Download hechos posteriores al cierre de un ejercicio económico

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Licenciatura en Economía
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H
CIER
HECHOS
CONÓMICO
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Concepto y clasificación
Entre la fecha a que se refiere el cierre de un ejercicio económico y el
momento en que se concluye la tarea de preparación de la información contable,
suceden hechos que afectan patrimonialmente a la Empresa.
Es importante un adecuado análisis de los hechos ocurridos desde la fecha
de cierre del ejercicio económico y el momento de terminar la preparación de los
Estados Contable, para cierre anual puede considerarse de importancia analizar
entre los 30 y 90 días posteriores al cierre.
Según la ley 19.550 dice que “deberá consignarse en NOTAS a los Estados
Contables los acontecimientos u operaciones ocurridos entre fecha de cierre y de
la memoria de los Administradores (o sea fecha de aprobación y emisión de los
Estados Contables) los hechos que pudieran modificar significativamente la
situación financiera de la sociedad a la fecha del Balance General y de los
Resultados del Ejercicio cerrados a esa fecha.
La Doctrina Contable agrupa los Hechos Posteriores al cierre (de carácter
significativo) en 2 grupos bien definidos:
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a) Hechos que proveen evidencias adicionales.
Aquellos Vinculados con hechos que tienen su raíz en hechos producidos
en el o los ejercicios ya concluidos, presentando ahora una nueva
circunstancia
a ser considerada para perfeccionar las valuaciones al cierre del ejercicio.
Estos hechos nos proveen de evidencias adicionales, permitiendo mejorar
la Calidad de las Estimaciones Contables.
La Información debe ser empleada para lograr mayor precisión el la medición del
Patrimonio a fecha de cierre.
Así, por ejemplo la información sobre la cobranza a clientes posteriores al
cierre debe ser empleada al evaluar la cobrabilidad de sus saldos. Como también
la resolución de un juicio en trámite ayuda a cuantificar el pasivo existente a la
fecha de cierre.
Ejemplos mas comunes:
⋅
Deudores por ventas que a fecha de cierre de los Estados Contables
presentaban dudas en cuanto al cobro y durante la preparación de los mismos
cancelan sus compromisos. Corresponde desafectar la previsión que se había
constituido a tal fin.
⋅
Deudores que ha fecha de cierre eran tenidos como solventes y han caído en
Morosidad o presentado convocatoria, corresponderá crear o reforzar la
Previsión.
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⋅
Juicios a favor o en contra que han experimentado novedades de importancia
por ejemplo: fallo, conciliación, quitas en el cálculo de importes registrados o si
no estaba registrados ahora tenemos la obligación de hacerlo.
⋅
Realizado un reclamo a una compañía de seguros por un siniestro y ahora se
resuelve.
⋅
Mercaderías que fueron previsionadas al cierre por estimar difícil su venta y se
logra realizarla sin dificultad, corresponderá revertir la previsión realizada.
⋅
Una Empresa se obligó con un tercero a producirle un bien de alta tecnología
que necesita para su fabricación insumos importados, durante el período de
hechos posteriores se produjo un aumento significativo que no puede ser
trasladado a su cliente, deberá realizarse una previsión del Pasivo por los
mayores costos a afrontar.
⋅
Y en general todo agravamiento de circunstancias ya manifestadas al cierre,
como por ejemplo la pérdida de un importante cliente, rechazo por pared de los
Acreedores Financieros de planes de refinanciación de deudas.
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b) Hechos Nuevos
Aquellos hechos nuevos que no tienen relación con ninguna situación
preexistente a la fecha de cierre de los Estados Contables que se están analizando.
La incidencia obviamente debe recaer en el nuevo ejercicio pero en los Estados
Contables que se tratan debe exponerse en forma de Notas.
Son ejemplos de situaciones posteriores al cierre que requieren exposición
adicional , pero no ajustes a la valuación: una pérdida de activos fijos como
consecuencia de un siniestro ocurrido, una emisión importante de capital.
