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Transcript
Las mujeres en el Islam
(parte 1 de 2)
Introducción
El tema de la equidad de género es importante,
relevante y actual. Los debates y escritos sobre el
tema van en aumento y son diversos en sus
perspectivas. La perspectiva islámica sobre el tema
es la menos comprendida y la más malinterpretada
por los no musulmanes así como por algunos
musulmanes. Este artículo está destinado a
proporcionar una exposición breve y auténtica de
lo que el Islam dice al respecto.
Las mujeres en las civilizaciones
antiguas
A fin de entender realmente el estatus que les ha sido dado a las mujeres a
través del Islam, uno debe compararlo con otros sistemas legales que existen
hoy día y que existieron en el pasado.
(1) El sistema indio: Se afirma en la Enciclopedia Británica, de 1911: "En
India, el sometimiento era un principio cardinal. Las mujeres deben estar
día y noche en manos de sus protectores, en un estado de dependencia, dice
Manu. La herencia se manejaba por vía agnada, es decir, a través del
tronco común de varones, excluyendo a las mujeres". En las escrituras
hindúes, la descripción de una buena esposa es la siguiente: "Una mujer
cuya mente, palabras y cuerpo se mantienen en sujeción, adquiere alto
renombre en este mundo, y en el siguiente, tendrá la misma morada con su
marido" (Mace, El matrimonio en Oriente y Occidente).
(2) El sistema griego: En Atenas, las mujeres no estaban mejor que las
mujeres indias o romanas: "Las mujeres atenienses eran consideradas
siempre como menores de edad, sujetas a algún varón: su padre, su
hermano o algún otro pariente masculino" (Allen, E. A., Historia de la
civilización). No se pensaba que fuera necesario su consentimiento para el
matrimonio, y "estaba obligada a someterse a los deseos de sus padres, y a
recibir de ellos a su esposo y señor, aunque fuera alguien ajeno a ella"
(Ibíd.).
(3) El sistema romano: Una esposa romana fue descrita por un historiador
como "un bebé, un menor, una sirvienta, una persona incapaz de hacer o de
actuar de acuerdo a sus gustos individuales, una persona bajo la tutela y la
custodia permanentes de su esposo"(Ibíd.). En la Enciclopedia Británica,
1911, encontramos un resumen del estatus legal de las mujeres en la
civilización romana: "En la ley romana, una mujer era, incluso en tiempos
históricos, completamente dependiente. Si se casaba, ella y sus
propiedades pasaban a manos de su esposo… la esposa era propiedad de su
esposo, y como en el caso de los esclavos, él la adquiría solo para su
beneficio. Una mujer no podía ejercer ningún cargo civil o público… no
podía ser testigo, garante, tutor ni apoderado; ella no podía adoptar ni ser
adoptada, ni hacer testamento ni contrato".
(4) El sistema escandinavo: Entre las razas escandinavas, las mujeres estaban
"bajo tutela permanente, estuvieran casadas o no". Todavía en el Código de
Christian V, a fines del siglo XVII, estaba decretado que si una mujer se
casaba sin el consentimiento de su tutor, él podía tener, si quería, la
administración y el usufructo de los bienes de ella durante su vida"
(Enciclopedia Británica, 1911).
(5) El sistema británico: En Inglaterra, el derecho de las mujeres casadas a
tener propiedades no fue reconocido hasta finales del siglo XIX: "Por una
serie de actos legales comenzando con la Ley de Propiedad de la Mujer
Casada, en 1870, modificada en 1882 y en 1887, las mujeres casadas
lograron el derecho a tener propiedades y a celebrar contratos a la par con
las solteras, viudas y divorciadas" (Enciclopedia Británica, 1968). En
Francia, no fue hasta 1938 que la ley francesa fue reformada para
reconocer la elegibilidad de las mujeres para celebrar contratos. Una mujer
casada, sin embargo, todavía necesitaba el permiso de su esposo antes de
que se le permitiera prescindir de su propiedad privada.
