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Parlamento Europeo 2014-2019 Documento de sesión B8-0142/2017 8.2.2017 PROPUESTA DE RESOLUCIÓN tras una declaración de la Comisión presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento sobre la celebración del Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre la UE y Canadá (2017/2525(RSP)) Yannick Jadot, Ska Keller, Heidi Hautala, Bart Staes, Igor Šoltes, Martin Häusling, Josep-Maria Terricabras, Claude Turmes en nombre del Grupo Verts/ALE RE\1116868ES.docx ES PE598.468v01-00 Unida en la diversidad ES B8-0142/2017 Resolución del Parlamento Europeo sobre la celebración del Acuerdo Económico y Comercial Global (CETA) entre la UE y Canadá (2017/2525(RSP)) El Parlamento Europeo, – Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo relativa a la celebración del Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra (C8-0438/2016), – Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento, A. Considerando que debe suspenderse el procedimiento de ratificación en el Parlamento hasta que se hayan aclarado algunas cuestiones legales e institucionales importantes relativas al CETA; B. Considerando que persiste la incertidumbre por lo que respecta a la compatibilidad del CETA con los Tratados de la Unión, en particular debido a la inclusión de un Sistema de Tribunales de Inversiones; que esta incertidumbre no se resolverá con el dictamen pendiente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el proceso 2/15 relativo a las cuestiones de competencia en el Acuerdo de Libre Comercio celebrado entre la UE y Singapur; C. Considerando que también persisten dudas con respecto al valor jurídico de diversas declaraciones adicionales adjuntas al CETA presentadas en forma de declaración conjunta del Gobierno de Canadá y de la Comisión Europea, en forma de declaración del Consejo o de declaraciones de Estados miembros de la Unión a título individual, algunas de las cuales se contradicen; D. Considerando que el Gobierno belga ha anunciado su intención de solicitar un dictamen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la compatibilidad del CETA con los Tratados de la Unión a la luz del dictamen 2/15 que el Tribunal deberá emitir en abril o mayo de 2017; E. Considerando que sigue siendo necesario precisar las modalidades de aplicación del apartado 40 sobre los acuerdos internacionales del Acuerdo interinstitucional sobre la mejora de la legislación de abril de 2016, y que esta falta de precisión se traduce en una incertidumbre en cuanto al papel de supervisión del Parlamento en las decisiones adoptadas por el comité mixto del CETA, que dispone de un amplio margen de maniobra para modificar algunos anexos importantes del Acuerdo CETA; F. Considerando que las comisiones de Asuntos Constitucionales (AFCO), de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (FEMM) y de Asuntos Económicos y Monetarios (ECON) habían decidido emitir opiniones para la Comisión de Comercio Internacional (INTA), responsable para el fondo, pero que el presidente del Parlamento no les dio autorización para hacerlo debido al calendario sumamente restringido del expediente; PE598.468v01-00 ES 2/7 RE\1116868ES.docx G. Considerando que, además del mal momento en el que se desarrolló el proceso de ratificación debido a los problemas sin resolver mencionados, un número creciente de ciudadanos europeos están pidiendo cambios sustanciales en la política comercial europea y rechazando acuerdos comerciales obsoletos como el CETA, dada su incapacidad para contribuir de manera sostenible al bienestar de las personas y a la protección del medio ambiente; 1. Deniega su aprobación a la celebración del CETA por los siguientes motivos: El CETA puede perjudicar a la democracia europea a) El CETA contiene una versión revisada del procedimiento de solución de diferencias entre inversores y Estados (Sistema de Tribunales de Inversiones - STI), que aún no ha conseguido salvaguardar los principios básicos de la democracia y del Estado de Derecho. En efecto, las quejas solo pueden ser presentadas por inversores extranjeros, y el sistema, que se basa en unos derechos extremadamente amplios de los inversores extranjeros, ignora el principio fundamental del Derecho internacional, en virtud del cual han de agotarse previamente las vías de recurso nacionales. El Grupo Verts/ALE está en contra de este sistema judicial paralelo innecesario que privilegia a las inversiones privadas extranjeras en detrimento del interés público nacional; b) El CETA contiene un capítulo sobre cooperación