Ejemplos más comunes:
⋅
Un siniestro con pérdida de Activo ocurrida después del cierre.
⋅
Emisión importante de Capital.
⋅
Compra importante de Activo Fijo.
⋅
Modificación significativa de tipos de Cambio de la Moneda Extranjera por
valuaciones dispuestas por autoridades nacionales.
⋅
Variaciones significativas de los precios de cotización de acciones o Títulos
Públicos.
⋅
Pérdidas por incobrabilidades originadas en situaciones que se generaron
después del cierre.
⋅
Fallecimiento o retiro de un Socio o directivo importante de la Empresa.
⋅
Convocatoria o quiebra de un importante Proveedor de la Empresa.
⋅
Compra de otra Empresa o Fusión.
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⋅
Decisión de emitir Obligaciones Negociables
⋅
Recibir un importante Aporte Irrevocable para futuras suscripciones de
Acciones.
Estos hechos no deben afectar las valuaciones al cierre del ejercicio cerrado,
primero y principal éstos hechos No están vinculados con ningún hecho iniciado
antes del cierre del ejercicio económico y que ahora se está perfeccionando. Son
Hechos Nuevos, tampoco son Resultados por Tenencia ya que no se produjeron al
cierre del ejercicio que es cuando debemos medir a Valores Corriente.
Son hechos o nuevas circunstancias que no tuvieron su principio o
evidencias en el ejercicio que concluye.
Casos que pueden generar dudas en cuanto a su tratamiento
Se trata de la venta de un Activos no Corrientes (Bienes de Uso), existentes
a la fecha de Cierre.
Se podrán ajustar las valuaciones de éstos activos existentes al cierre, si
durante el período de hechos posteriores, es decir entre la fecha de cierre del
ejercicio económico y la presentación de los estados contables, hayan sido
vendidos, permutados o entregados para cancelar deudas, siempre y cuando ese
Activo haya sido reclasificado contablemente. Además debe existir un sustento
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válido por ejemplo: Acta de Directorio, acta de Reunión de Socios, Boleto de
Compra-Venta.
El mayor o menor valor a reconocer tendrá el carácter de un Resultado Por
Tenencia o sea que este mecanismo es una mera distribución de los Resultados
entre
ejercicios.
Ejemplo:
Una Empresa tenía una plantación de pinos y dos meses antes de fecha de
cierre del ejercicio (31/12/x8) se tomó conocimiento que en la plantación se
produjo un siniestro . Había sido talada totalmente y sustraído la madera.
Constatado el hecho por Acta de Directorio antes de fecha de cierre, se pone en
venta el campo antes del 31-12. En Febrero del ejercicio siguiente se perfecciona
la venta.
El Valor Contable del Campo era de $450.El Precio de venta Neto
$100.-
En los Estados Contables se procedió de la siguiente manera:
El Campo se reclasificó en el Estado Contable al 31/12/x8 como Otros
Activos, dentro del Activo No Corriente.
Se creó una Previsión al 31/12/x8 por la diferencia entre el Valor de Libros y
el Valor Neto de Venta por $350.Se explicó como nota al pie de los Estados Contables el siniestro sucedido.
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En Resumen el Activo en cuestión quedó valuado a su Valor Neto de
Realización.
Vale aclarar que si hubiese sido el precio de venta de $500, también se debería
contabilizar el Resultado por Tenencia Positivo.
Relación con los ajustes de ejercicios anteriores:
Es conveniente resaltar la relación que existe entre los hechos posteriores
del primer tipo y los ajustes de ejercicios anteriores. Cuando dichos hechos se
detectan durante la preparación de los Estados Contables originan correcciones en
la valuación del patrimonio a esa fecha, en tanto que si se detectan con
posterioridad, implicarán el registro de ajustes de resultados de ejercicios por
correcciones de estimaciones en las que el hecho sustancial pertenece al ejercicio
anterior.
