Download efectos del impuesto de solidaridad en la ciudad de quetzaltenango

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UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
EFECTOS DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO EN EL
SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO
TESIS DE GRADO
MARCO RENÉ ESTRADA FLORES
CARNET 15730-05
QUETZALTENANGO, AGOSTO DE 2014
CAMPUS DE QUETZALTENANGO
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
EFECTOS DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO EN EL
SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO
TESIS DE GRADO
TRABAJO PRESENTADO AL CONSEJO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
POR
MARCO RENÉ ESTRADA FLORES
PREVIO A CONFERÍRSELE
LOS TÍTULOS DE ABOGADO Y NOTARIO Y EL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN CIENCIAS
JURÍDICAS Y SOCIALES
QUETZALTENANGO, AGOSTO DE 2014
CAMPUS DE QUETZALTENANGO
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Agradecimiento
Agradezco a Dios:
Primeramente por el don de la vida, el
conocimiento y la sabiduría, y por su apoyo en
cada segundo de mi vida.
A mis Padres:
Roberto Santiago Estrada López y a Vilma Ana
Patricia Flores Cifuentes, Por darme su amor
cariño en cada uno de mis éxitos así como en
las dificultades que he tenido que cruzar de la
mano de ellos.
A mis Hermanos:
Patrick, Gabriela, Bryan y Cristian, por su
Amistad y amor en cada etapa de Vida, así
como su fe en mí.
A mis Amigos de toda la Vida:
Oscar Manrique, Alberto Pilloni, Hugo Barrios y
Lidia Say, Sofía Herrera y darla Zelada. Por
esa amistad, paciencia y su apoyo en esta
etapa profesional de mi vida.
A la Universidad Rafael Landívar:
Por ser la casa de estudios que vio nacer este
sueño que empezó hace muchos años y
finalmente ha concluido.
Al personal de la Biblioteca de la Universidad Rafael Landívar, por su cariño amistad y
apoyo en mi formación.
Índice
Pág.
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................
1
CAPÍTULO I
EVOLUCIÓN DE LOS IMPUESTOS TRIBUTARIOS
1.1
Antecedentes ................................................................................................
3
1.2
La Sociedad Maya ........................................................................................
4
1.3
El Tributo Maya .............................................................................................
6
1.4
El Régimen Colonial 1524 - 1821 .................................................................
8
1.5
La Iglesia en Tiempos de la Colonia .............................................................
9
1.6
La Época de la Independencia .....................................................................
11
1.7
El Gobierno del Doctor Mariano Gálvez 1831 - 1839 ...................................
12
1.8
Breve Reseña Histórica de 1944 al 2006 .....................................................
13
1.9
El Gobierno de Efraín Ríos Montt 1982 - 1983 .............................................
15
1.10
Mejía Victores 1983 - 1986 ...........................................................................
15
1.11
Cerezo Arévalo 1986 - 1991 .........................................................................
15
1.12
Gobiernos Contemporáneos .........................................................................
15
CAPÍTULO II
LOS IMPUESTOS
2.1
Antecedentes ................................................................................................
17
2.2
Generalidades ..............................................................................................
21
2.3
Concepto ......................................................................................................
21
2.4
Características de los Impuestos ..................................................................
22
2.5
Teoría General de los Impuestos..................................................................
23
2.5.1
Teoría de la Equivalencia .............................................................................
23
2.5.2
Teoría del Seguro .........................................................................................
23
2.5.3
Teoría del Capital Nacional...........................................................................
24
2.5.4
Teoría que Considera al Impuesto como un Sacrificio .................................
24
2.5.5
Teoría de Ehberg ..........................................................................................
25
2.6
Principios Teóricos de los Impuestos ...........................................................
25
2.6.1
Principio de Justicia ......................................................................................
26
2.6.2
Principio de Certidumbre ..............................................................................
28
2.6.3
Principio de Comodidad ................................................................................
29
2.6.4
Principio de Economía ..................................................................................
29
2.7
Principios Constitucionales ...........................................................................
30
2.8
Principios Sobre Garantías Individuales .......................................................
30
2.9
Principios Derivados de la Organización Política ..........................................
31
2.10
Fines de los Impuestos .................................................................................
32
2.11
Evasión de los Impuestos .............................................................................
34
2.11.1
Formas de Evasión .......................................................................................
34
2.12
Generalidades de la Solidaridad ...................................................................
