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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Bolivariana de Venezuela
Dirección de Producción y Recreación de Saberes
Programa de Formación Avanzada: Especialización en Gestión Judicial –
TSJ
Línea de Investigación: Participación Popular y Sistema de Justicia.
Esto debe ir abajo y alineado a la derecha
(Proyecto de Investigación para Optar al Título de Especialista en Gestión
Judicial).
Autor:
Abg. Gómez Castillo Francisco Javier
C.I. 17.629.090
Tutor:
Abg. Castor Núñez
Punto Fijo, marzo de 2011 No coloques negritas
CAPÍTULO I
Como ha sido Puedes empezar: La evolución de la participación de las
comunidades en la elaboración de normas de formación y organización
social.
Ahora bien,es un conector, no está bien para comenzar, lo puedes quitar Las
organizaciones sociales, son grupos de personas que se identifican con
determinados intereses y qué deciden actuar en común, con el propósito de
defenderlos y resolver de manera colectiva problemas compartidos. Para
Jonsson, C, “La organización social, es una instancia de representación de
intereses y un instrumento de acción colectiva” (P.45). Es por ello, que las
organizaciones constituyen escenarios donde se elaboran y ponen en
ejercicio iniciativas y propuestas y a partir de las cuales se establecen
relaciones con distintos sectores de la sociedad y con el Estado.
En América Latina, puede afirmarse, que la historia de las organizaciones
sociales es una hasta finales de la década de 1980 y es otra de ahí en
adelante. La imposición del modelo neoliberal se convirtió en elemento clave
para entender el tránsito obligado de las organizaciones sociales del
asistencialismo hacia la gestión y la gerencia social. Hoy, asistimos a una
época en la cual muchas organizaciones sociales todavía quieren sobrevivir
con las prácticas del asistencialismo, donde muchos de sus dirigentes no han
entrado en la ruta del cambio y no se atreven a dar el salto hacia una
nueva cultura organizacional. Muchas organizaciones sociales existen en
el presente pero pertenecen al pasado debido a que están centralizadas
y mantienen una jerarquía que, en la mayoría de las veces pregona la
supervivencia y la auto preservación.
La necesidad del cambio ha llevado a otras organizaciones sociales a
considerarse a sí mismas como creadoras de conocimiento, a centrar sus
energías en la búsqueda de alternativas para satisfacer las necesidades de
sus clientes, sus dirigentes están convencidos que si su organización sirve a
los clientes, a los empleados y la comunidad, entonces los clientes, los
empleados y la comunidad le servirán a ella. Es la visión de futuro la que
sirve de faro a las organizaciones sociales y por ello, el pensamiento
estratégico de sus dirigentes es necesario para anticiparse a las necesidades
futuras de sus organizaciones y éstas, en consecuencia, son consideradas
como vehículos a través de los cuales la gente puede crecer y servir a los
demás.
Es decir, persisten los desafíos planteados por las recientes reformas
sociales (laborales, pensiónales, tributarias, políticas, entre otras), los
problemas económicos, ambientales y de seguridad que cada día ahondan la
brecha entre quienes todo lo tienen y entre quienes apenas subsisten. Es en
ese espacio concreto donde las organizaciones sociales y sus dirigentes
requieren construir visiones del futuro creativas, inspiradoras y estimulantes
para que las personas modifique su actual mentalidad centrada en las crisis
inmediatas y en la quietud y la orienten hacia una que con vehemencia se
anticipe al futuro en el que el bienestar de los seres humanos sea una tarea
inaplazable.
Es por ello que las comunidades tienden a organizarse con el objeto de
resolver sus necesidades y, de esta manera, mejorar sus condiciones de
vida. La posibilidad de organizarse se manifiesta en el momento en que se
presentan necesidades o aspiraciones que no han sido satisfechas y que no
tienen una solución a corto o mediano plazo a partir de la simple acción
individual. La organización surge como producto de la unión de los esfuerzos
individuales en la perspectiva de enfrentar de manera conjunta la solución a
los problemas detectados y promover intereses específicos.
La organización de las comunidades han sido en parte resultado de la
ausencia del Estado en la resolución de los problemas de las mismas,
especialmente en materia de necesidades básicas (vivienda, servicios
públicos, educación, salud, medio ambiente, entre otras) y, en parte la
expresión de la conciencia ciudadana sobre la importancia de unir esfuerzos
para conseguir metas trascendentales.
