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ÍNDICE
I. INTRODUCCION .......................................................................................................... 4
1.2 OBJETIVOS DEL DOSSIER................................................................................... 4
1.3 ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN ....................................................................... 5
1.4 IMPORTANCIA Y UTILIDAD .................................................................................. 5
II. CONTENIDO O CUERPO DEL DOSSIER ................................................................... 7
UNIDAD DIDÁCTICA I ASPECTOS GENERALES DE
LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA ......................................................................... 7
1.
Definición de Doctrina Social de la Iglesia (DSI) ................................................... 7
2.
Documentos principales que contiene la DSI ...................................................... 10
3.
División de la DSI ................................................................................................ 11
4.
Naturaleza de la DSI............................................................................................ 11
5.
Fuentes de la DSI ................................................................................................ 12
6.
La legitimidad de la DSI ....................................................................................... 16
UNIDAD DIDÁCTICA II LA DIMENSIÓN HISTÓRICA DE LA DSI ................................. 20
1.
La DSI anterior al siglo XIX.................................................................................. 20
2.
La formación de la DSI en la época contemporánea ........................................... 23
UNIDAD DIDÁCTICA III PRINCIPIOS, CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE LA DSI .. 30
1. Los principios generales de la DSI ......................................................................... 30
2.
los criterios de juicio para enjuiciar las realidades sociales ................................. 32
3.
Las directrices para la acción social .................................................................... 33
UNIDAD DIDÁCTICA IV LA PERSONA HUMANA......................................................... 35
1.
La antropología cristiana ..................................................................................... 35
2.
Los derechos humanos y la Doctrina Social de la Iglesia .................................... 40
3.
Cuadro de derechos del hombre ......................................................................... 40
4.
Los deberes del hombre ...................................................................................... 40
5.
Los derechos y deberes del gobernante.............................................................. 41
6.
Derechos y deberes de los pueblos..................................................................... 41
UNIDAD DIDÁCTICA V EL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD HUMANA .......................... 43
1.
Dos datos de situación ........................................................................................ 43
2.
Definición de la solidaridad .................................................................................. 44
3.
La solidaridad como principio de la DSI. Sus grados .......................................... 45
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
2
4.
La solidaridad en el Magisterio social contemporáneo ........................................ 45
5.
La opción preferencial por los pobres. Sus características .................................. 47
6.
El destino universal de los bienes de este mundo ............................................... 48
7.
Corolario sobre el principio de solidaridad ........................................................... 49
8.
Derivaciones de carácter sociológico .................................................................. 49
UNIDAD DIDÁCTICA VI EL PRINCIPIO DEL BIEN COMUN
(O DE CONVERGENCIA EN EL BIEN COMUN) ........................................................... 51
1.
Presupuesto inicial del tema ................................................................................ 51
2.
El hombre, como persona, sujeto capital de la vida en sociedad ........................ 52
3.
La autoridad, también sujeto capital de la vida asociada..................................... 54
4.
La definición completa del bien común ................................................................ 55
UNIDAD DIDÁCTICA VII EL PRINCIPIO DE ACCIÓN SUBSIDARIA DE LA
AUTORIDAD .................................................................................................................. 59
1.
Análisis de la Quadragesimo Anno (nn. 79-80) ................................................... 59
2.
Reflexiones sobre la naturaleza y trascendencia de la subsidiariedad ................ 62
UNIDAD DIDÁCTICA VIII EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.................................... 65
1.
Fijación, sentido y desarrollo de principio de participación. ................................. 65
2.
Definición de principio de participación................................................................ 66
3.
El principio de participación: causa de su relieve en reciente dsi. ....................... 67
4.
Proceso de ampliación del principio de participación. ......................................... 67
5.
El principio de participación: Sus ámbitos y consecuencias. ............................... 68
UNIDAD DIDÁCTICA IX EL PRINCIPIO DE LA CONCEPCIÓN ORGÁNICA
DE LA VIDA SOCIAL I ................................................................................................... 70
1.
Indicación cronológica y líneas de desarrollo del tema........................................ 70
2.
La tendencia asociativa y el derecho natural de asociación. ............................... 70
3.
El derecho de asociación..................................................................................... 72
4.
Las entidades intermedias, un término nuevo significativo .................................. 73
UNIDAD DIDÁCTICA X EL PRINCIPIO DE LA CONCEPCIÓN ORGÁNICA
DE LA VIDA SOCIAL II .................................................................................................. 77
2.
Contexto histórico de la socialización .................................................................. 78
3.
Definición de socialización ................................................................................... 79
4.
Causas concretas de la socialización .................................................................. 80
5.
Valoración: juicio crítico sobre la socialización .................................................... 81
UNIDAD DIDÁCTICA XI PRINCIPIO DE LA JUSTICIA SOCIAL ................................... 83
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
3
1.
El sustantivo, el adjetivo y el término compuesto: “justicia social” ....................... 83
2.
La novedad semántica de la justicia social en la DSI .......................................... 84
3.
El término “justicia social” en los documentos sociales del Magisterio ................ 86
4.
Dinamismo de la justicia social: tres funciones .................................................... 88
5.
La cuestión del derecho justo y la justicia social ................................................. 90
III. LECTURAS COMPLEMENTARIAS .......................................................................... 92
3.1 BREVE RESUMEN DE ENCÍCLICAS SOCIALES ............................................... 92
IV. BIBLIOGRAFÍA ....................................................................................................... 121
Páginas webs ............................................................................................................... 122
V. GLOSARIO TERMINOLÓGICO ............................................................................... 123
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
4
I. INTRODUCCION
1.1 PRESENTACIÓN
La Iglesia defiende al hombre, colabora para su liberación, actúa en favor de la
fraternidad, de la justicia, de la paz, y en contra de las dominaciones y violaciones,
de los atentados a la libertad, de las agresiones de todo tipo.
A los cristianos nos toca contribuir a crear un mundo más justo, más humano, más
cristiano; éste es el objetivo principal del presente Dossier de Doctrina Social de la
Iglesia, cuyos autores han querido desarrollar como aporte para consolidar la
formación de los alumnos de las distintas carreras de la Universidad Salesiana de
Bolivia en una visión cristiana que se comprometa con la mejora de condiciones de
nuestra sociedad que reflejen la justicia y la paz.
El Dossier parte de la persona humana, mostrándola como lo esencial de la obra
creada y de la sociedad; no existe por tanto un valor que sea tan preciado como el
hombre. A la luz de la dignidad de la persona, se desarrollan distintos aspectos tales
como los derechos humanos, la familia, la sociedad y el Estado. Apoyada en estos
pilares, se desarrolla la doctrina de la Iglesia —a través de los documentos
pontificios y episcopales— en todo cuanto atañe a los problemas sociales. En un
mundo ganado por las ideologías, éstas son objeto de un minucioso análisis, a los
fines de rescatar de ellas lo que tengan de positivo y realizar la crítica exhaustiva de
sus elementos negativos.
El presente trabajo tiene mucha importancia por su presentación reflexiva, analítica,
y vivencia social; a medida de que el tiempo vaya trascurriendo, orientada a luz
divina para nuestro milenio, engrandecida por personas comprometidos con la
sociedad actual, buscando mejores días y de mucha solidaridad y felicidad.
Fundamentalmente, la materia de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI) se presentará
en los aspectos generales: su dimensión histórica, sus principios criterios y
orientaciones, para comprender la importancia profunda del hombre como ser
humano, ser para el otro en relación con los demás, con Dios y con el mundo.
Comprendiendo la realidad de la persona humana, con todos sus derechos y
deberes de los que emanan la solidaridad de todos los hombres.
1.2 OBJETIVOS DEL DOSSIER
1.2.1 OBJETIVO GENERAL
Con esta materia se propone reflexionar y formar a los estudiantes en las
dimensiones teórica, histórica y práctica de la Doctrina Social de la Iglesia para que
puedan valorar un cristianismo verdadero, siguiendo los criterios desarrollados, y
colocarlos como fundamento indispensable de su bagaje doctrinal, traducido en su
actuación, participación y compromiso dentro de su vida social.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
5
1.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Profundizar los conceptos básicos de la DSI en las Encíclicas como fuentes y
recursos para la vida social.
Conocer y valorar críticamente el proceso histórico de la DSI, descubriendo sus
aportes fundamentales en la historia para la formación de la vida social.
Introducir a los estudiantes dentro de la Antropología cristiana, en donde encontrará
derechos y deberes para un claro desenvolvimiento social.
Implementar un estilo salesiano en el proceso enseñanza aprendizaje, enfatizando
en los pilares básicos de: RAZON, AMOR Y RELIGIÓN con una conciencia
valorativa, y una acción renovadora dentro del campo de la Educación y la Sociedad.
1.2.3 COMPETENCIAS
Conoce, analiza, interpreta y aplica la Doctrina social de la Iglesia, que en su función
evangelizadora busca humanizar la sociedad, ofreciendo respuestas a los problemas
sociales actuales desde una concepción cristiana del hombre, de la vida social.
1.3 ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
El presente Dossier está estructurado de la siguiente manera:
 La primera parte consta de una introducción que orienta la finalidad de la materia.
 La finalidad, la importancia y la utilidad de la materia son expuestas de manera
sintética para los estudiantes del nivel universitario.
 La segunda parte, propone el contenido esencial, descrito en el plan de disciplina.
Está compuesto por unidades y temas.
 La tercera parte, consta de algunas lecturas complementarias descritas en las
encíclicas papales, para orientar a los estudiantes en la acción social que
promueve la Iglesia.
 La cuarta parte, presenta la bibliografía de apoyo para los trabajos de
investigación y así mismo las referencias de las páginas Web de consulta.
 Finalmente, para una mejor comprensión de la terminología usada en la materia,
se propone un glosario de términos.
1.4 IMPORTANCIA Y UTILIDAD
La DSI se ha trasmitido principalmente mediante las encíclicas papales y las
declaraciones de los obispos. Aunque estas enseñanzas no contienen una
plataforma política ni una agenda legislativa, sin embargo bosquejan la visión de una
sociedad justa. La importancia radica en el hecho de que la Iglesia, con sus
enseñanzas, pretende iluminar las inteligencias, regir las costumbres, mejorar las
condiciones de la vida del ser humano en su acción y orientar e impulsar el logro de
una cooperación de todos los sectores sociales a favor del bien común.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
6
Nuestra pedagogía como docentes supone acompañar a los estudiantes
universitarios en este caminar que emprendimos juntos como compromiso en la
formación humano cristiana.
La utilidad de la DSI se muestra en que hace posible que:
 Los estudiantes sean capaces de responder a los desafíos de la vida con criterios
de justicia social orientados por la DSI, en donde se buscará hacer prevalecer los
derechos y deberes humanos.
 Se genere un compromiso de solidaridad unos a otros, proponiendo el estilo de
vida de Cristo para una vida más humana.
 Se fortalezca la vida del estudiante en la fe, en relación con la sociedad actual y
sepa vivenciar los valores evangélicos.
 Esta materia contribuya a la formación humana, social, académica y espiritual de
los estudiantes
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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II. CONTENIDO O CUERPO DEL DOSSIER
UNIDAD DIDÁCTICA I
ASPECTOS GENERALES DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
COMPETENCIA
Analiza, describe y fundamenta los aspectos generales de la Doctrina Social de la
Iglesia, su división, fuentes y legitimidad.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Definición de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI).
 Los documentos principales que contienen la DSI.
 División DSI: general y especial.
 Las fuentes DSI.
 El recurso de las ciencias sociales.
 La legitimidad de la DSI.
1. DEFINICIÓN DE DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA (DSI)
La DSI es el conjunto de enseñanzas que el magisterio de la Iglesia católica ha
expuesto, en la época contemporánea, a partir de la llamada cuestión social. Está
constituida única y exclusivamente por los pronunciamientos oficiales del Magisterio
pontificio y conciliar, por vía generalmente ordinaria, sobre los diferentes ámbitos de
la convivencia.
La Iglesia trata, en cada lugar y en cada momento histórico, de iluminar la realidad
con la luz del mensaje evangélico. Ante los problemas sociales (miseria, ignorancia,
explotación de los trabajadores, violencia, guerra, etc.), la Iglesia busca señalar los
medios más eficaces para solucionarlos.
Por eso en cada época y situación:
ANUNCIA la verdad hacer de la dignidad del hombre y sus derechos.
DENUNCIA las situaciones injustas.
COOPERA a los cambios positivos de la sociedad y al verdadero progreso del
hombre.
La Iglesia no se limita a hacer un estudio de la realidad: prepara la acción que pueda
cambiar esa realidad, dando orientaciones, señalando caminos. Todo esto lo hace
de dos maneras distintas:
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
8
Por la actividad de sus miembros (todo el pueblo de Dios: laicos, religiosos,
sacerdotes, obispos).
A través de declaraciones oficiales, generalmente en forma de documentos.
Al conjunto de las declaraciones oficiales del magisterio de la Iglesia acerca de las
relaciones sociales le llamamos DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA.
Si analizamos algunos de estos términos tenemos:
DOCTRINA: Es el conjunto de enseñanzas.
SOCIAL: Se refiere a las relaciones que se dan entre los seres humanos (familia,
educación, trabajo, economía, política, relaciones internacionales, etc.).
MAGISTERIO: Es la potestad de enseñar confiado por Jesucristo a los apóstoles y a
sus sucesores: el Papa y los Obispos.
Las conclusiones de Santo Domingo explican: “la DSI es la enseñanza del
Magisterio en materia social y contiene principios, criterios y orientaciones para la
actuación del creyente en la tarea de transformar el mundo según el proyecto de
Dios”; “la DSI forma parte esencial del mensaje cristiano. Su enseñanza, difusión,
profundización y aplicación son exigencias imprescindibles para la nueva
evangelización de nuestros pueblos.” (SD 22).
La Doctrina Social de la Iglesia (DSI) consiste en todas las enseñanzas de la Iglesia
Católica relacionadas con el contexto social. Desde finales del siglo XIX y a lo largo
del siglo XX, la Iglesia ha promulgado documentos que contienen reflexiones acerca
de los efectos del desarrollo, la sociedad industrial y el capitalismo, los cuales
constituyen un aporte invaluable en el actual debate a cerca de la globalización.
La DSI se origina del encuentro del mensaje evangélico y de sus exigencias éticas
con los problemas que surgen en la vida de la sociedad.
Gráficamente, así se origina la Doctrina Social de la Iglesia:
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
9
MENSAJE
EVANGELICO
REALIDAD SOCIAL
(PROBLEMAS)
IGLESIA
REFLEXION
Reflexión moral y filosófica – búsqueda científica (ciencias humanas y
sociales) – Experiencias de la comunidad cristiana
DOCTRINA SOCIAL
PRINCIPIOS
(Siempre válidos)
ORIENTACIONES
PRACTICAS
ACCION CRISTIANA
La Doctrina Social de la Iglesia es un cuerpo doctrinal que entra en diálogo con las
diversas disciplinas que se ocupan de la realidad del hombre; estas son: lo religioso,
lo económico, lo político, cultural, etc. Consiste primordialmente en todas las
enseñanzas de la Iglesia Católica relacionadas con el tema de la justicia social,
llevar a cabo cambios que sirvan al verdadero bien del hombre. Introducir a las
personas en un nuevo modo de conocer y leer la realidad les ayuda a abrirse a
horizontes más amplios, al servicio de cada persona: el pobre, el anciano, el
extranjero, la viuda… Impone la facultad moral de ejercer el derecho para llegar a la
justicia, la cual es el fundamento principal de esta doctrina.
“Hoy la doctrina social de la Iglesia se centra especialmente en los hombres y las
mujeres puesto que ellos están comprometidos en una red compleja de relaciones
dentro de las sociedades modernas. Las ciencias humanas y la filosofía son útiles
para interpretar el lugar central de la persona humana dentro de la sociedad y para
proveer un mejor entendimiento de lo que significa ser un ser social. Sin embargo, la
verdadera identidad de una persona es revelada completamente a través de la fe, y
precisamente es de la fe de donde comienza la doctrina social de la Iglesia. Si bien
se sirve de todas las contribuciones hechas por las ciencias y la filosofía, la doctrina
social de la Iglesia está apuntada a ayudar a la humanidad en el camino de la
salvación” (Centesimus Annus, 53-54).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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2. DOCUMENTOS PRINCIPALES QUE CONTIENE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA
IGLESIA
Nuestro recorrido por los documentos doctrinales se inicia con la encíclica RERUM
NOVARUM, del Papa León XIII, hasta la encíclica CENTESIMUS ANNUS, de Juan
Pablo II.
1891 León XIII: Rerum Novarum (Sobre la Cuestión Obrera)
1931 Pío XI: Quadragesimo Anno (Sobre la reconstrucción del orden social)
1961 Juan XXIII: Mater et Magistra (Cristianismo y progreso social)
1963 Juan XXIII: Pacem in Terris (Paz en la Tierra)
1965 Concilio Vaticano: Gaudium et Spes (La Iglesia en el mundo moderno)
1967 Paulo VI: Populorum Progressio (Sobre el desarrollo de los pueblos)
1971 Paulo VI: Octogesima Adveniens (Una llamada a la acción)
1971 SÍNODO DE OBISPOS: JUSTICIA EN EL MUNDO
1975 Paulo VI: Evangelii Nuntiandi (La evangelización en el mundo moderno)
1979 Juan Pablo II: Redemptor Hominis (Redentor de la humanidad)
1981 Juan Pablo II: Laborem Exercens (Sobre el trabajo humano)
1987 Juan Pablo II: Sollicitudo Rei Socialis (Interés social de la Iglesia)
1991 Juan Pablo II: Centesimus Annus (El Centenario)
1994 Juan Pablo II: Tertio Millennio Adveniente (Año de Jubileo 2000)
1995 Juan Pablo II: Evangelium Vitae (El Evangelio de la Vida)
Estas encíclicas, que pueden ser doctrinales o exhortaciones sociales, son los
documentos de mayor autoridad del magisterio ordinario de los Papas. Se dirigen a
toda la Iglesia o a Iglesias particulares. Algunas se dirigen a “todos los hombres de
buena voluntad”, pues también pueden ser comprendidas por los no católicos. El
autor definitivo de la encíclica es el Papa firmante. Aunque, para la selección de
temas, la redacción de contenidos, la revisión de estilo, etc., pueden tener
colaboradores, asesores y redactores, que en ocasiones son conocidos, con la firma
de la encíclica.
La publicación en 1891 de la encíclica Rerum Novarum marca el inicio del desarrollo
de un cuerpo significativo de Doctrina Social en la Iglesia Católica. Presentó las tres
coordenadas de la promoción moderna de justicia y paz (personas, sistemas y
estructuras) establecida desde entonces como parte integral de la misión de la
Iglesia. Ha habido numerosas encíclicas y mensajes sobre temas sociales en los
años posteriores; se desarrollaron diversas formas de acción católica en distintas
partes del mundo; la ética social comenzó a ser materia de estudio en escuelas y
seminarios. Sin embargo, tuvimos que esperar hasta el Concilio Vaticano II y la
Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el Mundo Moderno (Gaudium et Spes) para
la declaración que representa un cambio en la actitud de la Iglesia en referencia a su
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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presencia en el mundo, junto a una llamada a establecer el Consejo Pontificio para
la Justicia y la Paz, para ayudar a la Iglesia a responder a los desafíos en el mundo.
Al mismo tiempo, la Constitución Dogmática sobre la Iglesia indicaba que el laicado
goza de un papel importantísimo en el cumplimiento universal de la tarea de ayudar
al mundo a obtener su destino en justicia, en amor y en paz (LG, 36).
En Centesimus Annus, el Papa Juan Pablo II hace el siguiente resumen: “Durante
los últimos cien años la Iglesia ha expresado repetidamente su pensamiento,
mientras seguía de cerca el desarrollo progresivo de la cuestión social”. Ciertamente
no ha hecho esto para recuperar antiguos privilegios ni para imponer su propia
visión. Su único propósito ha sido cuidar responsablemente la humanidad, confiada
a ella por Cristo… la única criatura sobre la tierra a la que Dios quiso por sí misma…
No estamos tratando aquí de algo abstracto sino de hombres y mujeres concretas e
históricas. Estamos tratando de cada individuo puesto que cada uno está incluido en
el misterio de la Redención, y a través de este misterio Cristo se ha unido con cada
uno y cada una para siempre. De ahí se sigue que… esta humanidad es la ruta
fundamental que la Iglesia debe recorrer en el cumplimiento de su misión… el
camino trazado por el propio Cristo, el camino que lleva invariablemente por el
misterio de la Encarnación y la Redención.
3. DIVISIÓN DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
PARTE GENERAL
La parte general de la DSI está constituida por todos y sólo aquellos elementos
genéricos, que por su misma universalidad tienen una proyección necesaria y son de
aplicación obligada en los diferentes sectores o cuestiones que se tratan en la parte
especial. La parte general contiene y explica lo común a todos ellos.
PARTE ESPECIAL
Estudia las grandes áreas temáticas de la vida social, la socio-política, la socioeconómica, la socio-cultural.
4. NATURALEZA DE LA DSI
Elaboración sucesiva: la DSI no se ha formado instantáneamente, sino que se ha
ido elaborando con el paso del tiempo.
La DSI nace y se desarrolla a partir del encuentro del mensaje evangélico con los
problemas sociales del momento. El Evangelio, la Tradición y la razón proporcionan
el deposito de las verdades permanentes que van a utilizar en su desarrollo la DSI.
Continuidad y cambio. Este binomio, que es sinónimo de identidad y evolución o
desarrollo, y que expresa un a de las grandes características esenciales de la DSI,
reitera la combinación, que hemos dicho antes, de permanencia y mutación:
 continuidad e identidad significan que la DSI es siempre la misma en su
inspiración de fondo, en sus elementos constantes.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
12
 evolución y desarrollo quieren decir que tal identidad sabe someterse y
adaptarse a la ley del cambio histórico.
Progreso, no inmovilismo. Es una consecuencia de lo anterior. Como ley de vida
en lo personal y en lo institucional, la DSI no es estática sino dinámica. Se instala en
el presente de cada época, sin desconectarse de lo vivido ene el pasado y prestando
atención previsora al futuro inmediato.
Inductiva, no meramente deductiva. La DSI procede, en su elaboración a través
del tiempo, por la vía de la deducción. Vive de la experiencia y también del
razonamiento. En la DSI hay deducción a partir de los grandes principios
permanentes.
Vida, no mera teoría. La DSI no es mera disciplina académica. Principalmente se
orienta a la vida y está hecha para practicarla. Tiene y necesita una estructura
sistemática y una claridad pedagógica. Pero no puede exponerse ni desarrollarse
con la rigidez de lo puramente abstracto. No es materia meramente conceptual, sino
que su razón de ser e eminentemente pragmática. Todos los escalones de la DSI
han de llevar a alcanzar una plataforma de praxis social.
Asimilación y rechazo. La DSI utiliza y urge, en el contacto diario crítico con las
realidades temporales, la dialéctica altamente de la asimilación y del rechazo,
conforme al aviso paulino “examinen todo y quédense con lo bueno” (1Te 5,21).
Asimilación, para incorporar cordialmente todo lo positivo que a lo social aporta cada
época. Y rechazo de cuanto en ese orden es inconsistente o contrario a la verdad de
la Iglesia. Por esto, la DSI es una escuela valiosa para percibir claramente y para
aplicar con intensidad el bien común completo en todo los ámbitos sociales.
La DSI, según palabra s de Pío XII, ha nacido para responder a necesidades
nuevas, y en el fondo, no es más que la aplicación de la perenne moral cristiana a
las presentes circunstancias económicas y sociales.
5. FUENTES DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
¿De dónde sacan el Papa o los Obispos los principios y el contenido de la DSI? De
cuatro fuentes, que son como un patrimonio, un tesoro que la Iglesia ha adquirido
progresivamente:
La Sagrada Escritura: es decir la Biblia, que es la Palabra de Dios. De los libros
sagrados, los más importantes para la DSI son los que componen el Nuevo
Testamento, o libro de la Nueva Alianza, que nos dan los principios de la moral
cristiana: los Evangelios, las Cartas —especialmente las de San Pablo—, y los
Hechos de los apóstoles. En menor medida, también hay enseñanzas “sociales” en
el Antiguo Testamento, que muestra sucesivas opresiones de liberación (en libros
como el Génesis, el Éxodo, el Deuteronomio, los Profetas, etc.).
Las enseñanzas de los Padres de la Iglesia, nombre con el que se identifica a los
escritos eclesiásticos del los primeros siglos (especialmente del II al IV), como
Ambrosio, Policarpo, Clemente Romano, Crisóstomo, Basilio, Lactancio, Agustín,
etc. En sus escritos se muestra una permanente preocupación por la justicia y por
los pobres.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
13
Las enseñanzas de los grandes teólogos, tanto de la antigüedad —sobre todo
Santo Tomás de Aquino, el gran teólogo del siglo XIII— como más recientes, incluso
contemporáneos (por ejemplo, en la encíclica Populorum Progressio, Pablo VI cita a
Maritain, Lebrel, Chenu, De Lubac y otros).
El mismo magisterio de la Iglesia. Los documentos de los Papas (especialmente
las encíclicas llamadas sociales, desde León XIII en adelante), de los Obispos, de
los Concilios (reunión de los obispos de todo el mundo) y de las Conferencias
Episcopales (reunión de los obispos de un país o de una región).
En la Iglesia hay un MAGISTERIO EXTRAORDINARIO. Se ejerce cuando el Papa
habla EX CATHEDRA, de forma infalible, sobre contenidos dogmáticos. Lo hace con
formulas precisas y breves que le permite a la Iglesia universal tener una VERDAD
que exige un asentimiento absoluto.
Magisterio NORMAL Y ORDINARIO, que se desarrolla, acoge y contiene los temas
y el modo de tratarlos. Las encíclicas todas tienen igual valor, independientemente
del tema que traten. Ej., los del tipo social revisten una especial importancia en la
solución de los problemas sociales. En este sentido, las encíclicas son verdadero
magisterio ordinario de la Iglesia. A través de ellas, se unifica y se orienta la
enseñanza episcopal en el mundo entero. Las intervenciones que el Magisterio
social de la Iglesia va ofreciendo forman un “Habeas” doctrinal que se va articulando
poco a poco, a medida que la Iglesia “lee los hechos según se desenvuelven en el
curso de la Historia (SRS 1 y Catecismo 2422).
LA RAZÓN
El pensamiento católico, y por consiguiente la DSI, es racional y realista. Defiende y
cultiva la capacidad objetiva del conocimiento humano y afirma, al mismo tiempo, la
trascendencia del ser en su realidad toda física y metafísica.
La DSI, como parte esencial de la evangelización, al tener su fuente en la Sagrada
Escritura, pertenece desde el principio a la enseñanza de la Iglesia, a su concepción
del hombre y de la vida social, a la moral social singularmente. Como patrimonio, ha
sido heredada y desarrollada después por las enseñanzas de los Pontífices, a partir
de la Rerum Novarum de León XIII hasta la Centesimus Annus de Juan Pablo II (cf
LE 3).
La Conferencia de Puebla (1979) se refirió a la DSI con los siguientes términos:
“Conjunto de orientaciones, doctrinas y criterios de acción que tienen su fuente en la
Sagrada Escritura, en la enseñanza de los Padres y grandes teólogos de la Iglesia y
en el magisterio, especialmente de los últimos papas” (n. 472)
Uno de los mejores tratadistas españoles de las cuestiones sociales, Luis GonzálezCarvajal, la define así: “La DSI es la explicitación de las consecuencias sociales de
la fe cristiana llevada a cabo en los tiempos modernos por el magisterio eclesiástico”
(1992: 655)
Marciano Vidal, teólogo moralista español de prestigio internacional, da un paso más
buscando una definición de DSI “menos reductiva”, y hablando de “la potencialidad
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
14
que tiene la fe cristiana para iluminar y transformar la realidad social de cada época
y de cada situación”.
Para el Magisterio de la Iglesia, la DSI tiene una gran importancia. A través del
magisterio social, la Iglesia “hace oír su voz ante determinadas situaciones
humanas, individuales y comunitarios, naciones e internacionales, para las cuales
formula una verdadera doctrina, un cuerpo, que le permite analizar las realidades
sociales, pronunciarse sobre ellas y dar orientaciones para la justa solución social de
los problemas derivados de las mismas” (CA, 5). Este magisterio se da en el
contexto general de la doctrina del Papa y de la Iglesia, que también incluyen
aplicaciones concretas según los distintos tiempos y lugares.
A la Iglesia le ha sido confiado el don de la fe y la transmisión del mismo: “Cuando el
Romano Pontífice o con él el cuerpo episcopal definen una doctrina, lo hacen
siempre de acuerdo con la REVELACIÓN, a la cual deben sujetarse y conformarse
todos; se nos transmite íntegra, se expone con fidelidad, gracias a la luz del Espíritu
de la verdad”. (LG 25)
CONTENIDO ESENCIAL DE DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
¿De qué trata la DSI? Los temas son muchos y variados pero todos están centrados
en el hombre y en su dignidad como persona. Cada uno es la aplicación del
concepto que la Iglesia tiene del hombre, a partir de la Revelación, y
fundamentalmente del misterio de la Encarnación, de Dios hecho hombre. Ese
concepto de la persona es integral, y por eso incluye también una visión de la
sociedad y de la humanidad. A través de la Doctrina social, la Iglesia defiende al
hombre, colabora para su liberación, actúa a favor de la fraternidad, de la justicia, de
la paz, y en contra de las dominaciones, de las violaciones, de los atentados a la
libertad, de las agresiones de todo tipo. Algunos de los temas específicos de la
doctrina Social son:
 La persona humana
 La sociedad
 La solidaridad
 El bien común
 El trabajo
 La política, el Estado y las ideologías
 La justicia social
 La guerra y la paz
 La política internacional
 El desarrollo de los pueblos
 La familia y la cultura
 La participación
 La economía
La Iglesia, con la enseñanza de la DSI, ofrece a todos los hombres de buena
voluntad transformar los corazones y estructuras injustas porque afectan a los
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
15
hombres de nuestro tiempo. La Iglesia invita a aceptarla como instrumento adecuado
para el diálogo IGLESIA-MUNDO y FE-CULTURA, porque contribuye a construir y
consolidar cristianamente la sociedad, introduciendo obras de justicia y caridad.
Hace un reconocimiento y enfatiza temas de actualidad: la inviolabilidad de la vida
humana, la santidad e indisolubilidad del matrimonio, la dignidad de la mujer, el valor
del trabajo, la injusticia social, la violencia, guerra, pobreza, etc. Estudiar esta
materia es adentrarse en los cambios constantes, amplios y profundos de la
sociedad; por ello la Iglesia no descuida su acción pastoral y orientación para la
esperanza de los pueblos.
UNA TAREA SIEMPRE NUEVA
La DSI, a través de la enseñanza y de su aplicación, es el medio más eficaz para
establecer una relación fecunda de DIÁLOGO y cooperación con la sociedad
nacional e internacional, las instituciones, organizaciones sociales y los ciudadanos.
En la elaboración de la DSI, concurre necesariamente la fe cristiana profesada por la
Iglesia católica. Busca la VERDAD sobre la vida y sobre el hombre, para que puedan
encontrar, en la DSI, la fuerza espiritual e intelectual para comprender y orientar el
destino común de la familia humana.
El Papa Juan Pablo II destaca la importancia de la DSI como instrumento de la
Nueva Evangelización: con nuevos métodos, con nueva expresión y con nuevo
ardor.
DIMENSIONES DE DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
La DSI tiene tres dimensiones, relacionadas entre sí e inseparables:
Dimensión teórica: principios éticos permanentes, producto de una reflexión
orgánica y sistemática. Una reflexión sistemática, formulado explícitamente.
Dimensión histórica: visión real de la sociedad y de sus problemas. Surgida en
determinadas circunstancias.
Dimensión práctica: orientaciones y directivas para la aplicación efectiva de los
principios, mediante la acción.
En la práctica, estas tres dimensiones se traducen en la metodología seguida para
elaborar los documentos que forman la DSI. Esa metodología de desarrolla y se
presenta en tres tiempos:
VER: es percibir y estudiar los problemas y sus causas, aplicado las ciencias
humanas y sociales (Dimensión histórica).
JUZGAR: es interpretar la misma realidad a la luz de las fuentes de la Doctrina
Social, pronunciando un juicio sobre los fenómenos sociales y sus consecuencias
éticas. Esta es la función propia del Magisterio de la Iglesia: interpretar la realidad
desde el punto de vista de la fe (Dimensión teórica).
ACTUAR: es ejecutar la opción elegida. El Magisterio invita a hacer una elección
concreta y a obrar según los principios y criterios expresados en su Doctrina social
(Dimensión práctica).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
16
PRINCIPIOS DE LA ENSEÑANZA DE LA IGLESIA
La vida, la dignidad y los derechos de la persona humana. La medida de cada
política está en cómo protege la vida humana, promueve la dignidad y respeta los
derechos humanos. Este principio es el fundamento de la enseñanza de la Iglesia
sobre la guerra, la paz y la vida social.
La opción preferencial por los pobres. En la doctrina social católica los pobres y
vulnerables tienen el primer lugar en nuestras conciencias y políticas. Si bien el
lenguaje es nuevo —es un lenguaje que proviene de América Latina— ha sido
abrazado por toda la Iglesia como la expresión contemporánea de Mateo 25:
seremos juzgados por todo lo que hayamos hecho por los más humildes, “por los
más pequeñitos”.
La solidaridad. Este es un principio esencial para edificar un mundo nuevo. Es una
expresión moral de interdependencia, un recuerdo de que somos una sola familia,
sin importar nuestras diferencias de raza, nacionalidad o posición económica. Las
personas de tierras lejanas no son enemigas ni intrusas, los pobres no son una
carga, son hermanas y hermanos, dotados de vida y dignidad, a quienes estamos
llamados a proteger.
La justicia, el bien común y la participación.
Aparte de la reflexión teológica social, será también una reflexión filosófica, para
fundamentar conceptos como: la verdad, el valor de la persona humana, las leyes
morales, etc. La DSI es mediación entre el Evangelio y la realidad social. La Iglesia
tiene como misión de enseñar la Buena Noticia para la salvación del hombre, por
eso lo considera como el primero y principal camino en el cumplimiento de su
misión.
La DSI, nos es un cuerpo estático y cerrado de verdades, sino dinámico y abierto en
sus formulación, elaboración, enseñanza y aplicación.
6. LA LEGITIMIDAD DE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
La DSI forma parte de una dedicación de la que la Iglesia no puede abdicar, ni
desentenderse: Dios y los hombres. Por legitimidad se entiende aquí la razón de
ser y los motivos que explican y justifican la DSI como expresión institucional de
magisterio que la Iglesia católica posee también en materia social, distinguiendo
tanto legitimidad ad intra como la legitimidad ad extra de esta doctrina.
La legitimidad ad intra, opera de forma inmediata sobre los miembros de la Iglesia
Católica. De forma extensiva opera también sobre ciertos sectores del cristianismo
no católico. En consecuencia, la Iglesia está obligada a anunciar y a defender con su
doctrina social, práctica de carácter moral, los derechos supremos de Dios y de los
hombres, a la luz de la razón y de la fe.
La legitimidad ad extra, se refiere alas justificación de la DSI ante el creyente no
cristiano y ante el no creyente. También vale el argumento para creyentes-nocristianos, porque esa convergencia social aumenta con el común reconocimiento de
la existencia de Dios y de la consiguiente dignidad radical divina del hombre.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
17
EL CRISTIANO Y LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
A los cristianos —y especialmente a los laicos— nos toca construir un mundo más
justo, más humano, más cristiano. Pablo VI pedía: “Que cada uno se examine para
ver lo que ha hecho hasta aquí y lo que debe hacer todavía. No basta recordar
principios generales, manifestar propósitos, condenar las injusticias graves, proferir
denuncias con cierta audacia profética; todo esto no tendrá peso real si no va
acompañado en cada hombre por una toma de conciencia más viva de su propia
responsabilidad y de acción efectiva” (Octogesima Adveniens, 48).
Al cristiano preocupado por los problemas sociales se le plantea una pregunta: ¿es
obligado aceptar lo que enseña la DSI?
Para contestar tenemos que distinguir entre:
El Magisterio ordinario: la enseñanza del Papa
de los Obispos, Concilios y conferencias
episcopales, ejercida en forma corriente.
El
Magisterio
extraordinario:
definiciones
dogmáticas formuladas por un Concilio
ecuménico o por el Papa (por ejemplo, el dogma
de la Asunción de la Virgen María en cuerpo y
alma a los cielos, proclamado por Pío XII en
1950). Estas definiciones son INFALIBLES (no
puede haber ERROR EN ELLAS), por lo que los
cristianos les deben una aceptación de fe: deben
creer aunque no vean con claridad.
Los documentos sociales pertenecen al
Magisterio ordinario, que no exige un
asentimiento de fe: sus afirmaciones pueden y
deben ser estudiadas y aplicadas a la realidad
que las dicta, pero sin que sea obligatoria una
obediencia ciega. Además, en los documentos
sociales vamos a encontrar dos tipos de
afirmaciones:
HACE DOS MIL AÑOS…
… Jesús dijo a sus discípulos —y
hoy nos dice a nosotros—:
“Les doy un mandamiento nuevo:
ámense los unos a los otros…”
(Jn 13,34).
“No hay amor más grande que
dar la vida por los amigos” (Jn
15,13).
“Felices los que trabajan por la
paz, porque serán llamados hijos
de Dios” (Mt 5,9).
“Vengan a mí todos los que están
afligidos y agobiados, y yo los
aliviaré” (Mt 11,28).
“Les aseguro que cualquiera que
dé de beber, aunque sea un solo
vaso de agua fresca, a uno de
estos pequeños por ser mi
discípulos, no quedará sin
recompensa” (Mt 10,42).
“En verdad os digo que cuanto
hicisteis a unos de estos
hermanos míos más pequeños, a
mí me lo hicisteis.” (Mt 25,40)
“Vayan por todo el mundo,
anuncien la Buena Noticia a toda
la creación” (Mc 16,15).
Desarrollos doctrinales sobre verdades
cristianas fundamentales referidas al hombre y a
la sociedad, y juicios sobre doctrinas o
estructuras sociales. Difícilmente se pueda
dudar o discutir estas afirmaciones de contenido permanente.
Directivas de acción, determinadas por las circunstancias concretas (lugar y
momento histórico), que son siempre cambiantes. Lo que vale para un momento o
un país determinados puede no servir en otros. Cada cristiano y cada comunidad
deben analizar e interpretar qué es aplicable a su realidad concreta.
Es resumen, ¿qué debe hacer cada cristiano frente a la enseñanza social de la
Iglesia? Varias cosas:
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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 Estudiar la DSI: leer los documentos y conocer su contenido.
 Conocer los fundamentos de la doctrina cristiana, es decir, lo que enseña sobre la
creación y el destino del hombre, el pecado, Cristo y la redención, la historia de la
Iglesia, la muerte, el juicio final, etc. La DSI forma parte de la doctrina cristiana, y
sin conocer ésta no se puede llegar a comprenderla.
