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NOMBRE DEL ESTUDIANTE: António Sebastião dos Santos Pereira
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# de ID: 195880
Economic Law
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Indice
Pag
TEMA I - DERECHO ECONÓMICO ………………………………………….…..3
1.1. Introducción a la ley……………………………………………………….…..3
1. 2. Obligaciones generales de los empresarios……………………………….3
1. 3. Consecuencias de la falta de registro en la junta de comercio……….…4
1. 4. Fuentes del derecho comercial…………………………………………… 4
TEMA II - ORDEN CONSTITUCIONAL ECONÔMCO………………………… 4
2. 1. Introducción…………………………………………………………………. 4
2. 2. Concepto de orden económico…………………………………………….. 5
2. 3. constitución económica………………………………………………….…..7
2. 4. el orden económico en la constitucional de 1988………………….……. 8
2. 5. antecedentes, objetivos y la orden económico de los
principios constitucionales……………………………………………………..… 9
2. 6. valoración de los trabajos humanos …………………………………..… 10
2. 6.1. decente existencia ………………………………………………………. 11
2. 6.2. justicia social …………………………………………………………… 11
2. 7. principios de orden económico…………………………………………
12
TEMA III - ESTADO INTERVENCIONISMO EN LOS
DERECHOS ECONÓMICO……………………………………………………...12
3.1. propiedad privada…………………………………………………………….12
3.2. función social de la propiedad ………………………………………….….14
3.3. soberanía nacional………………………………………………………….. 15
3.4. protección del medio ambiente…………………………………………… 16
3.5. reducción de las desigualdades sociales y regionales ………………….18
3.6. promocion de la competencia……………………………………………….19
3.7. búsqueda de pleno empleo………………………………………………….19
3.8. tratamiento favorable para pequeñas empresas……………………….…20
3.9. las agencias reguladoras………………………………………………..…..22
3.10. conclusión deste tema ……………………………………………….……23
TEMA IV - POLÍTICA URBANA…………………………………………………23
4. 1. elementos de la constitución en la política urbana, 1988…………..…..23
4. 2. condición jurídica y social de la ciudad…………………………………..25
TEMA V - Y POLÍTICA AGRÍCOLA LA TIERRA Y LA REFORMA
AGRARIA…………………………………………………………………………..28
5. 1. elementos de política agropecuaria y de tierras y reforma
agraria en la constitución de 1988……………………………………………...28
TEMA VI - FINANCIERO DEL SISTEMA NACIONAL …………………..…. 37
6. 1. elementos del sistema financiero ………………………………………..37
2
6.1.1. conceptos e indicadores económicos ……………………………….37
6.1. 2. mercados y precios ……………………………………………………38
6.1. 3. sistema de moneda y financiera …………………………………… 38
6.1. 4. las políticas de estabilización ………………………………………..39
6.1. 5. planificación y estrategia………………………………………….…39
6.1. 6. evaluación de proyectos de inversión………………………………39
6.1. 7. finanzas de la empresa………………………………………..……. 40
6.1. 8. economía internacional………………………………………..…….40
6. 2. supervisión de instituciones financieras …………………………….41
6. 3. banco central del asignados …………………………………………. 41
6. 4. instituciones de seguros y anualidades…………………………… 42
REFERENCIAS ………………………………………………………….…. 44
Contribuición para el engradencimiento da cadeira parte del seguinte…47
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………….….. 58
EXAME……………………………………………………………………….. 61
CLAVE……………………………………………………………………….. 70
3
TEMA I - DERECHO ECONÓMICO
Derecho mercantil o derecho de los negocios es una rama del derecho privado
que puede ser entendido como un conjunto de normas disciplinarias del agente
de negociación de la actividad, y cualquier persona o entidad, con fines de
carácter económico, siempre que habitual y dirigió la producción de bienes o
servicios que lleva a las hojas de resultados o beneficios, y que se lleva con la
racionalidad de la "sociedad", con una rama particular del derecho privado. En
Portugal, véase el portugués Derecho Comercial. Regula las medidas
adoptadas y comercial.
Así entendido, el negócio correcto cubre uno amplia gama de campos,
incluyendo las obligaciones de los empresarios, las empresas de negocios,
contratos y actividades especiales, de valores, propiedad intelectual, entre
otros.
1. INTRODUCCIÓN A LA LEY
La moral es el conjunto de normas de conducta de los individuos como
miembros de una sociedad que se cumplan de forma espontánea el sufrimiento
y las variaciones en el proceso de la evolución de cada grupo social. Sin
embargo, para la sociedad a vivir en paz, las normas morales no son
suficientes, debe haber también un conjunto de reglas estrictas que castiguen a
los infractores, con el fin de inhibir la recurrencia de la transgresión. De ahí
surgió la LEY. "La ley representa sólo el mínimo requerido para Morales
declaró que la sociedad puede sobrevivir" (Georg Jellinek). Esta línea de
pensamiento condujo a la teoría ética de baja, que puede ser reproducido por
la imagen de dos círculos concéntricos, con el círculo más amplio de la moral, y
más pequeño círculo de la ley. De acuerdo a este cuadro, "todo lo que es legal
es moral, pero no todo lo que es legal es moral".
Teoría de la coercitividad, "la ley es un orden coactivo de la conducta
humana."De acuerdo con esta teoría, que viola alguna regla de la ley, serán
obligados por el Estado a hacer algo, incluso contra su propia voluntad.
Lo que distingue a la ley moral es precisamente el hecho de que las sanciones
previstas por la ley para el delincuente en el ámbito del Derecho, como en la
moral, sólo hay críticas, aislamiento, etc.
Artículo 966. Se considera un empresario que ha organizado profesionalmente
la actividad económica para la producción o la circulación de bienes o servicios .
2. OBLIGACIONES GENERALES DE LOS EMPRESARIOS
-El registro de la actividad económica en el comercial antes del inicio de su
actividad. Siempre a los agricultores es su inscripción en el comercial;-la
4
autenticación de los libros. Contabilidad-regulares y sucesivos libros.
Preparación del balance anual ordinaria para empresarios en general.
3. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE REGISTRO EN LA JUNTA DE
COMERCIO
-La pérdida de la protección de los activos personales de los accionistas. -La
falta de registro de la empresa en los organismos públicos, tales como el IRS y
Seguridad Social. -Establece la empresa en común, subdivididos en hechos y
irregulares. -Prohibición de la sociedad a solicitar la quiebra.
4. FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL
• La Constitución Federal;
• Las leyes;
• Los actos del poder ejecutivo (la antigua Decreto-Ley, que se conoció
como una medida cautelar);
• Contratos (acuerdo bilateral entre las partes);
• Los usos y costumbres de cada ciudadano que a su vez forman parte
de la vida cotidiana, la analogía y los principios generales del derecho.
• Código de Comercio
TEMA II - ORDEN CONSTITUCIONAL ECONÔMCO
1. INTRODUCCIÓN
El orden económico se rige por el legislador nacional en el Título VII de la
Constitución de las artes. 170-192, y tiene por objeto regular el ejercicio de las
actividades económicas a través de mecanismos de protección y restricción de
este tipo de ejercicio.
Como se ha señalado, la orden económica nacional basada en el sistema
económico capitalista, adoptada como paradigmas de la libertad de acción y la
propiedad privada fortalecida. Por lo tanto, hemos adoptado expresamente la
libertad de producción, a diferencia de la participación del Estado como agente
económico.
André Ramos Tavares define el capitalismo como:
"(...) El sistema económico en el que las relaciones de producción están
sentados en la propiedad privada de bienes en general, especialmente la
producción con mayor libertad, especialmente de la iniciativa y la competencia
y, en consecuencia, la contratación de libre fuerza de trabajo "1.
En Brasil, el sistema ya domina la valoración de la propiedad privada y la libre
iniciativa incluye los medios de producción, dejando solamente proclamar la
libertad completa en las prácticas de contratación, pero ya se está moviendo en
esa dirección con los continuos informes de la reforma de la ley, para
flexibilización de las regulaciones laborales.
¿Es que las normas laborales en el lugar hoy en día tienen un rígido sistema de
contratación, que las empresas deben presentar y por esa cuenta, parece que
las alternativas como la subcontratación y de cooperación, no siempre legal
5
utilizado.
La libertad de los medios de producción ha insistido tanto en el sector privado
en Brasil, que el legislador constitucional trató de eliminar, o mejor, evitando los
medios de producción a través del estado, disciplinarias artículo 173 que:
"(...) Con excepción de los casos establecidos en esta Constitución, la
explotación directa de la actividad económica por el Estado sólo se
autorizará cuando sea necesario a los imperativos de seguridad
nacional o el interés colectivo relevante, tal como se define por la ley. "
Las únicas dos situaciones en las que los medios de producción puede ser
explotada por el Estado eran condicionales sobre el estado de excepción,
porque la primera está directamente relacionada con los imperativos de la
seguridad nacional, es decir, no es la producción para el consumo directo de la
población, y segundo, que sí, que podría estar relacionado con el consumo
directo, siempre que era de interés público importantes, pero que sólo se aplica
en situaciones en las que la producción del mercado privado no puede cumplir
o no contestan en un estado satisfactorio, el precio es , la distribución o la
calidad, lo que sería una intervención mucho más de la mitad de la producción
misma.
De todos modos, el estudio contribuirá al desarrollo del orden económico y su
regulación jurídica es entender su influencia en el mercado.
2. CONCEPTO DE ORDEN ECONÓMICO
El orden económico es un subproducto natural de la colectividad social
generado espontáneamente abstracto. El orden económico es el carácter
constitucional de concreto, valora positivamente y se derivan de la voluntad
humana, en una síntesis, representa la amalgama dialéctica de todo el orden
económico.
Como se ha visto anteriormente, a excepción de la Constitución mexicana de
1917, las constituciones antes de la Primera Guerra Mundial se refería
únicamente a la organización política, dejando de lado la organización
económica. Más tarde, con la apertura del mercado por la organización
económica de la posguerra se ha convertido en estados preocupantes, sobre
todo aquellos que migraron a un régimen político democrático.
Debido a que Brasil es un país gobernado por el sistema democrático de
derecho no sería posible concebir la democracia sin una organización que se
cuenta. Así, dentro de esta estructura organizativa, para presionar por la
democracia una organización económica, el legislador brasileño llamado orden
económico y financiero en 1988, pero que ha aparecido en los textos, aunque
modesto, de 1934.
6
Por lo tanto, una directa ya es posible afirmar que el orden económico es el
espacio creado en la constitución de la regulación legal de la economía a favor
de la democracia. Manoel Goncalves Ferreira Filho explica que:
"(...) Por lo tanto, junto con los preceptos de la organización política - las
agencias de gobierno, la división de poderes, etc. - Las constituciones
modernas ahora también contienen un conjunto de normas y principios
aplicables de auto-programación diseñado para dar a las raíces en las esferas
económica y social, la democracia política”.
El orden económico es, por tanto, su propio sistema, o ser evaluadas a lo largo
de la Constitución, un subsistema de normas y principios que le dan dimensión
jurídica al orden económico, la aprobación formal del sistema económico
capitalista, teniendo en cuenta que se basa enteramente en la propiedad
privada los medios de producción y la iniciativa privada (Art. 170 vs arte. 173).
Y de la misma para la adopción de este sistema económico, se justifica la
creación de un orden económico como un instrumento regulador, por la libertad
de acción requiere la presencia de estado de equilibrio - como un agente del
orden político - a la disciplina del mercado.
Por otra parte, Eros Roberto Grau sostiene que:
"(...) "Orden económico" El término en la Constitución de 1988 ha afectado
ideológicamente a afirmar que "lo que se extrae de la lectura desnuda de
sentido crítico, los textos constitucionales, es una indicación de que el
capitalismo se vuelve tan se supone que nuevo personaje, sociales '.
Para ello, José Afonso da Silva ha dicho:
"(...) La acción del Estado, por lo tanto, no es más ni menos que un intento de
poner orden en la vida social y económica, para limpiar el lío que viene desde
el liberalismo. Esto tiene efectos especiales, debido a que están sujetos a
limitaciones en la actividad económica, que se derivan de los derechos
económicos que sustentan el contenido de la constitución económica’.
Eros Roberto Grau, que se apoyó más en el estudio del orden económico, en
concepto, establece que:
"(...) Incluso se oponen al orden económico legal, la última expresión se utiliza
para referirse a una parte del sistema jurídico. Esta es, pues - tomado como un
sistema de normas y principios jurídicos - incluiría una política pública, de
naturaleza privada, carácter económico, un orden social”.
Y para concluir, afirma que:
"(...) Me describen ahora como un conjunto de normas que definen,
institucionalmente, un cierto modo de producción económica. Así, el sistema
económico, que forma parte del ordenamiento jurídico (el mundo debería ser),
no es más que un conjunto de normas que institucionaliza un orden económico
en particular (mundo del ser). "
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Vital Moreira, citado por Eros Roberto Grau, el tratamiento de la Economía
Constitución, conceptualizado como:
"(...) El conjunto de normas e instituciones jurídicas que garanticen los
elementos definitorios de un sistema económico particular, el establecimiento
de una forma particular de organización y funcionamiento de la economía y, por
tanto, un orden económico determinado, o, De lo contrario, dichas normas o
instituciones jurídicas que, dentro de un determinado sistema y el orden
económico, que (sic) de garantía y (o) introducir, llevar un determinado orden
económico concreto”.
Pero esta dicotomía entre el mundo del ser - y el orden económico mundial
debe-ser - ley parece aclararse la visión de André Ramos Tavares, que dice:
"(...) La expresión en cuestión trata de sintetizar la idea de que el orden
económico, como una manifestación del deber-ser, es la porción de la ley - y
este sentido de que el operador de interés en la ley - que se encarga de
cuestiones alcance económico, la institucionalización (o intentan hacerlo) una
orden en particular (ordenanza, reglamento) en el mundo del ser
(económicamente)”.
3. CONSTITUCIÓN ECONÓMICA
En Brasil, aunque no siempre un capítulo aparte en el desarrollo económico, la
Constitución imperial de 1824, artículo 179, apartado XXII, establece lo
siguiente:
"Está garantizado que la Ley de Propiedad en toda su plenitud. Si el bien
público que establece la ley requiere el uso de la propiedad y el empleo a los
ciudadanos, que previamente se compensa el valor. La ley marca la única
excepción los casos en que se llevará a cabo, y dar reglas para la
determinación de la indemnización. "
Además, el número disciplinada XXVI:
“Los inventores tienen la propiedad de sus descubrimientos, o de sus
producciones. La ley les garantiza un privilegio exclusivo temporal o remunerar
en compensación por la pérdida, que puede soportar de la vulgarización”.
La primera Constitución republicana de 1891, concretamente a través de su
artículo 72, apartado 24, garantiza el libre ejercicio de cualquier profesión
moral, intelectual e industrial.
Sin embargo, fue en 1934 que la Constitución de Brasil creó un capítulo aparte
para tratar el orden económico, y su artículo 115, por lo tanto siempre que:
"El orden económico debe ser organizado de acuerdo con los principios de
justicia y las necesidades de la vida nacional, de modo que permitan la
existencia digna a todos. Dentro de estas limitaciones, podemos asegurar la
libertad económica. "
Además, el texto fue fuertemente intervencionista, proporcionando, en su
artículo 116 que:
"(...) A causa de interés público y autorizado por ley especial, la Unión podría
monopolizar una industria o actividad económica, garantizar la indemnización
8
que deberá pagar de conformidad con el art. 112, n. 17, y con excepción de los
servicios municipales o la competencia de las autoridades locales. "
La Constitución de 1937, manteniendo al mismo tiempo de tratamiento para el
orden económico, permite el ejercicio de la actividad individual y la intervención
en los ámbitos económico, de modo mediato o inmediato, que tomó la forma de
control, de estímulo o de gestión directa.
En 1946, el texto constitucional ha revitalizado el sistema capitalista el principio
económico, lo que indica en el artículo 145 que:
"El orden económico debe ser organizado de acuerdo con los principios de
justicia social, la conciliación de la libertad de acción con la mejora del trabajo
humano."
Sin embargo, el artículo 146 establece que:
"La Unión podrá, por ley especial, para intervenir en el dominio económico y
monopolizar una industria o actividad. La intervención se basará en el interés
público y limitar los derechos fundamentales garantizados en virtud de esta
Constitución. "
En la Constitución de 1967, la estructura económica de 1946, fue agregado
como los principios de orden económico: la armonía y la solidaridad entre los
factores de producción. Sin embargo, el párrafo 8 del artículo 157, crea
inestabilidad, al permitir:
"El Estado, a través de la ley federal, crear un monopolio en el terreno de la
seguridad nacional o para organizar el sector que ha demostrado ser ineficaz
en el régimen de la competencia y la libre empresa."
4. EL ORDEN ECONÓMICO EN LA CONSTITUCIONAL DE 1988.
Por lo tanto, "la Constitución Federal de 1988, que presenta un escenario en
términos de disciplina estructurada de orden económico y financiero, y tenía
como objetivo superar el régimen intervencionista vigente en aquel momento,
adoptar un modelo más liberal, con la adopción de un sistema capitalista de
economía descentralizada basada tanto en el mercado. En este sentido,
Joshua Lafayete Petter, para discutir la interpretación jurídica del orden
económico constitucional, se refirió a su texto, diciendo:
"(...) De hecho, incorpora un texto moderno, perfectamente adaptado a una
democracia social, en una economía de mercado - se ve atenuada por
principios - la adopción de un sistema capitalista, como la propiedad privada de
los medios de producción y la libre empresa como la función social de la
propiedad, la libre competencia, protección del consumidor y el respeto por el
medio ambiente, además de la búsqueda de la justicia social, donde la dignidad
humana y la reducción de las desigualdades dar contenido a la economía
social mismo, la vocación natural, más enfocada a través de la lente de los
agentes económicos ".
Por lo tanto, Oscar Díaz Correa, dijo:
"El régimen establecido por la Constitución de 1988, se basa en principios muy
liberales, neo-capitalista" .
9
Así, la Constitución de Brasil presenta un conjunto de principios, normas e
instituciones jurídicas, que fundó la economía legal.
Teniendo en cuenta esto, para que el contexto del tema, ahora hay una
necesidad de estudiar la estructura de este orden económico.
5. ANTECEDENTES, OBJETIVOS Y LA ORDEN ECONÓMICO DE LOS
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
El sistema económico se caracteriza, en la teoría o ideal, ya que una sociedad
se encarga de la forma y la técnica de su actividad macroeconómica. El
régimen económico, a su vez, deriva de un marco jurídico que ofrezca apoyo
jurídico a la organización económica de un país.
El artículo 170 de la Constitución Federal, por un lado, los principios de orden
económico y, en segundo lugar, sus fundamentos y objetivos. Los principios se
verá más adelante, sin embargo, lo que llama la atención son las causas y
efectos que hacen que dicha orden, dada que la identificación de principios
porque les da - las razones y propósitos, así se describe en el texto
constitucional:
"El arte 170 - El orden económico, fundado en el reconocimiento del trabajo
humano y la libre empresa, tiene por objeto garantizar a todos una vida digna,
de acuerdo con los dictados de la justicia social, los principios siguientes: (...)".
Debido a que son los fundamentos (valor del trabajo humano y la libre
empresa) y propósitos (existencia digna y la justicia social) guía para el orden
económico, por supuesto, y debe ser erigido a la categoría de principios, y
otros (artículos I a IX) interpretada a partir de ellos.
El examen de los motivos y los propósitos y principios, José Afonso da Silva,
para manejar en los principios de orden económico que a su juicio, hay
principios, pero los goles (propósito), habló así:
"Algunos de estos principios se revelan como más propio de los objetivos
económicos, por ejemplo, la reducción de las desigualdades regionales y
sociales y la búsqueda del pleno empleo. Pero todos los principios pueden ser
considerados como constitutivos de los acondicionadores de preceptos de la
actividad económica “.
También en este sentido, Eros Roberto Grau ha dicho:
"(...) Cumple identificarlos, porque los principios que dan forma a la
interpretación de que la atención (en referencia a la interpretación de orden
económico). Por lo tanto, las expresan, nosotros - la dignidad humana (...); los
valores sociales del trabajo y la libre empresa (...); la construcción de una (...)
libres, justas , para garantizar el desarrollo nacional (...); la erradicación de la
pobreza y la marginación y reducir las desigualdades sociales (...); la libertad
de asociación profesional o sindicato, la garantía del derecho de huelga, la
sujeción del orden económico (mundo del ser) a los dictados de la justicia
social, soberanía nacional, la propiedad y la función social de la propiedad, la
libre competencia, protección del consumidor, protección del medio ambiente,
reducir las desigualdades regionales y sociales, la búsqueda de la plena
10
puestos de trabajo y un trato preferencial para las empresas pequeñas de
capital nacional (...)" .
6. VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS HUMANOS
Aunque no hay una intención en este caso para tratar de la libre empresa, hay
que destacar que no existe contradicción o superposición en apoyo de la orden
de la empresa la libertad económica, mientras que en el trabajo humano, ya
que el legislador sí un componente, para proclamar la fundación de la
República (art. . 1), la reconciliación entre dos bases en una sola sección (IV).
Es decir, sin hacer hincapié en uno u otro, es evidente que la legislatura acaba
con cualquier exclusividad o de mayor relevancia a alguno de los motivos,
creando entre ellos, por lo tanto, una conformidad y armonía.