Cuidado con los márgenes del
párrafo de abajo.
Según Jonsson, C, “Las organizaciones buscan respuestas colectivas y
solidarias a los problemas que se les presentan. Entre más agudos son
los problemas o más desafiantes los propósitos comunes más se hace
urgente la necesidad de alcanzar mayores niveles de organización. La
organización es un instrumento de vital importancia para que la
participación comunitaria sea una realidad. A través de la organización
se impulsa y se fomenta la intervención ciudadana. Esta promoción de
acciones colectivas organizadas conduce
democráticos
en
los
ámbitos
a
fortalecer
locales,
procesos
nacionales e
internacionales”. (P. 70). Esta cita es muy larga, debe ir en bloque, sin
comillas, con tres centímetros más de margen, y a espacio sencillo.
Dentro del mismo orden de ideas, la participación comunitaria en los asuntos
que afectan a la supervivencia de la comunidad es tan antigua como la
historia humana y como una expresión del movimiento continuo que es parte
de la vida comunitaria cotidiana, es a su vez una parte esencial de todas las
sociedades humanas. En la década de los años 1950 se comenzó a aplicar
esta idea como desarrollo de las comunidades o promoción rural, para
introducir nuevas tecnologías y mejorar la calidad de vida. Estos programas
tuvieron por meta organizar y movilizar a las comunidades para ir en pos de
objetivos determinados fuera de la comunidad, basados en que las
comunidades acogerían las ideas, las innovaciones y las prioridades
sugeridas para el desarrollo.
Según Vargas, P “La participación comunitaria, es un proceso permanente
de incorporación plena de los individuos y los grupos a la vida social
comunal, para lograr no sólo el desarrollo material de la comunidad, sino
también el desarrollo cultural y humano de los individuos que la componen”.
(año P.68). Ahora bien, la participación comunitaria en la sociedad
venezolana se promueve en forma sistemática, organizada tanto en el sector
público como desde el privado a partir de la década de los sesenta. Ella
corre paralelamente con los gobiernos de la democracia representativa; es
decir de la llamada cuarta IV República.
La influencia de las Naciones Unidas orienta (pendiente con la ONU,
debemos ser críticos con ella, es una institución falsa para dar una imagen
de diplomacia, formada por las élites de dominación global) el concepto de
desarrollo de la comunidad que es empleado tanto por la Agencia
Interamericana de Desarrollo como por el Instituto Venezolano de Acción
Comunitaria IVAC. En esta etapa de la Gobernabilidad de la Democracia
Representativa, priva la idea de que la participación de las comunidades
debe asumirse como una penalización a la condición de pobreza de sus
pobladores, es decir la participación sería sobre todo en la atención de
problemas de orden físico ambiental y de dotación de servicios sanitarios,
sería el único medio para procurar la solución de sus problemas generados
por ellos mismos desde el espacio donde residen.
Dentro de esta situación, las posibilidades de decisión de las personas son
relativas, ya que las diversas formas de gobierno implican limitaciones a su
accionar y, por ende, a su voluntad individual. En los sistemas democráticos
se recurre a la representatividad. Un sujeto con ciertas habilidades políticas,
se convierte en líder y por lo tanto representa a un conjunto de voluntades,
las que quedarán mediatizadas y sometidas a los compromisos de aquél.
El político se convierte en un ser autónomo, que estará más preocupado
por sus propios asuntos, que por los problemas de la sociedad. Los
miembros de esta
última, debido a la acción de diversos medios de
generación de consenso y a la represión, terminan aceptando la situación
con cierta resignación y, en algunos casos, con una buena dosis de
complicidad.
Ya que, en la práctica la protección de la cultura popular se vuelve cada día
más difícil, dentro del proceso de urbanización capitalista. Una enorme
presión de la cultura dominante va destruyendo las manifestaciones de
grandes sectores de la sociedad, que aparecen como dominados. La
promoción de estos sectores postergados sólo aparece posible, mediante el
respeto por la diversidad y el pluralismo cultural, a través de una participación
igualitaria que permita alcanzar una verdadera democracia.
