Download 30487.177.59.1.Cuadro Modific RO FPyME Noviembre

Document related concepts

Banco de Desarrollo Euroasiático wikipedia , lookup

Plan de pensiones wikipedia , lookup

Transcript
DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA: FONDO DE APOYO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONDO PyME)
PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PyME PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013
Noviembre, 2013
TEXTO VIGENTE 2013
MODIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN
CONSEJO DIRECTIVO
CONSEJO DIRECTIVO
DEFINICIONES
DEFINICIONES
Hacer una precisión de las
definiciones para una mayor
comprensión del texto.
3. Para efectos de estas Reglas de Operación se
entenderá por:
3. Para efectos de estas Reglas de Operación se
entenderá por:
I. APOYOS…
I. APOYOS…
XVIII.PROYECTOS
ESTRATÉGICOS:
Iniciativa
productivas o de prioridad nacional, estatal o
municipal que contribuyen al desarrollo regional o
sectorial a través de la creación de empresas y/o
generación de empleos, detonación de inversión,
desarrollo de proveedores, innovación tecnológica,
generación de cadenas de valor, infraestructura o
aquéllas que determine el CONSEJO DIRECTIVO
y se cuente con autorización expresa del
Secretario de Economía;
8. El CONSEJO DIRECTIVO, como órgano de decisión,
determinará, conforme a las disposiciones de las
CONVOCATORIAS respectivas y de estas Reglas de
Operación, los PROYECTOS que podrán acceder a los
APOYOS previstos en dichos instrumentos jurídicos.
El CONSEJO DIRECTIVO tendrá la facultad de autorizar el
calendario de visitas de supervisión de los PROYECTOS
aprobados.
El CONSEJO DIRECTIVO valorará y emitirá una
resolución al respecto de cualquier otra situación no prevista
en las presentes Reglas de Operación.
XVIII. PROYECTOS ESTRATÉGICOS: Iniciativas productivas
o de prioridad nacional, presentadas por dependencias y
entidades de la administración pública centralizada y
paraestatal, los SEDECOS o los presidentes municipales y
el presidente del máximo órgano empresarial del país que
contribuyen al desarrollo regional o sectorial a través de la
creación de empresas y/o generación de empleos, detonación
de inversión, desarrollo de proveedores, innovación
tecnológica, generación de cadenas de valor, infraestructura o
aquéllas que determine el CONSEJO DIRECTIVO y se cuente
con autorización expresa del Secretario de Economía;
8. El CONSEJO DIRECTIVO, como órgano de decisión,
determinará, conforme a las disposiciones de las
CONVOCATORIAS respectivas y de estas Reglas de
Operación, los PROYECTOS que podrán acceder a los
APOYOS previstos en dichos instrumentos jurídicos.
El CONSEJO DIRECTIVO, para los casos no previstos
en estas Reglas de Operación, podrá determinar el
mecanismo de distribución de los recursos asignados al
FONDO PYME, así como el destino y temporalidad de los
APOYOS para la población objetivo.
El CONSEJO DIRECTIVO tendrá la facultad de autorizar el
Página 1 de 3
Incluir ésta facultad al Consejo
Directivo para determinar el
mecanismo de distribución de los
recursos asignados al FONDO
PYME en los casos no previstos
en las Reglas de Operación, así
como el destino y temporalidad
de los APOYOS para la población
objetivo, en los casos en los que
por la complejidad del Organismo
Intermedio O Beneficiario, se
pueda continuar con la entrega
DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA: FONDO DE APOYO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONDO PyME)
PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PyME PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013
Noviembre, 2013
TEXTO VIGENTE 2013
MODIFICACIÓN
calendario de visitas de supervisión de los PROYECTOS
aprobados.
JUSTIFICACIÓN
de los apoyos solicitados.
El CONSEJO DIRECTIVO valorará y emitirá una
resolución al respecto de cualquier otra situación no prevista
en las presentes Reglas de Operación.
18. Se podrán entregar APOYOS sin que medie
CONVOCATORIA cuando se trate de PROYECTOS
ESTRATEGICOS para el desarrollo regional o sectorial del
país, serán los Gobiernos de los Estados o los Gobiernos
Municipales, quienes podrán fungir como ORGANISMOS
INTERMEDIOS para presentar las respectivas SOLICITUDES