en materia de reglamentación que subordina un ámbito ilimitado de la legislación secundaria y primaria, tanto existente como futura, a la eliminación de «obstáculos innecesarios al comercio y la inversión»; la subordinación de la legislación a un criterio primario de necesidad económica corre el riesgo de promover la desreglamentación y un debilitamiento de las normas. El Grupo Verts/ALE se opone a una visión de la legislación democrática como un mero factor de coste económico en relación con un determinado país tercero; c) Por lo que respecta al CETA, los requisitos de cooperación reglamentaria combinados con las constantes amenazas jurídicas que supone para los reguladores el Sistema de Tribunales de Inversiones (STI) son susceptibles de facilitar el efecto de bloqueo de las normas actuales causando al mismo tiempo un efecto disuasorio sobre las futuras iniciativas legislativas que defiendan una política de redistribución en favor del bienestar público o de la protección del medio ambiente. El Grupo Verts/ALE considera que es absolutamente fundamental mantener todos los espacios democráticos en Europa y ampliarlos a medidas legislativas audaces destinadas a combatir el cambio climático, la creciente dislocación del tejido social, la especulación sin trabas por parte de los inversores y las amenazas contra el bienestar público, en lugar de limitar estas iniciativas mediante la firma de un tratado internacional jurídicamente vinculante que tenga una influencia directa en todas esas cuestiones; El CETA puede debilitar las normas medioambientales europeas y retrasar la transición a una energía verde d) Canadá cuenta con un largo historial de acciones jurídicas incoadas contra la legislación en materia de medio ambiente de la Unión y sus Estados miembros ante la OMC, y de oposición firme al REACH y a la legislación de la Unión en materia de plaguicidas. El RE\1116868ES.docx 3/7 PE598.468v01-00 ES CETA, con su objetivo clave de eliminar obstáculos al comercio, agravará esta situación, independientemente de las declaraciones emitidas acerca del derecho a reglamentar. Esta situación se agrava aún más con la concesión a los inversores del derecho a demandar a los Estados, mientras que los compromisos sobre normas ambientales siguen siendo inaplicables. En este contexto, resulta extremadamente preocupante que el CETA no refleje el principio de precaución. Por el contrario, el CETA prefiere remitirse a acuerdos internacionales que no incluyen este principio, como por ejemplo el Codex Alimentarius. El grupo Verts/ALE se muestra contrario a todo acuerdo internacional que ponga en peligro el pleno respeto del principio de precaución consagrado en los Tratados de la Unión; e) El CETA contiene un mecanismo de cooperación que tiene por objeto revisar y armonizar las normas sobre OMG de tal modo que rebajaría las normas actuales de la Unión, su aplicación y su futuro desarrollo. El objetivo explícito consiste en «promover procedimientos de homologación eficientes y con base científica para los productos biotecnológicos», formulación que pone directamente en tela de juicio la definición del principio de precaución que se basa en la evaluación del riesgo. El Grupo Verts/ALE se opone a todo acuerdo internacional susceptible de abrir la puerta a los OMG; f) Canadá cuenta con más de la mitad de las empresas mineras del mundo y aplica una política activa de exportación de combustible procedente de arena bituminosa altamente contaminante. El Gobierno canadiense ha utilizado con éxito las negociaciones sobre el CETA para minar los objetivos ambiciosos de 2011 establecidos en las directivas de la Unión relativas a la calidad de los combustibles, con el fin de permitir las importaciones de combustibles procedentes de arena bituminosa canadiense. En este contexto, resulta muy preocupante que los compromisos del CETA en materia de normas medioambientales sigan siendo inaplicables. El Grupo Verts/ALE está en contra de todo acuerdo o legislación que obligue a la Unión a un aprovisionamiento de energía fósil que ponga en peligro los objetivos de la Unión en el ámbito climático; El CETA puede debilitar las normas europeas de bienestar público g) El CETA prevé por defecto la liberalización de los servicios (lista negativa de compromisos de liberalización de servicios), con insuficientes excepciones para los servicios públicos. La declaración conjunta adicional de la Unión y Canadá subraya el derecho de las partes a definir el concepto de servicios públicos y las modalidades para su prestación y regulación, incluida su