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A1.4.1. MANUAL DE VOLUNTARIADO DE LAS ASOCIACIONES DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FAMILIAS NUMEROSAS 1 A.- CUESTIONES GENERALES DEL VOLUNTARIADO 3 B.- LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FAMILIAS NUMEROSAS Y SUS MIEMBROS 5 C.- EL PLAN DE TRABAJO DEL VOLUNTARIO 7 D.- MARCO LEGISLATIVO 8 E.- BIBLIOGRAFÍA 9 A1.4.1. ÍNDICE 2 A.- CUESTIONES GENERALES 1.- El voluntario es quien “además de sus propios deberes profesionales y de estatus, de modo continuo, desinteresado y responsable, dedica parte de su tiempo a actividades no en favor de sí mismo ni de los asociados, sino en favor de los demás o de intereses sociales colectivos, según un proyecto que no se agota en la intervención misma, sino que tiende a erradicar o modificar las causas de la necesidad o marginación social” (Luziano Tavazza). 2.- Acción voluntaria es el conjunto de tareas que se asumen libremente, sin ánimo de lucro y con un propósito socialmente útil. 3.- Organizaciones de Voluntariado son según el Código Ético de la Plataforma para la Promoción del Voluntariado en España aquellas entidades de iniciativa social, de carácter privado, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que desarrollan su actividad prioritariamente en el ámbito de la acción social, a favor de los demás y de intereses sociales colectivos. Realizan sus actividades fundamentalmente con voluntarios. 4.- Derechos y Deberes aplicables a los voluntarios y las organizaciones de voluntariado, son los reflejados en la Ley 6/1996 de 15 de Enero, del Voluntariado de ámbito estatal, además de las autonómicas. Derechos de los voluntarios Las voluntarias y voluntarios tienen los siguientes derechos: Recibir la información, la orientación y el apoyo adecuados para el desempeño de sus funciones. Ser tratado sin discriminación y respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias. Participar activamente en la organización, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación. Estar asegurado contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente. Ser compensado por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades. Disponer de acreditación identificativa de su condición de voluntario. Realizar su actividad en adecuadas condiciones de seguridad e higiene. Obtener respeto y reconocimiento por su labor. Cumplir los compromisos adquiridos con la entidad en la que se integren, respetando los fines y la normativa de las mismas. Respetar los derechos de los beneficiarios de los programas de voluntariado. A1.4.1. Deberes de los voluntarios 3 Guardar la confidencialidad de la información recibida y conocida durante el desarrollo de su actividad. Rechazar cualquier contraprestación material que pudieran recibir del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción. Actuar de forma diligente y solidaria. Participar en las labores formativas que organice la entidad y que tengan una repercusión directa en las tareas encomendadas a la persona voluntaria, así como en las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que se presten. Hacer un uso adecuado de la acreditación y distintivos de la organización. Cuidar y respetar los recursos materiales que las organizaciones pongan a su disposición. Derechos de las organizaciones de voluntariado Que los voluntarios respeten los compromisos suscritos con la organización responsable de las actividades. Deberes de las organizaciones de voluntariado: Las organizaciones que cuenten con la presencia de voluntarios habrán de estar legalmente constituidas, dotadas de personalidad jurídica propia, carecer de ánimo de lucro y desarrollar programas en el marco de las actividades de interés general. Cumplir los compromisos adquiridos con los voluntarios. Asegurar a los voluntarios contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente. Acreditar a los voluntarios. Dotar al os voluntarios de los medios necesarios para realizar su actividad de manera adecuada, así como cubrir los gastos que de estas actividades se deriven. Formar a los voluntarios correctamente para el desempeño de su labor. Establecer sistemas de formación y orientación adecuados para la realización de las tareas que sean encomendadas a los voluntarios. Garantizar a las personas voluntarias la realización de sus actividades en adecuadas condiciones de seguridad e higiene. Expedir un certificado que acredite los servicios prestados por los voluntarios. Llevar un registro de altas y bajas del personal voluntario. A1.4.1. 4 B. LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FAMILIAS NUMEROSAS Y SUS MIEMBROS 1.