En cambio los hechos nuevos, ocurridos luego de la fecha de cierre, por
originarse en hechos sustanciales del nuevo ejercicio, siempre incidirán sobre el
resultado del nuevo ejercicio y en ningún caso implicarán ajustes de ejercicios
anteriores.
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TERIORES
JERCICIOS AN
e EEJERCICIOS
JUSTE dde
A
AN
NTERIORES
AJUSTE
.R.E.A.
A
A.R.E.A.
El utilizar esta cuenta nos hace pensar que se está modificando en más o
menos Resultados Acumulados , los cuales ya fueron mostrados como definitivos
en los Estados Contables concluidos y aprobados por los órganos societarios y
publicados y presentados a los entes de contralor (I.G.P.J., A.F.I.P. o entidades
Financieras).
Así mismo éstos Estados Contables pudieron haber servido para tomar
decisiones como por ejemplo la distribución de dividendos en efectivo y en
especies.
Se considerará A.R.E.A. cuando:
Haya que corregir errores por haber medido mal el Patrimonio de un
ejercicio y los Resultados que se muestran no son los correctos, (así como
también omisiones resueltos en un ejercicio pero cuyo origen se realizó en
el ejercicio o ejercicios anteriores).
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La corrección de estimaciones, éstas son diferentes a las correcciones
de errores ya que se originan debido al mal empleo de la información
disponible a la fecha de preparación de las Estados contables .
El error puede ser de cálculo, de aplicación de las normas contables o de
omisión de considerar datos existentes.
En cambio, las correcciones de
estimaciones se producen cuando al disponerse de nuevas evidencias es
posible lograr mayor precisión en la evaluación de los efectos económicos
de determinados acontecimientos.
La tendencia actual parece ser la de
considerar a las correcciones de estimaciones como integrantes del
resultado del período.
Efecto retroactivo de cambios en las normas contables aplicadas. El
ejemplo típico de dicha situación es el cambio de método de valuación por
otro aplicado anteriormente como ejemplos podemos nombrar el cambio
de sistema de amortización (de lineal a creciente) o el cambio de descarga
de inventario en los Bienes de Cambio (de U.E.P.S- a P.E.P.S.).
La razón de que tales cambios sean computados
y se proceda a la
corrección retroactiva de la valuación del activo o pasivo afectado, se
fundamenta en la búsqueda de una mayor comparabilidad.
En resumen, es que aún tratándose de hechos posteriores pueden
presentarse casos que se traten como A.R.E.A. (Ejemplo: la conclusión de un juicio
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cuya sentencia obliga a pagar a la Empresa un importe omitido injustificadamente
y debió haberse tenido en cuenta en ejercicios anteriores debido a una omisión o
subestimación).
Siempre tratándose del lapso de hechos posteriores puede presentarse
casos que no requieran el empleo de la cuenta A. R. E. A.
Ejemplo:
Siguiendo el ejemplo anterior en caso de juicio (la empresa cierra ejercicio
el 31-12-99), se mandará contra Previsión para juicios del ejercicio 99 analizando
los hechos del 2000 cuando estando ya formada razonablemente la Previsión
aparecen durante el 2000 (hechos posteriores) nuevos elementos vinculados a tal
juicio que no pudieron tenerse en cuenta durante el ejercicio 99 para formara la
Previsión.
Distinta es la situación si durante el lapso de los hechos posteriores (ej
2000) se inicia una nueva acción judicial que no tiene conexión con los ejercicios
anteriores pero que podría tener un impacto patrimonial de importancia (se debe
formular Nota a los Estados Contables cerrados en el 99 explicando la
situación).
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ONTINGENCIAS
C
CONTINGENCIAS
Una contingencia es una condición o situación cuyo resultado final, ganancia
o pérdida, solo se confirmará si acontecen o deja de acontecer, una o más hechos
futuros inciertos.