 Analizar la realidad en que vive, a la luz de la Doctrina Social, para orientar su
vida concreta.
 Tratar de llevar a la práctica esa orientación, en la familia, en el barrio, en el
trabajo, en la parroquia, en la política, en la acción gremial, etc.
MAGISTERIO SOCIAL DEL EPISCOPADO LATINOAMERICANO
Documento de Río de Janeiro. Extiende y empieza analizar la cuestión social en
un momento muy crítico de formación y planificación, en búsqueda de paz y libertad
en Latinoamérica. Sobre todo el emigrante.
Documento de Medellín. Hace la aplicación del concilio Vaticano II a América
Latina. Analiza el crecimiento demográfico. Éxodo de población del campo a las
ciudades. Crecimiento de la marginalidad, movimientos guerrilleros en varios países
de la región. Muestra la preocupación por la “promoción humana”, la justicia, la paz,
la familia y demografía, la educación y la Juventud.
Documento de Puebla. Estudia la DSI, la ideología, la liberación cristiana, el poder
político, el uso de los bienes; gobiernos militares en Brasil, Uruguay, Chile, Bolivia,
Argentina, etc.; subsistencia de algunos movimientos guerrilleros; crecimiento de la
deuda externa; violaciones de los derechos humanos. Se hace un estudio profundo
de la opción preferencial por los jóvenes y los pobres.
Conclusiones de Santo Domingo. Hace mención sobre la Nueva evangelización,
Promoción humana, cultura cristiana. Durante gobiernos democráticos en casi todos
los países latinoamericanos. Planes de ajuste económico. Situaciones de extrema
pobreza. Narcotráfico. Corrupción administrativa.
Aparecida. El documento está centrado en la persona cristiana como “discípulo y
misionero de Jesucristo” en el mundo de hoy. En ella, se invita a retomar el
compromiso cristiano de trabajar por un mundo más humano, de servicio y de
esperanza. También enmarca los grandes desafíos del tercer milenio, y la
preocupación por dar una respuesta a la sociedad actual.
MAGISTERIO SOCIAL DEL EPISCOPADO BOLIVIANO
La Tierra. Una urgente preocupación sobre la distribución de tierras, la propiedad
privada, impuestos, etc.
El Agua. Es el don más preciado, con este documento exhorta a cuidar y
aprovecharlo bien.
La política, la situación económica, el trabajo, el análisis de la realidad, etc. La
Iglesia boliviana siempre ha hecho sus pronunciamientos y aportes, buscando una
salida en bien común para la sociedad.
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19
En fin, como asignatura de una carrera universitaria procura ayudar al alumno a
continuar perfilando su formación profesional desde una perspectiva de servicio a la
sociedad inspirado en el evangelio y en la concreta realidad socio-económicopolítico-cultural de la misma.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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UNIDAD DIDÁCTICA II
LA DIMENSIÓN HISTÓRICA DE LA DSI
COMPETENCIA
Describe el desarrollo histórico de la Doctrina Social de la Iglesia, partiendo de su
fundamentación bíblica, de cuya fuente beben la teología y preparan el campo para
las encíclicas papales que denuncian los sistemas político-económicos que atentan
contra la dignidad del hombre y proponen una visión cristiana para la solución de
los distintos problemas sociales.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 La Doctrina Social en el Antiguo Testamento
 La Doctrina Social en el Nuevo Testamento
 La Doctrina Social de la Iglesia anterior al siglo XX
 La formación de la Doctrina Social de la Iglesia en la época contemporánea
1. LA DSI ANTERIOR AL SIGLO XIX
EL MENSAJE SOCIAL DEL ANTIGUO TESTAMENTO
Cualquier experiencia religiosa auténtica, en todas las tradiciones culturales,
comporta una intuición que logra captar algún rasgo del rostro de Dios. Dios aparece
como origen y garantía de las condiciones fundamentales de vida del hombre: pone
a su disposición los bienes necesarios e interpela la acción humana —tanto en el
plano personal como en el plano social—, acerca del uso de esos mismos bienes en
la relación con los demás hombres.
Dios se revela progresivamente al pueblo de Israel. Según el libro del Éxodo, el
Señor dirige a Moisés estas palabras: “Bien vista tengo la aflicción de mi pueblo en
Egipto, y he escuchado su clamor en presencia de sus opresores; pues ya conozco
sus sufrimientos. He bajado para librarle de la mano de los egipcios y para subirle de
esta tierra a una tierra buena y espaciosa; a una tierra que mana leche y miel” (Ex
3,7-8). La cercanía gratuita de Dios se manifiesta en la liberación de la esclavitud y
la tierra que le dona.
En el monte Sinaí, la iniciativa de Dios se plasma en la Alianza con su pueblo, al que
los mandamientos (cf. Ex 20). Los mandamientos ponen de relieve los deberes
esenciales y, por tanto indirectamente, los derechos fundamentales inherentes a la
naturaleza de la persona humana. Constituyen las reglas primordiales de toda vida
social. Del Decálogo deriva un compromiso que implica no sólo la fidelidad a Dios,
sino también las relaciones sociales dentro del pueblo de la Alianza. Estas últimas
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
21
están reguladas especialmente por lo que ha sido llamado el derecho del pobre: “Si
hay junto a ti algún pobre de entre tus hermanos… no endurecerás tu corazón ni
cerrarás tu mano a tu hermano pobre, sino que le abrirás tu mano y le prestarás lo
que necesite para remediar su indigencia” (Dt 15,7-8). Todo esto vale también con
respecto al forastero: “Cuando un forastero resida junto a ti, en vuestra tierra, no le
molestéis. Al forastero que reside junto a vosotros, le miraréis como a uno de
vuestro pueblo y lo amarás como a ti mismo; pues forasteros fuisteis vosotros en la
tierra de Egipto. Yo soy Yahveh, vuestro Dios” (Lv 19,33-34). El don de la liberación
y de la tierra prometida, la Alianza del Sinaí y el Decálogo, están, por tanto,
íntimamente unidos por una praxis que debe regular el desarrollo de la sociedad
israelita en la justicia y en la solidaridad.
Entre las múltiples disposiciones que tienden a concretar el estilo de gratuidad y de
participación en la justicia que Dios inspira, la ley del año sabático —celebrado cada
siete años— y del año jubilar —cada cincuenta años— (Ex 23; Dt 15; Lv 25) se
distinguen como una importante orientación para la vida social y económica del
pueblo de Israel. Es una ley que prescribe, además del reposo de los campos, la
condonación de las deudas y una liberación general de las personas y de los bienes:
cada uno puede regresar a su familia de origen y recuperar su patrimonio.
Los preceptos del año sabático y del año jubilar constituyen una doctrina social en
embrión. Muestran cómo los principios de la justicia y de la solidaridad social están
inspirados por la gratuidad del evento de salvación realizado por Dios y no hay lugar
a intereses y objetivos egoístas.
Estos principios se convierten en el punto de apoyo de la predicación profética. Los
profetas anuncian que el Espíritu de Dios hará arraigar en el corazón del hombre los
mismos sentimientos de justicia y de misericordia que moran en el corazón del
Señor (cf. Jr 31,33 y Ez 36,26-27).
La reflexión profética y sapiencial llega a formular el principio de la creación de todas
las cosas por Dios. Si Dios es el autor de la creación es también el dueño de todo lo
creado. Nadie puede arrogarse, entonces, la propiedad de los bienes que Dios ha
puesto a disposición para disfrute de todos los seres humanos. Por otra parte, el
hombre y la mujer han sido creados a su imagen y semejanza (cf. Gn 1,26-27), es
decir que tienen la misma dignidad. Esta dignidad se traduce en la igualdad de
derechos y deberes.
La narración del pecado de los orígenes (cf. Gn 3,1-24) describe la tentación
permanente a apartarse del amor de Dios y querer administrar por cuenta propia la
existencia y el actuar en el mundo. La ruptura de la relación de comunión con Dios
provoca la ruptura de la relación de comunión entre el hombre y la mujer y de la
relación armoniosa entre los hombres y las demás criaturas. En esta ruptura
originaria debe buscarse la raíz más profunda de todos los males que acechan a las
relaciones sociales entre las personas humanas, de todas las situaciones que en la
vida económica y política atentan contra la dignidad de la persona, contra la justicia
y contra la solidaridad.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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EL MENSAJE SOCIAL DEL NUEVO TESTAMENTO
La DSI recibe del Nuevo Testamento el mensaje social, como depósito y fuente de
inspiración activa, que debe conservar en todo momento y que debe ajustar, con
discernimiento depurado, a las circunstancias de cada época. No es dueña del
mensaje, sirio depositaria, administradora.
Se hace así la DSI portadora del sentido social que irradia de la Buena Nueva, la
cual contiene claramente algunas verdades fundamentales, que han forjado
profundamente el pensamiento social de la Iglesia en su camino a través de los
siglos (Cfr. Orientaciones 15-16).
Este mensaje originario, que tiene sus precedentes en las enseñanzas sociales del
Antiguo Testamento, ha sido desarrollado posteriormente, primero, por los Santos
Padres y, luego, por los grandes teólogos católicos.
EL MAGISTERIO SOCIAL DE LOS SANTOS PADRES
Los Santos Padres, tanto los de Oriente como los de Occidente, forman el segundo
momento en la configuración del patrimonio de la DSI. Fueron ellos los que
inauguraron la era de un nuevo humanismo que se fundamenta en Cristo.
A lo largo de casi diez siglos desarrollaron fielmente, aplicándolo según la época, el
mensaje social del Nuevo Testamento, como maestros y expositores cualificados de
la doctrina católica y como luchadores y defensores de la dignidad del hombre y de
la vida social. Durante siglos tuvieron que suplir ellos, y la propia Iglesia con ellos,
las insuficiencias y las lagunas de la imperfecta, y en ocasiones balbuciente,
organización de la sociedad civil. Alentaron la recuperación de la herencia romana
decaída y moderaron con acierto las energías de los pueblos germánicos que
invadieron el Imperio.
A la actividad docente de los Santos Padres, y al dinamismo asistencial que la
Iglesia desplegó en el cuidado pobre y necesitado, debe añadirse la praxis que
crearon en la evangelización de Europa grandes santos misioneros de Oriente y
Occidente. Fueron ellos los pioneros de la civilización europea cristiana. Con su
vida, escritos y métodos misioneros escribieron páginas decisivas en el libro del
patrimonio histórico de la DSI y también de la cultura de Occidente.
LA APORTACIÓN SOCIAL DE LOS GRANDES TEÓLOGOS
En el no corto trayecto que separa los siglos XI al XVIII fueron los grandes maestros
de la teología católica los que “primero en los monasterios y después en las
universidades” hicieron “posible la elaboración científica de los principios básicos
que regulan la ordenada convivencia humana” (Orientaciones, 7).
Nos referimos a las figuras cimeras de la Escolástica en sus dos conocidos
momentos de esplendor:
 el medieval (siglo XIII), en el que destacan como nombres representativos Santo
Tomás de Aquino y San Raymundo de Peñafort;
 el renacentista y posrenacentista (siglos XVI y XVII) con Vitoria, Suárez y
Belarmino. Pero el cuadro de los teólogos creadores del pensamiento social
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
23
católico de la Edad Moderna rebasa con creces el escueto elenco enumerado.
Buena parte de sus enseñanzas forma hoy capítulos que tienen vigencia actual en
los tratados de la DSI.
En estas dos épocas florecieron sendos equipos teológicos que, basados en el
mensaje social del Evangelio y en las enseñanzas de la Patrística, crearon la
primera gran sistematización de la DSI, desarrollada por los Papas en los siglos XIX
y XX.
2. LA FORMACIÓN DE LA DSI EN LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA
Se comprueba en este tema que en los documentos sociales del Magisterio se
hallan presentes todos los principios, los originarios y los derivados (Cf. U.D. 3,
apartado l). Pero cada documento, por razón del tema particular que aborda, y por
imposición del contexto histórico en que se produce, atiende con frecuencia y
subraya con trazo fuerte uno u otro principio.
El proceso de formación de la DSI no debe concebirse como una obra cuyas
escenas van introduciendo sucesivamente un principio tras otro, dejando a los
demás entre bastidores. En el escenario se encuentran siempre todos los principios.
Pero el primer plano lo tiene un principio determinado.
La presencia simultánea de todos los principios es un primer dato. El segundo viene
dado por el relieve primario que en un momento histórico determinado adquiere uno
u otro principio, el que las circunstancias imponen.
LEÓN XIII
La temática, que los documentos sociales de León XIII abordan, no se limita a lo
económico, sino que se extiende también a la familia, la política y la cultura. Sus
enseñanzas se alzan durante el último tercio del siglo XIX:
 en el escenario en que se mueven la revolución industrial, el liberalismo político,
el capitalismo económico, y el socialismo revolucionario;
 el telón de fondo está ocupado casi exclusivamente por la presencia de Europa,
sacudida por los seísmos que siguieron a la Revolución francesa y la Ilustración; y
la presencia de América, en trance de previsible y agitada independencia.
De larga duración en el tiempo, de temática variada y amplia, y de honda intensidad
en cuanto a contenidos docentes, el magisterio del sucesor de Pío IX indica el punto
de partida decisivo en el giro nuevo del diálogo de la Iglesia con el mundo
contemporáneo. Con fidelidad exquisita a las más puras esencias evangélicas, supo
oír e interpretar la voz de la época y decir su palabra de Maestro universal también
en lo social.
RERUM NOVARUM (15-V-1891)
Limitando la síntesis a la encíclica Rerum Novarum (RN), dos son los puntos de
doctrina general que en ésta destacan:
 el principio de la obligada intervención del Estado en el campo socioeconómico,
que es expresión sectorial del principio de subsidiariedad.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
24
 y el principio de la libre asociación de los trabajadores que pertenece, como parte,
al principio general de la concepción orgánica de la vida social.
Debe notarse que, aunque el derecho de asociación se circunscribe en la RN al
ámbito laboral, los elementos definidores del principio genérico de asociación están
todos, y definitivamente, en aquélla.
Sin embargo, en la RN aparecen, meramente apuntados y sin desarrollo explicativo
propio, otros principios generales de la DSI:
 el de la solidaridad basada en la fraternidad universal;
 el del bien común como motor del principio de convergencia;
 el del derecho natural y el destino universal de los bienes temporales;
 y el principio antropológico o primado de la persona humana.
La presencia de las realidades teológicas y cristológicas es fundamental y queda
recogida abundantemente en la RN. Pío XII, en 1953, llamó la atención sobre este
aspecto.
PÍO XI
Pío XI abarcó con sus enseñanzas sociales todo el panorama de la convivencia,
definido por la problemática de la época. Cambios profundos se habían operado en
relación con el contexto histórico al que atendió León XIII. El sentido del cambio era
de seria agravación de los problemas.
Los datos que configuraban una situación nueva, que requería respuesta nueva por
parte de la Iglesia, eran:
 la concentración de fuerza y de poder económicos,
 la lucha de clases exacerbada,
 la primera guerra mundial y sus efectos,
 la revolución bolchevique de 1917,
 la crisis económica de 1929,
 la aparición de los totalitarismos de diferente signo,
 los avances del laicismo y el odio a lo divino, promovido por el comunismo.
A montar esta respuesta atendió el magisterio de Pío XI. Cuatro sectores destacan
en la documentación social del Papa Ratti: El familiar, el económico, el cultural y el
análisis de la información.
QUADRAGESIMO ANNO
La Quadragesimo Anno (QA) aparece a los cuarenta años de la RN. Más que un
hito, es un gran obelisco en el camino histórico y doctrinal que recorre este tema. La
encíclica QA aportó al acervo de la DSI tres elementos en el orden de los principios
generales derivados:
 la definición completa y la explicación definitiva del principio de la función
subsidiaria de la autoridad y, por consiguiente, del Estado. Con ello se reiteraba y
esclarecía el principio de la participación de los gobernados.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
25
 la confirmación ampliatoria del principio de la concepción orgánica de la vida
social, con la doctrina de las corporaciones como entidades intermedias de origen
privado, no estatal, y de derecho público, para dar consistencia al tejido social y
robustecer el papel del ciudadano, asociado, en la vida pública.
 el principio de la justicia social, que tuvo pronto su prolongación en la encíclica
Divini Redemptoris.
La aportación doctrinal de Pío XI supuso un avance, expansión y consolidación de la
DSI. Dio, al mismo tiempo, un impulso poderoso a la doctrina católica y a la acción
social de los católicos; impulso que fue entonces certeramente canalizado por la
obra de la Acción Católica, organización conexa con la Jerarquía.
PÍO XII
La contribución de Pío XII a la DSI fue gigantesca, por la altura y densidad de sus
enseñanzas, y significativa, porque marcó el tránsito de León XIII y Pío XI hacia las
enseñanzas de Juan XXIII y el Vaticano II.
El magisterio de Pío XII se orientó no sólo a los hijos de la Iglesia, sino a toda la
humanidad. Fue la gran voz del humanismo en las décadas de los cuarenta y
cincuenta del presente siglo.
Los radiomensajes
Debe subrayarse el inmenso, asombroso y sugestivo bloque de los diecinueve
radiomensajes navideños (1939-1957), en el que, como indica el propio Pío XII, se
distinguen tres momentos:
 la segunda guerra mundial,
 la guerra fría,
 la que él denominó la paz fría o distensión relativa entre el Este y el Oeste.
Este conjunto de documentos sociales ofrece una cantera de materiales para el
estudio, fijación y vivencia de la DSI. Nada de lo social quedó fuera de sus análisis:
 dio nuevo desarrollo a la doctrina sobre el matrimonio la familia, la política y la
economía.
 amplió extraordinariamente el tratado de la cultura.
 expuso con renovado acento el tema de la información, ya iniciado por Pío XI,
dando entrada en la DSI a los nuevos medios de comunicación social.
 abrió un nuevo campo, el del derecho, hasta entonces sólo tangencialmente
tocado por sus predecesores;
 proporcionó, en innumerables ocasiones, múltiples datos sobre las profesiones
temporales, atendiendo no sólo sus aspectos técnicos, sino también el trasfondo
ascético de la tarea profesional, como medio de santificación.
Los cuatro principios originarios de la DSI
Pío XII ha dado un tratamiento externo e intenso a todos y a cada uno de los cuatro
principios originarios de la DSI, que cobran relieve de objeto singular y tratamiento
específico:
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
26
 el principio teológico lo domina todo;
 el cristológico tiene una exposición solemne y ungida en el último radiomensaje
dirigido, en 1957, a toda la humanidad;
 el antropológico consta de dos retratos, el del hombre completo a la luz de la
razón y de la fe, y el del hombre contemporáneo en su actual situación, compleja
y contradictoria;
 el principio del derecho natural, con su engarce necesario con la ley eterna y su
proyección en la ley positiva, principio y conexiones que Pío XII formuló con su
certera frase del orden absoluto del ser, de los valores, y de los fines.
JUAN XXIII
Tanto en la Pacem in Terris como en la Mater et Magistra reiteró claramente los
sumos principios originarios:
 particularmente el principio de “ordo naturae” (orden natural), al cantar la armonía
maravillosa del cosmos y recoger las disonancias que en esa espléndida armonía
introducen los desórdenes humanos. Es este principio, unido al antropológico, el
que fundamenta la cuidadosa atención que Pacem in Terris de los derechos
fundamentales del hombre.
 El principio de convergencia reaparece en el extenso pasaje dedicado al bien
común.
 Análoga insistencia se observa respecto del principio de la subsidiariedad, cuya
ubicación se traslada al plano mundial, y de principio de solidaridad universal. La
socialización es el dato de época, que Juan XXIII utiliza para reforzar el concepto
de organicidad de la vida social.
Pero Juan XXIII no atendió solamente a los principios generales. Cuidó sobremanera
de explanar, con amplitud inédita hasta entonces en la documentación del
Magisterio, los criterios de juicio y las pautas generales para la acción social. Y lo
hizo para adaptar la DSI y la acción social de los católicos a las exigencias del
tiempo.
EL CONCILIO VATICANO II
En términos generales, el Concilio ofreció una síntesis autorizada, de interpretación
auténtica, y estilísticamente nueva, de la Parte General de la DSI. Y, además,
proporcionó una serie de apuntes certeros sobre los principales tratados de la Parte
Especial, apuntes en los que se combina la presencia de los principios con los datos
de coyuntura, circunstancial y pasajera, propios del momento. El documento capital
es la Gaudium et Spes.
La Congregación para la Educación Católica afirma a este propósito dos cosas:
 primera, entre la Mater et Magistra (1961) y la Gaudium et Spes (1965), “el
camino recorrido por la doctrina social fue considerable”;
 segunda, la Gaudium et Spes, en el campo de la economía y, en general, en todo
el amplio territorio de la convivencia, “supuso un giro fundamental en el proceso
evolutivo de la DSI”, particularmente en lo tocante al desarrollo, que ha de
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
27
fundarse “en un concepto auténticamente humanista”, que abarque las dos
vertientes de la vida humana y se extienda a todos los pueblos (Orientaciones,
24).
Es preciso distinguir entre lo que es el contenido real de las enseñanzas sociales de
los Padres conciliares, y lo que posteriormente han dicho y explicado los estudiosos
de la doctrina social católica. Con respecto a este segundo grupo, es menester
retener lo correcto y abandonar lo incorrecto.
PABLO VI
Las enseñanzas de Pablo VI forman otro de los caudalosos ríos que mantienen y
han incrementado notoriamente la DSI. Su magisterio en lo social abarcó todos los
campos. Dos son sus documentos capitales: la encíclica Populorum Progressio, de
tema económico predominante, y la carta Octogesima Adveniens, de carácter
político y social. Pero además sus intervenciones doctrinales fueron innumerables.
El pontificado de Pablo VI se desarrolló en la situación mundial que ya esbozamos a
propósito de Juan XXIII, con la creciente tensión entre el Este y el Oeste y el abismo,
cada día mayor, entre el Norte y el Sur. Continuó avanzando el secularismo. Y tras
el Concilio, y no a causa del Concilio, se acentuó la crisis de la DSI promovida por
ciertos sectores internos de la Iglesia de la llamada teología de la liberación, ante la
cual tuvo que hacer serias advertencias el Magisterio.
Populorum Progressio y Octogesima Adveniens
La encíclica Populorum Progressio (PP) se dirige a todos los hombres. Es
documento interno y externo a la vez. La carta Octogesima Adveniens (OA), que
conmemoró el octogésimo aniversario de la Rerum Novarum, es documento
doméstico, interno.
Ambos escritos, a los que debe añadirse la encíclica Ecclesiam Suam como
precedente, se sitúan en el contexto y en la perspectiva de la Gaudium et Spes, pero
con un matiz diferenciador: el de actualizar la Parte segunda de la constitución
conciliar y reforzar con energía significativa la Parte primera de dicho texto.
La encíclica Populorum Progressio (1967), que propugna el retorno al concepto
completo del desarrollo, reitera también la doctrina de los grandes principios
generales, particularmente el antropológico y el naturalista.
La definición cabal del desarrollo, nombre nuevo de la paz, no puede desentenderse
de su necesario enlace con el humanismo trascendente. Todos los principios están
presentes en la PP, aunque con diferente amplitud explicativa: la solidaridad, la
participación, “campo en el que queda mucho por hacer”, la subsidiariedad, y la
organicidad.
En la Octogesima Adveniens (1971) Pablo VI atiende, más que a los principios
generales de la DSI, a los criterios de juicio que deben servir para el correcto
discernimiento cristiano, y también a las normas de acción del cristiano en la vida
social. No consagra fácil e indiscriminadamente el pluralismo, sino que delimita el
ámbito de una correcta pluralidad de los cristianos en el orden temporal.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
28
Pablo VI no da patente de legitimidad a cualquier opción: fija condiciones, reitera
cautelas y recuerda límites, para salvaguardar la pureza de las opciones católicas.
Por eso habla de los católicos inconscientes y de los católicos seducidos. En este
sentido, la OA puede considerarse como complemento de la parte que la Ecclesiam
Suam dedicó al diálogo en sus dos esferas, la intraeclesial y la extraeclesial.
JUAN PABLO II
Sintetizar la aportación de Juan Pablo II a la DSI no es tarea fácil. Por un lado, tal
aportación se halla in fieri, no está concluida. Por otra parte, el número de los
documentos es inmenso. No tiene precedente igual en el Magisterio de los Papas
contemporáneos.
Se puede afirmar, sin embargo, que uno de los datos fundamentales de esa
aportación viene dado por la insistencia, claridad y energía, con que Juan Pablo II ha
reiterado la actualidad urgencia y necesidad de DSI. Ha resuelto dudas, ha
deshecho objeciones tanto externas como domesticas y ha recorrido todo el campo
de la temática social presente. Y ello desde el primer momento de su pontificado.
En sus tres grandes encíclicas sociales —Laborem Exercens (1981), Sollicitudo Rei
SociaIis (1987) y Centesimus Annus (1991)— ha recogido y actualizado el entero
cuadro de la doctrina. Todos los grandes principios, originarios y derivados, están
incorporados y desarrollados. Lo mismo debe decirse de los criterios de
discernimiento y de las normas para la acción.
Defensa del hombre
La defensa del hombre constituye hoy y ha constituido siempre el punto central de la
DSI. La Iglesia posee, por entrega divina, la verdad completa sobre el hombre, frente
“a la paradoja inexorable del humanismo ateo, el drama del hombre amputado de
una dimensión esencial de su ser —el Absoluto— y situado así frente a la mera
reducción del mismo ser”, dijo en Puebla (28 enero 1979).
Es la fe revelada la que manifiesta plenamente al hombre su identidad verdadera:
Y precisamente de la fe arranca la DSI, la cual, valiéndose de todas las aportaciones
de las ciencias y de la filosofía, se propone ayudar al hombre en el camino de la
salvación. (CA 54)
Naturaleza de la DSI
La capacidad de la DSI, de ser siempre la misma y de sintonizar certeramente con
los retos de cada época, es la que explica la línea de continuidad —‘conexión
orgánica”— y el dinamismo evolutivo —”nuevas significaciones y nuevos
cometidos”— que aquélla posee. La cuestión social ha pasado de ser “el problema
de la clase” a convertirse en el “problema del mundo”. La DSI se ha mundializado
(LE, 2).
Con relación a la naturaleza de la DSI, Juan Pablo II reitera lo afirmado por los
Papas contemporáneos y el Vaticano II:
“La DSI no es “una tercera vía” entre el capitalismo liberal y el colectivismo marxista, y
ni siquiera es una posible alternativa a otras soluciones menos contrapuestas
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
29
radicalmente, sino que tiene una categoría propia. No es tampoco una ideología, sino
la cuidadosa formulación del resultado de una atenta reflexión sobre las complejas
realidades de la vida del hombre en la sociedad y en el contexto internacional, a la luz
de la fe y de la tradición eclesial. Su objetivo principal es interpretar esas realidades,
examinando su conformidad o diferencia con lo que el Evangelio enseña acerca del
hombre y de su vocación terrena y a la vez trascendente, para orientar en
consecuencia la conducta cristiana. Por tanto no pertenece al ámbito de la ideología,
sino de la teología.”(SRS, 41)
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
30
UNIDAD DIDÁCTICA III
PRINCIPIOS, CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE LA DSI
COMPETENCIA
Examina y compara los principios, criterios y orientaciones de la Doctrina Social de
la Iglesia y los aplica a situaciones de su realidad social, regional, nacional e
internacional.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Los principios generales de la Doctrina Social de la Iglesia
 Los criterios de juicio para enjuiciar correctamente las realidades sociales
 Las directrices para la acción social
1. LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA DSI
La DSI, como corpus de enseñanzas oficiales y como disciplina científicamente
estructurada, dispone de un cuadro de principios generales, de carácter
permanente y valor universal, que gravitan sobre todas y cada una de las áreas
particulares de la convivencia. Todos los principios generales (sean de primer o
segundo grado) son universales, permanentes, constantes. Sus enunciados son
reales y no meros enunciados lógicos. Algunos son estrictamente revelados, y otros
son de alcance natural.
LOS CUATRO PRINCIPIOS ORIGINARIOS O DE PRIMER GRADO
Este primer gran sector está formado por cuatro principios escalonados, que
expresan las realidades fundamentales y constituyen la base inamovible de toda la
DSI. Son el principio teológico, el cristológico, el antropológico, y el ius
naturalista o del orden natural en su relación con el hombre. Dicho con palabras
concretas: Dios, Jesucristo, el hombre, y la naturaleza.
El principio teológico
Afirma la realidad suprema y primera: “Dios existe; ha creado el universo y el
hombre”. Es el principio originario número uno de la DSI.
De categoría primordial. Afirma la trascendencia absoluta de Dios y su acción
creadora y providente. Subraya el origen divino de la dimensión social del hombre
en todas sus manifestaciones correctas. Dios es la causa primera, el fundamento
último, y la finalidad de toda forma social.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
31
El principio cristológico
El segundo principio originario, que prolonga y complementa el anterior, afirma que
Jesucristo es Dios hecho hombre. Ha entrado en la historia de la humanidad y ha
redimido definitivamente al hombre. Este principio pertenece por entero al área de la
fe cristiana. La DSI presupone, afirma y proclama la divinidad de Jesús de
Nazaret.
El principio ha tenido un desarrollo notorio en el Magisterio social de la Iglesia de la
época contemporánea:
 La encíclica Quas primas (8) afirma que “bajo la autoridad de Cristo se halla toda
la humanidad… Cristo tiene autoridad sobre todas y cada una de las realidades
sociales del hombre”.
 El Concilio Vaticano II lo reitera en la Constitución Gaudium et Spes (22; 32; 38;
45): todo lo comunitario tiene en Cristo su asiento y fundamento últimos.
 Las Orientaciones (63) lo recogen para la DSI, “la cual hunde sus raíces en la
historia misma de la salvación y encuentra su origen en la misión salvífica y
liberadora de Jesucristo y de la Iglesia”. La DSI es “una exigencia de la fe a la luz
de la realeza de Cristo”.
El principio antropológico
Afirma este tercer principio la primacía total —subordinada a Dios y a Cristo—
del hombre por encima de todo el orden material y en todas las formas y ámbitos de
la convivencia humana. Es el principio que define la dignidad del ser, de la persona
humana. El hombre, todo hombre, es señor de las realidades temporales. Es
“imago Dei” en el tiempo y en el espacio, administra solidariamente y usa
responsablemente todos los bienes de la creación.
Su directa, necesaria e intrínseca conexión con los dos principios anteriores,
establece la dignidad inviolable y permanente de la persona humana. En la DSI
las dos formulaciones de este principio, principio antropológico y principio de la
dignidad humana, son sinónimas y su concepción del hombre brota conjuntamente
de la razón y de la fe.
El principio del derecho natural
Está en conexión con los tres anteriores y afirma la existencia de la naturaleza, de
un orden en la misma, y de su origen divino. Este principio sobre el orden de la
naturaleza se reduce a afirmar el tema básico del destino universal de todos los
bienes materiales creados, para todos los hombres y para todos los pueblos.
Es el gran principio que regula, por ejemplo, en lo económico, el tema del desarrollo;
en lo jurídico, la institución de la propiedad y en lo filosófico, el grave problema de un
derecho justo y de un derecho injusto.
LOS SEIS PRINCIPIOS GENERALES DE SEGUNDO ORDEN
Son los principios que proceden de los cuatro principios originarios o de primer
orden. Aquí los enumeramos, dejando su desarrollo para las unidades siguientes:
 La solidaridad, como expresión social de la radical fraternidad humana.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia





32
El bien común o convergencia y colaboración de todos.
La subsidiariedad, afecta directa y permanentemente a la autoridad social.
La participación, propia de los gobernados.
La vida social, concebida armónicamente.
La justicia social.
Todos estos principios, que son derivados y universales, son de aplicación
necesaria en todas las dimensiones sociales del hombre, de acuerdo con el origen,
naturaleza, objeto y sentido de cada una de ellas.
2. LOS CRITERIOS DE JUICIO PARA ENJUICIAR LAS REALIDADES SOCIALES
La DSI no tiene como finalidad la mera contemplación especulativa, ni el simple
estudio teórico de los grandes principios indicados en el epígrafe anterior, sino
promover y canalizar la acción social de los católicos, histórica y localmente
configurada, a la luz de los referidos principios.
LOS CRITERIOS DE JUICIO
Por criterios de juicio se entienden las normas siempre válidas para juzgar sistemas,
estructuras, instituciones y situaciones sociales concretas. Tales criterios, que son
irrenunciables, forman parte del depósito esencial de la DSI.
Tomados del Magisterio, pueden señalarse los siguientes criterios prácticos:
 El conocimiento cierto del objeto o situación social que se enjuicia, y de la
identidad cultural de cada comunidad, pueblo o agrupación social.
 La capacitación profesional y la experiencia correspondiente para juzgar con
conocimiento de causa la materia respectiva.
 La formación correcta de la conciencia social, a la luz de Evangelio y de los
documentos del Magisterio, y el cultivo serio de una sensibilidad social
cristiana.
 Vigilancia, cautela e inventiva, para evitar que en el proceso de formación del
juicio crítico se introduzcan elementos ajenos.
EL DEBER DE LA IGLESIA DE EMITIR JUICIOS
El Magisterio tiene el deber y consiguientemente el derecho de “emitir su juicio
moral, incluso sobre materias referentes al orden político, cuando lo exigen los
derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas, utilizando todos
y sólo aquellos medios que sean conformes al Evangelio y al bien de todos, según la
diversidad de tiempos y de situaciones” (GS, 76). La Iglesia no puede ser neutral
en el campo de la moralidad, ni puede practicar por sistema la abstención o el
silencio.
En definitiva, el enjuiciamiento ‘consiste en llegar, a la luz de los principios
permanentes, a un juicio objetivo sobre la realidad social, y a concretar según las
posibilidades y oportunidades ofrecidas por las circunstancias, las opciones más
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
33
adecuadas que eliminen las injusticias y favorezcan las transformaciones políticas,
económicas y culturales necesarias en cada caso particular’.
3. LAS DIRECTRICES PARA LA ACCIÓN SOCIAL
Las directrices, están fijadas y son urgidas por el Magisterio. Por su intrínseca
universalidad son aplicables a todos los sectores de la vida en sociedad. Los sujetos
activos de estas normas de acción inmediata en lo social son:
 en primer término los seglares, a los que principalmente corresponde la tarea de
aplicar las directrices, pero no exclusivamente;
 en segundo plano, los pastores.
EL RESPETO AL HOMBRE
A todo hombre, sin discriminaciones, y a todo el hombre, sin reduccionismos
deformadores y unilaterales. En cualquier medio y situación, porque el hombre es el
prójimo, el sujeto activo y pasivo del segundo mandamiento.
Este respeto, como directriz de la acción social, no se limita a adoptar una actitud
meramente pasiva e inoperante sino que incluye un esfuerzo personal y diario para
promover la total dignidad del prójimo, individuo o colectividad. Las parábolas del
buen samaritano (Lc 10,30-37) y del rico epulón (Lc 16,19-31) mantienen el valor de
arquetipo exigente —en la acción y en la omisión— de esta norma.
EL EJERCICIO DEL DIÁLOGO
Este diálogo debe tener las siguientes características: respeto y coherencia, lealtad
y realismo, intra y extraeclesialidad, para hallar vías de solución eficaces que exijan
la colaboración de todos.
En el ejercicio del diálogo debe distinguirse siempre entre el error y el sujeto que
lo profesa, porque el equivocado de hoy puede mañana liberarse del error. Y hay
que distinguir también los sistemas ideológicos en su estadio inicial puro y los
movimientos históricos nacidos de esos sistemas. Con el paso del tiempo pueden
éstos liberarse de la rigidez de aquéllos (MM, 205-297; PT, 158-159).
LA LUCHA POR LA JUSTICIA
Nos referimos a la lucha, noble y razonada, por la justicia social y por la solidaridad.
La lucha por la justicia exige una ascética, a la luz de la razón y sobre todo de la fe,
para superar dos escollos:
 la cobardía, superable por la fortaleza del espíritu para eliminar injusticias y
situaciones de justicia consolidada;
 el impulso desordenado, ajustable por el criterio de la evolución, no el de la
revolución.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
34
LA EXPERIENCIA DE LA VIDA
Apunta esta orientación principalmente a los laicos, aunque abarque también a los
pastores en su radio de acción. La experiencia es, en todo orden de cosas,
producto de la vida diaria conscientemente llevada.
La experiencia, de la que habla la DSI, se obtiene por dos vías no intercambiables,
pero sí complementarias:
 la experiencia profesional, o saber práctico, es el conocimiento personal
adquirido y aquilatado con los años, que una persona logra en una realidad
temporal determinada;
 la experiencia religiosa es también una necesidad práctica, no siempre atendida
en grado suficiente, pero que para la acción social cristiana es un requisito
absolutamente necesario.
EL COMPROMISO POLÍTICO DEL CRISTIANO
Este tipo de compromiso precisa disponer de ideas claras, que evite confusión y
oscuridades. La fe cristiana tiene en gran estima la dimensión política de la vida
humana cuando atribuye un carácter natural a la comunidad política, un origen divino
último a la autoridad y la dignidad consiguiente de la obediencia, la primacía
ontológica y final del ciudadano, etc. Es una obligación del creyente hacer presente
la fe católica en el campo político. Esa fe generalmente subraya los valores
naturales conocidos por la sola razón.
Conviene distinguir dos realidades en este campo:
 la alta política donde la primera, la Iglesia, en cuanto tal, y por tanto su autoridad,
puede y debe juzgar los sistemas y las decisiones políticas, cuando éstas se
adentran indebidamente por el territorio de la moral;
 El compromiso político inmediato entendido como toma de decisiones
concretas, establecimiento y ejecución de programas, organización de campañas,
representación y defensa de intereses.
En una palabra, ejercicio práctico del poder político, en el que los pastores deben
mantenerse al margen. El compromiso político inmediato, tarea obligada de los
seglares, es un deber no delegado a los laicos por la jerarquía, sino propio de su
condición de bautizados y confirmados.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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UNIDAD DIDÁCTICA IV
LA PERSONA HUMANA
COMPETENCIA
Examina y reflexiona sobre las implicancias sociales que reviste la definición de la
persona humana de la que proceden todos los derechos y deberes y propone
casos de la vida real.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 La antropología cristiana
 Los derechos humanos y la Doctrina Social de la Iglesia
 Cuadro de los derechos del hombre
 Los deberes del hombre
 Los derechos y deberes del gobernante
 Los derechos y deberes de los pueblos
1. LA ANTROPOLOGÍA CRISTIANA
DIGNIDAD DEL HOMBRE, IMAGEN DE DIOS
Frente a muchos atropellos contra la
dignidad de la persona, es necesario la
defensa de la persona como tal, por eso
una de las finalidades de la Doctrina
Social de la Iglesia, es la autentica lucha
contra las violaciones a los derechos
humanos.
Mientras una quinta parte de la
población mundial —unos mil millones
de personas— goza de oportunidades
vitales cada vez mayores, tres mil
millones aspiran a superar la pobreza, y
otros mil millones tienen como único
futuro la mera supervivencia.