- ¿Quiénes somos? La Federación Española de Familias Numerosas es una entidad sin ánimo de lucro, independiente y no confesional, que representa y defiende los intereses de las familias numerosas. Declarada Entidad de Utilidad Pública desde el año 2003, su objetivo es conseguir para estas familias el reconocimiento social y económico que les corresponde por su especial contribución a la sociedad y, en consecuencia, otorgarles facilidades en el acceso a bienes y servicios, tanto públicos como privados. La FEFN está integrada por más de 80 Asociaciones locales, provinciales y autonómicas, que trabajan en cada Comunidad Autónoma, con el objetivo común de hacer valer y defender los derechos de las familias numerosas. 2.- Misión, visión y valores Misión y visión: Basándonos en el respeto a la persona y a su capacidad para cambiar y mejorar la sociedad, defender la dignidad y los derechos de las familias numerosas y de sus miembros y promover actitudes sociales positivas, poniendo de manifiesto todos los aspectos positivos de las familias numerosas y sus repercusiones en la sociedad. - Democracia Interna: La Federación basa su trabajo en procesos democráticos, asegurando así el servicio a las necesidades de sus miembros. - Transparencia: La Federación incorpora en todos sus ámbitos de trabajo criterios de transparencia interna y externa. - Solidaridad: nuestra labor se apoya en el compromiso entre los miembros de la Federación. - Excelencia: buscamos la mejora constante en nuestro trabajo, con criterios de responsabilidad, profesionalidad y eficacia. A1.4.1. Valores: 5 3.- Decálogo de actuación 1.- Principio de Funcionamiento y Regulación del Órgano de Gobierno. 2.- Principio de Claridad y Publicidad del Fin Social. 3.- Principio de Planificación y Seguimiento de la Actividad. 4.- Principio de Comunicación e Imagen Fiel en la Información. 5.- Principio de Transparencia en la Financiación. 6.- Principio de Pluralidad en la Financiación. 7.- Principio de Control en la Utilización de Fondos. 8.- Principio de Presentación de las Cuentas Anuales y Cumplimiento de las Obligaciones Legales. A1.4.1. 9.- Principio de Promoción del Voluntariado. 6 C.- EL PLAN DE TRABAJO DEL VOLUNTARIO 1.- Descripción de la tarea a realizar. - Objetivo - Resultados - Indicadores 2.- Responsable de orientación 3.- Horario A1.4.1. 4.- Plan de Formación Previsto 7 D.- MARCO LEGISLATIVO 1.- Disposiciones de carácter Internacional - - Resolución de NN.UU. sobre el Día Internacional del Voluntario de 17 de diciembre de 1985 Resolución 40/212 de 19 de febrero de 1986 adoptada por la Asamblea General de NN.UU. Carta Social Europea de 18 de octubre de 1951, ratificad por España en 1980 Resolución del Parlamento Europeo sobre Voluntariado de 16 de diciembre de 1983 Recomendación nº 85 del Comité de Ministros de Estados Miembros sobre el trabajo voluntario en Actividades de Bienestar Social de 21 de junio de 1985 Recomendación 83/308/CEE del Consejo de 13 de junio sobre la protección social de los voluntarios para el desarrollo Resolución del Parlamento Europeo sobre las asociaciones sin ánimo de lucro en la Comunidad Europea de 13 de marzo de 1987 Proyecto de recomendación nº 94 del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la promoción del servicio voluntario Declaración Universal sobre Voluntariado emitida por el Congreso Mundial LIVE 90 Carta Europea para los voluntarios 2.- Legislación estatal - Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado 3.- Legislación autonómica - Ley 7/2001 del Voluntariado de la Comunidad Autónoma de Andalucía Ley 9/1992 del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Aragón Ley 10/2001 del Voluntariado de la Comunidad Autónoma de Asturias Ley 4/1998 del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de Canarias Ley 5/1992 de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Cantabria Ley 4/1995 del Voluntariado de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha Decreto 12/1995 de regulación del Voluntariado en Castilla-León Ley 25/1991 de creación del Instituto Catalán del Voluntariado Ley 3/1994 del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Madrid Ley Foral 2/11998 de Voluntariado en la Comunidad de Navarra Ley 4/2001 del Voluntariado en la Comunidad Valenciana Ley 1/1998 reguladora del Voluntariado Social en Extremadura Ley 3/2000 del Voluntariado en Galicia Ley 3/1998 del Voluntariado en las Islas Baleares Ley 7/1998 del Voluntariado en la Comunidad Autónoma de la Rioja Ley 5/2004 de Servicios Sociales de la Región de Murcia Ley 17/1998 del Voluntariado en el País Vasco 4.- Planes directores y Estrategias del Voluntariado, Estatal y autonómicos. A1.4.1. - 8 E.- BIBLIOGRAFÍA 1.- Manual de Gestión del Voluntariado. Médicos Sin Fronteras. Junio 2002 2.- Claves para la Gestión del Voluntariado en las Entidades No Lucrativas. Fundación Luis Vives. 2009 3.- Manual Itinerario del Voluntariado. Caritas Getafe. 2010 A1.4.1. 4.- El voluntariado en España. José Ignacio Ruiz Olabuénaga. Universidad de Deusto 9