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COMISIÓN
EUROPEA
Bruselas, 14.9.2016
COM(2016) 584 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre la revisión intermedia de la aplicación de la Decisión n.º 466/2014/UE por lo que se
refiere a la garantía de la UE concedida al Banco Europeo de Inversiones frente a las
pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de
inversión fuera de la Unión
{SWD(2016) 294 final}
{SWD(2016) 295 final}
ES
ES
1.
INTRODUCCIÓN
El presente informe se presenta al Parlamento Europeo y al Consejo de conformidad con el
artículo 19 de la Decisión 466/2014/UE («la Decisión»), adoptada el 16 de abril de 2014. El
artículo 19 establece que: «a más tardar el 31 de diciembre de 2016, la Comisión, en
cooperación con el BEI, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe
intermedio en el que se evalúe la aplicación de la presente Decisión durante los primeros
años, acompañado, en su caso, de una propuesta de modificación. El informe intermedio se
basará en una evaluación externa independiente y en una contribución del BEI.
El informe incluirá, en particular:
a)
una evaluación de la aplicación de la política de asignación;
b)
una evaluación de la actividad de información del BEI y, cuando proceda,
recomendaciones sobre el modo de mejorarla;
c)
una evaluación del marco de medición de resultados, que comprenda indicadores y
criterios de rendimiento, así como de su contribución al logro de los objetivos de la presente
Decisión;
d)
una exposición detallada de los criterios considerados para la recomendación relativos
a la activación potencial, en su totalidad o en parte, del importe adicional optativo.»
El presente informe se basa en una evaluación externa independiente efectuada por un
consultor externo y en una contribución del BEI. En él se describe la evaluación efectuada por
la Comisión de los resultados de la evaluación externa y resume las conclusiones que servirán
de base para una propuesta de modificación de la Decisión.
El informe está disponible en la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/dgs/economy_finance/evaluation/completed/index_en.htm
De forma paralela a este informe, la Comisión presenta:



una propuesta legislativa de revisión de la Decisión, que retoma las modificaciones
propuestas para el resto del mandato;
un documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre la revisión intermedia;
un segundo documento de trabajo de los servicios de la Comisión que constituye el
informe anual sobre las operaciones de financiación exterior del BEI en 2015.
2
2.
SITUACIÓN DEL MANDATO DE PRÉSTAMOS EXTERIORES A FINALES
DE 2015
El mandato de préstamos exteriores (ELM) ha contribuido a la agenda política exterior de la
Unión, dando muestras de la suficiente flexibilidad y capacidad de reacción frente a los
desafíos geopolíticos, como se ha puesto de relieve en el caso de las crisis de Ucrania
(Ucrania), Egipto y Marruecos (Primavera Árabe) y Jordania (crisis de los refugiados). El
mandato ha desempeñado un papel importante en la política económica y, por lo tanto, en la
estabilización de dichos países, afectados por crisis políticas1.
A finales de 2015, tras año y medio de actividades de financiación en el marco del mandato
2014-2020 (transcurrido el 21 % del plazo de ejecución), las firmas acumuladas en el marco
de este mandato ascendieron a 6 900 millones EUR, lo que corresponde a un índice de
utilización del 26 %. El índice de utilización en los países vecinos del Este supera ya el 50 %,
seguido por el de Asia y América Latina y Sudáfrica, con el 41 % y el 36 %, respectivamente.
La escasa utilización hasta el momento de los países en fase de preadhesión se debe a factores
cíclicos, que ya se van disipando y no reflejan las necesidades previstas. La escasa utilización
por los países de la región mediterránea se debe al hecho de que, en 2014, el Banco firmó un
importe cercano a 1 000 millones EUR de operaciones para utilizar plenamente el mandato
precedente, lo que dejó muy poco espacio para registrar operaciones en 2014 al amparo del
actual mandato de préstamos exteriores 2014-2020 y, por lo tanto, reduce drásticamente la
capacidad del mandato de préstamos exteriores en ciertas regiones para responder a las
prioridades de la UE y los posibles retos futuros.