Entre todos los seres de la tierra, sólo el hombre tiene la jerarquía de “persona”, es
decir sujeto dotado de inteligencia, conciencia y voluntad libre y por eso mismo
centro y vértice de todo lo que existe. Pero si desde este ángulo, que podríamos
llamar ‘natural”, la dignidad de la persona aparece como importantísima, únicamente
podemos apreciar su verdadera magnitud leyendo la Biblia. En ella Dios nos revela,
no sólo que el hombre fue creado semejante a Él, sino que, cuando pecó, fue
redimido y nada menos que con la sangre de su Hijo, Jesucristo. Es, entonces, el
Creador mismo el que nos señala cuál es la dignidad que asigna al hombre. Por eso
todo atropello, toda explotación, todo maltrato a un ser humano, por más pequeño e
insignificante que parezca, es simultáneamente un atropello y una ofensa a Dios.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
36
Así, por la Biblia sabemos qué es el hombre, qué relación tiene con las cosas y con
los demás hombres y cuál es el sentido de su vida. El Catecismo de la Iglesia
Católica dice que: “Por haber sido hecho a imagen de Dios, el ser humano tiene la
dignidad de persona; no es solamente algo, sino alguien. Es capaz de conocerse, de
poseerse y de darse libremente entrar en comunión con otras personas; y es
llamado, por la gracia, a una alianza con su Creador, a ofrecerle una respuesta de fe
y de amor que ningún otro ser puede dar en su lugar” (N° 357).
FUNDAMENTOS DE LA DIGNIDAD DE LA PERSONA
El hombre ha sido creado como:
Un ser imagen de Dios
La Biblia nos enseña que el hombre fue
creado “a imagen y semejanza” de Dios,
es decir, provisto de inteligencia,
conciencia y libertad. De estas
características, propias y exclusivas del
hombre, se derivan tres consecuencias:
 Que todo hombre vale porque es
hombre, y no por lo que tiene o por lo
que sabe.
 Que toda la creación visible está bajo
su dominio.
 Que jamás puede ser tratado como
una cosa o utilizado como un objeto.
Un ser único e irrepetible
Cada hombre es una creación única e
individual de Dios. Una persona no es
un número en un conjunto, ni un
eslabón en una cadena. Cada hombre
es un ser a quien Dios crea, llama y
conoce por su propio nombre.
Un ser social llamado a un destino
trascendente
Continuamente y de mil maneras Dios
nos llama a construir la unidad fraterna
entre todos los hombres y la unidad de
todos los hombres con Él. Es decir, que
nos confía la tarea de ser co-creadores
del reino del amor, el Reino de Dios,
que comienza en la Tierra y tiene su
realización plena en la vida eterna.
“Cuando no es reconocido y amado en su
dignidad de imagen viviente de Dios, el ser
humano queda expuesto a las formas más
humillantes
y
aberrantes
de
“instrumentalización” que lo convierten
miserablemente en esclavo del más
fuerte… nos encontramos frente a una
multitud de personas, hermanos y
hermanas nuestras, cuyos derechos
fundamentales son violados, también
como consecuencia de la excesiva
tolerancia y hasta de la patente injusticia
de ciertas leyes civiles: el derecho a la
vida y a la integridad física, el derecho a la
casa y al trabajo, el derecho a la familia y
a la procreación responsable, el derecho a
la participación en la vida pública y
política, el derecho a la libertad de
conciencia y de profesión de fe religiosa.
¿Quién puede contar los niños que no han
nacido porque han sido matados en el
seno de sus madres, los niños que crecen
abandonados y maltratados por sus
mismos padres, los niños que crecen sin
afecto ni educación? En algunos países,
poblaciones enteras se encuentran
desprovistas de casa y de trabajo; les
faltan los medios más indispensables para
llevar una vida digna del ser humano; y
algunas carecen hasta de lo necesario
para su propia subsistencia. Tremendos
recintos de pobreza y de miseria, física y
moral a la vez, se han vuelto ya anodinos
y como normales en la periferia de las
grandes ciudades, mientras afligen
mortalmente a enteros grupos humanos.”
(Juan Pablo II, “Christifideles laici”, N° 5).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
37
Un ser con cuerpo y alma
Por ser una especialísima unidad de cuerpo y alma, el hombre es una síntesis única
en la creación. Por eso, puede afirmarse que no es una partícula más de la
naturaleza sino que es superior a toda ella. El hombre es el único ser que,
poseyendo interioridad y conciencia de sí mismo, puede descubrir el sentido de su
vida.
Un ser con inteligencia y sabiduría
Para descubrir ese sentido de la vida debe poner en juego su inteligencia. Por ella
consigue también dominar y colocar a su servicio al resto de la naturaleza, y por
medio de la sabiduría puede humanizar los nuevos descubrimientos, evitando así
que se vuelvan en su contra —por ejemplo, el uso de la energía atómica, la
ingeniería genética, etc.—.
Un ser con conciencia moral
El hombre es también el único ser al que Dios ha escrito su ley de amor en el
corazón. Existe en lo profundo de todo hombre una voz que le señala el bien y el
mal. Es la conciencia moral “el núcleo más secreto y el sagrario del hombre, en el
que éste se siente a solas con Dios”.
Un ser libre
Ésta es la característica más saliente de la predilección de Dios por el hombre y el
punto más alto de su dignidad. Por su inteligencia, el hombre puede conocer el
camino del bien. Sin embargo, no sería completa su dignidad si no tuviera
simultáneamente la libertad. Por eso, Dios le ha dado también este don, para que,
actuando según su libre elección y no por instinto o coacción externa, busque la
unidad de los hombres entre sí y con su Creador, y alcance así la felicidad eterna.
“Profesamos, pues, que todo hombre y toda mujer, por más insignificantes que
parezcan, tienen en sí una nobleza inviolable que ellos mismos y los demás deben
respetar y hacer respetar sin condiciones; que toda vida humana merece por sí
misma, en cualquier circunstancia, su dignificación.” (Puebla, 317)
EL HOMBRE PECADOR
El hombre fue creado como un ser libre, pero no para que las cosas le resultaran
más difíciles sino para que espontáneamente buscara su propia perfección,
uniéndose libremente al Creador.
Desde el primer hombre, el pecado es
una realidad a la que no escapa ningún
ser humano —salvo Jesucristo, Dios y
hombre, y María, su Madre—. Es algo que
todos experimentamos, al comprobar en
nuestro interior una inclinación al mal, que
muchas veces nos domina y nos impide
ser como quisiéramos ser y actuar como
sería nuestro deseo.
“A causa de su dignidad personal, el ser
humano es siempre un valor en sí
mismo y por sí mismo y como tal exige
ser considerado y tratado. Y al contrario,
jamás puede ser tratado y considerado
como
un
objeto
utilizable,
un
instrumento, una cosa.” (Christifideles
laici, 37).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
38
¿Qué es el pecado? Es la actitud del
hombre que rompe con Dios, lo niega, lo Pero el hombre pecó. “En vez de
adorar al Dios verdadero, adoró ídolos,
desprecia. Al pecar, el hombre quiere las obras de sus manos, las cosas del
librarse de su Creador, y ser él mismo un mundo; se adoró a sí mismo. Por eso,
dios. En oportunidades, esa negación es el hombre se desgarró interiormente.
expresa, como la del ateo. La mayoría de Entraron en el mundo el mal, la muerte
las veces el rechazo se produce y la violencia, el odio y el miedo. Se
simplemente adorando otras cosas en su destruyó la convivencia fraterna”
lugar: el dinero, el poder, el placer, los (Puebla, 185).
bienes materiales, el hombre mismo. Al
pecar, el hombre se engaña a sí mismo y se separa de la verdad. Cree ser más
libre, pero lo que hace es desviarse de su verdadero destino: compartir la vida
divina. Esa vocación, ese anhelo de infinito, no puede colmarse con personas que,
por su misma naturaleza, son limitadas. Por eso el hombre, alejado de Dios, no
puede encontrar la paz ni la felicidad.
Lo que el hombre logra con el pecado es alterar el orden querido por Dios:
 altera su orden o equilibrio interior: la inteligencia no domina a la voluntad; la
voluntad no controla al cuerpo ni a los sentimientos, etc.
 altera el orden de la sociedad: en las relaciones con los demás reinan el
egoísmo, la envidia, la ambición, el orgullo, la búsqueda exagerada del placer y
del sexo; se producen “estructuras de pecado”: injusticia, dominación, violencia,
lucha entre individuos, grupos, clases y pueblos, corrupción, discriminación racial
o religiosa, etc.
 altera el orden de la naturaleza: contamina la atmósfera, los mares y ríos;
produce extinción de especies animales y vegetales, destrucción de bosques,
cambios del clima, etc.
EL HOMBRE REDIMIDO POR CRISTO
Pero Dios no dejó a la humanidad librada a su suerte, sometida al pecado. Primero,
reinició el dialogo con los hombres, al elegir a un pueblo y hacer una alianza con él;
la historia de Israel nos muestra al Padre que anuncia, promete y empieza a realizar
la liberación de todos los hombres, del pecado y de sus consecuencias.
Después, Dios Padre envió al mundo a su Hijo Jesucristo, verdadero Dios y
verdadero hombre, nacido de María la Virgen por obra del Espíritu Santo.
Con la Encarnación —Dios que se hace “carne”, es decir hombre—, en Cristo y por
Cristo, el Padre se une a los hombres; el Hijo asume todo lo creado; Dios entra en la
historia humana; el hombre recupera la semejanza con Dios, deformada por el
pecado. Y para cumplir íntegramente la misión recibida de su Padre, Jesús se
entregó a la muerte, ofreciendo su vida en sacrificio por todos los hombres.
Con su muerte y su resurrección, Jesucristo nos reconcilia con Dios; nos libera del
pecado; nos da su Gracia (es decir, su vida divina), más abundante que nuestro
pecado; nos hace hijos de Dios —también nosotros podemos llamarlo Padre—; nos
hace sus hermanos y nos hace verdaderamente hermanos entre nosotros.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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LA LIBERTAD
De su condición de ser libre nace la dignidad del hombre, elevado aún más porque
Jesucristo, al redimirnos, nos liberó del peor de los males —el pecado— y del poder
de la muerte. El Catecismo de la Iglesia Católica define a la Libertad como “el poder,
radicado en la razón y en la voluntad, de obrar o de no obrar, de hacer esto o
aquello, de ejecutar así por sí mismo acciones deliberadas. Por el libre arbitrio cada
uno dispone de sí mismo. La libertad es en el hombre una fuerza de crecimiento y de
maduración en la verdad y la bondad. La libertad alcanza su perfección cuando está
ordenada a Dios, nuestra bienaventuranza”. (CIC, 1731).
Lo contrario de la libertad sería entonces la dependencia de nuestra voluntad ante
una voluntad ajena (el caso extremo sería el de la esclavitud).
Pero esa libertad no puede ser absoluta:
 por un lado, tenemos limitaciones físicas e intelectuales (muchas veces
queremos más de lo que podemos, o queremos —por error— un bien falso);
 por otro lado, convivimos en la sociedad con otras personas y necesitamos de
ellas; por eso, nuestra voluntad tiene que armonizarse con la de los demás, sobre
la base de la verdad y la justicia.
La libertad, entonces, no la tenemos para
hacer cualquier cosa. La tenemos para buscar
el bien, en el cual reside la felicidad. El hombre
se hace libre cuando conoce la verdad, y ésta
guía su voluntad. La libertad es: dominio de los
propios actos; capacidad para elegir y tomar
decisiones; liberación del mal para elegir el
bien.
“El Hijo de Dios con su encamación
se ha unido en cierto modo con
todo hombre. Trabajó con manos
de hombre, pensó con inteligencia
de hombre, obró con voluntad de
hombre, amó con corazón de
hombre.”
El hecho de ser libres nos permite actuar sobre tres planos inseparables:
 la relación con el mundo, como señor: sometiendo al mundo material mediante
el trabajo, la ciencia y la técnica;
 la relación con las personas, como hermano: como ser espiritual, vinculándonos
con los demás hombres en el amor fraterno, que incluye el servicio mutuo, la
aceptación y la promoción de los otros, especialmente de los más necesitados;
 la relación con Dios, como hijo: donde se realiza plenamente nuestra dignidad,
frente al misterio de Dios que nos llama como Padre, pero nos da la libertad
incluso para rechazarlo; somos verdaderamente hombres cuando aceptamos,
libremente, nuestra condición de hijos de Dios.
VALORES FUNDAMENTALES DE LA PERSONALA VERDAD: la convivencia civil es
ordenada, fructífera y según la dignidad humana sólo si se funda en la verdad;
 LA LIBERTAD: si no se respeta la libertad, tampoco se respeta la dignidad
humana;
 LA JUSTICIA: un orden social justo ha de respetar, en primer lugar, los derechos
de la persona;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
40
 LA PAZ: (“tranquilidad del orden”): exigida por respeto a la vida humana y su
desarrollo;
 LA FRATERNIDAD: adquiere una fundamentación radical desde la fe (Dios
nuestro Padre; caridad).
2. LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición.” (Declaración de los Derechos Humanos, Art.
2, 1).
“El respeto de la persona humana implica el de los derechos que se derivan de su
dignidad de criatura. Estos derechos son anteriores a la sociedad y se imponen a
ella. Fundan la legitimidad moral de toda autoridad: menospreciándolos o negándose
a reconocerlos en su legislación positiva, una sociedad mina su propia legitimidad
moral (cf PT 65). Sin este respeto, una autoridad sólo puede apoyarse en la fuerza o
en la violencia para obtener la obediencia de sus súbditos. Corresponde a la Iglesia
recordar estos derechos a los hombres de buena voluntad y distinguirlos de
reivindicaciones abusivas o falsas.” (CIC, 1930)
CARACTERÍSTICAS DE DERECHOS
Los derechos humanos son:
 Naturales
 Universales
 Inviolables
 Inalienables
 Objetivos
3. CUADRO DE DERECHOS DEL HOMBRE
 Derecho a la vida y a un nivel de vida digno.
 Derechos referentes a la cultura y a la educación.
 Derechos de honrar a Dios.
 Derechos relacionados con la familia
 Derechos económicos y sociales.
 Derechos a la libertad de movimiento.
 Derechos políticos.
4. LOS DEBERES DEL HOMBRE
La DSI advierte de manera insistente: tan importantes son los derechos como los
deberes del hombre. Estos son como el reverso de aquellos en una misma moneda,
contrapartida compensatoria del ejercicio de los derechos. La sabiduría jurídica de
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
41
Roma ya lo anticipó: donde surge un derecho, late una obligación, un deber (“ubi ius,
ibi est officium”).
Estos deberes, como los derechos, vienen impuestos por los mismos fundamentos y
revisten idénticos caracteres (PT, 28). De ahí que a la psicología de la reivindicación
de derechos tenga que acompañar siempre la psicología paralela del servicio, que
se alza como vía de cumplimiento de los deberes.
Los deberes de toda persona, según la encíclica Pacem in Terris, son:
 Respetar la vida propia y la ajena.
 Buscar personalmente a Dios y venerarlo.
 Trabajar, realizando bien la tarea.
 Respetar los derechos ajenos, tanto los individuales como los familiares.
 Respetar y colaborar en la obtención del bien común.
 Servir a los demás; no servirse abusivamente de los demás.
 Vivir con sentido de responsabilidad y libertad.
5. LOS DERECHOS Y DEBERES DEL GOBERNANTE
En un plano nacional:
 Dar ocupación al mayor número de obreros.
 Evitar que se constituyan categorías privilegiadas, incluso entre los obreros.
 Mantener una adecuada proporción entre salarios y precios y hacer accesibles
bienes y servicios al mayor número de ciudadanos.
 Eliminar o contener los desequilibrios entre los sectores de agricultura, industria y
servicios.
 Mantener el equilibrio entre expansión económica y adelanto de los servicios
públicos esenciales.
 Ajustar, en los límites de lo posible, las estructuras productivas a los progresos de
las ciencias y de las técnicas.
 Concordar las mejoras en el tenor de la vida de la generación presente, con el
objeto de preparar un porvenir mejor a las generaciones futuras.
En un plano mundial:
 Evitar toda forma de concurrencia desleal entre las economías de los diversos
países.
 Favorecer la colaboración entre las economías nacionales, mediante convenios
eficaces.
 Cooperar al desarrollo económico de las comunidades políticas económicamente
menos adelantadas.
6. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PUEBLOS
Derechos:
 El derecho a la existencia,
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



42
Al desarrollo propio necesario,
A la propia identidad cultural e histórica,
A ser protagonistas primarios,
A buena fama y a que se le rindan los honores debidos
Deberes:
 El deber de ayudar a todos los pueblos,
 Respetar y asegurar “de modo eficaz” el ejercicio de los derechos,
 Colaborar con los demás pueblos para lograr fines comunes,
 Respetarla identidad cultural e histórica
DERECHOS Y DEBERES DE LA AUTORIDAD SUPRANACIONAL
De la misma manera que en la comunidad política nacional la autoridad no debe
hacer acepción de personas, así en la comunidad política mundial su autoridad no
debe hacer acepción de naciones. Y todo dentro del juego que impone el principio
de la acción subsidiaria, que es de necesaria aplicación también a la comunidad
mundial (PT, 140-141).
Los derechos de la autoridad supranacional son todos los que corresponden al
mando o gobierno en sus tres funciones, de acuerdo con las características
singulares de la comunidad política todavía en formación. Por tanto, cuanto exija el
bien común mundial, con imparcialidad, sin partidismos.
Deberes:
 promover el bien común mundial, es decir, de todos los pueblos (PT 84.134);
 consiguientemente, reconocer el orden moral objetivo y la inviolabilidad de sus
preceptos (PT, 85);
 respetar los derechos de las minorías étnicas y promover el ajuste de ésta a la
situación dada (PT 94.97);
 defender los derechos y los deberes del hombre (PT, 139. 143-144);
 no entrometerse en las competencias propias de cada nación (PT, 120);
 respetar el despliegue justo de la emigración y de la inmigración (PT, 106);
 el cese de a carrera de armamentos, la reducción de los mismos, y la prohibición
de las armas atómicas (PT, 112).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
43
UNIDAD DIDÁCTICA V
EL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD HUMANA
COMPETENCIA
Considera el principio de solidaridad humana, comparándolo con las situaciones de
insolidaridad que perviven en el mundo y las soluciones que aportan los
documentos del Magisterio.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Dos datos de situación
 Definición de la solidaridad
 La solidaridad como principio de la Doctrina Social de la Iglesia. Sus grados
 La opción preferencial por los pobres. Sus características
 El destino universal de los bienes de este mundo
 Corolario sobre el principio de solidaridad
 Derivaciones de carácter sociológico
1. DOS DATOS DE SITUACIÓN
La simple observación del panorama actual de la convivencia humana descubre dos
datos de situación, simultáneos y contradictorios:
 por un lado, que el índice de la solidaridad a escala mundial está bajo mínimos;
 por otro, que se alza como signo notorio de los tiempos el crecimiento del sentido
de la solidaridad entre los pueblos.
Parece como si una civilización unilateral del desarrollo, territorialmente restringido,
llevara consigo gérmenes de insolidaridad. Como factores de insolidaridad, la DSI
enumera expresamente:
“las pretensiones de lucro excesivo, las ambiciones nacionalistas, el afán de
dominación política, los cálculos de carácter militarista, y las maquinaciones para
difundir e imponer las ideologías.” (GS, 85)
Pero también existe la conciencia positiva de la interdependencia de los pueblos,
que está impulsando una mayor sensibilidad de la solidaridad universal. En la
situación actual la DSI proclama la solidaridad como principio primario regulador del
orden justo. Toda merma de la solidaridad es merma de la justicia y, por
consiguiente, del orden justo.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
44
2. DEFINICIÓN DE LA SOLIDARIDAD
Tras la comprobación de esta situación, interesa dibujar con exactitud el significado
del término solidaridad. Para ello damos cuatro aportaciones semánticas
acumulables: la del latín clásico, la del derecho civil romano, la de la teología
católica, y, modernamente, la constituida por los estudios de filosofía y de sociología.
LATÍN CLÁSICO
El latín clásico y el léxico jurídico romano no conocieron el sustantivo abstracto
“solidaritas”, el cual aparece posteriormente, primero en el ámbito teológico y se
generaliza, después, en la sociología y en la filosofía actuales.
El adjetivo latino clásico “solidus’ y el sustantivo derivado “soliditas”, denotan la
realidad homogénea de algo físicamente entero, compacto, genuino, con expresa
apelación a la igualdad de la naturaleza de todas las partes que lo integran.
También se emplea el adjetivo para designar el entero período de tiempo, sin
solución de continuidad, que una actividad o situación o viaje dura.
TERMINOLOGÍA JURÍDICA
La terminología jurídica, tanto del derecho sucesorio como del derecho de
obligaciones, e incluso en el derecho penal, mencionan la responsabilidad solidaria y
la aceptación solidaria. Como adjetivo designa aquí un conjunto jurídicamente
homogéneo de bienes o de personas que integran un todo unitario en el que resultan
iguales las partes desde el punto de vista de la consideración civil o penal.
TEOLOGÍA CATÓLICA
La teología católica llegó por vía distinta a la misma
idea: unidad e igualdad pero en la forma de una
comunidad de todos los hombres que heredan el
pecado primero o pecado original.
A esta conclusión de unidad e igualdad llegó la
teología también y consecuentemente en el campo
de la redención por Cristo y de la adopción divina
en Cristo. Y es aquí, en la terminología teológica,
donde apareció por vez primera el sustantivo
abstracto “solidaritas”.
FILOSOFÍA Y SOCIOLOGÍA ACTUALES
Ante las graves formas de
injusticia social y económica,
así como de corrupción
política que padecen pueblos
y naciones enteras, aumenta
la indignada reacción de
muchísimas
personas
oprimidas y humilladas en
sus
derechos
humanos
fundamentales, y se difunde y
agudiza cada vez más la
necesidad de una radical renovación personal y social
capaz de asegurar justicia,
solidaridad, honestidad y
transparencia.
(Veritatis
Splendor, 98)
La filosofía y la sociología actuales reciben de ahí
dicho sustantivo abstracto y lo difunden
ampliamente, con otro sentido diferente, no-religioso, como parte de su propio
bagaje.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
45
CONCLUSIONES PARA LA DSI
De este análisis comparado se concluye que la nota común subyacente a todos
estos sentidos consiste en admitir que la solidaridad designa y, por tanto significa
formalmente un conjunto o totalidad, cuyas partes son iguales en naturaleza y se
hallan íntimamente asociadas o vinculadas.
En la DSI la solidaridad, como primer principio genérico derivado, significa a
homogeneidad e igualdad física y moral de todos los hombres, de todos os tiempos
y espacios; constituyendo una unidad total o familia, que no admite en su nivel
genérico diferencias sobrevenidas antinaturales, que obliga moral y gravemente a
todos y cada uno a practicar una cohesión social firme, creadora de convivencia.
Dicha cohesión deberá ser un servicio mutuo, tanto en sentido activo como pasivo.
3. LA SOLIDARIDAD COMO PRINCIPIO DE LA DSI. SUS GRADOS
Conviene distinguir ahora dos aspectos, o mejor dicho, dos expresiones de la
solidaridad: como virtud y como principio de la DSI. Aquí se presenta el segundo
aspecto, como principio, para completar la definición dada sobre solidaridad.
La solidaridad es, en efecto, la expresión social, moralmente obligatoria, de la radical
fraternidad humana en todos los campos de la convivencia. Esa fraternidad tiene dos
causas o niveles: creación y la igualdad en el beneficio de la redención.
En consecuencia la solidaridad, como principio primero de la DSI, dispone también
de dos fuentes o raíces, la natural y la sobrenatural. En algunos pasajes del
Magisterio Social, la solidaridad aparece como término expresamente sinónimo de
esta fraternidad. En una sistematización lógica, con firme apoyo en la realidad del
hombre, la solidaridad, como dialéctica generadora de convivencia en cualquiera de
sus manifestaciones, puede escalonarse en tres grados sucesivos:
 como fraternidad universal;
 como solidaridad
 y, finalmente, como socialización, o sea, como despliegue de la tendencia
asociativa en todas sus formas y niveles.
4. LA SOLIDARIDAD EN EL MAGISTERIO SOCIAL CONTEMPORÁNEO
Veamos ahora, de forma resumida, lo que los documentos dicen: el término
solidaridad aparece con reiteración significativa en Pío XII. Anteriormente la
fraternidad universal apuntaba y explicaba su contenido.
El Concilio Vaticano II afirmó —confirmando lo que había notado Juan XXIII y,
posteriormente, Pablo VI— que la novedad terminológica venía impuesta por el sentido
creciente de la interdependencia de todos los pueblos.
Pío XII enseñó, en los años de la acentuación totalitaria de la insolidaridad, que la
solidaridad, como manifestación originaria de la hermandad universal, afecta
directamente a todos los hombres y a todos los pueblos. A los primeros, como
personas físicas. A los segundos, como personas morales.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
46
La solidaridad, por su arraigo en la fraternidad, impulsa y obliga a reconocer y a
tratar al prójimo como persona, no como objeto.
La hermandad es y crea, en el tiempo y en el espacio, una gran unidad:
 De origen (Dios),
 De naturaleza (cuerpo y alma en unidad personal),
 De fin próximo (vida digna en el tiempo),
 De habitación (la Tierra toda),
 De dominio y uso (disfrute de los bienes temporales),
 De redención universal (en Cristo)
 De destino supremo (la vida eterna).
Es uno de los núcleos básicos del discurso de San Pablo a los atenienses en el
Areópago (Hech 17, 22-31).
Por contra, la raíz del desorden
social está hoy y ha estado
siempre, en el olvido o en el
menosprecio de la fraternidad.
Cuando el sentido de la solidaridad
vuelve correctamente por el
acertado uso, personal y colectivo,
de la libertad, la convivencia
resulta fecunda y enriquece a
todos y a todo el hombre.
Más
aún,
las
diferencias
geográficas y culturales de los
pueblos en el curso de la historia y
el consiguiente amor al suelo o
patria temporal, no sólo no
merman, ni impiden, ni oscurecen
la solidaridad profunda del género
humano, sino que sirven para
expresarla,
potenciarla
y
consolidarla.
Juan Pablo II ha dado resonancia
acentuada al tema. El punto de
vista en que se sitúa, prolongando
el Magisterio de sus inmediatos
antecesores, es el del desarrollo
completo del hombre.
Hacia el desarrollo solidario de la humanidad
“El desarrollo integral del hombre no puede
darse sin el desarrollo solidario de la
humanidad. Nos lo decíamos en Bombay: ‘El
hombre debe encontrar al hombre. Las
naciones deben encontrarse entre sí como
hermanos hermanas, como hijos de Dios. En
esta comprensión y amistad mutuas, en esta
comunión sagrada, debemos igualmente
comenzar a actuar a una para edificar el
porvenir común de la humanidad.
Sugeríamos también la búsqueda de medios
concretos y prácticos de organización y
cooperación para poner en común los recursos
disponibles realizar así una verdadera comunión
entre todas las naciones.
Este deber concierne en primer lugar a los más
favorecidos. Sus obligaciones tienen sus raíces
es en la fraternidad humana y sobrenatural y se
presentan bajo un triple aspecto, deber de
solidaridad, en la ayuda que las naciones rica
deben aportar a los países en vía de desarrollo;
deber de justicia social, enderezando las
relaciones comerciales defectuosas entre los
pueblos fuertes y débiles; deber de caridad
universal, por la promoción de un mundo mas
humano para todos, en donde todos tengan que
dar y recibir, sin que el progreso de los unos
sea un obstáculo para el desarrollo de los otros.
La cuestión es grave, ya que el porvenir de la
civilización mundial depende de ello”. (Juan
Pablo II, PP, 43-44)
La insolidaridad, provocada por
una ética individualista, es la que
ha abierto el abismo entre el
hiperdesarrollo unilateral de algunos pueblos y el subdesarrollo insoportable de la
mayoría de ellos.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
47
Esta ética insolidaria, al menos desconocedora del orden divino, orienta la conducta
personal y colectiva hacia el tener, siempre insatisfecho y ávido de más; abusa de la
naturaleza, y olvida la voz de los pobres. Es la cultura del egoísmo hedonista.
La solidaridad, en cambio, fundamentada en el humanismo teocéntrico, conduce al
desarrollo armonioso, completo y universal de la humanidad:
 busca y corrobora el ser del hombre, la hondura del mismo;
 ama y respeta, con sobriedad en el uso, la naturaleza;
 atiende a todos, hombres y pueblos.
Por esto, la DSI recuerda que cada hombre está ligado indisoluble-mente al destino
común de salvación de todos.
5. LA OPCIÓN PREFERENCIAL POR LOS POBRES. SUS CARACTERÍSTICAS
De manera especial y como uno de los temas que recientemente ha puesto de
relieve el Magisterio, Juan Pablo II concreta la exigencia y práctica de la solidaridad
en el principio de la opción preferencial por los pobres.
En las encíclicas Laborem Exercens (8), Sollicitudo Rei Socialis (42) y Centesimus
Annus (11; 57 y 58) se exponen las características de esta forma de solidaridad.
ES UNA OPCIÓN TESTIMONIADA POR LA TRADICIÓN DE LA IGLESIA
Es una opción o una forma especial de la primacía en el ejercicio de la caridad
cristiana, de la cual da testimonio toda la tradición cristiana. En consecuencia, dicha
opción no restringe, en su significado y alcance, ningún tipo de pobreza con
exclusividad de otras. Toda pobreza —no sólo la económica, sino toda pobreza
humana— es objeto de esa primacía en el ejercicio de la caridad.
Por lo mismo, tal opción no es exclusiva, ni excluyente. La práctica de la caridad
incluye a todo ser humano. Si bien Dios, Padre de nuestro Señor Jesucristo, tiene
“una predilección especial” por los pobres y desvalidos. Su liberación es señal
privilegiada del Reino (Mt 11, 1-5; Lc 4, 14-21).
ESTE AMOR PREFERENCIAL TIENE TRES DIMENSIONES:
 La dimensión individual se
refiere a la vida de cada
cristiano en cuanto imitador de
la vida de Cristo (Mt 25).
 La dimensión comunitaria,
afecta
a
la
comunidad
cristiana, que, en cuanto tal,
debe realizar y dar testimonio
de la opción preferencial por
los pobres.
 La dimensión mundial que
ha adquirido la cuestión social.
En esta perspectiva la opción
Dios creó al hombre no para vivir aisladamente,
sino para formar sociedad. De la misma manera,
Dios ‘ha querido santificar y salvar a los hombres
no aisladamente, sin conexión alguna de unos con
otros, sino constituyendo un pueblo que le
confesara en verdad y le sirviera santamente’.
Desde el comienzo de la historia de la salvación,
Dios ha elegido a los hombres no solamente como
individuos, sino también en cuanto miembros de
una determinada comunidad. A los que eligió Dios
manifestando su propósito, denominó pueblo suyo
(Ex 3,7-12), con el que además estableció un pacto
en el monte Sinaí. Esta índole comunitaria se
perfecciona y se consuma en la obra de Jesucristo.
El propio Verbo encarnado quiso participar de la
vida social humana. (GS, 32)
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
48
preferencial abarca a todos los pobres del mundo. Cada miembro de la
comunidad cristiana y la comunidad misma ha de extender su opción personal y
comunitaria a este ámbito de la aldea global que es el mundo y de cuya situación
todos somos responsables (SRS, 38).
DICHA PREFERENCIA ES TAN ANTIGUA Y TAN NUEVA COMO LA IGLESIA MISMA
La historia aporta una constante preocupación y dedicación de la Iglesia por las
personas que son objeto de predilección por parte de Jesús. Es un testimonio
excelente de la continuidad de la “opción preferencial por los pobres”.
El testimonio de las obras, superior a la coherencia y lógica interna del mensaje
social, la impulsa a realizar su opción preferencial por los pobres, que nunca es
exclusiva ni discriminatoria de otros grupos. Tampoco vale sólo para la pobreza
material. Hoy se dan muchas formas de pobreza (económica, cultural y religiosa) y la
Iglesia continúa esforzándose por impedir una pobreza de dimensiones gigantescas
(Cf. CA, 11; 57).
La promoción de la justicia nunca podrá realizarse plenamente si los hombres ven
en el necesitado a un inoportuno o una carga, y no la ocasión de un bien en sí, la
posibilidad de una riqueza mayor. Es la conciencia de este bien la que dará fuerza
para afrontar el riesgo de los cambios implícitos en toda iniciativa auténtica de
ayudar a cada hombre y a pueblos enteros a que entren en el círculo del desarrollo
económico y humano.
6. EL DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES DE ESTE MUNDO
El compromiso personal y comunitario, su vez, la práctica de otro principio, presente
en la más rica tradición católica de todos los tiempos: los bienes de este mundo
están originariamente destinados a todos
S. Juan Crisóstomo lo recuerda
(CA, cap. IV; SRS, 42; GS. 69; PP. 22).
Dicho principio implica una revisión del
derecho de propiedad, sobre la que grava
una “hipoteca social”. El derecho de
propiedad es válido y necesario, pero no
anula el valor de este otro principio.
Su aplicación es siempre necesaria para
salvaguardar la justicia social y la solidaridad
entre los hombres y los pueblos. En la
presente coyuntura social del mundo, la
exigencia del destino universal de los bienes
adquiere un relieve singular y dramático ante
las desigualdades sociales existentes.
vigorosamente: “No hacer participar
a los pobres de los propios bienes es
robarles y quitarles la vida. Lo que
poseemos no son bienes nuestros,
sino los suyos” (Laz.1,6). Es preciso
“satisfacer ante todo las exigencias
de la justicia, de modo que no se
ofrezca como ayuda de caridad lo
que va se debe a título de justicia”
(AA8): Cuando damos a los pobres
las cosas indispensables no les
hacemos liberalidades personales,
sino que les devolvemos lo que es
suyo. Más que realizar un acto de
caridad, lo que hacemos es cumplir
un deber de justicia (S. Gregorio
Magno, past. 3,21). (CCE 2446)
Basta con pensar en los graves problemas
que plantea el binomio Norte-Sur en cuanto a
la distribución justa de la riqueza y las
situaciones infrahumanas en que viven millones de seres humanos (SRS, 13).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
49
7. COROLARIO SOBRE EL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD
El hombre es necesariamente, en su constitución natural y en su elevación al orden
sobrenatural, un ser-con-otros. Es lo que decimos cuando afirmamos que la persona
humana es un ser social por naturaleza. Pero esta preposición de compañía —con—
lleva implícita una ineludible preposición intencional de servicio —para—.
El hombre es un ser-con-otros-para-los-demás. Con la salvedad consiguiente de que
esa esencia de servicio o ministerio tiene doble dirección: activa y pasiva. El hombre
debe servir al otro y debe recibir ayuda de los otros. Necesita del prójimo y a su vez
debe ser buen samaritano del prójimo.
La definición selvática del “homo homini lupus” expresa la psicología de la
insolidaridad. La solidaridad, en cambio, define y vigoriza la sentencia humana y
cristiana del “homo homini frater”. Y ahondando en la realidad de ese término
“frater”, puede añadirse que, en última y divina instancia, el hombre es para el
hombre como el ser temporalmente vicario de Dios.
A esa consecuencia lleva la radical dignidad de la persona humana —principio
antropológico—, a la luz de los dos supremos principios, el teológico y el cristológico,
que nunca puede perder de vista la DSI. El egoísmo queda extramuros de ella.
8. DERIVACIONES DE CARÁCTER SOCIOLÓGICO
El análisis puede descender al plano de unas consideraciones sociológicas de la
solidaridad y explicar dos estados o situaciones sociales, que tienen incidencia
notoria en el ejercicio de la solidaridad como virtud y como principio: las épocas de
memoria y las épocas de olvido.
ÉPOCAS DE MEMORIA
Las épocas de memoria refuerzan el coeficiente primario de la solidaridad; integran,
unifican, y corroboran.
Reafirman los logros históricamente alcanzados, por la vía de la renovación
evolutiva, homogénea. Acentúan las semejanzas, los valores comunes, el patrimonio
que une. Respetan el cuadro de la herencia viva recibida, de los elementos que han
configurado la identidad colectiva del pueblo.
No viven de represiones, sino de promociones creadoras y alertas. Las épocas de
memoria son, por ello, épocas de capacidad creadora, de energía resolutiva, de
salud social para responder con acierto a los nuevos desafíos. Reverencian el
pasado sin idolatrías y sienten el momento presente con solidaridad activa ante el
futuro inmediato.
ÉPOCAS DE OLVIDO.
Las épocas de olvido tienden a reducir, e incluso eliminar, las solidaridades totales.
Exasperan las diferencias. Acentúan patológicamente lo tribal. Cultivan las
solidaridades partidistas o de gueto, desconectadas de las solidaridades globales
consolidadas por el peso de la historia vivida en común. Predican la ruptura total
apresurada con el pasado.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
50
Las épocas de olvido son épocas desintegradotas, incapaces para crear, fáciles para
el prurito de la fragmentación insolidaria. Montan caldos de cultivo aptos, por
desgracia, para la decadencia y muerte de las culturas y de sus respectivas
civilizaciones.
Ambas se dan, como fases de alternante evolución, en las sociedades de todo tipo. Por
ello en las épocas de memoria hay corrientes contrarias a la memoria colectiva,
mientras que en las de olvido, existen grupos que mantienen, con sacrificio, la
necesidad vital del recuerdo común, de la memoria del alma colectiva.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
51
UNIDAD DIDÁCTICA VI
EL PRINCIPIO DEL BIEN COMUN
(O DE CONVERGENCIA EN EL BIEN COMUN)
COMPETENCIA
Conoce y debate las consecuencias de la aplicación el principio del bien común en
el desarrollo de las sociedades y la lucha contra la pobreza en el mundo.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Presupuesto inicial del tema
 El hombre, como persona, sujeto capital de la vida en sociedad
 La autoridad también es sujeto capital de la vida asociada
 La definición completa del bien común
1. PRESUPUESTO INICIAL DEL TEMA
En toda formación social, con independencia de su origen, naturaleza, dimensiones
y fines, se dan necesariamente dos elementos: el sujeto rector y el sujeto regido. La
autoridad que gobierna dirigiendo, y los socios o miembros, dirigidos, gobernados,
del cuerpo social.
Esta distinción, necesaria, de los dos protagonistas de todo grupo social:
 por un lado, responde a la solidaridad radical del hombre de la cual es el grupo
expresión concreta;
 satisface, por otro lado, la indigencia del hombre como individuo y de los grupos
sociales primarios, como son la familia y la agrupación local de las familias.
El hombre necesita asociarse con los demás, para lograr la paz de la convivencia y
los niveles de perfección a los que tiende. Sin asociación, ni la paz, ni la perfección
pueden alcanzarse. También debe señalarse que se da siempre prioridad temporal y
superioridad finalista del cuerpo social sobre el elemento rector, que surge del grupo
y para el grupo.
El principio de convergencia en el bien común, o simplemente, el principio del bien
común, es un elemento permanente de la DSI.