Por otra parte, en opinión del autor de este trabajo, el fomento de la libre
empresa es el supuesto de que se puede lograr, en una segunda etapa, la
mejora del trabajo humano.
La controversia surge cuando se adopta el sistema capitalista, donde se valora
la propiedad privada como un modo de producción, generando una
sobrevaluación aparente de la compañía, en perjuicio del trabajador, por lo
tanto, por los que considera que la fundación también tiene principio de
carácter s, por lo que la empresa debe hacer uso de mano de obra, valorándola
como su principal medio de producción.
Como el valor de la fundación de la labor humana del orden económico y, en
esencia, un factor de producción, que la condición de las cuestiones regidas
exclusivamente por la ley del trabajo, de lograr una mayor connotación,
vinculándola a la política económica, tales como conferencias Lafayete Josué
Petter:
"(...) Y el trabajo es un factor de producción, sin duda, la cuestión se refiere a la
política económica, realiza mejor cuando se inserta en la normatividad prevista
por la Ley de Derechos Económicos, desde la Constitución Federal.
Por otra parte, no se puede obligar a la base de la valoración del trabajo
humano exclusivamente a la relación de trabajo, teniendo en cuenta que hoy
en día es común el uso de otras fuentes en la cadena de suministro, como es el
caso de la contratación externa, la fragmentación de las fases de producción ,
la adopción de trabajo cooperativo, todos vinculados a la actividad productiva a
través de las relaciones no laborales.
Se cree por tanto que, al elegir el valor del trabajo humano, hizo el legislador
para garantizar el fundamento de la dignidad humana de la república (artículo
1, III), con el fin de tener una menos utilitaria y patrimonial de la ser humano
como un factor de producción, y la misma contraseña para ser visto en una
más humanitaria.
Para entender mejor que se puede aplicar tal motivo como una forma de
suprimir el trabajo esclavo, en la que el empleador de mano de obra se limita
en el sitio predeterminado, reduciéndolo a una condición análoga a la
esclavitud, por lo que considerando sólo el interés productivo en detrimento de
11
las personas que cumplen esa tarea. Sin embargo, la economía legal basado
en la explotación indebida de cualquier tipo de mano de obra calificada de
acuerdo con la actualidad.
Por otra parte, si la producción es un factor esencial del sistema económico
capitalista, la mano de obra es demasiado, porque era uno de los factores que
lo alimentan, en relación con las materias primas y otros insumos tecnológicos,
lo que lo convierte, tan vinculadas entre sí que por sí solo justifica la promoción
de un mejor uso de la totalidad.
6.1. DECENTE EXISTENCIA
En algo más amplio, mientras que el valor del trabajo humano destinado a
permitir la garantía de la dignidad del trabajador, que era un empleado o de
terceros, la existencia digna ampliado las garantías de este ámbito, para poner
en práctica el principio de la dignidad humana, en todas las esferas de la
actividad de la empresa privada, lo que permite no sólo el reconocimiento del
empleado y el tercero, sino también de los consumidores o los que se
benefician del sistema de producción privada.
La existencia digna parece guardar correspondencia con la filosofía de Kant
cuando afirma que:
"(...) El hombre y, en general, cualquier ser racional, existe como un fin en sí
mismo, no sólo como un medio para el uso arbitrario de esta o va a eso. Por el
contrario, en todas sus acciones, tanto en esa dirección a sí mismo como los
que se dirigen a otros seres racionales, siempre debe ser considerado como un
fin”.
Por supuesto, hay que señalar que en la Constitución (art. 170) a una
existencia digna se pone en su carácter genérico, sino de cualquier tipo, se
coloca convenientemente en el texto legal que regula el orden económico,
porque cada presupone la existencia decente, obviamente, las implicaciones
económicas.
Si es así ¿cuál es el propósito de una vida digna como el orden económico es
la intención de exigir al Estado la adopción de políticas que puede ofrecer a
todos los ciudadanos, las condiciones básicas para la subsistencia.
6.2. JUSTICIA SOCIAL
La Constitución Federal, en el artículo 3, para enumerar los objetivos básicos
de la república, tiene la necesidad de construir un país libre, justo, que se
complementaría con la disciplina de orden económico, cuando se pone el
objetivo de la justicia social.
Esto por sí solo es suficiente para comprobar que el interés público debe
prevalecer siempre sobre el interés individual, además, crea una dependencia
de una persona a los demás.
Hay, en la doctrina, algunas sospechas sobre la justicia social a largo plazo
está en su vaguedad, es debido a su ambigüedad, sin embargo, en las
palabras de Oscar Díaz Correa es el sentido de que:
12
"(...) Implica la mejora de la distribución de los productos, la reducción de las
desigualdades sociales, con el surgimiento de las clases bajas. No es que el
objetivo se logra sin esfuerzo continuado para alcanzar el mismo orden
económico y sus beneficiarios. "
Del mismo modo, Andrés Ramos Tavares concluye que:
"(...) La justicia social debe ser adoptado como uno de los principios
expresados en la Constitución de 1988 para intervenir en el contexto del orden
económico a fin de aplicar las condiciones de vida de todos a un nivel de
dignidad y de satisfacción por lo que carácter social de la justicia es intrínseca
a él ".
7. PRINCIPIOS DE ORDEN ECONÓMICO
Es necesario aclarar el carácter de guía y líder constitucional estudiado por
medio de la cual el legislador constituyente, en lugar de directa e
indirectamente regulan ciertos conflictos de interés, simplemente para darle
una orientación genérica, la concesión de la legislatura atribuciones ordinarias
de proponer y han aprobado los marcos regulatorios para los sectores que
componen el sistema económico. Esta posición está plenamente en
consonancia con los principios económicos liberales, inherente al modo
capitalista de producción.
Se observó en la lectura dada al artículo 170, que el orden económico se
colocó en los siguientes principios: la soberanía nacional (I), propiedad (II), la
función social de la propiedad (iii) la libre competencia (IV), de los
consumidores (V), protección del medio ambiente (VI), la reducción de las
desigualdades sociales y regionales (VII), la búsqueda del pleno empleo (VIII) y
un trato favorable para las pequeñas empresas constituidas de conformidad
con las leyes brasileñas y que tengan su sede y administración en el país
(artículo IX).
Eliminarlo a analizar los principios de la libre competencia (IV) y consumo (V), y
el principio de la libre empresa (cabeza), teniendo en cuenta que estos
principios exigen que el trato individual por sí mismo será objeto de evaluación
de estudio específico.
TEMA III - ESTADO INTERVENCIONISMO EN LOS DERECHOS
ECONÓMICO
3.1. PROPIEDAD PRIVADA
La Constitución Federal, en el artículo 5, ya se refiere a la propiedad privada,
sin embargo, reiterar el principio de la propiedad privada en el orden
económico, es evidente que el legislador se refiere a la propiedad de los
medios de producción, afirma André Ramos Tavares, el proclamamos que:
"(...) De acuerdo a la orientación capitalista seguido por un componente, el
principio del respeto a la propiedad privada, especialmente de bienes de
capital, los bienes que se basa en el capitalismo, templado, sin embargo, de
acuerdo a inc. IV, el cumplimiento necesario de la función social, que se aplican
por igual a la propiedad de los bienes de producción ".
Sucede que, a diferencia de Eros Grau Roberto dice:
13
"(...) No es, por lo tanto, el texto constitucional, atributo dado a la capital o del
capitalista, sin embargo, la compañía -. El empresario, como propietario de
control de la empresa”
Así, por una cuestión metodológica, por separado el derecho a la propiedad
privada en virtud del artículo 5, apartado XXII - "es el derecho de propiedad," el
derecho a la propiedad en virtud del artículo 170, II - "propiedad privada" .
La propiedad se refiere el art. 5 es la de carácter general, previsto en el
Capítulo I, Título III, Libro III del Código Civil - propiedad en general, el artículo
1228 establece que "el propietario tiene derecho a usar, gozar y disponer de él,
y el derecho a reclamar que desde el poder de quien posee o tiene
injustamente. " Usted está hablando por lo tanto, el carácter genérico de la
titularidad de la propiedad como un género.
Desde la propiedad se refiere el art. 170 se refiere al conjunto de los activos
que componen el establecimiento comercial en virtud del artículo 1142 del
Código Civil - ". Considerados para establecer el conjunto de los bienes
dispuestos a proseguir la empresa, empresario, emprendedor o empresa" Es
decir, la protección de la propiedad en el orden económico es sólo los factores
de la producción - un elemento clave de sostener el sistema económico
capitalista.
Así, en breve resumen, se puede afirmar que, si bien la propiedad privada en
virtud del art. 5 es para el género, la propiedad privada en virtud del art. 170
especies se han de aplicar en beneficio de la sociedad brasileña y no
determinadas personas.
Existe un debate sobre la evolución de los derechos de propiedad, sin
embargo, en el contexto que aquí se presenta, sólo queda tener en cuenta la
ley de propiedad actual, que deriva del ejercicio de la libertad. El derecho de
propiedad sobre los medios de producción es una forma de garantizar la
libertad para el ejercicio de la actividad económica, de mercado, tales como
conferencias Lafayete Petter Josué, diciendo que con el reconocimiento de los
derechos de propiedad fueron
"satisfecho las necesidades de la era industrial que viene porque la economía
dependía de la libertad de comercio, lo que presupone la disponibilidad de los
bienes”.
Pero está claro que este ejercicio de la libertad en la propiedad, con el paso del
tiempo, ganó una nueva forma, como se muestra en el apartado 1 del artículo
1228 del Código Civil:
"(...) El derecho de propiedad debe ejercerse de conformidad con sus fines
económicos y sociales y para que se conservan de conformidad con las
disposiciones de leyes especiales, la flora, la fauna, la belleza natural, el
equilibrio patrimonio ecológico e histórico y artístico, así como evitar la
contaminación del aire y el agua. "
14
Se ve también que, del mismo modo que el derecho de propiedad aquí se une
los medios de producción, por otra parte, sería capaz de entender aquí que
esta libertad de la propiedad también entregará al consumidor - dirigida a la
producción que no puede ser limitado el derecho a adquirir, según lo dispuesto
en el artículo 39 del Código de Protección al Consumidor:
"El proveedor de bienes o servicios, entre otros abusos:
I - condicionar el suministro de producto o servicio para el suministro de otro
producto o servicio, y sin causa, los límites cuantitativos; (...);
IX - denegar la venta de bienes o la prestación de servicios directamente a
quien está dispuesto a adquirirlos mediante pago al contado, salvo en el caso
de los intermediarios, regulados por leyes especiales ".
Por supuesto, con el que se compromete a distinguir la propiedad de los
factores de la producción - en la confección de la propiedad de los bienes de
consumo - resultado final a través del uso de factores de producción. Se
produce, que después de la finalización del proceso de producción, el producto
final se convierte en parte de la lista de activos que comprende la propiedad
privada del titular, por lo que el examen de la adecuación de la totalidad y no
sólo en relación con las fases de producción.
Otra distinción que te obliga a observar es que mientras que la propiedad del
artículo 5, se inscribe en el contexto de los derechos individuales, la propiedad
discutido aquí gana, incluso al trabajar con el mercado, el contorno de los
bienes no-persona, así determinada por encabezamiento del art. 170 que
establece la forma de dar, de toda la existencia, digna, de acuerdo con los
dictados de la justicia social.
Pero de todos modos, usted puede creer que no existe en Brasil y ejercer
control absoluto sobre dominical de la propiedad, que debe servir a un
propósito mayor, llama a la función social de la propiedad.
3.2. FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD
La función social es un principio que se analiza desde el derecho de propiedad
antes visto, que el propietario tiene el derecho a usar y disfrutar de la ventaja
de un bien o cualquier cosa, pero esta libertad tiene una propiedad equivalente
en el cumplimiento función social en el sector regularmente establecida.
Como se afirmó anteriormente, cuando se trata de propiedad de los medios de
producción, limitar el uso de la propiedad está vinculada a la meta mayor de
asegurar a todos una existencia digna, a saber, la satisfacción de la comunidad
es en gran medida, el límite mayor propiedad, estableciendo así su función
social, como dijo José Afonso da Silva, para proclamar que:
"(...) El art. 170, III, que tiene la función social de la propiedad como uno de los
principios de orden económico, refuerza este argumento, pero la importancia
de este radica en su concepto como un instrumento para la consecución de
existencia digna para todos y la justicia social ".
Por otra parte, la función social de la propiedad, como es exactamente su
ejercicio (uso y disfrute) se correlaciona con los siguientes principios: la
soberanía nacional (I) - para garantizar el desarrollo interno, la propiedad
15
privada (II) - intrínsecamente libre competencia (IV) - uso saludable de la
propiedad, la protección de los consumidores (V) - Satisfacción de la
comunidad, protección del medio ambiente (VI) - Sostenible que buscan
preservar el medio ambiente en su forma natural, la reducción de las
desigualdades sociales y regionales (VII) - en aras de la existencia digna y la
búsqueda del pleno empleo (VIII) - para permitir la propiedad como un factor
individual.
Es en este contexto mencionó que la función social de la propiedad se vuelve
más ampliamente conocida y activa, en función de la compañía y está diseñado
para garantizar a todos los otros elementos del orden económico explotado por
la libre empresa.
Por esta razón es que se aleja del carácter egoísta de la propiedad, para que el
propietario, o si la empresa, que tiene su control, el derecho a ejercerla también
en beneficio de los demás y no sólo de no ejercicio que a expensas de los
demás. Es decir, la función principal de la empresa genera una regla de
comportamiento positivo-colectivo que se ejerce constantemente por el director
o quien tiene el control de la empresa.
El legislador trata de poner en práctica para cumplir la función social de la
empresa, se establece que tanto el Estado y el sector privado (individual o
colectiva) puede suprimir una conducta contraria al orden económico al
estipular en el artículo 29 de la Ley N º 8.884/94, que :
"Los perjudicados por ellos o por el arte legítimo. 82 de la Ley N º 8078 del 11
de septiembre de 1990, puede presentar una demanda ante un tribunal, en
defensa de sus intereses particulares o individuales homogéneos, para el
abandono de las prácticas que constituyen violaciones del orden económico y
la percepción de una indemnización por daños y daños y perjuicios,
independientemente del proceso administrativo, que no será suspendido en
virtud de la presentación de una demanda. "
Por lo tanto, se puede decir que la principal función de instrumento de la
empresa para garantizar el cumplimiento del orden económico, el uso de
medios de producción privados.
3.3. SOBERANÍA NACIONAL
Teniendo en cuenta que la soberanía nacional es una forma de garantía de la
independencia nacional, que es la fundación de la República (art. 1, CF), el
significado aquí es buscar una autonomía capitalista, que permite la adopción
de un sistema económico capitalista, sin la dependencia extrema del
capitalismo global, como asegura José Afonso da Silva, para proclamar que:
"(...) Si vamos a la rigurosidad de los conceptos, debemos concluir que, desde
la Constitución de 1988, el orden económico brasileño, pero periférica en la
naturaleza, tendrá que tomar la rotura de su dependencia de los centros
capitalistas desarrollados. Esta es una tarea que el componente encargado en
última instancia, la burguesía nacional, que implica la constitucionalización de
una base económica del capitalismo. Es decir, el constituyente de 1988 no
rompió con el sistema capitalista, sino que quería formar un capitalismo
nacional autónomo, es decir, no dependientes. Así, la Constitución crea las
condiciones jurídicas esenciales para la adopción del desarrollo auto-centrado,
nacional y popular, que no son sinónimo de aislamiento o autarquización
16
económica permite marchar a un sistema económico desarrollado, en los que
la burguesía local y su estado tiene la campo de la reproducción de la fuerza de
trabajo, la centralización del excedente, el mercado y la capacidad de competir
en los mercados mundiales, los recursos naturales y, por último, la tecnología”.
Eros Roberto Grau coherente comprensión de la misma, proclamando que:
"(...) La afirmación de la soberanía nacional no implica el aislamiento
económico económicos, sino por el contrario, la modernización de la economía
- y la sociedad -. Y la interrupción de nuestra situación de dependencia de las
sociedades desarrolladas”
Él sólo va a estar en desacuerdo con José Afonso da Silva en el sentido de que
considera que el papel no es sólo la burguesía, sino también la regla:
"(...) Es que la soberanía nacional -, así como los principios enumerados en los
artículos de arte. 170 - encarna, a la vez, un instrumento para la realización de
todos velar por la dignidad y el objetivo particular para ser alcanzado. En este
segundo sentido, asume el manto de la directriz (Dworkim) - objetivo estándar conformador dotado de carácter constitucional. Como tal, la demanda justifica
la celebración de las políticas públicas ".
Por lo tanto, es fácil ver que la soberanía nacional proclamada por el legislador
va mucho más para adquirir las condiciones regionales de la producción que el
propio mercado. Es decir, tal vez porque Brasil se ha adherido a finales del
sistema económico capitalista completa, hasta hoy su parque industrial carece
de la tecnología de producción total que hace que sea independiente de las
otras potencias capitalistas, de forma motivada, en consecuencia, la adopción
en este momento el principio de la soberanía nacional.
Por otra parte, uno no puede creer que la globalización (económica) es un
factor de interferencia en el principio de la soberanía económica, ya que, como
hemos visto, la soberanía no se presta a un estado de aislamiento, sino más
bien dar prioridad a la capacidad de producción de empresas nacionales. El
fenómeno de la globalización, ya sea en su aspecto económico, comercial o
cultural, es irreversible, más aceptable, ya que permite el intercambio de los
problemas mundiales y la transferencia de la solución a la esfera internacional,
sin la soberanía de ese país se logra. A continuación se concentra la
comprensión - en el sentido económico - que la globalización permite que el
excedente de la producción nacional se exporta a otros mercados, así como la
necesidad insatisfecha para el mercado interno está cubierto a través de la
prestación que ofrece el mercado a nivel internacional.
En este sentido, Joshua Lafayete Petter ha dicho:
"(...) ¿Por qué las reglas del orden económico no puede y no debe sólo
limitarse a los aspectos puramente internos de desarrollo, de manera que la
planificación de la actividad económica deben considerar los efectos que se
sienten en las estrategias de enrutamiento la política económica internacional.
Pero lo que parece, incluso puso de relieve en el texto es que la consideración
de los aspectos no pueden llegar al punto de eliminar las posibilidades del país
para la libre determinación”.
3.4. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El ejercicio de la actividad económica productiva no puede asumir el uso
predatorio de los recursos naturales. Así, al exigir que la protección
constitucional del medio ambiente sea el principio de orden económico, definido
17
por un lado, que el Estado establezca políticas para el uso y la preservación del
medio ambiente y en la otra norma de conducta para el empresario en el
sentido de que la armonización sus intereses económicos con el reflejo de la
explotación económica del medio ambiente podrían generar para la sociedad.
Eros Roberto Grau pone este principio más como una conquista social,
concluyendo que:
"(...) El principio de protección del medio ambiente en la configuración del orden
económico (el mundo), manifestando sustancialmente los principios de
garantizar el desarrollo y el pleno empleo. Además objetivo en sí mismo, es
una herramienta necesaria - y necesario - para lograr el propósito de esta
orden, para asegurar a todos una vida digna. Alimenta también, además, los
dictados de la justicia social. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente
ecológicamente equilibrado, y el uso común de la gente - dice el artículo. 225,
habitante.
Manoel Goncalves Ferreira Filho va un poco más allá y establece este principio
como un imperativo de supervivencia, para proclamar que:
"(...) Buen tiempo en la circunscripción se dio cuenta de que la expansión de
las actividades se limita a defender el medio ambiente natural. El deterioro de
esta amenaza la supervivencia de la humanidad ".
Este imperativo constitucional, sea social o la supervivencia, el empresario crea
una obligación no prevista anteriormente, que es la necesidad de desarrollar la
investigación para determinar las técnicas para la utilización sostenible de los
recursos naturales. Como ejemplo podemos citar el caso de la madera que
antes eran simplemente replantación el interés individual para el futuro ser
capaces de extraer del suelo de nuevo otra carga de madera, y, hoy, no hay
que hablar de replantación sólo en el caso cosecha futura, pero la propia
imperativo de la explotación económica de este recurso, con la seguridad del
medio ambiente.
En cierto modo, proteger el medio ambiente en la explotación económica
parece tener la connotación de la función social, ya que las empresas utilizan la
comercialización de protección del medio ambiente como una forma de señalar
el cumplimiento de su función social, que no es del todo negativo, teniendo en
cuenta que el resultado final es el bienestar, según lo enseñado por Andrés
Ramos Tavares, al considerar que:
"No se puede olvidar que el entorno está protegido con un solo propósito:.
Velar por el bienestar de los seres humanos, así como las generaciones
futuras".
Y añade, en el momento oportuno, lo siguiente:
"(...) No se puede mantener, porque la prohibición de obtener beneficios de la
explotación del medio ambiente. Su objetivo es poner en práctica fórmulas de
desarrollo sostenible, en vista de la necesidad de que la evolución no desprecia
el mantenimiento de un medio ambiente sano y el medio ambiente
ecológicamente equilibrado. "
Lafayete Josué Petter, que muestra el carácter económico de Derecho
Ambiental, para ver lo que el autor de este trabajo puede tomarse como una
conclusión aquí, dice:
18
"(...) Es cierto que las normas de la legislación ambiental son de carácter
económico claro. Misma política ambiental nacional se basa en un objetivo
económico, en el sentido más elevado que el término implica. Una vez
examinado el asunto, parece natural que la Constitución Federal para prever la
protección del medio ambiente en el capítulo para el examen de los principios
que rigen la actividad económica. Por otra parte, la combinación de renovar el
nombramiento económicos y ambientales, de todos modos, se ha entendido
por el desarrollo sostenible .