Cuadro 1.1 Utilización de los límites máximos del ELM 2014-2020 transcurrido un año y medio, a 31.12.2015
en millones EUR
Región en la que se desarrollan las
operaciones
Límite máximo
Importe neto
firmado
Importe neto
firmado en % del
límite máximo del
mandato
Preadhesión
8 739
1 157
13 %
Mediterráneo
9 606
1 656
17 %
Países vecinos del Este y Rusia
4 831
2 571
53 %
Asia y América Latina
3 407
1 386
41 %
416
150
36 %
27 000
6 920
26 %
Sudáfrica
Total
Por otra parte, en marzo de 2014, la Unión se comprometió a conceder un paquete financiero
en apoyo de Ucrania y solicitó al BEI que contribuyese con inversiones de unos 3 000
millones EUR para el período 2014-2016. Cabe señalar que es muy probable que a finales de
1
Véase la página 13 del documento de trabajo sobre la evaluación intermedia de la aplicación del mandato de
préstamos exteriores del BEI.
3
2016 el BEI haya cumplido su promesa de aumentar su actividad de préstamo en Ucrania, con
3 000 millones EUR en tres años.
En el Cuadro 1.1 figuran las previsiones del BEI en relación con la utilización del mandato de
27 000 millones EUR en las distintas regiones. Se puede observar que, al contribuir con esta
proporción de préstamos en Ucrania, el BEI está agotando el límite máximo consagrado a la
región de los países vecinos del Este más rápidamente de lo previsto inicialmente cuando se
elaboraron dichos límites. El límite máximo para los países vecinos del Este se alcanzará a
mediados de 2017 y el BEI no podrá seguir prestando en la región durante todo el periodo del
ELM. Así, por ejemplo, mantener los actuales niveles de 1 500 millones EUR en los países
vecinos del Este hasta 2020 (en particular, en Ucrania) requeriría una ampliación del ELM de
5 200 millones EUR. Por otra parte, habida cuenta del grado de riesgo atribuido a los países
vecinos del Este, existen pocas posibilidades de recurrir a los instrumentos con riesgo propio
del BEI (ORF).
Cuadro 2.2 ELM actual 2014-2020 — Ejecución y previsiones
Millones EUR
2014
(desde
julio)
2015
2016
2017
2018
2019
2020
Preadhesión
200
957
1 400
1 532
1 550
1 550
1 550
8 739
8 739
Vecindad y
Asociación
1 480
2 757
3 000
2 370
1 610
1 610
1 610
14 437
14 437
Mediterráneo
390
1 276
1 500
1 610
1 610
1 610
1 610
9 606
9 606
Países vecinos
del Este
1 090
1 481
1 500
760
0
0
0
4 831
4 831
Asia y América
Latina
415
971
752
590
508
171
0
3 407
3 407
Asia (excluida
Asia Central)
45
433
260
140
58
0
0
936
936
Asia Central
70
70
42
0
0
0
0
182
182
América Latina
300
468
450
450
450
171
0
2 289
2 289
0
150
100
70
70
26
0
416
416
2 095
4 835
5 252
4 562
3 738
3 357
3 160
27 000
27 000
ELM
Sudáfrica
Total general
Total
2014-2020
Límite
máximo
ELM
Sobre la base de esta evaluación, la Comisión propone liberar el importe opcional de 3 000
millones EUR, coincidiendo con la revisión intermedia, con la misma distribución anterior del
límite máximo por región. Por otra parte, se consideró fundamental incrementar la flexibilidad
para que el BEI pueda reasignar entre regiones una parte de los límites máximos por región
(del 10 % actual a un 20 %), pero únicamente para hacer frente a las urgencias y a las
situaciones de crisis que puedan surgir durante el mandato y se consideren prioridades
esenciales para la política exterior de la Unión, especialmente por lo que respecta a Ucrania y
las regiones afectadas por la respuesta a la crisis migratoria o los retos que se pudieran
4
plantear durante el resto del mandato 2014-20202. Esta reasignación no podría aplicarse al
nuevo mandato a favor del sector privado de 2 300 millones EUR en el ámbito de la
migración ni al importe de 1 400 millones EUR para proyectos del sector público destinados a
hacer frente a la crisis migratoria.