Afirma que ambos elementos, autoridad y súbditos, que constituyen a todo grupo
social son y deben ser protagonistas, actores principales de la vida en
convivencia, sujetos activos coordinados, con función peculiar propia, del dinamismo
operativo de la respectiva sociedad. Tienen que orientar uno y otro su respectivo
quehacer hacia el mismo objetivo, el bien común del grupo, que los regidos han
fijado, al menos en sus líneas generales, y cuya consecución han confiado a la
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
52
autoridad, sin abdicar de su propia tarea y sin renunciar a su originaria prioridad
temporal y finalista.
Si el grupo se subordina al elemento rector, éste, a su vez, tiene que subordinarse al
grupo.
No pueden, pues, los dos sujetos actuar siguiendo líneas divergentes, ni siquiera
paralelas. Deben tender, con calculada y observada coordinación, como radios
sobre un mismo centro o foco común. Este punto de encuentro o convergencia de
esfuerzos viene dado en todo momento por el bien común, razón de ser de la
entidad social correspondiente.
Como se verá después, de esta dualidad de sujetos de la vida social se derivan de
forma inmediata sendos principios capitales:
 el de la subsidiariedad, que pertenece a la autoridad o elemento rector,
 y el de la participación, que corresponde al elemento regido.
2. EL HOMBRE, COMO PERSONA, SUJETO CAPITAL DE LA VIDA EN SOCIEDAD
IDEA GENÉRICA FUNDAMENTAL
En toda agrupación social intervienen y deben combinarse dos primacías
complementarias no contradictorias:
 La primera es la primacía teleológica finalista, que corresponde al hombre, al
sujeto regido, por su permanente y esencial dignidad.
 La segunda es la primacía instrumental, la de los medios ordenados a un fin, la
cual pertenece a la autoridad, al elemento rector.
No es el hombre para la autoridad, sino la autoridad para el hombre. La razón
única y constante, siempre vinculadora, del mando social es la de servir a los socios,
y no simplemente el servirse de los socios. Éste es el criterio deontológico supremo
y primario de toda autoridad. Esta norma básica común se halla consignada, con
capacidad de aplicación en toda formación social, en el Evangelio:
“no es el hombre para el sábado, sino el sábado para el hombre.” (Mc 2,27)
Lo ha reiterado el Concilio Vaticano II con sentido universal, en la línea del
Magisterio pontificio contemporáneo:
“El orden social y su progresivo desarrollo deben en todo momento subordinarse al
bien de la persona, ya que el orden real debe someterse al orden personal y no al
contrario.” (GS, 26)
Gobernar es buscar el bien del grupo, no el bien del dirigente o de sus partidarios.
FUNDAMENTO
Esta primacía finalista de la persona humana en la vida social se funda en la
singular dignidad, natural y sobrenatural, que el hombre posee en virtud de su
propia naturaleza redimida.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
53
El hombre es sujeto personal único, superior a todo lo creado en el mundo visible.
Ha sido y es la única criatura de la Tierra que Dios ama por sí misma. El hombre,
síntesis y señor del universo material, sujeto de la historia en el decurso del tiempo,
con vocación ineludible de eternidad, imagen y semejanza de Dios en lo mas íntimo
de su ser. Posee, por naturaleza y por redención, un cuadro de derechos y de
deberes naturales, es decir, universales, inviolables e irrenunciables.
Como sujeto capital de la vida en sociedad, el hombre es anterior a toda formación
temporal natural. Esta prioridad radical, siempre presente, levanta un antes, del que
no debe desentenderse y al que tiene que respetar toda autoridad social porque la
autoridad no es el primer momento de la vida social.
La autoridad tiene ante sí un dato previo: el hombre y el Creador del hombre, Dios.
La autoridad no es dueña, sino sierva de los asociados. Ese antes, que condiciona el
ejercicio de la autoridad, es la expresión de algo que coloca a la autoridad en línea
de subordinación a la primacía del hombre y de las agrupaciones sociales primarias
que son, en realidad, los dueños de su propio destino en la sociedad.
TEXTOS DEL MAGISTERIO
Sobre este principio los textos del Magisterio social se multiplican con insistencia
significativa. El hombre es el sujeto, la raíz, el principio el fin de toda vida social, de
todas las instituciones. Y cuando se habla del hombre, se habla del hombre entero,
no del hombre mutilado o unidimensional. El hombre es:
“cuerpo
y
alma,
corazón
y
conciencia, inteligencia y voluntad’
(GS,3)
“origen y fin de la vida social ha de
ser la conservación, el desarrollo y
perfeccionamiento del hombre (Pío
XII, Con sempre, 9)
“En cualquiera situación de cambio o
de reforma, el fin de toda vida social
permanece idéntico, sagrado y
obligatorio: el desarrollo de los
valores personales del hombre como
imagen de Dios”. (Ibid, 16)
“La técnica está ordenada al hombre
y, al conjunto de los valores
espirituales y materiales que miran a
su naturaleza y a su dignidad
personal”. (Idem. Il popolo, 13)
El sentido esencial del Estado como
comunidad política, consiste en el hecho de
que la sociedad y quien la compone, el
pueblo, es soberano de la propia suerte.
Este sentido no llega a realizarse, si en vez
del ejercicio del poder mediante la
participación moral de la sociedad o del
pueblo, asistimos a la imposición del poder
por parte de un determinado grupo a todos
los demás miembros de esta sociedad.
Estas cosas son esenciales en nuestra
época en que ha crecido enormemente la
conciencia social de los hombres y con ella
la necesidad de una correcta participación
de los ciudadanos en la vida política de la
comunidad, teniendo en cuenta las
condiciones de cada pueblo y del vigor
necesario
de
la autoridad
pública.
(Redemptor Hominis, 17)
La persona humana, como fin en sí
misma y como elemento necesario del principio de convergencia, puede verse
notoriamente dificultada, y en ocasiones extremas impedida, en el juego de
tensiones reales de una vida social concreta, por el egoísmo personal de los sujetos
regidos o de los sujetos rectores, y también por las presiones externas del egoísmo
colectivo consolidado en las denominadas estructuras sociales de pecado.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
54
3. LA AUTORIDAD, TAMBIÉN SUJETO CAPITAL DE LA VIDA ASOCIADA
LA DOCTRINA DEL MAGISTERIO
Este epígrafe complementa el anterior.
Considera al segundo gran interlocutor
social, la autoridad. La doctrina del
Magisterio fue fijada por León XIII en
todos sus puntos fundamentales. La
documentación posterior se remite a
ella. El vaticano II se ha limitado a
resumir y actualizar la enseñanza
leoniana. Hablamos, por supuesto, en
términos de doctrina genérica sobre la
autoridad.
Una sociedad bien ordenada y fecunda
requiere gobernantes, investidos de legítima
autoridad, que defiendan las instituciones y
consagren, en la medida suficiente, su
actividad y sus desvelos al provecho común
del país. Toda la autoridad que los
gobernantes poseen proviene de Dios,
según enseña San Pablo: “Porque no hay
autoridad que no venga de Dios” (Rom 13,
1-6).
Se advierten, sin embargo, ciertas modificaciones en el uso de los tonos del
Magisterio acerca del elemento rector de la sociedad. En la segunda mitad del siglo
XIX, ante la negación del principio de autoridad, los documentos acentuaron a
necesidad absoluta de ese elemento dirigente.
Con posterioridad, y a lo largo de todo el siglo XX, ante la aparición del fenómeno
totalitario y los terribles excesos de la dictadura del capitalismo, todos los cuales a
una, aunque con base de partida diferente, reducían e incluso eliminaban la
participación del cuerpo social. Entonces el acento del tono se trasladó a la defensa
de la libertad del elemento regido, del ciudadano, sin menoscabo de las facultades
necesarias y del debido vigor de la autoridad. Tanto en uno como en otro período, el
Magisterio prestó atención creciente al planteamiento correcto y a la definición
exacta del bien común, punto de convergencia y de equilibrio de la colaboración
social entre rectores y regidos.
NECESIDAD DE LA AUTORIDAD
El Magisterio reconoce que toda forma de agrupación social requiere un elemento
rector, necesita una instancia dirigente, un gobierno legítimo. Por ello, la autoridad
es elemento indispensable, sujeto capital, también protagonista del correcto
desarrollo de la convivencia.
Más aún el magisterio declara que esa autoridad y la comunidad por ella presidida,
pertenecen en sus formas fundamentales al orden establecido por Dios. La
autoridad, sin cuya función no es posible el logro de los niveles de perfección a los
que el hombre aspira con razón, constituye una de “las leyes que regulan la vida
social y hombre” (GS, 23 y 25; Cf. Orientaciones, 37).
La razón de ser de la autoridad es única y exclusivamente el bien común, a cuyo
logro debe consagrarse por entero y con limpieza moral. Para realizar el bien común,
la autoridad posee la facultad y los poderes necesarios para gobernar: mandar,
dirigir y exigir obediencia, orquestando sin abusos y con sacrificio la colaboración de
todos los socios.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
55
Esta facultad de mandar y la exigencia consiguiente de recibir obediencia, han de
ejercitarse según los fines del grupo social, conforme al cuadro orgánico de objetivos
particulares que el grupo establezca, y siempre de acuerdo con la recta razón.
ORIGEN DE LA AUTORIDAD
El origen inmediato, concreto o inmanente de la autoridad son las decisiones
electoras de los asociados, de los miembros del cuerpo social, los cuales designan,
eligen y confieren el poder jurídico que la autoridad necesita, en orden al bien común
que aquéllos se proponen conseguir, y de acuerdo con el marco asimismo jurídico
por ellos constituido y al que la autoridad debe en todo momento someterse.
Debe precisarse que la causa de este origen inmediato de la autoridad es la propia
naturaleza humana, que establece, como he indicado, la primacía finalista del
hombre sobre el orden social.
Pero el origen último, también inmediato y supremo, es Dios. La facultad moral de
mandar, con derecho a exigir obediencia de los miembros del cuerpo social no la
tiene ningún hombre por sí mismo. La tiene recibida de Dios, la suprema instancia
rectora del hombre y del mundo. No hay otra razón que justifique la obediencia,
fuera de Dios. Conviene insistir: toda autoridad social tiene ante sí una realidad
anterior condicionante. No es por sí sola la instancia creadora de algo posterior.
En su misma esencia el elemento rector de todo grupo social alberga un núcleo
ineludible de subordinación a la instancia divina. Esta conexión es esencial. Viene
impuesta por el orden absoluto del ser y de los fines. Si se rompe esta conexión
intrínseca e indisoluble, la autoridad se autoderriba de su pedestal moral, y se
reduce a un puro poder fáctico coactivo, revestido de una apariencia puramente
formal de autoridad moralmente desasistida.
4. LA DEFINICIÓN COMPLETA DEL BIEN COMÚN
PUNTO DE CONVERGENCIA
El bien común es, como queda
dicho, el punto de convergencia de
los dos sujetos capitales de toda
vida asociada. Es un término y un
concepto que han estado siempre
presentes en los documentos
sociales del Magisterio moderno de
la Iglesia. Y, a partir de Pío Xl y
sobre todo de Pío XII, ha sido
objeto de reiterados desarrollos en
cuanto a su contenido y su
primacía operativa.
En la época actual se considera que el bien
común consiste principalmente en la defensa de
los derechos y deberes de la persona humana.
De aquí que la misión principal de los hombres
de gobierno deba tender a dos cosas:
- de un lado, reconocer, respetar; armonizar,
tutelar y promover tales derechos;
- de otro, facilitar a cada ciudadano el
cumplimiento de sus respectivos deberes.
Tutelar el campo intangible de los derechos de
la persona humana hacerle llevadero el
cumplimiento de sus deberes debe ser oficio
esencial de todo poder público. (PT 50)
El planteamiento del tema se hace preferentemente en el campo de la comunidad
política nacional, internacional y mundial. Pero aquí, en la explicación del principio
genérico de la convergencia, el tema del bien común debe situarse y exponerse en
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
56
su nivel universal: el bien común de toda formación social es el punto de
concentración hacia el que deben converger de manera concorde la autoridad y los
miembros del cuerpo social.
ENLACE ENTRE EL CONCEPTO DE BIEN COMÚN Y LOS PRINCIPIOS DE PRIMER GRADO
La definición del bien común atiende, en primer lugar, al criterio personalizador de la
vida social. Hay que partir, por tanto, del enlace intrínseco, directo y necesario, con
el principio antropológico y con el principio del orden natural, que pertenecen al
cuadro de los principios superiores o de primer grado de a DSI.
La enseñanza del Magisterio subraya con reiteración calculada el significado
personalista del bien común y sus conexiones con los referidos principios originarios:
 “El bien común está íntimamente ligado a la naturaleza humana” (PT. 55).
 Ha de tener siempre en cuenta la realidad completa del hombre: “Abarca a todo el
hombre, es decir, tanto las exigencias del cuerpo como las del espíritu”. (PT, 57).
 Su objeto propio es “el desarrollo de los valores personales del hombre como
imagen de Dios” (Pío Xll, Con sempre, 16). “Hoy día el bien común consiste
principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana”
(PT, 60. Cf. GS, 64).
DEFINICIÓN Y DEFINICIONES DE BIEN COMÚN
El análisis comparativo de las definiciones descriptivas generales, que la DSI ha
hecho del concepto del bien común, nos permite descubrir “el concepto sano del
bien común” (MM, 65), en su expresión genérica universal.
Encontramos en los documentos pontificios y conciliares tres definiciones sumarias y
una cuarta amplia. Todas ellas de carácter descriptivo. El bien común:
 “abarca todo un conjunto de condiciones sociales, que permiten al hombre el
desarrollo expedito y pleno de su propia perfección” (MM, 26).
 “es el conjunto de condiciones de la vida social, que hacen posible, a las
asociaciones y a cada uno de sus miembros, el logro más pleno y más fácil de la
propia perfección” (GS, 26).
 “abarca el conjunto de aquellas condiciones de la vida social, con las que los
hombres, las familias y las asociaciones pueden lograr con mayor plenitud y
facilidad su propia perfección” (GS, 74,1).
Según estas tres definiciones, integran el bien común:
 las condiciones de la vida social, propias del grupo asociado;
 las personas individualmente consideradas, familias y todo el entramado
asociativo de la propia sociedad;
 el logro —y la previa fijación— de los elementos que perfeccionan al hombre en
cuanto tal;
 las máximas facilidades para todos en el logro personal de ese objetivo, y la
máxima plenitud o totalidad del mismo.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
57
Como advierte el Concilio Vaticano II, “la plena perfección humana del hombre”
exige “facilitar a éste todo lo que necesita para vivir una vida verdaderamente
humana el sentido completo de este adjetivo (GS, 26,2. 86).
Con anterioridad a estas tres definiciones sumarias, Pío XII había dado una
definición más amplia del bien común, en la que aparece una explicación más
detallada de sus contenidos. El bien común está constituido por:
“aquellas condiciones externas que son necesarias al conjunto de los ciudadanos,
para el desarrollo de sus cualidades y de sus oficios, de su vida material, intelectual
y religiosa, en cuanto, por una parte, las fuerzas y las energías de la familia y de
otros organismos, a los cuales corresponde una natural precedencia, no bastan; y,
por otra, la voluntad salvífica de Dios no haya determinado en la Iglesia otra
sociedad universal al servicio de la persona humana y de la realización de sus fines
religiosos”. (Pío XlI, Con sempre, 13)
En este texto se advierte con claridad que en el concepto básico de bien común se
encuentran también los principios de subsidiariedad y de participación.
ALGUNAS OBSERVACIONES
El bien común:
 es una realidad elástica, con capacidad de ajuste a la naturaleza y dimensiones
propias de todo grupo social. La amplísima gama de fines sociales, que va desde
lo más elemental hasta lo más complejo, queda albergada bajo el arco de
posibilidades que esa amplitud, universalizada, del bien común ofrece.
 es una realidad subordinada. Actúa como causa final estimulante y orientadora
del dinamismo colectivo. El esfuerzo común que este dinamismo supone ha de
someterse siempre al hombre y a los intereses del cuerpo social, según el orden
establecido por la naturaleza y, en definitiva, por Dios.
 en sus exigencias concretas y en la fijación de sus contenidos es cambiante,
móvil. Permanece idéntico siempre en su núcleo esencial, pero en el despliegue
histórico de este núcleo se halla sometido el bien común a la ley del cambio.
Continuidad y cambio pertenecen a las notas características del mismo.
 corno idea y como realidad, obliga a los dos sujetos capitales de la vida social.
Dirigentes y dirigidos deben centrar todas sus actividades como radios que
reúnen en torno al centro de una circunferencia.
El que gobierna, sometido al bien común
Por ello, en todo grupo social, quien gobierna “está sometido a la realización
permanente del bien común” (Pío XlI, Con sempre, 13). Esta es su tarea diaria. Debe
tener una idea clara, completa, sensata, realista, cordial de lo que el grupo pretende.
Y debe arbitrar los medios más conducentes para alcanzar ese objetivo, respetado
en todo momento la capacidad de iniciativa de los asociados en cuanto éstos
pueden realizar por sí mismos.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
58
El bien común obliga al cuerpo social
Pero el bien común obliga también a todos los miembros, individuales o asociativos,
del cuerpo social. Todos ellos tienen que contribuir, con su esfuerzo y aportación, al
logro de los fines sociales. No son meros receptores o beneficiarios puros. Son
creadores también de aquello que reciben.
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UNIDAD DIDÁCTICA VII
EL PRINCIPIO DE ACCIÓN SUBSIDARIA DE LA AUTORIDAD
COMPETENCIA
Analiza y critica el papel de la autoridad en la sociedad civil y lo ilumina con el
principio de la acción subsidiaria propuesta por el Magisterio de la Iglesia.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Análisis de la Quadragessimo Anno
 Reflexiones sobre la naturaleza y trascendencia de la subsidiariedad
1. ANÁLISIS DE LA QUADRAGESIMO ANNO (nn. 79-80)
El análisis detenido del pasaje de Quadragesimo Anno (79-80), que ahora se
desarrolla, confirma la amplitud semántica del término subsidiariedad.
Baste añadir que si bien el término abstracto no se halla en dicho pasaje, sí aparece
y reiteradamente en la documentación posterior de la DSI y ha adquirido carta de
ciudadanía en la doctrina social católica y en el lenguaje político, económico y
cultural presente.
Conviene adelantar que el principio de subsidiariedad define, limita y consolida la
acción específica que es propia del gobernante, y constituye, por lo mismo, una
garantía de la legítima autonomía del gobernado y de la misma realización, ágil y
correcta, de la función de quien rige la sociedad.
EL TEXTO CAPITAL DE PÍO XI
El principio de subsidiariedad y su definición se hallan en los números 79 y 80 de la
encíclica Quadragesimo Anno. Es el lugar de su proclamación definitiva y solemne.
Definición y planteamiento genérico (n. 79)
El número 79 tiene dos partes, dos planteamientos:
 afirma de modo terminante el valor genérico, universal, del principio, que es, por
lo mismo, aplicable a todo grupo o entidad social.
 a continuación, aplica el principio, en concreto, a la comunidad política.
Son, pues, dos planteamientos encadenados, pero distintos. Aquí, en la Parte General
de la DSl, sólo se desarrolla el primer planteamiento, es decir, el común o universal. El
segundo planteamiento queda relegado a la parte especial de la DSI, tratado que versa
sobre la comunidad política.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
60
El texto en lengua española, que traduce debidamente el texto latino, permite captar
el sentido exacto del pasaje original y, por consiguiente, el pensamiento genuino de
la DSI. Para mayor claridad pedagógica, se descompone el texto en sus cuatro
elementos sintácticos.
“Aunque es verdad y lo demuestra la historia ampliamente, que, por el cambio operado
en la situación social, tareas que en épocas anteriores podían realizar también las
asociaciones pequeñas, hoy sólo pueden llevarse a cabo por obra de grandes
instituciones sociales;
sigue, sin embargo, absolutamente firme en la filosofía social este gravísimo principio,
inamovible e inmutable: de la misma manera que no se puede quitar a los individuos y
transferir a la comunidad lo que ellos pueden realizar por su propia iniciativa y
esfuerzo,
así también es injusto y al mismo tiempo gravemente dañoso y perturbador del recto
orden, el entregar a una sociedad mayor y más elevada las tareas que pueden realizar
y ofrecer las comunidades menores e inferiores;
ya que toda actividad social, por su propio dinamismo natural, debe prestar ayuda a los
miembros del cuerpo social, pero nunca destruirlos y absorberlos”.
En este pasaje, de indudable actualidad y de universalidad probada, se establecen
las siguientes afirmaciones:
 el primer párrafo recoge el hecho del cambio operado a los efectos de la
aplicación del principio;
 el segundo consagra de forma absoluta la prioridad de la iniciativa individual sobre
la iniciativa asociada;
 el tercero enuncia el criterio de prioridad absoluta de la iniciativa de los grupos
pequeños sobre la propia de las instituciones mayores;
 y en los párrafos segundo y cuarto se establece y define el principio de la
subsidiariedad y se indican sus características generales.
El planteamiento específico del principio (n. 80)
A título de complemento explicativo de lo anterior, y sin entrar en la materia propia
de la subsidiariedad en el campo político, es conveniente consignar aquí por entero
la Quadragesimo Anno (80), procediendo también ahora con el criterio tipográfico de
la descomposición por elementos:
“Es necesario, por tanto, que la autoridad suprema del Estado deje a las asociaciones
inferiores resolver aquellos asuntos y cuestiones de importancia menor, en los cuales,
de otra manera, se desgastaría notablemente;
de esta forma se logrará que el Estado lleve a cabo con mayor soltura, energía y
eficacia, todas aquellas tareas que son de su exclusiva competencia, por ser el Estado
el único que puede realizarlas: dirigiendo, vigilando, urgiendo, castigando, según el
caso requiere y la necesidad social exige.
Por todo ello, convénzanse los gobernantes de esta verdad: cuanto mayor sea la
perfección con que se mantenga el orden jerárquico entre las distintas asociaciones,
respetado este principio de la función subsidiaria, tanto mayor serán la autoridad, la
eficacia social, y, por lo mismo, la prosperidad y el progreso de la entera sociedad’.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
61
En este texto, de acuerdo con lo afirmado en el número anterior de la Quadragesimo
Anno, se establece:
 el respeto que el Estado debe mantener en lo concerniente a la prioridad de la
iniciativa de los gobernados, como individuos y como sujetos asociados;
 que el Estado se entregue a su propia tarea, que queda definida con los famosos
cuatro gerundios modales (dirigiendo, vigilando, urgiendo, castigando), que
expresan y condensan la total dinámica de la autoridad política;
 en la aplicación de este principio se encierra el secreto de la prosperidad de la
comunidad política. Todo conato de expansión indebida de la función de la
autoridad se traduce en una merma de la eficacia total de la sociedad.
LA SUBSIDIARIEDAD EN EL MAGISTERIO ANTERIOR A QUADRAGESIMO ANNO
La enunciación solemne, definitiva, del principio de la acción subsidiaria de la
autoridad, tiene antecedentes numerosos y claros en la documentación pontificia,
previa a la encíclica Quadragesimo Anno, que resumimos a continuación.
El término no aparece en León XIII, pero sí consta su contenido con absoluta nitidez.
Tres pasajes de la Rerum Novarum (26; 35; 38) lo demuestran:
 el que afirma la prioridad del
No es justo, según hemos dicho, que ni el
hombre y de la familia respecto de individuo ni la familia sean absorbidos por el
la autoridad (26);
Estado, lo justo es dejar a cada uno la
 el que proclama el derecho natural facultad de obrar con libertad hasta donde
de asociación, del que brota toda sea posible, sin daño del bien común y sin
forma de autoridad, incluida la injuria para nadie. No obstante, los que
gobiernan deberían atender a la defensa de
estatal (35);
la comunidad y de sus miembros. De la
 y el que prohíbe a la autoridad comunidad, porque la naturaleza confió su
política interferirse en la vida interna conservación a la suma potestad, hasta el
de las asociaciones (38).
punto que la custodia de la salud pública no
Este último pasaje ofrece un
precedente casi literal del principio
definido por Pío Xl: la fuente de vida
de las asociaciones es interior; el
principio exterior, la autoridad pública,
no puede introducirse en el seno vital
de las asociaciones.
es sólo la suprema lev, sino la razón total
del poder: de los miembros, porque la
administración del Estado debe tender por
naturaleza no a la utilidad de aquellos a
quienes se ha confiado, sino de los que se
le confían, la filosofía y la fe cristiana. (RN
26)
En el mismo Pío XI encontramos dos textos que apuntan con meridiana claridad a la
subsidiariedad en el campo de la educación. Son de 1929, anteriores por tanto a la
Quadragesimo Anno. Se refieren a la doctrina general sobre las funciones del
Estado y la tarea específica de la autoridad estatal en materia educativa. Dice Pío XI
en Divini illius Magistri:
“Dos son las tareas de la autoridad pública: garantizar y promover. No es, en modo
alguno, función de esa autoridad absorber a la familia y al ciudadano o subrogarse en
su lugar”. (36)
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
62
“El Estado puede y debe resolver el problema educativo con mayor facilidad y acierto,
si deja libre y favorece la libre iniciativa y la labor espontánea de las familias y de la
Iglesia, fomentando y asegurando con el dinero público la labor de unas y de otra”. (66)
INFLUENCIA EN LOS DOCUMENTOS POSTERIORES
Pío XII habló de la subsidiariedad, en su sentido genérico y también en su sentido
político, en la encíclica Summi pontificatus (66):
“Si el Estado se atribuye y se apropia las tareas propias de la iniciativa privada, estas
tareas, que se rigen por múltiples normas peculiares y propias, adecuadas al fin que se
proponen, pueden recibir daño, con detrimento del mismo bien público, ya que quedan
arrancadas de su correcta ordenación natural, que es la actividad privada
responsable”.
Reaparece el tema en los radio mensajes navideños de 1942 y 1944. Y en el
discurso de 20-2-46, “La elevatezza”, sobre la supranacionalidad de la Iglesia. Pío
XII menciona expresamente los números 79 y 80 de la Quadragesimo, de los que
dice que son
“palabras en verdad luminosas, que valen para la vida social en todos sus grados, y
también para la vida de la Iglesia, sin perjuicio de la estructura jerárquica de ésta”.
Juan XXIII volvió sobre la subsidiariedad
en la Pacem in Terris (62-66); y en la
Mater et Magistra (51-58) la proyectó en
concreto sobre el orden económico. Y
aportó un dato nuevo, añadiendo a los
cuatro gerundios modales de Pío Xl, una
serie de verbos en infinitivo, que designan
otras tantas tareas o funciones de la
autoridad: “fomentar, estimular, ordenar,
suplir, completar”, funciones que se
resumen todas dentro del dinamismo
genérico propio del principio de la acción
subsidiaria de la autoridad.
Una estructura social de orden superior no
debe interferir en la vida interna de un
grupo social de orden inferior, privándola
de sus competencias sino que, más bien,
debe sostenerla en caso de necesidad y
ayudarla a coordinar su acción con la de
los demás componentes sociales, con
miras al bien común. Al intervenir
directamente y quitar responsabilidades a
la sociedad, el Estado asistencial provoca
la pérdida de energías humanas y el
aumento exagerado de los aparatos
públicos,
dominados
por
lógicas
burocráticas más que por la preocupación
de servir a los usuarios, con enorme
crecimiento de los gastos. (CA 48)
Por su parte el Concilio Vaticano II (GS,
65; 75) ha recogido el principio y su
correspondiente
término
abstracto
expreso en la perspectiva del desarrollo integral y en materia de educación (GS, 65;
75; GE, 3; 6). Pablo VI recoge la doctrina y cita a sus predecesores (CA 46).Juan
Pablo II (CA, 15; 48) lo emplea al enfocar la intervención del Estado.
2. REFLEXIONES SOBRE
SUBSIDIARIEDAD
LA
NATURALEZA
Y
TRASCENDENCIA
DE
LA
LA FUENTE DE ESTE PRINCIPIO: EL ORDEN NATURAL Y LA NATURALEZA DEL HOMBRE
No se trata de un principio revelado. Su fuente es únicamente el orden natural y la
naturaleza del hombre. Es una convicción de razón y un dato de conocimiento
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
63
racional aportado por la experiencia histórica y el análisis filosófico del hombre y de
la sociedad. Por otro lado, la sede propia de este principio no es la mera sociología
positiva sino que pertenece directa y necesariamente al campo de la filosofía social.
Es una reflexión sufragada por la historia y de acentuada actualidad.
SU EXTENSIÓN: UNIVERSAL EN EL TIEMPO Y EN EL ESPACIO
La extensión del principio de subsidiariedad es universal en el tiempo y en el
espacio. La Quadragesimo establece, en su primera parte, el principio sin excepción
alguna. Tiene aplicación también en la Iglesia, como advirtió Pío XII. Se predica, por
tanto, de toda sociedad, de todo grupo social.
También, por lamentable experiencia histórica, debe añadirse que han sido, son o
pueden ser igualmente universales, el olvido, el menosprecio, e incluso la violación
declarada de este principio, cuando la autoridad no se mantiene dentro del recinto
acotado por la subsidiariedad.
LOS TRES ADJETIVOS: GRAVÍSIMO, INAMOVIBLE, INMUTABLE
Los tres adjetivos calificativos del principio de subsidiariedad que la Quadragesimo
Anno consigna, confirman las dos reflexiones anteriores:
 gravísimo, en forma superlativa. La subsidiariedad es principio derivado en la
DSI, pero de significación práctica decisiva. De su observancia concreta depende
el juego acertado —o desconcertado en caso de inobservancia—, de los dos
protagonistas de la vida social. En torno a la subsidiariedad se forman las grandes
tensiones de las que depende el éxito o el fracaso del bien común.
 inamovible: puede el titular de la autoridad social desconocer, burlar, impedir la
aplicación correcta del principio, pero no puede escapar al efecto negativo
ineludible de ese desconocimiento o negación. Todo quebranto de la
subsidiariedad se traduce en la perturbación consiguiente, inevitable, del orden
social y de la justicia en la sociedad. A la larga o a la corta recobra aquélla su
puesto, o se venga con la pérdida del bien común. La biología social, en
sociedades sanas, tiende a recuperar la subsidiariedad, cuando ésta es violada.
 inmutable: no admite suspensiones ni sucedáneos. La vigencia de su núcleo
operativo es permanente. Y su presencia, esencial. Es la propia naturaleza del
hombre y de la sociedad, en todas sus formas, la que está en la base de esta
inmutabilidad sustancial, que por otra parte es perfectamente conciliable con las
modificaciones y ajustes que las circunstancias de la época piden, sin daño de la
mecánica fundamental del principio.
EL SISTEMA DE CONEXIONES DE LA SUBSIDIARIEDAD
El principio de subsidiariedad establece una mecánica o sistema de conexiones bien
definido en sus líneas generales. Se puede situar ese sistema en planos
complementarios, escalonados, de menor a mayor.
 El hombre como persona individual ante las agrupaciones inferiores al Estado.
Tales grupos deben respetar y fomentar la capacidad individual de iniciativa de los
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
64
miembros del grupo social. Sujeto activo del principio en este primer nivel es el
individuo. Y su capacidad creadora, el aspecto objetivo.
 Las asociaciones o entidades intermedias inferiores al Estado. La autoridad
suprema debe respetar a aquéllas. La capacidad creadora de la iniciativa
asociada es un dato fundamental de la biología social sana, factor enriquecedor,
cuya autonomía no debe la autoridad suprimir ni interferir. Sujeto activo de la
subsidiariedad en este nivel es la asociación espontánea de los miembros del
cuerpo social. Su capacidad creadora es el aspecto objetivo.
 La autoridad social: le corresponden en exclusiva siempre las funciones rectoras
propias de la tarea de gobierno; y pueden corresponderle otras tareas no propias,
con carácter eventual, cuando los sujetos sociales anteriores, por los motivos que
sean, no puedan cumplir las funciones que a ellos les corresponden.
Conviene adelantar que en esta mecánica funcional late ya un apunte claro sobre las
entidades intermedias, que se estudian más adelante.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
65
UNIDAD DIDÁCTICA VIII
EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.
COMPETENCIA
Reconoce la importancia del principio de participación de todo individuo en el
desarrollo de la sociedad y elabora propuestas de solución a problemas locales.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Fijación, sentido y desarrollo del principio de participación
 Definición del principio de participación
 El principio de participación: causas de su relieve en la reciente Doctrina Social
de la Iglesia
 Proceso de ampliación del principio de participación
 El principio de participación: sus ámbitos y consecuencias
1. FIJACIÓN, SENTIDO Y DESARROLLO DE PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.
Responde esta participación de la persona en la sociedad a la aspiración profunda e
indeleble de ser sujeto persona responsable de la convivencia y no meramente
objeto dirigido y manipulado en ocasiones.
El hombre tiene derecho natural primario a realizar su propio destino también en lo
social. La participación se hace así vehículo del ejercicio expedito de la libertad
humana. También en la dinámica de toda formación social tiene el hombre derecho
a hacer sentir el peso de su decisión personal responsable.
Opera este principio, por ello, en todos los campos y niveles de la convivencia,
dentro de los cuales interviene la persona humana como agente insustituible de la
calidad de la vida en común, y como garantía de la recta ordenación de ésta y de su
necesaria subordinación al hombre.
Como nota igualmente genérica cabe añadir que la participación es:
 derecho, y que incluye la facultad de actuar con libertad.
 deber del gobernando, ya que tiene la obligación de actuar.
Por ello, no es para el dirigido un título de mero uso facultativo. Es como un precepto
que impone el ejercicio, normalmente obligatorio, del derecho.
Y se dice “normalmente”, porque es ocasiones, la abstención, el no intervenir, podrá
estar moralmente justificado. Pero esa actitud de abstención tiene que ser
excepcional, aunque debe añadirse que el abstenerse, con fundamento o motivación
real, no meramente caprichosa, es una forma negativa excepcional de participar,
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
66
sobre todo cuando la abstención por su dimensión cuantitativa expresa estados
colectivos generalizados de opinión.
Sin la participación de la base social falta uno de los dos pilares que sostiene el arco
de la convergencia hacia el bien común, y por tanto, falla el fin o fines a que tiende la
dimensión social de la persona humana en virtud de la radical solidaridad del
hombre.
Con el principio de participación se apunta de manera directa a otros dos principios
permanentes derivados de la DSI, que después estudiaremos:
 el de la concepción orgánica de la vida social
 y el de la llamada modernamente justicia social.
2. DEFINICIÓN DE PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.
EL NOMBRE: “PARTICIPACIÓN” Y “PARTICIPAR”.
El sustantivo abstracto “participación” designa el desarrollo y el resultado de la
acción del verbo “participar”, que define la acción.
Participar es, según los textos del Magisterio, tomar parte activa en algo común,
colaborar en algo que es obra conjunta de varios.
EL SUJETO ACTIVO.
Aparece, pues, en primer lugar, un sujeto activo: el hombre. Todo hombre, todos y
cada uno de los miembros del grupo social. Nadie queda excluido de este nivel
genérico de la participación. El hombre no puede quedar reducido a simple sujeto
inerte de la acción de gobierno. No puede quedar convertido en simple recepcionista
o beneficiario de los bienes sociales.
Tiene que aportar su cuota personal de esfuerzo en el resultado conjunto del que
luego participará como destinatario.
EL OBJETO O TAREA
La participación atiende a un objeto o tarea: la obra común en que se colabora. Esta
tarea se halla ordenada al bien común que los socios se han fijado, y cuya dirección
operativa han encomendado al elemento rector del grupo.
Este objeto puede considerarse en dos momentos:
 durante el proceso continuado de elaboración o producción del mismo.
 en cuanto el objeto ha sido ya realizado y está a disposición del grupo.
EL MODO O PROCEDIMIENTO.
Un tercer factor de participación: el modo, vía o procedimiento, por medio de los
cuales puede y debe intervenir todo asociado tanto en la fijación y producción del
objeto como en la participación sujetiva posterior del mismo.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
67
Este concepto genérico de la participación y sus tres elementos constitutivos
(proceso, acto y procedimiento) operan en todo grupo o formación social.
3. EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN: CAUSA DE SU RELIEVE EN RECIENTE DSI.
El destacado relieve que este principio ha adquirido en los documentos recientes de
la DSI, responde a un conjunto de causas reales, a un contexto histórico
determinado. Responde a dato característico de la época.
En líneas generales, puede decirse que la evolución social del mundo
contemporáneo ha llevado a un aprecio cada día mayor de la función que al
gobernado corresponde en toda formación social, y a un simultáneo esfuerzo por
prevenir, o impedir, o cortar los excesos del poder económico y político en los planos
nacional, continental y mundial:
 se ha impuesto, con urgencia acelerada, la necesidad de limitar el abuso sobre el
justo principio de la intervención de la autoridad.
 se siente, asimismo, la obligación de corregir la desviación reduccionista y
desniveladora del desarrollo y del progreso, que los núcleos dirigentes del poder
económico están produciendo, sin contención suficiente por parte de los poderes
públicos.
 a lo anterior se añade la estrategia enmascarada de favorecer el clima del
positivismo jurídico, con daño evidente de los derechos fundamente del hombre y
el subsiguiente permisivismo legislativo y de los medios de comunicación social.
 Por ultimo, la tecnocracia introduce en el manejo del progreso científico y
tecnológico riesgos, ante los cuales queda impotente el ciudadano.
Por estas y otras causas, que configuran en gran parte la vida social de hoy, la DSI
ha tenido que dar desarrollo singular al principio de participación como exigencia
capital de la presente convivencia.
4. PROCESO DE AMPLIACIÓN DEL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.
PÍO XII: LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA COMUNIDAD POLÍTICA.
Todas estas motivaciones ambientales, fueron recogidas en su radio mensajes
navideños.
Distingue dos momentos:
 uno de carácter excepcional, preventivo, entonces actualísimo, por la segunda
guerra mundial
 y otro de carácter permanente, normal, diario, esto es, la intervención ciudadana
en la gestión, dirección y orientación de la cosa política.
El tema lo reiteró posteriormente en numerosos e importantes documentos.
JUAN XXII: PARTICIPACIÓN Y SOCIALIZACIÓN.
Juan XIII inició la operación de ampliar el ámbito de aplicación del principio
participativo. Elementos de tal ampliación ya se hallaban en Pío XII. Pero sin
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
68
sistematización generalizada de Juan XXIII y del Vaticano II. Fue éste el que
redondeó la operación ampliatoria.
CONCILIO VATICANO II: UNIVERSALIZACIÓN DEL DEBER DE PARTICIPAR.
Sostiene que “es necesario estimular en todos la voluntad de participar en los
esfuerzos comunes” es decir, en la vid de los diferentes grupos que integran el
cuerpo social, y, en general, en la vida pública con genuina libertad. (GS 31).
El Vaticano II, acentúa la obligación de colaborar, de actuar, no sólo el derecho. Es
menester aceptar las ineludibles obligaciones de la vida social, las múltiples
exigencias de la vida en común, el sentido de servicio activo a la comunidad en que
se vive y de la que se es protagonista insustituible.