remunicipalización. No obstante, la excepción no prevé la posibilidad de discriminación de los prestadores de servicios ya establecidos en el ámbito de los servicios de interés económico general, ni la posibilidad de demandas por parte de los inversores. El Grupo Verts/ALE se opone al enfoque de la lista negativa como tal, dado que limita opciones políticas futuras en este segmento tan sumamente dinámico e importante de la actividad económica; h) Por lo que respecta a los compromisos relativos a los servicios previstos en el CETA, el enfoque de la lista negativa contiene una cláusula de mantenimiento del statu quo y una cláusula de trinquete de modo que las diferencias políticas necesarias en el tratamiento nacional no pueden ser inferiores a un determinado nivel de liberalización. Si bien los servicios públicos están exentos de estas cláusulas, podría ocurrir que los servicios que se prestan hoy en día a nivel comercial, como la energía, las comunicaciones, los PE598.468v01-00 ES 4/7 RE\1116868ES.docx seguros o partes de los servicios de salud y educación, tengan que prestarse en el futuro como servicios de interés económico general. El Grupo Verts/ALE considera que deben mantenerse abiertas todas las opciones políticas que permitan adaptar nuestras sociedades al desarrollo de la economía de los servicios; El CETA puede debilitar las normas sociales europeas i) El CETA se basa en evaluaciones de impacto económico que no establecen una proyección correcta de los efectos sobre el empleo en la medida en que el modelo considera que el pleno empleo y la movilidad sin restricciones de la mano de obra son variables independientes. No obstante esta deficiencia, el impacto sobre la sostenibilidad («Sustainability Impact Assessment») de 2011 muestra un efecto de redistribución en favor de los propietarios de capital e importantes perturbaciones sectoriales que podrían provocar aumentos del desempleo a largo plazo. Teniendo en cuenta que las ganancias de la competencia se consideran como el factor más importante del crecimiento, cabe esperar una mayor dislocación social y un agravamiento concomitante de la brecha salarial entre trabajadores cualificados y no cualificados, con el consiguiente aumento de las desigualdades y las tensiones sociales. El Grupo Verts/ALE es partidario de una política europea proactiva que defina los ámbitos de las actividades productivas sostenibles, generadoras de empleo y orientadas al futuro, que sirvan de principio rector para una política comercial de la Unión, y no al revés; j) El CETA contiene un capítulo especial sobre comercio y trabajo que, si bien es positivo, no es suficiente para salvaguardar las normas sociales europeas. Estipula que «respetará, promoverá y hará realidad» los cuatro principios fundamentales de la Declaración de la OIT de 1998, y «promoverá y respetará» la Declaración de la OIT de 2008 sobre el Programa de Trabajo Decente. No obstante, esto queda por debajo del nivel mínimo de normas sociales aceptable en un acuerdo comercial entre países industriales avanzados. Como mínimo, el CETA debería remitirse a las ocho normas fundamentales del trabajo de la OIT pendientes de ser ratificadas, transpuestas en la legislación nacional y aplicadas efectivamente, y a la realización y la aplicación del Programa de Trabajo Decente. Además, este capítulo no es aplicable en el marco del mecanismo de solución de diferencias del CETA. El Grupo Verts/ALE se niega a considerar el capítulo del CETA relativo al trabajo como un verdadero progreso en la protección de las normas sociales a través de un acuerdo comercial; El CETA puede menoscabar la agricultura europea sostenible k) Liberalizando parcialmente los aranceles, el CETA contribuye a la intensificación y la sobreproducción en sectores agrícolas sensibles como el bovino, el porcino y el lácteo. Esto tendrá efectos negativos para las pequeñas explotaciones ganaderas de ambas partes del Atlántico y para las prácticas agrícolas sostenibles en general. El Grupo Verts/ALE rechaza la tendencia hacia un uso agrícola del suelo cada vez más extensivo que no se justifica por razones de seguridad alimentaria. Estas tendencias alteran el equilibrio ecológico sensible ejerciendo una mayor presión competitiva sobre los precios de los productores y menoscaban la base para un sistema agrícola multifuncional al servicio de todos los ciudadanos; l) El CETA no contiene disposiciones relativas al bienestar de los animales, a excepción RE\1116868ES.docx 5/7 PE598.468v01-00 ES de una invitación a «intercambiar información, conocimientos