35
2.12.1
La Solidaridad Social ....................................................................................
35
2.12.2
Las Áreas de Acción de la Solidaridad .........................................................
35
2.12.3
Entre sus Fines se Pueden Resaltar ............................................................
36
2.13
Ingresos Extraordinarios ...............................................................................
36
2.13.1
Los Ingresos Extraordinarios se Pueden dar de la Siguiente Manera ..........
37
2.13.2
Definición de Impuesto Extraordinario ..........................................................
38
2.13.3
Necesidades de los Impuestos Extraordinarios ............................................
38
2.14
La Solidaridad y sus Formas ........................................................................
39
2.14.1
Solidaridad Natural .......................................................................................
39
2.14.2
Solidaridad Impuesta ....................................................................................
40
CAPÍTULO III
GENERALIDADES DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD
3.1
Antecedentes ................................................................................................
41
3.2
Disposiciones Aplicables ..............................................................................
42
3.3
Impuesto de Solidaridad ...............................................................................
43
3.4
Términos Importantes en la Ley del Impuesto de Solidaridad ......................
44
3.5
Personas Pasivas en el Impuesto de Solidaridad .........................................
46
3.6
Quienes Están Exentos del Impuesto de Solidaridad ...................................
47
3.7
Base Imponible del impuesto de Solidaridad ................................................
47
3.8
Tipo Impositivo ..............................................................................................
48
3.9
Pago del Impuesto de Solidaridad ................................................................
48
3.10
Acreditación ..................................................................................................
48
3.11
Órgano de Administración del Impuesto de Solidaridad ...............................
49
3.12
Por qué Surge el Impuesto de Solidaridad ...................................................
50
3.13
Sectores Financieros ....................................................................................
52
3.13.1
Sector Público...............................................................................................
53
3.13.2
Sector Privado ..............................................................................................
35
CAPÍTULO IV
EFECTOS DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN EL SECTOR PRIVADO
4.1
Generalidades del Sector Privado ................................................................
55
4.2
Efectos en el Sector Privado.........................................................................
56
CAPÍTULO V
EFECTO DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO
5.1
Generalidades del Sector Público .................................................................
58
5.2
Funciones del Sector Público .......................................................................
60
5.3
Principios en los que se Basa el Sector Público ...........................................
61
5.4
Efectos del Impuesto de Solidaridad en el Sector Público ............................
61
5.5
Reformas al Impuesto de Solidaridad ...........................................................
62
CAPÍTULO FINAL
PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS .................................
65
CONCLUSIONES .........................................................................................
71
RECOMENDACIONES.................................................................................
72
REFERENCIAS ............................................................................................
73
ANEXOS.......................................................................................................
75
Resumen
En el presente trabajo de investigación se hace un estudio sobre, el impuesto de
solidaridad en la ciudad de Quetzaltenango, partiendo de un análisis general de lo que
ha sido la tributación en Guatemala, desde la época de los mayas, seguidamente de las
épocas que trascendieron de esta hasta llegar a la época contemporánea. Llegando así
al impuesto de solidaridad, de los efectos de este impuesto en el sector público y
privado de la ciudad de Quetzaltenango, así como sus formas de cumplimiento e
incumplimiento del mismo.
En virtud del incumplimiento de la obligación tributaria a la que obliga el impuesto de
solidaridad específicamente al sector privado, genera tanto efectos positivos como
negativos, destacando como efecto positivo del incumplimiento de la carga tributaria,
que el Estado sea quien se solidarice con el sector privado, en cuanto al monto de los
impuesto que pretende recaudar, cuyo efecto es poner al Estado en un punto de
equilibrio, puesto que gran parte de la recaudación fiscal recae sobre el sector privado,
que en ocasiones hace que la micro y pequeña empresa sea la más perjudicada. La
finalidad de los impuestos desde sus orígenes, es poder mantener al Estado, y que a su
vez este pueda brindar los servicios básicos a la sociedad, siendo la sociedad parte del
mismo Estado, proporcionando entre si los medios para que se puedan generar
riquezas para ambos, creando uno los lineamientos donde debe basarse la realización
de la actividad económica de las sociedades, y en este caso los sectores de producción
de riqueza tanto públicos como privados.
El impuesto de solidaridad, por su parte pretende que la recaudación fiscal sea mayor a
la del 2009, para lo cual, se planifico que no solo incrementaría la recaudación fiscal, si
no que a su vez aliviaría la carga tributaria que recae en el sector privado, lo cual hace
a su vez permitirá que al llenar las arcas nacionales, el Estado pueda estructurar una
mejor política.