En la década de los años 1970 se introdujeron nuevas estrategias para la
organización y desarrollo completo e integral de las comunidades, pero
aunque tuvieron resultados en algunos sectores, no se ha podido lograr la
participación generalizada y sostenida de las comunidades. A partir de la
década de los ochenta, la crisis económica y social que arropó la sociedad
venezolana en el marco de la década perdida, puso en evidencia la quiebra
del asistencialismo, como mecanismo de control de dominación social, así
como también se puso en el tapete
estado, sector público y
la incapacidad
del
control
del
privado sobre las comunidades a través de la
canalización de su participación en programas principalmente de asistencias
de obras físicas o de atención a algunas actividades relacionadas con el
proceso de atención a las enfermedades. Procura siempre colocar la fuente
de donde extraes toda esta información.
Varios factores han influido en
esta situación, entre ellos la poca
comprensión de que es lo que debe incluir la participación, en lugar de
promover la misma, esos modelos son, manipulados, en el sentido de que
tratan de que la comunidad colabore en actividades en las que no tuvo nada
que ver cuando se decidió iniciarlas, o bien autoritarios. Muy pocas veces la
participación comunitaria ha sido definida y puesta en práctica como la
participación en las decisiones sobre políticas, prioridades y servicios.
La participación puede significar entonces una posibilidad para influir
directamente en la toma de decisiones la mayor parte de estos procesos se
han dado a través del Estado. Este genera mecanismos de participación que
tienden a mediatizar la actuación de los grupos en cuestión, reorientando los
esfuerzos y reelaborando los códigos y los objetivos. Una acción de
participación, requiere de: conocimiento, capacidad y motivación, es preciso
que el grupo conozca los mecanismos de acceso y regulación de una
determinada actividad.
Pero aún conociendo estas reglas, se debe poder acceder efectivamente a
ello, en vista que algún impedimento de cualquier tipo, limita o margina a las
personas al proceso de participación. Aún teniendo conocimiento y estando
capacitado para llevar a cabo una actividad, esto no se cumplirá sin el interés
o motivación del mismo. La participación social significa que todos los
actores sociales de una comunidad, tomen parte en las deliberaciones y
decisiones sobre cualquier problema que afecta a la comunidad incluyendo
las decisiones sobre sus necesidades y prioridades, además de las
responsabilidades y las obligaciones para la formulación de planes y
adopción de medidas, para evaluar los resultados.
Es por ello que se puede definir la participación comunitaria como el proceso
mediante el cual las personas se transforman de acuerdo a sus propias
necesidades y las
de
su
comunidad,
adquiriendo
un
sentido
de
responsabilidad con respecto a su propio bienestar y la del grupo,
contribuyendo conscientemente y constructivamente en el proceso de
desarrollo.
En el contexto actual hay que asumir la participación social en un sentido
amplio ya que tiene que ver con las relaciones sociales, con la producción y
usufructo de la cultura, y por ello con las relaciones de poder. Por esto
estudiar y promover la participación social, parte de asumir que hay quienes
no participan o quienes no lo hacen de una manera suficiente. Esto justifica
impulsar procesos de participación social en la lógica del desarrollo
comprendido en relación con una visión de bienestar definido por la propia
comunidad. La intencionalidad de la participación social se comprende así,
necesariamente, en su propósito de transformar las relaciones sociales y
socializar la cultura.
En última instancia se busca llegar al momento en que la participación social
quede establecida como cultura, es decir, como fundamento de las formas de
relación, producción, creación, y reproducción de la sociedad, establecida a
todo nivel al ser interiorizada por personas y actores sociales como una
manera "normal" de relacionarse. A partir del año 2000 la participación
comunitaria y en sí la participación en general, adquiere rango constitucional
establecido en la (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
1999), el planteamiento y otros enfoques para su tratamiento, como espacio
protagónico de las comunidades, es así como el campo del desarrollo local
pasó a apreciarse como mecanismos de empoderamiento.
En la historia de la participación en Venezuela de las comunidades habían
sido concebidas como espacios deservidos de población en condiciones de
pobreza que muchas veces deben ser tratados como minusválidos social, lo
que podríamos denominar la reformulación de la participación basada en las
comunidades como actores protagónicos de los desarrollos locales, no se
contemplaba en la democracia representativa para el análisis o el estudio de
las comunidades como un sistema de institución. Es así como al plantearse
el empoderamiento como elemento básico para promover la participación de
las comunidades en el desarrollo local se hace necesario tratar la cuestión
institucional, y no solamente los asuntos de orden físico espacial y de
necesidades básicas.
