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Gestión Clínica
Documento de FACME
Borrador
Enero 2014
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1. Introducción.
Desde que hace un año FACME emitiera un manifiesto para el “Debate ante el
riesgo de deterioro irreversible de la sanidad pública española. Es la hora de los
pactos”; derivado de la toma de decisiones centradas en el recorte del gasto,
buscando resultados cortoplacistas, y alejando a los profesionales sanitarios de
los núcleos de decisión, se ha venido trabajando desde la Federación para
potenciar el desarrollo e implantación de la Gestión Clínica en el Sistema
Nacional de Salud, con una verdadera transferencia de la capacidad de gestión
a los profesionales. Al manifiesto se adhirieron CGCOM y CESM. En enero de
2013, se realizó una rueda de prensa para divulgar este manifiesto, en el que se
planteó la gestión clínica como alternativa posible para la mejora de la eficiencia
del sistema y alternativa a la externalización de la gestión a empresas privadas.
En esta rueda participaron el presidente y vicepresidente de FACME; y los
presidentes de las Sociedades Científicas SEMFYC, SEMI, SEPD y SEQC.
Posteriormente, el 13 de febrero el Ministerio de Sanidad y el Foro de la
Profesión Médica firmaron un Acuerdo Marco, en el que se definieron tres
ámbitos de actuación conjunta, que incluyen el Área del Pacto por la Sanidad, el
Área de Recursos Humanos y el Área de Gestión Clínica. Para desarrollar cada
una de estas áreas de trabajo, se constituyeron las correspondientes comisiones
paritarias, estando FACME representada en todas ellas, participando en la
primera comisión José Manuel Bajo Arenas (Pacto por la Sanidad), en la
segunda Benjamín Abarca (Recursos Humanos) y en la tercera Carlos Macaya
(Gestión Clínica).
En el seno de la Junta Directiva de FACME se trabajó sobre varios documentos
que analizaban las posibilidades de desarrollo de las Unidades de Gestión
Clínica, partiendo de la premisa de definir unas líneas y requisitos generales,
que en cada caso requerirán dimensiones, composiciones y funcionamientos
específicos. Estas propuestas fueron compartidas también con las Sociedades
Científicas integradas en FACME; así como con el grupo de trabajo de Gestión
Clínica resultante del acuerdo mencionado anteriormente.
2
En el mes de septiembre de 2013, un grupo de profesionales ligados a
experiencias de gestión clínica en nuestro país, se reunió con el fin de definir
unos requisitos y fundamentos básicos para que la gestión clínica tenga una
implantación acorde al objetivo que por definición tiene, consistente en que los
profesionales sean responsables de la gestión de sus recursos. Estos
profesionales se constituyeron en una Alianza para el desarrollo de la Gestión
Clínica en el SNS y solicitaron la integración del grupo en FACME para que ésta
lleve a cabo la difusión de los principios consensuados, la interlocución con el
Ministerio de Sanidad, y la invitación a participar en esta Alianza a las
Sociedades y profesionales que lo deseen. Tanto la junta directiva como las
Sociedades integradas en FACME aprobaron esta propuesta de la Alianza y se
sumaron a los consensos alcanzados.
Por otro lado, desde el pasado mes de diciembre de 2013 se han elaborado dos
documentos por parte de algunos integrantes del grupo de trabajo de gestión
clínica creado en el Acuerdo entre el Foro y el Ministerio: la Confederación
Estatal de Sindicatos Médicos y recientemente, en enero de 2014, el Ministerio
de Sanidad.
Teniendo en cuenta todo el trabajo previamente realizado, FACME recoge en
este documento las definiciones y principios consensuados con las Sociedades
Científicas, integrando los contenidos de los escritos antes mencionados que
coinciden con las propuestas que ha ido realizando FACME con relación a la
gestión clínica y la creación de unidades de gestión clínica.
2. Gestión clínica.
Se define la gestión clínica, como la transferencia de la capacidad y la
responsabilidad de la toma de decisiones de gestión a los profesionales, para
mejorar la relación entre la calidad y el coste de los servicios.
3. Unidades de gestión clínica.
Son Unidades Asistenciales, dotadas de autonomía de gestión; de configuración
y dimensión variable, tanto en Atención Primaria como en Especializada,
3
incluyendo la agrupación de servicios y especialidades afines en una única
unidad de gestión; estructurada en función de criterios homogéneos de
asistencia y cuidados, y orientados a un tipo específico de procesos; con la
finalidad de prestar eficientemente servicios clínicos de excelencia.
Las características generales de las Unidades de Gestión Clínica son:

Contrato de gestión propio, con el Servicio de Salud correspondiente y/o la
Gerencia del Centro.

Dirección única, con un responsable y un órgano colegiado de toma de
decisiones.

Tienen asignados unos recursos definidos y un presupuesto anual.

Gestión de sus recursos materiales y humanos.

Tienen organización y normas internas propias.

Evaluación continua de balance de resultados clínicos, económicos y de
calidad.

