Imperio de la ley
Imperio de la ley es un concepto jurídico-político de definición formal no unívoca, pero que generalmente se entiende en el sentido de la primacía de la ley sobre cualquier otro principio gubernativo, especialmente contra la tiranía y la arbitrariedad del poder político (""El Estado soy yo""), incluso aunque fueran bienintencionadas (principio de razón de Estado, opuesto a las máximas romanas Dura lex sed lex o Fiat iustitia, et pereat mundus). En cierto sentido, el concepto de ""imperio de la ley"" es similar al concepto helénico nomos basileus (""la ley es el rey"") o al anglosajón rule of law, pero no debe confundirse con otros, como los germánicos Rechtsstaat (traducible como ""Estado de derecho""), y Verfassungsstaat (traducible como ""Estado constitucional de derecho""), con el principio de legalidad o con los conceptos de legitimidad, legalidad, cultura de la legalidad, gobernanza, etc.El Imperio de la ley ha sido descrito como un principio meta-jurídico o un ideal ético político.La vieja aspiración histórica a establecer un «gobierno de leyes»... dio lugar en la cultura jurídica europea al ideal de imperio de la ley o rule of law, que es quizá la piedra angular en que se sustenta la legitimidad de nuestros ordenamientos jurídicos vigentes.Una denominación etimológicamente equivalente sería nomocracia. Entendido como principio o supremacía constitucional, el ""imperio de la ley"" significa la sujección de la acción estatal a una regla o ley fundamental (la constitución).El constitucionalismo clásico (constitucionalismo inicial) - Dicha etapa se gestara laxamente a partir del siglo XIII y se prolongara hasta parte del siglo XIX. Esta expresa en si misma los orígenes o inicios del constitucionalismo. Forjado para derrotar al absolutismo monárquico. Néstor Pedro Sagues señala que dicha modalidad se dirigía a racionalizar el poder político creando la imagen de la nomocracia o gobierno de las leyes, es decir que para considerar cualquier acto del estado como válido y legítimo, éste debía derivarse de una competencia previamente prevista en la constitución.Tal concepto o principio regula el ordenamiento jurídico de un país o sociedad; y, a pesar que se aplica especialmente al Estado y sus funcionarios, se entiende que debe ser de observación general, seguido por todos.