INTRODUCCIÓN
Desde la década de los noventa ha sido marcada la incorporación de impuestos
extraordinarios y temporales a la legislación guatemalteca, establecidos para atender
las urgencias y desequilibrios fiscales que se presentaban en el país, pues el sistema
tributario de Guatemala se ha caracterizado históricamente por su baja recaudación en
los ingresos del Estado especialmente en el rubro de ingresos directos, lo que ha
impedido al mismo cumplir con lo que la Constitución Política de la República de
Guatemala establece y demanda: la realización del bien común, garantizar a los
habitantes de la república la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el
desarrollo integral de la persona, del mismo modo darle cumplimiento a los
compromisos adquiridos por los Acuerdos de Paz.
La baja recaudación de impuestos condiciona al Estado; ya que la insuficiencia de
recursos para financiar el gasto público es causa de un déficit fiscal, lo que estimula un
mayor endeudamiento externo e interno, provocando de esta forma una crisis financiera
del Estado. Para la comprensión de los mecanismos utilizados por el Estado de
Guatemala en la creación de impuestos extraordinarios y temporales, es necesario para
ello el estudio sistemático y profundo sobre la disciplina del derecho financiero, lo cual
constituirá la mejor muestra de su realidad e importancia, pues si se logra aplicar en
materia practica las bases y la proyección no solo de la recaudación fiscal en la
sociedad guatemalteca, si no a la administración de tales recursos es posible que
cambie todo el sistema socio económico guatemalteco.
El trabajo de investigación se encuentra estructurado en cinco capítulos y al final se
asientan las conclusiones y recomendaciones, tratando de hacer una síntesis de cada
uno de los mismos. El capítulo primero trata sobre la actividad tributaria en las
diferentes épocas por las que ha pasado la sociedad guatemalteca, de la que se
analizan las diferentes formas de tributación que marcaron cada una de estas, el
segundo capítulo, se trata sobre los impuestos, antecedentes, concepto definiciones de
grandes autores, así como el desarrollo de los principios constitucionales, teóricos de
1
los impuestos, que han servido de base o fundamento para consagrarlos en los textos
constitucionales como verdaderas garantías individuales y por supuesto, en otros
principios derivados de la organización política del Estado guatemalteco. El tercer
capítulo abarca el tema del Impuestos de solidaridad, antecedentes, disposiciones
aplicables, términos importantes en la ley del impuesto de solidaridad, sujetos pasivos
en este impuesto, la base imponible de este impuesto, el tipo impositivo, pago del
impuesto de solidaridad, los sectores financieros, el sector privado y el sector público.
En los capítulos cuarto y quinto se desarrolla el análisis de la Ley del Impuesto de
Solidaridad, estableciendo las generalidades tanto del sector público como privado, así
mismo los efectos que se dan en ambos sectores por el impuesto de solidaridad y
recabando los principales factores de la crisis financiera del Estado de Guatemala.
El motivo que hace la necesidad de tomar como tema Efectos del Impuesto de
Solidaridad en la ciudad de Quetzaltenango en el Sector Público y Privado, fue el
considerar que la información acerca de los impuestos extraordinarios y temporales,
tomando como base el Impuesto extraordinario y temporal de apoyo a los acuerdos de
paz, es por la escasa información que se brinda de ellos, a pesar del uso frecuente e
importancia que representan para el Estado, pues es un tema de discusión en cuanto a
su creación y vigencia actualmente en la legislación guatemalteca.
2
CAPITULO I
IMPUESTO TRIBUTARIO
1.1 Antecedentes
El imperio romano fue un gran promulgador impuestos en la historia se les ha conocido
con varios nombres, en la antigüedad eran denominados, ofrendas, tributos, el fin del
impuesto en las diferentes etapas de evolución de la humanidad y más centrado en la
sociedad antigua y contemporánea es la forma en que los reinos antiguos, Estados y
clases dominantes de cada sociedad, utilizan el impuesto para recaudar y sustentar
fondos para proyectos civiles, militares, sociales, económicos y en algunos casos hasta
para fines personales.
César Augusto fue considerado por muchos como el más brillante estratega fiscal del
Imperio Romano. Durante su gobierno como “Primer Ciudadano”, los publicanos fueron
virtualmente eliminados como recaudadores de impuestos por el gobierno central.