(6) En la ley mosaica (judía): La esposa estaba prometida. Explicando este
concepto, la Enciclopedia Británica, 1902, afirma: "Prometer a una esposa
a uno mismo simplemente significaba adquirir posesión de ella pagando su
precio de compra; la prometida es una mujer por la que se ha pagado su
precio". Desde el punto de vista legal, el consentimiento de la mujer no era
necesario para validar el matrimonio. "El consentimiento de la mujer no es
necesario, y no se sugiere la necesidad del mismo en la Ley" (Ibíd.). En
cuanto al derecho al divorcio, leemos en la Enciclopedia Bíblica: "Siendo
la mujer propiedad del hombre, su derecho a divorciarse de ella se deduce
como cuestión de rutina". El derecho al divorcio lo sostenía solo el
hombre. LaEnciclopedia Británica, 1911, afirma: "En la ley mosaica, el
divorcio era un privilegio exclusivo del hombre…".
(7) La Iglesia cristiana: La posición de la Iglesia cristiana hasta siglos
recientes, parece haber sido influida tanto por la ley mosaica como por las
corrientes del pensamiento dominantes en sus culturas contemporáneas. En
su libro El matrimonio en Oriente y Occidente, David y Vera Mace
escribieron: "Que nadie suponga, tampoco, que nuestro legado cristiano
está libre de tales juicios despreciativos. Sería difícil de encontrar en
cualquier lugar una colección de referencias más degradante hacia el sexo
femenino que la que proporcionaron los primeros Padres de la Iglesia.
Lecky, el famoso historiador, habla de "esos incentivos feroces que forman
una parte tan visible y grotesca de las escrituras de los Padres… la mujer
era representada como las puertas del Infierno, como la madre de todos los
males humanos. Ella debía sentirse avergonzada ante la simple idea de que
es una mujer. Debería vivir en penitencia continua a causa de la maldición
que le ha traído al mundo. Debería avergonzarse de su vestimenta, porque
es el recuerdo de su caída. Debería avergonzarse especialmente de su
belleza, porque es el instrumento más potente del demonio". Uno de los
ataques más mordaces contra las mujeres, es el de Tertuliano: "¿Acaso no
saben que cada una de ustedes es una Eva? La sentencia de Dios sobre este
sexo suyo vive en esta era, por lo tanto, la culpa debe vivir también.
Ustedes son las puertas del Infierno, ustedes son la ruptura del sello del
árbol prohibido, ustedes son las primeras desertoras de la ley divina,
ustedes son las que convencen a aquel a quien el demonio no fue lo
suficientemente valiente para atacar". No solo la Iglesia afirmó la
condición de inferioridad de la mujer, sino que le negó derechos legales
que había disfrutado con anterioridad.
Fundamentos de equidad espiritual y humana en el Islam
En medio de la oscuridad que envolvió al mundo, la revelación divina se
hizo eco en el gran desierto de Arabia en el siglo VII con un mensaje fresco,
noble y universal para toda la humanidad, que se describe a continuación.
(1) Según el Sagrado Corán, hombres y mujeres tienen la misma naturaleza
espiritual:
"¡Oh, seres humanos! Tengan temor de su Señor, Quien los
ha creado de un solo ser, del que creó a su cónyuge e hizo
descender de ambos muchos hombres y mujeres...". (Corán
4:1, véase también 7:189, 42:11, 16:72, 32:9, y 15:29)
(2) Dios ha investido a ambos sexos con dignidad inherente, y ha hecho a
hombres y mujeres, en colectivo, los vicarios de Dios en la Tierra (véase
Corán 17:70 y 2:30).
(3) El Corán no culpa a la mujer por la "caída del hombre", ni ve el embarazo
y el parto como castigos por "comer del árbol prohibido". Por el contrario,
el Corán hace responsables por igual a Adán y a Eva por su pecado en el
Jardín, y nunca señala a Eva como culpable. Ambos se arrepintieron y
ambos fueron perdonados (véase Corán 2:36-37 y 7:19-27). De hecho, en
un versículo (Corán 20:121) Adán fue culpado específicamente. El Corán
también considera el embarazo y el parto como razones suficientes para el
amor y el respeto que los hijos deben a sus madres (Corán 31:14 y 46:15).
