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Colegio Saint Louis School
Depto. Lenguaje y Comunicación
Guía Lenguaje y comunicación 24
Nombre:
Curso: 2° medio
Unidad: Comp. De Lectura
Profesora: Nicole Ureta
Contenido:
Comprensión lectora y ampliación de vocabulario
Reconocer ideas principales, identificar información, relacionar
Objetivo(s):
hechos ficticios con los de la
vida
diaria. Reflexionar acerca de los mensajes y temáticas expuestas en textos. Comprender local y
globalmente.
Lee con atención el siguiente texto y luego responde las preguntas que se realizan.
La negativa del paciente a aceptar un tratamiento enfrenta al médico a un dilema ético y a cuestiones legales que
no puede ignorar.
Debemos tener presente que todo paciente puede hacerse presente rechazando un tratamiento, sin ser Testigo
de Jehová. Piénsese por ejemplo en una madre de cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a
tiempo- un tumor maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven pintor al que, a raìz de una
gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano derecha, y no acepta su amputación, con tal de poder pintar
unos meses más.
Pocas veces se enseñó que al paciente le asisten derechos, se ha ejercido la práctica de la medicina bajo la
forma del Paternalismo Médico y la Soberbia que demuestran muchos profesionales, sin darse cuenta, pero que
se exterioriza en la atención a sus pacientes.
Ya no basta sólo con saber medicina, se debe también , conocer cómo aplicarla desde el marco legal que está
regulado por una serie de leyes y obligaciones que deben irremediablemente cumplirse.
Los pacientes tienen derechos legales y éticos para autodeterminar y decidir sobre su corporalidad.
Ante esta oposición, cuál sería la conducta a seguir por el galeno, y la importancia de contar con un Comité de
Bioética, será desarrollado a lo largo de la exposición del presente trabajo, cuyo objetivo es reconocer cuáles son
los derechos de los pacientes, cómo juegan éstos en la relación médico-paciente y qué sería conveniente hacer
en cada circunstancia, como así también, la necesidad de reformar la Ley 24.742 y la interpretación que se debe
dar al art. 19 inc. 3º de la Ley 17.132, debido al cambio en la relación médico –paciente.
1 ¿Es razonable que el paciente manifieste esta oposición?
“Siempre debe recordarse que el paciente tiene derecho a tomar una decisión irracional, en tanto sea una decisión
razonada”
Derechos de los Pacientes
La Constitución Nacional, garantiza a sus habitantes el derecho a la vida, la libertad, el trabajo, la educación y dice
que el Estado procurará el perfeccionamiento físico, moral y social de todos sus habitantes, mientras que éstos
tienen la obligación de cuidar su salud.
Luego de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, promulgada en el año 1948
donde en su artículo 2 dice, "que el potencial paciente tiene derecho a recibir cuidados de su salud, sin distinción
de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición", estos derechos constitucionales se hacen manifiestos.
Consiguientemente los derechos del paciente aparecen juntos a los derechos humanos siendo una extensión de
éstos, relacionados con la salud del hombre. Luego de esta declaración de derechos, los mismos se van
reconociendo y consolidando en los distintos foros médicos internacionales y surgen con la Declaración de
Helsinki, de Tokio, de Portugal, etc. Esta tramitación constructiva ha dado pie a una recomendación del Comité de
Ministros del Consejo de Europa, el 30 de abril de 1980, en los siguientes términos: " La transición de la sumisión
a la cooperación debe ser motivada por razones particulares: la relación que se establece entre enfermos y
profesionales debe transformarse en una relación de asociados basada en intercambios recíprocos [....] además
convendría acentuar la [...] adopción de una concepción dinámica de la participación del público en la protección
de la salud y de las enfermedades a su curación"
Otros antecedentes que fundamentan el derecho del paciente al rechazo del tratamiento.
Declaración sobre los Derechos de los pacientes (Asociación Americana de Hospitales)
“el paciente tiene derecho a rechazar el tratamiento en la medida que lo permita la ley. También tiene derecho a
ser informado de las consecuencias médicas de su acción”.
Declaración de Principios éticos de médicos del MERCOSUR (Asunción del Paraguay 18 de Mayo de 1995)
Principio ético número seis:
“Es derecho del paciente de decidir libremente sobre la ejecución de prácticas diagnósticas o terapéuticas
siéndole asegurado todos los recursos de la ciencia médica donde sea atendido sin discriminación de cualquier
naturaleza”.
La Declaración de los Derechos de los Pacientes (Lisboa 1981)
Art. “C”: “El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar el tratamiento después de haber sido adecuadamente
informado”.
Algunos Antecedentes Nacionales – ConstitucionalesEn el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional, que reconoce el derecho de todo ciudadano de profesar
libremente su culto, y el 19 cuando habla de las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al
orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de
los magistrados...
