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Preguntas frecuentes:
Cumplimiento de las normas de integridad en el Grupo del
Banco Mundial
¿Cuándo estableció el Banco Mundial su nueva función de cumplimiento de las normas de
integridad y con qué fin?
Como parte del esfuerzo que lleva adelante el Grupo del Banco Mundial para mejorar su régimen de
sanciones, la pena ya existente de inhabilitación con levantamiento condicionado se ha convertido en la
sanción “básica” o por defecto en los casos iniciados mediante los procedimientos de sanción revisados,
vigentes desde septiembre de 2010. En el futuro, para poner fin a una inhabilitación (o a una eximición
condicional de inhabilitación) o, en el caso de algunas inhabilitaciones vigentes, para ponerles fin
anticipadamente, será condición esencial establecer e implementar (o mejorar) un programa de cumplimiento
de las normas de integridad que resulte satisfactorio para el Grupo del Banco Mundial. Aproximadamente
para la misma fecha, la Vicepresidencia de Integridad Institucional del Banco Mundial creó el cargo de oficial
de cumplimiento de las normas de integridad (OCNI) con el objetivo principal de controlar que las empresas
sancionadas cumplan con las normas de integridad (o, en el caso de los individuos, con los códigos de
conducta).
¿Cuál es la función del oficial de cumplimiento de las normas de integridad?
Además de controlar que las empresas sancionadas cumplan con las normas de integridad, el OCNI también
decide si se ha respetado la condición de cumplimiento u otro requisito establecido ya sea por la Junta de
Sanciones o por un oficial de evaluación y suspensiones (OES) del Grupo del Banco Mundial como parte de
la inhabilitación. Otras condiciones podrían consistir, entre otras cosas, en medidas correctivas vinculadas con
la conducta indebida en cuestión. Véase la sección 9.03 de los procedimientos de sanción (sobre
cumplimiento de las condiciones para la eximición y el levantamiento de la inhabilitación).
¿Cuáles son las características más salientes de las modificaciones que el Grupo del Banco
Mundial introdujo en su sistema de sanciones?
Un objetivo primordial de los cambios introducidos en el sistema de sanciones para las partes inhabilitadas en
todo el Grupo del Banco Mundial, es conceder mayor énfasis a la rehabilitación de las empresas y alentar a las
compañías y personas sancionadas a adoptar políticas y medidas adecuadas y significativas que contribuyan
eficazmente a evitar, detectar y reducir en términos generales los casos de fraude, corrupción, colusión y otras
conductas indebidas punibles.
¿El Banco Mundial ha establecido nuevos parámetros para controlar el cumplimiento de las
normas de integridad?
La experiencia del Grupo del Banco Mundial y las prácticas óptimas del ámbito internacional demuestran que
es importante elaborar y poner en práctica un programa eficaz de cumplimiento de las normas de integridad
para ayudar a las empresas y a las personas a evitar y mitigar la corrupción, el fraude, la colusión y otras
conductas indebidas. En los últimos años en particular, ha surgido un consenso a nivel mundial respecto de
los principios y componentes que deberían incluirse para que un programa de cumplimiento de normas de
integridad sea eficaz. Estos principios y componentes se reflejan en el resumen de las directrices del Grupo
del Banco Mundial sobre cumplimiento de las normas de integridad, disponible en la página web. Dichas
directrices incluyen normas, principios y componentes reconocidos por numerosas instituciones y entidades
como prácticas adecuadas de gobierno institucional y lucha contra la corrupción y el fraude.
¿Qué es la inhabilitación con levantamiento condicionado?
La inhabilitación con levantamiento condicionado es una de las formas punitivas contempladas en el régimen
de sanciones del Grupo del Banco Mundial (en virtud del cual se puede sancionar a las empresas y personas
que hayan participado en ciertas formas específicamente definidas de fraude, colusión, corrupción u otra
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conducta indebida en relación con proyectos respaldados por el Grupo del Banco).
El régimen de sanciones anterior incluía una sanción de inhabilitación con levantamiento condicionado y, en
diversas ocasiones, incorporaba una “condición” vinculada con la adopción y puesta en marcha de un
programa de cumplimiento con las normas de integridad que resultara satisfactorio para el Grupo del Banco
Mundial. Sin embargo, hasta hace poco, cumplir con esa condición significaba el acortamiento del período de
inhabilitación. En el futuro, la inhabilitación con levantamiento condicionado será la sanción básica del
Grupo del Banco, y se exigirá a las partes afectadas que cumplan con ciertas condiciones para la rehabilitación
antes de solicitar que se les permita participar nuevamente en actividades financiadas por el Grupo del Banco
Mundial.
¿Cuáles son esas condiciones de rehabilitación?
Una condición fundamental será que la parte sancionada implemente y mantenga un programa de
cumplimiento de las normas de integridad (o un código de conducta similar, en el caso de los individuos) que
resulte satisfactorio para el Grupo del Banco Mundial (que actuará través del OCNI). La sanción impuesta
por la Junta de Sanciones o por el OES puede también incluir otras condiciones, como el despido o la
reasignación de los empleados involucrados en la conducta indebida sancionada, o la exigencia de que,
durante el período de inhabilitación, la entidad no haya sido sancionada por otra organización internacional a
causa de una conducta indebida similar o, en el caso de los individuos, que no hayan sido condenados por
ningún delito vinculado con fraude o corrupción.
¿Cómo se manejará la relación con las partes inhabilitadas en el marco de la nueva función
de cumplimiento?
Se ha establecido la función de cumplimiento de las normas de integridad con el objetivo de —entre otras
cosas— orientar a las partes inhabilitadas para que adopten y pongan en práctica los programas de
cumplimiento y otras medidas afines que se les haya impuesto como condición, así como para controlar su
implementación y decidir si se han cumplido las condiciones exigidas. El proceso consta de varios pasos:
(1)
El OCNI se pone en contacto con la parte sancionada y la orienta sobre los procedimientos y los
requisitos generarles para cumplir con las condiciones. Posteriormente, realiza una evaluación de referencia
del programa que esté vigente en la entidad (o que esta instaure en ese momento) y sugiere mejoras cuando
corresponde.
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(2)
El OCNI controla la puesta en marcha del programa, lo que incluye examinar los informes
periódicos, los cambios introducidos, las medidas correctivas que se adopten en respuesta a la conducta
indebida sancionada o a otros comportamientos impropios detectados con posterioridad, etc.
(3)
Una vez que el programa se haya puesto en funcionamiento, normalmente durante un período de al
menos un año, la parte sancionada tendrá derecho a presentar una solicitud en la que explique que ha
cumplido las condiciones exigidas y exponga las pruebas correspondientes.
¿Qué sucede si una parte inhabilitada no respeta las condiciones de cumplimiento de las
normas de integridad del Grupo del Banco Mundial u otros requisitos?
En caso de que el OCNI determine que no se han cumplido las condiciones para levantar la sanción, la parte
inhabilitada tendrá derecho a apelar ante la Junta de Sanciones si considera que el OCNI ha abusado de su
discrecionalidad al tomar esa decisión. Si la Junta de Sanciones no revoca la decisión del OCNI, la
inhabilitación seguirá vigente por períodos consecutivos de un año, y la parte inhabilitada tendrá derecho a
volver a solicitar cada año el levantamiento de la sanción.
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