(4) Los hombres y las mujeres tienen los mismos deberes y responsabilidades
religiosos y morales. Cada ser humano enfrentará las consecuencias de sus
propios actos:
"Su Señor les respondió sus súplicas diciendo: No dejaré de
recompensar ninguna de sus obras, sean hombres o
mujeres, descienden el uno del otro". (Corán 3:195, véase
también 74:38, 16:97, 4:124, 33:35 y 57:12)
(5) El Corán es muy claro acerca de la supuesta superioridad o inferioridad de
cualquier ser humano, sea hombre o mujer. La única base para la
superioridad de cualquier persona es su piedad y su rectitud, nunca el
género, el color ni la nacionalidad (véase Corán 49:13).
El aspecto económico de las mujeres en el Islam
(1) El derecho a poseer propiedades personales. El Islam decretó un derecho
del cual las mujeres estaban privadas antes del Islam y después de él en las
otras civilizaciones (incluso hasta este siglo): el derecho a la propiedad
independiente. La ley islámica reconoce derechos completos a la propiedad
antes y después del matrimonio. Ellas pueden comprar, vender o arrendar
sus propiedades a voluntad. Por esta razón, las mujeres musulmanas
pueden mantener (y de hecho, han mantenido tradicionalmente) sus
nombres de solteras, una indicación de sus derechos de propiedad
independiente como entidades legales.
(2) Leyes de seguridad financiera y herencia: La seguridad financiera está
asegurada para las mujeres. Ellas tienen derecho a recibir regalos nupciales
sin límite alguno, y a mantener sus propiedades presentes y futuras, y a un
ingreso para su propia seguridad, incluso después de casarse. A ninguna
mujer casada se le pide que gaste nada de su patrimonio ni de su ingreso en
el hogar. La mujer también tiene derecho a apoyo financiero total durante
el matrimonio y durante el "período de espera" (iddah) en caso de divorcio
o viudez. Algunos juristas exigen, además, un año de manutención en
casos de divorcio y viudez (o hasta que ella vuelva a casarse, si ese nuevo
matrimonio ocurre antes de completarse un año). Una mujer que tiene hijos
fruto del matrimonio, tiene derecho a la manutención de los hijos por parte
del padre. Por lo general, una mujer musulmana tiene garantizado el apoyo
durante todas las etapas de su vida, como hija, esposa, madre o hermana.
Las ventajas financieras concedidas a las mujeres y no a los hombres en el
matrimonio y en la familia, tienen su contraparte social en las provisiones
que el Corán otorga en las leyes de herencia, que en la mayoría de los
casos le ofrecen al varón el doble de la herencia de la mujer. Los hombres
no siempre heredan más, a veces una mujer hereda más que el hombre. En
los casos en los que los hombres heredan más, es porque ellos son
básicamente los responsables financieros de sus parientas mujeres: sus
esposas, hijas, madres y hermanas. Las mujeres heredan menos, pero
conservan su cuota para inversión y seguridad financiera, sin ninguna
obligación legal de gastar cualquier parte de ella, ni siquiera para su propio
sostén (alimentación, vestimenta, vivienda, salud, etc.). Cabe señalar que
antes del Islam, las mismas mujeres eran, a veces, objetos heredables
(véase Corán 4:19). En algunos países occidentales, incluso después del
advenimiento del Islam, toda la herencia del difunto era dada a su
primogénito. El Corán, sin embargo, deja en claro que tanto hombres como
mujeres tienen derecho a una parte específica de la herencia de sus padres
o parientes cercanos fallecidos. Dios ha dicho:
"A los varones les corresponde un porcentaje de la
herencia que dejen los padres y parientes más cercanos, y a
las mujeres otro porcentaje de lo que los padres y parientes
más cercanos dejen. Fuere poco o mucho, les corresponde
[por derecho] un porcentaje determinado de la herencia".
