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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DEL LISTADO OFICIAL
DE PSICOLOGOS FORENSES DEL COL.LEGI OFICIAL DE PSICÒLEGS DE LA
COMUNITAT VALENCIANA (LOPF-COPCV)
1.- Se crea el Listado Oficial de Psicólogos Forenses del Col·legi Oficial de
Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, (LOPF-COPCV), para la prestación de
asesoramiento y dictamen pericial psicológico ante los Tribunales de Justicia, y
aplicación del articulo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
2.- Normas de funcionamiento del Listado Oficial de Psicólogos Forenses del
Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, (LOPF-COPCV),
PRIMERA.- INSCRIPCIÓN .- Podrán solicitar su inscripción en el Listado Oficial
de Psicólogos Forenses del Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat
Valenciana, (LOPF-COPCV), aquellos Psicólogos colegiados en cualquier
Colegio Oficial de Psicólogos del Estado, que así lo deseen, mediante solicitud
dirigida a la Junta de Gobierno del Col·legi Oficial del Psicòlegs de la Comunitat
Valenciana, a través de los medios electrónicos, en la que se hará constar su
nombre apellidos y numero de colegiado, teléfono y dirección de correo
electrónico, expresando el ámbito o ámbitos territoriales provinciales en el que
desea intervenir, pudiendo utilizar, si así lo desea, el modelo de solicitud colgado
en la web http://www.cop-cv.org/noticias/4341/
Documentación relacionada:
• solicitud de inscripción
• certificado de colegiación, cuando se quiera acreditar la
incorporación a un Colegio de Psicólogos distinto al de la
Comunidad Valenciana.
• Meritos formativos y experiencia, relacionados con el área de
psicología forense.
• Declaración jurada de no encontrarse inhabilitado para el
ejercicio profesional.
SEGUNDA.- ELABORACIÓN DEL LISTADO.
Una vez finalizado el plazo de recepción de solicitudes, se procederá a preparar el
Listado Oficial de Psicólogos Forenses del Col·legi Oficial de Psicòlegs de la
Comunitat Valenciana, (LOPF-COPCV), confeccionando tres listados, que se
corresponderán con las tres provincias de la Comunidad Valenciana, incluyendo
en cada uno de ellos a los colegiados que según su propia manifestación hayan
optado por realizar su intervención en una o mas de las provincias.
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El listado se ordenara según la puntuación obtenida por cada colegiado, tras la
valoración de su experiencia, y formación relacionados con el área de psicología
forense, de acuerdo con los siguientes criterios:
Antigüedad en la colegiación ................................................ máximo
33 puntos
Antigüedad en Turnos, Servicios o similares, que para la designación de
intervención pericial tuvieran creado cualquiera de los Colegios profesionales de
Psicólogos del Estado.
...............................................
máximo
20 puntos
Número de peritaciones realizadas. ..................................... máximo
27 puntos
Formación especifica relacionada con el área de psicología forense.
·.........
................................................................................................máximo
20 puntos
Total .....................................................................................máximo 100 puntos.
Para la valoración del número de peritaciones realizadas se aplicará el resultado
obtenido de calcular la proporción entre número de intervenciones realizadas por
el colegiado dividido por el número de intervenciones totales de la provincia a la
que opte.
Una vez confeccionado el listado quedará cerrado a nuevas incorporaciones
hasta que se produzca una nueva convocatoria.
En el listado se podrá reflejar, la antigüedad en Turnos, Servicios o similares, que
para la designación de intervención pericial tuvieran creado cualquiera de los
Colegios profesionales de Psicólogos del Estado, como “años de experiencia”
TERCERA.- FUNCIONAMIENTO DEL LISTADO.- La adjudicación de un encargo
a un colegiado hará correr el turno de la lista de forma que a ningún inscrito pueda
ofrecerse ejecutar dos encargos o más antes que, al resto de los inscritos en la
misma lista, acepten o no dichos encargos.
El colegiado debe facilitar al Colegio los datos de contacto necesarios para su
rápida localización, obligatoriamente teléfono y correo electrónico, tanto para ser
utilizados por el mismo Colegio, como para ser puestos en conocimiento y a
disposición de los Órganos Judiciales.
CUARTA.-
ADJUDICACION DE ENCARGOS.
La adjudicación del encargo se comunicará al colegiado telefónicamente,
quedando registrada la grabación de voz de la adjudicación, y la aceptación o no
por el colegiado, en el registro de salidas del Colegio.
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De no ser localizado el colegiado telefónicamente, le será remitida la designación
a su correo electrónico, que quedará registrada en el registro del salidas del
Colegio, debiendo responder en un plazo no superior a 24 horas.
De no recibir respuesta en el plazo anteriormente indicado se procederá a la
designación del siguiente por orden de lista, y se dejará constancia del incidente
en hoja de adjudicación de encargos del Colegio.
Si el colegiado acepta la adjudicación del encargo le será entregada la
documentación remitida por el Juzgado.
El colegiado que, sin causa que pueda ser considera como causa de fuerza
mayor por la Junta de Gobierno, renuncie posteriormente a la realización del
peritaje, cuya adjudicación aceptó, pasará a ocupar el ultimo lugar del listado, no
siendo ofrecido ningún otro encargo hasta la siguiente vuelta.
La renuncia por el colegiado a tres encargos, tras su aceptación, provoca su baja
en el Listado Oficial de Psicólogos Forenses del Col·legi Oficial de Psicòlegs de
la Comunitat Valenciana, (LOPF-COPCV), hasta la siguiente convocatoria.
QUINTA.- ACEPTACIÓN DE LOS ENCARGOS.-. Tras la aceptación de la
adjudicación del encargo ofrecido por el Colegio, el/la colegiado/a deberá
comparecer en la sede judicial para realizar la aceptación del cargo de perito, en
un plazo no superior a 5 días, salvo que el juzgado hubiera señalado un plazo
inferior.
La aceptación del encargo comporta la obligación por parte del/la colegiado/a de
asumir personalmente todas las obligaciones que conlleva su intervención como
Perito Forense.
SEXTA.- DIFUSIÓN.
El Listado Oficial de Psicólogos Forenses del Col·legi Oficial de Psicòlegs de la
Comunitat Valenciana, (LOPF-COPCV), quedará permanente publicado en la
página web del Colegio, y se remitirá a las todas las sedes judiciales de la
Comunidad Valenciana, para su distribución a los Juzgados.
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