El empoderamiento mediante la práctica de la participación comunitaria
estaría dirigido a:
1. La organización.
2. La toma de decisiones.
3. El manejo directo de recursos.
En el mismo orden de ideas, el título III de los derechos civiles, capítulo IV de
los derechos políticos y del referendo popular,
sección primera de los
derechos políticos, artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, establece “todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el
derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por
medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo
en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio
necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo,
tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la
sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su
práctica.” No debe estar en cursiva. Sólo va en cursiva una palabra en otro
idioma.
En función a ello, la participación ciudadana se define, según Nuria Cunill
Grau, como el proceso mediante el cual la ciudadanía interviene individual o
colectivamente, en las instancias de toma de decisiones sobre asuntos
públicos que le afecten en lo político, social o económico. La Constitución de
1999, es reiterativa en relación al tema de la participación ciudadana pues la
menciona decenas de veces en su texto, y la concibe como un deber y un
derecho, en virtud del principio de solidaridad social.
La participación social es un proceso progresivo, que se inicia con un cambio
de mentalidad, la creación de una ideología sustentable y un desarrollo
gradual dado por la propia dinámica de las relaciones sociales, y que cada
comunidad es depositaria de una cultura que viene dada por un proceso
histórico de acumulación de vivencias y tradiciones. Los grupos van creando
su sentido social y su cultura, mediante relaciones con el espacio físico y a
través de la interacción comunitaria, construyendo, al mismo tiempo, la
memoria colectiva.
Ahora bien, se plantea una interrogante ¿De qué forma se puede proponer la
elaboración normas de formación y organización social por medio de la
participación comunitaria?. En función a que
la elaboración de normas de
formación y organización social, por parte de las comunidades, se
efectúan con un propósito definido, que no escapa de la realidad, en vista
de que las comunidades
organizadas forman asociaciones
de derecho,
integradas por personas naturales o jurídicas, en la que sus integrantes
están unidos por lazos de vecindad y colaboración mutua, para el beneficio
del desarrollo local y la participación comunitaria. Es trascendental si se
quiere, ya que las normas de convivencias que desarrollarían las mismas
regularían su convivir comunitario en pro del buen desarrollo personal y
colectivo de sus miembros.
Siendo que las normas ordenan el comportamiento humano y rigen a la
sociedad, que de cierto modo es cambiante y por ende requieren de una
constante formación y regulación. Es por ello que se debe ir en la búsqueda
de la orientación, la coordinación, la unificación y por último la solución a las
controversias que por falta de organización y formación presentan las
comunidades a fin de lograr el desarrollo y la armonización del colectivo
comunitario.
Pero bien, para comprender la integralidad de la participación comunitaria en
la elaboración de normas de formación y organización social, vale reflexionar
sobre las siguientes interrogantes, a) ¿Cómo determinar el conocimiento que
tienen los habitantes de la comunidad de Caja de Agua sobre la elaboración
de normas de formación y organización social, por medio de la participación
comunitaria?, b) ¿Tiene alguna influencia de la participación comunitaria en
la elaboración de normas de formación y organización social?, c) ¿Cómo
generar la participación comunitaria de los habitantes de Caja de Agua,
en la elaboración de normas de formación y organización social?., d) ¿Es
necesario consolidar las normas de formación y organización social, por
medio de la participación comunitaria?.
Concibiendo el derecho como un conjunto de valores, principios y reglas de
conducta, que juega un papel esencial en las relaciones humanas. Como
instrumento regulador de las reglas de convivencias, determina el marco y
reflejan los modelos entorno a los cuales las personas configuran sus
conductas y resuelven sus problemas. Desde esta perspectiva, en una
sociedad democrática, participativa, equitativa, pluralista, libre y justa, hay
que entender que el derecho obtiene su plena validez cuando se integra
armónicamente en el espacio y el tiempo de los pueblos a los que sirve y que
poseen la potestad de su creación, directamente o a través de sus
representantes.
Este proceso de integración de lo jurídico en lo social se encuentra
legitimada democráticamente en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela y positiviza los mandatos, valores y principios, que dirigen el
proceso de transformación de la sociedad. Por consiguiente, la democracia
se define como plural, protagónica y participativa, lo que supone la creación
de los mecanismos de intervención para la adecuación y control en la gestión
de lo púbico, con nuevas formulas de combinación de representación y
participación directa.