3.5. REDUCCIÓN DE LAS DESIGUALDADES SOCIALES Y REGIONALES
La reducción de la desigualdad social y regional es el reconocimiento puro de
la condición de subdesarrollo en el país, y que aquí, como el principio de orden
económico, en la búsqueda del desarrollo económico si desea detener.
Por un lado, este principio parece antagónica al sistema económico capitalista,
por su esencia sea la acumulación de capital en pocas manos, que, por regla
general, haría que el resultado deseado de reducción de las desigualdades - la
distribución del ingreso.
Por otra parte, la intensificación de los factores de producción, a través de la
actividad empresarial es una reminiscencia de los cuatro pilares fundamentales
del sistema económico capitalista: la producción, el empleo de ingresos y el
consumo.
La estimulación de la producción en los centros capitalistas generadoras de
empleo que, en consecuencia, genera ingresos, lo que lleva la gente a comer
no sólo para la subsistencia, sino también para cumplir otros deseos. Por lo
tanto, la estimulación del sistema económico capitalista, por sí mismo, de forma
automática, caminar hacia la reducción de las desigualdades sociales y
regionales -, pero no restringir la acumulación de riqueza por unos pocos.
Es natural que el uso egoísta de la propiedad privada como un factor de
producción podría hacer que la mano de obra cada vez más se explora el fin de
extraer el máximo beneficio con el mínimo costo y está allí para revelar la
importancia reducción de las desigualdades, en principio, para que sea parte
de todos (el capitalismo moderno) y requiere no sólo un instrumento de la
política gubernamental. Por lo tanto, Eros Roberto Grau añade que:
"(...) El principio consagrado en el art. 3, III y parte reafirmó en la materia. 170,
prospera IV, por lo que - aunque no es comprensible para muchos - en el
sentido, superar la desuniformidades entre flancos moderna y arcaica del
capitalismo brasileño, actualícelo. Aquí también sirve como la base de una
demanda de inconstitucionalidad, la empresa, llevando a cabo las políticas
públicas. Su capacidad de fabricación, por el contrario, son sin embargo
evidentes. "
Por otra parte, como la reducción de las desigualdades de los ejes principales
de la República (art. 3, III), su inclusión en el capítulo de orden económico y se
limita a complementar lo que se pretende, en general, a la búsqueda de una
existencia digna - el mayor propósito orden económico.
Como complemento, es necesario mencionar individualmente a la cuestión de
las desigualdades regionales, por lo que se proclama en la Constitución, debido
a las dimensiones continentales del país. Pronto, el sistema económico puede
ser utilizado como una herramienta para dirigir la distribución de la actividad
productiva en Brasil a fin de cubrir todo el esquema geográfico del país - lo que
19
requiere de políticas públicas en esta dirección, como se imprime en el
apartado 1 del art. 174 del CF:
"La ley establece las directrices y bases para la planificación del desarrollo
nacional equilibrado, que se encarnan y compatibilizar los planes nacionales y
regionales de desarrollo."
De lo contrario, no se puede olvidar el desarrollo económico con el fin de
proclamar la existencia digna y que alcanzaron la justicia social. En cuanto al
otro objetivo se colocan en el más extenso y amplio, sin tener en cuenta las
dificultades relativas a una u otra clase social o nivel regional, por lo que, a
merced de las políticas públicas y un desarrollo planificado será el principio que
se esté discutiendo.
TEMA IV. PROMOCION DE LA COMPETENCIA
4.1. BÚSQUEDA DE PLENO EMPLEO
Tal vez lo más polémico de los principios de orden económico es la búsqueda
del pleno empleo, no la necesidad o propósito, pero, por su significado.
Según Manoel Gonçalves Ferreira Filho, la búsqueda de los medios de pleno
empleo:
"Crear oportunidades de trabajo para que todos puedan vivir con dignidad, el
esfuerzo propio".
Esto parece muy poco, ya que debido a la subjetividad de tal principio no ve
cómo podría servir como una contribución a la mejora del sistema económico
de Brasil, destinado a bienestar social.
Del mismo modo, pero de manera más amplia, André Ramos Tavares ha dicho:
"(...) En la creación y aplicación de medidas de política económica debe
preocuparse del estado para proporcionar pleno empleo, o una situación que
es la medida de lo posible, el mercado de que goza la fuerza de trabajo
existente en la sociedad”.
Así, el principio en discusión cobra relevancia y esbozar un objetivo más,
dejando a su papel como creador de políticas públicas para el desarrollo
económico.
Eros Roberto Grau, en un análisis mucho más profundo de lo que se afirma,
coloca el pleno empleo como un medio para ampliar las oportunidades de
empleo, garantizar la función social de las empresas y la restricción sobre la
aplicación de las políticas públicas recesivo, como se muestra:
"En otras palabras - la expansión de oportunidades de empleo productivo - este
principio se había incluido entre los previstos en el orden económico de la
Enmienda Constitucional 1 / 69 en su arte. 160, VI. En esta lógica, la
transcripción inmediatamente por encima, su estado de cuenta, tómelo con
normalidad, como si se refería sólo al pleno empleo de mano de obra.
oportunidades de expansión son las expresiones que connotan la idea de
empleo keynesiano completo de todos los recursos y factores de producción. El
principio de informar el contenido del principio activo de la función social de la
propiedad. La propiedad dotado de función social exige que el propietario o
poseedor del poder de control sobre el mismo a este derecho-función (el poder
y el deber) hasta que uno es lograr el pleno empleo. Sin embargo, también
encarna el principio de buscar el pleno empleo, de manera indirecta, una
garantía para el trabajador, ya que está relacionado con el principio de la
20
explotación del trabajo humano y los efectos de espejo en relación con el
derecho social al trabajo (artículo 6, per cápita). Personaje que se ajusta a las
consecuencias derivadas principio sorprendente, que, entre ellos, para que la
inconstitucionalidad de la aplicación de las políticas públicas recesiva “.
Lafayete Josué Petter, en un análisis de las tendencias e influencias de las
tecnologías en la reducción de puestos de trabajo, vincula el principio de la
política pública en cuestión diciendo:
"(...) Lo contrario, como la inversión en la producción tiene su propulsión en el
beneficio y no una política social, ya que la inversión privada no renunciará a la
eficiencia para asegurar una mayor tasa de empleo, que sólo se tiene en
cuenta en la medida implementa y se asegura de que el interés privado, todas
las políticas públicas y decisiones privadas que dan lugar a eficiencias
económicas derivadas de los cambios tecnológicos, la modificación de la
realización de la actividad económica (ya sea de primaria, secundaria o
terciaria), como consecuencia tienen una menor necesidad de mano de obra,
con el empeoramiento de la situación del empleo. La conclusión es que la
aplicación del principio de buscar el pleno empleo es esencial en la orientación
de política económica adoptadas, en particular en el rol asignado al Estado en
virtud del art. 174 de la Constitución Federal ".
Metodológica y así permitir una conclusión sobre la aplicación del principio de
que se esté discutiendo, ayudará a la interpretación sistemática, incluso por la
ausencia de las principales aportaciones doctrinales, además, la mayoría de los
estudiosos constitucionales simplemente dejar de hacer comentarios sobre
este principio, o, como meramente superficial.
El principio de la búsqueda del pleno empleo, en su contenido, no puede
considerar sólo su interpretación literal de entenderse que el pleno empleo está
vinculada únicamente a la provisión de puestos de trabajo y como medio de
generación de ingresos para el ciclo de accionamiento indirecto económicocapitalista, porque, de ser así, sería un factor natural del sistema económico,
no justifica su inclusión como un principio expresado en el sistema.
Por lo tanto, la elevación del pleno empleo como el principio requiere, sí, el
rango establecido por el Título, a proclamarlo como una forma de garantizar la
función social de la empresa, y sobre todo como una guía para determinar que
el Estado establezca políticas no sólo oferta, pero dentro de una planificación
económica a fin de contribuir al desarrollo nacional y el fin de la vida con
dignidad y justicia social.
En primer lugar, debemos aclarar que la pequeña empresa que el legislador
quiere decir es lo establecido en el artículo 179 de la Constitución - La Unión,
Estados, Distrito Federal y los Municipios darse el lujo de micro y pequeñas
empresas, así definido por la ley, el tratamiento jurídico diferente, tratando de
seguir a través de la simplificación de tareas administrativas, de seguridad
social y las obligaciones de crédito o mediante la eliminación o reducción de los
mismos, por la ley, por lo que se define (Ley N º 9.841/99)
"El arte 1 De conformidad con los arts. 170 y 179 de la Constitución Federal,
que se proporciona a las microempresas y pequeñas empresas jurídicas
diferentes y campos de simplificación administrativa, fiscal, seguridad social,
trabajo, crédito y desarrollo empresarial, de acuerdo con lo que la presente Ley
y la Ley n º 9317 del 5 de diciembre de 1996, según enmendada.
21
Artículo 2 A los efectos de esta Ley, salvo lo dispuesto en el art. 3, se
considera:
I - micro-empresa, empresa y mercado de empresa individual que tiene
ingresos brutos anuales iguales o inferiores a R $ 433,755.14 (cuatrocientos
treinta y tres mil setecientos cincuenta y cinco-dólares y catorce centavos)
(valor se modifica de acuerdo con lo que determina el Decreto N º 5.028 del 31
de marzo de 2004);
II - las pequeñas empresas, la sociedad y la empresa individual que cae en
forma de micro-empresa tiene ingresos anuales brutos superiores a R $
433,755.14 (cuatrocientos treinta y tres mil setecientos cincuenta y cincodólares y catorce centavos) y o menos de R $ 2,133,222.00 (dos millones
ciento treinta y tres mil, doscientos veintidós reales) (los valores han cambiado
de acuerdo a lo que determina el Decreto N º 5.028 del 31 de marzo 2004 ) ".
4.2. TRATAMIENTO FAVORABLE PARA PEQUEÑAS EMPRESAS
Por lo tanto, la pequeña empresa contenida en el art. 170 de la Constitución es
el género, que son especies de micro y pequeña empresa, considerados así
por un criterio económico de los ingresos brutos anuales.
Como puede observarse, este principio se trata de diferenciar entre las
diferentes empresas por la capacidad económica de la facturación, lo que
permite, a partir de ahí, crear las condiciones para un equilibrio de mercado,
aunque en condiciones diferentes. En este sentido, Manoel Gonçalves Ferreira
Filho, dice:
"Una era de gigantismo empresarial, la supervivencia de las pequeñas
empresas es muy difícil. Son, sin embargo, un elemento de equilibrio y por lo
tanto merecen un trato especial ".
Lafayete Josué Petter, para justificar tal diferencia de trato, que trata de:
"(...) Otra banda, lo cierto es que el trato de favor jurídica para las pequeñas
empresas tienen diferentes razones para justificar su inclusión entre los
principios de la actividad económica. Y se examinaron las disposiciones
relativas al orden económico en el texto constitucional - sin olvidar que es una
parte integral e inseparable de la Constitución considerada en su totalidad - que
parece intuitivo que algo se debe hacer en relación a las pequeñas empresas.
Son ellos los que emplean más mano de obra, lo que nos lleva a la mejora del
trabajo humano como fundamento del orden económico. Son ellos los que
necesitan menos inversión, con la expansión del desarrollo caminos trillados en
la cara de abrirlos. Adicionalmente, en el principio de economía en el contexto
de una más versátil y cercana al consumidor que el desempeñado por las
grandes estructuras empresariales. Obtener su aprobación en el mercado sin la
intermediación de una fuerte inversión en publicidad, inducir hábitos de
consumo, en muchos casos, por supuesto superfluo. Pero son también los que
son más difíciles de obtener financiamiento de instituciones financieras, de ahí
la necesidad de tratamiento preferencial con respecto a las operaciones de
crédito ".
Reglas, por ello, para facilitar el desarrollo económico a través de las pequeñas
empresas, en diferentes condiciones, su supervivencia será posible, colocados
de tal manera por Joshua Lafayete Petter:
"(...) La conclusión debe ser, porque se supone que el trato preferencial se
debe, entre otras razones, las desventajas comparativas que tienen los más
bajos en comparación con otros ".
Se observó, sin embargo, que los artículos 170 y 179 discutido anteriormente
22
difieren en la terminología utilizada, lo que pone de manifiesto en la lección
André Tavares Ramos:
"(...) Si bien en el arte. 170 habla de un trato preferencial, en el art. 179 habla
de un tratamiento jurídico diferente en el sentido favorecida (que es claro por
las referencias que figuran más adelante en el arte mismo. 179). Y ya que los
ingresos de las empresas es el factor determinante en la obtención del botín,
sería incongruente que admitir ese trato para las pequeñas empresas (sólo se
menciona en el art. 170), pero rechazan que para las microempresas que,
desde el punto de vista del criterio Constitución sería la primera necesidad de
que el tratamiento favorable. Por lo tanto, cuando la Constitución, en el art. 170,
una lista de las empresas sólo pequeños, también debe ser considerado micro
“.
Y en las palabras de Ives Gandra da Silva Martins, es posible concluir que la
diferencia de trato se entiende aquí como un principio, al proclamar:
"(...) El tratamiento favoreció el tratamiento es más beneficioso, menos cargas,
gravámenes y obligaciones, con el apoyo de más, la asistencia y el apoyo de
las autoridades. Claramente, el tratamiento preferencial no vendrá de la
competencia o el sector privado. Vendrá de las autoridades, el gobierno, el
control estatal de gobierno. En consecuencia, el componente requerido. En
consecuencia, la legislación debería ser guiado. "
Así que tenemos que estudiar los principios que conforman el orden económico
nacional.
5. LAS AGENCIAS REGULADORAS.
Hay dos organismos para la solución de:
a) D. N. R. C - Departamento de Registro Nacional de Comercio. Es el
componente federal del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio Exterior.
Su función es la de - normalizar: la ley actual permite que el DNRC para crear
normas sobre el registro de empresas con el objetivo de eliminar las lagunas en
la ley o dudas sobre los procedimientos a seguir y que debe ser seguido por los
Registros Mercantiles de todos los estados - Registro: crear y mantener el
Registro Nacional de Empresas, así como gestionar los procedimientos de
autorización para la nacionalización o la instalación de una empresa extranjera
en Brasil. - Estar a cargo de: supervisar los actos de las Juntas de Comercio,
instruyéndoles sobre los procedimientos que se adoptarán, si es necesario.
b) Comercial - Estas son las agencias estatales que tienen autonomía
financiera y administrativa para operar. Todo el estado brasileño de este cuerpo
necesita para organizar el negocio. Sus funciones ejecutivas son las siguientes:
1 - Inscripción: Cámara de Comercio tiene la facultad de emitir las carteras de
diversos profesionales, modificación y cierre de empresas, trapicheiros
(propietarios de los mayoristas), así como directores de los mayoristas. 2 Cierre: El papel de la Junta de Comercio es la importancia social considerable,
ya que por un análisis cuidadoso, puede impedir la creación de empresas
ficticias, el uso indebido de documentos de terceros, entre muchos otros casos
de irregularidades o ilícitos. Si la documentación está en conformidad con las
normas requeridas, el Consejo de Comercio hará que el archivo del documento
que fue entregado, a través del protocolo.
23
CONCLUSIÓN DESTE TEMA
Se concluyó que el orden económico nacional se ha introducido en el texto
constitucional con el objetivo principal es establecer una definición para su
práctica económica.
Ocurre, que cuando tenemos los campos científicos interdisciplinarios como
siempre hemos complica la dinámica de ajuste de cada uno para que sea
posible para su aplicación. Por un lado me estoy temiendo que la ciencia
económica con una dinámica que hace que los instrumentos de la ciencia muy
cambiante y otros con sus teóricos del derecho que no pueden mantener el
ritmo económico o social, siempre dando las demandas con el fin de buscar el
ajuste necesario.
Este ajuste dinámico es la imperfección que hace que un lado a la
interpretación de que la regulación jurídica del orden económico es más un
teórico, pero si nos fijamos en el tema político-económico en su contexto, es
fácil concluir que esta estructura jurídica ha puesto un freno a la codicia del
capitalismo salvaje que permite a los aspectos sociales que se encuentran en
el capitalismo brasileño.
TEMA IV - POLÍTICA URBANA
4. 1. ELEMENTOS DE LA CONSTITUCIÓN EN LA POLÍTICA URBANA,
1988.
El derecho a la propiedad, anteriormente considerada como plena, se ha ido
ligado a un propósito social y ambiental. Los objetivos de este sub-.tema están
estudiando el concepto, contenido, límites y posibilidades de aplicación práctica
del principio de función social de la propiedad urbana; presentar los principales
instrumentos jurídicos; ver si se ocupa de la protección del medio ambiente. La
Constitución de 1988 limita el derecho de propiedad para cumplir una función
social, a ser disciplinados por los planes directores municipales. El medio
ambiente ecológicamente equilibrado fue visto como un derecho fundamental.
La Ley n 10257/2001 permitido la aplicación práctica del principio.
El código civil vigente prevé el destino social de la propiedad y el cumplimiento
de las normas ambientales. Se concluyó que es posible evaluar, en concreto, si
una propiedad urbana cumple su función social, existe incluso la posibilidad de
imponer sanciones por incumplimiento. Sin embargo, para este propósito y el
contenido de ese concepto no cubre los aspectos medioambientales, pero sólo
los parámetros de uso del suelo urbano.
La calidad del medio ambiente urbano es un tema de gran desafío, y ampliar
los debates y estudios sobre el espacio urbano. La ciudad es, por excelencia, el
medio ambiente humano (Coimbra, 2002, p. 130).
Establece como la Organización Mundial de la Salud (2002), la planificación
24
urbana tiene un impacto importante sobre las condiciones en las ciudades. La
situación en que viven las personas y el trabajo, el acceso a bienes y servicios,
formas de vida y habilidades para desarrollar las relaciones son influenciados
por la planificación, las políticas e iniciativas de los planificadores urbanos.
Esta planificación se lleva a cabo por parte del público y se instrumenta a
través de normas imperativas, que tienen por objeto regular el uso sostenible
de la ciudad, lo que limita las libertades individuales y de interferencia, en la
mayoría de los casos, el derecho de propiedad.
El título, que en el momento de expedición del Código Civil de 1916 fue
considerado como absoluto, tenía, con el paso del tiempo, su contenido
reducido. Actualmente Debe poseer un propósito que responde a los intereses
comunes de toda la sociedad, es decir, la propiedad debe cumplir una función
social.
En las palabras de Derani (2002, p. 64), "El uso de la propiedad urbana reflejan
objetivamente la calidad de vida de los residentes de ciertas de la ciudad”.
Desde el año 1967, los textos constitucionales interpusieron el término función
social de la propiedad, que ha figurado como un principio de la información
correcta. Sin embargo, la medida efectiva y concreta de la propiedad urbana
como un juego social este papel no ha sido suficientemente estudiada por la
doctrina.
Magalhaes (1993, p. 150) señala: "el principio de la función social de la
propiedad lleva consigo una carga de empirismo (....) determinado, un cierto
grado de vaguedad e imprecisión. De hecho, existen algunos problemas con la
deducción de una fórmula legal seguro y preciso, la verdadera dimensión del
principio de función social "(énfasis añadido).
Según Dallari (2003, p. 83), en la práctica el principio de la función social de la
propiedad "ha producido frutos muy pocos tal vez sólo la falta de un texto
normativo que dice que debe ser entendida como de interés social, como
corresponsal para el desempeño de la función social de la propiedad "(énfasis
añadido). sao paulo n.20 • • diciembre de 2006. En el mismo sentido Benjamin
(1998, p. 70) es categórico: "En Brasil, así como en muchos países del tercer
mundo, por desgracia, a diferencia de la que se encuentra en otros países
como Alemania, la teoría de la función social de la propiedad no ha sido eficaz
en la práctica y, de hecho, se espera de los profesionales de derecho y el
funcionamiento del mercado, la verdad es que entre nosotros, la idea no ha
sido inexplicablemente desarrollados (o incluso lo suficientemente entendido)
en el plano teórico, por lo tanto, los contratiempos jurisprudencial que nos
enfrentamos. Una evaluación objetiva demuestra que el diseño tiene poco - por
no decir ninguna - el impacto en la forma en que se trató en algunos casos en
discusión los límites internos de (....)" propiedad (énfasis agregado).
Mukai (2001, p. 132) señala: "desde hace mucho tiempo, se ha hablado en el
principio de la función social de la propiedad. Varios conceptos de lo que es
una función se han formulado en los últimos años. Sin embargo, al menos entre
nosotros, nunca se materializó en la realidad de los hechos que en principio
general y objetivo "(énfasis añadido).
25
Leal (1998, p. 117), "La idea del contenido se convierte en más destacados en
la propia expresión, pero sus límites son vagos y permiten interpretaciones que
no coinciden, en este sentido se debe buscar criterios de elección y en el mejor
sentido de la hermenéutica plazo ... "(énfasis añadido).