Constitución de la Provincia de Santa Fe (B.O. 18/4/1962)
En el último párrafo de su art. 19 expresa: “Nadie puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado, salvo
por disposición expresa de la ley que en ningún caso puede exceder los límites impuestos por el respeto a la
persona humana”
Constitución de la Provincia de Formosa (B.O. 03/04/1991)
Artículo 80: “El Estado reconoce a la salud como un hecho social y un derecho humano fundamental tanto de los
individuos como de la comunidad contemplando sus diferentes pautas culturales”
Antecedentes Legislativos.
Ley 17132 del Ejercicio de la profesión Médica en el orden nacional argentino, en su artículo 19 inc. 3 impone a los
médicos: “Respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de
inconsciencia, alienación mental, lesionados graves por causa de accidentes, tentativas de suicidio o de delitos.
En las operaciones mutilantes se solicitará la conformidad por escrito del enfermo, salvo cuando la inconsciencia o
alienación o la gravedad del caso no admitiera dilaciones. En los casos de incapacidad, los profesionales
requerirán la conformidad del representante del incapaz;
En Ley Provincial 3076 “Sobre los derechos del Paciente” de Río Negro (B.O. 21/4/1997) En el art. 2° inc. “Y” ,
establece que el paciente tiene derecho a: “Rechazar el tratamiento propuesto, en la medida que lo permita la
legislación vigente, luego de haber sido adecuadamente informado, incluso sobre las consecuencias médicas de
su acción”
Con lo expuesto, hemos visto cómo ha venido evolucionando el hombre a través de los siglos en busca de su
libertad y del reconocimiento de sus derechos personalísimos.
En lo que hace al paciente, el principio de autonomía ha sustituido el paternalismo médico y lo liberó de las
cadenas que no le permitía sentirse el verdadero dueño de su cuerpo y de su enfermedad. Esta realidad no ha
sido todavía comprendida por muchos profesionales médicos, lo que los lleva a que vulneren permanentemente
los derechos de sus pacientes.
Derecho a la Información.
Si se exige al médico que informe al paciente sobre los riesgos y alternativas del tratamiento, no es a los efectos
de una mera ilustración académica del enfermo, sino en orden a su posibilidad de optar y en consecuencia de
rechazar el tratamiento.
La Bioética se basa en cuatro principios fundamentales
Principio de Autonomía: Es el respeto a la autonomía del paciente. Esto alude al individuo y le otorga un completo
control en la toma de decisiones así como en todo lo que pudiera suceder con su cuerpo.
Principio de Beneficencia: Procurar el bien al paciente, que es lo que los pacientes esperan realmente del médico.
Principio de No Maleficencia: El de no dañar, es un principio pasivo que debe asociarse al principio de
beneficencia. No sólo no dañar, sino que además, procurar el bien.
Principio de Justicia: Esta se relaciona con la distribución de los recursos y además es algo con lo que se tiene
que lidiar cada vez que el médico atiende a un paciente, ya que no se le puede asignar todos los recursos con que
cuenta sólo a uno, sino que los recursos deben ser distribuidos de manera equitativa.
A su vez, El Código de Ética del Equipo de Salud de la Asociación Médica Argentina, brinda el concepto de Ética
y los Principios Generales en los siguientes artículos:
Art. 4: “La Ética son las guías de conducta, que basadas en principios morales, se orientan hacia una clase
particular de acciones dentro de un grupo social específico o cultural en un momento histórico determinado.
Plantea cuál es el valor de bondad de las conductas mismas, de lo que es correcto o incorrecto a condición de que
ellas sean libres, voluntarias y conscientes. Busca causas universales que logren adaptar los actos humanos al
bien universal”.
Art. 11: “Los principios fundamentales de la Ética Médica se encuentran enraizados en estas ideas y
procedimientos que provienen de la Ética General que regula al resto de la ciudadanía y básicamente pueden ser
resumidos de la siguiente forma:
Principio de Autonomía: obligación de respetar la libertad de cada persona para decidir por sí y sobre sí.
Principio de No Maleficencia: obligación de no hacer el mal.
Principio de Beneficencia: obligación de hacer con otro aquello que cada uno entiende como bueno para sí.
Principio de Justicia: obligación de la no discriminación o igualdad en el trato.
(FUENTE: http://muerte.bioetica.org/mono/mono22.htm)
1.-Investiga y define los siguientes conceptos.
-Bioética:
-Maleficencia:
-Autonomía:
- Derecho:
2.-¿En qué consiste cada uno de los principios de la Bioética?
3.-De acuerdo al texto leído, ¿Por qué crees que la Bioética opera en base a “principios”? Fundamenta.
4.-De acuerdo a las tipologías textuales, ¿es el texto anterior un TEXTO EXPOSITIVO? Explica de acuerdo
a sus características.
5.-¿Qué se entiende por el concepto DERECHO HUMANO? Ejemplifica.