3.
CONTEXTO DE LAS POLÍTICAS ACTUALES, INCLUIDA LA INICIATIVA
«RESILIENCIA» DEL BEI
Recientemente han surgido y se han desarrollado algunos ejes estratégicos claros para la
acción exterior de la UE, que han de ser tenidos en cuenta en la revisión intermedia del ELM
del BEI, en particular:




los trabajos urgentes que se han de realizar sobre la dimensión exterior de la
crisis migratoria de la UE, y el posible papel del BEI;
trabajos más ambiciosos sobre los objetivos de desarrollo sostenible y la
financiación para el desarrollo (la Agenda de Acción de Adís Abeba reafirma la
necesidad de ir más allá de la AOD en apoyo de la inversión);
la Agenda del cambio climático, en particular tras la COP21 de París;
los trabajos sobre la diplomacia económica en apoyo de la internacionalización de
las empresas de la UE.
3.1 Dimensión exterior de la crisis migratoria de la UE
Más recientemente, y como la había solicitado el Consejo Europeo el 18 de marzo de 2016, el
BEI ha propuesto una iniciativa encaminada a movilizar financiación adicional en apoyo del
crecimiento sostenible, infraestructuras vitales y la cohesión social en los países vecinos del
Sur y en los países de los Balcanes Occidentales que se ven afectados por la crisis migratoria.
El 16 de junio de 2016, en respuesta a las conclusiones del Consejo Europeo de 18 de marzo
de 2016, el Consejo del Banco debatió un documento que constituyó la base de la propuesta
del BEI al Consejo Europeo. En sus conclusiones de 28 de junio de 2016, el Consejo Europeo
declaró que «la iniciativa del Banco Europeo de Inversiones en los países vecinos del Sur y
los países de los Balcanes Occidentales, como un primer paso en el nuevo marco de
cooperación, contribuirá a fomentar la inversión en países socios y cuenta con todo nuestro
apoyo.»
Como resultado de esta crisis, las necesidades de los países vecinos del Sur y de la región de
los Balcanes Occidentales son múltiples y el BEI tiene previsto participar en dos ámbitos, con
lo que contribuirá a la resiliencia económica y favorecerá el desarrollo sostenible:
•
abordando unas necesidades crecientes en infraestructuras y servicios afines con el
fin de tener en cuenta el crecimiento repentino de la población mediante el apoyo
del BEI al sector público (incluidos los municipios y entes del sector público);
2
Véase también el capítulo 3.
5
•
reforzando las oportunidades de empleo para las comunidades de acogida y los
refugiados con objeto de fomentar la integración económica y hacer posible que
los refugiados pasen a ser autosuficientes. Este problema podría resolverse
mediante el apoyo del BEI al sector privado (microfinanciación, pymes, empresas).
La propuesta del BEI (la denominada iniciativa «Resiliencia») se articula en torno a tres
módulos:
- Módulo 1: Intensificación de las actividades que se pueden desarrollar con arreglo a
los marcos en vigor.
- Módulo 2: Ampliar la gama de productos de que se dispone en las regiones para
apoyar principalmente al sector público.
- Módulo 3: Ampliar la gama de productos de que se dispone en las regiones para
apoyar principalmente al sector privado.
El módulo 1 (2 000 millones EUR en préstamos) se llevará a cabo en el marco de los
mandatos y mecanismos existentes, intensificando la concesión de préstamos hasta alcanzar
un nivel que utilice plenamente los límites máximos establecidos por el actual mandato.
Para el módulo 2 (1 400 millones EUR en préstamos), el BEI prevé un aumento de los límites
máximos del mandato general de 1 400 millones EUR.
El módulo 3 implica un incremento de 2 300 millones EUR del volumen de préstamo y una
ampliación de la cobertura de la garantía de la UE para los riesgos comerciales. Por lo que
respecta a los préstamos del BEI en el sector privado, la garantía de la UE se limita
actualmente a riesgos políticos, tal como se describen en la Decisión.