Por otra parte, el Código Civil (2002), recientemente aprobado expresamente
vinculados al ejercicio de los derechos de propiedad a las normas ambientales.
De hecho, muchos autores se han referido a la cuestión bajo el nombre de la
función ambiental de la propiedad o la función ambiental de la propiedad.
4. 2. CONDICIÓN JURÍDICA Y SOCIAL DE LA CIUDAD
El Estatuto de la Ciudad es el nombre oficial de la Ley 10.257 de 10 de julio de
2001, que regula el capítulo "La política urbana" de la brasileña] Constitución.
La Unión Europea ha regulado las disposiciones constitucionales sobre el
desarrollo urbano basado en la competencia prevista en la Constitución.
El Estatuto de la Ciudad se ha convertido en un proyecto de ley en 1989,
propuesto por el entonces Senador Pompeu de Sousa (1914-1991), [4] [5], ha
sido aprobado sólo en 2001 - más de una docena de años más tarde - y
sancionado por el Presidente Fernando Henrique Cardoso el 10 de julio de ese
año.
El Estatuto se divide en cinco capítulos:
• Directrices Generales (Capítulo I, artículos 1 a 3);
• De los Instrumentos de Política Urbana (Capítulo II, artículos 4 a 38);
• El Plan Maestro (Capítulo III, artículos 39 a 42);
• Desde la gestión democrática de la Ciudad (Capítulo IV, artículos 43 a 45), y
• Disposiciones generales (Capítulo V, artículos 46 a 58).
La ley creó una serie de instrumentos para que el administrador podría buscar
el desarrollo urbano, el principal es el plan maestro, que debería incluir al otro
en el interés de la ciudad.
El estado asigna a los municipios para poner en práctica planes de
participación de maestros, la definición de un conjunto de herramientas que
tienen en la especulación del suelo urbano y lucha contra la regularización de
la tierra de sus principales objetivos urbana real.
Además de establecer nuevas reglas para el uso del suelo urbano, la ley prevé
la recuperación progresiva de los impuestos a la propiedad de hasta el 15% de
la tierra simplificación ociosa, de las normas de las subdivisiones, el uso y
cobertura del suelo con el fin de aumentar la oferta de lotes , y la protección y
recuperación del medio ambiente urbano.
Raquel Rolnik planificador vinculados con el Instituto Polis, el Estatuto de la
Ciudad puede traer beneficios ambientales a los grandes centros urbanos para
estimular la instalación de la población de bajos ingresos en las zonas dotadas
de infraestructuras y evitar la invasión de zonas ecológicamente frágiles como
26
los manglares, laderas de las montañas y llanuras de inundación. La nueva ley
alienta a los municipios a adoptar la sostenibilidad del medio ambiente como
una guía para la planificación urbana y también proporciona las normas como
un requisito para los estudios de impacto urbano para los grandes proyectos
como la construcción de centros comerciales. También se incluye entre los
instrumentos de planificación municipal, la gestión del presupuesto
participativo.
De acuerdo con la ley misma, es "la herramienta básica de la política de
desarrollo y la expansión urbana" [6] es obligatoria para los municipios:
• Con más de veinte mil habitantes [7] o Conurbadas [8];
• Los miembros de la "zona de interés turístico especial" [9] o en cualquier área
de actividades con importantes impactos ambientales [10];
• ¿Quién quiere usar el parcelamiento, edificación o uso obligatorio de la
propiedad [11].
Debido a la complejidad de la tarea, entre otras razones, muchos municipios ya
no cumplen con el plazo inicial de cinco años previsto por la ley para crear sus
planes maestros [12]. Ante esta situación, se aprobó una ley 11.673 en 2008,
se aplaza la fecha límite al 30 de junio de 2008 [13].
La ley requiere que el plan de dominar al menos delimitar las zonas que se
pueden aplicar:
• La división, la construcción y el uso obligatorio de la propiedad [14];
• El derecho de prioridad [15];
• El derecho de conceder el derecho a construir costosas [16];
• El derecho a cambiar el uso de la tierra sobre la compensación [17];
• Las operaciones de conjuntos urbanos [18];
El derecho a transferir el derecho de construir [19] De acuerdo con la ley
misma, es "la herramienta básica de la política de desarrollo y la expansión
urbana" [6] es obligatoria para los municipios:
• Con más de veinte mil habitantes [7] o Conurbadas [8];
• Los miembros de la "zona de interés turístico especial" [9] o en cualquier área
de actividades con importantes impactos ambientales [10];
• ¿Quién quiere usar el parcelamiento, edificación o uso obligatorio de la
propiedad [11].
Debido a la complejidad de la tarea, entre otras razones, muchos municipios ya
no cumplen con el plazo inicial de cinco años previsto por la ley para crear sus
27
planes maestros [12]. Ante esta situación, se aprobó una ley 11.673 en 2008,
se aplaza la fecha límite al 30 de junio de 2008 [13].
La ley requiere que el plan de dominar al menos delimitar las zonas que se
pueden aplicar:
• La división, la construcción y el uso obligatorio de la propiedad [14];
• El derecho de prioridad [15];
• El derecho de conceder el derecho a construir costosas [16];
• El derecho a cambiar el uso de la tierra sobre la compensación [17];
• Las operaciones de conjuntos urbanos [18];

El derecho a transferir el derecho de construir [19]
El plan maestro de un municipio podrá establecer coeficientes de utilización
[20] a determinadas zonas de la ciudad. El administrador público puede exigir,
por ley especial, el dueño de la propiedad que ha subutilizado, es decir, con
una ocupación por debajo del coeficiente [21], no la división, la construcción o
el uso de esta propiedad [22].
El propietario será notificado por la ciudad infrautilizados [23] y, dentro de un
año, presentando el proyecto para utilizar con el fin de encajar en el plan
maestro [24]. Este proyecto debe iniciarse dentro de dos años después de su
presentación [25], que excepcionalmente podrá realizarse en etapas.
Si el titular no modifica su propiedad, el municipio puede aumentar
gradualmente la porción del impuesto a la propiedad en la propiedad durante
los próximos cinco años [26], y no pueden cobrar más del doble de la requerida
en el ejercicio anterior, con el límite máximo del 15% [27] .
Si el propietario no cumple con subutilizadas las determinaciones del consejo
de la ciudad después de cinco años, puede hacer que lo expulsó, siendo
compensados con bonos del gobierno, el régimen de recurso [28].
Si el municipio tiene un interés particular [29] para adquirir propiedades en una
región determinada, es posible que se incluya en una ley específica, y dentro
de cinco años, tiene el derecho de prioridad, o la negativa a comprar cualquier
propiedad que serán vendidos en ese área [30]. La ley puede volver a emitir
después de que el agotamiento de un año de duración de la anterior [31].
Teniendo en cuenta la función social de la propiedad, el legislador ha creado un
nuevo tipo de prescripción, que requieren más corto plazo las limitaciones que
la política de prescripción, que se rige por el derecho civil: cinco años [32] en
lugar de quince [33].
A fin de dar mayor seguridad a los habitantes de tugurios, se creó la
conferencia adversos especial [34], por el que una comunidad adquiere la
propiedad de un área, dejando a cada individuo en una parte del ideal, como lo
que sucede con la Condo [35].
28
TEMA V - Y POLÍTICA AGRÍCOLA LA TIERRA Y LA REFORMA AGRARIA
5. 1. ELEMENTOS DE POLÍTICA AGROPECUARIA Y DE TIERRAS Y
REFORMA AGRARIA EN LA CONSTITUCIÓN DE 1988.
I. La promulgación de una constitución es siempre una ocasión propicia en la
política económica, social, jurídica y de una nación, no sólo para inaugurar una
nueva era en su ordenamiento jurídico, pero sobre todo por los paradigmas que
validan las afirmaciones reflejan latente en la sociedad que tiene como objetivo
el controlo.
Y al contrario que no es el caso con la Carta Magna de 1988, ya que ha
asimilado los valores de la más alta importancia para legitimar el Estado
brasileño y orientar todas sus acciones.
Estos valores giro positivo en las disposiciones legales en el título I "De los
principios fundamentales", arts. 1 y 3, en pie de la letra:
Artículo 1 - La República Federativa del Brasil, formada por la unión indisoluble
de los estados y municipios y el Distrito Federal, se encuentra en un estado
democrático y sus motivos:
I - la soberanía;
II - la ciudadanía;
III - la dignidad de la persona humana;
IV - los valores sociales del trabajo y la libre empresa;
V - el pluralismo político.
Artículo 3 - Ellos son los objetivos fundamentales de la República Federativa
del Brasil:
I - para construir un país libre, justo;
II - Desarrollo de garantía nacional;
III - erradicar la pobreza y la marginación y reducir las desigualdades sociales y
regionales;
IV - promover el bien de todos, sin prejuicios de origen, raza, sexo, color, edad
y otras formas de discriminación.
En efecto, el legislador no ha faltado un componente en el tejido incluyen
normativa constitucional la política agraria, el elemento objeto de la disciplina
legal de la tierra, aplicar el proceso se desarrolle con el fin de dar cumplimiento
a las normas éticas y sociales promocionado.
La política agrícola, de Emilio Alberto Maya Gischkow recordando las lecciones
de Antonino Vivanco, representa "una acción específica por parte del gobierno
o de los elementos del poder, a saber, la elección de los medios para influir en
la estructura y la actividad agrícola con el fin de establecer una planificación
satisfactoria de esta actividad, el logro del desarrollo económico y el bienestar
de la comunidad ", y las tiendas, según Antonino Vivanco apud Rafael Augusto
de Mendonca Lima, las siguientes características:
29
a) es una actividad ideológica, lo que implica la adopción de las ideas que son
ejecutados por una determinada acción con el fin de lograr el bienestar de la
comunidad;
b) La actividad es una ordenación de la vida social, ya que a través de un grupo
de personas e instituciones que influyen en la otra, a fin de adoptar ciertas
formas de conducta;
c) la actividad es eminentemente práctica, ya que toda teoría tiene un valor
único para que sea viable para mediar e inmediata aplicación;
d) es evidente la tendencia teleológica, razón por la que siempre aspiran a
lograr sus objetivos y la acción siempre tiene una dirección particular;
e) es inestable, ya que el hecho de referirse a la vida humana, que sufren
cambios permanentes de la historia, pero eso no significa en modo alguno, que
su propósito es modificar;
f) los recursos que utiliza para desarrollar y cumplir con sus múltiples objetivos
que, en general, responden a una concepción particular del mundo y la vida,
que puede variar drásticamente de un pueblo a otro, o un tiempo para otro.
La inclusión de la política de tierras en la Constitución de 1988 se realizó a
través de las artes. 184 a 191, que comprende el capítulo III, "La política
agrícola y de la tierra y la reforma agraria", Título VII "El orden económico y
financiero." Cabe destacar, por lo tanto, la observación fundada por Rafael
Augusto de Lima Mendonca, que en el nombre de la referencia de un capítulo
"redacción defectuosa por lo tanto basta con decir: La política de tierras," es
que en última instancia, "la política agraria abarca la agricultura, la ganadería
de políticas, la política de tierras, la política de desarrollo rural y la reforma
política o la reforma agraria. " Se le ha dado también por el art. 153, VI, que
figura en la Sección III, "De los impuestos de la Unión", Capítulo I "Del sistema
tributario nacional," Título VI "De los impuestos y el presupuesto."
La importancia de la presencia de la política de tierras en la Constitución se
debe a que la vivienda legal de la tierra las instituciones esenciales, junto con
muchos otros similares regulados en el mismo ámbito y también en
infraestructura de la cosecha, la eficacia de los fundamentos y objetivos de la
República Federativa del Brasil en la Constitución Federal de 1988.
La asignación, por lo tanto el impuesto sobre la propiedad rural (art. 153, VI), la
reforma agraria (artículos 184 a 186) y la política agrícola y política de
desarrollo rural (artículos 187-191) y los institutos de la Constitución la política
agraria, aunque la disciplina no justificó los nuevos en la Ley Agrícola de Brasil,
trajo una nueva dimensión a este asunto y "reforzar el derecho común,
facilitando su aplicación."
II. El tema de la política de tierras en la Constitución Federal en puntos de
fuerza, como se señaló anteriormente, para los tres institutos: el impuesto
sobre la propiedad rural, la reforma agraria y la política agrícola y política de
desarrollo rural.
30
Cada uno de los mecanismos jurídicos aplicados por el legislador lo llamó
suficiente para que la política de la tierra es capaz de responder con eficacia a
los principios fundamentales de orden económico y financiero, que es integral,
dispuestas en el art. 170, caput, que abre el capítulo I "De los principios
generales de la actividad económica", del mencionado Título VII: Artículo 170 –
El orden económico, fundado en el reconocimiento del trabajo humano y la libre
empresa, tiene por objeto garantizar a todos una vida digna, de acuerdo con los
dictados de la justicia social ... [énfasis agregado]
Se ha olvidado de ello, el constituyente en este mismo artículo se explican los
principios básicos del orden económico y financiero en los incisos I a IX,
especialmente en vista del análisis, para "propiedad privada" (inc. II) ", función
social de la propiedad "(inc. III) y" reducir las desigualdades regionales y
sociales "(inc. VII).
Es a humedad que estos principios constituyen los preceptos básicos o una
proyección de orden económico y financiero, los que ya figuran en el capítulo I
de "Derechos y Deberes individuales y colectivos," Título II "los derechos y
garantías", art. 5, sección XXII ("la garantía del derecho de propiedad") y XXIII
("la propiedad deberá observar su función social"), y el arte. 3, III, citado en otra
parte.
Cualquier trato renunciado al impuesto sobre la propiedad rural en los estudios
jurídicos de nuestro tiempo debe estar atento a la orientación doctrinal
expuesto por Luciano Dias Bicalho Camargo: "La Constitución de 1988 es clara
y explícita en dar el impuesto territorial rural naturaleza flagrante extrafiscal y
transformarlo un instrumento de política de tierras. "
Y este es precisamente el enfoque que importa en este momento: el impuesto
sobre la propiedad rural como un instituto constitucional de la política de tierras,
dotadas de mecanismos adecuados para la aplicabilidad de carácter extrafiscal
que es intrínseco.
A pesar de su predicción fuera del capítulo de la política agraria, el impuesto
sobre la propiedad rural limita su campo de acción para la reforma agraria y la
política agrícola y política de desarrollo rural, "que se caracteriza como
instrumento bi-funcional de la política agrícola" .
Aumentando marcadamente extrafiscal el carácter que tiene, decir que no se
centra en la recaudación de impuestos, pero poner una herramienta de
intervención en la economía y la sociedad "- por el Estado.
La función estimulante del impuesto sobre la propiedad rural es vi ex denota el
arte § 4. 153 de la Constitución Federal:
Artículo 153 - Se trata de la República para establecer impuestos sobre:
VI - la propiedad rural.
§ 4 º - El impuesto previsto en el artículo VI tendrá sus tasas establecidas a fin
de desalentar el mantenimiento de propiedades improductivas y no se centran
31
en pequeñas parcelas y rural, según lo definido por la ley, cuando explota, solo
o con su familia, el propietario que no tiene otros la propiedad.
Tenga en cuenta, claramente, teniendo, como cualquier otro tributo extrafiscal,
la acción misma de "obligar a los ciudadanos de ese estado, a adoptar ciertas
actitudes hacia la realidad social específica."
Pero esa actitud? Sin duda, si el impuesto a la propiedad rural, destinado a la
realización de la función social de la propiedad, fundamento esencial de la
justicia social y por lo tanto la demanda de la ciudadanía como un taburete del
principio superior de la dignidad humana.
Los mecanismos que se basa para lograr su propósito son la progresiva y
regresiva ", para que la menos productiva de la propiedad, el impuesto será
más acusado y, como es más productivo, menos impuestos se deben pagar."
Hablar de la reforma agraria se refiere a la preocupación por la reestructuración
de la tierra, mientras que se requiere un examen de la importancia de dotar a
los beneficiarios de los medios necesarios para el pleno ejercicio de la actividad
agrícola, que será a través de la aplicación de una política agrícola o la política
de desarrollo rural viable y satisfactoria.
Sin embargo, sin perder el horizonte del tema propuesto, prelevar el "principal
objetivo" de la reforma agraria, que es: "cumplir con los principios de justicia
social y el aumento de la productividad" (art. 1, § 1, del Estatuto de la Tierra) .
Benedito Ferreira Marques destacó que "esta es la razón por la cual algunos
autores afirman que las bases de la reforma agraria es la 'justicia social'. Otros
señalan que hay dos razones:. Una oportunidad) la igualdad de acceso a la
tierra (la democratización de la tierra), y b) hacer de la tierra para cumplir su
función social " Parece claro también que esta segunda corriente de opinión se
centra en la justicia, tanto desde el punto de vista de la justicia distributiva y la
justicia social.
En parte porque, como bien recuerda André Franco Montoro, "los principios de
distribución inspira la justicia planes de reforma agraria, el desarrollo urbano, la
fiscalidad, la educación" [énfasis añadido], para permitir la distribución del bien
común, asegurando que todos y cada uno, por como consecuencia, una parte
de ese bien común, una idea que se limita a la noción de justicia social en la
medida en que se entregará a la sociedad lo que se debe promover el bien
común.
Juan José Sanz Jarque en tres grupos para las diferentes concepciones que se
construyeron en torno al concepto jurídico de la reforma agraria: "a)
Concepción tradicional histórico, b) de la Concepción 'reforma agraria', c) de la
Concepción" funcionalidad de la Propiedad de la tierra »."
La explicación ofrecida por cada uno de los conceptos expuestos conduce a la
comprensión de que la reforma agraria se encuentra en el centro de los
determinantes económicos y sociales de bienestar, la libertad y la dignidad
humana, y refleja la capacidad de armonización de las demandas de la
sociedad con mayores valores de la justicia - en beneficio de la persona
humana y de la comunidad política en los que opera. La reforma agraria en
Brasil tiene como principal mecanismo de su realización con la expropiación de
32
tierras, establece la Constitución (artículo 184) como la expropiación por interés
social para fines de reforma agraria, sustentada en el incumplimiento de los
requisitos relativos a la función social de la propiedad (art. 186 ). Por lo tanto,
funciona como una sanción al propietario o titular que no cumpla en su totalidad
las pretensiones de la función social de acuerdo con los requisitos
mencionados requiere aquí.
La política agrícola y política de desarrollo rural se completa el marco de las
instituciones constitucionales de la política agraria analizados bajo una visión
prospectiva.
Y, en particular, nada más conveniente empezar con la opinión de Pablo
Borges Torminn:
... De la política agrícola, también llamada la política de desarrollo rural, es un
movimiento permanente, a participar en una eterna renovación de la tecnología
y los recursos necesidad de elaborar las riquezas cada vez más densa de la
tierra, sin agotar, sin agotar.
Si la acción del gobierno no lo hace en el campo, el robo es la coordinación de
una política agrícola, el desarrollo económico de la zona rural, en lugar de
caminar a la formación de una comunidad homogénea, se convertirá, poco a
poco, en las islas del progreso y el retroceso de las islas.
El concepto de la política agrícola y la política de desarrollo rural prevista por el
art. 1, § 2 del Estatuto de la Tierra marca el punto de apoyo de la misma
orientación de las actividades agrícolas con el fin de garantizar el pleno empleo
y armonizar con el proceso de industrialización del país, como se desprende de
su tenor literal: " Se entiende por el conjunto de medidas de política agrícola
para apoyar la propiedad de la tierra, destinadas a orientar, en aras de la
economía rural, las actividades agrícolas, en términos de garantizarle el pleno
empleo, en términos de estándar, con el proceso de industrialización del país. "
A su vez, el art. 187 de la Constitución Federal establece que la política de la
política agrícola y desarrollo rural "serán planificadas y ejecutadas de acuerdo a
la ley, con la participación efectiva en el sector de la producción, que
comprende los productores y trabajadores rurales, y las áreas de marketing, el
almacenamiento y el transporte. "
Luego, en las secciones que siguen, proporciona los mecanismos para su
aplicación: "I - II de crédito y fiscal - a precios compatibles con los costos de
producción y las garantías de comercialización III - fomentar la investigación y
la tecnología; IV - Asistencia técnica y la extensión; V - seguro de las cosechas;
VI - las cooperativas; VII - electrificación rural y de riego;. VIII - vivienda para
los trabajadores rurales "
prescripción párrafos cuestión constitucional obtener alivio mediante la
inclusión de: a) la planificación de la política agrícola y la política de desarrollo
rural "actividades agroindustriales, pesca, agricultura y la silvicultura" (§ 1), que
de Luciano de Souza Godoy15 " refleja el concepto de la extensión de la
política agrícola y, por tanto, toda la política de tierras, con base en la
descripción del alcance de las actividades cubiertas ..."; b) ordenar las acciones
dirigidas a juego de la política agrícola o la política de desarrollo rural y la
33
reforma agraria (§ 2), que abarca las tierras no ocupadas público bajo el
siguiente dispositivo (art. 188).
Tres otros mecanismos de política en la pantalla que no podía dejar de
mencionar en el arquetipo que se aplicarán para obtener los resultados
deseados por el sistema constitucional, son inalienables por un período de diez
años de títulos o de concesión de uso de los edificios distribuido por la reforma
agraria rural (art. 189, caput), la regulación y limitación de la adquisición o
arrendamiento de bienes rurales por personas naturales o jurídicas extranjeras
(art. 190) y la posesión agrícolas adversos (art. 191).