Atención focalizada en el paciente y estructurada por procesos.
Los niveles de autonomía de gestión se definirán de común acuerdo entre el
Servicio de Salud y cada unidad, dependiendo de la madurez organizativa y de
gestión de las unidades asistenciales que la integren. Asimismo, la configuración
organizativa tendrá una geometría variable, adaptándose la organización a la
mejor alternativa disponible para prestar eficientemente servicios clínicos de
excelencia.
La iniciativa de constitución de una Unidad de Gestión Clínica puede partir de la
autoridad sanitaria (Gerencia, Servicio de Salud); o bien ser iniciativa de los
propios profesionales. La decisión final debe ser competencia del Servicio de
Salud, siempre teniendo en cuenta que la adscripción de los profesionales
deberá ser voluntaria.
4. Profesionales que se pueden involucrar con la gestión clínica.
Todos los del sistema sanitario. Los médicos son parte fundamental, pero la
asistencia sanitaria no es posible con su sola participación. Es imprescindible la
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implicación y participación de otros profesionales, especialmente de la
enfermería.
A la hora de adherirse a una Unidad de Gestión Clínica, deberá tenerse en
cuenta:

Respeto de la relación jurídica contractual del personal sanitario.

Proceso de adhesión de los profesionales voluntario.

Respeto de los derechos adquiridos del personal.
5. Principios para el desarrollo de la Gestión Clínica en el SNS, centrada
en el paciente. Características esenciales:
1) Prestar asistencia sanitaria de acuerdo con los principios del SNS y del
correspondiente Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma.
2) Promover una atención integral centrada en el paciente.
3) Debe permitir la transferencia de responsabilidad a los clínicos a través de
la autonomía de gestión.
4) Facilitar el control y evaluación del Servicio de Salud, mediante una
gestión e información transparente.
5) Conllevar una gestión guiada por la eficiencia clínica.
6) Incorporar un modelo de incentivos ligado a la calidad y eficiencia, la
incentivación no puede ligarse al ahorro.
7) Debe promover la innovación e investigación.
8) Debe contribuir a garantizar un modelo de formación pre y postgrado de
alta calidad.
9) Las mejoras de eficiencia que se logren se deben reutilizar para mejoras
que reviertan en la atención sanitaria y ayuden a conseguir los fines
sociales del sistema sanitario público.
10) Debe fomentar alianzas con la sociedad civil (Asociaciones de pacientes,
ONG, etc.).
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6. Regulación.
Tras la regulación establecida en el capítulo III del Título III por la Ley general de
Sanidad en 1986, en cuanto a la estructura de funcionamiento de las Áreas de
Salud y las menciones contenidas en los artículos 4 y 27 del Real Decreto
521/1987 de estructura y organización de hospitales al referirse a unidades
asistenciales interdisciplinarias y a la posibilidad de instrumentar: “… las
fórmulas administrativas precisas tendentes a proporcionar al hospital la mayor
autonomía en la gestión y utilización de los recursos…” es en los artículos 8 y,
fundamentalmente 10 de la ley de Ordenación de profesiones sanitarias, la ley
44/2003 de 21 de noviembre, en la que se regulan las funciones de gestión
clínica, quiénes pueden acceder a las mismas y se establece la posibilidad de
fijar Alianzas estratégicas entre distintos Centros e instituciones.
Es finalmente la Ley 55/2003 del Estatuto marco del personal estatutario delos
servicios de salud, el que tras la reforma introducida recientemente por la Ley
10/2013 de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español
las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre prevención de la entrada
de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal, y se modifica la
Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y
productos sanitarios, regula los términos de incorporación del personal
estatutario (mayoritario régimen jurídico en el SNS) a estas Unidades de gestión
Clínica – como regla general en situación de servicio activo – en sus artículos
63, 65 bis y Disposición transitoria octava.
7. Papel de las Sociedades Científicas en el desarrollo de la Gestión
Clínica.

Colaboración con la Administración en la definición de requisitos y
estándares para la mejora de la seguridad y eficiencia en la atención
sanitaria.
6

Colaboración con la Administración en la definición de indicadores de calidad
y resultados en salud para la publicación de los mismos.

Colaboración con la Administración y los responsables de las Unidades de
Gestión Clínica en el establecimiento de indicadores para la evaluación de
resultados en los contratos de gestión.

