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DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE DESECHA LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE, EN MATERIA DE CAMBIO CLIMÁTICO Honorable Asamblea: A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 6156, que contiene la minuta proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, 72 73 fracción XXIX-G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 3, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente Metodología En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida minuta y de los trabajos previos de las Comisiones Dictaminadoras. En el capítulo correspondiente a “Contenido de la minuta”, se sintetiza el alcance de la propuesta de reforma en estudio. En el capítulo de “Consideraciones”, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta H. Cámara de Diputados, expresa los argumentos de valoración de la propuesta. Antecedentes 1. En sesión celebrada el 13 de abril de 2010, la diputada Ninfa Salinas Sada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó al pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 5 y 7 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. En esa misma fecha la Mesa Directiva turnó el expediente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente. 2. En sesión celebrada el 13 de abril de 2010, la diputada Ninfa Salinas Sada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó al pleno de la Cámara de Diputados iniciativa proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de cambio c1imático. En esa misma fecha la Mesa Directiva turnó el expediente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente. 3. Que en virtud del tema que se trata, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales determinó acumular dichos asuntos y dictaminarlos conjuntamente. 4. En sesión del 27 de abril de 2010, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprobó, por 364 votos en pro y 2 abstenciones, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de cambio c1imático, turnándose a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. En sesión de fecha 28 de abril de 2010 por el pleno del Senado de la República, la Mesa Directiva de esa soberanía turnó dicha minuta a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y, de Estudios Legislativos, Segunda para sus efectos constitucionales. 6. Que en sesión celebrada en fecha 6 de diciembre de 2011 por la Cámara de Senadores, las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, y de Estudios Legislativos, Segunda sometieron a la consideración del pleno de la Cámara de Senadores, dictamen aprobado por el que se devolvió la minuta a la Cámara de Diputados, que fue aprobado por 68 votos en pro, 0 en contra y 0 abstenciones. 7. En sesión celebrada el 8 de diciembre de 2011 la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de cambio climático, devolviéndose para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 8. En misma fecha, la minuta se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, iniciándose un cuidadoso proceso de análisis y consulta, a efecto de elaborar el presente dictamen, de conformidad con las siguientes: Contenido de la minuta La minuta objeto del presente dictamen es reformar diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de cambio climático. En primera instancia, propone facultar a la Federación para la elaboración de mapas de riesgo y vulnerabilidad ante el cambio climático así como establecer políticas públicas y planes generales de mitigación y adaptación. En segunda instancia, proponía facultar a las entidades federativas para la formulación, ejecución y evaluación de programas estatales de cambio climático que incluya medidas de mitigación y adaptación al cambio climático. Finalmente, proponía la adición de un Capítulo II Bis Del cambio climático, al Título Cuarto Protección al Ambiente, para Promover la Implementación de Políticas Públicas para la Mitigación y Adaptación al Cambio Climático a través de la elaboración de un Programa Especial de Cambio Climático, la integración de una Comisión Intersecretarial de Cambio Climático como organismo de coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública federal para la implantación de políticas de mitigación y adaptación al cambio climático y facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para establecer una estrategia presupuesta para atender los efectos adversos de cambio climático. En atención a lo planteado por la Cámara de origen, la Cámara de Senadores aprobó la propuesta y realizó diversas modificaciones, aprobando el siguiente Decreto. Artículo 5. Son facultades de la Federación: I. a VI. ... VII. La participación en la prevención y el control de emergencias y contingencias ambientales, en la elaboración del Atlas Nacional de Riesgo y el Atlas Nacional de Vulnerabilidad ante el Cambio Climático, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XXI. La formulación, ejecución y difusión de acciones de mitigación y adaptación a los efectos del Cambio Climático; XXII. La elaboración y publicación de los estudios de diagnóstico y proyección del Cambio Climático y el Programa Especial de Cambio Climático, y XXIII. Las demás