El producto de la aplicación de la política agrícola y política de desarrollo rural
como se describe arriba es, en palabras de Pablo Torminn Borges16, una
"economía nacional armonioso." Y añade: "Más importante, sin embargo, es la
armonía social que los resultados (...) Una sociedad justa, ya que tenemos la
intención de que se construirá en Brasil, con la participación activa de los
derechos a la tierra es la que ofrece a cada hombre las condiciones de vida
dignas ...".
III. Estableció la Carta Política de 1988 (art. 1) como la base de un Estado
democrático cinco principios de la práctica obligatoria en todos los procesos de
elección y la toma de decisiones que les afectan, independientemente de la
acción política, económica o social llevarse a cabo.
Las posiciones conceptuales que reflejan los principios enunciados en ella se
integrarán para convivir con el fin de dar legitimidad a la República Federativa
del Brasil como una nación, he aquí, que trascienden la concepción establecida
del estado, alcanzando valores preambularmente expuestos en el mismo acto
que dio origen a la Constitución el reconocimiento como "Constitución
Ciudadana".
Y si por un lado, estos principios representan el fundamento del Estado
brasileño, el otro también será de alrededor de la madre legal, ya sea
constitucional o de infraestructura, superando el principio de legalidad como
primera regla de interpretación del marco legislativo vigente, actuando como
factores clave para la validez de las normas en el ordenamiento jurídico
brasileño.
Por otra parte, el argumento fuera de lugar que tienen que ver con los
estándares del programa, depende de la regulación por la falta de disposición
en el texto constitucional y los principios para configurar, que de por sí es
suficiente para dar aplicabilidad inmediata y la búsqueda de su eficacia.
Pero sólo tres de esos principios se destacan, en consonancia con el enfoque
del tema propuesto. Se trata de la ciudadanía (inc. II), la dignidad de la persona
humana (inc. III) y los valores sociales del trabajo y la libre empresa (inc. IV).
Los principios que ahora ocupa, en la evolución histórica de la legislación
nacional, convertir en realidad la lógica de su material de formación de
personal: la integración de la persona humana - es decir, en el ámbito de la
jurisdicción de la Constitución Federal, el nacido en Brasil y naturalizados, y el
residente extranjero en el país como beneficiarios de la disposición
34
constitucional (art. 5, CF) – en proceso político, el contexto social y cultural que
permite a la calidad de la ciudadanía agente plasmador.
La persona humana, en la dicción constitucional valorados en todo el espectro
antropocéntrica que impregna la ley en la época del constitucionalismo social,
que se coloca en el vértice del prisma de la jerarquía de las normas jurídicas,
junto con los demás principios establecidos en el art. Nadie dijo que, teniendo
en cuenta la consolidación de la idea de que Boff, Leonardo. Después de 500
años: el Brasil que queremos? 2. ed. Petrópolis: Vozes, 2000. p. 51-53.
La justicia es el fundamento del derecho es el fundamento de la justicia a la
dignidad humana.
Y no se habla de la justicia, las posiciones de distanciamiento distributiva o
social estancos humanos y la ciudadanía. conferencia Miguel Reale18 que
estos son "valores que deben leerse en conjunto, porque el respeto debido al
ser humano en un sentido universal (Yo suelo decir que la persona humana es
la" fuente de valor "de todos los valores), no excluye sino que implica la
dimensión jurídico-político que cada miembro de la población brasileña
adquiere sólo por haber nacido en el territorio nacional, asegurando que un
determinado campo de los derechos y deberes, sin perjuicio de la igualdad ante
la ley ...".
María Cristina De Cicco subraya el compromiso de que se adjunta en la cara
de la realidad jurídica que se impuso a partir de la elevación de estos principios
a la categoría de principal fuente de derecho: "La Constitución brasileña de
1988 para elegir a la dignidad (...) de la persona humana y el pleno ejercicio de
la ciudadanía como fundamento de la planificación y dedicar la justicia
distributiva, provocó un cambio profundo en la estructura de reglamentación.
Esta transformación no puede pasar desapercibido o ser relegados a un menor
bajo la apariencia de la Constitución en el sentido de una mera carta de
principios, exigiendo en cambio un cambio de mentalidad en el derecho del
operador en todos los sentidos. "
Una de las proyecciones de la libre empresa es la libertad de participar en la
economía, apoyando al capitalismo como el modelo económico adoptado, que
reúne todos los problemas y las formas de exclusión que son inherentes, sino
que, por encima de todo, el respeto de los valores sociales de Trabajar en
conjunto con la libre empresa en la posición del estado fundamental y la
prestación económica de la Orden, tratando de conciliar el sistema de
producción elegido (plusvalía), la dignidad de la dimensión humana de la
productividad económica y la ciudadanía.
35
El capitalismo es una parte integral del ambiente cultural en que vivimos y por
lo tanto requiere de parámetros en el análisis de cualquier propuesta legal para
establecer en el país.
No sólo hay que olvidar que cualquier enfoque dentro del sistema jurídico
nacional necesariamente debe impregnar la idea de que el intérprete se
enfrenta a un orden jurídico constitucional que no sólo reconoce, según
proceda, que la libertad económica sólo está limitado por principios
constitucionales tratado más arriba y otros de menor valor en la escala ética y
social.
Se basa, por tanto, como señala Michael Reale20 que "la Constitución no
establece que el liberalismo aversión a la justicia social, pero el liberalismo
social, en virtud del cual el Estado también actúa como un" agente normativo y
regulador de la actividad económica », aunque sin llegar a ser un empresario,
salvo en los casos previstos en el artículo 173 excepcionalísimos, por razones
de seguridad nacional, o de relevante interés colectivo se define por la ley. "
Roger Raupp Rios21 "mejora del trabajo humano como elemento clave del
marco jurídico-económico [después de mencionar también la de la República
Federativa del Brasil] resulta ser a la vez postulado de la conciencia general en
la etapa actual del desarrollo histórico de la humanidad, y en particular de la
sociedad brasileña, así como la normativa fundamental para la comprensión y
la solución de los problemas económicos de la materia objeto de la ley del
comentario [derechos sobre la tierra]. " Y más adelante añade: "La
fundamentalidad inherentes a la noción de la libre empresa implica el
reconocimiento de un ámbito jurídico en el que los agentes económicos gozan
de autonomía en el ejercicio de su profesión. Este campo, que es la autonomía
desenfrenada, es el poder otorgado a los individuos para la auto-regulación de
sus intereses. "
Arte. 3, la ley de aumento, es el reconocimiento legal de las desigualdades
reales que impregnan la sociedad brasileña y de su gente en el umbral del siglo
XXI, las desigualdades que se deben cumplir de acuerdo a los criterios
incluidos en los artículos que la componen, traducido como objetivos República
Federativa del Brasil.
Es, por tanto, un marco jurídico (re) conocimiento de la realidad objetiva,
completa y fácilmente verificables en una parte importante situada en el
territorio en su caso, que requiere el ser humano expresa una condición de
exclusión socio-económica.
Se dice que en Brasil convive con evidente desigualdad social y económica,
sobre todo causado por la actividad deficiente del Estado en todos los sectores
de la sociedad (agrícola, educativo, laboral, etc.) Por no mencionar el sector
privado y los ciudadanos, individualmente y colectivamente considerado, lo que
36
todavía es muy poco para contribuir a la consecución de los objetivos
planteados en el retrocitada norma constitucional.
Cabe señalar a este respecto, la alerta de Celso Ribeiro Bastos: "La idea de los
objetivos no pueden confundirse con los fundamentos, aunque esto puede
ocurrir. Los motivos son inherentes al Estado, son parte de su estructura. En
cuanto a los objetivos, se trata de algo externo que debe llevarse a cabo. "
Dentro de este empleado en el sentido de la extrínseca (el Estado), porque
como se puede ver en Orlando Soares comprensión "del arte. 3, I a IV,
establece los objetivos fundamentales de la República, en la casa ...".
La pregunta que se cierne un dispositivo similar que se encuentran en las
constituciones de los países del mundo llamado asiento de sesiones, dado el
alto grado de desarrollo socio-económico que han tenido éxito en el logro.
No es la urgencia extensible realizar la plena aplicación de los objetivos de la
República Federativa del Brasil sobre cómo el arte legal. 3 de la Constitución
Federal. Esto se debe a que, dirigidas a asegurar que cada miembro de la
sociedad la calidad de la dignidad humana y la ciudadanía, así como llevar a la
tan cacareada "calidad de vida", y no se logrará hasta que se eliminen las
desigualdades sociales latentes y ejecuta si un pensamiento colectivo social
(como resultado de un proceso evolutivo individual) anclado en la justicia y el
bienestar social.
Los parámetros para el cumplimiento, en gran medida, los objetivos descritos
anteriormente siguen siendo también muy clara en relación con el art. 6 de la
Carta Magna, llamado muy apropiadamente, en general, por Celso Antonio
Pacheco Fiorillo, piso mínimo vital, puesto que su aplicación se las arregla para
cumplir con el principio de la dignidad humana: "Para la persona humana
puede tener dignidad (CF, art. 1, III), exige que se garantice los derechos
sociales previstos en el art. 6 de la Constitución. De ahí la existencia de
derechos contenidos en ese dispositivo. "
Los derechos sociales se estructuran en el arte. 6, esencial para la existencia
digna de los seres humanos y la asistencia, como se dijo, los objetivos del
Estado brasileño, son los siguientes:
6 - ¿Están los derechos sociales a la educación, salud, trabajo, vivienda, ocio,
seguridad, bienestar, la protección de la maternidad y la infancia, y la asistencia
a las personas sin hogar en esta Constitución.
Los derechos sociales y sus implicaciones en el sistema jurídico nacional
corroborar la comprensión "del Estado para competir en la prestación de la
persona trata de garantizar su existencia material mínimo", pero no sólo el
Estado, sino también a la sociedad, debido al principio constitucional de
cooperación.
La ley agraria, la disciplina de las ciencias y regresó a la articulación legal de
37
los derechos tangibles e intangibles relacionados con la política de tierras, no
puede, por tanto, alejarse de estas directrices, teniendo en cuenta que existen
derechos fundamentales de la persona humana "el" cuerpo normativo en virtud
del Dejan Cual SUS postula que las declaraciones programáticas, EL DE UNA
productos básicos desiderata elementos regionales del cumplimiento pecado
universal de la obligatoriedad inmediata "volver a la vida dentro de las
realidades Complejo, como mecanismos para la normativizar Una only
Normalidad campana particular Además, como abanderado Libertad y sociales
en los ámbitos económico, Una Sociedad Basada en la construcción de El
Respeto a la Dignidad y la Justicia social humana. "
Lo que importa decir que la política de la tierra desempeña el papel del
instrumento jurídico de la eficacia de los principios básicos y objetivos del
Estado democrático de derecho la ley de la República Federativa del Brasil, la
tesis aquí defendida y con pocas probabilidades de encontrar oposición.
la política agraria, como se podría inferir que todo el trabajo concluye, es
constitucional y doctrinalmente guiada e informada por los mecanismos legales
necesarios para lograr el propósito indicado.
Esta afirmación queda demostrado de manera inequívoca en la caracterización
de la fianza (elemento) de la política de tierras, según lo discutido por Antonino
Vivanco apud Rafael Augusto de Mendonca Lima: "La vida en común deja claro
a los miembros de la sociedad en que viven su responsabilidad en la gestión de
las cosas que son de interés común. Esto ayuda a crear conciencia sobre los
beneficios que tienen derecho a disfrutar de imponer deberes correlativos, que
deben cumplirse para que estos beneficios no llegan a ser el privilegio de un
grupo y para los otros cargos. Co-participación activa en la gestión de las cosas
de interés común o público surge de la imperiosa necesidad de satisfacer
ciertas necesidades. Todo esto se une el hombre y no el político. "
El tratamiento dado al tema elegido esta vez es suficiente para hacerte
reflexionar y establecer pautas en torno a la corte propuesta.
Finaliza con el mensaje de esperanza para una vida mejor y que acaba de ser
por Paul Torminn Borges: "Estamos pensando acerca de este hombre y el
hombre en el futuro. (...) En su engrandecimiento social y económico... el
pequeño detalle si un hombre o de algunos hombres también, que sensibiliza a
nosotros es que hay hombres que tienen menos. Lo que nos toca es que la
tierra no sirve a los hombres destrozaron el futuro. No se hace justicia social ".
TEMA VI - FINANCIERO DEL SISTEMA NACIONAL
6. 1. Elementos del Sistema Financiero
6.1.1. CONCEPTOS E INDICADORES ECONÓMICOS
38
Fundamentales de los conceptos económicos
Economía. Económicos buenos y malos económica. Insumos. Flujo de
variables y variables de stock. Precios corrientes y precios constantes.
Crecimiento y ciclos económicos. El costo de oportunidad. Modelo económico.
Ejemplo: EOQ.
El flujo circular de la renta
Conceptos: Ingresos, consumo, ahorro, inversión, impuestos (directos e
indirectos), el consumo público, los subsidios y transferencias del gobierno,
importaciones, exportaciones y transferencias unilaterales.
Cuentas Nacionales
Definición y objetivos. De medición óptica del producto. La demanda interna y
el gasto interno. La renta nacional y el ingreso disponible de los hogares. Las
cuentas nacionales de la SPA. Balanza por cuenta corriente. La identidad
fundamental de la macroeconomía.
Comparaciones internacionales
Evolución de algunos indicadores en Portugal. Comparaciones internacionales.
6.1. 2. MERCADOS Y PRECIOS
El precio como elemento regulador
El argumento de "como si". La curva de demanda. La curva de oferta. El
equilibrio del mercado. El supuesto de ceteris paribus. Las funciones del
sistema de precios. Ejemplo: El mercado de la vivienda.
La intervención del Estado en los mercados.
El papel del Estado en la economía. Impuestos y subvenciones. Precios
mínimos y máximos. Ejemplo: la política agrícola de la Comunidad Europea.
Estructuras de Mercado
La competencia perfecta. Legal monopolios y los monopolios naturales.
Oligopolios. La competencia monopolística.
6.1. 3. SISTEMA DE MONEDA Y FINANCIERA
Naturaleza y funciones del dinero
39
Historia del dinero. Funciones del dinero. Las ventajas de una economía
monetaria. Las razones de la demanda de dinero.
El papel del sistema financiero
Las funciones del sistema financiero. Los instrumentos financieros. Las
instituciones financieras. Los mercados financieros.
Reglamento de la oferta monetaria
Las funciones del banco central. Reglamento de la oferta monetaria. Los
instrumentos de la política monetaria en Portugal.
Objetivos de la política monetaria
6.1. 4. LAS POLÍTICAS DE ESTABILIZACIÓN
Las políticas de estabilización
Las fluctuaciones económicas. Grandes escuelas de pensamiento económico.
políticas de gestión de la demanda.
El funcionamiento del mercado de trabajo
Estadísticas de empleo. Demanda y oferta de trabajo. El pleno empleo.
Categorías de desempleo. Las intervenciones en el mercado de trabajo: Salario
mínima de seguridad social y prestaciones por desempleo.
La inflación y el desempleo
Consecuencias de la inflación. Tipología de las causas de la inflación. El
debate entre monetaristas y keynesianos. Suministro de la economía de la.
6.1. 5. PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA
Principios de la estrategia corporativa
Concepto de estrategia. La prueba "no". Táctica. Estratégico básico
alternativas. Tipología de las estrategias: ataque, defensa y alianzas.
Planificación de sistemas
Planificación estratégica. Características deseables. Ventajas. Cuidados a
tener. Crítica a la planificación. Formales e informales de Planificación.
Ciclo de planificación
Ciclo de planificación. Métodos para la generación de alternativas. Criterios
para la evaluación de alternativas.
Estrategia de Implementación
40
Adecuación de la gran estructura. Establecimiento de objetivos. Calendario de
largo plazo y corto. Motivación. De control. Presupuesto. Ajuste y la gestión de
la cultura general de la organización.
6.1. 6. EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN
Proyectos de inversión
Concepto del proyecto de inversión. Clasificación de los proyectos. Etapas de
la preparación de un proyecto de inversión. Evaluación financiera de proyectos.
El valor actual neto
Capitalización y actualización. Valor actual y VPN. El uso de VPN en la
valoración de bonos y acciones. Otros criterios de evaluación.
Determinación del flujo de caja.
Cálculo del flujo de caja. Análisis incremental. El efecto fiscal de la
amortización. El tratamiento de la inflación. Preparación de una cuenta de flujo
de caja. Integración del proyecto en la empresa. Presentación del caso "Alpha".
El proyecto de evaluación de riesgos
El papel de los mercados de capital. Riesgo específico y riesgo sistemático.
Negocio de riesgo y el riesgo financiero. Carácter cíclico y el grado de
apalancamiento operativo. La elección del tipo de descuento.
6.1. 7. FINANZAS DE LA EMPRESA
La función financiera en la empresa
Historia. Tipos de decisión. La toma de decisiones horizontes. los instrumentos
disponibles.
Estructura de capital
El aumento de la deuda tributaria. El efecto de apalancamiento financiero. La
interacción entre las decisiones de inversión y financiación. El Valor Actual
Neto Ajustado. Leasing versus compra.
Gestión financiera a corto plazo
Enfoque tradicional. Los ciclos financieros de la compañía. Las necesidades de
capital de trabajo. Tesorería neta. El equilibrio funcional. Estrategias de
financiamiento. Gestión de las rúbricas del fondo rotatorio. Ejemplos: TMG y
ACS. Caso de Butler.
Introducción al análisis financiero de las empresas
6.1. 8. ECONOMÍA INTERNACIONAL
Tipo de cambio y la paridad.
Las tasas de cambio al contado ya plazo. las tasas de paridad. Paridad de
poder adquisitivo. Determinantes del tipo de câmbio.
41
El sistema financiero internacional.
Regímenes cambiarios. La evolución del sistema financiero internacional en la
posguerra. La globalización del sistema financiero y el surgimiento de bloques
monetaria. El SME y la UEM.
La política cambiária en Portugal
Acontecimientos anteriores a 1985. Los dilemas de la política económica en
1986-90. Uniéndose a la EMS y la liberalización de los movimientos de
capitales. La crisis monetaria de 1992-94.
La teoría del comércio internacional
Absoluto ventajas. Las ventajas comparativas. Los determinantes de la
especialización. Obstáculos al comércio. Argumentos para la protección. Los
niveles de integración económica.
La experiencia portuguesa.
La evolución del patrón de especialización. Perspectivas futuras en el marco
del nuevo GATT.
6. 2. SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
Institución financiera es una organización cuyo propósito es optimizar la
asignación de capital de su propio partido financieros y / o de terceros, a raíz
de una co-relación de riesgo, el costo y el horario que cumpla con los objetivos
de sus patrocinadores (en el sentido de las partes interesadas la palabra
Inglés), incluidas las personas o entidades que tienen intereses en su
operación como accionistas, clientes, empleados, cooperativas, proveedores,
reguladores del mercado donde opera la organización.
La institución financiera opera la gestión de un delicado equilibrio entre las
monedas, los términos y las tarifas negociadas de la capital que captura
(pasivos) y para la aplicación (activos) en el mercado, respetando los criterios y
normas establecidas por los reguladores y supervisores de cada mercado en
que actúa .
Un factor de complicación para la gobernanza del sistema financiero es la tasa
de apalancamiento entre el activo y el pasivo de la institución financiera, que
requiere un seguimiento continuo y puede dar lugar a posibles intervenciones
de los organismos reguladores o supervisores, a fin de gestionar el riesgo
sistémico.
Las instituciones se enfrentan a la manipulación de dinero: Câmbio de moneda,
unión de crédito, productos financieros, seguros, sistema financiero, título
privado, público Título.
6. 3. BANCO CENTRAL DEL ASIGNADOS
El Banco Central de Brasil, como en todos los países tienen la misión de la
estabilidad institucional en el poder adquisitivo de la moneda y la solidez de
sistema financiero. Con respecto al sistema de pago, de conformidad con la
Resolución 2882, se encuentra con su actuar para promover la solidez, el
42
funcionamiento normal y la mejora continua. Para la operación, los sistemas de
liquidación están sujetas a la autorización y supervisión del Banco Central de
Brasil, incluidos los que se asientan las operaciones con valores, valores,
divisas y derivados financeiros1. Conforme a lo dispuesto en la Ley 10.214, es
también la institución para definir cuáles son los sistemas sistémicamente
importante asentamiento. El Banco Central de Brasil es también un proveedor
de servicios de pago y que opera en ese papel y la Selic STR,
respectivamente, un sistema de transferencia de fondos y el sistema de
liquidación de las operaciones de seguridad pública.
Para poner en práctica algunas de sus funciones, el Banco Central de Brasil
ofrece cuentas llamadas "reservas de los bancos", cuyo título es obligatorio
para las instituciones que reciben depósitos, con exclusión de las cooperativas
de crédito, y opcional para los bancos de inversión, los bancos extranjeros de
intercambio y los bancos sin cartera comercial. A través de estas cuentas, las
instituciones financieras cumplan con los requisitos de reserva obligatoria de
depósitos a la vista, y también sirven como cuentas de liquidación. Cada
institución tiene derecho a una cuenta única y centralizada, identificadas
mediante un código numérico.