(Corán 4:7)
(3) Empleo: En relación al derecho de la mujer a buscar empleo, es necesario
afirmar que el Islam se refiere a su papel en la sociedad como madre y
esposa, señalándolo como el más sagrado y esencial. Ni sirvientas ni
niñeras pueden tomar el lugar de la madre en la educación unos niños
correctos, cuidadosamente criados y libres de complejos. Tan noble y vital
papel, que da forma a gran parte del futuro de las naciones, no puede ser
considerado como ociosidad. Sin embargo, no existe decreto en el Islam
que prohíba a la mujer buscar empleo siempre que ella tenga necesidad de
hacerlo, en especial en puestos que se ajusten mejor a su naturaleza y en
los que la sociedad más la necesite. Ejemplos de tales profesiones son
enfermeras, maestras (especialmente de niños), médicas, y en trabajos
sociales y de caridad.
(parte 2 de 2)
Aspectos sociales de las mujeres en el Islam
A)
Como hija:
1. El Corán puso fin a la práctica cruel del infanticidio femenino, que existía
antes del Islam. Dios ha dicho:
"Cuando se les pregunte a las niñas que fueron enterradas
vivas por qué pecado las mataron". (Corán 81:8-9)
2. El Corán fue más allá, para reprender la actitud displicente de algunos
padres al saber la noticia del nacimiento de una niña en lugar de un varón.
Dios ha dicho:
"Cuando se le anuncia a uno de ellos [el nacimiento de] una
niña, se refleja en su rostro la aflicción y la angustia por lo
que se le ha anunciado, se esconde de la gente avergonzado
y duda si la dejará vivir a pesar de su deshonra o la
enterrará viva. ¡Qué pésimo es lo que hacen!" (Corán
16:58-59)
3. Los padres tienen el deber de mantener y mostrar bondad y justicia hacia
sus hijas. El Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Dios sean
con él), dijo: "Todo aquel que mantenga a dos hijas hasta que lleguen a
la madurez, él y yo estaremos el Día del Juicio así (y mostró dos de sus
dedos juntos)".
4. Un aspecto crucial en la crianza de las hijas, que influye en gran medida en
su futuro, es la educación. La educación no solo es un derecho sino una
responsabilidad para todo hombre y mujer. El Profeta Muhammad
dijo:"Buscar el conocimiento es obligatorio para todo musulmán". La
palabra "musulmán" aquí es inclusiva de hombres y mujeres.
5. El Islam no exige ni fomenta la circuncisión femenina. Y si bien es
practicada por algunos musulmanes en ciertas partes de África, también es
practicada por otros pueblos, incluyendo cristianos, en esos lugares,
constituyéndose en un mero reflejo de las costumbres locales que allí se
practican.
B)
Como esposa:
1. El matrimonio en el Islam se basa en la paz, el amor y la compasión
mutuos, y no solo en la mera satisfacción del deseo sexual. Entre los
versículos más impresionantes del Corán acerca del matrimonio, está el
siguiente:
"Entre Sus signos está haber creado cónyuges de entre
ustedes para que encuentren sosiego, y dispuso entre
ustedes amor y misericordia. En ello hay signos para
quienes reflexionan". (Corán 30:21, ver también 42:11 y
2:228)
2. La mujer tiene el derecho a aceptar o rechazar las propuestas de
matrimonio. De acuerdo con la ley islámica, las mujeres no pueden ser
obligadas a casarse con alguien sin su consentimiento.
3. El esposo es responsable por la manutención, protección y el liderazgo de
la familia, dentro del marco de la consulta (véase Corán 2:233) y la bondad
(véase Corán 4:19). La naturaleza recíproca y complementaria de los
papeles de esposo y esposa no significa sumisión de ninguna de las partes a
la otra. El Profeta Muhammad instruyó a los musulmanes con respecto a
las mujeres:"Les ordeno que sean buenos con las mujeres", y "los
mejores entre ustedes son quienes tratan mejor a sus esposas". El
Corán insta a los esposos a ser amables y considerados con sus esposas,
incluso si la esposa pierde el favor de su esposo o si él pierde interés en
ella:
"...traten amablemente a las mujeres en la convivencia. Y
si algo de ellas les llegara a disgustar [sean tolerantes],
puede ser que les desagrade algo en lo que Dios ha puesto
un bien para ustedes". (Corán 4:19)
También prohibió la práctica árabe anterior al Islam por la cual el hijastro
del padre difunto tenía permitido tomar posesión de la viuda del padre
(heredándola) como si fuera parte del patrimonio del muerto (véase Corán
4:19).