Los módulos 2 y 3 deben destinarse en su totalidad a ayudar a los refugiados y a las
comunidades de acogida en las zonas afectadas por la crisis.
Por lo que se refiere al límite máximo global del mandato, sobre la base de las conclusiones
de la revisión intermedia y a la vista de la iniciativa «Resiliencia» del BEI, la Comisión
propone lo siguiente:
• Liberar el importe opcional de 3 000 millones EUR siguiendo la distribución regional
propuesta en el Cuadro 3.3. La Comisión propone que el apoyo del BEI al sector público por
importe de 1 400 millones EUR destinado a los refugiados y a las comunidades de acogida
(módulo 2 de la iniciativa «Resiliencia») se incluya en el mandato opcional de 3 000 millones
EUR.
• Crear, para el mandato del BEI a favor del sector privado, un límite máximo adicional de
2 300 millones EUR (módulo 3 de la iniciativa «Resiliencia» del BEI), a la vez que introduce
una garantía global para las operaciones del sector privado directamente vinculadas a los
refugiados y a las comunidades de acogida, con el fin de ampliar la cobertura de la garantía de
la UE para los riesgos comerciales.
6
• Permitir que el BEI reasigne con mayor flexibilidad una parte de los límites máximos entre
las regiones (del 10 % actual a un 20 %), pero solo hacia las regiones de mayor prioridad para
la Unión, en particular Ucrania y las regiones afectadas por la respuesta a la crisis migratoria
o todo reto futuro para la parte restante del mandato 2014-2020. Esta mayor flexibilidad no se
aplica al nuevo mandato del BEI a favor del sector privado previsto por la iniciativa
«Resiliencia».
Estas modificaciones se traducirían en un incremento total de la garantía ELM por valor de
5 300 millones EUR, incluido el importe adicional opcional de 3 000 millones EUR. Para el
importe opcional, la Comisión propone mantener los mismos porcentajes para las regiones de
Asia y América Latina y Sudáfrica. Asimismo, dentro de esa cantidad opcional, de acuerdo
con las previsiones del BEI, la Comisión propone dividir el aumento de 1 400 millones EUR
en el marco de la iniciativa «Resiliencia» entre los países en fase de preadhesión (500
millones EUR, solo para los países de los Balcanes Occidentales) y los países mediterráneos
(900 millones EUR). El remanente del importe adicional opcional se dedicará a los países
vecinos de Este (1 177 millones EUR), con lo que se multiplica por más de dos su porcentaje
y se permite, al menos en parte, la continuación del aumento de los niveles de actividad en la
región, en particular en Ucrania. Por último, y siempre según las previsiones del BEI, el
importe de 2 300 millones EUR destinado a operaciones del BEI en el sector privado en favor
de los refugiados se reparte entre los países en fase de preadhesión (440 millones EUR,
únicamente para los países de los Balcanes Occidentales) y los de la región mediterránea
(1 860 millones EUR).
(Véase la propuesta de reparto regional y subregional que figura en el Cuadro 3.3)
Cuadro 3.3 Propuesta de distribución regional
En millones EUR
Decisión
de
reparto
regional
2014
Reparto
en %
de los
27 000
millones
EUR
Importe
adicional
opcional
(+ 3 000
millones
EUR)3
Reparto
en % de
los
3 000
millones
EUR
Reparto
regional
de los
30 000
millones
EUR
2 300
millones
EUR del
módulo 3
Reparto
regional
de los
32 300
millones
EUR
Preadhesión
8 739
32 %
500
17 %
9 239
440
9 679
Países Vecinos y Asociación
14 437
53 %
2 077
69 %
16 514
1 860
18 374
Mediterráneo
9 606
36 %
900
30 %
10 506
1 860
12 366
Países vecinos del Este
4 831
18 %
1 177
39 %
6 008
0
6 008
3 407
13 %
378
13 %
3 785
0
3 785
Asia (excluida Asia Central)
936
3%
104
3%
1 040
0
1 040
Asia Central
182
1%
20
1%
202
0
202
2 289
8%
254
8%
2 543
0
2 543
416
2%
46
2%
462
0
462
27 000
100 %
3 000
100 %
30 000
2 300
32 300
ELM (32 300 millones EUR)
Asia y América Latina
América Latina
Sudáfrica
Total general
3
En estos importes se incluyen los 1 400 millones EUR de préstamos del módulo 2 de la iniciativa «Resiliencia» del
BEI.