En Brasil, por ley, un banco no puede tener una cuenta en otro banco. Por lo
tanto, a excepción de las realizadas en efectivo y que se completan en un
entorno de base de datos única, es decir, cuando el ordenante y el beneficiario
son clientes del mismo banco, todos los pagos se ajuste final de cuentas en las
reservas bancarias.
Según la Constitución, el Banco Central de Brasil es el único fideicomisario de
la caja del Tesoro Nacional. Asimismo, la empresa de explotación de los
sistemas de liquidación rezagada, si se considera de importancia sistémica,
están obligados a poseer una cuenta en el Banco Central de Brasil, para la
liquidación de los ingresos netos determinados por ellos.
Para garantizar el buen funcionamiento de los pagos en la liquidación de
pasivos ambientales en tiempo real, el Banco Central de Brasil concede crédito
intradía a los participantes en los titulares de cuentas STR de reservas de los
bancos en forma de acuerdos de recompra con el público federal sin cargo
financiera.·
Los sistemas que liquidar las operaciones con valores también están sujetas a
la autorización de la CVM, las carreras con el Banco Central de Brasil, en este
caso, únicamente, el análisis de aspectos relacionados con el control del riesgo
sistémico. Los sistemas que liquidar los valores y títulos emitidos por los
bancos están sujetos a la supervisión exclusiva del Banco Central de Brasil·
6. 4. INSTITUCIONES DE SEGUROS Y ANUALIDADES
43
Chubb Seguros de Negocios
Al combinar la experiencia de una compañía de seguros con un
alcance global para el conocimiento profundo de las
necesidades y particularidades del mercado brasileño, Chubb ha
construido una amplia cartera de negocio de los seguros. Los
diferenciales de los productos y ofrecer una cobertura exclusiva
y servicios permiten a la empresa para atender las necesidades
de protección y transferencia de riesgos a los que empresas de
diferentes tamaños y que operan en diversos segmentos de la
economía está sujeta.
Transportes
Chubb, hoy una de las mayores aseguradoras del mundo, se
originó con el trabajo en el ámbito de los seguros de transporte
de carga.
Riesgos de Negocio
Si usted toma el cuidado de sus bienes con la misma dedicación
y profesionalismo con que maneja su negocio, usted necesita
una compañía de seguros que ofrece cobertura integral,
soluciones rápidas a sus necesidades y profesionales altamente
calificados.
Responsabilidad Civil General
El producto ofrece protección a los asegurados frente a las
reclamaciones para la reparación de los daños no intencionales,
los materiales y / o lesiones corporales a terceros.
D&O
Chubb, líder mundial en seguro de responsabilidad civil para
ejecutivos, altamente desarrollado productos alineados a la
realidad brasileña.
Ingeniería de Riesgos
Además de seguro estándar, la empresa ofrece flexibilidad para
la contratación de coberturas específicas a fin de satisfacer
plenamente las expectativas y necesidades de los constructores.
44
Garantía
El Fiador Chubb fue creado con el propósito de asegurar el
asegurado para cumplir las obligaciones en los contratos con
terceros.
Grupo Vida
Con la globalización y la mayor competencia, más empresas se
están replanteando sus productos y servicios, con el objetivo de
ofrecer al personal diferenciado para sus clientes.
Entretenimiento
Chubb Seguros cuenta con un departamento dedicado
exclusivamente al entretenimiento, que examina la aceptación
de los riesgos para este sector.
Misa Productos
El área de mercado de masas de Chubb ofrece a las empresas
con amplia base de clientes.
REFERENCIAS
1. ↑ Artículo 1, párrafo único de la Ley: "Para todos los efectos, esta ley,
conocido
como
el
Estatuto
de
la
Ciudad,
(...)".
2.
↑
artículos
182
y
183
de
la
Constitución
brasileña.
3. ↑ Artículo 21 de la sección XX: "Es de la Unión: XX - establecer directrices
para el desarrollo urbano, incluida la vivienda, el saneamiento y el transporte
urbano."
4. ↑ Proyecto de Ley Senatorial 181 de 1989, como sede del Senado brasileño.
5. ↑ Biografía del Senador Pompeu de Souza. Diccionario de periodismo
brasileño.
ECA-USP.
6.
↑
Jefe
del
artículo
40
de
la
ley.
7. ↑ Artículo 41, I de la ley: "El plan maestro es obligatorio para las ciudades de:
I
con
más
de
veinte
mil
habitantes."
8. ↑ artículo 41, II, de la ley: "El plan maestro es obligatorio para las ciudades:.
(...) II - los miembros de las áreas urbanas y metropolitanas"
9.
↑
Artículo
41,
IV,
de
la
ley.
10. ↑ Artículo 41, Ley V de "El plan maestro es obligatorio para las ciudades:.
(...) V - inserta en el área de influencia de los proyectos o actividades con gran
impacto
ambiental
de
la
regional
o
nacional"
11. ↑ Artículo 41, III, de la ley: "El plan maestro es obligatorio para las ciudades:
(...) III - donde el gobierno municipal tiene la intención de utilizar los
instrumentos previstos en el § 4 del artículo 182 de la Constitución Federal.."
45
12. ↑ Artículo 50 de la ley: "Los municipios que están cubiertos por la obligación
establecida en las fracciones I y II del artículo 41 de la presente Ley que no han
aprobado el plan general de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, deberá
aprobar
en
un
plazo
de
cinco
años.
años.
13. ↑ El artículo 1 de la Ley 11.673: ". Art. 50 de la Ley 10.257, de 10 de julio
2001 en adelante tendrá la siguiente redacción:". Artículo 50 Los municipios
que están cubiertos por la obligación establecida en las secciones I y II de la
parte introductoria del arte. 41 de esta Ley y que no tienen un plan maestro
aprobado en la fecha de entrada en vigor de esta Ley se aprobara el 30 de
junio
de
2008.
"
14. ↑ Artículo 42, I de la ley: "(...) la delimitación de las zonas urbanas donde se
puede aplicar a la obligatoriedad de la subdivisión, construcción o uso, teniendo
en cuenta la existencia de la infraestructura y la demanda para su uso en la
forma
de
arte
.
5
de
la
presente
Ley
".
15. ↑ artículo 42, II, de la ley: "El plan maestro debe contener al menos:. (...) II disposiciones necesarias por las artes (...) 25 de la presente Ley".
16. ↑ artículo 42, II, de la ley: "El plan maestro debe contener al menos:. (...) II disposiciones necesarias por las artes (...) (...) 28 de la presente Ley".
17. ↑ artículo 42, II, de la ley: "El plan maestro debe contener al menos:. (...) II disposiciones necesarias por las artes (...) (...) 29 de la presente Ley"
18. ↑ artículo 42, II, de la ley: "El plan maestro debe contener al menos:. (...) II disposiciones necesarias por las artes (...) (...) 32 de la presente Ley".
19. ↑ artículo 42, II, de la ley: "El plan maestro debe contener al menos:. (...) II disposiciones necesarias por las artes (...) 35 de la presente Ley".
20. ↑ Artículo 28, párr. 1 de la ley: "Para efectos de esta Ley, el coeficiente de
utilización es la relación entre el área y la superficie edificable de la tierra."
21. ↑ Artículo 5, párr. 1 de la ley: "Es la propiedad subutilizadas: I - la utilización
es inferior al mínimo establecido en el plan maestro o en la legislación
correspondiente."
22. ↑ Artículo 5, habitante de la Ley: "Ley para áreas locales específicas
incluidas en el plan maestro puede determinar la subdivisión, construcción o el
uso obligatorio de suelo urbano no edificado, infrautilizado o no utilizado, y
fijará los términos y los plazos para aplicación de esta obligación. "
23. ↑ Artículo 5, párr. 2 de la ley: "El propietario será notificado por la
Administración Municipal a cumplir con la obligación y la notificación debe ser
anotada
en
el
registro
estatal
de
la
propiedad."
24. ↑ Artículo 5, apartado 4, que: "El plazo mencionado en el título no será
inferior a:. I - un año después de la notificación que deberá presentarse ante el
órgano
competente
municipal
en
el
proyecto"
25. ↑ Artículo 5, apartado 4, II, "El plazo mencionado en el título no será inferior
a:. (...) II - dos años a partir de la aprobación del proyecto para empezar a
trabajar
en
el
proyecto"
26. ↑ 7 º, caput, de la ley: "En caso de incumplimiento de las condiciones y
plazos previstos en la forma del encabezamiento del artículo 5 de esta Ley, o si
los pasos indicados en el § 5 del artículo 5 de esta Ley, el.. Municipio ejecutará
el impuesto a la propiedad y la tierra urbana (impuesto sobre bienes inmuebles)
son progresivos en el tiempo, mediante el aumento de la tasa por cinco años
consecutivos.
"
27. ↑ Artículo 7, párr. 1 de la ley: "El valor de la tasa que se aplicará a cada año
se fija por ley específicamente mencionados en el párrafo introductorio del
46
artículo 5 de esta Ley y no podrá superar el doble del valor del año anterior,
respetando
el
tipo
máximo.
quince
por
ciento.
"
28. ↑ 8 º, caput, de la ley: "Después de cinco años de la recuperación
progresiva de los impuestos a la propiedad a menos que el propietario haya
cumplido con el requisito de la subdivisión, construcción o uso, el Ayuntamiento
podrá proceder a la expropiación de la propiedad, con el pago de la deuda
pública
".
29. ↑ Arte. 26 de la ley se establecen todas las hipótesis.
30. ↑ Artículo 25, habitante de la Ley: "El derecho de prioridad para el gobierno
municipal da preferencia a la adquisición de bienes sujetos a costar la
alienación urbana entre particulares."
31. ↑ Artículo 25, párr. 1, "La ley interna basada en el plan maestro establecerá
las zonas que se centrará en el derecho de prioridad y la duración, no superior
a cinco años, renovable de un año después de la expiración del plazo inicial de
validez"
32. ↑ 9 º, caput, del Estatuto: "El que tiene la posesión de una zona urbana o la
construcción de hasta doscientos cincuenta metros cuadrados, por cinco años
sin interrupción o la oposición, que utilizan para su hogar o su familia,
conseguir- que el campo, siempre que no posee ningún otro inmueble urbano o
rural.
"
33. ↑ Artículo 1238, caput, del Código Civil: "Toda persona que, durante quince
años sin interrupción o la oposición, como su dueño de una propiedad,
adquiere la propiedad, independientemente del título y buena fe, pueden
pedirle al juez que así declarada por sentencia, que servirá de base para la
inscripción
en
el
Registro
de
la
Propiedad.
"
34. ↑ artículo 10, caput, del Estatuto: "Las áreas urbanas con más de
doscientos cincuenta metros cuadrados, ocupados por personas pobres de su
casa durante cinco años sin interrupción o la oposición, donde no es posible
identificar las tierras ocupadas por cada propietario, es probable que sean
colectivamente usucapions siempre que los titulares no son propietarios de otro
inmueble
urbano
o
rural.
"
35. ↑ Artículo 10, párr. 3, del Estatuto: "En la sentencia, el juez le asignará la
misma porción ideal de la tierra a cada propietario, sin importar el tamaño de la
tierra que cada uno ocupe, excepto en el caso de acuerdo por escrito entre los
inquilinos, el establecimiento de fracciones diferenciadas ideal".
MI CONTRIBUICIÓN PARA EL ENGRADENCIMIENTO DA CADEIRA PARTE
DEL SEGUINTE:
1. FORMAS DE INTERVENCIÓN ESTATAL EN LA ECONOMÍA
(Musgrave, Musgrave, 1980; Matías-PEREIRA, 2010b) señalan que el Estado
tiene otros instrumentos para intervenir en la economía. A través de la política
económica del gobierno promueve la intervención en la economía con el fin de
mantener el crecimiento económico y altos niveles de empleo, con la
estabilidad de precios. Cabe destacar, entre estas políticas los instrumentos: la
política fiscal y monetaria. A través de ellos se hace posible controlar, por
ejemplo, precios, salarios, inflación, los choques de oferta imponer o restringir
la demanda.
Estas herramientas y los recursos utilizados por el Estado para intervenir en la
economía puede ser definida como sigue:
47
• Política Fiscal - consiste en la generación para la gestión y los ingresos, más
allá del logro de metas y objetivos en el presupuesto del gobierno, que se
utiliza para la asignación, distribución de los recursos y la estabilización de la
economía. Es posible, con la política fiscal, aumentar los ingresos e impulsar la
economía y del PIB, con una mejor distribución del ingreso.
• Política Monetaria - consiste en controlar la oferta monetaria, tasa de interés y
de crédito en general, con el fin de estabilizar la economía y su influencia en la
decisión de los productores y los consumidores. Con la política monetaria
puede controlar la inflación, los precios, restringir la demanda, etc.
• Política Regulatoria -. Implica el uso de medidas legales y decretos, leyes,
ordenanzas, etc, publicado como una alternativa para asignar y distribuir los
recursos y estabilizar la economía. Con el uso de normas, comportamientos
diferentes se les puede prohibir, como la creación de monopolios, cárteles, del
abuso, contaminación, etc.
(Keynes, 1983; Musgrave, 1959, NORTE, 1997), hizo hincapié en que se utiliza
como teorías keynesianas teóricos, y el neo-institucionalista teoría de las
finanzas públicas. Según estos autores, señaló que la teoría de las finanzas
públicas, en general, se refiere a la existencia de fallas de mercado, que exige
la presencia del gobierno, el estudio de las funciones gubernamentales, la
teoría de la tributación y el gasto público. Las funciones del Estado, como se ha
señalado Musgrave y Musgrave (1980) son: la asignación de función - la
provisión de bienes públicos, la función distributiva - ajustes en la distribución
de los ingresos de una manera justa, y la función estabilizadora - utilizar la
política económica para aumentar el nivel de puestos de trabajo, estabilizar los
precios y lograr una tasa adecuada de crecimiento.
Sabemos que la fiscalidad debe servir como una herramienta para la corrección
de los desequilibrios cíclicos y lograr tasas de crecimiento satisfactorias. Los
impuestos deben ser evaluados tanto desde el punto de vista restringido, con
respecto a su eficiencia económica, y una visión más amplia, su adecuación a
los objetivos de la política fiscal. En virtud de la eficiencia óptica, dos principios
guían la teoría de la imposición, la neutralidad y la imparcialidad. En un sentido
más amplio, es decir, para ajustar los impuestos a los principios.
La política fiscal, la teoría de la imposición trata de acercarse a un sistema
tributario ideal a través de los principios de equidad, progresividad, neutralidad
y simplicidad.
Al analizar el impacto de la actividad del sector público - con énfasis en la
política fiscal - en la distribución del ingreso, es evidente que, tan importante
como los efectos de los impuestos, son también los efectos de los gastos del
gobierno. Por consiguiente, puede verse que para el correcto funcionamiento
del estado es esencial para la gestión de las finanzas públicas. Por lo tanto, las
finanzas públicas y garantizar el mantenimiento y administración de los
servicios públicos es una herramienta esencial para generar los estímulos y
corregir los desequilibrios en la economía.
Cualquiera que sea el centro del debate sobre la reducción del gasto público y
el "tamaño" del Estado, es fundamental tener en cuenta su participación en la
48
economía, y las numerosas funciones realizadas por él. En este contexto, el
tema del gasto público debe recibir mayor atención, en particular, cómo decidir
donde los cortes se harán, tales como salud, educación, defensa, policía,
justicia, o la inversión económica y social. No es un fenómeno de creciente
participación en el gasto público en el PIB en todas las economías principales
del mundo. Históricamente, esto ha sido explicado por el envejecimiento de la
población y el proceso de urbanización. El aumento del gasto público ha sido
total o parcialmente compensada por el aumento de impuestos, sin causar gran
impacto en el porcentaje de deuda sobre el producto nacional.
Los principales conceptos utilizados en este trabajo se destacan a
continuación. Las finanzas públicas de un país, en general, están dirigidos a las
operaciones relacionadas con los ingresos, gastos, presupuesto y crédito
público. Se refiere por lo tanto, con la obtención, distribución, uso y control de
los recursos financieros del Estado (Musgrave, Musgrave, 1980; MatíasPEREIRA, 2010b).
La política fiscal debe ser entendida como el conjunto de medidas relativas a la
tributación, gasto público, la deuda interna y externa del Estado, y las
operaciones y condición financiera de los órganos y organismos autónomos o
estatales, por la que se determina la cantidad y la distribución inversión y el
consumo público como los componentes del gasto nacional. Es decir, la política
fiscal es la manipulación de los impuestos y de gasto del gobierno para regular
la actividad económica. Se utiliza para contrarrestar la depresión y la inflación.
A su vez, la política monetaria es el conjunto de acciones llevadas a cabo por el
Banco Central, cuyo objetivo es influir en el crecimiento económico a través del
manejo de las variables monetarias en la economía. A través de su aplicación,
que proporciona las variables de gestión, tales como la inflación, la emisión
monetaria, el funcionamiento de la regulación del Banco Central de los bancos
comerciales, los intereses, la protección de las reservas del país, entre otros.
Es decir, la política monetaria es la actuación de las autoridades monetarias,
por medio de instrumentos de efecto directo o inducido, con el fin de controlar
la liquidez global del sistema económico. Se observa que existe una estrecha
relación entre las políticas fiscal y monetaria, ya que son complementarias.
La carga tributaria puede ser definida como la recaudación total de los ingresos
tributarios del Estado respecto al PIB del país. El tributo es el porcentaje que
usted paga sobre las ventas, debido a suministrar bienes o servicios o
transacciones económicas. Los ingresos tributarios es el dinero que entra en
las arcas del Tesoro como resultado de la recaudación de impuestos.
La inflación debe ser entendido como el crecimiento continuo, persistente y
generalizada de precios. Los tipos de inflación son: la demanda, los costos o la
inercia. La inflación de la demanda es la más común. Se produce cuando hay
exceso de demanda de bienes y servicios o la demanda agregada por parte de
los agentes económicos (las categorías se conoce como familias, empresas,
gobierno y resto del mundo), al pulsar el consumidor más allá de la capacidad
de suministro para satisfacer se mantiene constante los precios promedio de la
economía. Su control se realiza mediante la limitación de consumo a través de
la restricción monetaria, elevando la tasa de interés real (Selic tasa nominal,
como en el caso de Brasil es la tasa Selic, descontada la proyección de la
inflación), a través de la política la política monetaria aplicada por el Banco
Central, basado en el sistema de metas de inflación. La política fiscal, mediante
49
la reducción de incremento del gasto público en los ingresos del gobierno
también se utiliza en el esfuerzo por reducir la inflación.
Sin embargo, es la descripción cualitativa que guiará a los tres supuestos
básicos que son el crecimiento económico, los niveles de empleo y la inflación
emergen como variables importantes para evaluar las tendencias de la
economía mundial y nacional. Si hay menos demanda, unido a una fuerte caída
en el empleo, el comercio mundial se afitado, que producen efectos negativos a
gran escala en la economía en todos los niveles.
2. LOS INDICADORES RECIENTES DE LA ECONOMÍA BRASILEÑA
Consolidará la posición de Brasil como la octava economía más grande del
mundo. Los resultados del PIB 2010 se puede ver en la Tabla 1, se muestra a
continuación, que muestra la economía brasileña que años.
Cabe señalar también que el análisis de la demanda, el gasto en consumo de
los hogares creció un 7,0% en 2010, el séptimo año consecutivo de aumento.
La formación bruta de capital fijo creció un 21,8%, el mayor acumulado cuatro
trimestres de la serie iniciada en 1996. Ya el gasto en consumo del gobierno
general aumentó también un 3,3%.
Como parte del sector externo, las exportaciones crecieron un 11,5% y las
importaciones crecieron un 36,2%. Contribuye a este marco para el intercambio
de la apreciación del tipo que tuvo lugar entre 2009 y 2010. El tipo de cambio
(medido por la tasa de cambio promedio anual de R $ / $ EE.UU. de compra y
venta) varió desde 2,00 hasta 1,76. La tasa de inversión en 2010 fue de 18,4%
del PIB, superior a la tasa del año anterior (16,9%). Dado que la tasa de ahorro
alcanzó el 16,5% del PIB contra el 14,7% del año anterior.
En la Tabla 2, se presenta a continuación, se muestran los indicadores más
relevantes de la balanza de pagos, que muestran el desempeño de la balanza
comercial y, en particular los resultados de las transacciones en cuenta
corriente, que mostró un saldo negativo de 47,5 millones de dólares en 2010.
La recaudación de impuestos por el Estado brasileño se mantuvo en el 34% del
PIB en 2010. Se observa que el nivel de impuestos de ese año se mantiene sin
cambios, con ligeras oscilaciones, desde el año 2005. Los impuestos más
ingresos como proporción del PIB en 2010 fueron: el ICMS (Impuesto sobre
Circulación de Mercaderías y Servicios), fijado en el ámbito estatal, con el
7,25%, el impuesto sobre la renta federal, con el 5,75%, seguido de por las
contribuciones de la Seguridad Social con un 5,75%, y COFINS (Contribución
al Financiamiento de la Seguridad Social), con 3,70%.