Formación a los profesionales en conceptos de gestión, herramientas
utilizadas en la gestión, indicadores, etc.
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ANEXO 1: Experiencias previas de Unidades de Gestión Clínica en
distintos Servicios de Salud del SNS.
La creación Institutos-Áreas y Unidades de Gestión Clínica ha tenido lugar en el
seno del SNS desde 1997. Estas experiencias de gestión son, en general,
valoradas positivamente por los responsables clínicos1,2,3,4,5,6,7,8,9,10, los cuales
coinciden en que la autonomía de gestión de UGC e Institutos es muy limitada.
La mejora de la eficiencia y calidad, si bien existe, no alcanza el potencial de
mejora de la eficiencia y calidad que tienen las unidades asistenciales en el
SNS.
En el ámbito de la Atención Primaria el modelo con mayor experiencia es el de
las Entidades de Base Asociativa (EBA). Las EBA son un modelo organizativo
relevante en la reforma de la atención primaria de Cataluña, gozando de un
notable consenso entre los profesionales y obteniendo buenos resultados en
términos de eficiencia y calidad11,12,13,14.
Otros casos más recientes son los de Asturias (Decreto 66/2009, de 14 de Julio);
Andalucía (Decreto 77/2008, de 4 de marzo, de ordenación administrativa y
funcional de los servicios de Salud Mental en el ámbito del Servicio Andaluz de
Salud», en BOJA núm. 53, Sevilla, 17 de marzo de 2008. Y «Decreto 197/2007,
de 13 de julio, por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento
de los servicios de atención primaria de salud en el ámbito del Servicio Andaluz
de Salud», habiendo retirado el proyecto de Decreto de regulación de la Gestión
Clínica en el SAS en 2011, pero con preparación de otro para la regulación de
las UGC en Atención especializada); Galicia, con la próxima publicación de su
Decreto y sus experiencias ya pilotadas en Hospitales como el Complejo
hospitalario de A Coruña; País Vasco; Cataluña; Castilla León con un borrador
de norma reglamentaria que ya es conocida o el INGESA con un proyecto en
marcha para la implantación de estas Unidades.
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Referencias
1 Castro A, Escudero JL, Juffe A, Sánchez CM, Caramés J. El «Área del Corazón» del Complejo Hospitalario
Juan Canalejo. Una nueva forma de gestión clínica. Rev Esp Cardiol. 1998;51:611-9.
2 Sanz G, Pomar JL. El «Instituto de Enfermedades Cardiovasculares». Proyecto de rediseño de los
Servicios de Cardiología y Cirugía del Hospital Clínic de Barcelona. Rev Esp Cardiol. 1998;51:620-8.
3 Vallés F. Nuevos sistemas de gestión de las unidades clínicas cardiovasculares. Rev Esp Cardiol 1998; 51:
629-632.
4 Rodríguez L, Romero A, Moreu J, Maicas C, Alcalá J, Castellanos E, Alonso S. Efecto de la gestión de un
servicio de cardiología en la atención del paciente cardiológico. Evolución de los indicadores asistenciales.
Rev Esp Cardiol 2002;55:1251-60.
5 Cequier A. Unidades de Gestión Clínica “Corazón”. Jornadas sobre Unidades de Gestión Clínica. 3-4 de
noviembre 2011. Hospital Dr. Negrín, Las Palmas.
6 Aguilera C. Unidad de gestión clínica de análisis clínicos. Jornadas sobre Unidades de Gestión Clínica. 34 de noviembre 2011. Hospital Dr. Negrín, Las Palmas.
7 Dávalos A. Unidades de Gestión Clínica “Neurociencias”. Jornadas sobre Unidades de Gestión Clínica. 34 de noviembre 2011. Hospital Dr. Negrín, Las Palmas.
8 Medina JA. Unidades de Gestión Clínica “Oncología. Organización”. Jornadas sobre Unidades de Gestión
Clínica. 3-4 de noviembre 2011. Hospital Dr. Negrín, Las Palmas.
9 Falcón D. Unidades de Gestión Clínica “Radiología”. Jornadas sobre Unidades de Gestión Clínica. 3-4 de
noviembre 2011. Hospital Dr. Negrín, Las Palmas.
10 Castells A., Gestión Hospitales basada en resultados: Hospital Clínic de Barcelona. En: Colomer J, Llano
J (Eds.). III Congreso de Gestión Clínica. Fundación Gaspar Casal, para la investigación y el desarrollo de la
salud, Madrid, abril 2011, págs.: 105-109.
11 Ponsà JA, Cutillas S, Elias A, Fusté J, Lacasa C, Olivé M y cols. Evaluación de la reforma de la atención
primaria y de la diversificación de la provisión de servicios. La reforma de la atención primaria en
Cataluña. Fulls Econòmics del Sistema Sanitari. 2003;37:14-17.
12 Informe extraordinari del Síndic de Greuges al Parlament de Catalunya sobre l’aproximació a la situació
de l’atenció primària de salut a Catalunya. Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya. 24 de octubre de
2002.
13 Ledesma A. Entidades de base asociativa: un modelo de provisión asistencial participado por los
profesionales sanitarios. Valoración actual y retos futuros. Rev Adm Sanit 2005;3:73-81.
14 Segura A, Martín Zurro A, Corbella A, Roma J, Jiménez Villa J, Plaza A, Ponsà JA, Zara C.Evaluación de la
diversificación de la provisión de servicios de atención primaria. Madrid:Plan de Calidad para el Sistema
Nacional de Salud. Ministerio de Sanidad y Consumo. Agència d’Avaluació de Tecnologia i Recerca
Mèdiques de Cataluña; 2007. Informes de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, AATRM núm. 2006/09.
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