Durante este período se dio a las ciudades la responsabilidad de recaudar impuestos.
César Augusto instituyó un impuesto sobre la herencia a fin de proveer fondos de retiro
para los militares. El impuesto era de 5% para todas las herencias, exceptuando
donaciones para hijos y esposas. 1
En el año 3500 antes de Cristo, se señalaban en el código de Hammurabi se
establecían los privilegios que tenían los recaudadores de impuestos, en lo general la
clase dominante a lo que se refiere al tema de los impuestos a lo largo de la historia
solo ha acondicionado el tema de los impuestos y lo ha adaptado a cada época por la
que ha vivido la sociedad.
1
Cronología de la historia del impuesto. http://www.neoliberalismo.com/impuestos.
3
En el imperio romano, en las cruzadas que realizaban y los territorios conquistados,
estos quedaban sujetos a un impuesto el cual era pedido en dinero o con las cosechas
que estos producían, el imperio romano marca una gran trascendencia referente a los
tributos, en tiempo del imperio romano, se crea otro impuesto importante que ha sufrido
y evolucionado los cambios con el tiempo junto a la sociedad, este tipo de impuesto era
un impuesto personal, ya que este impuesto se basaba en la circulación de mercancías,
sobre la venta de esclavos.
En la época en que los reyes, el emperador romano Vespasiano tuvo estableció exigir
un impuesto por el uso de los servicios sanitarios públicos. En el imperio romano se
estima que cada uno de los emperadores y líderes de aquella época se creaban tributos
de una manera irracional y en algunos casos impuestos injustos para la población
romana.
1.2 La Sociedad Maya
La vieja periodización empleada por los arqueólogos del mundo maya, de tres periodos
diferenciados por los rasgos distintivos de la cultura material: Preclásico, Clásico y
Posclásico, dicha periodización puede no ser la mejor para fines del estudio de la
sociedad maya en términos históricos, ya que es difícil determinar los acontecimientos
evolutivos en cada una de estas épocas y determinar un estudio específico de ellas.
En los últimos tres siglos del preclásico, se desarrollan una organización compleja, la
formación de grandes centros urbanos con arquitectura monumental Centros
ceremoniales, consolidación de economías regionales, formación de instituciones
políticas y afianzamiento de relaciones sociopolíticas entre las diferentes unidades
políticas autónomas las cuales formaron una gran parte tanto de la economía y poder
de esta civilización así como la marcación de cada una de las épocas y sobre todo la de
su economía local.
4
En el período clásico se cree que surge el tributo. En el ámbito local, se supone que los
señores recibían tributo de los miembros del común, principalmente en especie, por
medio del trabajo en la agricultura y en las obras de construcción masiva. La
participación en las guerras de conquista pueda que haya sido una forma de tributo. Se
consideraba así que el que era vencido en la guerra debía rendirle tributo al que gana la
batalla, desde cosechas cacao hasta tributos anuales, y pasaba a un plano de
satisfacer las necesidades del vencedor, lo cual era una manera remota de poder
adquirir y administrar nueva riqueza que pudiera llevar a una nueva era el poder de la
guerra en la economía.
En los años 40 del siglo pasado, Paul Kirchoff dio el nombre de Mesoamérica a la
región de la cultura situada entre los ríos Pánuco y Sinaloa, al norte de México, y la
península de Nicoya la cual está ubicada en Costa Rica. Para definir la región
Mesoamérica, Kichoff utilizo una serie de rasgos culturales comunes entre a los pueblos
que la habitaron, los idiomas, el cultivo de cacao y maguey, la coa, las huertas flotantes,
el papel de corteza, las espadas con hojas obsidiana, las pirámides escalonadas, la
escritura, los calendarios solares, el sacrificio humano y ritual y el comercio a la larga
distancia, entre otros.2
Al sureste de Mesoamérica inicio y evoluciono hace ya miles de años una de las
civilizaciones que marcaría una gran trascendencia referente a las sociedades
humanas, no solo por su gran grado de tecnología, sociedades estructuradas a la
perfección, la civilización maya, ocupando una gran extensión territorial que en la
actualidad son la República de Guatemala, El Salvador y Belice, la región occidental de
Honduras y los estados mexicanos de Campeche, Quintana Roo, Yucatán parte de
Chapas y Tabasco. Diversas unidades políticas, dominadas por Señores Sagrados,
2
Ruz Lhuillier, Alberto. La civilización de los antiguos mayas 3 edición México: Fondo de cultura
económica, 1991
5
tejieron una compleja red sociopolítica basada en el parentesco, el ritual, el comercio y
las alianzas militares durante más de 1500 años.3
1.3 El Tributo Maya
El estudio de la estructura y organización de las unidades políticas autónomas de los
mayas depende de la evidencia arqueológica, la cual hace referencia a los aspectos
económicos, excepto algunas relacionadas con el tributo, la investigación sobre las
actividades económicas entre los mayas inicio aproximadamente en los años 60 y 70
del siglo pasado con el estudio de los patrones de asentamiento, lugares donde
estuvieron establecidos y donde desarrollaron parte de la cultura, agrícola, económica y
sociopolítico de los mayas, el cual hace referencia a un campo de análisis del comercio,
los sistemas de intercambio local denominados mercados y la producción artesanal.