La inflación, basado en el índice nacional de precios al consumo (IPCA)
alcanzó en 2010 el 5,91%, por encima del centro de la meta de inflación fijada
para ese año fue del 4,5%. El mercado, por su parte, estima que la inflación
IPCA en el año 2011 será 5,80% y 4,80% en 2012. El centro de la meta de
inflación para ambos años es de 4,50% y la tolerancia de dos puntos
porcentuales hacia arriba o hacia abajo. Se recuerda que en 2010 el objetivo
era el mismo, la inflación fue 5,91 por ciento. El mercado se prevé que el
Producto Interno Bruto (PIB) en 2011 crecerá un 4,5%. El mercado estimado
para la tasa de interés básica para 2011 es de 12,50% y 11,25% en 2012. Para
el mercado de divisas se estima que el dólar cierre en el 2011 por $ 1.70. A
50
finales de 2012, el pronóstico para el tipo de cambio es de $ 1,79. El pronóstico
para el déficit en cuenta corriente en 2011 es EE.UU. $ 66,25 mil millones. Para
2012, el déficit en cuenta corriente de la balanza de pagos se estima en
EE.UU. $ 70,00 millones (BCB mar. De 2011).
Debemos enfatizar aquí que caracterizan a la economía brasileña, nuestra
mente tiene dos aspectos:
El primero es un país beligerante en la economía mundial;
Segundo Siendo un país del tercer mundo .
Luego viene el papel que el país africano que quieren llegar a un crecimiento
económico y, posteriormente, establecer un desarrollo económico sostenible es
necesario que apriete los ideales de la economía brasileña. El país africano,
donde Angola se limita, donde la lucha es la creación de un Estado
democrático y de derecho es esencial que sigamos los caminos que siguen la
economía brasileña.
3. REANUDACIÓN DEL PROCESO DE CRECIMIENTO ECONÓMICO
MUNDIAL
Se observa que la reanudación del crecimiento económico en el mundo se
desacelerará en los próximos años, con efectos perversos sobre el empleo y
los ingresos de todo el mundo. En este sentido, es evidente que la resistencia
de los países más desarrollados, especialmente Estados Unidos y la Unión
Europea (UE) está a la altura de lo necesario, a pesar de tener más
responsabilidad en la solución de la crisis, precisamente los países que se han
producido las burbujas especulativas, debido a las fallas de la regulación
financiera.
Cabe señalar que se produjo tanto en la crisis de 1929 como la crisis actual,
una clara ineficiencia de los mecanismos de regulación del Estado. Hay que
recordar que las crisis son fenómenos inherentes al sistema capitalista, debido
a sus imperfecciones reconocidas, lo que refuerza la necesidad de que el
Estado actúe constantemente como un organismo regulador.
La desconfianza en los mercados persiste. A pesar de las muchas acciones de
los Estados desarrollados y emergentes, que actúan para preservar el
monopolio de la emisión y regulación de la potencia de la moneda, hay indicios
de que algunos de los directamente involucrados en las economías en crisis se
dirigen hacia la deflación. Recuerde que en Brasil el efecto de la fuerte
devaluación del real frente al dólar en el segundo semestre de 2008 se vio
compensado en el índice de inflación.
4. OCDE: PANORAMA ECONÓMICO MUNDIAL PARA 2011-2012
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en su
informe relativo a las perspectivas económicas mundiales para 2011 (. OECD
Economic Outlook sin 88a), lanzado en noviembre de 2010, confirmó una
desaceleración del crecimiento en los países ricos que pertenecen a ella particularmente en los Estados Unidos - y le pidió que se intensifique la
coordinación para reducir los desequilibrios mundiales que amenazan la
51
reactivación económica. El crecimiento de la OCDE del Producto Interno Bruto
(PIB) es de 4,6% en 2010, pero bajará al 4,2% en 2011, para volver a subir
hasta el 4,6% en 2012. La desaceleración de 2011 es notable en las principales
áreas cubiertas por la OCDE, integrada por 33 países más ricos del mundo,
con economías de mercado y la democracia. El conjunto de la OCDE crecerá
un 2,8% en 2010, pero su PIB crecerá sólo un 2,3% en 2011. El desempleo
seguirá alto en la zona.
OCDE advierte (Nov. 2010), sin embargo, que la inflación podría alcanzar tasas
más elevadas que las previstas por el gobierno federal en los años 2011 y
2012. Para el empleador los factores que ayudaron a mantener su control hasta
ahora no se espera que se mantenga la tendencia es que la inflación aumente
en los próximos dos años y sugiere que el ajuste monetario se debe tomar para
tratar de frenar esta tendencia de la inflación alta.
Para la OCDE el crecimiento del PIB de EE.UU. para desacelerar de 2,7% en
2010 al 2,2% en 2011, y luego pasar a 3,1% en 2012. La organización también
predice que el desempleo en el retiro de EE.UU. poco a poco, hasta el 9,5% en
2011 y 8,7% en 2012, en comparación con la tasa actual del 9,7%. El PIB de la
Eurozona, a su vez, en 2011 crecerá un 1,7%, pero estancará el año que viene
este nivel, para llegar a un 2% en 2012. En el caso de Japón, la OCDE ha
pronosticado un crecimiento del 3,7%. Sin embargo, la economía japonesa
debe contentarse con un crecimiento del 1,7% en 2011 y un 1,3% en 2012.
Para la OCDE (noviembre 2010), los riesgos siguen existiendo importantes
desequilibrios de alta y mundial, y más pronunciada en algunos países, se
teme un debilitamiento de la reactivación, que requiere una coordinación de las
políticas macroeconómicas y las políticas de tipo de cambio. La economía
mundial seguirá recuperándose, pero el progreso será más reticentes en los
próximos años.
Uno los principales riesgos a la baja a la recuperación global y la crisis de la
deuda soberana en Europa, es el debilitamiento continuo en el mercado
inmobiliario de EE.UU., que podría deteriorarse. Al mismo tiempo, la inversión
privada puede sorprender a agregar un gran impulso a la economía.
La tasa de desempleo en los países miembros caerá moderadamente, a
alrededor de 7,25% a finales de 2012 en comparación con el nivel anterior a la
crisis de poco más de un 5,5%. La inflación debería estabilizarse gradualmente
a una tasa baja. Fuera de los países de la OCDE, la demanda interna se
espera que aumente con la disminución de la capacidad ociosa y la
normalización de la política monetaria continuó.
Los datos del informe de la OCDE (noviembre 2010) ha confirmado que el
Producto Interno Bruto brasileño se cerraría el año 2010 con un crecimiento del
7,5%, a pesar de la desaceleración económica del país registró en el segundo
trimestre de ese año. La fuerte expansión económica en 2010 se debió
principalmente al estímulo del gobierno. En términos de inflación, la OCDE
predijo que la tasa superará el objetivo del 4,5% durante el próximo año, con la
reanudación de la actividad económica y los efectos finales de la reciente
apreciación del real. La agencia también advirtió del elevado déficit por cuenta
52
corriente en el país, que espera que crezca a 76 dólares EE.UU. millones de
dólares en 2011 y $ 107 mil millones en 2012.
5. FMI: PERSPECTIVAS DE CRECIMIENTO DE LA ECONOMÍA MUNDIAL
EN 2011-2012
El informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) sobre las perspectivas de
crecimiento mundial en 2011 (World Economic Outlook - Actualización), se
indica con mayor claridad los efectos de la recesión económica mundial. De
acuerdo con las proyecciones de los escenarios, la economía mundial crecerá
4,7% en 2010, un 4,5% en 2011 y 4,4% en 2012. Por lo tanto, la recuperación
económica debe seguir siendo, pero no es un llamado de alerta para la zona
del euro, con énfasis en las economías de Irlanda y Grecia, que señaló las
dificultades internas. La actividad en las economías avanzadas deberían
ampliar al 2,5% en el período 2011 a 2012, según los analistas (FMI, enero
2011).
La inflación para el FMI (Enero 2011) está bajo control en la mayoría de los
países y la política monetaria también se elogió como "apropiado". Sin
embargo, hay una advertencia que se aplica a los países desarrollados y en
desarrollo se trata de la posible presión de los precios de las materias primas.
El FMI (2011) también advierte que se debe incluir entre las prioridades para
una vigilancia intensiva y la regulación del sector financiero, así como la
adopción de políticas basadas en la financiación pública para la planificación y
control del gasto del gobierno, incluyendo las inversiones en infraestructura.
El informe plantea la proyección del Producto Interno Bruto brasileño en el
2011 del 4,1% al 4,5%. Sin embargo, para el año 2012, el pesimismo se
mantiene, y la proyección del PIB se estima en 4,1% (FMI, enero 2011). El país
tenía una entrada de registro de inversión extranjera directa de $ 15.4 mil
millones en diciembre de 2010. Por lo tanto, la entrada neta de inversiones de
no residentes en 2010 llegó a $ 48,5 mil millones, también un récord, con un
incremento del 86,8% respecto al año anterior. El país tuvo un déficit en cuenta
corriente de los EE.UU. $ 3493 millones en diciembre. En el año, el déficit fue
de EE.UU. $ 47,518 mil millones, equivalente al 2,28% del Producto Interno
Bruto (PIB).
El FMI también revisó al alza la expansión económica de Rusia para este año,
del 4,3% al 4,5%. En 2012, el Producto Interno Bruto (PIB) de Rusia debe
avanzar un 4,4%, sin cambios. Para la India, las previsiones de crecimiento de
la economía se mantuvo en el 8,4% en 2011 y un 8% en 2012. El Fondo
también ha mantenido las perspectivas para el desempeño económico de
China, con un crecimiento del 9,6% este calendario, y el 9,5% en 2012.
En las economías en desarrollo, el crecimiento promedio debe oscilar alrededor
del 6,5%, lo que indica una desaceleración moderada del crecimiento, frente al
7% en 2010. Para estimular el crecimiento y la reducción de la pobreza, el
Fondo recomienda que los líderes políticos dar prioridad a la adecuación de la
composición del gasto público y los flujos de ingresos.
6. DEBATE SOBRE LAS PERSPECTIVAS DE LA FRAGILIDAD Y EL
CRECIMIENTO EN BRASIL
Es importante destacar que Brasil, el punto de vista económico, tiene en la
actualidad un equilibrio fiscal razonable. Los costos se ajustan a los límites de
53
ingresos y la deuda con el PIB está disminuyendo lentamente. Es notable,
desde la promulgación de la Constitución Federal de 1988, que Brasil está
avanzando adecuadamente en el proceso de mejora de las instituciones,
actuando como un inductor de Estado. El desarrollo, teniendo como un actor
clave en este proceso, el sector privado. Por lo tanto, con el apoyo del análisis
de los informes y datos de rendimiento de la economía nacional y tenemos la
intención de promover, a continuación, una discusión acerca de las debilidades
del país y medidas para reducir sus vulnerabilidades.
Cabe señalar inicialmente que el fuerte crecimiento del PIB en Brasil en 2010
se basó en la comparación de la economía experimentó un crecimiento
negativo en 2009. El brasileño en 2011, en particular la industria, debe ser muy
baja en comparación con el ejercicio de 2010. Se recuerda que en 2009, el PIB
de la industria cayó 5,5% y en 2010, aumentó en un 10,1%. Sin embargo, en
caso de una expansión de 4,5% del PIB en 2011 para marcar las proyecciones
de instituciones internacionales y nacionales, el crecimiento de la demanda
interna será del 6,7%. Este hallazgo es preocupante, ya que revela que la
economía no se está desacelerando. Por lo tanto, teniendo en cuenta que esta
demanda es casi la misma que la registrada en 2008, cuando la economía era
todavía un fuerte ritmo, aumentando los riesgos de inflación están presentes en
2011 y 2012.
Brasil tiene en su elenco de las debilidades, en la actualidad, el bajo
rendimiento en la balanza de pagos. Por lo tanto, es esencial que el gobierno
tome medidas coherentes para reducir la vulnerabilidad externa de un país
para lograr importantes excedentes en la balanza comercial. El Brasil, en este
sector ha tenido un desempeño preocupante, como lo demuestran los
indicadores más relevantes de la balanza de pagos en 2010. El rendimiento de
la balanza comercial indica que en 2010 el país exportó 201,9 mil millones
dólares EE.UU. e importó $ 181,6 mil millones, lo que resultó en un superávit
de sólo $ 20,2 mil millones. Cabe señalar que el saldo de la cuenta la cuenta
corriente de pagos registró un monto negativo de $ 47,5 mil millones en 2010.
Se observa que en un entorno externo favorable, el crecimiento económico
continuado en los próximos años dependerá de las mejoras en la productividad
de la economía brasileña. Para ello será necesario aumentar el nivel de
inversión, que se encuentra actualmente en torno al 18,5% del PIB, un nivel
cercano al 25% del PIB. Para que esto ocurra, el gobierno debe, entre otras
medidas, continuar con las reformas microeconómicas que generan incentivos
para la inversión privada. Entre estas reformas se incluyen la definición de un
marco regulatorio consistente, continuar con la mejora del sistema tributario,
entre otros. Estas medidas tienden a aumentar la competitividad de la
economía, creando así las condiciones básicas para permitir el crecimiento
sostenible de la economía brasileña en los próximos años.
Por lo tanto, es esencial para profundizar las reformas microeconómicas que
permitan reducir el gasto fiscal, aumentar el grado de competencia en nuestra
economía, reducir las distorsiones en nuestro sistema fiscal, y aumentar la
seguridad de los contratos. Con estas reformas que el país tenderá a reducir
las vulnerabilidades de la economía. Y este nuevo nivel, adoptar una política
económica con una mayor autonomía, lo que le permite reducir las tasas de
54
interés reales y parte superior do formulario. Excedentes primarios, así como el
uso de políticas contracíclicas, como lo hacen las economías desarrolladas.
Matías; Kruglianskas, 2004, señala que la vulnerabilidad externa de Brasil
también se desprende de las formas de la debilidad y la fragilidad de la
producción tecnológica y comercial. La tecnología es frágil debido al hecho de
que las tecnologías de hoy en día están dominadas por un conjunto limitado de
empresas que en su mayoría se han originado en los países centrales. Por lo
tanto, la modernización de la producción nacional, es la dependencia de estos
mercados para adquirir tecnología, lo que conduce a la fragilidad.
Aún de acuerdo con esta fragilidad autor y la producción comercial se presenta
principalmente en los países en desarrollo y los países subdesarrollados,
donde la tecnología se combina con una estructura de producción negativa
débil - en el que los principales productos de exportación son los productos con
bajo valor agregado y con precios fijados internacionalmente y las
importaciones se concentran en bienes de consumo o de capital, con alto valor
agregado. Esta combinación de las exportaciones de bajo valor y las
importaciones de un daño de gran valor para el país, ya que aprovecha un
déficit comercial, por lo que el cambio estructural de la producción, dada la
tecnología tiene que ser importado. Otro punto débil de la estructura productiva
de Brasil con respecto a la creciente participación de empresas extranjeras,
porque las decisiones de inversión y de exportación se trasladan a otros
países.
La vulnerabilidad externa de la tecnológica y la producción comercial puede ser
aceptado como un solo proceso, en el que el atraso tecnológico nacional y la
dependencia de producir una estructura productiva orientada al mercado
interno, provocando una estructura negativa del sector exterior - ha añadido las
exportaciones de bajo valor y depende en gran medida los precios
internacionales-. Por lo tanto, la vulnerabilidad externa de Brasil es también,
además de la estructura financiera. Esta es una preocupación de que la
capacidad de respuesta de las autoridades económicas en contra de cualquier
cambio en el exterior internacional es significativamente baja.
En este escenario, se observa que la economía brasileña es asimétrica
internacionalizado. La apertura del mercado interno no se tradujo en la
conquista de otros mercados de la intensidad necesaria. La
internacionalización de la economía brasileña, de una manera pasiva, es un
fenómeno antiguo, cuyos efectos se vieron compensados por mayores
protecciones comerciales. Es evidente, por tanto, que la apertura del mercado,
los déficits y desequilibrios requerir medidas adicionales, tales como la
generación de un apoyo activo a la internacionalización de las empresas
brasileñas.
7. ANÁLISIS DE RENDIMIENTO DE LA ECONOMÍA BRASILEÑA
Mantenimiento de un crecimiento económico sostenido - la necesidad de
aumentar el empleo, reducir las desigualdades en la informalidad y social - es
factible, a condición de que la política económica, en particular políticas fiscales
y monetarias sufrir algunos ajustes importantes. Se sabe que para lograr
niveles más bajos de inflación, la economía debería aumentar la tasa de
desempleo compatible el pleno empleo de factores. La adopción de medidas
55
restrictivas para lograr las metas de inflación en 2011 y 2012, fijado en el 4,5%,
a su vez, conducirá a un aumento del desempleo y las tasas de interés
estables en un nivel alto.
Creemos que es importante que el gobierno federal para intensificar la
publicidad de la sociedad de los resultados positivos alcanzados en la
economía en 2010, así como las proyecciones favorables para los próximos
años, ya que estas señales por parte del gobierno tienden a generar un efecto
psicológico positivo en las expectativas de los agentes económicos. Hay
evidencia de que, configurado para reducir el ritmo de crecimiento económico
en Brasil en 2011 y 2012, el país ya no será capaz de seguir contando con una
coyuntura internacional favorable, ya que prevaleció en el período 2003 a 2008.
¿Qué pasa con este nuevo escenario, debe tenerse en cuenta, Brasil no tiene
ninguna influencia o control.
El modelo económico vigente, que trata de conciliar el crecimiento económico,
altas tasas de interés reales, el aumento del superávit primario y los avances
en las cuentas fiscales no es sostenible por mucho tiempo. Por lo tanto, es
necesario hacer cambios creativos en este modelo, tratando de combinar el
logro de superávit primarios de las tasas de interés más bajas y el crecimiento
económico continuo en el nivel adecuado. De esa manera usted puede reducir
gradualmente la deuda interna / PIB. En la conducción de la política fiscal: la
reducción del gasto corriente y el gasto de aumento de la inversión, para
depender menos de las altas tasas de interés para contener la inflación y la
política monetaria: adopción de menos perjudicial para la economía, tales como
la elevación los requerimientos de reserva o el impuesto sobre operaciones
financieras (IOF) para combatir la inflación, y el tipo de interés reducido.
Así, es posible refutar el mantenimiento de la actual política económica,
particularmente las políticas fiscales y monetarias que mantienen la
transferencia de ingresos de pobres a ricos, ya que se centra demasiado en el
capital financiero. Los signos de debilidad de la economía de Brasil son
evidentes en el nivel de deuda pública, una baja tasa de ahorro interno, una
menor participación en el comercio internacional, en el que algunas
importaciones y exportaciones respecto al PIB-y por una integración imperfecta
en el sistema financiero a nivel internacional.
CONCLUSIÓN
Se demuestra que los efectos de la crisis que sigue afectando la mayoría de las
economías de los países del mundo, a pesar de los diferentes niveles de
intensidad, ya que afecta a cada país. Los estudios y los indicadores
económicos y sociales aquí analizados, producidos por el Banco Mundial, el
FMI, la OCDE, el IBGE y el Ministerio de Hacienda de Brasil, lo que refuerza la
idea de que hay un enfriamiento de la crisis en la economía global.
Se observa que tanto el FMI y los gobiernos de los estados-nación, en
particular las economías más desarrolladas, no están progresando
adecuadamente en las medidas de regulación del mercado financiero. Cada
Estado-nación, teniendo en cuenta sus particularidades, está buscando para
encontrar sus propios productos en esta área.
56
Cabe señalar que la conducta de la política económica en Brasil se presenta
muy complejo, porque va más allá de la preocupación por la maximización del
empleo y la estabilidad del valor de la moneda. También formaron parte de la
protección social, disminución del nivel de pobreza, la reducción de la
desigualdad de los ingresos personales, la reducción de los desequilibrios
regionales, entre otros. El actual gobierno ha establecido como una prioridad,
por ejemplo, la puesta en práctica del plan de crecimiento acelerado (PAC 2) y
la política de desarrollo productivo (PDP), para reducir los gastos del
presupuesto, preservar los programas sociales, inversiones y empleo, lo que
garantiza la protección de los sectores más vulnerables, seguir mejorando el
salario mínimo, entre otras acciones.
Nosotros sostenemos que es necesario que el país - mientras que el escenario
mundial favorable de beneficio Brasil en el período 2003 a 2008 ya no existe se preparan para enfrentar las turbulencias externas y buscan ampliar su
mercado interno de manera adecuada. La competencia en el mercado mundial,
incluso antes de que el proceso de recuperación de los países más
desarrollados y en desarrollo seguirá siendo muy dura.
En cuanto a los cambios necesarios en la conducción de la política monetaria
en el país, en particular, la reducción en las tasas de interés, es esencial que el
Banco Central (BCB), a pesar de las incertidumbres en el escenario externo,
asumir una postura menos conservadora en sus decisiones. La práctica actual
en Brasil una de las tasas de interés más altas del mundo, del 11,75% por año
(BCB mar. De 2011). El costo de estas decisiones equivocadas de la autoridad
monetaria son muy altos para la sociedad brasileña.
