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ECON-VI/005
4ª reunión de la Comisión, 15 de julio de 2015
DOCUMENTO DE TRABAJO
Comisión de Política Económica
LA DIMENSIÓN LOCAL Y REGIONAL
DE LA ECONOMÍA PARTICIPATIVA
_____________
Ponente: Benedetta Brighenti (IT/PSE)
Teniente de alcalde del municipio de Castelnuovo Rangone, provincia de Módena
_____________
El presente documento se examinará en la reunión de la Comisión de Política Económica que se
celebrará en Bruselas el miércoles 15 de julio de 2015, de las 11.00 a las 16.30 horas.
DOCUMENTO TRANSMITIDO PARA SU TRADUCCIÓN EL 22 DE JUNIO DE 2015
COR-2015-02698-00-00-DT-TRA (EN/IT) 1/5
— Rue Belliard/Belliardstraat 101 — 1040 Bruxelles/Brussel — BELGIQUE/BELGIË —
Tel. +32 22822211 — Fax +32 22822325 — Internet: http://www.cor.europa.eu
ES
Documento de referencia
/
COR-2015-02698-00-00-DT-TRA (EN/IT) 2/5
Documento de trabajo de la Comisión de Política Económica –
La dimensión local y regional de la economía participativa
INTRODUCCIÓN
La economía participativa constituye un concepto por el que se establece un nuevo paradigma
económico, y, por lo tanto, tiene importantes implicaciones sociales, jurídicas e institucionales. Dado
su carácter innovador y dinámico, el concepto no puede definirse definitivamente, pero presenta las
siguientes características: i) el objetivo o agente económico ya no es el consumidor dispuesto a
adquirir algo, sino más bien un usuario, fabricante, productor, creador, diseñador o colaborador,
normalmente más dispuesto a tener acceso a un servicio o bien que es necesario para satisfacer algunas
de las necesidades de este nuevo agente económico; (ii) la economía participativa adopta un enfoque
de plataforma en la que las relaciones y la confianza en el seno de una comunidad pasan a ser uno de
los principales motores económicos; (iii) la economía participativa hace un uso intensivo de las
tecnologías digitales, aunque algunas iniciativas de la economía participativa también pueden verse
limitadas por el uso común de activos físicos (por ejemplo, espacios de trabajo conjunto).
Es imprescindible acompañar un fenómeno que podría mejorar la calidad de vida y fomentar el
crecimiento o amenazar las tradiciones locales, costumbres, prácticas sociales y empresas económicas
pequeñas y medianas, así como transformar el paisaje urbano y las pautas de comportamiento que
desde el punto de vista de un ecosistema urbano/local podrían vincularse a la calidad de vida en
determinadas zonas.
El respeto del principio de autonomía de los entes locales y regionales debería ser uno de los
principales aspectos que deben tenerse en cuenta para que los entes locales y regionales puedan
adaptar una posible iniciativa legislativa de la UE sobre la economía participativa a las condiciones
locales. Sin embargo, la legislación y las instituciones de la UE deberían proporcionar un marco
sólido, orientación institucional y jurídica y una asistencia constante en la aplicación.
La evaluación de todas las posibles repercusiones positivas y negativas y la definición de los objetivos
de interés público que cabría fomentar también deberían ser los principales impulsores de cualquier
iniciativa reguladora de la economía participativa.
Por último, una iniciativa reguladora de la economía participativa no debería separarse de una visión
de la gobernanza urbana y local. Una gobernanza colaborativa y policéntrica experimentada en
diferentes ciudades europeas (como, por ejemplo, Hackney, Barcelona, Eindhoven, Bolonia, Mantua,
Palermo, etc.) parece estar emergiendo como el planteamiento más apropiado para acompañar y
fomentar un desarrollo sólido y justo de iniciativas de economía participativa.
PRINCIPALES MENSAJES DEL COMITÉ DE LAS REGIONES
El Comité de las Regiones:
1.
subraya que la economía participativa supone una transición de un modo de consumo basado
predominantemente en la propiedad a uno en el que el acceso es el factor determinante, y acoge
con satisfacción sus potenciales efectos positivos para el medio ambiente;
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2.
hace hincapié en el enorme potencial de la economía participativa: generar nueva actividad
económica y empleo, reducir el coste y aumentar la disponibilidad de algunos bienes y servicios
para los consumidores y su satisfacción;
3.
subraya que muchos de los sectores en los que se han desarrollado iniciativas de economía
participativa tienen repercusiones a nivel local y regional, y, por lo tanto, están regulados por los
entes locales y regionales;
4.
pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen un enfoque coordinado de la
regulación de la economía participativa a nivel europeo para reforzar el mercado único y
permitir que las iniciativas fructíferas de economía participativa se propaguen fácilmente a
través de las fronteras;
5.