Entre las investigaciones recientes, las cuales han demostrado la existencia de
sistemas económicos complejos y variados donde la actividad económica tenía dos
componentes básicos: Producción e intercambio.
Se debe tomar en cuenta el impacto de la guerra sobre la economía de la civilización de
los mayas, ya fuese por los tesoros, prisioneros los cuales a su vez eran fuerza de
trabajo, o el tributo, Estas características deben matizarse según la región o la unidad
política de que se trate, ya que algunas dependían en un gran porcentaje en el
intercambio de bienes, y otras sociedades mayas basaron su subsistencia en el tributo.
Otras de las necesidades que se generaban dentro de las comunidades mayas se
estima que pudieron ser cubiertas por el tributo, impuestos y tributos que pudieron en
productos alimenticios y bienes para la clase dominante, pudieron haber sido obtenidos
mediante el comercio o el trueque en los mercados locales, se supone que los señores
3
Demarest, Arthur, Ancient Maya, the rise and fall of a rainforest civilización, Cambridge university press
2004.
6
de las elites pudieron haber aplicado algún tipo de impuesto a las transacciones que se
realizaban en los mercados.
De los bienes que se intercambiaban el cacao era que tenía un valor más alto en los
estándares de la civilización maya. Los granos de cacao eran procesados y su
transporte era sencillo, se cree que dé ahí surge lo que pudo haber funcionado como
medio de intercambio en el mercado, el cacao se encuentra entre los artículos de lujo,
el cual pudo ser utilizado como tributo.
En la civilización maya los artículos de lujo eran los bienes más preciados en el sistema
económico.
Una de las dificultades para definir cuando un producto era objeto de o intercambio
comercial o de tributo, es la falta de información exacta, por lo cual solo se puede en
algunos casos interpretar los jeroglíficos y los artefactos encontrados en las ciudades
mayas.
A lo largo de la evolución y cambios en la civilización maya, un buen sector de la
economía estaba dedicado a satisfacer las necesidades de la clase gobernante, ya
fueran textiles, cerámica, trabajo en madera y piedra o alimentos, mucha de esta
demanda que pedían los gobernantes era pagada por medio de tributo en especie,
alimentos, producto o trabajo, obtenida de otras poblaciones cercanas o de centros
poblados.
La sociedad maya sufrió diversos cambios en su organización política, económica,
social, y cultural, que a través del tiempo le sirvieron para la estructura de los primeros
sistemas económicos complejos quedando dichos sistemas como base en algunas de
las sociedades actuales, en el caso de la mayoría de sociedad contemporáneas el
tributo solo cambio de nombre denominándolo en la actualidad como impuesto, el cual
tiene el mismo objeto que en el de la civilización de los mayas, el cual en esencia es la
7
subsistencia de los gobernantes y que estos puedan dar a la sociedad las ventajas
mínimas para poder desarrollarse.
1.4 El Régimen Colonial 1524-1821
El descubrimiento de América en el año de 1492, marco una gran expansión de Europa
en los nuevos continentes descubiertos, el fin primordial en cada viaje de
descubrimiento era el de llegar al proceso de conquista y colonización, lo cual dio lugar
a la formación de grandes y poderosos imperios que transformaron, en los siguientes 4
siglos la organización económica de Europa occidental y de territorios bajo su poder, el
fin básico de los europeos era el de recaudar más tesoros y tributos a la corona, y
marcar su poder por todo el mundo que conquistaren, en aquella época como en la
época actual la acumulación de riqueza por los gobiernos así como la clase alta es la
única forma de proteger la economía y el poder de la elite, ya que sin estos dos
aspectos cualquier sociedad esta vulnerable a ser sumisa a una más poderosa.