7
3.2 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Desde 2015, la Unión se ha comprometido a contribuir a la consecución de los objetivos de
desarrollo sostenible. El año 2016 marcó el comienzo de la presentación oficial de la Agenda
2030 para el desarrollo sostenible adoptada por los dirigentes mundiales en las Naciones
Unidas en septiembre de 2015. La nueva Agenda hace un llamamiento para adoptar
iniciativas orientadas a lograr 17 objetivos de desarrollo sostenible durante los próximos 15
años. Más concretamente, los objetivos y las operaciones del mandato de préstamos exteriores
del BEI están globalmente en consonancia con los ODS y se espera que contribuyan
directamente al logro de algunos objetivos, como, por ejemplo, los de agua potable y
saneamiento; energía limpia y asequible; industria, innovación e infraestructuras; ciudades y
comunidades sostenibles; acción por el clima; trabajo decente y crecimiento económico.
Además, el mandato de préstamos exteriores del BEI contribuye indirectamente a la
consecución de una serie de objetivos de desarrollo sostenible, especialmente mediante el
desarrollo de infraestructuras en sectores (agricultura, educación, etc.) que pueden tener un
impacto en los siguientes objetivos: eliminación de la pobreza y el hambre; salud y bienestar;
calidad de la educación; igualdad de género; reducción de las desigualdades; producción y
consumo responsables; vida acuática; paz, justicia e instituciones sólidas; y partenariados para
la consecución de los objetivos. En este contexto, el mandato del BEI debería aumentar su
contribución a los objetivos de desarrollo sostenible, en particular centrándose en el desarrollo
económico sostenible, que es uno de los tres grandes objetivos del mandato.
3.3 Acuerdo de París sobre el clima
Con el Acuerdo de París sobre el clima, los gobiernos se han puesto de acuerdo para limitar el
calentamiento mundial en una cifra claramente inferior a 2º C por encima de los niveles
preindustriales y proceder así a una rápida reducción de las emisiones de gases de efecto
invernadero con las mejores técnicas disponibles. Asimismo se comprometieron a ayudar a
los países en desarrollo en su esfuerzo en pos de la adaptación al cambio climático.
En este marco, la UE ya está adoptando medidas para alcanzar su objetivo de reducir las
emisiones en al menos un 40 % de aquí a 2030. Las operaciones de financiación del BEI
realizadas en el marco del mandato forman parte de este esfuerzo. El mandato contribuye de
forma significativa a los objetivos relacionados con el cambio climático (uno de sus tres
objetivos de alto nivel) con un volumen de financiación que representa el 40 % del total de
operaciones de financiación del BEI, prestando especial atención a las operaciones de
mitigación del cambio climático que suponen el 92 % de las operaciones del BEI, y un 8 % de
operaciones destinadas a la adaptación al cambio climático. El mandato se ajusta
perfectamente a los esfuerzos actuales de la Unión y de la comunidad internacional en favor
de los objetivos relacionados con el cambio climático (reducción de las emisiones de gases de
efecto invernadero).