JUAN PABLO II: PRIMACÍA DE LA PERSONA.
Juan Pablo II enseña que la participación de los trabajadores en la gestión y en los
beneficios de la empresa (LE, 14; CA, 16; 35; 43) deriva de la primacía de la
persona. Tal participación legitima a las empresas en la medida que sean
sociedades de personas, no sólo de capitales (CA, 43). Pero la participación lo es
también en los beneficios obtenidos por la ciencia y la técnica (SRS, 33), en la
política a través de las formas democráticas (CA, 47); de la cultura…
5. EL PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN: SUS ÁMBITOS Y CONSECUENCIAS.
El principio de participación, tal como lo expone la DSI, actúa hoy como factor
permanente de recuerdo y estímulo de garantía y protección, que salvaguarda la
dignidad vital de la persona humana. Porque, simultáneamente, en toda formación
asociativa, grande o pequeña, su ejercicio es acicate, estímulo, defensa y promoción
del hombre con sus derechos y deberes. A la vez que este ejercicio refuerza y
consolida el valor social efectivo del principio. Se trata de la doble dirección, propia
de las realidades sociales.
En cuanto es un derecho-deber lleva al hombre a participar en las esferas públicas y
privadas, según las circunstancias, cooperando al bien común, ya que afecta a todos
los ámbitos de la vida económica, política y social. Además crece cada día la
aspiración a la libertad, a la igualdad y a la participación, que tiene también sus
amenazas; el materialismo, las oligarquías, la tecnocracia, etc. Vemos algunos de
los ámbitos de participación.
LA EMPRESA
Frente a la disociación que los sistemas originan en las relaciones entre capital y
trabajo, la participación los vincula, en cuanto que los asocia mediante la
participación en la vida y beneficios de las empresas. Las aspiraciones
humanizadotas y participativas se conseguirán si este principio se pone en
funcionamiento real (LE, 14; CA, 43…).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
69
LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
La actividad económica, ante el excesivo protagonismo del Estado, demanda que
participen los ciudadanos desde su esfera en las inversiones, en las decisiones…
incluyendo a los más débiles mediante cauces adecuados de participación.
LA VIDA POLÍTICA
La democracia ha de dotarse de estructuras que favorezcan la participación de todos
los ciudadanos (CA, 47) hasta llegar a corregir el déficit de nuestras democracias,
(lucha entre partidos, las decisiones exclusivas tomadas por sus cúpulas; etc.), la
despersonalización, la desinformación…
LA CULTURA Y LA EDUCACIÓN
La cultura y la educación (CA, 51), como lugares estratégicos para humanizar,
buscando los medios para que esta participación sea real, de todos los hombres, no
sólo de las élites. Aquí entra educar para la participación como objetivo de toda la
sociedad, en su tarea educadora, desde la igualdad, la libertad y la solidaridad, para
avanzar en madurez ciudadana, en la calidad de la convivencia y la paz.
LOS PUEBLOS
Los pueblos, en legítima igualdad, tienen derecho a participar en la política mundial,
en los procesos internacionales de paz… especialmente hoy, en un mundo
globalizado, donde todos los ámbitos están en relación, se impone la práctica de tal
participación.
El principio de participación, que es el derecho-deber, y cuyos sujetos activos son
los individuos, y los pueblos, a escala continental y mundial, se presenta pues como
el cauce, como la gran vía común para fomentar, garantizar y llevar a cabo en
cuadro total de los derechos y obligaciones naturales de la persona humana y de las
naciones.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
70
UNIDAD DIDÁCTICA IX
EL PRINCIPIO DE LA CONCEPCIÓN ORGÁNICA DE LA VIDA SOCIAL I
COMPETENCIA
Identifica las características del Principio concepción orgánica de la vida social y
planifica formas de organización y asociación que pueden aportar elementos
positivos a la sociedad.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 Indicación cronológica y líneas de desarrollo del tema
 La tendencia asociativa y el derecho natural de asociación
 El derecho de asociación
 Las entidades intermedias, un término nuevo significativo
1. INDICACIÓN CRONOLÓGICA Y LÍNEAS DE DESARROLLO DEL TEMA
La afirmación del carácter orgánico de la vida social está presente en todo el
Magisterio contemporáneo de la Iglesia, desde León XIII hasta nuestros días:
 el primer momento se halla en la Rerum Novarum, en el pasaje en el que León
XIII habla del derecho natural de asociación, capítulo de la DSI que como
veremos, dejó definitivamente establecido.
 el segundo momento está constituido por la enseñanza pontificia sobre las
denominadas entidades intermedias, tema que desarrolló Pío XI con su apunte
sobre el corporativismo y que luego modificó Pío XII en un contexto histórico
diferente. A estos dos momentos dedicaremos la presente Unidad Didáctica.
 el tercer momento lo trazó Juan XXIII al incorporar a la doctrina el término
socialización, al que dedicaremos la siguiente Unidad Didáctica.
2. LA TENDENCIA ASOCIATIVA Y EL DERECHO NATURAL DE ASOCIACIÓN.
EL HECHO ASOCIATIVO
Como constante histórica, el hecho asociativo responde a la solidaridad y, por tanto,
a la dimensión social de la naturaleza del hombre. Busca satisfacer la permanente
indigencia, la reconocida insuficiencia que el hombre padece y puede remediar
asociándose con los demás.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
71
No hay vida digna del hombre sin recurso al hecho asociativo, que atiende tanto al
nivel primario de las necesidades perentorias —vivir y sobrevivir— cuanto al nivel
secundario de las conveniencias complementarias asequibles —vivir bien y mejor—.
La creciente floración de asociaciones, que la historia registra, se ha ido produciendo
con ritmo progresivo, obedeciendo a una ley profunda e incontrastable de desarrollo
del hombre en todos los campos de la vida asociada. Todos los elementos, que
objetivamente integran el campo amplio del bien común, son parcelas abiertas al
incesante despliegue de la tendencia asociativa.
NOTAS CARACTERÍSTICAS
Vamos a señalar las cinco notas características del complejo, cambiante, abigarrado
y, sin embargo, fundamentalmente unitario mundo de las asociaciones: es una
exigencia radical del hombre, tiene un sentido personalizador, potencia la libertad
humana, se adapta a las condiciones del medio social y debe ajustarse al bien
común.
Es una exigencia radical del hombre.
La primera nota afecta a la esencia del hecho asociativo: es una exigencia radical
del hombre y por lo mismo un derecho y un deber fundamentales. Pertenece al
cuadro de las notas esenciales de la definición completa de la persona humana. Es
una constante histórica, al brotar de la esencia permanente y universal del hombre.
Tiene un sentido personalizador
Conectada con la nota anterior, está la segunda: el radical y primario sentido
personalizador del hecho asociativo. Todo el entramado de las formaciones sociales,
sin excepción, debe estar puesto al servicio del hombre. También aquí, y muy
especialmente, se deja sentir la primacía temporal y finalista del hombre:
 por su origen, las asociaciones son un efecto de la riqueza e inteligencia del
hombre.
 por su destino, ofrecen la posibilidad realizable de lograr objetivos que el individuo
aislado no puede conseguir. La unión de esfuerzos o inventiva es parte del
coeficiente enriquecedor de la persona humana.
Potencia la libertad humana.
La tercera nota surge como desarrollo explicativo de las dos anteriores. La
asociación confirma y potencia la libertad del hombre, la debida autonomía de éste y
de los entes sociales en el ámbito de la dinámica propia de cada asociación.
El hombre crea asociaciones, porque es libre, y las funda, para asegurar el
desarrollo de su libertad, son como plataformas o espacios que la base social
levanta o prepara, por iniciativa propia ascendente, para garantizar y facilitar el
ejercicio normal de la libertad.
El hecho asociativo tiene, por ello, un valor de fomento impulsor de la iniciativa
privada. Y posee además un valor simultáneo y complementario para prevenir, y en
su caso limitar, los posibles, o probables, o reales abusos de la autoridad en el seno
del grupo social.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
72
Capacidad de adaptación a las condiciones del medio social
La ductilidad para adaptar sabiamente la asociación a las condiciones del medio
social es la cuarta nota. El despliegue de los grupos sociales se lleva a cabo en cada
época, conforme a las posibilidades reales de creación, encauzamiento y promoción
de fines, que el contexto socio-histórico ofrece.
Aunque radicalmente el hecho asociativo es siempre el mismo en su núcleo
operativo esencial, sociológicamente se halla condicionado por la situación
ambiental. Hay en él siempre:
 un fuerte dato coyuntural: lo que es hacedero en el momento;
 un algo estructural inamovible: lo que la naturaleza exige en ese momento.
El dato estructural actúa como acicate de las posibilidades de coyuntura.
Debe ajustarse al bien común
La quinta y última nota hace referencia a que el hecho asociativo ha de ajustarse en
todo momento al bien común, entendido en plenitud, del grupo social y del eventual
grupo superior en el que éste se inserta.
La asociación no está dada para que los socios desatiendan sus deberes sociales.
No se identifica con la licencia para hacer lo que les venga en gana como asociados,
y que, aislados, no pueden llevar a cabo; ni es pretexto o motivo para ejercer sin
trabas el propio o el común provecho egoísta e insolidario. El hecho asociativo,
cuando discurre fuera del campo de la moral, es facción o banda, no una unión
social correcta y moralmente legítima. Esta unión social correcta supone derechos y
deberes anclados en el bien objetivo, que la norma jurídica positiva deberá regular y
defender.
Puede, pues, hablarse de la elasticidad que el hecho asociativo tiene y que se da
también en otros derechos fundamentales, salvo en el de la vida. Hay derechos, en
efecto, que, sin dejar de ser fundamentales, pueden quedar sometidos a restricción
o suspensiones temporales, que deberán estar histórica y moralmente justificadas.
3. EL DERECHO DE ASOCIACIÓN
Pasamos ya al orden jurídico, al campo de la regulación positiva del hecho
asociativo, de la norma reguladora de este derecho natural del hombre. No se trata
de una capacidad de asociarse, graciosamente concedida al hombre. No se trata de
una capacidad de asociarse, graciosamente concedida al hombre por una autoridad
meramente humana. La doctrina sobre este punto quedó establecida en la DSI,
como se dijo antes, en sus líneas fundamentales, por León XIII en la Rerum
Novarum (35-39): el de la asociación es un derecho “concedido al hombre por la ley
natural” (RN, 35).
La autoridad está gravemente obligada a reconocer, favorecer y proteger el ejercicio
de ese derecho. Sólo puede regular su funcionamiento desde fuera.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
73
TRES ELEMENTOS ESENCIALES
Hay tres elementos que integran la esencia del derecho de asociación, y deben ser
recogidos paladina y lealmente en el ordenamiento jurídico:
 la libertad del hombre para fundar asociaciones, cuando, donde y como quiera;
 la autonomía para gobernarlas y orientarlas hacia el fin social libremente
establecido, sin interferencias exteriores procedentes de la autoridad;
 la responsabilidad que sobre todos los socios pesa de garantizar con su
aportación personal el logro del fin estatutariamente establecido.
TRES FASES NORMATIVAS
También hay tres fases normativas escalonadas en las que debe garantizarse al
máximo el ejercicio expedito del derecho natural de asociación. La cobertura jurídica
del hecho y del derecho asociativo:
 debe quedar consignada en el marco constitucional,
 debe recogerse en la correspondiente ley orgánica,
 debe desarrollarse en el reglamento que corresponda.
La asociación y la concentración de esfuerzos, que este derecho exige de los socios
en orden al fin que se han propuesto, poseen singular capacidad educadora y de
entrenamiento para la convivencia correcta. Cada asociación y el conjunto global de
todas ellas, y muy particularmente las que poseen un ritmo y tono fuertes y
duraderos, levantan una plataforma sobresaliente para el cultivo diario de las
virtudes cívicas, del sentido social de unidad en la diversidad, y de servicio
abnegado al prójimo.
En realidad, al ser las asociaciones base del tejido social orgánico, vehículos aptos
de la participación y de la convergencia, elementos de control del ejercicio
subordinado de la autoridad, resultan cívicamente educadoras y políticamente
equilibrantes.
4. LAS ENTIDADES INTERMEDIAS, UN TÉRMINO NUEVO SIGNIFICATIVO
Desde los años treinta, los documentos sociales del Magisterio incorporan un
término nuevo —las entidades intermedias— para designar el fenómeno asociativo.
Entre las entidades intermedias y las asociaciones se da, a primera vista, una
perfecta identificación.
Pero existen matices diferenciadores, que tanto el análisis semántico como la
consideración histórica evidencian.
ANÁLISIS SEMÁNTICO
La asociación por su propia estructura morfológica designa la voluntad y el
movimiento unificadores de los socios en orden a un objetivo común. La significación
completa del término posee:
 un elemento centrípeto para la convergencia unificadora de una pluralidad de
sujetos;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
74
 una indicación de finalidad, de movimiento común concertado hacia un término.
Entidades intermedias, en cambio, apunta, en virtud del adjetivo añadido, a una
posición de puente, conexión o enlace, que las asociaciones ocupan entre el socio y
la autoridad, entre la base y la cima de la formación social.
ANÁLISIS HISTÓRICO
El análisis histórico confirma la conclusión del análisis semántico. El desarrollo
dictatorial del capitalismo liberal, la grave crisis económica iniciada en 1929, la
desaparición definitiva de los antiguos gremios, la irrupción de diversos tipos de
totalitarismo político, el predominio de los sindicatos clasistas dependientes de
partidos jurídicos hacia presupuestos del positivismo, contribuyeron, como causas
concurrentes, al aislamiento progresivo del hombre en la vida social.
DEFINICIÓN
¿Qué notas caracterizan a las entidades intermedias? ¿Son todas las asociaciones
por el solo hecho de ser asociaciones, entidades intermedias? ¿O sólo son
entidades intermedias determinadas asociaciones?
Para fijas el deslinde exacto del término, hay que tener en cuenta cuatro datos:
 por su origen y procedencia las entidades intermedias son cuerpos sociales
surgidos desde la base social, no son entes creados por la autoridad;
 por la finalidad o razón de ser de las entidades intermedias: se crean para llevar a
cabo ciertos fines que son distintos de los que propiamente corresponden a la
autoridad;
 por su régimen jurídico: las entidades intermedias viven con normativa propia, los
estatutos, y bajo la normativa legal común del hecho asociativo, con la salvedad
que más adelante se verá al estudiar la socialización;
 por su utilidad: constituyen en su conjunto una especie de puente compacto,
dinámico y eficiente, o enlace entre el individuo y la autoridad. Garantizan la
participación ciudadana y la acción subsidiaria de quien manda.
En un primer momento, la consideración conjunta de estas cuatro notas lleva a la
conclusión de que todas las asociaciones son entidades intermedias. Sin embargo,
la observación comparativa de los textos del Magisterio y el propio análisis de la
realidad social, indican que el concepto de entidades intermedias se limita solamente
a aquellas asociaciones o cuerpos sociales que poseen un volumen y significación
superior no común.
CORPORACIONES Y CORPORATIVISMO
Pío XI y el corporativismo
Es absolutamente necesario distinguir entre el criterio que Pío XI expuso sobre las
corporaciones o cuerpos sociales, y las realizaciones concretas que el
denominado corporativismo tuvo en la década de los años treinta. Se impone romper
tópicos que pretenden identificar
el criterio pontificio con tales realidades
sociopolíticas.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
75
En Quadragesimo anno (87) las corporaciones se definen como “asociaciones u
órdenes más amplios” que las asociaciones particulares entonces existentes.
Órdenes o cuerpos de origen no estatal:
 Que no se basan en el principio de la lucha de clases, ni en la filosofía
subyacente a dicha lucha;
 Que no quedaban, por otra parte, a merced de las pretensiones del capitalismo
dictatorial:
 Que no eran creación del Estado, ni de la autoridad política, sino de la propia
sociedad.
Estas corporaciones se apoyaban en la tarea común que, dentro de la sociedad,
realizan cuantos trabajan, en uno u otro nivel, dentro de un sector determinado de la
convivencia. De tales órdenes así entendidos Pío XI afirmó que si no esenciales,
eran al menos connaturales con la sociedad civil (QA, 83). Este es el
planteamiento objetivo del concepto.
Pero no puede prescindir de la situación de entonces: a consecuencia del liberalismo
quedó destruido el entramado social de los gremios antiguos y, al no ser sustituidos
por otras asociaciones, el trabajador, el individuo y la familia, quedaron solos,
aislados y desasistidos, frente a los grupos poderosos de la economía y de la
política, como fruto del naturalismo secularista propugnado por la ilustración, y del
liberalismo incontrolado del siglo XIX.
Pío XI abogó por la recuperación, o, mejor dicho, por la creación de un nuevo
entramado social, un orden de cuerpos profesionales que reemplazara,
modernizado, el antiguo orden desaparecido. No propugnó la vuelta a la
organización de la Edad Media, ni una restauración del orden gremial, sino que
propuso la renovación del tejido social intermedio entre el individuo y el poder.
Buscaba una nueva defensa eficaz del hombre e hizo un desafío a la inventiva
social y al sentido común de los pueblos y de sus dirigentes.
Es probablemente el único caso en este siglo en que el Magisterio descendió
hasta el nivel de las directrices prácticas organizadoras del mundo de la economía,
basadas en un principio permanente de la DSI (QA, 78).
Pío XII propone una nueva orientación
Pío XII comprobó el fracaso en la práctica de la fórmula de su antecesor. Se había
perdido una oportunidad. Por eso, orientó su enseñanza sobre la concepción
orgánica de la sociedad hacia las entidades intermedias. Mantuvo el principio, el
motivo de la fórmula anterior, pero modificando su proyección concreta.
Las motivaciones básicas subsistían. Era necesario recuperar para la sociedad un
conjunto denso, libre eficaz de entidades superiores que constituyeran un
diafragma, no de separación, sino de enlace entre la autoridad y el hombre y la
familia. Sin tal conjunto, la dignidad de la persona humana seguiría corriendo
gravísimos riesgos.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
76
Las entidades intermedias son, en la doctrina de Pío XII, ciertas asociaciones
propias de nuestra época, que poseen dimensiones, significación y dinamismo,
muy superiores a las formas ordinarias o menores de las asociaciones, y que por
su naturaleza, operaciones y fines contribuyen al proceso de personalización del
hombre y de la entera sociedad.
No pueden, pues, confundirse con las entidades de signo capitalista puro —
multinacionales del dinero—, ni con los sindicatos meramente políticos y los partidos
que los dirigen —internacionales de las ideologías y del poder—. Son algo distinto,
necesario y, en gran parte, tarea todavía por hacer.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
77
UNIDAD DIDÁCTICA X
EL PRINCIPIO DE LA CONCEPCIÓN ORGÁNICA DE LA VIDA SOCIAL II
COMPETENCIA
Analiza y debate sobre el concepto de la “socialización”, los logros alcanzados en
la actualidad en este aspecto y las tareas pendientes, proponiendo alternativas de
solución.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 La historia del término “socialización” en la Doctrina Social de la Iglesia
 Contexto histórico de la socialización
 Definición de socialización
 Causas concretas de la socialización
 Valoración: juicio crítico sobre la socialización
LEÓN XIII
La encíclica Rerum Novarum (1-3) trató de la socialización, entendida según la
doctrina socialista-comunista de entonces. Socializar significa, para el marxismo
decimonónico, suprimir violenta y totalmente el derecho de propiedad privada en
todo el campo de la convivencia: en la economía, en el derecho y en la cultura.
El rechazo de tal concepto por León XIII era consecuencia lógica obligada del no
rotundo de la DSI al intento de transferir, totalmente y por la fuerza, la titularidad
jurídica de los bienes de los particulares a la comunidad política, como única
instancia legitimada para el ejercicio de la propiedad.
PÍO XI
En la Quadragesimo Anno (55), habló de la socialización, referida ahora a la doctrina
y a la praxis del socialismo no comunista, el cual defendía entonces con energía la
transferencia al Estado de la propiedad, pero únicamente de todos y sólo los medios
de producción.
También ahora la DSI rechazaba el verbo, ya explícito, socializar. Pero subsistía la
razón de fondo de la negativa de León XIII. La base social tiene derecho a la
titularidad jurídica de esa propiedad. La coherencia y la continuidad de la doctrina
eran plenas, aunque la realidad no fuese del todo la decimonónica. La socialización
seguía extramuros de la DSI.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
78
PÍO XII
Pío XII, en sus documentos sociales, da un cambio significativo, que se traduce en
una impotante decisión doctrinal; preludia ya la enseñanza posterior.
Recoge y acepta la identidad de los verbos socializar y nacionalizar, que en los años
cuarenta se había establecido en la teoría y en la práctica.
Ante esta nueva concepción, se adoptan dos posturas:
 Postura negativa: si la nacionalización se concibe y se realiza como instrumento
de la lucha de clases o de la pugna de los partidos, con la consiguiente
desatención de los genuinos intereses de toda la sociedad y menosprecio o
violación de los derechos fundamentales del hombre, la actitud del Magisterio
sigue siendo, como antes, negativa.
 Postura positiva: pero si la nacionalización o socialización está objetivamente
requerida por el bien común, en razón de situaciones de coyuntura yt se lleva a
cabo de forma justa y con vistas a los intereses generales, la actitud del
Magisterio será positiva. Se acepta la socialización, a la vez que advierte que el
proceso de las nacionalizaciones no era en sí mismo y en sus consecuencias el
más adecuado para resolver de forma duradera y justa los problemas de la
convivencia en general, y, en particular, de la economía.
JUAN XXIII
Juan XIII, en 1961, en la encíclica Mater et Magistra (59-60), desligó el contenido de
la socialización de toda referencia directa a la propiedad, a los medios de
producciones y a las nacionalizaciones, y lo vinculó con el poderoso incremento
generalizado del fenómeno asociativo, es decir, con el tema de la organicidad de la
vida social.
Juan XXIII analiza el hecho dela socialización así entendida, subraya sus aspectos
postivos, y lo acepta. La socialización entraba así, como término positivo, en el
vocabulario de la DSI.
Para precisar más, señalar que el término “socialización” no aparece de forma explícita
en el texto original latino de la Mater et Magistra (59), si bien está consignado
expresamente en algunas traducciones autorizadas de las misma.
EL CONCILIO VATICANO II
El Concilio Vaticano II incorporó definitiva y explícitamente, y en varias ocasiones, la
palabra, como puede verse en los textos de Gaudium et Spes 5, 25, 42 y 75.
2. CONTEXTO HISTÓRICO DE LA SOCIALIZACIÓN
Forman parte de este contexto histórico los datos de época que rodean, como
ambiente, el hecho de la socialización. No se trata aquí de fijar causas, en sentido
estricto, del fenómeno.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
79
La socialización, a la que atiende Juan XXIII y el Vaticano II, se refiere al aumento
en número y al incremento en calidad que el hecho asociativo ha experimentado en
los últimos decenios.
En gran parte este incremento se ha visto precedido y está siendo acompañado por
el crecimiento demográfico de la población, por la interdependencia creciente entre
los pueblos y el consiguiente proceso de mundialización. Cinstribuyen también a la
socialización varios datos de situación nueva: urbanización, grandes
concentraciones de personas y de industricas, la cultura de masas, y la expansión
en los tiempos de ocio (MM, 59; GS, 6; 23; OA, 8-12)
Además, ha crecido mucho el número de las unidades asociativas y han aparecido
formas o tipos nuevos de asociaciones de enormes dimensiones y significado
preferentemente económico o ideológico, que pueden causar graves daños al
necesario proceso de personalización.
La socialización, que con todo fundamento es presentada como “una de las
características principales de nuestro tiempo” (MM, 59; cf. GS, 23), tiene incidencia
capital directa en el dinamismo orgánico de la vida social. Este efecto —positivo o
negativo, según los casos— requiere y justifica que lo estudiemos aquí.
3. DEFINICIÓN DE SOCIALIZACIÓN
Disponemos de tres definiciones de un mismo contenido:
 La primera, muy breve. Dice que la socialización es “el incremento de las
relaciones sociales” (MM, 59), de las formaciones sociales.
 La segunda definición, como desarrollo de la precedente, dice: la socialización es
“la multiplicación progresiva de las relaciones de convivencia, con la formación
consiguiente de muchas formas de vida y de actividad asociada, que han sido
recogidas, la mayoría de las veces, por el derecho público o por el derecho
privado” (MM, 59).
La descripción es reiterada por el Vaticano II: una multiplicación incesante de las
convexiones mutuas y de las interdependencias, de las que nacen “diversas
asociaciones e instituciones, tanto de derecho público como de derecho privado”
(GS,25).
 La tercera definición, sectorial, afirma que la socialización está constituida por
“organismos o cuerpos” y por “múltiples asociaciones privadas” (MM, 65). Parece
que responde a la distinción anterior entre el derecho público o privado, regulador
de las agrupaciones. Pero añade a continuación, con enumeración descriptiva de
tipo, toda una “serie numerosa de grupos, de asociaciones y de instituciones para
fines económicos, sociales, culturales, recreativos, deportivos, profesionales y
políticos, tanto dentro de cada una de las naciones, como en el plano mundial”
(MM, 60)
El Vaticano II insiste, como un eco: “las asociaciones familiares, sociales o culturales,
los cuerpos o las instituciones intermedias” (GS, 75).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
80
4. CAUSAS CONCRETAS DE LA SOCIALIZACIÓN
Hemos aludido, de forma sumaria en el apartado 2, al contexto sociohistórico en que
surge la socialización; buscamos ahora las causas concretas que han determinado
el hecho de la socialización, el sentido causativo propio.
FRUTO Y EXPRESIÓN DE LA CONDICIÓN SOCIAL DEL HOMBRE
Para Mater et Magistra, la socialización
“es el fruto y la expresión de una tendencia natural, casi incoercible, de los hombre,
que los lleva a asociarse espontáneamente para conseguir los objetivos que cada cual
se propone y superan la capacidad y los medios de que puede disponer el individuo.”
(MM, 60; cf. PT, 24)
En consecuencia, la socialización
“no es producto de un impulso ciego de la naturaleza, sino obra del hombre, ser libre,
dinámico y naturalmente responsable de su acción, que está obligado, sin embargo, a
reconocer y respetar las leyes del progreso de la civilización y del desarrollo
económico, y no puede eludir del todo la presión del ambiente.” (MM, 63)
La socialización ha de entenderse siempre como efecto o creación de la persona
humana y como estímulo de la personalización. Es evidente que este principio
derivado conecta con los principios originarios o de primer orden. Principalmente,
con los principios antropológicos y los del orden de la naturaleza, y, a través de
éstos, con los principios teológico y cristológico.
No se da, pues, determinismo, sino libertad responsable, la cual coexiste con el
ambiente y dentro de él se mueve. Por tanto, si dentro de la sociedad el hombre o la
familia quedan convertidos en autómatas, no es por la acción ciega de fuerzas
fatalistas, sino por la de quienes tienen responsabilidad en la marcha de los hechos
sociales.
En particular, Juan XXIII destaca como agentes de la socialización tres aspectos:
 “el progreso científico y técnico”
 “el aumento de la productividad” (MM, 59; GS, 23)
 y “el auge del nivel de vida del ciudadano” (MM, 54)
LA CRECIENTE INTERVENCIÓN ESTATAL
Mater et Magistra 60 añade otro elemento muy importante en el proceso de las
causas. La socialización es, al mismo tiempo, “indicio y causa”, es decir, efecto y
agente productor de un fenómeno actual:
“Este progreso de la vida social es indicio y causa, al mismo tiempo, de la creciente
intervención de los poderes públicos aun en materias que, por pertenecer a la esfera
más íntima de la persona humana, son de indudable importancia y no carecen de
peligros.”
Indicio de la respuesta social ante el intervencionismo estatal
Como indicio, la socialización es un instrumento de signo antiestatificador creado por
la sociedad. Las asociaciones se multiplican, entre otras causas, porque el Estado
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
81
se extralimita. Crecen, incluso cualitativamente, para prevenir y detener el riesgo del
intervencionismo excesivo de la autoridad social y de sus incursiones ilimitadas en la
esfera de la intimidad personal del hombre.
La socialización se alza, pues, como efecto, a manera de muro de contención e
incluso a veces como estrategia de recuperación de terrenos perdidos, invadidos,
por la autoridad (GS, 75). Por eso, la Mater et Magistra lo califica de “indicio”.
Causa de una razonable intervención estatal que regule la realidad asociativa
Como causa, también origina una justa intervención del Estado, cuando, al
incrementarse las formas asociativas, el Estado se ve jurídicamente obligado a
regular ese movimiento ascencional con una normativa apropiada y proporcionada al
hecho nuevo. La normativa debe salvaguardar la orientación personalizadota que
gravita en todo momento sobre el ejercicio de la autoridad.
Pero, además, la socialización es causa de la intervención del Estado, porque,
eventualmente, dentro del conjunto de entes que integran la socialización, pueden
surgir formaciones sociales poderosas, que perturben el libre juego de los elementos
de la vida social y la necesaria convergencia de todos ellos hacia el bien común. En
uno y otro caso la socialización actúa como causa eficiente de la intervención debida
al Estado.
5. VALORACIÓN: JUICIO CRÍTICO SOBRE LA SOCIALIZACIÓN
La valoración, que la DSI hace que la socialización, consta de:
 una afirmación general: la socialización es en sí un fenómeno actual positivo,
ventajoso;
 una negación correctora: no carece de riesgos, algunos de ellos graves y en
ocasiones realizados (Cf. MM, 61-62; GS, 25).
Como motivo determinante de estos dos momentos del juicio crítico de la DSI sobre
la socialización debe señalarse el sentido del propio complejo asociativo,
personalizador o despersonalizante, y también, como motivo adicional, la orientación
concreta de la regulación jurídica del fenómeno, favorable o desfavorable respecto
de la primacía de la persona humana.
La socialización, aunque crea relaciones nuevas, no siempre promueve en ellas y
con ellas la primacía de la persona humana en la vida social, ni el necesario carácter
orgánico de ésta. Y semejante riesgo puede provenir tanto de la autoridad pública,
como de ciertos sectores de la propia sociedad.
EL RIESGO QUE PROCEDE DE LA AUTORIDAD
Hoy día la reglamentación jurídica del comportamiento humano y el control que la
autoridad ejerce sobre los movimientos del gobernado, reducen sensiblemente el
radio de acción de la libertad y de las responsabilidades personales. El hombre deja
de pensar por sí mismo y piensa según el dictado que la presión ambiental le
impone, descarada o encubiertamente.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
82
La situación se agrava sobremanera por el manejo de la información en los medios
de comunicación social. La sociedad se ve desposeída de su puesto de primacía,
mermada en su capacidad creadora, obstaculizada en la formación de su juicio
crítico personal libre (MM, 62; PT, 24).
EL PELIGRO QUE PROCEDE DE LA PROPIA SOCIEDAD
Baste este apunte por ahora: el peligro surge cuando grupos poderosos, y aun
superpoderosos, pueden interferirse e incluso anular con su presencia, dentro del
conjunto asociativo, la socialización y sus efectos positivos; cuando actúan en
sentido negativo en los campos de la economía, de la política, de la cultura, o de la
información.
LA MALA UTILIZACIÓN DE LA PROPIA LIBERTAD
La suma de estos dos agentes —autoridad y sociedad— con sus posibles
interferencias negativas en el marco de la socialización se combina con un tercer
factor, esta vez interno y personal: la tendencia de todo hombre al pecado. Lo
menciona expresamente el Concilio Vaticano II: “la soberbia y el egoísmo humanos
transforman ellos también el ambiente social” (GS, 25).
EN CONCLUSIÓN
La DSI tiene un juicio general claramente positivo sobre la socialización.
El juego de los principios rectores de la convivencia genera una determinada
concepción y expresión de la vida social. De ese juego, correcto o incorrecto,
depende el juicio crítico concreto sobre los aspectos particulares del fenómeno
socializador. Si el funcionamiento de los principios es correcto, el resultado positivo.
Y también el juicio sobre la socialización. Pero si es incorrecto, el juicio será
claramente negativo. Porque el juicio general sobre la socialización en la DSI es
claramente positivo.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
83
UNIDAD DIDÁCTICA XI
PRINCIPIO DE LA JUSTICIA SOCIAL
COMPETENCIA
Identifica y explica el desarrollo del término “justicia social” en los documentos del
Magisterio y valora su importancia como aporte de la Iglesia a la lucha por un
mundo que respete y promueva la dignidad del hombre en todos sus aspectos.
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA UNIDAD
La unidad consta de los siguientes temas:
 El sustantivo, el adjetivo y el término compuesto: “justicia social”
 La novedad semántica de la justicia social en la Doctrina Social de la Iglesia
 La historia del término “justicia social” en los documentos sociales del Magisterio
 Dinamismo de la justicia social: tres funciones
 La cuestión del derecho justo y la justicia social
1. EL SUSTANTIVO, EL ADJETIVO Y EL TÉRMINO COMPUESTO: “JUSTICIA
SOCIAL”
En el inicio de este tema, vamos a tratar de aproximarnos al significado de los términos
“justicia” y, particularmente, “justicia social”.
EL SUSTATIVO “JUSTICIA”
Sentido subjetivo
En sentido subjetivo, como virtud personal, la justicia es la voluntad decidida,
constante y perpetua de dar a cada uno lo que le corresponde, lo suyo.
Presupone el reconocimiento granco de lo que al prójimo se debe y el propósito
firme actualizado de respetar y hacer lo que al otro se debe. “Constante” significa
perseverancia probada en el propósito y “perpetua” designa la intención de guardar
siempre ese propósito. A esta voluntad decidida y a su práctica consiguiente está
obligado todo el cuerpo social, tanto los miembros como la autoridad.
Sentido objetivo
En sentido objetivo, la justicia es la propiedad, atributo, o cualidad de la norma
jurídica, por la que dicha norma, cualquiera que sea su nivel jerárquico en el
ordenamiento jurídico, ha de ajustarse, en cuanto a su contenido y procedimiento, al
orden moral, que ea anterior y superior al derecho positivo. Moral y derecho están
úntima y necesariamente vinculados.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
84
Todos los principios originarios y todos principios derivados de a DSI están gravitando
directamente, y no sólo externamente, sobre una exigencia interna de la justicia, de la
norma jurídica.
Complementariedad
Los dos sentidos del sustantivo “justicia” se complementan como las dos caras de
una moneda: como virtud moral cardinal, en sentido subjetivo, personal, ascético; y
como atributo o cualidad de norma jurídica, en sentido objetivo, real.
EL ADJETIVO “SOCIAL”
Se refiere a todo cuanto es vida del hombre en convivencia. Abarca todas las formas
y grados de ésta. Su sentido integrador ha de tenerse muy presente al intentar
definir la justicia, cualificada por lo social hoy. El uso creciente del adjetivo en la
doctrina, en la legislación, en la literatura y aun en el lenguaje comúnb, ha penetrado
también en el léxico de la DSI (LE, 2 y 9; RP, 16).
Conviene advertir que este adjetivo, como tantos otros términos de la vida social
actual, forma parte de un vocabulario común que se ve afectado por una confusión
que, desde la Ilustración, han creado algunas corrientes filosóficas y sistemas
sociales con su carácter inmanentista, cerrados ala trascendencia de los divino (Cf.
MM, 206).
EL TÉRMINO COMPUESTO “JUSTICIA SOCIAL”
Esta primera aproximación subraya que la justicia social es aquella forma o especie
de la justicia que responde a las características, contenido y extensión de la
moderna cuestión social, y que, por lo que respecta a la comunidad política, se halla
en la base del llamado Estaod social de derecho, como fuerza rectora y elemento
legitimador.
La evolución del contenido de la cuestión social, cada día con más complejidad, ca
desde el campo de la economía al ámbito general de la convivencia, acentúa con
intensidad la dignidad del hombre y de los pueblos. Su proceso de continentalización
y aun de mundialización ha ido determinando una ampliación del significado de la
justicia social (cf. LE, 2).
El bien común, entendido en plenitud, es el núcleo de esta nueva dimensión de la
cuestión social, y pertenece a su esencia la defensa y la garantía de los derechos
del hombre y de todos los pueblos.
Por ello, la justicia social se presenta como la expresión moderna y totalizadora, de
los comportamientos sociales que buscan fijar, elaborar, alcanzar y distribuir el bien
común.
2. LA NOVEDAD SEMÁNTICA DE LA JUSTICIA SOCIAL EN LA DSI
Se procede ahora a una segunda aproximación en la definición de la justicia social,
acudiendo para ello a la clasificación tradicional de las especies o formas de justicia.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
85
CLASIFICACIÓN TRADICIONAL
Para la clasificación tradicional, son tres las forma de justicia:
 la justicia legal, que fija los deberes del
asociado respecto de la comunidad en que La sociedad asegura la justicia
social
cuando
realiza
las
vive inserto;
condiciones que permiten a las
 la justicia distributiva, que define los asociaciones y a cada uno
deberes de la comunidad, y en concreto de la conseguir lo que es debido según
autoridad misma, respecto de los socios o su naturaleza y su vocación. La
justicia social está ligada al bien
gobernados;
 la justicia conmutativa, que regula los común y al ejercicio de la
deberes y derechos entre las personas o autoridad. (CCE 1928)
socios de cada comunidad.
Ante la posibilidad de identificar la justicia social con alguna, o con varias, de las
formas tradicionales de justicia, dentro de la doctrina social católica, hay autores
que:
 responden afirmativamente, aunque con salvedades;
 algunos identifican la justicia social con la legal o con la distributiva,
 otros afirman que la justicia social coincide con la legal completada con la
distributiva;
 para terminar, otros enseñan que la justicia social comprende las tres especies
clásicas de la justicia
UNA NUEVA DEFINICIÓN DE DICHO TÉRMINO
Reconociendo el valor de la clasificación tradicional y lo que puede haber de positivo
en ella para definir la moderna justicia social, parece más acertado optar por darle
un contenido global nuevo. La doctrina clásica conserva en este punto un ineludible
matiz de época, que ha sido ampliamente rebasado por la novedad de la situación
contemporánea.
El término justicia social, por su esencial orientación al bien común y por la
complejidad nueva que los tiempos han acumulado sobre esta realidad del bien
común, ofrece matices de adecuación a las novedades del triempo, que, sin merma
de las directricies de la doctrina clásica, aconsejan aceptar una nueva definición de
dicho término.
Algunas de la notas que obligan a sancionar y admitir otra definición de la justicia
social son:
 los riesgos, reales y graves, que amenazan la primacía del hombre;
 la defensa, garantía y ejercicio de los derechos fundamentales de la persona;
 un concepto desviado y claudicante del desarrollo y sus conexiones inmediatas
con el problema de la paz;
 los derechos de todos los pueblos y el proceso actual de mundialización;
 la persistencia de los abusos de poder económico.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
86
Bien Común
Justicia conmutativa:
Contratos y
intercambios
equitativos
Justicia distributiva:
Distribución equitativa
de los bienes según la
opción por los pobres
Justicia Social
Justicia legal:
Transparencia y
seguridad legal en el
sistema judicial
Creemos que puede admitirse como definición, a la luz de lo dicho, que:
La justicia social es la forma moderna plenaria de la justicia, entendida en sentido
objetivo, que como priencipio rector, inspira y delimita el ocnjuento de normas
jurídicas positivas que regulan todas la formas de convivencia, para garantizar el
logro fácil del bien común completo nacional, internacional y mundial, reconociendo
teórica y prácticamente los derechos fundamentales del hombre y de los pueblos.