DE APOYO.
En estos casos, para que sea válida la presentación de
tales proyectos se deberá adjuntar una carta de los SEDECOS
o los Presidentes Municipales, manifestando el carácter
estratégico del PROYECTO y explicando su importancia y los
impactos que éste generará de manera detallada, clara y
razonable. El Director General de Sectores Estratégicos y
Desarrollo Regional deberá confirmar, de ser así el caso, el
carácter estratégico del proyecto para que éste pueda ingresar
al Sistema Emprendedor.
El Presidente del INADEM deberá someter a consideración
y en su caso autorización del Secretario de Economía el
PROYECTO. Dichos PROYECTOS se formalizaran a través
de CONVENIOS ESPECIFICOS.
Una vez que ha ingresado al Sistema Emprendedor se le
asignará el folio correspondiente y se sujetará a los
procedimientos del SISTEMA NACIONAL DE EVALUADORES
los cuales confirmarán, de ser así el caso, la viabilidad del
PROYECTO, para su posterior consideración del Consejo
Directivo del FONDO PYME en su conjunto, presentando la
autorización expresa del Secretario de Economía.
18. Se podrán entregar APOYOS sin que medie
CONVOCATORIA cuando se trate de PROYECTOS
ESTRATÉGICOS para el desarrollo nacional, regional o
sectorial del país. Serán las dependencias y entidades de la
Administración Pública Centralizada y Paraestatal, los
Gobiernos de los Estados o los Gobiernos Municipales, y el
máximo órgano empresarial del país, quienes podrán fungir
como ORGANISMOS INTERMEDIOS para presentar las
respectivas SOLICITUDES DE APOYO.
En estos casos, para que sea válida la presentación de
tales proyectos se deberá adjuntar una carta de los titulares
de las dependencias y entidades de la Administración
Pública Centralizada y Paraestatal, los SEDECOS o los
Presidentes Municipales, y el Presidente del máximo órgano
empresarial del país, manifestando el carácter estratégico del
PROYECTO y explicando su importancia y los impactos que
éste generará de manera detallada, clara y razonable. El
Director General competente deberá confirmar, de ser así el
caso, el carácter estratégico del proyecto para que éste pueda
ingresar al Sistema Emprendedor.
Se busaca el complemento de
apoyos intergubernamentales,
que pudieran atender a
proyectos
estratégicos
en
diferentes
ámbitos
de
competencia simultáneamente,
y que por su naturaleza,
requieren del apoyo integral,
la intervención de una o varias
dependencias
de
la
Administración Pública Federal.
Se incorpora la participación
del
máximo
órgano
empresarial del país, con el fin
de Fomentar las acciones de los
organismos empresariales, y
El Presidente del INADEM deberá someter a consideración coadyuvar
con
soluciones
y en su caso autorización del Secretario de Economía el
específicas,
que
contribuyan
a
PROYECTO. Dichos PROYECTOS se formalizaran a través
atender las políticas públicas
de CONVENIOS ESPECÍFICOS.
Una vez que ha ingresado al Sistema Emprendedor se le para elevar el crecimiento
asignará el folio correspondiente y se sujetará a los económico y el nivel de
procedimientos del SISTEMA NACIONAL DE EVALUADORES competitividad, tanto de las
los cuales confirmarán, de ser así el caso, la viabilidad del
PROYECTO, para su posterior consideración del Consejo empresas como del país, ya
Página 2 de 3
DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA: FONDO DE APOYO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONDO PyME)
PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PyME PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013
Noviembre, 2013
TEXTO VIGENTE 2013
MODIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN
Directivo del FONDO PYME en su conjunto, presentando la
autorización expresa del Secretario de Economía.
que como representante e
interlocutor del empresariado
mexicano, el máximo órgano
de
gobierno
empresarial
trabaja para impulsar el libre
mercado, la democracia plena,
la responsabilidad social y la
equidad de oportunidades para
la población.
Se precisa que el máximo
órgano empresarial del país se
integra por 7 asociados
importantes en el desarrollo
económico
del
país:
(CONCAMIN,
CONCANACO,
COPARMEX, AMIS, CMHN, CNA
y ABM) y 5 invitados
permanentes
(CANACO,
CANACINTRA, AMIB, COMCE y
ANTAD).
Página 3 de 3