que esta Ley u otras disposiciones legales atribuyan a la Federación. Artículo 7. Corresponde a los Estados de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades: I. a XVII. ... XVIII. La formulación, ejecución y evaluación del programa estatal de protección al ambiente y del programa estatal de cambio climático; XIX. a XXII. ... Artículo 19. En la formulación del ordenamiento ecológico se deberán considerar los siguientes criterios: I. y II. ... III. Los desequilibrios existentes en los ecosistemas por efecto de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, de otras actividades humanas, fenómenos naturales e impactos del cambio climático; IV. a VI. ... Artículo 23. Para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la planeación del desarrollo urbano y la vivienda, además de cumplir con lo dispuesto en el Artículo 27 constitucional en materia de asentamientos humanos, considerará los siguientes criterios: I. ... II. En la determinación de los usos del suelo, se buscará lograr una diversidad y eficiencia de los mismos y se evitará el desarrollo de esquemas segregados o unifuncionales, así como las tendencias a la suburbanización extensiva, y los desarrollos o asentamientos en zonas de alta vulnerabilidad ante los impactos del cambio climático; III. a IX. ... Título Cuarto Protección al Ambiente Capítulo II Bis Del cambio climático Artículo 116 Bis. Para la prevención y atención de los efectos del cambio climático, la secretaría, con la participación y aprobación de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, elaborará y publicará el Programa Especial de Cambio Climático, al que se dará seguimiento continuo y evaluación periódica de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales en la materia. El programa deberá contener, entre otros, los elementos siguientes: I. La planeación sexenal con perspectiva de largo plazo, congruente con los objetivos de la Estrategia, con los compromisos internacionales y con la situación económica, ambiental y social del país; II. Las metas sexenales de mitigación, dando prioridad a las relacionadas con la generación y uso de energía, quema y venteo de gas, transporte, agricultura, bosques, otros usos de suelo, procesos industriales y gestión de residuos; III. Las metas sexenales de adaptación relacionadas con la gestión integral del riesgo; aprovechamiento y conservación de recursos hídricos; agricultura; ganadería; silvicultura; pesca y acuacultura; ecosistemas y biodiversidad; energía; industria y servicios; infraestructura de transporte y comunicaciones; desarrollo rural; ordenamiento ecológico territorial y desarrollo urbano; asentamientos humanos; infraestructura y servicios de salud pública y las demás que resulten pertinentes; IV. Las acciones que deberá realizar la administración pública federal centralizada y paraestatal para lograr la mitigación y adaptación, incluyendo los objetivos esperados; V. Las estimaciones presupuestales necesarias para implementar sus objetivos y metas; VI. los proyectos o estudios de investigación, transferencia de tecnología, capacitación, difusión y su financiamiento; VII. los responsables de la instrumentación, del seguimiento y de la difusión de avances; VIII. Arreglos institucionales y de transversalidad entre las áreas con metas compartidas o que incluyen en otros sectores; IX. la medición, el reporte y la verificación de las medidas y acciones de adaptación y mitigación propuestas, y X. los demás elementos que determine la Comisión. Artículo 116 Bis 1. Con el objeto de coordinar las acciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal relativas a la formulación e instrumentación de la Política Nacional de Cambio Climático en materia de mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático y el cumplimiento de los compromisos suscritos por México en la Convención Marco en la materia, su protocolo y los demás instrumentos derivados de la misma, el Ejecutivo federal contará con la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático que tendrá el carácter de permanente y será presidida por el titular del Ejecutivo federal; en ausencia será suplido por el titular de la secretaría. En el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales de las dependencias y entidades que la integren, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, 9 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 19 y 26 de la Ley de Planeación, la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático aprobará el Programa Especial de Cambio Climático. En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen procede a iniciar su análisis de conformidad con las siguientes Consideraciones El cambio climático es el resultado del uso intensivo de la atmósfera como receptora de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). El problema consiste en que los volúmenes de GEI –especialmente bióxido de carbono (CO2)– emitidos durante los últimos ciento cincuenta años de industrialización superan la capacidad de captura de la biosfera y el resultado neto es el aumento constante de las concentraciones de estos gases, que obstaculizan la emisión de energía hacia el espacio exterior y acrecientan el proceso natural de efecto