La justicia social se levanta así como el sumo rpincipio general del ordenamiento
jurídico positivo. Al proclamar esta importancia fundante de la justicia social,
estamos afirmando la necesaria obediencia, el leal sometimiento del ordenamiento
positivo a todos y a cada uno de los principios rectore de la convivencia humana,
tanto los originarios como los derivados.
3. LA HISTORIA DEL TÉRMINO “JUSTICIA SOCIAL” EN LOS DOCUMENTOS
SOCIALES DEL MAGISTERIO
El término aparece por primera vez en los documentos de Pío XI, concretamente en
las encíclicas Quadragesimo Anno y Divini Redemptoris. Es otra novedad en el
léxico y en los conceptos de la DSI.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
87
ANÁLISIS DE CONTENIDO
En cuanto a su contenido, la justicia social es presentada expresamente como forma
o especie de justicia, distinta de la conmutativa. Y como forma necesariamente
vinculada al bien común en el contexto moderno de la cuestión social. La justicia
social tiene con el bien común cierta conexión
identificadora en ser y cierta diferencia en el A cada cual, por consiguiente, debe
dársele lo suyo en la distribución de
nivel operativo (DR, 52; QA, 58).
El bien común depende de la justicia social en
cuanto que es el resultado y el norte de la vida
en sociedad. Esa es la conexión identificadora.
La diferencia operativa reside en que la justicia
social canaliza, preordena y potencia el
ordenamiento jurídico necesario para asegurar
el logro del bien común y para garantizar la
justa distribución, después, de los bienes que
lo integran.
los bienes, siendo necesario que la
partición de los bienes creados se
revoque y se ajuste a las normas del
bien común o de la justicia social,
pues cualquier persona sensata ve
cuán gravísimo trastorno acarrea
consigo esta enorme diferencia
actual entre unos pocos cargados de
fabulosas riquezas y la incontable
multitud de los necesitados. (QA 58)
En un pasaje se identifica la justicia social, que es la inspiradora, con el
ordenamiento jurídico, que es la estructura inspirada por la justicia social. La justicia
social se opone a toda forma de dictadura, manifiesta o encubierta (QA, 88; DR, 31).
Pío XII la calificó posteriormente de punto programático de la DSI. Toda forma de
vida social requiere estar informada por la justicia social, que actúa como principio
inspirador del dinamismo regido por su respectivo estatuto jurídico.
ANÁLISIS HISTÓRICO
Aparece vinculado de forma particular a determinados sectores concretos, parciales,
de la vida económica. En esta proyección sectorial del principio se habla de la
distribución justa de las riquezas, de la renta nacional y de los beneficios de las
empresas. Y también se menciona el tema del salario justo, incluido el familiar, y de
su necesario complemento, la seguridad social (QA, 57-58. 110).
Se extiende el campo de aplicación a todo el orden económico, ya que la gran
función de la justicia social es ordenar en entero conjunto socioeconómico del desarrollo de un pueblo (MM, 40).
Amplía el significado funcional de la justicia social, que debe abarcar, con su
dinamismo regulador impulsor, todo cuanto pertenece a la vida de la comunidad
política en todos los órdenes, no sólo en el económico. Debe aquélla, en efecto,
“imbuir toda la actividad de Estado y toda la vida de la sociedad” (QA, 110; DR, 31).
El Concilio Vaticano II (GS, 29. 63. 90) y las encíclicas sociales de Juan Pablo II (Cf.
LE, 8. 20) cierran el proceso de generalización, ya que la justicia social debe
reordenar todo el entramado de la vida social, también a nivel continental y mundial
(Cf. GS, 29; 63; 90; LE, 2; 8; SRS, 39; CA, 19).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
88
4. DINAMISMO DE LA JUSTICIA SOCIAL: TRES FUNCIONES
En términos generales, la justicia posee por vía jurídica, un esencial impulso que
lleva a confluir a todos los agentes sociales en el bien común y, simultáneamente,
los dinamiza para alcanzarlo.
Por eso, la gran función de la justicia social consiste en promover, establecer y
aplicar un orden jurídico que se ajuste, lo más perfectamente posible y a tiempo, a
los criterios concretos que sirven para solucionar con una eficacia que sea
moralmente correcta, la complejidad de la cuestión social contemporánea.
FUNCIÓN CREADORA DE JUSTICIA
La justicia social es el principio permanente que rige ese nuevo ordenamiento
jurídico. Lo advierte expresamente el número 10 de la encíclica Mater et Magistra.
Es un pasaje que, si bien se refiere de forma explícita a la economía, tiene
aplicación implícita, que puede extenderse a todos los órdenes de la convivencia,
grandes y pequeños. Juan XXIII comenta e interpreta autorizadamente el
pensamiento de Pío XI:
“El segundo principio de la encíclica de Pío XI (Quadragesimo Anno) manda que se
establezca un orden jurídico, tanto nacional como internacional, que bajo el influjo
rector de la justicia social, y por medio de un cuadro de instituciones públicas y
privadas, permita a los hombres dedicados a las tareas económicas armonizar
adecuadamente su propio interés particular con el bien común.” (MM, 10)
Importa subrayar de esta unidad el inciso de ese pasaje, “bajo el influjo rector de la
justicia social”. En el texto latino original se lee “sociali iustitia auspice”. En la
expresión utilizada por Pío XI, que confirma Juan XXIII, se advierte meridianamente
la función rectora de la justicia social en la sociedad contemporánea por la vía del
derecho justo.
Tiene, por tanto, la justicia social una primera función capital de signo positivo:
Crear, mantener y exigir un ordenamiento jurídico adecuado y su cumplimiento a
todos los miembros del cuerpo social: ciudadanos, autoridad e instituciones de todo
tipo, públicas y privadas. Nadie queda exento del deber de obedecer la norma
jurídica.
En consecuencia, la justicia social, como expresión concentrada de todos los
grandes principios de la DSI, es la encargada de lograr que todo el ordenamiento
positivo se subordine a la primacía de la persona y del derecho natural y, por
consiguiente, a la moral objetiva, de forma que el individuo, sólo y asociado, pueda
disponer fácilmente de todos los medios que necesita para cumplir su función en la
sociedad y lograr la perfección que con la sociedad busca. En esto consiste la
función creadora y de exigencia de la justicia social.
FUNCIÓN DE DENUNCIA
Posee, además, la justicia social una segunda fase, derivada de la anterior. Función
que, aunque parezca negativa, es muy positiva en sí misma. Se trata del “no” que la
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
89
justicia social debe pronunciar frente a las injusticias sociales de todo signo y
procedencia.
La justicia social se yergue como instancia denunciadora, siempre que se dé una
deficiencia social injusta, un abuso generalizado. Es la voz que clama frente a las
situaciones de injusticia consolidada, que crean las denominadas estructuras de
pecado.
La justicia social actúa como radar de injusticias y detector de deficiencias sociales
provocadas con daño de los derechos del hombre o de los pueblos. Esta segunda
función de la justicia social presenta una característica permanente y plantea una
exigencia severa:
 Característica: la justicia social prohíbe hacer acepción de situaciones o de
personas. Denuncia la injusticia siempre. No practica la norma de las dos
medidas: denunciar las injusticias de un sistema o situación, mientras silencia las
que otros sistemas o situaciones provocan. Nunca se pliega al juego interesado
de las denuncias sociales partidistas, que se mueven no por afán de justicia, sino
por claros motivos de contienda de intereses.
 Exigencia: en toda formación social han de existir personas y grupos de personas
capaces de aceptar el sacrificio de ser portadores de la voz de la justicia social, y
de clamar pública y eficazmente contra las injusticias sociales consolidadas.
Cuando faltan esos hombres, se produce inexorablemente el fracaso del
dinamismo reformador de la justicia social, que constituye su tercera función.
FUNCIÓN DE REFORMA
La justicia social no se limita a la labor de denuncia sino que es radical y
primariamente fuente de iniciativas creadoras de orden y desarrollo. No puede
quedar convertida solamente en palestra de reivindicaciones desconectadas de los
deberes sociales que pesan sobre todos los miembros del cuerpo social.
La justicia social tiene, ante todo, que aportar soluciones. Es la voz portadora del
“deber ser” frente al “es” social degradado. En su voz se deja oír el clamor profundo,
insobornable, de cuantos padece injusticia, voz majestuosa desatendida, que es eco
auténtico de la voz divina (Cf. SRS, 41; CA, 18. 36. 61)
Son las personas capacitadas, con espíritu de sacrificio y sentido del servicio al
prójimo necesitado, los que pueden dar viabilidad acertada a las soluciones que la
justicia social aconseja o impone.
La revolución no es camino, pero cuando la evolución no se hace viable, sólo queda
la disyuntiva:
 del estancamiento, que provoca formas nuevas de esclavitud tecnológicamente
enmascaradas;
 o el camino de las revoluciones que resultan, en última instancia,
desestructuradoras y retroactivas.
Aparece el enfrentamiento lamentable entre las propuestas reformadoras que la
justicia social emite, y los intereses creados del que manda, persona o grupo, o del
poderoso que se opone a la realización de las ineludibles reformas.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
90
En verdad, la justicia social, como principio permanente de la DSI, es hoy una
presión jurídica adecuada de los remedios que la injusta situación de la sociedad
contemporánea reclama, para recuperarse de su actual postración.
La justicia social es la formulación, puesta al día, del supremo principio del orden
moral que todos los pueblos han sancionado: “hacer el bien y evitar el mal” (“bonum
est faciendum, malum est vitandum”). Es la justicia social una premisa insustituible
de todo derecho positivo justo.
5. LA CUESTIÓN DEL DERECHO JUSTO Y LA JUSTICIA SOCIAL
Existe entre el principio de la justicia social y el ordenamiento jurídico una conexión
directa e inmediata, que vemos como corolario del presente tema.
UN AUTÉNTICO DILEMA: ¿TODO LO LEGAL ES MORAL?
Se trata de la grave cuestión del derecho justo: el derecho positivo, por el mero
hecho de ser ley promulgada, ¿es moral, o ha de cumplir alguna condición previa
ineludible, para ser genuino derecho obligatorio en conciencia? La cuestión se
plantea en términos de auténtico dilema. No hay punto intermedio:
 o se acepta que la norma jurídica, en cuanto a su contenido está obligada a
respetar un cuadro de valores objetivos superiores y anteriores de orden moral;
 o se afirma que lanorma es puro marco, dentro del cual el legislador puede incluir
el contenido que quiera, sin subordinarse a un conjunto de valores permanentes
superiores.
A esta segunda posición siguen todas las corrientes del positivismo jurídico, que al
dejar el contenido de la norma en manos del legislador, lo libera de todo
sometimiento a un orden moral objetivo. La consecuencia obligada es reconocer de
antemano la licitud y la legitimidad de cualquier contenido de la norma, aunque sea
contradictorio con los valores objetivos, superiores y anteriores a la legalidad.
La Doctrina Social de la Iglesia: afirma que sólo el derecho justo es genuino
derecho. Es la justicia interna de la norma la que da a ésta su auténtico valor
regulador del comportamiento social. El derecho ha de respetar el orden moral
establecido por Dios y señalado por la naturaleza humana (MM, 207; 209; 214)
No bastan, por tanto, la mera fachada procesal, ni el marco puramente formal para
dar a la norma jurídica una fuerza obligatoria en conciencia. La bondad de la norma
positiva no depende solamente del hecho de la promulgación de la misma por la vía
legislativa o jurisprudencial.
El ordenamiento jurídico, en su contenido, debe respetar el orden moral, y, por los
mismo, los grandes principios que la DSI recoge y enuncia:
“La justicia y el derecho emanan de una concepción ética y sagrada de la vida…
encuentra en la sociedad civil su aplicación en el plano temporal… pero tienen su
fuente y reciben su fuerza de la fe religiosa” (Pablo VI al Cuerpo Diplomático, 8-VI1970).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
91
PERMISIVISMO JURÍDICO
Esta necesaria proyección del principio de la justicia social sobre el conjunto global
del ordenamiento jurídico sufre hoy día un riesgo sobrevenido: el rechazo de valores
éticos objetivos, promovido por el permisivismo moral que la legislación, a veces,
acoge y promueve, con deterioro gravísimo del bien común y el sensible desprestigio
del valor y de la obligatoriedad de la norma jurídica.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
92
III. LECTURAS COMPLEMENTARIAS
3.1
BREVE RESUMEN DE ENCÍCLICAS SOCIALES
RERUM NOVARUM (SOBRE LA CUESTIÓN OBRERA) DE LEÓN XIII (1891)
 Muestra derechos y responsabilidades de empleadores y obreros;
 Describe el rol apropiado del gobierno;
 Protege los derechos de los trabajadores a organizarse en asociaciones para
buscar
 Salarios justos y buenas condiciones de trabajo.
Situémonos cien años atrás. El gran tema social del momento es la entonces
llamada “cuestión obrera”. León XIII expone su génesis en la introducción de la
Rerum Novarum y la resume lapidariamente al afirmar que un pequeño número de
opulentos y adinerados ha impuesto un yugo casi de esclavitud a una infinita
multitud de proletarios. Sociológicamente, se trata de un problema; éticoteológicamente, de un mal. El primero exige solución; el segundo, remedio. ¿Cuál es
la solución-remedio?
No el intento socialista, consistente en la supresión de la propiedad privada, como
resultado de una lucha de clases, y en la instauración de una propiedad colectiva, en
manos del Municipio o del Estado. Este pretendido remedio resulta, por un lado,
inadecuado (peor que la enfermedad) y, por otro, injusto. Es inadecuado en la
misma medida en que contradice el fin de quien trabaja (finis operantis), consistente
en ganarse la vida mediante la obtención de unos beneficios (sobre algo ya propio) o
de un salario (a partir de un contrato laboral estipulado sobre bienes de producción
ajenos). Es injusto en cuanto contradice las dimensiones personal, familiar y social
del ser humano.
Personal
Ya que el hombre, dotado de instinto, como los animales, pero superior a ellos por
su razón y su libertad, no se aquieta con el mero uso inmediato, sino que sólo
descansa ontológicamente cuando señorea el origen del uso, en su doble
perspectiva de presente y de futuro. A esta dimensión de dominio, basada en la
razón y la libertad, hay que añadir, de nuevo, la del trabajo (visto ahora desde el finis
operis); en efecto, mediante éste, la persona imprime el sello de su ser sobre la
materia elaborada, convirtiéndola, de este modo, en legítimamente suya.
Familiar
Si, en su evolución normal, el hombre y la mujer pasan a ser padre y madre de
familia, añaden un nuevo título de propiedad al anterior, ya que, por el mismo hecho,
devienen responsables de la vida y educación de un ser o de unos seres confiados
primordialmente a sus cuidados —y, por consiguiente, de la adquisición y
administración de aquellos medios que son necesarios para satisfacer sus
necesidades, también de presente y de futuro—.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
93
Ambas dimensiones —la personal individual y la personal familiar— pertenecen a lo
más radical de la condición humana y son, por naturaleza, anteriores al Estado, el
cual carece de título sea para usurparlas, sea para delegarlas.
Social
Ello nos lleva a la tercera perspectiva enunciada, la social. Ligando con lo anterior, y
desde un nuevo ángulo de visión, hay que intuir que una sociedad que se
(des)organizara hasta el punto de institucionalizar colectivamente la violencia
usurpadora o delegante, se trastocaría en sus mismos fundamentos y se
transformaría en antihumana y, por ende, injusta.
Sólo si se reconoce y respeta en todos los seres humanos (no meramente en
algunos) su estructura de señorío en relación con el cosmos (“Creced, multiplicaos,
dominad la tierra” [Génesis]), y la consiguiente potestad sobre unos concretos
bienes económicos en tanto que fuente de sustentación y espacio de libertad, se
parte de una base correcta para solucionar-remediar la cuestión obrera. “Cuando se
plantea el problema de mejorar la condición de las clases inferiores, se ha de tener
como fundamental el principio de que la propiedad privada ha de conservarse
inviolable”, sentencia Rerum Novarum al final de esta primera sección.
Desechado, pues, el socialismo violento y colectivizante, hay que buscar la solución
de la otra violencia —la originante, la del capitalismo liberal, denunciada, aunque no
así nombrada por la encíclica— a partir de tres agentes simultáneos: la Iglesia, el
Estado, y los propios Interesados, es decir, los patronos y los obreros.
La Iglesia, en primer lugar y principalmente, dado que aporta, tomadas del
Evangelio, una decisiva doctrina y una concreta acción. Su doctrina exige
simultáneamente la justicia en los contratos salariales, la amistad en la comunióncomunicación de bienes y la fraternidad en la vivencia de la condición creatural y
redentora; exige, sencillamente, que todos seamos justos, amigos y fraternos. Su
acción, ya desde los tiempos fundacionales, se flecha constantemente a formar en la
virtudes y a acentuar la dimensión comunicativo-distributiva de todo tipo de bienes,
incluidos específicamente los económico-sociales. Son muestra de ello la comunidad
de Jerusalén, las colectas paulinas, la paulatina formación del patrimonio de los
pobres que llega, desde las aportaciones a pie de altar en la celebraciones
eucarísticas hasta los movimientos e instituciones de todo tipo organizados en
función de las omnímodas y crecientes necesidades humanas —el tema de la acción
de los seglares en el mundo no se trata todavía, teológicamente, en la encíclica,
aunque sí se hable de su acción práctica en la última parte, como veremos en
seguida—.
En segundo lugar, decíamos, el Estado. Este contribuye a la solución de la cuestión
obrera de dos modos, global, uno; específico, otro. Desde el punto de vista global,
por el mero hecho de realizar adecuadamente su cometido de agente de la
prosperidad general, crea las mejores condiciones posibles para la liberación y
promoción de la clase proletaria. Ahora bien, dado que, en su desviación liberal se
caracteriza por una acción unilateral, directa o indirecta, en favor de la clase
burguesa, un Estado ética y políticamente justo debe no sólo abrirse, sino también
dedicarse de manera principal a la clase inferior, puesto que la alta goza ya de sus
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
94
propios medios de defensa, mientras que ella, la baja, desde su precariedad, tiene
específico derecho a ser ayudada de modo preferente por la autoridad de la
comunidad política.
¿En qué se traduce concretamente lo dicho?
En tres tipos simultáneos de acción de los poderes públicos. El primero se centra en
la protección de la propiedad privada y la evitación, ya en sus mismas fuentes, de la
huelga. El segundo brinda la garantía eficaz de unas condiciones humanas de
trabajo que afectan a las dimensiones espiritual y corporal del obrero, en cuanto a
edad, sexo, salud, horario, descanso y posibilidad de cumplimiento religioso. El
tercero se flecha, por un lado, hacia la justicia del contrato laboral, justicia que exige
una remuneración que sea suficiente para el sustento del obrero; y, por otro, hacia
una concreta intervención de las leyes: aquella que viabiliza de hecho una universal
obtención de la propiedad. Este último objetivo sólo puede realizarse por medio de
un salario que posibilite el sustento familiar y un ahorro suficiente.
Finalmente, y en tercer lugar, la acción de los mismos Interesados, patronos y
obreros. Después de enumerar fácticamente diversas instituciones de ayuda y
cooperación (mutualidades, entidades de previsión, patronatos, asociaciones
obreras) y de mostrar su gozo por la extensión creciente de éstas últimas, sean de
solos obreros, sean mixtas; León XIII enuncia su conveniencia, pleno derecho y
cometido.
 a) La conveniencia de estas instituciones radica en la misma estructura
comunitaria de los seres humanos: por un lado, necesitados de mutua ayuda y,
por otro, tendentes a una recíproca promoción (la encíclica subraya sobre todo el
primer aspecto).
 b) La plena facultad de formar estas asociaciones es reivindicada a continuación:
constituir sociedades privadas ha sido concedido al hombre por derecho de
naturaleza. El Estado debe, por consiguiente, garantizar este derecho y sólo
puede intervenir en el ámbito asociacional en función del bien común. Ante los
ojos del Papa se hacen presentes, en ese momento, tres tipos de uniones: las
congregaciones religiosas, que elogia y defiende; las asociaciones dirigidas por
agitadores, que obviamente rechaza; y las agrupaciones católicas, cuyos
incremento augura y cuya protección, sin intromisión, por parte de la autoridad,
reclama.
 c) Pasando al cometido, después de dar unas pistas prudentes sobre la
reglamentación de las asociaciones, León XIII acentúa ante todo la dimensión
religiosa de éstas (búsqueda prioritaria del Reino de Dios, instrucción religiosa,
costumbres cristianas), para pasar luego al tema de su funcionamiento con vistas
al bienestar institucional y personal. Evidentemente, uno de los objetivos que
requiere mayor atención es el de procurar abundancia de trabajo a todos los
miembros.
La anterior trilogía pone en evidencia la importancia de la acción de los seglares a la
que se aludió más arriba. Es preciso refererirse al sentido alegato en pro de una
gran efusión de la caridad cristiana con que el Papa clausura su decisiva enseñanza.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
95
QUADRAGESIMO ANNO (SOBRE LA RECONSTRUCCIÓN DEL ORDEN SOCIAL) DE PÍO XI
(1931)
 Desaprueba el efecto de la codicia y el poder económico concentrado sobre los
trabajadores y la sociedad;
 Exige una distribución equitativa de los bienes según las demandas del bien
común y la justicia social;
 Protege el derecho y extiende la oportunidad de propiedad; afirma su propósito
social y promueve la armonía entre las clases.
Cuarenta años después de la Rerum Novarum, Pío XI ofreció a la Iglesia la segunda
gran encíclica social, enfocada, ahora, no ya a la solución-remedio de la cuestión
obrera (el conflicto capital-trabajo característico del siglo XIX), sino a la restauración
del orden social y su perfeccionamiento según la ley evangélica. Al pasar del
desorden sectorial de las relaciones de producción, en pleno corazón de la era
industrial, al desorden global de la sociedad occidental, a inicios de los años treinta,
el Papa de la Acción Católica abrió nuevos horizontes a la que denominó Doctrina
social católica, Doctrina social cristiana, Filosofía social cristiana, Doctrina leoniana
(refiriéndose a su predecesor), Doctrina de la Iglesia, Doctrina evangélica, etc. Con
Pío XI se pasó de la cuestión obrera a la cuestión social.
La primera parte de Quadragesimo Anno evoca históricamente tanto la enseñanza
como los beneficios de la Rerum Novarum en el triple aspecto —Iglesia, Estado,
Interesados— que acabamos de considerar. Al obrar de este modo, Pío XI inició una
de las futuras constantes de la citada Doctrina social, la de su momento de
continuidad, persistencia, relectura, constituyendo de este modo una sub-tradición
específica dentro de la gran tradición comunitario-social de los veinte siglos de
Catolicismo.
La segunda parte defiende y desarrolla la Rerum Novarum, con lo que origina
asimismo otra dimensión permanente del Magisterio social, la de profundización de
las enseñanzas anteriores con sus variantes de discernimiento, aclaración,
acomodación, etc. Una vez afirmado el derecho y el deber pontificios de juzgar con
autoridad suprema en materia económico-social desde la vertiente moral —misión
que, a la luz del ministerio apostólico, había ya reivindicado León XIII—, Pío XI
profundiza en el doble orden de las personas y de las instituciones. En el primero —
personas— subraya la dimensión social de la propiedad; ahonda en las relaciones
capital-trabajo a partir de su complementariedad; y reinvindica como debido por
justicia el salario familiar. En el segundo —instituciones—, destaca la función
subsidiaria del Estado; delinea un tejido interprofesional que presenta como
alternativa, en clave de libre y ordenada cooperación, a la tensión y al
enfrentamiento que es propio del contrato de salario capitalista-liberal, enmarcado
en la lucha de clases; e inculca que el principio rector de la economía radica en el
binomio justicia-caridad.
La tercera parte se adentra en los horizontes de las nuevas realidades que ofrece el
ámbito económico-social de su tiempo. De este modo, Quadragesimo Anno, abre, a
su vez, un tercer aspecto, el de la innovación, novedad, renovación, que
caracterizará también todos los grandes documentos subsiguientes. (Entre
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
96
paréntesis: observemos que la trilogía “continuidad-profundización-novedad” puede
reducirse al binomio “continuidad-renovación”, que sintetiza y expresa ulteriormente
la tensión bipolar que distinguirá a la Doctrina social de la Iglesia). ¿Cuáles son
estos horizontes? Los que muestra la evolución protagonizada tanto por la
Economía liberal como por el Movimiento socialista de aquella época.
Respecto a la primera, Quadragesimo Anno la describe en sus tres momentos de
autofagotización competitiva (el fuerte se come al débil, con lo que se origina una
red de potentes monopolios); de proyección política nacional (desde el poder
económico se pretende y se logra el control del poder político, en el ámbito
intraestatal); y de expansión internacional (se crea un entramado económico-político
con intención de dominio mundial). Mediante este crescendo la Economía de signo
liberal-capitalista muestra su faz horrenda, cruel, atroz. Recuérdense, entre otros
datos, las causas y las consecuencias de la espectacular caída de la bolsa de Nueva
York, a finales de los veinte.
En lo que atañe al Movimiento socialista, Pío XI toma buena nota de su escisión en
dos ramas: la marxista-leninista-stalinista, cuyo comunismo ateo obliga a un rechazo
teológico-moral absoluto; y la socialdemocrática, cuyas suavizaciones en materia de
propiedad y de lucha de clases llevan al planteamiento de una posible cooperación
católico-socialista. Este planteamiento, contra lo que a primera vista es tentador
afirmar, no puede resolverse mediante una respuesta positiva: Pío XI considera que
el Socialismo atenuado de su tiempo, tanto económico como educador, continúa
siendo incompatible con la conciencia y la opción católicas.
Abandonados, pues, los errores tanto del capitalismo como del socialismo, todo
miembro fiel de la Iglesia debe avanzar por el único camino de solución posible: el
que se empeña en la renovación cristiana de la sociedad; dado que es en su
profunda descristianización donde enraízan los males que padece y que hay que
remediar a toda costa por imperativo evangélico. Dicha renovación requiere que las
actividades humanas imiten y reproduzcan el plan divino (implicador de la templanza
cristiana) y que se dé la primacía a la ley de la caridad, la cual, desde luego, no es
ningún sucedáneo de la justicia. De este doble espíritu de templanza y amor surgirá
la restauración de la sociedad humana en Cristo, cuyos agentes —Papa, Obispos,
clérigos y laicos— han de entregarse esforzadamente al trabajo. Pío XI señala los
frutos incipientes de restauración social que se dan en su tiempo; da la consigna de
que los primeros e inmediatos apóstoles de los obreros sean los propios obreros y
los del mundo industrial y comercial los que pertenecen a sus respectivos grupos;
exhorta a Obispos y sacerdotes a ejercer fielmente su cometido; y aboga por una
Iglesia firme, conmovida por los males y que todo lo intenta, a partir de la conciencia
de su responsabilidad. Como vemos, también aquí se da un ulterior profundización
de la doctrina leoniana.
MATER ET MAGISTRA (CRISTIANISMO Y PROGRESO SOCIAL) DE JUAN XXIII (1961)
 Deplora el ensanchamiento de la brecha entre las naciones ricas y pobres, la
carrera armamentista y la situación difícil de los agricultores;
 Afirma la participación del empleado en la propiedad, en la administración y en los
beneficios;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
97
 Aboga por la ayuda a los países menos desarrollados sin pensar en dominación;
 Hace de la doctrina social cristiana parte integral de la vida cristiana: llama a los
cristianos a trabajar por un mundo más justo.
La citada ampliación inicia su etapa culminante en la Mater et Magistra de Juan
XXIII, publicada con motivo del septuagésimo aniversario de Rerum Novarum. En
efecto, la nueva situación histórica obliga a captar y a afirmar —lo veremos en
seguida— que el problema mayor de la época es, quizá, el del desequilibrio, en el
plano mundial, entre los países desarrollados y los subdesarrollados. La cuestión
social tiene ya como principales protagonistas a los pueblos — unos ricos, otros
pobres— de la tierra. De ahora en adelante, éste será el marco primordial de
referencia de los sucesivos textos magisteriales, marco cuyo plural contenido se irá
explicitando a medida que lo reclamen las diversas exigencias de la realidad.
Habida cuenta del esquema bipolar que nos guía, podemos constatar que las dos
primeras partes de Mater et Magistra se centran en la dimensión de continuidad y,
las dos siguientes, en la de renovación.
Respecto al momento de continuidad, con su aspecto predominante de constancia,
la encíclica traza, en el primer capítulo, una síntesis histórica que abarca Rerum
Novarum (características, principios, eficacia, importancia decisiva como “carta
magna” dentro de la Doctrina social de la Iglesia); Quadragesimo Anno (que reafirma
el derecho y el deber de intervención, corrobora y aclara Rerum Novarum, aplica la
Doctrina social a una nueva época, y se fundamenta, por una parte, en el binomio
justicia-caridad y, por otra, en la postulación de una sociedad renovada jurídica,
nacional e internacionalmente); y La Solennità (que reafirma el derecho de
intervención y profundiza en la trilogía bienes, familia, propiedad).
Esta misma continuidad, en su aspecto de profundización, da pie, en el segundo
capítulo, a una acentuación y aclaramiento de las enseñanzas de los predecesores.
Veámoslo en los cinco puntos siguientes. Primero: iniciativa privada y poder público
deben equilibrarse, desde su mutuo requerimiento, en beneficio de una creciente
realización de la persona humana. Segundo: la socialización a la que se asiste en
aquellos años, caracterizada por una incesante multiplicación de las relaciones de
convivencia, puede y debe repercutir en bien del hombre y del ciudadano, a
condición de que sea rectamente conducida. Tercero: progreso social y desarrollo
económico han de avanzar, juntas las manos, en bien, por un lado, del mundo del
trabajo y, por otro, de la empresa, que tiene derecho a sus justos beneficios. Cuarto:
los trabajadores, a su vez, tienen derecho a una eficaz presencia en las estructuras
económicas y en los niveles políticos donde se deciden las grandes líneas de la vida
económico-social. Quinto: la propiedad privada, si bien múltiplemente modulada con
el correr de los tiempos, conserva su profundo valor de humanización, teniendo
siempre en cuenta, por supuesto, la constitutiva dimensión social que la caracteriza.
Pasemos al otro polo, el de la innovación. Mater et Magistra expone el pensamiento
de la Iglesia sobre los nuevos y más importantes problemas del momento en dos
secciones. La inicial describe un triple desequilibrio. a) Empieza por el que se da
intrasectorialmente dentro del ámbito de la Economía (entre agricultura industria y
servicios); Juan XXIII redacta, al respecto, un vigoroso alegato en favor del sector
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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más deprimido: la agricultura. b) Sigue con el que tiene lugar entre las diversas
zonas o regiones de un mismo Estado; la encíclica postula las consiguientes
reformas equitativas. c) Culmina con el que se sufre a nivel planetario y que atañe a
una doble desproporción, la existente, por una parte, entre países, y la que surge,
por otra, entre incremento demográfico y desarrollo económico.
Es al hablar de la primera desproporción cuando Juan XXIII afirma que el
desequilibrio entre países desarrollados y en vías de desarrollo constituye, tal vez, el
problema mayor de nuestros días. Una vez detectada esta gigantesca tensión, el
Papa propone unas pistas de solución-remedio sobre el quíntuple fundamento de la
solidaridad, la cooperación, la experiencia, el respeto y la salvaguardia del sentido
moral de los pueblos.
El otro problema, que atañe al desnivel entre población y medios de subsistencia,
exige objetividad (no hipertrofiar indebidamente la cuestión) y reclama
simultáneamente un desarrollo económico-social justo al par que el debido respeto
no sólo a la dignidad humana, sino también a las leyes por las que se transmite y
consolida la vida. Únicamente una colaboración mundial que, partiendo de la
interdependencia de los Estados, establezca un buen entendimiento entre ellos,
posibilitará —añade Mater et Magistra— la superación del vigente clima de
desconfianza, que conduce al mutuo terror y a la consiguiente carrera de
armamentos.
La segunda sección aboga de manera global por una profunda reconstrucción de las
relaciones de convivencia que se base en la perenne eficacia de la Doctrina social
de la Iglesia, cuyo primer principio es el hombre (sociable por naturaleza y elevado a
la condición divina), fundamento, causa y fin de todas las instituciones sociales. Sólo
de este modo se pueden superar las intrínsecas deficiencias de tantas ideologías, a
saber, la parcialidad, el naturalismo y la arreligiosidad. Esta Doctrina social de la
Iglesia comporta un doble momento de instrucción y educación que pasa a
coronarse con la acción, un acción plasmada en la caridad (que intraune) y en la
pluralidad (que heteroenriquece); una acción de la que los seglares —competentes y
comprometidos— son principalmente responsables y que, bajo determinadas
condiciones, deben ejercer en colaboración con otros hombres que poseen un
distinta concepción de la vida. Así Juan XXIII profundiza ulteriormente en la línea de
la presencia y acción de los laicos dentro de la Doctrina social de la Iglesia.
PACEM IN TERRIS (PAZ EN LA TIERRA) JUAN XXIII (1963)
 Afirma todo el ámbito de los derechos humanos como la base de la paz;
 Reclama el desarme;
 Reconoce que todas las naciones tienen igual dignidad y derecho a un desarrollo
propio;
 Aboga por la revisión de la distribución de recursos y por el monitoreo de las
corporaciones multinacionales;
 Trabaja por políticas públicas que faciliten la re-ubicación de los refugiados;
 Propone una sociedad basada en la solidaridad;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
99
 Reconoce una autoridad pública de nivel mundial para promover el bien común
universal: la Organización de las Naciones Unidas.
 Integra la fe y la acción.
El planteamiento de la cuestión social a nivel planetario, efectuado por Juan XXIII, se
completa con su otra encíclica sobre la paz en la tierra, dada a luz en 1963. En un
principio, la Pacem in Terris no se vio como encíclica social, sino política; pero Juan
Pablo II, en la Laborem Exercens, la insertó conscientemente dentro del cuerpo de la
Doctrina social de la Iglesia, razonando su decisión a partir del binomio conciliar
Justicia y Paz. El genio de la Iglesia, vino a decir, consiste en luchar por la justicia
con las armas de la paz y con la pretensión de una victoria cuyo contenido es
asimismo la paz. Entremos, pues, también en la captación sintética de este nuevo
documento, que tuvo no sólo una vasta resonancia mundial, sino también una fuerte
repercusión política.
El problema-mal que aborda Pacem in Terris consiste en el desorden de las
relaciones humanas de convivencia. Estas emergen extrañamente aberrantes en un
mundo cuyo ordenamiento sub-racional, sincrónicamente considerado, sigue unas
leyes concretas. La encíclica se subdivide en cinco partes, reductibles a tres
secciones. La primera sección (y primera parte) aborda las relaciones sociales. Su
principio fundamental es: todo hombre es persona. ¿Y qué es ser persona? Es ser
una naturaleza inteligente y libre, sujeto de derechos y de deberes que son, a la vez,
universales, inviolables e inalienables; naturaleza que ha sido elevada al orden
sobrenatural: en y por Cristo el hombre es hijo de Dios Padre. La encíclica enumera
con sobria abundancia una serie de derechos que fluyen de la persona, los cuales
implican a su vez un recíproco conjunto de deberes. La convivencia humana es
genuina y estable cuando estriba al mismo tiempo en la exigencia constante y
coherente de los derechos y en la práctica permanente y consecuente de los
respectivos deberes. Cuando el ser humano se comporta de este modo, se abre a la
verdad, la justicia, el amor y la libertad y, por consiguiente, a Dios, fundamento tanto
de los valores que enriquecen a la persona como de la persona que origina los
valores.
La segunda sección realiza el paso del ámbito social al político, del orden a la
ordenación, en tres momentos –intraestatal, interestatal y planetario— que se
corresponden con las partes segunda, tercera y cuarta de la encíclica.
Intraestatalmente, son objeto de exposición: a) la autoridad, que vertebra
vincularmente un ordenamiento concreto, entre varios posibles, del polivalente orden
convivencial humano; lo hace con vistas a que la sociedad sea ordenada y fecunda
en bienes; b) el bien común, fin primordial de la autoridad, que facilita positivamente
la realización de la persona y de los grupos intermedios, en función del
reconocimiento, promoción y armonización de los derechos humanos; c) y la
ordenación jurídico-política de la sociedad, cristalizada en una triple división de
funciones, facilitadora de la participación y sujeta a periódica renovación.
Interestatalmente, el texto urge unas relaciones entre las comunidades políticas de
tal temple que: a) al estribar en la verdad, evitan la discriminación racial y se
construyen sobre la plataforma de la igualdad en dignidad, el derecho a la buena
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
100
fama y la veracidad en la información. b) Al regularse por la justicia, llevan a un
recíproco comportamiento según derecho-deber y, más en concreto, a una solución
correcta del problema de las minorías étnicas, reconociendo y promoviendo su
lengua, cultura, tradiciones, recursos e iniciativas económicas, al par que
facilitándoles su participación —que el Papa urge— en el bien común estatal. c) Al
incrementarse por la solidaridad, facilitan la comunicación interciudadana e
intergrupal; luchan por superar las desproporciones y articular una eficaz
cooperación; acogen a los exiliados políticos injustamente tratados; hacen disminuir
y, en su caso, cesar la carrera de armamentos y se prestan a reducción simultánea
de los mismos, llegando hasta el desarme de las conciencias; y establecen,
finalmente, un equilibrio basado en la mutua confianza. d) Al ordenarse según la
libertad, facilitan la promoción de los pueblos en vías de desarrollo, a partir de su
prioritario protagonismo y evitando toda especie de neocolonialismo.
Planetariamente hablando, Pacem in Terris, avanzándose en muchos decenios a la
marcha de la historia, postula el surgimiento de un autoridad mundial (originada por
libre y mutuo acuerdo de los Estados y orientada hacia una actuación subsidiaria)
como medio hoy únicamente eficaz de conseguir el bien común universal. La sola
acción político-diplomática interestatal es insuficiente para promoverlo.
La tercera sección —que se identifica con la quinta parte— traza unas normas para
la acción temporal del cristiano. Se resumen en una doble consigna: de participación
(que no se inhibe), por un lado; y de colaboración (que crea activamente), por otro.
Esta colaboración ha de abrirse, por parte de los católicos, a los cristianos
separados y a todos los hombres de buena voluntad, incluidos los que yerran, dado
que hay que distinguir siempre entre errante y error, al igual que hay que discernir
entre las ideologías y las corrientes históricas — partidos, sindicatos, etc.— por ellas
originadas. Con la bandera de la evolución en la mano, los cristianos son llamados al
establecimiento de unas relaciones sociales que sean verdaderamente humanas,
bajo la égida —recordemos nuevamente la famosa cuatrilogía— de la verdad,
justicia, caridad y libertad.