La participación ciudadana, entendiéndose la ciudadanía como concepto
amplio y abierto juega un papel fundamental en la orientación y el control
social sobre la acción del estado. En función a ello, se proporciona un nuevo
marco y unas nuevas reglas para la democracia, siendo importante impulsar
los cambios tomando en cuenta el planteamiento alternativo de los
pensamientos integracionistas. Desafío que obliga a abordar el derecho,
como ciencia social, mediante una vinculación diferente entre la teoría y la
práctica comunitaria, entendiendo la complejidad de las categorías jurídicas
que ordenan, en el todo social, las diferentes dimensiones de las prácticas
jurídicas en su propia estructura interna y en sus relaciones e interrelaciones
culturales, políticas y económicas.
Buscando de cierto modo el fundamento de la estructura del aprendizaje,
cuya manifestación se encuentra materializada a través de la elaboración de
las normas de formación y organización comunitaria, reconociendo su
importancia y la puesta en práctica del intercambio de conocimientos en la
interacción socio comunitaria. Asumiendo de ese modo el reto de un enfoque
innovador tanto en el plano teórico, practico, epistémico y metodológico, que
busque comprender el nuevo ordenamiento jurídico, mediante el desarrollo y
correcta aplicación de las normas de formación y organización comunitaria, ls
cuales demandaran un profundo conocimiento y un riguroso manejo de la
técnica jurídica, necesaria para la construcción.
Tomando en cuenta, que la participación comunitaria es un tipo de acción
personal y colectiva que agrupa a ciudadanos y ciudadanas, decididos a
enfrentar una situación. El grupo estipula sus relaciones en función del
problema, al cual busca solución, mediante un proyecto de desarrollo de
mejoras o cambio de la situación. Una de las características de la
participación comunitaria, es que busca mejorar el bienestar y la calidad de
vida de los miembros de la comunidad en función de valores que le son
propios, para que la mejora pueda ser sostenible en el tiempo.
De esta
manera, los problemas de la comunidad pueden ser resueltos de manera
endógena, sin requerir la iniciativa de entes externos, como los partidos
políticos, y las soluciones se ajustan a su entorno porque surgen del
consenso de sus miembros.
Con la elaboración de las normas que regulen la formación y organización
comunitaria, se busca que la sociedad sea multigrupal, y se estructure en
grupos de comunidades locales que se auto gobiernen. En vista que las
organizaciones comunitarias están tomando un papel importante como
expresión de cambios de una democracia representativa a un sistema más
descentralizado, como el de democracia participativa. Ninguna de las
comunidades tendría la misma estructura de organización por ser un proceso
orgánico, dinámico y por lo tanto, cambiante que desarrollarían medios que
satisfagan las necesidades de sus miembros y de quien depende su éxito.
Destacando que las comunidades desarrollan ciertos conocimientos y
experiencias que pueden entrar en semejanza con los procesos en la toma
de decisiones con la información existente, ya que la organización del
conocimiento de la comunidad es por sí misma una palanca para el
desarrollo y por ello es necesario que cada una de ellos de una u otra
manera se norme o bien se regulen de acuerdo a las necesidades o
realidades en las que ellos viven, pudiendo por medio de la participación
alcanzar u obtener el mayor consenso posible, a través de los distintos
procesos abiertos de consulta y debates. Logrando alcanzar el objetivo
último que es la integración comunitaria como medio para mejorar la calidad
de vida.
Siendo el poder popular el responsable de manifestar su aprobación a todas
aquellas iniciativas que hacen posible la transformación de su propio cuerpo
normativo, profundizando de ese modo la democracia y facilitando la
articulación social. Tratando que el razonamiento social pueda posibilitar el
cambio si se abordan desde un planteamiento complejo de las relaciones
sociales y la construcción colectiva de propuestas innovadoras de integración
comunitaria, buscando de cierto modo el desarrollo de la personalidad y el
instinto creativo de las propias comunidades, facilitando para ello los
instrumentos materiales de formación y realización personal y colectiva.
Tomando en cuenta, que los espacios comunitarios, al ser colectivo social,
participativo efectivo. La elaboración de un cuerpo normativo propio de
integración personal y grupal que desarrolle el derecho, elevando al máximo
rango jurídico la teoría y la práctica de los movimientos sociales, tomando en
consideración, la voluntad de transformar las relaciones sociales y la
preocupación que manifiestan estableciendo relaciones consecuentes entre
vocación transformadora de la democracia y la concreción dogmatica e
institucionales de las normas del estado y sus exigencias, en vista que las
organizaciones llamadas a participar son fiel reflejo de la complejidad social.