técnicos y experiencia con el fin de promover la colaboración en materia de bienestar animal». Teniendo en cuenta que el comercio con animales aumentará debido a la liberalización parcial de los aranceles, las relajadas normas de Canadá en materia de bienestar animal constituirán una ventaja competitiva con respecto a los precios para sus empresas. Esto supondrá una presión sobre el mantenimiento del nivel relativamente elevado, y por consiguiente más costoso, de las normas de la Unión. El Grupo Verts/ALE se opone a todo acuerdo comercial que no reconozca a los animales como seres sensibles y que no evite de manera eficaz las peores formas de crueldad; El CETA puede poner en peligro una política industrial europea con visión de futuro m) El CETA contiene disposiciones que prohíben a las partes exigir a los inversores extranjeros y a los prestadores de servicios surtirse a nivel local de parte de los insumos o vender parte de su producción en el mercado local. Esta prohibición se extiende también en parte a los programas de contratación pública realizados por proveedores extranjeros, lo que limita enormemente la localización del valor añadido, la creación de redes transnacionales innovadoras y la transferencia de conocimientos. La OIT prohíbe igualmente los requisitos de contenido local, pero el hecho de que un acuerdo comercial entre dos de las economías más avanzadas del mundo reitere esas prohibiciones cuando se enfrentan a retos comunes en su transición hacia una economía verde y la necesidad de promover sistemas de producción innovadores y transnacionales ha de verse como una oportunidad desaprovechada. El Grupo Verts/ALE defiende una política industrial europea que, a través de la inversión en estructuras públicas, cree valor añadido y empleo sostenible a nivel local capaces de soportar los costes relacionados con la transición hacia una economía verde; n) El CETA no incluye ningún capítulo que prevea medidas específicas para apoyar a las pymes. Si bien, gracias a la cooperación reglamentaria prevista en el CETA, los efectos positivos de la reducción de los costes de cumplimiento son mayores para las pymes que para las empresas de mayor volumen, este efecto es limitado por el escaso número de pymes que intervienen en el comercio internacional. Mucho más de la mitad del valor de las exportaciones se concentra en manos de tan solo un 1 % de los exportadores, que son las grandes empresas. Además, el bienestar que genera el CETA no será en su mayor parte resultado de un aumento de los intercambios comerciales que se traducirían en nuevas oportunidades para los nuevos participantes en el mercado, sino de un desvío del comercio debido a una mayor competencia. La mayoría de las pymes son subcontratistas de grandes empresas y por lo tanto son las que sufren una mayor presión competitiva. Será, por lo tanto, necesario prestarles una ayuda que no está prevista en el CETA. El Grupo Verts/ALE se opone a más acuerdos comerciales que den prioridad a los intereses de las grandes multinacionales. Una política industrial europea con visión de futuro se basa en redes altamente innovadoras de pequeños productores que traspasan las fronteras, no solo para aprovechar nuevos mercados, sino sobre todo para adquirir conocimientos; o) El CETA consolida la actual legislación europea en materia de contratación pública a través de un tratado internacional vinculante en un momento en el que se requiere una visión de futuro de las inversiones públicas en grandes infraestructuras verdes. Esta visión de futuro implica la necesidad de revisar la legislación de la Unión en materia de PE598.468v01-00 ES 6/7 RE\1116868ES.docx contratación pública, que en la actualidad se basa en el principio de licitaciones abiertas a nivel internacional por defecto. El cambio a una economía verde es indispensable, pero tendrá un alto precio. El apoyo público para tal cambio solo se obtendrá si los recursos suplementarios requeridos se consiguen a través de un claro aumento de los ingresos y de la seguridad del empleo a nivel local. La inclusión de criterios medioambientales y sociales en las licitaciones, prevista en la declaración conjunta adicional y el establecimiento de umbrales más elevados en materia de competencia internacional son importantes, pero no suficientes. El Grupo Verts/ALE es contrario a la inclusión de capítulos sobre contratación pública en acuerdos comerciales internacionales; 2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Gobierno y el Parlamento de Canadá. RE\1116868ES.docx 7/7 PE598.468v01-00 ES