solicita a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros y los entes locales y
regionales, estudie detalladamente las condiciones de empleo y trabajo de los trabajadores en la
economía participativa, con el fin de determinar si es necesaria una actuación reguladora en este
ámbito;
6.
insta a todos los niveles de gobierno y, en particular, a los entes locales y regionales, a que
incorporen la economía participativa a sus propias acciones de acuerdo con un planteamiento de
gobernanza colaborativa, para que los grupos de ciudadanos, asociaciones, organizaciones del
sector terciario, instituciones culturales, empresas sociales y nuevas empresas utilicen los
espacios de propiedad pública abandonados, libres y abiertos y los activos a su disposición,
inspirándose en algunas iniciativas de los entes locales y regionales (como, por ejemplo, el
Reglamento de Bolonia sobre la colaboración para los lugares comunes urbanos, la agencia de
uso temporal de Bremen, la iniciativa de Milán sobre la economía colaborativa).
POSIBLES CUESTIONES QUE HABRÍA QUE TRATAR EN EL INTERCAMBIO DE
PUNTOS DE VISTA DEL 15 DE JULIO DE 2015
1.
¿Necesitamos una regulación blanda o dura? ¿Necesitamos un enfoque sectorial o un enfoque
holístico para regular o tratar la economía participativa? ¿Cuál es el nivel más apropiado de
regulación? ¿Cómo están tratando las demás instituciones de la UE la cuestión de la economía
participativa? ¿El debate sobre la economía circular y el mercado único digital debería
vincularse al debate en torno a la economía participativa?
2.
Las diferencias entre una economía participativa y una economía colaborativa y la implicación
que cada concepto entraña no están muy claras. ¿Deberíamos establecer una distinción entre una
economía participativa y una economía colaborativa? ¿Deberíamos utilizar la división entre
interés «comercial» y «no comercial» para establecer esta distinción? ¿Deberíamos distinguir
entre las plataformas de la economía participativa que crean y perpetúan una distinción entre
diferentes tipos de usuarios (consumidores-usuarios versus proveedores-usuarios) y las
plataformas de la economía participativa que fomentan un enfoque inter pares en el que cada
usuario debería ser proveedor y consumidor al mismo tiempo o incluir al prosumidor (proveedor
y consumidor) en la gobernanza de la plataforma?
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3.
¿Cómo garantizamos la transparencia de los datos, la protección de los datos y el libre acceso al
mercado por parte de los recién llegados? ¿«Debemos evitar «desequilibrios en el poder
económico»? ¿Existen tales desequilibrios y cómo deberían afrontarse en la economía
participativa?
4.
Un factor determinante clave en la economía participativa es la gestión de la reputación y
confianza. ¿Son necesarios factores externos para garantizar esta confianza (a través de la
regulación, certificación, arbitraje de terceros) o podrá el sistema autorregular de forma
efectiva? ¿Podemos recurrir a la revisión inter pares para garantizar la confianza? ¿Una
iniciativa reglamentaria preverá una cobertura de seguros?
5.
¿Cuándo un proveedor-usuario pasa a ser un empleado? ¿Qué significa la economía
participativa para las relaciones laborales en un contexto cada vez más «flexible» de
intercambio económico? ¿Tendrá la economía participativa efectos en ciertas ideas como la
inversión a largo plazo y la seguridad económica personal?
6.
Los resultados de la evaluación del impacto de la economía participativa no siempre conducen a
la protección del medio ambiente, la cohesión social y la buena utilización del suelo. ¿Deben las
autoridades públicas apoyar y fomentar el desarrollo de solo algunas iniciativas o plataformas
de la economía participativa? ¿Cuáles son los objetivos políticos de interés público que se
deberían proponer (sociabilidad, desarrollo económico, emprendimiento de los jóvenes,
protección del medio ambiente, etc.)?
7.
¿La economía participativa va a crear nuevas formas de exclusión (como, por ejemplo, la
fractura digital)? ¿Existe el riesgo de que la economía participativa vaya a crear o aumentar las
desigualdades económicas y la segregación de género?
8.
¿El crecimiento de la economía participativa es una revolución y una consecuencia de la crisis o
solo representa las viejas, e incluso las antiguas formas (como la economía de trueque) de
intercambio económico a mayor escala? ¿Cuál es la relación con la alternativa a los modelos
económicos (por ejemplo, economía cooperativa, economía social, producción artesana, etc.) a
las formas de capital intensivo de la economía de mercado? ¿Cómo podemos evitar
enfrentamientos con los anteriores paradigmas económicos?
9.
¿Cuál es el impacto de la economía participativa en la conducta humana? ¿La economía
participativa avanza comportamientos que minimizan las externalidades negativas, previniendo
la tragedia de los recursos comunes y fomentando un cambio de comportamiento hacia estilos
de vida más sostenibles, responsabilidad colectiva, valores y conciencia?
_____________
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