4. Si surgen disputas conyugales, el Corán anima a las parejas a resolverlas
en privado con un espíritu de justicia y bondad. De hecho, el Corán
describe un enfoque prudente y un paso iluminado para resolver conflictos
persistentes en la vida marital. En el caso de que una disputa no pueda ser
resuelta entre esposo y esposa, el Corán prescribe la mediación entre las
partes a través de la intervención familiar de parte de ambos cónyuges
(véase Corán 4:35).
5. El divorcio es el último recurso, está permitido pero no se anima a ello,
pues el Corán estima la preservación de la fe y los derechos individuales
—tanto del hombre como de la mujer— para alcanzar la felicidad. Las
formas de disolución del matrimonio incluyen una representación basada
en el mutuo acuerdo, la iniciativa del esposo, la iniciativa de la esposa (si
es parte de su contrato matrimonial), la decisión de la corte ante la
iniciativa de la esposa (por una razón legítima), y la iniciativa de la esposa
sin causa alguna, a condición de que ella devuelva su dote conyugal a su
esposo. Cuando la continuación de la relación marital es imposible por
cualquier razón, se les enseña a los hombres a buscarle un final agradable.
El Corán afirma respecto a tales casos:
"…si expresan la voluntad de divorcio a sus mujeres y
están cerca de cumplir el plazo de espera, reconcíliense en
buenos términos o sepárense con decoro. No las retengan
para molestarlas y obligarlas [a que cedan parte de su
derecho], pues quien obre de esa manera se condena a sí
mismo". (Corán 2:231, véase también 2:229 y 33:49)
6. Asociar la poligamia con el Islam, como si hubiera sido introducida por él
o si fuera la norma según sus enseñanzas, es uno de los mitos más
persistentes en la literatura y los medios occidentales. La poligamia ha
existido en prácticamente todas las naciones e incluso era permitida en el
judaísmo y en el cristianismo hasta hace pocos siglos. El Islam no prohibió
la poligamia, como sí lo hicieron muchos pueblos y comunidades
religiosas, sino que en lugar de ello, la reguló y la restringió. No es un
requisito, sino que simplemente está permitida bajo ciertas condiciones
(véase Corán 4:3). El espíritu de la ley, incluyendo la época de la
revelación, es hacer frente a las contingencias individuales y colectivas que
puedan surgir de tiempo en tiempo (por ejemplo, los desequilibrios entre el
número de hombres y de mujeres creados por las guerras) y proporcionar
soluciones morales, prácticas y humanas a los problemas de las viudas y
los huérfanos.
C)
Como madre:
1. El Corán eleva la bondad hacia los padres (en especial hacia las madres) al
estatus más alto después de la adoración a Dios:
"Tu Señor ha ordenado que no adoren sino a Él y que
honren a sus padres. Si uno de ellos o ambos llegan a la
vejez, no sean insolentes con ellos, ni siquiera les digan:
‘¡Uf!’ Háblenles siempre con bondad. Trátenlos con
humildad y compasión, y rueguen [por ellos diciendo]:
‘¡Oh, Señor mío! Ten misericordia de ellos como ellos la
tuvieron conmigo cuando me criaron siendo niño’". (Corán
17:23-24, véase también 31:14, 46:15 y 29:8)
2. Naturalmente, el Profeta Muhammad especificó este comportamiento para
sus seguidores, poniendo a las madres en un estatus sin igual en las
relaciones humanas. Un hombre fue con el Profeta Muhammad y dijo:
"¡Oh, Mensajero de Dios! ¿Quién entre la gente merece más mi buena
compañía?" El Profeta le dijo: "Tu madre". El hombre le dijo: "¿Y luego
quién?" El Profeta le dijo:"Luego, tu madre". El hombre preguntó de
nuevo: "¿Y después, quién?" El Profeta respondió: "Después, tu
madre". El hombre preguntó una vez más: "¿Y luego, quién?" El Profeta
le dijo: "Luego, tu padre".