GAUDIUM ET SPES (LA IGLESIA EN EL MUNDO MODERNO) DEL CONCILIO VATICANO II
(1965)
 Lamenta la pobreza creciente en el mundo y la amenaza de la guerra nuclear;
 Establece la dignidad humana como base para las decisiones políticas y
económicas;
 Interpreta la paz como la organización de la sociedad sobre la justicia;
 Construye una comunidad internacional basada en la solidaridad;
 Establece organizaciones para fomentar y armonizar el comercio mundial;
 Establece la responsabilidad de los cristianos de trabajar por estructuras que
hagan el mundo más justo y pacífico.
Si hasta ahora hemos resumido y secundado la enseñanza social de cuatro
Encíclicas más un Radiomensaje, en estos momentos damos un salto cualitativo a
fin de enriquecernos con los principios y las directrices de una Constitución Pastoral
—la Gaudium et Spes— de calibre conciliar.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
101
Después de un proemio que precisa los conceptos básicos de Iglesia, por un lado, y
de Mundo, por otro, el capítulo introductorio describe la situación del hombre en el
mundo actual a la luz de cuatro categorías: cambios (científico-técnicos, sociales,
sociológicos, morales y religiosos); tensiones (personales, familiares, raciales,
sociales, internacionales); aspiraciones (de dominio del cosmos; de un nuevo orden
político, económico y social; y, sobre todo, de vida plena, de dignidad, de comunión);
e interrogantes (nacidos de la condición creatural y pecaminosa del hombre y
centrados en las preguntas decisivas de la existencia: ¿qué es el hombre? ¿Cuál es
su origen y destino?).
La primera parte de la Constitución, preferentemente doctrinal, se construye sobre la
tríada Persona-Sociedad-Actividad humana, vista desde un alto nivel de reflexión —
trinitaria, cristológica y eclesiológica—, sin descuidar el enfoque antropológicofilosófico. Me centraré sólo en el segundo componente. Al tratar de la sociedad o
comunidad, Gaudium et Spes se circunscribe voluntariamente a recordar algunas
verdades fundamentales y a subrayar coherentemente ciertas consecuencias que de
ellas derivan.
Son verdades básicas las concernientes a: a) la índole comunitaria de la vocación
humana según el Plan de Dios, índole que se explicita a través de las realidades de
familia universal (con Dios como Padre); mandamiento del amor (a Dios y el
prójimo); y referencia trinitaria (unión de las tres divinas personas). b) La
interdependencia existente entre la persona y la sociedad, a tenor de la cual toma
relieve la absoluta necesidad de vida social que tiene el ser humano, necesidad que
cristaliza en la familia y en la comunidad política y que se explicita, además,
libremente, en las muchas asociaciones en que se trenza la existencia de los
hombres (hoy, por cierto, con tal intensidad, que vivimos —recuerda el Concilio,
siguiendo las huellas de la Mater et Magistra— en una época de intensa
socialización). c) La promoción del bien común, en función de los derechos y del
bien de la persona, íntegramente reconocida y servida. El orden real debe
someterse al orden personal.
Respecto a las consecuencias, Gaudium et Spes da lógicamente un realce
significativo al total respeto a la persona humana, incluidos los adversarios (sin que
ello suponga indiferencia ante la verdad y el bien); a la igualdad esencial entre los
hombres (que comporta el ejercicio de la justicia social y de la equidad); a la
superación de la ética individualista (concretando pistas para su logro); y finalmente,
al fomento eficaz de la responsabilidad y la participación.
Cristo, el Verbo encarnado, es el modelo y el agente fundamental de la genuina
solidaridad humana. La Iglesia, sacramento de la unión de los hombres con Dios y
entre sí, al ejercer su cometido propio, que es constitutivamente religioso, origina
funciones, luces y energías que pueden servir, y sirven decisivamente, para
establecer y consolidar la comunidad humana según la ley divina (cfr. nº 42).
Respecto a la familia, el texto, después de enumerar una serie de aspectos positivos
y negativos que hoy presenta y de afirmar la voluntad conciliar de iluminar y
fortalecer a los cristianos y a los hombres de buena voluntad que promueven la
dignidad y el valor del estado matrimonial, subraya, por un lado, el carácter sagrado
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
102
del matrimonio y de la familia y se detiene, por otro, en la consideración del amor y
de la fidelidad conyugales.
Sobre el primer punto ahonda tres aspectos decisivos: a) Institucional (el
consentimiento como fundamento de la comunidad conyugal [matrimonio in fieri]; el
vínculo conyugal como realidad garantizada por la voluntad divina [matrimonio in
facto esse]; la ordenación natural del matrimonio a la procreación y educación de la
prole; y la fidelidad e indisolubilidad que sellan la íntima unión entre marido y mujer).
b) Sacramental (desde la acción de Dios, por Cristo, en la Iglesia); espiritual (la
perfección y consiguiente glorificación de Dios a que están llamados todos los
miembros de la familia) y apostólica-testimonial (en medio del mundo y para bien del
mundo).
Sobre el segundo punto, GS pone de relieve: a) La riqueza axiológica (valores) del
amor conyugal y la gran virtud que éste supone y fomenta; b) la ordenación natural
del matrimonio a la procreación y educación de la prole, ordenación que comporta la
responsabilidad humana y cristiana de los cónyuges, responsabilidad que requiere
un recto juicio sobre los datos y correlatos de la transmisión de la vida, juicio que
pone simultáneamente en juego la conciencia (de los esposos), la ley (de Dios) y el
magisterio (de la Iglesia). c) Se sigue de ello que el amor conyugal es compatible
con el respeto de la vida humana: ante el problema de la natalidad, el texto por un
lado apela a criterios objetivos y, por otro, remite ciertas cuestiones que necesitan
una investigación más detenida a una comisión tras cuyo estudio el Papa dirá la
última palabra. d) El capítulo acaba invitando a una promoción universal del
matrimonio y de la familia.
En torno al concepto de desarrollo —ya planteado y explanado, como vimos, por la
Mater et Magistra—. Este ha de tener como fin y como causa el hombre integral, lo
que comporta lógicamente la progresiva eliminación de las enormes desigualdades
económico-sociales hoy existentes. Desde dicha base y con el citado telón de fondo,
nuestro texto acentúa los cinco puntos siguientes: a) la superioridad del trabajo
sobre los restantes elementos de la vida económica, que tienen mero carácter
instrumental. b) La participación de todos los miembros de la empresa en su gestión,
ya que ellos —propietarios, administradores, técnicos, trabajadores— son personas;
en cuanto a estos últimos, los trabajadores, se subraya tanto su presencia en la
organización general de la economía como su derecho fundamental de libre creación
(y actuación en y desde ellas) de asociaciones que les representen con autenticidad.
c) El destino universal de los bienes, que es urgido con particular claridad y
contundencia: los bienes creados deben llegar a todos de forma equitativa bajo la
égida de la justicia y con la compañía de la caridad. d) Unas inversiones orientadas
a asegurar trabajo y beneficios a las generaciones presentes y futuras. e) Un acceso
generalizado de individuos y comunidades a la propiedad privada o a un cierto
dominio de los bienes externos.
En función del Reino de Dios, mediante la obediencia a Cristo, se encuentra un amor
más fuerte y puro para concretar la ayuda fraterna y realizar la justicia bajo la
inspiración de la caridad.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
103
Dada la integración de lo político en la Doctrina social de la Iglesia —no sólo
sectorialmente, sino también globalmente (Pacem in Terris), según vimos en el
quinto apartado—, es obligatorio hacer, como mínimo, una brevísima referencia a los
capítulos cuarto y quinto de esta segunda parte de la Gaudium et Spes. Del cuarto,
centrado sobre la vida política, es importante subrayar el número 75, que especifica
la colaboración que todos los ciudadanos deben aportar a la vida pública. En función
de esta colaboración, que ante todo es actividad libre, ha de establecerse un orden
jurídico positivo dotado de una adecuada división de funciones de la autoridad y
capaz de proteger los derechos humanos de modo eficaz. En este marco, el
ciudadano cristiano está llamado a poner en acto su vocación particular y propia
dentro de la comunidad política, vocación cuyo genio es la síntesis realista de
libertad y autoridad, de iniciativa y solidaridad, de diversidad y unidad. En el ámbito
de lo interestatal, el capítulo quinto aboga por el fomento de la paz y la promoción de
los pueblos.
POPULORUM PROGRESSIO (SOBRE EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS) PAULO VI
(1967)




Afirma los derechos de las naciones pobres a un desarrollo humano pleno;
Desaprueba las estructuras económicas que promueven la injusticia;
Reconoce que el desarrollo auténtico no está limitado al crecimiento económico;
Enseña que los recursos deben ser compartidos a través de la ayuda, asistencia
técnica, relaciones comerciales justas, y aboga por un Fondo Mundial que dirija
hacia los pobres los fondos que ahora se gastan en armas;
 Enseña que la propiedad privada no constituye un derecho absoluto para nadie;
 Establece obligaciones recíprocas para las multinacionales: estas compañías
deberían ser las iniciadoras de la justicia social;
 Aboga por que se acoja bien a la gente joven y obrera que emigra de naciones
pobres.
Populorum Progressio, fiel al binomio “continuidad-renovación”, evoca (continuidad)
los anteriores documentos y se conecta de modo especial con Gaudium et Spes a
fin de profundizar la cuestión del desarrollo y abrir en ella nuevas perspectivas
(renovación). El enfoque mundial del problema social en que estamos se enriquece
así con el buceamiento en un filón específico, ya detectado, como vimos, por la
Mater et Magistra. La encíclica se despliega en dos grandes partes, la primera
dedicada al desarrollo integral del hombre y la segunda al desarrollo solidario de la
humanidad.
Respecto a la primera, el texto postula un comportamiento que se puede sintetizar
con la trilogía criterios-características-dimensiones.
a) Los criterios suponen y precisan ulteriormente el principio del destino universal de
los bienes, al que deben subordinarse los demás derechos, comprendidos los de
propiedad y libre comercio. De aquí la exigencia eventual de determinadas
expropiaciones y el deber de actualizar el aspecto social de la renta disponible; de
aquí también la necesidad de llevar adelante una industrialización verdaderamente
humana que se desvincule de un capitalismo desenfrenado y se fundamente en un
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
104
trabajo genuinamente personal que, a su vez, supere la ambivalencia —egoísmo,
revuelta, por un lado; conciencia profesional, sentido del deber, amor al prójimo, por
otro— que con tanta frecuencia le afecta, en beneficio del segundo miembro del
binomio.
b) La obra que hay que realizar se caracteriza por su urgencia (evidente); por su
metodología (pacífica: el eventual uso de la violencia debe ser siempre un último
recurso); su talante reformista (audaz e innovador); y su cristalización
(inteligentemente planificadora).
c) Esta programación ha de abarcar las dimensiones básicas del hombre; debe,
pues estar a su servicio; y tiene que incluir la alfabetización, la atención a la familia,
el recto enfoque del problema demográfico, la debida atención al pluralismo de las
organizaciones profesionales, la promoción cultural y el sentido trascendente de la
persona. Todo, en función de un humanismo pleno, trascendental. Es así como
puede lograrse un desarrollo integral de todo el hombre y de todos los hombres.
A su vez, el desarrollo de la humanidad se abre a un triple horizonte: a) de
solidaridad entre los pueblos (y, a este respecto, el Papa urge la creación de un
fondo común mundial, alimentado con una parte de los gastos militares y
administrado por los propios países, donantes y receptores); b) de justicia en las
relaciones comerciales (la cual requiere que, más allá de un liberalismo que se niega
a regular el libre cambio, éste se someta, mediante adecuadas convenciones de
carácter internacional, a unas reglas que incidan eficazmente en los ámbitos del
precio y de la producción); c) de caridad, en fin (a través de un vital movimiento de
recepción, que acoge hospitalariamente a los ciudadanos de los pueblos pobres; y
de aportación, que traslada hacia éstos los pertinentes recursos humanos y
materiales de los pueblos ricos). Este desarrollo —solidario, justo y fraterno— es el
nuevo nombre de la paz.
Una precisión en torno al tema de la dimensión planetaria de la cuestión social:
Pablo VI, en la introducción de Populorum Progressio, afirmaba: “Lo que hoy importa
en máximo grado es que todos tengan la certeza y el sentimiento de que la cuestión
social, ahora, afecta decisivamente a la universal unión de los hombres entre si,
cosa que nuestro predecesor de feliz memoria Juan XXIII afirmó sin ambages y el
Concilio confirmó en la Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el Mundo
contemporáneo. Dado el gravísimo peso e importancia de estas enseñanzas, es
absolutamente necesario llevarlas urgentemente a efecto”. Esta cita muestra con
evidencia que Juan XXIII inició el paso a la citada dimensión universal: “lo afirmó sin
ambages”.
Ahora bien, a los veinte años de la publicación de Populorum Progressio, Juan Pablo
II quiso homenajearla con otra Encíclica: Sollicitudo Rei Socialis. En ella, enumeró
tres títulos de novedad de Populorum Progressio: el hecho mismo del documento, la
amplitud de horizontes que abrió a la cuestión social y la afirmación de que
desarrollo equivale a paz.
Ciñéndose al segundo título, Sollicitudo Rei Socialis precisa que Mater et Magistra
“ya había asumido este dilatado horizonte de realidades” y que el Concilio, en la
Gaudium et Spes respondió a ellas a modo de eco. Pero añade, en ulterior precisión,
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
105
que fue cosa propia de Pablo VI, en la Populorum Progressio: a) “afirmar con
claridad que la cuestión social, ahora, afectaba decisivamente a la universal unión
de los hombres entre sí”; b) “haber hecho de dicha afirmación y de su análisis, al que
estimula, una ‘orientación’”. Más adelante, Juan Pablo II concreta su interpretación
de la Populorum Progressio al escribir: “(…) la novedad de la Carta Encíclica
Populorum Progressio no consiste en que se afirma de manera histórica la índole
universal de la cuestión social, sino más bien en que se añade la valoración moral
de la citada condición”.
De hecho, esta valoración moral se encuentra ya también, a su manera, en la Mater
et Magistra por vía de una doble aproximación. La primera subraya: la obligación de
la naciones con abundancia de ayudar a las más pobres por razón de solidaridad y
de interdependencia; el hecho de que todos somos responsables de las naciones
subalimentadas; la urgencia de despertar la conciencia de la grave obligación citada,
especialmente en los económicamente poderosos; el deber singularmente grave de
los católicos en esta materia, debido a su condición de miembros del Cuerpo del
Cristo y dado el hecho de que la Iglesia pertenece por derecho divino a todas las
naciones. La segunda, tiene lugar en torno al tema: “hacia el futuro entendimiento y
la mutua ayuda entre los pueblos” y a sus correspondientes vías de realización, que
exigen avanzar por los caminos de la verdad y de la justicia.
¿Qué decir, pues? Que, según la hermenéutica de Sollicitudo Rei Socialis, Pablo VI
reformuló con decisivo vigor y condujo a ulteriores consecuencias, en lo
concerniente a universalidad y a la consiguiente instancia ética de la cuestión social,
lo que ya Juan XXIII había afirmado sin lugar a dudas y había urgido con evangélica
firmeza.
OCTOGÉSIMA ADVENIENS (UNA LLAMADA A LA ACCIÓN) DE PAULO VI (1971)
Reclama:
 Acción política para la justicia económica;
 Análisis objetivo de la situación de la sociedad propia, identificando acciones a
favor la justicia;
 Respuesta a las situaciones injustas por cada cristiano y cada Iglesia local;
 Acción política para el cambio.
Entramos en una nueva configuración de este enfoque planetario, la que atañe al
pluralismo político y a las instancias científicas y utópicas que caracterizan hoy al
género humano. Todo ello provoca y exige, a partir de la fe, una análoga pluralidad
de compromisos por parte de los cristianos.
Tras el polo de la continuidad que campea en los primeros números (1-7) de esta
Carta apostólica —no es una encíclica—; Pablo VI despliega ante los ojos del lector
las novedades que caracterizan su tiempo. a) En un primer momento, y de modo
genérico, toma buena nota de la gran diversidad de situaciones en que se
encuentran encarnados los miembros de la Iglesia; y, consciente de que no es ni su
propósito ni su misión pronunciar una palabra única ante tal multiplicidad, recuerda a
las comunidades cristianas que es a ellas a las que corresponde deducir principios
de reflexión, normas de juicio y directrices de acción, a tenor de las enseñanzas
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
106
sociales de la Iglesia. Ellas, las comunidades, han de discernir, en condiciones
precisas, las opciones y los compromisos convenientes con vistas a la
transformación de la sociedad. b) En una segundo momento, y ya de modo concreto,
pasa a enumerar una serie de problemas sociales urgentes que afectan a los
jóvenes, la mujer, los nuevos pobres, los discriminados de todo tipo, los emigrantes
(vertiente de las personas); y a la urbanización, la demografía, los medios de
comunicación social y el medio ambiente (vertiente de los hechos). Hacia ellos han
de volcarse los cristianos a fin de hacerse responsables de un destino — el de todos
los hombres— ya común.
Estos cristianos se hallan hoy —prosigue el Papa— dentro del cauce de unas
aspiraciones fundamentales y ante una serie de corrientes ideológicas. Las primeras
se flechan hacia la igualdad y la participación, y cristalizan en diversos
(sincrónicamente) y sucesivos (diacrónicamente) modelos de sociedad democrática.
Pues bien, los cristianos han de participar doblemente en este ámbito; primero,
buscando tipos de convivencia democrática que encarnen cada vez más ambos
ideales; segundo, asumiendo concretas responsabilidades en la organización y la
vida políticas. Todo lo dicho, desde un talante que —como vimos al compendiar
Gaudium et Spes—, partiendo de la persona humana y de las agrupaciones
particulares que ella crea, se abre a la comunidad política como cristalización
englobante dirigida al logro del bien común.
Un tercer aspecto importante de la Carta es el que afecta a las corrientes
ideológicas, entre las que especifica tres: el socialismo, el marxismo y el liberalismo.
Retomando la distinción efectuada por Pacem in Terris entre ideologías y
movimientos históricos, el Papa considera las posibilidades de una eventual acción
de los cristianos en el ámbito de las citadas corrientes, poniendo en juego, a este fin,
una serie de ricas y trabadas matizaciones. Helas aquí, muy sintetizadas:
a) Respecto a las corrientes socialistas, hay que distinguir en ellas los valores a los
que se van abriendo, la organización concreta que haga al caso y el lastre ideológico
que aún perdure. Si y en cuanto el primer dato predomina sobre el tercero, puede
darse un eventual compromiso de mayor o menor cooperación o acción en el nivel
del segundo, a condición, evidentemente, de que no se renuncie en ningún caso a la
especificidad cristiana.
b) En cuanto a las corrientes marxistas, los niveles a distinguir son cuatro: lucha de
clases, conquista del poder, materialismo histórico y método científico. El tercero es
constitutivamente inasumible. Lo es también el cuarto, en la medida en que
intrínsecamente lo implica. El primero y el segundo, desvinculados de los dos
restantes, pueden dar pie a consideraciones de tipo económico-social y político que
los redimensionan esencialmente. En esta misma proporción hay motivo para
interrogarse desde el doble punto de vista de la reflexión y de la acción, sin olvidar
jamás, eso es obvio, que el gravamen ideológico tiende a conectar de manera
dificilísimamente separable los cuatro niveles citados. El destello verdeante para una
eventual acción o cooperación obliga a mirar muy atentamente el semáforo.
c) Las corrientes liberales, aparentemente más asumibles, requieren, asimismo, un
atento discernimiento. Pues si bien el nivel económico-social y el nivel político
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
107
presentan datos de positiva asunción de determinadas exigencias sociales, también
aquí el lastre ideológico continúa pesando mucho: se trata de la querencia por las
tablas de un individualismo siempre resurgente y continuamente tentador. El
cristiano tiende a olvidarlo y no hará mal en vitaminar su memoria en aras de la
verdad y el bien sociales.
Todas estas precisiones culminan una lenta y madurada reflexión del Magisterio,
que partiendo de un tajante “no” inicial (Rerum Novarum), y pasando a otro “no”
rotundo, pero ya con previas distinciones (Quadragesimo Anno), se abre
paulatinamente a un progresivo discernimiento especulativo y práctico (Mater et
Magistra, Pacem in Terris), para llegar finalmente a un eventual “sí” —la Carta que
ahora comentamos—, preñado de exigencias testimoniales y prácticas. Desde
luego, este eventual y matizado “sí” en el campo de las corrientes históricas
presupone la persistencia de una clara incompatibilidad en lo concerniente al ámbito
doctrinal de las ideologías.
En cuarto lugar, es importante presencializar la última sección de nuestro texto, que
enfoca de modo global —no ya diferenciadamente, como hasta ahora— la posición
de los cristianos ante los nuevos problemas sociales y políticos. La Enseñanza
social de la Iglesia, se dice en un primer momento, acompaña a los hombres en la
búsqueda de las correspondientes soluciones. Este acompañamiento no pretende
confirmar con su autoridad concretas determinaciones estructurales, pero sí tiene
como finalidad recordar principios, contactar situaciones, servir con desinterés,
atender a los más pobres y asumir las innovaciones requeridas por las
circunstancias de cada tiempo y lugar.
A continuación, Octogésima Adveniens concreta que, en el ámbito económico, debe
lograrse una mayor justicia distributiva y una concreta liberación que implica cambio
simultáneo de corazones y de estructuras. Ahora bien, autónomo, pero no
independiente, este ámbito ha de integrarse a su vez dentro del aspecto político;
espacio que debe ser genuino, esto es, volcado hacia el bien común, conjunto de
condiciones que posibilita el respeto y la promoción de las familias y los grupos
sociales en función del bien de cada ser humano. Ulteriormente, lo político tiene que
ser asumido por los cristianos habida cuenta de los límites que lo definen, es decir,
debe ser evangélicamente trascendido. Por consiguiente, lejos de ser absolutizado,
ha de abrirse al legítimo pluralismo que comporta; lejos de ser absorbente, ha de
facilitar una verdadera participación en las responsabilidades; lejos de ser estático,
ha de dinamizarse hacia una continua invención de nuevas formas de democracia.
La citada gradación (economía, política, inspiración evangélica) posibilita la vivencia
de la plena antropología humana, que es pascual. Muerto y resucitado con Cristo, el
cristiano coopera incansablemente en la creación de, o en la reconducción hacia, un
ordenamiento político que respete, garantice y promueva la justicia y la caridad en
las relaciones económicas.
JUSTICIA EN EL MUNDO DEL SÍNODO DE OBISPOS (1971)
 Apoya la adhesión a la Declaración de los Derechos Humanos hecha por la ONU;
 Aboga por que el derecho al desarrollo incluya tanto el crecimiento económico
como la participación económica y política por el pueblo;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
108
 Exige restricción en lo referente a la carrera armamentista y el comercio;
 Reconoce el pecado individual y social;
 Pide políticas y estilo de vida en la Iglesia que sirvan de modelo para poder
demostrar coherencia con la predicación de la justicia;
 Afirma que la acción por la justicia es una parte constituyente de un ser que se
dice cristiano.
Nos encontramos ante un nuevo aspecto del enfoque planetario con que es
abordada la cuestión social, desde la Mater et Magistra, por el Magisterio de la
Iglesia. El título es totalmente expresivo al respecto: no se trata sólo de la justicia sin
más, sino de la justicia en el mundo, a inicios de los setenta. La sociedad mundial se
caracteriza, según el documento, por cuatro notas: sufre múltiples contradicciones,
posee una voluntad de promoción, padece enormes injusticias y se encuentra
necesitada de diálogo o, si se quiere, de una incansable tarea de mediación.
Ante ella, los Padres sinodales se sienten estimulados a bucear de nuevo en la
misión de la Iglesia a la luz del Evangelio. Esta profundización les cerciora de la
relación intrínseca existente entre la justicia evangélica de Dios por Cristo y la tarea
de justicia que requiere hoy el planeta; y les ofrece nuevas perspectivas para
precisar en este campo las funciones de la Iglesia como totalidad y de la Jerarquía y
los restantes fieles en su peculiaridad. Desde esta base teológica, el documento
sinodal —de nuevo: no encíclica— traza unas pautas de acción en los ámbitos del
testimonio, de la educación, de la colaboración y, finalmente, de la acción
internacional.
El testimonio eclesial en pro de la justicia ha de abarcar las maneras de actuar, las
posesiones y los estilos de vida.
a) En cuanto a las maneras de actuar, el texto urge que, dentro de la Iglesia, se
respeten los derechos humanos de todos sus miembros. Estos derechos conciernen,
en el campo económico, al salario (equitativo), a la promoción (conveniente), a la
gestión (de los bienes), a los seguros sociales, etc.; en el campo jurídico, al
conocimiento de los eventuales acusadores y a una conveniente defensa (en los
litigios); en el campo femenino, a la responsabilidad y participación de las mujeres.
b) Respecto a las posesiones, la consigna es que el uso de los bienes temporales no
haga nunca ambiguo el testimonio que la Iglesia está obligada a ofrecer. A esta
nitidez testimonial hay que subordinar las posiciones de privilegio. Los miembros de
la Iglesia hemos de ser moderados en el uso de los bienes. La administración de
éstos ha de adecuarse a las exigencias que comporta el anuncio del Evangelio a los
pobres.
c) En lo referente al estilo de vida, éste debe ser tal, en los países pobres, que las
comunidades eclesiales no configuren una isla de bienestar; y, en los ricos, que sea
ejemplo de aquella moderación en el consumo que es necesaria para alimentar a
tantos millones de hambrientos en el mundo.
Pasando al campo de la educación para la justicia, nuestro texto ofrece
orientaciones de precioso contenido en los ámbitos del método (que ha de conducir
a una moral personal y social testimonialmente expresada); de los obstáculos (el
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
109
individualismo, el “posesionismo”, el “talcualismo” adocenador); de las exigencias
(renovación del corazón, modo de vivir humano, facultad crítica, etc.); del fruto
(autoseñorío y responsabilidad, por un lado; construcción de comunidades
verdaderamente humanas, por otro); de las características (permanente y práctica);
de los medios (familia, instituciones eclesiales, escuelas, sindicatos, partidos); del
mensaje (dignidad de la persona, unidad de la familia humana, divinización cristiana
de todos los hombres); de las actitudes episcopales (exhortación, intervención,
denuncia); de la liturgia (siendo, como es, el corazón de la vida de la Iglesia, puede
servir de gran ayuda en esta educación para la justicia, desde sus dimensiones
comunitaria, bíblica y sacramental).
En fin, las pistas de acción que el documento ofrece en lo referente a la colaboración
—intraeclesial, ecuménica e interhumana— y a la actuación internacional —con
indicaciones de gran realismo— conservan todavía hoy, al igual que las que he
sintetizado en los campos testimonial y educativo, una candente actualidad, fruto de
su viveza evangélica y de su inmersión en la realidad de los hechos. El Sínodo
concluye su exposición expresando el deseo de que el examen a que ha procedido
se encarne en todos los niveles de la vida de la Iglesia.
Recobremos el binomio “continuidad-renovación”. La continuidad en el tratamiento
del tema de la justicia es obvia, tanto en su aspecto de constancia como en su
vertiente de profundización. Esta última, sin marginar las clásicas divisiones
(conmutativas, distributivas, generales o legales), delínea con creciente claridad y
distinción el concepto de justicia social. Ahora bien, lo que campea en el presente
documento sinodal es el dato innovador. Nunca, hasta ahora, se había ofrecido, en
los textos magisteriales, una reflexión tan amplia, profunda —y autoexigente,
eclesialmente hablando— sobre la justicia como en esta exposición, que honra a los
padres sinodales congregados por Pablo VI en Roma el año 1971.
EVANGELII NUNTIANDI (LA EVANGELIZACIÓN EN EL MUNDO MODERNO) DE PAULO VI
(1975)
 Pide proclamar el evangelio como liberación de la opresión, ayudar en esa
liberación, dar testimonio de él y asegurar su realización;
 Ve la justicia social como parte integral de la fe y pide traducir la doctrina social a
la acción;
 Pide integrar la transformación tanto personal como sociedad.
REDEMPTOR HOMINIS (REDENTOR DE LA HUMANIDAD) DE JUAN PABLO II (1979)
 Establece los derechos humanos como principio fundamental para todos los
programas, sistemas y regímenes;
 Cambiar las inversiones en armamentos a inversiones en alimentos que sirvan
para dar vida;
 Evitar la explotación de la tierra;
 Trabajar juntos por la transformación de las estructuras económicas.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
110
LABOREM EXERCENS (SOBRE EL TRABAJO HUMANO) DE JUAN PABLO II (1981)
 Afirma la dignidad del trabajo basada en la dignidad de la persona que trabaja;
 Vincula el compromiso por la justicia con la búsqueda de la paz;
 Pide el fomento de salarios justos, propiedad colectiva y participación de la fuerza
laboral en la administración y en los beneficios;
 Afirma el derecho de todos los trabajadores a formar asociaciones y a defender
sus intereses vitales;
 Pide que los trabajadores y trabajadoras inmigrantes sean tratados con las
mismas normas con que son tratados los ciudadanos;
 Demanda que la justicia en el lugar de trabajo sea responsabilidad tanto de la
sociedad como de los empleadores y de los trabajadores.
La primera encíclica social de Juan Pablo II se ciñe al problema del trabajo humano.
Henos aquí ante una aproximación indudablemente privilegiada a nuestro tema. En
efecto, según Laborem Exercens, el trabajo del hombre es, en cierto modo, el factor
determinante no sólo de la objetiva realidad económico-social, sino también del
conjunto de los documentos que conforman la Doctrina de la Iglesia en dicho ámbito.
Después de realizar una aproximación histórico-evolutiva a los citados documentos
poniendo en evidencia su continuidad y renovación con categorías orgánicoevangélicas, Juan Pablo II aborda tres dimensiones fundamentales del trabajo
humano: bíblico-antropológica (en sí y en su aplicación a nuestro tiempo), éticojurídica y espiritual.
Desde el punto de vista bíblico-antropológico, el trabajo, a la luz de la revelación del
hombre como creado a imagen de Dios y llamado a crecer, multiplicarse y señorear
la tierra, aparece en su doble riqueza: objetiva (se trata de su dimensión técnica,
productiva, eficaz) y sujetiva (que pone de relieve su dimensión personal). Esta
segunda perspectiva tiene primacía sobre la primera, ya que es precisamente en
tanto que imagen de Dios que el hombre es persona y es exactamente en cuanto
persona que es sujeto del trabajo. En esta sujetividad se basa la naturaleza ética del
trabajo. No es el tipo de éste, sino su procedencia personal el fundamento
determinante de su justa valoración. Ser persona “que trabaja” tiene prioridad sobre
ser “persona que trabaja”.
El enfoque economicista, la civilización materialista invierten este orden; conceden
importancia primaria a la dimensión objetiva sobre la subjetiva, marginan al sujeto,
menosprecian a la persona. De aquí la rectitud histórica de la reacción solidaria que
protagonizó el trabajo preterido. Retomando la trilogía persona-familia-sociedad de
la Rerum Novarum, nuestro texto corona esta reflexión abundando en la densidad
decisiva de la dimensión personal, “sujetual” del trabajo.
Esta doctrina de valor permanente nos lleva a captar, a su vez, otra prioridad, la que
el trabajo integral (sujetivo, ante todo; pero también objetivo) tiene respecto al capital
y la propiedad: ello nos inmerge en el corazón de nuestro tiempo. Prevalencia sobre
el capital, por cuanto éste pertenece al mero ámbito de la causalidad instrumental,
mientras que el trabajo resplandece por su categoría de causalidad eficiente, lo cual
exige que el capital se subordine al trabajo, sea éste empresarial, sea obrero. Y
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
111
predomino sobre la propiedad (ante todo de los medios de producción), en la misma
medida en que el sentido definitivo de ésta última —la propiedad— es que sirva al
trabajo (a la persona que trabaja) y no viceversa.
La tragedia de nuestra época es que ha privilegiado unos modos de pensar y actuar
que, respecto al primer punto, han separado, contrapuesto y, finalmente, invertido
ambos miembros del primer binomio hasta el punto de estructurar un indebido
señorío del capital sobre el trabajo; y, respecto al segundo conjunto, han
subordinado de tal modo, contractualmente, el trabajo a la propiedad de los medios
de producción que aquél ha sido transformado en función aleatoria de ésta. Cuando,
por lo contrario, la verdad reclama y la justicia exige que el único título legítimo de
propiedad de los medios de producción sea que éstos sirvan al trabajo y posibiliten,
de esta manera, el destino universal de los bienes y, por consiguiente, su uso
personal, habida cuenta de la constitutiva dimensión común que les caracteriza.
Desde el punto de vista ético-jurídico, los empresarios (tanto indirecto, esto es, el
constituido por el conjunto de instituciones políticas, económicas, sociales,
culturales, etc., que organizan y regulan el trabajo; como directo, es decir, la persona
o institución que mediante contrato ad hoc ofrece y estipula trabajo) deben abrirse
respectivamente a los derechos de los trabajadores: a tener trabajo y condiciones
dignas de trabajo, en el primer caso; a obtener una justa remuneración, que
posibilite una digna vida familiar, en el segundo.
Desde la tercera aproximación, la de la espiritualidad del trabajo, la cual, desde
luego, nos sitúa en lo íntimo del ser de la Iglesia, Laborem Exercens pone ante
nuestros ojos, tanto la dimensión protológica como la perspectiva cristológica del
esfuerzo laboral humano. La consideración protológica profundiza sobre el hecho de
que, bajo Dios y para su gloria, completamos, mediante el trabajo, la obra de la
creación por Él iniciada y sostenida; la cristológica nos asocia a Jesús quien, por un
lado, predica con el ejemplo “el evangelio del trabajo” (vida oculta y laboriosa de
Nazaret) y, por otro, nos invita a insertar lo penoso del trabajo en su muerte y lo
fructífero del mismo en su resurrección, asociándonos de esta manera,
simultáneamente, a la eficacia de su redención.
Desde luego, esta encíclica corona excelentemente todo el esfuerzo de reflexión
operativa sobre el trabajo humano realizado por los textos anteriores del Magisterio
social. Es, en sí misma, un testimonio preclaro del desarrollo orgánico-evangélico
que ella detecta y subraya en los mensajes que la preceden.
SOLLICITUDO REI SOCIALIS (INTERÉS SOCIAL DE LA IGLESIA) JUAN PABLO II (1987)
 Difundir la enseñanza de la Iglesia, especialmente la opción por los pobres;
 generar voluntad política para crear mecanismos justos para el bien común de la
humanidad;
 Dedicar los recursos usados para armas al alivio de la miseria humana;
 Reconocer la injusticia de que haya unos pocos que tienen demasiado y
muchísimos que no tienen casi nada;
 Un plan de desarrollo con respeto por la naturaleza;
 Una conversión a la solidaridad a la luz de la interdependencia;
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
112
 Reconocer las estructuras que obstaculizan el desarrollo pleno de los pueblos;
 Reformar el comercio mundial y los sistemas financieros;
 Identificar las estructuras de pecado.
En el marco de la relación Iglesia-Mundo y desde la tríada persona-sociedadactividad humana, resitúa la vida economico-social junto a los temas de la vida
familiar, cultural, política e internacional. Asume el tema del desarrollo —vertebrador
del de la vida económico-social de GS— y le confiere un realce decisivo, al
considerarlo como el nuevo nombre de la paz. Orienta la presencia y acción de los
cristianos en el seno de las aspiraciones y corrientes ideológicas, al par que ante las
aportaciones de las ciencias sociales y las proyecciones utópicas de la época.
Fundamenta teológicamente y encauza prácticamente la accion a favor de la justicia,
habida cuenta de las contradicciones e injusticias, a la vez que de la voluntad de
promoción y necesidad de mediación que son propias de su tiempo. Aborda desde
las perspectivas bíblica, antropológica, ética y espiritual el trabajo humano,
considerado como eje de la vida económico-social y de la Doctrina Social de la
Iglesia. Retorna el tema del desarrollo y lo profundiza ético-teológicamente, habida
cuenta de los contrastes y tensiones Este-Oeste y Norte-Sur.
Relee conmemorativamente la RN a un siglo de distancia, teniendo como telón de
fondo la caída del socialismo real y las negativas consecuencias de una libertad
apartada de la verdad, al par que orienta cristianamente los ámbitos económico y
político ante las puertas del tercer milenio. Temas ya considerados, temas por
considerar. En las columnas centrales podemos contemplar, por un lado, tres temas
que son decisivos en nuestra materia: el desarrollo —tratado dos veces— la justicia
y el trabajo; por otro, una cuestión de tan intensa carga vivencial como es la de la
presencia y acción de los cristianos ante la plural instancia de la sociedad moderna.
A la vez, en las columnas periféricas, y en contraste con la especificidad de las
anteriores, percibimos el carácter englobado (por la relación Iglesia-Mundo) de un
argumento que es, él mismo, globalizador (vida económico-social); y el enfoque
análogamente general de Centesimus Annus, que, fiel al texto, es “retrospectivoproyectivo”. El binomio “continuidad-renovación” se explana sobre todo en torno a la
conexión de Populorum Progressio con Gaudium et Spes (continuidad) y a la carga
ética, universalizadora e irénica que da al concepto de desarrollo (renovación).
En un amplio “ver”, Juan Pablo II pasa acto seguido a analizar tanto los aspectos
negativos (el retraso de tantos pueblos en el proceso del desarrollo y las causas del
mismo) como los positivos del mundo contemporáneo.
El “Juzgar” de esta macrorrevisión de vida se expone en dos momentos: a) En qué
consiste el verdadero desarrollo: no es de tipo iluminista ni de talante economicista,
sino que, a la luz de la vida cristiana, tiene como protagonista al hombre en tanto
que: (1) creado a imagen de Dios e inserto en su plan cristocéntrico y
cristofinalizador; (2) sujeto de derechos y deberes; (3) consciente de su hábitat —
ecología—. b) Qué lectura teológica puede y debe hacerse de los problemas
modernos. Se trata de una lectura que, por una parte, diagnostica el mal a través de
un análisis de orden religioso que muestra un mundo sometido al pecado y a
estructuras de pecado, un mundo hambriento a toda costa de poder y de dinero; y,
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
113
por otra, indica el camino a seguir para superar el mal diagnosticado, a saber, el del
cambio ético y de la conversión. Esta conversión asume conscientemente el hecho
de la interdependencia actual de los pueblos y se eleva decididamente a la vivencia
de la solidaridad, vista en último término como virtud cristiana, animada por la
caridad e inspirada en el modelo trinitario: las relaciones intradivinas son su fuente y
su término definitivos.
El “actuar” consiguiente, tras unas consideraciones de principio sobre la Doctrina
social de la Iglesia —cuya enseñanza y difusión forman parte de la misión
evangelizadora de la misma Iglesia—, concreta cómo aquella —la Doctrina social—:
a) ha de abrirse a la perspectiva internacional mediante una lúcida opción preferente
por los pobres (tercero y cuarto Mundo); b) postula reformas, dado el desequilibrio
internacional, en lo concerniente al sistema comercial, monetario y financiero, a las
transferencias tecnológicas, a las organizaciones mundiales: c) y convoca a la
colaboración de todos, en el marco de una solidaridad universal.