Según Bernal Díaz del Castillo, Cortez decidió emprender la conquista en las tierras
situadas hacia el sur, porque sabía que había pueblos de gran población y que en
dichos lugares había minas.4
Esta aseveración es la clara y principal evidencia del trasfondo de la conquista, el tener
acceso a la riqueza, pero en la conquista había una supuesta y noble causa según los
europeos y era el de la promulgación y evangelización de la población nativa. Pedro de
Alvarado, en compañía de sus hermanos, emprendió el largo viaje hacia Guatemala,
acompañado con un aproximado de 300 soldados, llevando consigo traductores y
clérigos cuya misión era predicar la fe que profesaban, basados en la idea de
establecer una fe unánime en todas las regiones conocidas a través de la conquista.
1.5 La Iglesia en Tiempos de la Colonia
4
Bernal Díaz del Castillo, Historia verdadera de la conquista de la nueva España (México Porrúa, 1974)
pág. 410
8
En las conquistas realizadas por la corona española, la iglesia católica jugó un papel
radical en cuanto a los tributos e impuestos hacia los nativos, y por ende a las nuevas
mesclas de culturas que se daban tanto por los españoles con los nativos, al entorno de
la conquista la iglesia estuvo íntimamente ligada, la iglesia persiguió básicamente dos
objetivos, uno radicaba en el aspecto político, que más que ente religioso la iglesia
tenía un poder de decisión que marco en gran parte las decisiones de la corono en los
nuevos territorios conquistados y los que ya han sido reconquistados, instituciones que
se derivan de esto es el Real Patronato Indiano, que fue creado por el Papa Alejandro
VI como una de las primeras decisiones de política donde intervenía la iglesia, esta
institución dotada de un poder político eminentemente poderoso, social y económico en
América.
El segundo objetivo fue emprendido por los curas, que animados por la propagación de
la fe católica, emprendieron una segunda conquista, pero a diferencia de la conquista
de territorio, esta conquista estaba ligada a un aspecto religioso, a la conquista
espiritual, del nuevo mundo a la evangelización plena de los nuevos infieles, los
indígenas.
La Corona española, autoriza recolectar el diezmo eclesiástico, con la finalidad de
recolectar fondos para así poder construir templos y el mantenimiento de la iglesia, en
lo cual los reyes de España determinaban las jurisdicciones territoriales de la iglesia, en
este tiempo la iglesia se volvió parte del gobierno colonial.
El sistema de la colonia española en Guatemala, establece un sistema económico
basado en la explotación de la fuerza de trabajo indígena, de los indígenas se extraía la
producción de la agricultura y la fuerza de trabajo en la construcción de los edificios del
gobierno español.
En el reino de Guatemala se implementaron los mismos impuestos que en el resto del
continente, la diferencia estribaba en el monto de la recaudación, el desorden
9
burocrático y la mala administración de los recursos existenciales llevaron
eventualmente al endeudamiento y a una permanente crisis fiscal.
Si se acepta que una pobre recaudación fiscal incide en el desempeño del gobierno,
eventualmente en su control de poder, pues la escasez de recursos financieros limita su
capacidad para hacer cumplir sus propias reglas, el en entorno de la bancarrota Reino
de Guatemala, jugó un papel clave cuando las elites decidieron la independencia de
España.
El tributo, básicamente se estructuro basado en la dominación que se tenía al indígena,
esta es una de las más claras evidencias del inicio de un sistema tributario basado en la
política discriminatoria y regresiva, lo cual surge a partir que el indígena tributaba a un
nivel exagerado e inconsciente, no solo debía de rendir su fuerza de trabajo, su trabajo
en la agricultura, debía de tributar su fe al serle impuesto el capitalismo, si no a un a
todo lo que le era impuesto debía servir a la iglesia, y aunque no daban dinero lo
compensaban en otras maneras.
El tributo era parte fundamental de la economía y lo proporcionaba la población
indígena, sencillamente por la discriminación que existía en la época de la colonia, por
parte del gobierno y de la iglesia.