D)
Como hermana en la fe (en general):
1. De acuerdo con los dichos del Profeta, "las mujeres
son shaqa’iq (mitades gemelas o hermanas) de los hombres". Este
dicho es una declaración profunda que se relaciona directamente con el
tema de la igualdad humana entre los géneros. Si el primer significado de
la palabra árabe shaqa’iq, "mitades gemelas", es adoptado, significa que el
hombre es la mitad del valor (de la sociedad), mientras que la mujer vale la
otra mitad. Si se adopta el segundo significado, "hermanas," implica lo
mismo.
2. El Profeta Muhammad enseñó la bondad, el cuidado y el respeto hacia las
mujeres en general: "Les ordeno que sean buenos con las mujeres". Es
significativo que tal instrucción del Profeta estuvo entre sus instrucciones y
recordatorios finales durante su última peregrinación, que realizó poco
antes de fallecer.
3. La modestia y la interacción social: Los parámetros de la modestia
apropiada para hombres y mujeres (vestimenta y comportamiento) están
basados en las fuentes reveladas (el Corán y los dichos proféticos) y, como
tal, son consideradas por hombres y mujeres creyentes como guías con
base divina, con objetivos legítimos y sabiduría divina tras ellas. No se
trata de restricciones impuestas por los hombres ni por la sociedad. Es
interesante saber que también la Biblia insta a la mujer a cubrirse la
cabeza: "Si la mujer no se cubre la cabeza, que se corte también el cabello;
pero si es vergonzoso para la mujer tener el pelo corto o la cabeza
rasurada, que se la cubra" (1 Corintios 11:6).
Aspectos legales y políticos de las mujeres en el Islam
1. Igualdad ante la ley: Ambos sexos tienen derecho a la igualdad ante la ley
y las cortes legales. La justicia no tiene género (véase Corán 5:38, 24:2 y
5:45). Las mujeres poseen una entidad legal independiente en asuntos
financieros y otros.
2. Participación en la vida social y política: La norma general en la vida
social y política es la participación y la colaboración de hombres y mujeres
en los asuntos públicos (véase Corán 9:71). Hay evidencia histórica
suficiente de la participación de las mujeres musulmanas en la elección de
gobernantes, en asuntos públicos, en la toma de decisiones jurídicas, en
cargos administrativos, en la enseñanza e incluso en el campo de batalla.
Esta participación en asuntos sociales y políticos se llevaba a cabo sin que
los participantes perdieran de vista las prioridades complementarias de
ambos sexos, y sin violar las directrices islámicas de la modestia y la
virtud.
Conclusión
El estatus que las mujeres no musulmanas han alcanzado durante los
tiempos actuales, no se logró debido a la gentileza de los hombres ni a un
proceso natural. Al contrario, fue logrado a través de una larga lucha y del
sacrificio de parte de las mujeres, y solo cuando la sociedad necesitó su
colaboración y trabajo, en especial durante las dos guerras mundiales, y debido
a la escalada de los cambios tecnológicos. Mientras que en el Islam, tal estatus
compasivo y digno fue decretado, no como reflejo del entorno del siglo VII, no
bajo la amenaza o la presión de las mujeres y sus organizaciones, sino debido a
su veracidad intrínseca.
Si esto indica algo, demostraría el origen divino del Corán y la veracidad
del mensaje del Islam, que a diferencia de las filosofías e ideologías humanas,
estaba lejos de proceder de su entorno humano. Un mensaje que estableció
unos principios humanos tales que no se han quedado obsoletos con el paso del
tiempo, ni se harán obsoletos en el futuro. Después de todo, este es el mensaje
del Omnisciente, el Más Sabio, Dios, cuya sabiduría y conocimiento están más
allá de lo último en pensamiento y progreso humanos.