Es importante señalar que, la participación democrática permite a los
miembros de la sociedad, a las personas que conforman los grupos dentro
de las comunidades, ejercer sus derechos en aras de una vida mejor y lo que
pueden hacer directamente por medio de sus normas internas logrando la
máxima expresión de la democracia participativa desde el punto de vista
jurídico, se considera que es la posibilidad de incoar acciones para ejercer
derechos o intereses colectivos. En vista, que la organización consiste en la
forma de asociación constituida para un determinado fin, que cada
comunidad se da a sí misma, de acuerdo con sus necesidades y
expectativas según sus tradiciones y costumbres.
Es por ello, que es necesario que los ciudadanos y ciudadanas, tomen parte
activa en la elaboración de normas que se adapten a la realidad que vive la
propia comunidad, teniendo como principios rectores la participación popular
y el afianzamiento
de
la verdadera democracia
social participativa y
protagónica. Destacando que la participación no solo es un derecho sino un
deber que justifica la promoción por parte del estado de los mecanismos de
participación que la Constitución identifica como tales, en virtud de la
obligación que tiene el estado de poner medios idóneos para que los
ciudadanos ejerzan sus deberes constitucionales.
Las normas, es el conjunto de valores, principios y reglas de conductas que
juegan un papel fundamental en las relaciones humanas, como instrumento
regulador de los ciudadanos y ciudadanas dentro de un mismo ámbito de
convivencia y la elaboración de las normas comunitarias por medio de la
participación social, no es más que la intervención de los ciudadanos y
ciudadanas miembros de una comunidad determinada en la construcción e
interpretación de sus reglas de convivencias y de cierto modo busca regular
el comportamiento y las formas de organizaciones de las comunidades.
En función a lo antes descrito, las normas de formación y organización social,
por medio de la participación comunitaria tienen los siguientes objetivos de la
investigación, así como también la denominación, ámbito y naturaleza de la
propuesta y su justificación e importancia especifica:
OBJETIVO GENERAL
Proponer normas de formación y organización social, por medio de la
participación comunitaria, en la comunidad de Caja de Agua.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Determinar el conocimiento que tienen los habitantes de la comunidad de
Caja de Agua, sobre la elaboración de normas de formación y
organización social, por medio de la participación comunitaria.
 Describir la influencia que tiene la participación comunitaria, en la
elaboración de normas de formación y organización social.
 Generar la participación comunitaria de los habitantes de Caja de Agua,
en la elaboración de normas de formación y organización social.
 Fomentar la consolidación de las normas de formación y organización
social, por medio de la participación comunitaria, en la comunidad de
Caja de Agua.
DENOMINACIÓN, ÁMBITO Y NATURALEZA DE LA PROPUESTA
La presente propuesta tiene como denominación, normas de formación y
organización social, por medio de la participación comunitaria, teniendo como
ámbito de aplicación la comunidad de caja de agua, la cual se encuentra
ubicada al Occidente de la Península de Paraguaná, Municipio Carirubana,
del estado Falcón. Esta propuesta se sustenta, en líneas estratégicas y
metodológicas
transformadoras,
que
garantizan
adelantar
procesos
genuinos. Esta investigación se realizará en un lapso de tiempo de
comprenderá un periodo de un (1) año 2011 y 2012, en la población objeto
de estudio de la comunidad de Caja de Agua, dentro del ámbito local ya que
se pretende con este proyecto elaborar normas de formación y organización
social con los habitantes de la comunidad antes mencionada.
Tomando en cuenta, que la línea de investigación participación popular y
sistema de justicia, está orientada a dar respuestas a grandes luchas
sociales
en contra del sistema capitalista, impuesto por la democracia
representativa que lo sustento históricamente
y el modelo de estado
burgués. Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999, la cual hace mención en su preámbulo a
refundar
la República y la construcción del nuevo Estado democrático y
social de Derecho y de Justicia fundamentado en un nuevo modelo político
que
encuentra su legitimidad en la expresión de la soberanía popular
mediante la participación y protagonismo del pueblo en todos los ámbitos de
la gestión pública.