Clasificación de contingencias
Vamos a clasificar las contingencias en:
a) Contingencias de Pérdidas, las cuales pueden implicar:
a.1) la desaparición o pérdida de un activo, causado por ejemplo por la
incobrabilidad de cuentas de clientes o siniestros que destruyen bienes no
asegurados.
a.2) la aparición de un pasivo, motivado por ejemplo: por haberse otorgado un
aval a terceros, existir la obligación de pagar indemnizaciones al personal en caso
de despido, o perderse un juicio iniciado por un tercero.
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b) Contingencias de Ganancias, que pueden provocar:
B1) la aparición de un derecho, como el cobrar una indemnización resultante
de un fallo favorable en un juicio
B2) la desaparición o disminución de una obligación, como ocurriría si de
una convocatoria de acreedores resultará un concordato.
Una segunda clasificación tiene que ver con el grado de Probabilidad de
ocurrencia de éstas. Se pueden clasificar a las contingencias de pérdida en:
1. Probables: el hecho que confirmará la pérdida casi seguramente ocurrirá.
2. Razonablemente posibles: la probabilidad de que dichos eventos futuros
ocurrirás es más que remota pero menos que probable.
3. Remotas: de probabilidad muy escasa.
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También las contingencias positivas pueden clasificarse como las de
pérdida. Su reconocimiento contable procedería si se dieran en forma conjunta las
circunstancias planteadas en el punto siguiente.
Pero cabe aclarar que para el registro de las positivas hay que ser lo más cauto
posibles, ya que por aplicación de la doctrina contable tradicional las ganancias se
deben registrar cuando se conocen.
Resultará razonable postergar la
contabilización de una contingencia positiva una contingencia positiva hasta que se
presenten elementos o indicadores más precisos, quizás a partir del análisis de
hechos posteriores al cierre.
Reconocimiento Contable
Para definir si un activo o un pasivo contingente debe ser reconocido
contablemente, debería tenerse en cuenta el concepto de devengamiento según
el cual se debería contabilizar cuando:
⋅
El hecho generador del activo o pasivo (hecho sustancial) se produjo con
anterioridad a la fecha de cierre.
⋅
La medición del pertinente resultado puede practicarse sobre base objetiva.
⋅
Sea probable que los hechos futuros confirmen la existencia del activo o
pasivo.
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En cuanto a las otras contingencias, debería procederse de este modo:
⋅
Las remotas no deberían ser mencionadas en los Estado Contables, pues ello
sólo puede provocar confusión a los usuarios.
⋅
Las ni probables ni remotas deberían dar lugar a su exposición en notas.
Cuantificación
La determinación de los montos a contabilizar debe practicarse sobre bases
razonablemente objetivas.
Debería considerarse toda la información disponible hasta la fecha de
emisión de los Estados contables, incluyendo la proporcionada por los hechos
posteriores al cierre que resulten confirmatorio de las situaciones existentes a la
fecha del balance.
Contabilización
Para registrar las contingencias de pérdidas, se acreditan cuentas
específicas que se denominan “Previsiones” y se cargan las cuentas de
resultado que mejor describa la situación.
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El término “Previsión” no solo se utiliza par referirse a pasivos o
disminuciones de activos contingentes sino también para denominar a algunas
regularizadoras del activo.
Corrección de Estimaciones
Con posterioridad al registro inicial de un rubro contingente es normal que
la cifra originalmente estimada deba ser revisada, ya sea con motivo de un nuevo
cierre contable o por haberse concretado o desaparecido la contingencia.
Principales situaciones generadoras de rubros contingentes
Cuentas Incobrables
Garantías contra defectos de producción
Indemnizaciones por despido
Indemnizaciones por accidentes de Trabajo
Juicios y Reclamos
Reclamos no efectuados
Siniestros
Descuentos o Endoso de Documentos
Fianzas y garantías otorgadas por operaciones de terceros
Tenencia de bienes de terceros
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