invernadero, ocasionando que se eleve la temperatura media global y el nivel del mar tanto por dilatación térmica de los océanos como por el derretimiento de los grandes hielos terrestres. Así la intervención humana está logrando, en un lapso de décadas, transformaciones de una magnitud superior a las que el sistema natural experimenta en el curso de cientos de miles de años.1 México ha sido una de las naciones más comprometidas con la comunidad internacional, ante el anuncio de que contribuía con alrededor de 1.5 por ciento de las emisiones anuales globales de gases de efecto invernadero y se ubicaba en la posición número 13 entre los mayores emisores del mundo. En el campo de las políticas públicas, México cuenta con una Estrategia Nacional de Cambio Climático (2007) y un Programa Especial de Cambio Climático (PECC) del 20092 que identifican las oportunidades de mitigación en diversos sectores del desarrollo nacional, así como las principales acciones en materia de adaptación. Ambos instrumentos representan un avance importante para orientar un proceso nacional de descarbonización de la economía mexicana y se enfocan a la ambiciosa meta aspiracional de lograr, al 2050, una reducción del 50 por ciento de las emisiones nacionales de gases de efecto invernadero. Asimismo se han realizado diversos estudios económicos sobre cambio climático en México, como el Estudio denominado La Economía del Cambio Climático en México.3 Adicionalmente, desde el año 2000 para dar cumplimiento a los compromisos que México ha suscrito en la materia, se han realizado diversas acciones y desarrollado capacidades para cumplir con los compromisos de la Convención. México es el único país en desarrollo que ha presentado cuatro Comunicaciones Nacionales ante la Secretaría de la Convención Marco y actualizado otras tantas veces su Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero. Asimismo, para fortalecer la implementación de la Convención, por acuerdo Presidencial se creó la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático el día 25 de abril de 2005, en calidad de órgano federal responsable de formular políticas públicas y estrategias transversales de mitigación y adaptación, cuyo presidente es el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y es asistido por 4 grupos de trabajo: Grupo para la Estrategia Nacional de Cambio Climático; grupo de asuntos internacionales; vulnerabilidad y políticas de adaptación y un grupo más, el Comité Mexicano para Proyectos de Reducción de Emisiones y de Captura de Gases de Efecto Invernadero. Sin duda, el gobierno federal ha realizado diversos esfuerzos para cumplir con los compromisos asumidos en materia de cambio climático y de reducción de emisiones a la atmósfera. Sin embargo, estas acciones carecían de un marco jurídico que dé obligatoriedad y continuidad a las políticas y estrategias adoptadas en México tras cambios en la administración pública federal, por lo que en el año 2010, en el que se aprobaron las Iniciativas de la diputada Ninfa Salinas Sada, la propuesta de era procedente y acertada. Actualmente y con la aprobación de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la minuta que expide la Ley General de Cambio Climático, todas y cada una de las reformas propuestas han sido incorporadas y desarrolladas de forma específica. En ese contexto y en virtud de que la minuta ha sido aprobada en la sesión del pleno de la honorable Cámara de Diputados de fecha 12 de abril de 2012 por 280 votos en pro, 10 en contra y 1 abstención. Por lo expuesto, y para los efectos de lo dispuesto por el artículo 72, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura sometemos a consideración del pleno los siguientes Acuerdos Primero. Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de cambio climático. Segundo. Archívese el expediente No. 6156 como asunto total y definitivamente concluido. Notas 1 Fernández, Adrián y Martínez Julia, (Coordinación Ninfa Salinas y Yolanda Alaniz). Temas Selectos de medio ambiente.“Cambio climático y acciones para enfrentarlo”. Cámara de Diputados, LXI Legislatura, Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 2010. 2 Ambos documentos pueden consultarse en el sitio electrónico http//www.semarnat.gob.mx/temas/cambioclimatico /Paginas/cambioclimatico.asox (visitado por última vez, septiembre 19, 2010). 3 http//www.semarnat.gob.mx/biblioteca/Paginas/bibliotecadigital.aspx. Visitado por última vez el 27 de marzo de 2012. Dado en el Salón de Plenos de la Honorable Cámara de Diputados, el 17 de abril de 2012. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales Diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Lily Fabiola de la Rosa Cortés (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Francisco Javier Orduño Vázquez (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Ma. Dina Herrera Soto, María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón, Marcela Vieyra Alamilla, Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Juan Pablo Escobar Martínez, Jesús Giles Sánchez, Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, César Daniel González Madruga, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), César Francisco Burelo Burelo (rúbrica).