8
3.4 Diplomacia económica
Los debates que tienen lugar en la actualidad sobre la estrategia de la Unión por lo que se
refiere a la internacionalización de las empresas europeas tienen por objeto apoyar a las que
desean operar en el extranjero, fomentar normas comunes para las empresas y, al mismo
tiempo, atraer inversiones hacia la Unión. Estos debates se centraron en la necesidad de
coordinar, armonizar y racionalizar los esfuerzos de la Unión por lo que respecta a las
políticas, los actores y los instrumentos que ya contribuyen a la diplomacia económica. En
segundo lugar, el acceso a la financiación constituye el principal obstáculo para la
internacionalización de las empresas de la Unión. La diplomacia económica de la Unión debe
centrarse también en las condiciones de financiación con objeto de eliminar los obstáculos a
la internacionalización de las empresas de la UE, como el escaso acceso a la financiación. En
este ámbito, se espera que el BEI desempeñe un papel clave, habida cuenta especialmente de
que su mandato se centra en operaciones fuera de la Unión y favorece a los operadores
económicos de la UE, incluidas las pymes, en el extranjero.
4.
CONCLUSIONES DE LA REVISIÓN INTERMEDIA
La evaluación externa ha concluido lo siguiente:






El mandato de préstamos exteriores se ajusta a las prioridades de la Unión y ha
permitido responder a situaciones de crisis con la suficiente flexibilidad gracias a que
cuenta con un margen suficiente dentro de los límites regionales y subregionales en
sus primeros años de aplicación, lo que, no obstante, ha provocado un exceso de
utilización de los límites máximos en algunas regiones (países vecinos del Este, Asia
y Asia Central).
Las operaciones de financiación han seguido las normas de la política de asignación,
si bien ha sido más cuestionable el beneficio de la garantía de la Unión para los países
que presentan una calidad crediticia elevada («investment grade»).
Después de cuatro años de aplicación, el marco de medición de resultados del BEI
está bien adaptado a los objetivos operativos.
También se ha llegado a la conclusión de que existe un margen de mejora por lo que
se refiere a los informes presentados a la Unión por el BEI en el contexto de la
preparación del informe anual de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo
sobre las operaciones financieras del BEI llevadas a cabo con arreglo a la Decisión
466/2014/UE.
La coordinación con otras instituciones financieras internacionales y las delegaciones
de la UE en el marco del mecanismo de financiación combinada ha sido eficaz.
Por lo que se refiere al valor añadido de las operaciones de financiación del BEI en el
marco del mandato de préstamos exteriores, el Banco ha podido financiar proyectos
en países con una calificación crediticia deficiente. El valor añadido de la
financiación del BEI es particularmente notable en cuanto a tipos de interés y
vencimientos (véase, en particular, su apoyo a las pymes), así como en términos de
9



5.
ventajas no financieras tales como la asistencia técnica, la promoción de buenas
prácticas y las normas relativas a la contratación pública.
El informe subraya que, sin embargo, este valor añadido se ve constreñido por la falta
de financiación en moneda local, lo que obliga al prestatario a asumir un riesgo de
cambio.
Por lo que respecta al cambio climático, los resultados a finales de 2015 superan el
objetivo del 25 % del total de operaciones de financiación del BEI, con un volumen
de financiación que representa el 40 % del total.
El informe concluye que podría mejorarse la visibilidad de la Unión al nivel del
beneficiario final.
PRINCIPALES ELEMENTOS DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN
Sobre la base de la evaluación realizada por la Comisión de los resultados de la revisión
intermedia presentados en el capítulo 4 y del contexto de las políticas actuales, incluida la
iniciativa «Resiliencia», presentada en el capítulo 3, los nuevos elementos que han de
introducirse en la nueva Decisión pueden resumirse como sigue:

Activación del importe adicional opcional de 3 000 millones EUR: este mandato
opcional aumentará proporcionalmente los límites máximos regionales, e incluirá los
1 400 millones EUR de la iniciativa «Resiliencia» del BEI (módulo 2) para las
operaciones con operadores públicos.

Adición de un nuevo objetivo horizontal de alto nivel en relación con la respuesta a la
crisis migratoria.
El importe adicional opcional de 3 000 millones EUR incluirá un importe de 1 400
millones de EUR relacionado con la iniciativa «Resiliencia» del BEI (módulo 2) para
las operaciones celebradas con los operadores públicos. Este importe de 1 400
millones EUR se repartirá entre los países en fase de preadhesión y los países
mediterráneos.