Podemos concluir, antes de que los nuevos niveles mundiales y nacionales, es
esencial que el aspecto gobierno brasileño la política económica en vigor, con
mayor intensidad con la política fiscal y la reducción de la importancia de la
política monetaria. Este esfuerzo requerirá de mayores recortes en los gastos
corrientes del sector público, priorizar las inversiones en sectores estratégicos,
la reducción de impuestos, los impuestos indirectos sobre todo, la reducción del
servicio de la deuda, a través de recortes en las tasas de interés, controlar la
inflación y medidas para evitar una apreciación real. Estas acciones y medidas
para elevar el nivel de coherencia en la conducción de la política económica
son esencial para permitir a Brasil para enfrentar adecuadamente los complejos
problemas socio-económicos, los efectos políticos y ambientales derivados de
la crisis financiera aún persiste y la crisis económica.
Una vez más yo apoyo mi opinión en relación a Brasil ya los países africanos
siguen sumidas en niveles similares en comparación con el crecimiento de sus
economías afectadas por la crisis mundial se pudo comprobar tanto a nivel
interno en cada país, así como las regiones donde se limitan, ya que ningún
país puede considerarse estable y autónomo.
57
A pesar de los constantes cambios que el mundo puede promover el
crecimiento económico para elevar los niveles mundial, regional o local, aún
hoy siguen viviendo en un mundo difícil para reunirse frente a la crisis mundial
que devastó la mayor parte de América del Norte y en la actualidad continúa
por la mayoría casi abrumadora del país en Europa a vivir una crisis de
infraestructura de onda, distinguiéndose por el desempleo cada vez más
desenfrenado, que puede conducir a situaciones abrogatorias menos por su
gente, en lugar de aumentar su círculo de maniobras cerrada.
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EXAME
1 .- En el Derecho Económico ha dicho:
a) El derecho mercantil o derecho de los negocios es una rama del derecho
privado que puede ser entendido como un conjunto de normas disciplinarias
61
que rigen la actividad empresarial del emprendedor, y cualquier persona o
entidad, con fines económicos, siempre y como de costumbre y se envía al
producción de bienes o servicios que lleva a las hojas de resultados o
beneficios, y que se lleva con la racionalidad de la "sociedad", con una rama
particular del derecho privado. Derecho mercantil o derecho de los negocios es
una rama del derecho privado que puede ser entendido como un conjunto de
normas disciplinarias que rigen la actividad empresarial del emprendedor, y
cualquier persona o entidad, con fines económicos, siempre que habitual y
dirigió la producción de bienes o servicios que lleva a las hojas de resultados o
beneficios, y que se lleva con la racionalidad de la "sociedad", con una rama
particular del derecho privado.
b) El derecho mercantil o derecho de los negocios es una rama de la ley estatal
que puede ser entendido como un conjunto de normas disciplinarias que rigen
la actividad empresarial del emprendedor, y cualquier persona o entidad, con
fines económicos, siempre y como de costumbre y se envía al producción de
bienes o servicios que lleva a las hojas de resultados o beneficios, y que se
lleva con la racionalidad de la "sociedad", con una rama particular del derecho
privado. Derecho mercantil o derecho de los negocios es una rama del derecho
privado que puede ser entendido como un conjunto de normas disciplinarias
que rigen la actividad empresarial del emprendedor, y cualquier persona o
entidad, con fines económicos, siempre que habitual y dirigió la producción de
bienes o servicios que lleva a las hojas de resultados o beneficios, y que se
lleva con la racionalidad de la "sociedad", con una rama particular del derecho
privado.
c) Derecho mercantil o derecho de los negocios es una rama del derecho que
abarca la ley del estado bipolar y el sector privado que puede ser entendido
como un conjunto de normas disciplinarias que rigen la actividad empresarial
del emprendedor, y cualquier persona o entidad, con fines económicos siempre
y como de costumbre y dirigió la producción de bienes o servicios que lleva a
las hojas de resultados o beneficios, y que se lleva con la racionalidad de la
"sociedad", con una rama particular del derecho privado. Derecho mercantil o
derecho de los negocios es una rama del derecho privado que puede ser
entendido como un conjunto de normas disciplinarias que rigen la actividad
empresarial del emprendedor, y cualquier persona o entidad, con fines
económicos, siempre que habitual y dirigió la producción de bienes o servicios
que lleva a las hojas de resultados o beneficios, y que se lleva con la
racionalidad de la "sociedad", con una rama particular del derecho privado.
d) Ninguno de los puntos es cierto
2 .- ¿Qué consecuencias puede conducir a la falta de registro de la junta
directiva de comercio de una empresa en particular y / o institución:
a) La pérdida parcial de los activos personales de los miembros y permite la
posibilidad de registrar la sociedad en los organismos públicos, tales como el
IRS y Seguridad Social.
62
b) Pérdida de la protección de los activos personales de los accionistas. -La
falta de registro de la empresa en los organismos públicos, tales como el IRS y
Seguridad Social.
c) Adquirir la capacidad de registrar la sociedad en los organismos públicos,
tales como el IRS y Seguridad Social mediante el pago de una multa
considerable.
d) Adquirir la capacidad de registrar la sociedad en los organismos públicos,
tales como el IRS y Seguridad Social, estos órganos mediante una petición que
eximiría del pago de una multa considerable, sino para buscar un mayor
consenso.
3 .- En el Orden Económico Constitucional ha dicho:
a) El orden económico nacional ha sido sancionado por la legislatura en el
Título VII de la Constitución de las artes. 170-192, y está destinado en parte a
la disciplina del ejercicio de actividades económicas a través de mecanismos
de protección y restricción de este tipo de ejercicio.
b) La política económica nacional fue legislado en el Título VII de la artis
Federal Cosntituição. 170-1990, y se supone que los mecanismos de
protección y la restricción del ejercicio de la actividad económica.
c) El orden económico se rige por el legislador nacional en el Título VII de la
Constitución de las artes. 170-192, y su objetivo es regular el ejercicio de las
actividades económicas a través de mecanismos de protección y restricción de
este tipo de ejercicio.
d) El orden económico nacional ha sido sancionado por la legislatura intitle VII
de la Constitución de las artes. 170-192, y tiene por objeto regular la conducta
de la empresa a través de mecanismos de protección con restricción de este
ejercicio.
4 .- Continuando con el orden económico, dice:
a) Como se ha señalado, el orden económico nacional basado en el sistema
social y económico, ya que adoptó como paradigma de la libertad de acción y
reforzar la propiedad social. Por lo tanto, hemos adoptado expresamente la
libertad de producción, a diferencia de la participación del Estado como agente
económico.
b) Como se ha señalado, el ordenamiento económico basado sólo en el
sistema económico capitalista, sino también en otros sistemas antes de permitir
la adaptación vigorizante paradigmas como la libertad de acción y fortalecer la
propiedad privada. Por lo tanto, hemos adoptado expresamente la libertad de
producción, a diferencia de la participación del Estado como agente económico.
63
c) Como se ha señalado, el orden económico nacional basado en el sistema
económico capitalista, adoptado como paradigmas de la libertad de acción y
fortalecer la propiedad privada. Por lo tanto, hemos adoptado expresamente la
libertad de producción, a diferencia de la participación del Estado como agente
económico.
d) Como se ha señalado, el orden económico nacional basado en el sistema
bipolar económico, capitalista / socialista, tomó como paradigmas de la libertad
de acción y fortalecer la propiedad privada. Por lo tanto, hemos adoptado
expresamente la libertad de producción, a diferencia de la participación del
Estado como regulador de la actividad económica.
5 .- Sobre el concepto de orden económico, dice:
a) El orden económico es un subproducto natural de la colectividad social
generado espontáneamente abstracto. El orden económico es el carácter
constitucional de concreto, valora positivamente y se derivan de la voluntad
humana, en una síntesis, representa la amalgama dialéctica de todo el orden
económico.
b) El orden económico es un subproducto natural generado real de profundidad
por una ley que agiliza las relaciones sociales de la comunidad. El orden
económico es el carácter constitucional de concreto, valora positivamente y se
derivan de la voluntad humana, en una síntesis, representa la amalgama
dialéctica de todo el orden económico.
c) El orden económico natural no es un subproducto, sino una consecuencia
más abstracta simplificada y dirigida por el hombre que puede generar de
manera espontánea colectividad social. El orden económico es el carácter
constitucional de concreto, valora positivamente y se derivan de la voluntad
humana, en una síntesis, representa la amalgama dialéctica de todo el orden
económico.
d) Ninguna de las sub-párrafos es cierto.
6 .- Hacer una caracterización de la justicia social basada en la Constitución:
a) La Constitución Federal, en el artículo 3, para enumerar los objetivos básicos
de la república, tiene la necesidad de construir un país libre, justo, que se
complementa no sólo la disciplina de orden económico, pero también se basa
en el orden legal y socialmente.
b) La Constitución Federal, en el artículo 3, para enumerar los objetivos básicos
de la república, tiene la necesidad de construir un país libre, justo, que se
complementaría con la disciplina de orden económico, aunque hay personas
que disfrutan de inmunidad a vivir estos principios.
c) La Constitución Federal, en el artículo 3, para enumerar los objetivos básicos
de la república, tiene la necesidad de construir un país libre, justo, basado en la
64
desigualdad entre los hombres, en consonancia con la élite de estado que cada
uno mantiene.
d) La Constitución Federal, en el artículo 3, para enumerar los objetivos básicos
de la república, tiene la necesidad de construir un país libre, justo, que se
complementaría con la disciplina de orden económico, cuando se pone el
objetivo de la justicia social.
7 .- Soberanía Nacional
a) La soberanía nacional es una forma de garantía de la independencia
nacional, que es la fundación de la República (art. 1, CF), asistido por el
binomio cuyo significado aquí es buscar un capitalista autónomo / socialista, lo
que permite la adopción de un sistema económico capitalista / socialista, sin la
dependencia extrema del capitalismo / socialismo en todo el mundo.
b) La soberanía nacional es la garantía de la independencia nacional, que es la
fundación de la República (art. 1, CF), el significado aquí es buscar una
autonomía participativa y social, permitiendo la adopción de un sistema
económico social, sin la dependencia extrema del socialismo mundial.
c) La soberanía nacional es la garantía de la independencia nacional, que es la
fundación de la República (art. 1, CF), el significado aquí es la búsqueda de un
órgano autónomo de la soberanía nacional de garantizar el control del país.
d) La soberanía Nacional es la garantía de la independencia nacional, que es la
fundación de la República (art. 1, CF), el significado aquí es buscar una
autonomía capitalista, que permite la adopción de un sistema económico
capitalista, sin el extremo la dependencia del capitalismo mundial.
8 .- La defensa del medio ambiente es un elemento, ya que permite enerente:
a) La realización de la actividad económica productiva supone el uso predatorio
de los recursos naturales una vez que se renueva de vez en cuando. Así, al
exigir que la protección constitucional del medio ambiente sea el principio de
orden económico, definido por un lado, que el Estado establezca políticas para
el uso y la preservación del medio ambiente y en la otra norma de conducta
para el empresario en el sentido de que la armonización sus intereses
económicos con el reflejo de la explotación económica del medio ambiente
podrían generar para la sociedad.
b) El ejercicio de la actividad económica productiva no puede asumir el uso
predatorio de los recursos naturales. Así, al exigir que la protección
constitucional del medio ambiente sea el principio de orden económico, definido
por un lado, que el Estado establezca políticas para el uso y la preservación del
medio ambiente y en la otra norma de conducta para el empresario en el
sentido de que la armonización sus intereses económicos con el reflejo de la
explotación económica del medio ambiente podrían generar para la sociedad.
65
c) la realización de la actividad económica productiva y no productiva se puede
suponer que el uso predatorio de los recursos naturales. Así, al exigir que la
protección constitucional del medio ambiente sea el principio de orden
económico, definido por un lado, que el Estado establezca políticas para el uso
y la preservación del medio ambiente y en la otra norma de conducta para el
empresario en el sentido de que la armonización sus intereses económicos con
el reflejo de la explotación económica del medio ambiente podrían generar para
la sociedad.
d) participación en la actividad económica productiva no puede asumir el uso
predatorio de los recursos naturales. Por lo tanto, no requiere el componente
de que la protección del medio ambiente es un principio de orden económico,
ya que no se puede establecer que el Estado establezca políticas para el uso y
la preservación del medio ambiente y en la otra norma de conducta para el
empresario, a para armonizar sus intereses económicos con el reflejo de la
explotación económica del medio ambiente podrían generar para la sociedad.
9 .- Orden en el desarrollo económico en la Constitución de 1988 dice:
a) La constitución federal de 1988, apareció para presentar un escenario en
términos de disciplina estructurada de orden económico y financiero, y tenía un
objetivo Si usted hace uso de dos actores modelos dicotómicos, para adoptar
un modelo más liberal, con la adopción de un sistema economía
descentralizada capitalista, basada tanto en el mercado.
b) La constitución federal de 1988, apareció para presentar un escenario en
términos de disciplina estructurada de orden económico y financiero, y tuvo
como objetivo no sólo para superar el régimen intervencionista vigente en aquel
momento, pero más para dar mayor consistencia al modelo de intervención, a
veces existentes.
c) La constitución federal de 1988, apareció para presentar un escenario en
términos de disciplina estructurada de orden económico y financiero, y tenía
como objetivo superar el régimen intervencionista vigente en aquel momento,
adoptar un modelo más liberal, con la adopción de un sistema economía
descentralizada capitalista, basada tanto en el mercado.
d) Ninguno de estos casos es cierto.
10 .- La reducción de las desigualdades sociales y regionales han sido:
a) el reconocimiento puro de la condición de subdesarrollo en el país, y que
aquí, como el principio de orden económico, en la búsqueda del desarrollo
económico si desea detener.
b) el reconocimiento de la condición pura de desarrollo existentes en el país, y
que aquí, como el principio de orden económico, en la búsqueda de
subdesarrollo económico en el centro de atención.
66
c) El reconocimiento condicional para el desarrollo existentes en el país, ya que
no puede controlar son las desigualdades sociales y regionales y que aquí,
como el principio de orden económico, en la búsqueda de subdesarrollo
económico en el centro de atención.
d) El simple reconocimiento de la condición de subdesarrollo en el país, ya que
mantiene las condiciones sociales de una región a otra dependiendo del
desarrollo garu que afecta a todas las regiones y que aquí, como el principio de
orden económico, en la búsqueda de subdesarrollo económico en el centro de
atención .
11 .- Sobre el Estatuto de la Ciudad ha dicho:
a) Se ha convertido en un proyecto de ley en 1889, propuesto por el Senado de
Brasil en 1988, después de haber sido aprobada y sancionada en 1989 por el
entonces presidente Coleur Melo.
b) Surgió como un proyecto de ley en 1989, propuesto por el entonces Senador
Pompeu de Sousa (1914-1991), [4] [5], ha sido aprobado sólo en 2001 - más
de una docena de años más tarde - y sancionado por el Presidente Fernando
Henrique Cardoso en 10 de julio de ese año.
c) se ha convertido en un proyecto de ley en 1988, propuesto por el Senado de
Brasil en el mismo año, después de haber sido aprobada y sancionada en el
año 2000 por el entonces presidente Luis Inácio Lula da Silva.
d) se ha convertido en un proyecto de ley en el año 1890, propuesto por el
Senado de Brasil en 1988 y fue aprobado en 2011 y sancionada por el
presidente de Dilma entonces.
12 .- Continuando con el Estatuto de la Ciudad ha dicho:
a) Se creó una serie de instrumentos para que el administrador podría buscar
el desarrollo urbano, el principal es el plan maestro, que debería incluir al otro
en el interés de la ciudad.
b) creación de una serie de herramientas para el administrador y no sólo para
poder obtener el desarrollo urbano y rural, el principal es el plan maestro, que
debería incluir al otro en el interés de la ciudad.
c) Se creó una serie de instrumentos para que el administrador podría buscar el
desarrollo urbano y el uso de la tierra principal debe articular los intereses de
los demás en la ciudad.
d) creación de una serie de instrumentos para que el administrador podría
buscar el desarrollo urbano y la especulación de la tierra principal, que debe
involucrar a la otra en el interés de la ciudad.
13 .- Sobre la función social de la propiedad dicen:
67
a) El legislador ha creado un nuevo tipo de prescripción, que requieren más
corto plazo las limitaciones que la política de prescripción, que se rige por el
derecho civil: cinco años [32] en lugar de quince [33].
b) El legislador ha creado una forma moderna y dinámica de la prescripción
adquisitiva, que requieren más corto plazo las limitaciones que la política de
prescripción, que se rige por el código civil: dos a cinco años [32] en lugar de
quince [33].
c) El legislador ha creado un nuevo tipo de prescripción, que requieren más
corto plazo las limitaciones que la política de prescripción, que se rige por el
código civil: mantenimiento de los quince años como una cuestión de
costumbre.
d) El legislador ha creado un nuevo tipo de prescripción, que requieren más de
la prescripción de la política de prescripción adquisitiva de dominio, que se rige
por el Código Civil: 20 años en lugar de los quince [33] siempre
14 .- La promulgación de una constitución es siempre:
a) Una ocasión propicia cuando las ramas económicas, sociales, políticos y
legislativos de la nación, para inaugurar una nueva era en su ordenamiento
jurídico, pero sobre todo, no sólo para validar los paradigmas de las
reclamaciones que reflejan latente en la sociedad que tiene como objetivo no
sólo objetivos disciplinarios y establecer fuera de estos rangos.
b) Una ocasión propicia no siempre las ramas económicas, sociales, políticos y
legislativos de una nación, no sólo para inaugurar una nueva era en su
ordenamiento jurídico, pero sobre todo por los paradigmas que validan las
afirmaciones reflejan latente en la sociedad que tiene como objetivo el control .
c) No todo el mundo se presenta como una ocasión propicia en las ramas
económicas, sociales, políticos y legislativos de la nación, con sólo abrir una
nueva era en su ordenamiento jurídico, principalmente por no validar los
paradigmas de las reclamaciones que reflejan latente en la sociedad que tiene
como objetivo disciplina.
d) Una ocasión propicia en la política económica, social, jurídica y de una
nación, no sólo para inaugurar una nueva era en su ordenamiento jurídico, pero
sobre todo por los paradigmas que validan las afirmaciones reflejan latente en
la sociedad que tiene como objetivo el control.
15 .- No se trata de la política de tierras es, de hecho, pasa por alto:
a) El legislador no incluyó en la estructura constitucional de la
normativa constitucional agraria, el elemento objeto de la disciplina
agraria, aplicable no sólo en el proceso se desarrolle con el fin
cumplimiento a las normas éticas y sociales promociona además
también se inculca elemento de la política ambiental no previstos.
política
jurídica
de dar
de que
68
b) El legislador omitió incluir en la estructura constitucional normativa
constitucional la política agraria, ya que esta tarea del derecho consuetudinario
y que lo lanzó a incluirlo como parte del tema de la tierra de la regulación legal,
aplicable en el proceso se desarrolle con la fin de dar cumplimiento a las
normas éticas y sociales promocionado.
c) El legislador constitucional para incluir en la estructura constitucional de la
política normativa agrícola, el elemento objeto de la disciplina legal de la tierra,
aplicar el proceso se desarrolle con el fin de dar cumplimiento a las normas
éticas y sociales promocionado.
d) Ninguno de los elementos son verdaderas.
16 .- Continuando con el Estatuto de la Ciudad se plantea:
a) A mediados del siglo XVIII
b) A mediados del siglo XVIII
c) A mediados del siglo XX
d) A mediados del siglo XXI17 .- En la entidad financiera ha dicho:
a) Es una organización cuyo objetivo es optimizar la asignación de capital de su
propio partido financieros y / o de terceros, a raíz de una co-relación de riesgo,
el costo y el horario que cumpla con los objetivos de sus patrocinadores (en el
sentido de las partes interesadas la palabra Inglés), incluidas las personas o
entidades que tienen intereses en su operación como accionistas, clientes,
empleados, cooperativas, proveedores, reguladores del mercado donde opera
la organización, tanto más cuanto que el estado está autorizado a hacerlo.
b) Es una organización cuyo objetivo es optimizar la asignación de capital de su
propio partido financieros y / o de terceros, a raíz de una co-relación de riesgo,
el costo y el horario que cumpla con los objetivos de sus patrocinadores (en el
sentido de las partes interesadas la palabra Inglés) solamente.
c) Es una organización cuyo propósito es no sólo optimizar la asignación de
capital de su propio partido financieros y / o de terceros, a raíz de una corelación de riesgo, el costo y el horario que cumpla con los objetivos de sus
patrocinadores (en el sentido de las partes interesadas la palabra Inglés)
incluidos los individuos o entidades que tienen intereses en su operación como
accionistas, clientes, empleados, cooperativas, proveedores, reguladores del
mercado donde opera la organización, sino también para orientar y sugerir que
los clientes apliquen sus capitales.
d) Es una organización cuyo propósito es optimizar la asignación de capital de
su propio partido financieros y / o de terceros, a raíz de una co-relación de
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riesgo, el costo y el horario que cumpla con los objetivos de sus patrocinadores
(en el sentido de las partes interesadas la palabra Inglés), incluidas las
personas o entidades que tienen intereses en su operación como accionistas,
clientes, empleados, cooperativas, proveedores, reguladores del mercado
donde opera la organización.
CLAVE
1.- a
2.- b
3.- c
4.- c
5.- a
6.- d
7.- d
8.- b
9.- c
10.- a
11.- b
12.- a
13.- a
14.- d
15.- c
16.- c
17.- d
70
71