Hecho el adecuado discernimiento, la Teología de la liberación constituye una
valiosa aportación a este “actuar”, cuyas exigencias deben afrontarse positivamente
a partir de la promesa divina y de la bondad fundamental del hombre.
CENTESIMUS ANNUS (EL CENTENARIO) JUAN PABLO II (1991)
 Identificar las fallas tanto de la economía socialista como de la economía de
mercado;
 Aliviar o cancelar la deuda de países pobres;
 desarmarse;
 Hacer más sencillos los estilos de vida y eliminar el derroche en las naciones
ricas;
 Desarrollar políticas para empleos formales y permanentes, y para proporcionar
seguridad en el trabajo;
 Establecer instituciones para control de armamento;
 Instar a las naciones ricas a sacrificar algo de sus ingresos y de su poder.
Henos llegados a nuestro documento terminal. Fiel al binomio tantas veces
reiterado, Juan Pablo II afirma que Centesimus Annus conmemora, relee el pasado;
pero sobre todo se abre al futuro. Como he señalado hace poco, esta encíclica no
pertenece al grupo de las “puntuales”, sino que tiene un carácter general,
retrospectivo, por un lado, y prospectivo, por otro: entre ambos polos debe añadirse
un tercero, mediacional y al propio tiempo autónomo: el circunspectivo o presencial.
De este modo, la encíclica: a) ofrece una estructura bimembre (la primera sección,
retrospectivo-presencial, comprende los tres primeros capítulos; la segunda sección,
presencial-prospectiva, abarca los tres restantes); b) se muestra globalizadora,
análogamente a como lo es Gaudium et Spes: análogamente, no unívocamente,
porque fin y medios son diferentes.
Sus tres primeras partes, de enfoque reasuntivo-histórico al par que circunspectivo,
destacan las principales características de Rerum Novarum (capítulo I); analizan el
tránsito desde aquel entonces a “las cosas nuevas” de hoy (capítulo II); y se
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
114
detienen, con múltiple riqueza de datos, en el año 1989, el de la caída del muro de
Berlín (capítulo III). Resumámoslas brevemente.
El capítulo primero subraya tres tomas de posición de la Rerum Novarum, a saber:
a) afrontó el conflicto capital-trabajo de su tiempo, estableciendo un paradigma
permanente para la Iglesia (su decisiva intervención en el conflicto social moderno) y
confiriéndole de este modo una especie de “carta de ciudadanía” ante las
cambiantes realidades de la vida pública. b) Defendió los derechos fundamentales
de los trabajadores (de propiedad, asociación, condiciones humanas de trabajo,
salario justo, libre cumplimiento de los deberes religiosos). c) Expuso las relaciones
entre el Estado y los ciudadanos (subrayando el deber de los poderes públicos de
actuar en bien de los más pobres y urgiendo, a la vez, el carácter limitado e
instrumental de su intervención).
El capítulo segundo pone de relieve que León XIII: a) previó los efectos negativos
del socialismo, cuyo error fundamental es la eliminación del hombre como persona
(error que halla en el ateísmo su causa fundamental) y cuyo medio de acción es la
lucha de clases. b) Criticó asimismo el liberalismo, en cuanto dejaba la esfera
económica fuera del campo de acción del Estado y, sobre todo, en cuanto —
doctrinalmente hablando— afirma una libertad apartada de la verdad (éste es su
profundo y típico error). Las trágicas consecuencias históricas de esta impostación
se echan de ver en el ciclo de las guerras que van del año 1914 al año 1945 y en la
situación de no-guerra subsiguiente a 1945, caracterizada por una creciente
universalización de la belicosidad ante el peligro de la dictadura comunista y por un
simultáneo y paradójico proceso de concienciación antibélica; hecho, éste, que no
consigue marginar el dato mayormente visible, que es la extensión del totalitarismo
comunista. Esta situación da pie a tres tipos de respuesta: la de las sociedades
democráticas inspiradas en la justicia social, la de los sistemas de “seguridad
nacional”, y la de la sociedad de bienestar o de consumo. Durante este mismo
período tienen lugar dos fenómenos colaterales de gran importancia: un gigantesco
proceso de descolonización y un creciente sentimiento no sólo de los derechos de
los hombres y de las naciones, sino también de la necesidad de corregir los
desequilibrios de ámbito mundial.
El capítulo tercero analiza los sucesos de los años 1980, que culminan con la caída
del muro de Berlín (1989). Su eje lo constituye el hundimiento de los regímenes
opresores. a) Son factores del mismo: la violación de los derechos de los
trabajadores (y la consiguiente reacción de éstos, iniciada en Polonia, en nombre de
la solidaridad); la ineficacia del sistema económico, al par que la violación de la
cultura y de los derechos nacionales; particularmente, dentro del ámbito cultural, el
vacío espiritual producido por el ateísmo. b) Y son consecuencias de dicha caída: el
encuentro que ha tenido lugar, en algunos países, entre la Iglesia y el Movimiento
obrero (ángulo religioso); el peligro de un nuevo despertar de odios y rencores en los
pueblos de Europa (ángulo político); el deber de justicia de ayudar a las naciones
excomunistas, sin frenar el auxilio prestado al Tercer mundo (ángulo solidario); la
necesidad de poner en juego una recta concepción del desarrollo, esto es, un
desarrollo integral (ángulo ético-jurídico).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
115
Uno de los mensajes resultantes de esta primera sección de la encíclica viene a
decir: desprendámonos definitivamente de las negatividades ideológicas del
socialismo y del liberalismo, si queremos construir verdaderamente un mundo de
libertad y solidaridad.
La segunda sección abarca los tres restantes capítulos, dedicados a la propiedad
privada y al destino universal de los bienes; al Estado y la cultura; a la Doctrina
Social de la Iglesia. ¿Cuál es su enseñanza?
El primero (capítulo IV) trata dos grandes temas: el trabajo moderno como nuevo
tipo de propiedad y el mercado libre.
a) En síntesis, sobre el trabajo moderno se nos dice lo siguiente: el modo de relación
trabajo-tierra como factor de propiedad ha cambiado con el paso de los tiempos; hoy
el factor trabajo tiene prioridad sobre el factor fecundidad de la tierra. Ahora bien,
dentro del factor trabajo como elemento determinante de la propiedad, emergen el
conocimiento, la técnica y el saber, los cuales pasan a ser las fuentes principales de
riqueza. Históricamente, pues, la tierra ha cedido su papel de factor decisivo de la
producción al capital y éste, posteriormente, lo ha cedido al hombre.
Este dato nuevo presenta aspectos positivos junto a otros negativos. Entre los
primeros cabe subrayar la valoración del propio hombre, el ejercicio de determinadas
virtudes y el derecho a la libertad. Entre los segundos, hay que destacar el doble
hecho de la marginación (respecto a los sistemas de empresa en los que el trabajo
moderno ocupa un lugar central) y de la miseria y explotación (en los lugares donde
continúa vigente un capitalismo salvaje) de enormes masas humanas. Se impone,
pues, la conclusión de que hay que conseguir un acceso equitativo al mercado
internacional —por parte de los marginados y explotados: personas y pueblos—,
basado no en el principio unilateral de la explotación de los recursos naturales, sino
sobre la universal valoración de los recursos humanos.
b) Pasando al tema del mercado libre, después de mostrar cómo éste debe ser
“etizado” (cumpliendo los deberos de justicia y equidad; otorgando, más allá de ellos,
lo que es debido al hombre por el simple hecho de ser hombre; y percibiendo que,
en el contexto del Tercer mundo, los objetivos de Rerum Novarum conservan su
validez), nuestro texto se detiene sobre cuatro puntos de particular relevancia:
sindicatos, empresa, capitalismo y deuda exterior.
Los sindicatos, en el contexto tanto del Tercero como del Cuarto mundo, deben
proseguir su lucha contra el capitalismo liberal proponiendo como alternativa no el
sistema socialista, sino una sociedad que se funda en el trabajo libre, la empresa y
la participación y que requiere un oportuno control del mercado. La empresa
capitalista tiene derecho a sus beneficios en la medida en que se constituye no en
una sociedad cuyo único fin es maximizar el lucro, sino en una comunidad de
personas con vistas a resolver sus necesidades y ofrecer bienes y servicios en
provecho de la sociedad. El capitalismo real, una vez fracasado el socialismo
homónimo, no es ni puede ser el único modelo de organización económica, dado
que, por sí solo, no asegura a todos —individuos y pueblos— las condiciones
básicas de participación en el desarrollo. Se requiere una programación responsable
de parte de toda la comunidad internacional, con la consiguiente apertura de las
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
116
naciones más fuertes y la coherente inserción —que implica esfuerzo y sacrificio—
de las débiles. La deuda exterior, habida cuenta de la vigencia del principio de pago,
requiere modalidades de reducción, dilación o extinción en la medida en que supone
sacrificios insoportables que llevarían a poblaciones enteras al hambre y a la
desesperación.
Acto seguido, el capitulo enfoca los problemas y amenazas que surgen en el seno
de las economías más avanzadas. En una primera aproximación elabora las
cuestiones del consumismo y la ecología, enmarcadas en una visión cristiana del
sistema ético-cultural.
a) El consumo de creciente cualidad es legítimo en la medida en que responde a
una imagen integral del hombre, según la cual las dimensiones materiales e
instintivas se subordinan a las espirituales. Su piedra de toque decisiva es la efectiva
comunicación de bienes a quienes carecen de ellos, llegando, si el caso lo requiere,
a la autoprivación de lo necesario. Mientras que el consumismo, dirigido a los
instintos y marginador de la realidad personal, al primar el tener sobre el ser y al
entregarse a desviaciones tan evidentes como la droga y la pornografía, es un
fenómeno indudablemente negativo.
b) Respecto al tema ecológico, Centesimus Annus distingue dos tipos de ambiente,
natural al primero, humano el segundo. En la raíz de la destrucción insensata del
ambiente natural subyace no sólo un error antropológico (consistente en el olvido del
don original de la creación, en el uso arbitrario de la tierra, en la suplantación de
Dios), sino también una mezquindad de espíritu. Pero es peor todavía la destrucción
del ambiente humano, mediante la creación de estructuras inhumanas y
pecaminosas de convivencia, que se refleja múltiplemente (problemas del
hacinamiento urbano, de la explotación laboral, de los “barrios chinos”, de los
suburbios depravados, de la disolución familiar, etc.). Hay que sustituir estas
estructuras por formas auténticas de convivencia.
En una segunda aproximación, nuestro texto reflexiona sobre la alienación y el
capitalismo, desde una iluminación antropólogico-teológica de la economía.
a) Más allá del enfoque marxista de la alienación, unilateralmente economicista y
materialista, la visión de este fenómeno parte de su existencia (en los ámbitos del
consumo y del trabajo) y profundiza en sus causas. El hombre se aliena cuando se
niega a la autodonación; la sociedad se aliena cuando se cierra a la solidaridad. En
ambos casos, el hombre instrumentaliza al hombre.
b) Conectando con lo dicho más arriba, el capitalismo debe ser objeto de
discernimiento. Si por él se entiende un sistema económico que reconoce el
cuádruple papel de la empresa, el mercado, la propiedad privada (con la
consiguiente responsabilidad sobre los medios de producción) y la libre creatividad
humana, la respuesta es positiva. Pero si lo que está en juego es una ideología
radical cuyos lastres y efectos son la marginación y la explotación (sobre todo en el
Tercer mundo) y la alienación hace un momento considerada (especialmente en los
países más avanzados), entonces no cabe otra salida que la denuncia y el rechazo.
No es posible detenerse en los capítulos V y VI. Brevísimamente: respecto al
Estado, se trenzan unas reflexiones en lo referente a la democracia como en lo que
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
117
atañe a la cultura (cfr. capítulo V). Respecto a la Doctrina social de la Iglesia, ésta es
abordada desde un múltiple punto de vista con el resultado de cerciorarnos
ulteriormente sobre su finalidad antropológica, su valor instrumental de
evangelización, su fundamentación teológica y su eficacia testimonial-operativa, en
función de una opción preferencial por los pobres que se concreta en la promoción
de la justicia (cfr. capítulo VI)
TERTIO MILLENNIO ADVENIENTE (AÑO DE JUBILEO 2000) JUAN PABLO II (1994)




Trabajar por la justicia y la paz;
Elevar nuestras voces en favor de los pobres del mundo;
Reducir substancialmente o cancelar completamente la deuda externa;
Reflexionar sobre las dificultades de diálogo entre culturas; y sobre problemas
relacionados con los derechos de la mujer
EVANGELIUM VITAE (EL EVANGELIO DE LA VIDA) JUAN PABLO II (1995)
Un reconocimiento del valor sagrado de la vida humana desde su principio hasta su
fin. Nombra como fuerzas negativas:
 La violencia contra la vida infligida a millones de seres humanos; en especial a
niños obligados a vivir en la pobreza, la desnutrición y el hambre debido a una
distribución injusta de los recursos;
 Las guerras y el tráfico de armas;
 La destrucción ecológica;
 La criminal propagación de las drogas;
 La promoción de ciertas clases de actividad sexual que, además de ser
moralmente inaceptables, también significan graves riesgos para la vida;
 El aborto provocado, lo que él llama “estructura de pecado”;
 El infanticidio de bebés nacidos con graves incapacidades o enfermedades;
 La eutanasia que está llegando a legalizarse;
 El control de natalidad como medio de controlar el crecimiento de la población en
las naciones más pobres;
 El suicidio asistido.
El valor y el carácter inviolable de la vida humana.
Es una defensa de la vida humana en todos sus aspectos. Confirma que todo ser
humano tiene un valor intrínseco e inviolable. Comienza con estas palabras: “El
Evangelio de la vida está en el centro del mensaje de Jesús. Acogido con amor cada
día por la Iglesia, es anunciado con intrépida fidelidad como buena noticia a los
hombres de todas las épocas y culturas” (Evangelium Vitae, 1). Estamos en una
crisis que afecta la dignidad humana y sus derechos. Es un conflicto entre la “cultura
de la muerte” y la “cultura de la vida”. Jesucristo llama a todos a escoger la vida
sobre la muerte.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
118
La vida humana es sagrada e inviolable:
“La vida humana es sagrada porque desde su inicio comporta ‘la acción creadora de
Dios’ y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin.
Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término: nadie, en
ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un
ser humano inocente” (53). “Jesús dijo: No matarás, no cometerás adulterio, no
robarás… (Mt. 19, 18)” (52). “Pediré cuentas de la vida del hombre al hombre, cf. Gn
9, 5: la vida humana es sagrada e inviolable” (52).
Presenta las raíces de la violencia contra la vida basándose en la historia del
Génesis:
Caín se lanzó contra su hermano Abel y lo mató. El Señor le dijo a Caín: “¿Dónde
está tu hermano Abel?” Contestó: “No sé. ¿Soy yo acaso guarda de mi hermano?”
Advierte sobre la “tendencia, cada vez más frecuente, de interpretar estos delitos
contra la vida como legítimas expresiones de la libertad individual, que deben
reconocerse y ser protegidas como verdaderos y propios derechos” (18).
Esta distorsión lleva a muchos errores modernos:
“El concepto de libertad que exalta de modo absoluto al individuo, y no lo dispone a
la solidaridad, a la plena acogida y al servicio del otro. Si es cierto que, a veces, la
eliminación de la vida naciente o terminal se enmascara también bajo una forma
malentendida de altruismo y piedad humana, no se puede negar que semejante
cultura de muerte, en su conjunto, manifiesta una visión de la libertad de los 'más
fuertes' contra los débiles destinados a sucumbir” (19).
El Estado ha abdicado su función primordial como protector del derecho a la vida. Se
ha convertido en protector del aborto, el infanticidio y la eutanasia.
Un círculo vicioso: “Perdiendo el sentido de Dios, se tiende a perder también el
sentido del hombre, su dignidad y su vida” (21).
Este eclipse del sentido de Dios y del hombre lleva a:
 El materialismo y el hedonismo (23).
 La negación del valor del sufrimiento.
 La despersonalización y explotación de la sexualidad humana.
 El empobrecimiento de las relaciones interpersonales.
El eclipse de la conciencia moral de las personas y de la sociedad, la confusión
entre lo que es bueno y lo que es malo.
Una defensa contra todas las amenazas a la vida humana.
La Encíclica no se limita a defender la vida contra el aborto y la eutanasia:
Con respecto a la pena de muerte dice: “La medida y la calidad de la pena deben ser
valoradas y decididas atentamente sin que se deba llegar a la medida extrema de la
eliminación del reo, salvo en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la
defensa de la sociedad no sea posible de otro modo. Hoy, sin embargo, gracias a la
organización cada vez más adecuada de la institución penal, estos casos son ya
muy raros, por no decir prácticamente inexistentes” (56).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
119
Con respecto a las personas inocentes dice: “Confirmo que la eliminación directa y
voluntaria de un ser humano inocente es siempre gravemente inmoral” (57).
Con respecto al aborto dice: “Ninguna palabra puede cambiar la realidad de las
cosas: el aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que
se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la
concepción al nacimiento” (58).
Todos están llamados a una mayor responsabilidad en la protección de la vida
humana:
 Las madres y los padres.
 La familia y las amistades.
 Los doctores y las enfermeras.
 Los legisladores.
 Las instituciones internacionales.
Dice el Santo Padre: “Declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o
como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada
de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la
Palabra de Dios”. Con respecto a los embriones humanos dice: “El uso de
embriones o fetos humanos como objeto de experimentación constituye un delito en
consideración a su dignidad de seres humanos, que tienen derecho al mismo
respeto debido al niño ya nacido y a toda persona” (63). Con respecto a la eutanasia
dice: Por eutanasia se “debe entender una acción o una omisión que por su
naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor”
(65). “Confirmo que la eutanasia es una grave violación de la Ley de Dios, en cuanto
eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana” (65). En
respecto al suicidio: “El suicidio es siempre moralmente inaceptable, al igual que el
homicidio” (66). “El suicidio, bajo el punto de vista objetivo, es un acto gravemente
inmoral, porque comporta el rechazo del amor a sí mismo y la renuncia a los
deberes de justicia y de caridad para con el prójimo, para con las distintas
comunidades de las que se forma parte y para la sociedad en general” (66).
La ley de Dios está por encima de las leyes de los hombres:
“Es cierto que en la historia se han cometido crímenes en nombre de la verdad. Pero
crímenes no menos graves y radicales se han cometido y se siguen cometiendo
también en nombre del relativismo ético. Cuando una mayoría parlamentaria o social
decreta la legitimidad de la eliminación de la vida aún no nacida, inclusive con
ciertas condiciones, ¿acaso no adopta una decisión tiránica respecto al ser humano
más débil e indefenso”? (70) “¿Acaso los crímenes dejarán de serlo si, en vez de
haber sido cometidos por tiranos sin escrúpulos, hubieran estado legitimados por el
consenso popular?” (70) “En la base de estos valores no pueden estar las
provisionales o volubles mayorías de opinión, sino sólo el reconocimiento de una ley
moral objetiva” (70). “Las leyes que autorizan y favorecen el aborto y la eutanasia se
oponen radicalmente no sólo al bien del individuo, sino también al bien común y, por
consiguiente, están privadas totalmente de auténtica validez jurídica” (72). “El aborto
y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
120
Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por
el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante
la objeción de conciencia” (73). Este Evangelio (buena noticia) no es sólo la
enseñanza personal del Papa o de la Iglesia. Es de origen divino. La Iglesia desde el
principio lo ha anunciado. Dios nos ordena: “No matarás”.
La Encíclica defiende la auténtica libertad del hombre:
“El hombre, a diferencia de los animales y de las cosas, no puede ser sometido al
dominio de nadie” (19).
“Nuestras ciudades corren el riesgo de pasar de ser sociedades de convivientes a
sociedades de excluidos, marginados, rechazados y eliminados” (18).
Hay signos esperanzadores de amor a la vida en el mundo:
 Amor a los niños.
 Grupos que defienden la vida.
 Familias que se abren a la adopción.
 Oposición a la pena de muerte.
 Atención a la ecología.
Nos ofrece esperanza:
“El Evangelio de la Vida es una realidad concreta y personal, porque consiste en el
anuncio de la persona misma de Jesús” (29). “También hoy, dirigiendo la mirada a
Aquel que traspasaron, todo hombre amenazado en su existencia encuentra
esperanza segura de liberación y redención” (50). María es la mujer que nos da el
mejor ejemplo de cómo acoger la vida. A las mujeres que se han practicado un
aborto, el Santo Padre les dice que él comprende su dolor y su corazón herido. Las
invita al arrepentimiento, a la reconciliación, y a la esperanza. Las invita también a
ser las más elocuentes defensoras del derecho a la vida (99). Nos invita a todos a
celebrar la vida y a defenderla. Nos llama a la oración y el ayuno como medios
eficaces para ayudar a realizar los designios de Dios.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
121
IV. BIBLIOGRAFÍA
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 SOUTO, J., Doctrina social de la Iglesia, B.A.C., Madrid, 2002
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 Varios autores, Los laicos y la vida perfecta, Herder, Barcelona, 1965
 VV. AA. Introducción a la Doctrina Social de la Iglesia, Sociedad Salesiana,
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PÁGINAS WEBS
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Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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V. GLOSARIO TERMINOLÓGICO
Bien común 1. Es el fin al que debe tender toda autoridad y consiste en defender
los derechos y deberes de la persona humana. Es “el conjunto de aquellas
condiciones sociales que permiten y favorecen en los seres humanos el desarrollo
integral de su persona” (Mater et magistra, No. 65; Pacem in terris, No. 58; Gaudium
et spes, No. 74; Centesimus annus, No. 48). 2. Es la finalidad de la comunidad
política y tiene tres elementos esenciales que la conforman: “el respeto y la
promoción de la dignidad y de los derechos fundamentales de la persona humana”,
“la promoción y desarrollo de los bienes espirituales y materiales”, “la paz y la
seguridad del grupo y de sus miembros”.
Capital humano: Es la fuerza de trabajo capacitada y bien adiestrada que
incrementa su capacidad productiva y genera mayor riqueza.
Capital social es el capital de las relaciones humanas, es decir el conjunto de
normas, costumbres, mentalidades y actitudes que promueven la cooperación y
coordinación en la sociedad. Por ejemplo: la puntualidad como costumbre general en
un país aumenta el capital social, o la cohesión familiar, de un barrio o una
comunidad que aumenta la corresponsabilidad. La migración destruye
sistemáticamente el capital social.
Ciudadanía Condición jurídica del nacional de un país que determina, por una parte,
su obediencia a la autoridad del Estado al que pertenece y, por otra, el libre ejercicio
de los derechos y privilegios que éste le otorga, fundamentalmente de carácter
político. La ciudadanía se otorga a los nacionales al llegar a la mayoría de edad para
poder elegir y ser elegidos en los cargos de autoridad y mando. Los deberes del
ciudadano entrañan el cumplimiento de las leyes vigentes.
Compromiso político 1. Comportamiento activo, consciente y responsable del
ciudadano en la vida de la comunidad y en la construcción de su historia. Es servicio
responsable de la persona frente a la comunidad. 2. En sentido amplio es acción
destinada a promover la vida social en el nivel, sobre todo, de los valores y de las
costumbres civiles. En sentido restringido, es acción destinada a utilizar los valores
culturales a manera de opciones concretas de práctica política.
Conmutativo significa mutuo, la justicia conmutativa reglamenta las relaciones entre
personas, obliga a cada uno a dar a los otros lo que es debido.
Contributivo se refiere al aporte y la participación de todos los miembros de una
sociedad. La contribución de todos al bien común es un derecho y un deber.
Control Social es el derecho que tiene la sociedad civil para conocer las políticas
públicas, planes y programas y para hacer seguimiento y evaluación, tanto de la
implementación como de los resultados e impactos, asimismo de velar porque los
procesos participativos en la definición de esas políticas se cumplan. Acceder a
información y documentación sobre la administración de entidades estatales.
Cultura política 1. Más que un concepto, es una forma o categoría de análisis que
permite comprender la manera como la población percibe, organiza y procesa su
entorno político a través del tiempo y el contexto específico donde se construye y
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
124
desarrolla. Como conjunto de ideas, valores, concepciones, creencias, sentimientos,
actitudes e instituciones, orienta el ámbito político y es compartida por un grupo
humano dentro de un territorio y una historia específica, la cual definen la forma de
organizarse y de funcionar para garantizar el desarrollo de las personas y del grupo.
2. “Es el conjunto de actividades, creencias y sentimientos que ordenan y dan
significado a un proceso político y que proporcionan los supuestos y normas
fundamentales que gobiernan el comportamiento en el sistema político. Es la
manifestación en forma conjunta de las dimensiones psicológicas y subjetivas de la
política. Ambiente psicológico donde funcionan los sistemas y actúan los individuos”.
3. La cultura política consiste en el conjunto de valores que respaldan tanto una
constitución democrática como las instituciones esenciales correspondientes. La
cultura social, por su parte, procedería de la trama de relaciones de la sociedad civil,
en la que se conjugan tradiciones religiosas, filosóficas y cuantas proceden del
mundo vital. La conexión entre ambos tipos de cultura es innegable, ya que
históricamente se dan juntas, pero Rawls concede un protagonismo a la cultura
política liberal que resulta injustificado, porque, bien miradas las cosas, la cultura
política sólo se sostiene racional y personalmente, si viene respaldada por
tradiciones religiosas y filosóficas verdaderamente encarnadas en la sociedad.
Dictadura Régimen de gobierno que, invocando el interés público, prescinde de las
leyes de la sociedad política o las administra según su criterio.
Doctrina Social de la Iglesia 1. Es la memoria viva de la experiencia de la Iglesia
en el campo social. Es una mirada al acontecer humano en la historia; es una guía
de orientación práctica, que propone principios de reflexión para iluminar la realidad.
Da elementos para aprender a tomar las mejores decisiones en la construcción de
una sociedad más justa y solidaria y, finalmente, ofrece pistas para la acción,
invitando al compromiso concreto del cristiano. 2. “La DSI es la enseñanza del
magisterio en materia social y contiene principios, criterios y orientaciones para la
actuación del creyente en la tarea de transformar el mundo según el proyecto de
Dios. La enseñanza del pensamiento social de la Iglesia forma parte de la misión
evangelizadora (Centesimus annus, 5 y 54), porque ilumina la vivencia concreta de
nuestra fe” (Santo Domingo No. 158). Su finalidad es guiar a los hombres y mujeres
para que ellos mismos analicen las realidades sociales, se pronuncien sobre ellas,
encuentren las justas respuestas a los problemas y respondan con acciones a la
vocación de constructores responsables de la realidad terrena. 3. “La DSI no es,
pues, una “tercera vía” entre el capitalismo liberal y el colectivismo marxista, y ni
siquiera una posible alternativa a otras soluciones menos contrapuestas
radicalmente, sino que tiene una categoría propia. No es tampoco una ideología,
sino la cuidadosa formulación del resultado de una atenta reflexión sobre las
complejas realidades de la vida del hombre en la sociedad y en el contexto
internacional, a la luz de la fe y de la tradición eclesial. Su objetivo es interpretar
esas realidades, examinando su conformidad o diferencia con lo que el Evangelio
enseña acerca del hombre y su vocación terrena y, a la vez, trascendente, para
orientar en consecuencia la conducta cristiana. Por tanto, no pertenece al ámbito de
la ideología, sino de la teología y especialmente de la teología moral. La enseñanza
y la difusión de esta doctrina social forma parte de la misión evangelizadora de la
Iglesia” (Sollicitudo Rei Socialis, 41).
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
125
Emisión de moneda son los billetes y monedas que el Banco Central (Autoridad
Monetaria), pone en manos del público.
Estado 1. Es la unidad orgánica y organizadora de un pueblo. Es la comunidad
política organizada. Es la organización política de la autoridad civil. Es la
institucionalización del poder. Es la manera como se organiza y administra
políticamente una comunidad. Presenta cuatro elementos básicos: una comunidad,
compuesta por las personas nacidas en al comunidad política (nacionales) y por los
extranjeros residentes en ese territorio, un territorio en el cual vive su comunidad, un
gobierno que tiene poder, autoridad y mando sobre los habitantes de la comunidad
política y un orden jurídico que contiene todas las normas que rigen la vida de la
sociedad y que limitan las facultades de la autoridad política. 2. “Estado es la
asociación política organizada que en un determinado territorio ejerce el monopolio
de la coacción legítima de la fuerza y los medios racionales de administración” (Max
Weber, Economía y sociedad). Según esta concepción, es la misma sociedad la que
se organiza alrededor de una serie de instituciones para garantizar a los individuos
la vida, bienes, honra, creencias y demás derechos, y libertades fundamentales y el
monopolio de la coerción recae exclusivamente en el aparato estatal. Estas
instituciones conforman un solo cuerpo, aunque con diferentes funciones y órganos,
posee identidad propia
Estado de derecho El término “estado de derecho” fue acuñado por Von Mohl en
1832 y aquella forma de Estado caracterizada por la subordinación de todos los
órganos y poderes del mismo a la Constitución, como ley suprema, en cuanto que
reconocedora y garante de los principios y valores democráticos y de los derechos
humanos como derechos fundamentales. Estado en el que el derecho regula, no
sólo las actividades de los particulares, sino también las de los órganos públicos del
poder.
Estado Social de Derecho 1. El Estado social de derecho es la forma jurídico
institucional que corresponde al estado de la democracia social, entendiendo a esta
como forma y como sustancia política de un régimen basado en la concepción
personalista de la dignidad del hombre, con pleno rechazo de toda teoría o
interpretación transpersonalista que anteponga otros fines que el hombre mismo. 2.
Es un tipo de Estado inspirado en la justicia social y en una más justa distribución de
los bienes económicos y culturales lo cual está en una correspondencia histórica con
el sistema neocapitalista que necesita del aumento del poder adquisitivo de las
masas y de cuadros y trabajadores con las clasificaciones exigidas por el desarrollo
tecnológico. Ontológicamente, el Estado Social de Derecho tiene una doble
naturaleza: por una aparte asegura los derechos fundamentales de los individuos, en
términos de la dignidad humana, y por otra, el Estado se convierte en garante de
unas mínimas condiciones materiales para que el ser humano pueda vivir con
dignidad. Es así como confluyen dos vertientes de la filosofía política: el liberalismo y
el socialismo
Flujo de Capitales es el constante movimiento de capitales que se da en el mundo
y que llega a los países más alejados del planeta.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
126
Fondo Monetario Internacional (FMI) constituye una sociedad de países, que
aportan capitales con el propósito de constituir un fondo que apoye a los países que
tienen dificultades para cubrir sus pagos de deuda y que vela por la estabilidad
macroeconómica: Tasas sostenibles de inflación y de endeudamiento.
Gobierno Del latín gobernium: el que controla el timón de la nave. En sentido
estrecho indica las funciones ejecutivas y administrativas del poder; en sentido
amplio indica todo el sistema de poder de un país. Conjunto de órganos a los que se
hace entrega de la dirección de un país y, de manera especial, es el órgano
supremo al cual todos los otros están subordinados, y que puede ser una persona o
un grupo de personas. Es la concreción de instituciones y personas que ejercen el
poder del Estado. Conjunto de las personas que ejercen el poder político, es decir
que determinan la orientación política de una cierta sociedad. Otra acepción del
término gobierno es la que no indica solamente un conjunto de personas que
detentan el poder, sino el conjunto de los órganos (poderes legislativo, ejecutivo y
judicial) a los que institucionalmente les está confiado el ejercicio del poder.
Legalidad Es un atributo y un requisito del poder político, que se refiere al conjunto
de la normatividad jurídica dentro de la cual se enmarca la operatividad del estado.
Se dice que un poder es legal o actúa legalmente cuando se ejerce de acuerdo con
las leyes establecidas o de algún modo aceptadas.
Legitimidad Implica el respaldo por parte de la ciudadanía, un mínimo de
obediencia y un reconocimiento de validez bajo algún título, a las diferentes
instituciones y a los titulares del poder del estado.
Liquidez consiste en contar con dinero en efectivo
Mecanismos de participación política 1. Los mecanismos de participación política
dan cuenta del derecho de los ciudadanos a participar en la conformación, ejercicio y
control del poder político. A través de la participación política, los ciudadanos
pueden: elegir y ser elegidos; tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos,
consultas populares; constituir partidos y movimientos políticos; revocar el mandato
de los elegidos; tener iniciativa en las corporaciones públicas; imponer acciones
públicas en defensa de la Constitución y la Ley; acceder al desempeño de funciones
y cargos públicos y otras formas de participación democrática.
Mecanismos de participación social, comunitaria y ciudadana. Son medios,
instancias y acciones de defensa de los derechos humanos; son herramientas con
las que cuentan los ciudadanos para hacer valer los derechos humanos ante el
Estado. Son garantías constitucionales para exigir al Estado el recto cumplimiento y
desarrollo de los derechos estipulados en la Constitución Política. Estos
mecanismos buscan integrar a los ciudadanos a la democracia participativa y, así,
hacer más eficiente la gestión y la administración del Estado, para recuperar la
confianza perdida en las instituciones políticas y en quienes nos representan en el
gobierno.
Nación 1. Una comunidad relativamente numerosa que tiene rasgos de unidad por
la raza, lengua, tradición, hábitos y costumbres, con un pasado y un futuro histórico.
2. En otro sentido, se refiere al conjunto de individuos reunidos por un mismo
gobierno y bajo una ley común. La nación, un término de difícil definición exacta,
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
127
normalmente es concebido como un grupo de seres humanos unidos por un vínculo
natural y que, en razón de este vínculo, constituye la base necesaria para la
organización del poder político en la forma del estado nacional. 3. Otra aproximación
a una definición de nación consiste en descubrir el modo en que la presencia de la
identidad nacional se manifiesta en el comportamiento observable de los individuos,
es decir en identificar un comportamiento nacional, entendiéndose además la nación
como ideología.
No-violencia. Es un concepto de lucha por los derechos humanos. Se basa en
responder a la violencia con una resistencia activa, pero no violenta. El éxito de esta
estrategia está en la denuncia pública de la injusticia.
Opinión pública 1. Hasta finales del siglo XVIII se acuñó pro primera vez el término
opinión pública. “Es un proceso comunicativo mediante el cual los ciudadanos se
interesan sobre un hecho, forman juicios y se expresan sobre determinado asunto” .
Una opinión sobre lo público es aquella que se remite o refiere a un hecho que es
visible por todos, es decir, que es de todos, que todos lo conocen, se apropian de él,
y pueden opinar al respecto. Es un asunto sobre le cual la atención de la mayoría de
los ciudadanos se encuentra centrada. Por lo tanto es un hecho social que tiene
como rasgo fundamental el ser compartido por una mayoría considerable de
personas. 2. Los espacios donde ocurren los procesos de formación de la opinión
pública son: los espacios de comunicación interpersonales donde las personas
conversan e intercambian opiniones y los medios de comunicación masiva que se
han convertido hoy en el factor decisivo. La materia prima de cualquier proceso de
opinión es la información y ésta la suministra los medios; de ahí la gran
responsabilidad que tienen en la formación de la opinión pública. Los medios tienen
la tarea de informar debidamente a los ciudadanos para que al momento de tomar
las determinaciones tengan un control y responsabilidad sobre sus propias
decisiones. La opinión pública puede ayudar a generar cambios en la población y
crear consciencia sobre los desafíos que la sociedad debe afrontar. Una sociedad
libre necesita una esfera de opinión pública, autónoma con respecto al Estado,
dispuesta a deliberar de forma amplia sobre los problemas comunes. Recordemos
que Kant urgía la creación de una esfera en la que los ciudadanos ilustrados debían
hacer “uso público de la razón”.
Participación 1. Proviene del latín participare que significa tomar parte en forma
activa y responsable en el proceso de toma de decisiones que tienden al bien social
y personal. 2. Es capacidad de representación de lo público por parte de actores
sociales y políticos. Es una forma de intervención social que permite alas personas
reconocerse como actores que, al compartir una situación determinada, tienen la
oportunidad de identificarse a partir de intereses, expectativas y demandas comunes
y que están en capacidad de traducirlas en formas de actuación colectiva con una
cierta autonomía frente a otros actores sociales y políticos.
Participación ciudadana Es la intervención de los ciudadanos en la esfera pública
en función de intereses sociales de carácter particular. La representación de los
usuarios de servicios en las juntas directivas de las empresas públicas, los comités
de veedurías, la Juntas Administradoras Locales son escenarios de participación
ciudadana.
Dossier de Doctrina Social de la Iglesia
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Participación política 1. Derecho que un ciudadano tiene a llevar a cabo una serie
de actos libres mediante los cuales interviene en las actividades políticas (el acto del
voto, la participación en un partido político y movimientos, entre otros). 2. La
participación política es aquel conjunto de actos, actitudes y posibilidades dirigidos a
influir de manera más o menos directa y más o menos legal sobre las decisiones de
los detentadores del poder en el sistema político o en cada una de las
organizaciones políticas, así como en su misma selección, con vistas a conservar o
modificar la estructura (y por lo tanto los valores) del sistema de intereses
dominantes. 3. Es la intervención de los ciudadanos a través de ciertos instrumentos
(mecanismos de participación, por ejemplo) para lograr la materialización de los
intereses compartidos de una comunidad política. El contexto en el que se da esta
participación es el de relaciones entre la sociedad civil y el Estado. 4. Es también,
cualquier tipo de acción realizada por un individuo o grupo con el fin de incidir en una
u otra medida en los asuntos públicos. La participación política es un modelo
compuesto por cuatro factores: actividades en campañas políticas, actividades
comunitarias, contactos con la administración y el voto. Los tipos de participación
política son convencionales (instancias animadas por el poder constituido) y no
convencionales (unas veces se mueve dentro de la legalidad y, otras veces, se
enfrenta abiertamente a ella de forma violenta o no violenta).
Producto Interno Bruto. Es la medida más importante de la producción de una
economía, que cuantifica todos los bienes y servicios producidos en un país dentro
de un determinado periodo, generalmente un año.
Solidaridad. Es la condición concreta y el principio que dos o más personas, de las
cuales cada una se realiza precisamente en la medida en que se compromete con
todo su ser en la promoción del otro.
Subempleo Acceder a una fuente de empleo o trabajo que por su remuneración o
por su cantidad de horas es insuficiente para vivir en condiciones adecuadas
Subsidiariedad es el principio que el Estado debe ayudar a los miembros del
cuerpo social, sean personas o entidades, pero sin impedirles que haga lo que
pueden realizar por sí mismos.
Valor agregado es el valor adicional que se incluye a un bien o servicio cuando se
lo procesa, se lo transforma y se constituye en un bien o servicio de uso final.
Vulnerabilidad externa es el nivel de dependencia que tiene un país
subdesarrollado respecto de otros países y que se refleja en la influencia casi
inmediata que recibe, los shocks externos no le son indiferentes, por el contrario le
afectan profundamente.