Incremento de 2 300 millones EUR del límite máximo para las operaciones de
financiación del BEI en favor del sector privado (módulo 3) para proyectos de apoyo a
los refugiados y a las comunidades de acogida. Este importe también se distribuirá,
sobre la base de las previsiones del BEI, entre los países en fase de preadhesión y los
países mediterráneos. En este contexto, y para dicho importe, la cobertura de la
garantía de la UE para estas operaciones se amplía a todos los pagos adeudados al BEI
que el Banco no haya recibido («garantía global»), en lugar de limitarse únicamente a
los riesgos políticos, tal como prevé actualmente la Decisión. La garantía global
relacionada con este nuevo mandato será remunerada. Sus ingresos serán abonados al
Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores. Por lo tanto, el límite máximo de
las operaciones del BEI cubiertas por la garantía de la UE se ha incrementado hasta los
32 300 millones EUR.
En lo que respecta a su marco de medición de resultados, el BEI deberá desarrollar y
aplicar indicadores para los proyectos que aporten una respuesta estratégica a la crisis
10





6.
migratoria. En el informe que la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al
Consejo sobre las operaciones de financiación del BEI se incluirá una evaluación del
impacto de las operaciones de financiación del BEI en respuesta a la crisis migratoria.
Revisión de la lista de países elegibles: retirar de esta lista los países de renta alta y
calificación crediticia elevada (High investment grade), como Brunéi, Islandia, Israel,
Singapur, Chile y Corea del Sur, así como las Regiones Administrativas Especiales
chinas de Hong Kong y Macao.
Introducción de una mayor flexibilidad que permita al BEI aumentar la reasignación
de fondos entre regiones y subregiones durante el mandato. Se necesita una mayor
flexibilidad para hacer frente a las emergencias y las crisis que puedan surgir en una
región u otra durante el mandato. La posibilidad de reasignación entre regiones pasa
del 10 % al 20 %. Esta reasignación no puede aplicarse al importe de 2 300 millones
EUR asignado al mandato en favor del sector privado ni al importe de 1 400 millones
EUR destinado a proyectos del sector público para hacer frente a la crisis migratoria.
Refuerzo de la dimensión relativa al cambio climático del mandato. El volumen de
operaciones del BEI destinadas a la mitigación del cambio climático y la adaptación al
mismo debe contribuir a aumentar del 25 % al 35 % de aquí a 2020 el porcentaje de
los préstamos del BEI que se destina a las inversiones relacionadas con el clima en los
países en desarrollo. Durante el período cubierto por la Decisión, habida cuenta de las
nuevas prioridades del mandato, el volumen mínimo de dichas operaciones debe
seguir representando el 25 % del total de operaciones de financiación del BEI;
simultáneamente, el BEI debe procurar mantener el alto nivel de rendimiento actual.
Se introduce una referencia al Acuerdo de París alcanzado por las partes en el marco
de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático.
Se debe reforzar el apoyo del BEI a las pymes de la UE (internacionalización de las
empresas de la UE).
Se subraya la contribución directa del mandato del BEI al logro de determinados ODS.
REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS DEL AUMENTO DEL LÍMITE
MÁXIMO GENERAL
La propuesta prevé un aumento del límite máximo de las operaciones de financiación del BEI
cubiertas por la garantía de la UE durante el período 2014-2020 como consecuencia de la
activación del importe adicional opcional de 3 000 millones EUR previsto en la Decisión y la
adición de un nuevo mandato de préstamo al sector privado de 2 300 millones EUR para
proyectos destinados a hacer frente a la crisis migratoria. El límite máximo global alcanzará
un importe total de 32 300 millones EUR y se distribuirá en límites máximos y límites
máximos parciales regionales.
Las necesidades presupuestarias adicionales para la dotación del Fondo de Garantía
vinculadas al importe total del incremento del límite máximo global del mandato (+ 5 300
millones EUR) serán financiadas en el contexto del marco financiero plurianual a partir de la
línea presupuestaria de la Unión para la dotación del Fondo de Garantía. El efecto sobre las
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necesidades de dotación del Fondo de Garantía se calculará basándose en el calendario
previsto de desembolsos y reembolsos de los préstamos garantizados, que se escalonarán en el
contexto macrofinanciero actual y el siguiente, tal como se describen en el Cuadro 4.4.