El nuevo modelo democrático participativo y protagónico se constituye en un
avance mundial de las nociones y expresiones de la democracia, y en
relación a la gestión judicial implica la innovación en la construcción de los
nuevos modelos de gestión en este campo del poder público nacional que
den respuesta al nuevo modelo de Estado y abran los espacios para el
ejercicio pleno del poder popular en la construcción de la justicia.
Por ello en el caso particular del Estado venezolano, tenemos el reto de
contribuir, tanto a la configuración del nuevo modelo de gestión judicial; como
al fortalecimiento de un ámbito jurídico más amplio reconocido en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se inscribe
la gestión judicial, que es nuestro Sistema de Justicia donde se enmarcan
diversos ámbitos de vida y participación social como lo es el derecho
alternativo, la justicia de paz y la propia actuación de los profesionales del
derecho en su función social.
JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA
Esta investigación se enmarca en los fines de la Universidad Bolivariana de
Venezuela y la Escuela Nacional de la Magistratura, a través de los
programas de estudios avanzados dentro de la especialidad en gestión
judicial. En función a ello este trabajo de investigación, está basado en la
responsabilidad de contribuir a que los derechos sociales y sobre todo los
valores y principios constitucionales sean conocidos y puestos en práctica, a
través del trabajo colectivo, y se impulse la dignidad del colectivo
comunitario, en pro del respeto de sus derechos y la obtención de la justicia y
la equidad social. Desde una caracterización del programa de formación de
grado en estudios jurídicos.
Siendo que la elaboración de las normas de formación y organización social,
por medio de la participación comunitaria, en la comunidad de Caja de Agua,
brindará la regulación necesaria de sus habitantes, logrando construir una
sociedad de igualdad y justicia, sin discriminación alguna, como lo establece
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Todo este cuerpo
normativo interno ajustado a las necesidades de dicha comunidad, ligado a la
posibilidad de mejorar las condiciones de vida de la comunidad, de ser
posible solo a través de la participación de los miembros comunitarios.
Tomando en cuenta que los
derechos, son normativas que rigen la vida de
las personas para ser posible la convivencia social y en un criterio más
amplio, son reglas de conductas impuestas a las personas que viven en
sociedad,
reglas
cuyo respeto se considera por una sociedad y en un
momento dado, como la garantía del interés común, cuya violación produce
contra el autor
de dicha violación una reacción colectiva.
Teniendo el
derecho, el objeto de posibilitar el cumplimiento de los fines humanos, ya
que el mismo, es normado por y para la sociedad.
En vista, de que el derecho
se da por las necesidades de la misma
sociedad, es por ello que es cambiante, formando de una u otra manera un
todo complementario integral, ya que, son el resultado de luchas y reclamos
políticos, técnicos, étnicos, económicos y culturales ocurridos durante la
historia. Expresando un vínculo entre el estado, las instituciones y sus
miembros, en vista que, las personas como tal encierran valoración moral y
un contenido afectivo por los vínculos que establecen las mismas personas y
las leyes. Teniendo condiciones sociales y jurídicas bajo una autoridad, con
iguales derechos y deberes, que conllevan la obligación de cumplir deberes
específicos y ejercer derechos específicos.
CAPÍTULO II
Las organizaciones sociales y la participación comunitaria en la
elaboración de normas
Antecedentes, características
La presente investigación se desarrolla tratando de sustentar la teoría de la
participación comunitaria y la elaboración de normas.
Hasta aquí me parece que tiene bastante sustento tu trabajo; la forma en la
cual lo has organizado es bastante limpia y clara; te falta entonces ahondar
en los aspectos teóricos. Para lo cual creo que tienes bastante bibliografía
disponible, y mucho de qué hablar. Quedando a tu orden. Suerte.
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
Trabajos de Ascensos
 Acosta, Alejandro.( 1998.). La planeación Participativa, con visión de
futuro y enfoque de género: base para el desarrollo humano. Módulo 1
Área Social. Bogotá Colombia.
 Galindo Jesús, Urrego Luz Estela, (1999). Organizaciones sociales y
comunitarias. Módulo tres Área Social. Bogotá Colombia.
 González Esperanza.( 1999.). La organización social. En módulo
Gerencia del Desarrollo Comunitario. Módulo 4. Bogotá Colombia.
Documentos Legales
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela. N° 5453 del 4 de marzo del 2000.
 Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 39.377 del 2 de marzo de 2010.