad resolutiva, donde se inicia la atención y determina la
referencia del paciente o de los elementos de diagnostico.
10.9 ESTABLECIMIENTO DE DESTINO DE LA REFERENCIA.- Es aquel Establecimiento
de Salud con mayor capacidad resolutiva, que recibe al paciente o elemento de
diagnostico referido por el Establecimiento de Salud de origen, para su tratamiento o
examen solicitado.
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Emergencia, Apoyo al Diagnóstico y Atención de Partos, de la DISA IV LE
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10.10 CONTRARREFERENCIA.- Es aquel procedimiento, mediante el cual se retorna al
paciente o los resultados de exámenes referidos al establecimiento de origen y/o al que
pudiese asegurar la continuidad del caso, luego de haberse atendido satisfactoriamente
la demanda realizada.
10.11 ESTABLECIMIENTO DE ORIGEN DE LA CONTRAREFERENCIA. Es el de salud o
servicio médico de apoyo que devuelve la responsabilidad de atención del usuario al
Establecimiento de Origen de la Referencia para la continuidad de la atención.
10.12 ESTABLECIMIENTO DE DESTINO DE LA CONTRAREFERENCIA.- Es el
establecimiento de origen de la referencia o del ámbito de donde procede el usuario
que recibe la responsabilidad de la continuidad de la atención del usuario
10.13 SISTEMA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA.- Es el conjunto de
actividades administrativas y asistenciales, mediante las cuales se asegura el cuidado
de la salud de un paciente o elemento de diagnostico, transfiriéndolo de un
establecimiento de Salud de menor capacidad resolutiva a otro de mayor capacidad
resolutiva; con el retorno del paciente o los resultados de exámenes.
10.14 EFICIENCIA EN EL SISTEMA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA.- Se
traduce como el cumplimiento de objetivos y actividades del sistema de Referencia y
Contrarreferencia, mediante el uso adecuado de los recursos y al menor costo posible
sin desmedro de la calidad de la atención al paciente.
10.15 OPORTUNIDAD DE LA ATENCIÓN EN EL SISTEMA DE REFERENCIA Y
CONTRARREFERENCIA.- Cualidad de la atención del Sistema de Referencia y
Contrarreferencia por la cual se brinda la atención de salud en el momento adecuado y
el tiempo necesario, en el Establecimiento de Salud con la capacidad resolutiva
adecuada.
10.16 CALIDAD DE LA ATENCIÓN EN EL SISTEMA DE REFERENCIA Y
CONTRARREFERENCIA.- Es la satisfacción del paciente como resultado de la
atención de salud efectuado por la Red de Establecimientos de Salud, articulado e
integrado por el Sistema de Referencia y Contra referencia.
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ANEXOS
9
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