Cuadro 4.4 Saldo vivo total durante el período 2014-2026 por lo que se refiere a los préstamos del BEI, AMF y
EURATOM
en millones EUR
SALDO VIVO
TOTAL (BEI +
AMF +
EURATOM)
Hipótesis Total
ELM
27 000 millones
Hipótesis Total
ELM
32 300 millones
Ejecución
Previsiones
Fin de
2014
Fin de
2015
Fin de
2016
Fin de
2017
Fin de
2018
Fin de
2019
Fin de
2020
Fin de
2021
Fin de
2022
Fin de
2023
Fin de
2024
Fin de
2025
Fin de
2026
26 353
28 451
30 695
32 377
34 277
35 074
35 365
35 359
34 752
33 435
31 135
29 249
27 192
26 353
28 451
30 744
32 730
35 198
36 654
37 713
38 278
37 981
36 841
34 568
32 562
30 320
La disminución del saldo vivo a partir de 2021 está relacionada con la ausencia de previsiones para el próximo mandato del BEI.
En el Cuadro 5.5 se ilustran las necesidades presupuestarias anuales adicionales derivadas del
aumento a 32 300 millones EUR del límite máximo global del mandato. De ello se desprende
que durante el período 2018-2020 (en el marco del actual MFP), las necesidades
presupuestarias adicionales deben limitarse a 115 millones EUR (véase el Cuadro
5.5).Cuadro 5.5
Cuadro 5.5 Necesidades de dotación adicional dentro del límite máximo de 32 300 millones EUR
en millones EUR
Presupuesto 20142016
Necesidades
presupuestarias
anuales 27 000
millones
Necesidades
presupuestarias
anuales 32 300
millones
Necesidades de
dotación
adicional
Proyecto de
presupuesto
2017
Previsiones
Fin
de
2014
Fin
de
2015
Fin
de
2016
Fin de
2017
Fin
de
2018
Fin
de
2019
Fin
de
2020
Fin
de
2021
Fin
de
2022
Fin
de
2023
Fin
de
2024
Fin
de
2025
Fin
de
2026
Fin
de
2027
Fins
de
2028
58
144
257
241
229
185
171
103
2
— 71
—
104
—
138
—
229
—
257
—
215
58
144
257
241
234
216
249
209
99
— 29
—
132
—
191
—
254
—
239
—
190
—
—
—
—
4
32
78
106
97
42
— 27
— 54
— 25
18
25
Necesidades adicionales
totales 296 millones EUR
Necesidades de dotación adicionales de 114
millones EUR en el marco del actual MFP
Necesidades de dotación adicionales de 182 millones EUR
después de 2020
Por lo que se refiere a la incidencia de la ampliación de la garantía de la UE (garantía global)
a determinados proyectos del BEI en el sector privado vinculados a la crisis migratoria dentro
del límite de 2 300 millones EUR (módulo 3), el perfil de riesgo sería mayor que la
exposición actual del mandato para las operaciones del sector privado. Sin embargo, dicha
incidencia se vería atenuada por las primas de riesgo exigidas por el BEI a los prestatarios del
sector privado. Los ingresos procedentes de las primas de riesgo derivados de las operaciones
de financiación del BEI en el sector privado en el contexto de la ayuda destinada a la crisis
migratoria se inyectarían en el Fondo de Garantía y constituirían una nueva fuente de ingresos
para el Fondo, a reserva de una revisión del Reglamento (CE, Euratom) n.º 480/2009 por el
que se crea un Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores 4. Estos nuevos flujos de
4
DO L 145 de 10.6.2009, p. 10.
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entrada aspiran a garantizar que los límites máximos de las operaciones de financiación del
BEI en el marco de la Decisión se mantengan en un nivel adecuado durante el resto del
período 2014-2020.
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