Los tributos a pesar de las epidemias, malas cosechas o desastres naturales debía
mantenerse, no había alguna excepción para ello, el pago del tributo en especie servía
como base para el comercio pues ponía en circulación gran cantidad de bienes de
consumo: maíz, trigo, algodón, madera, cacao e hilados y tejidos, en suma, los
productos comerciales para exportación cacao y añil y la fuerza de trabajo indígena
fueron las bases de una débil economía interna, que pese a las grandes cantidades de
riqueza que la corona española extraía de Guatemala, el Reino de Guatemala era
pobre en cultura, sociedad y economía y la corona española dotada de riqueza
juntamente con la iglesia.
10
La importancia de la iglesia católica radica que al momento de la conquista la iglesia
tomo un gran poder político administrativo y socio económico en Guatemala, en la
actualidad la iglesia católica es una de las instituciones que posee un patrimonio
económico millonario, la iglesia con el tiempo ha perdido características políticas, y
económicos y aunque es en teoría una institución sumamente poderosa, tal poder se ve
limitado en los gobiernos actuales, que no buscan la expiación de la iglesia, el gobierno
guatemalteco y la iglesia son entidades totalmente autónomas, una de otra, aunque la
historia marque que en un tiempo gobierno e iglesia basaban sus decisiones en un
mismo plano.
1.6 La época de la Independencia
Guatemala al inicia su vida independiente con una estructura económica exhausta, los
personajes de esta época fieles a su ideología política, trataron de impulsar una nueva
política económica orientada hacia la libertad de comercio, apoyaron la diversificación
en la agricultura y favorecieron la actividad industrial , incluso tomando acciones que
iban en contra de todo lo que ellos creían, pero las guerras civiles de 1826 y la de 1829
hicieron que cada uno de estos esfuerzos fueran inútiles, dejando en parte paralizada la
economía guatemalteca, así como el desarrollo integral del país.
El monopolio se concentró en esta época por la elite guatemalteca, en dicha elite no era
de extrañarse que todos los que la conformaban tenía sangre española o criollos,
dichas familias eran terratenientes, o las familias comerciantes en aquella época.
Para esta época toda Centroamérica no contaba con la plataforma financiera adecuada
para empezar su vida independiente, ya que la corona y la iglesia tenían gran
presencian en dicha independencia, la realidad basada en los historiadores es que
España despojo por medio de la colonia y la conquista de las riquezas que en un futuro
11
pudieron haber marcado la diferencia de una verdadera independencia plena basada en
la libertad del comercio.
En el plano político, económico y financiero se vivió en ese período una serie de
contradicciones políticas, una economía precaria y un sistema financiero cercano al
colapso, al carecer de recursos valiosos.
1.7 El Gobierno del Doctor Mariano Gálvez 1831 - 1839
En el marco de las luchas por la consolidación de la República Federal de
Centroamérica, en el Estado de Guatemala se establece el gobierno liberal del doctor
Mariano Gálvez, trato de implementar un programa de reformas con miras al desarrollo
económico y social, que no fueron bien recibidas por los conservadores, la casa de
Aycinena y las órdenes religiosas, entre ellas, la expropiación de los bienes
eclesiásticos, la abolición del diezmo, la exclaustración de las órdenes religiosas, y era
por la simple figura de pérdida de poder y dominio que empezaba a perder la clase
dominante, y la iglesia que aun para en ese entonces era un segundo gobierno
facultado de recursos muy numerosos y una gran posesión de bienes inmuebles.
Entre las medidas económicas se encuentran el incentivo del cultivo de la grana o
cochinilla y del café, la construcción de caminos o la mejora de los existentes y la
colonización por medio de la inmigración.
Los ingresos por concepto de impuestos más importantes eran: la alcabala, tabaco,
aguardiente y chica. El contrabando tenía un impacto negativo en las rentas, mucho del
cual provenía de Belice, de géneros importados de Inglaterra.
En la época del doctor Mariano Gálvez, se trató de que el gobierno fuer a la única
entidad en determinar los impuestos, toma de decisiones y de una manera indirecta la
distribución del comercio en forma equitativa.
12
Los treinta años posteriores a la caída de Mariano Gálvez, la corriente conservadora fue
la que siguió con el dominio de Guatemala, pero fue por el que se fundó la República de
Guatemala.
1.8 Breve Reseña Histórica de 1944 AL 2006
La economía guatemalteca, a mediados del siglo XX, era relativamente simple y estaba
compuesta de tres sectores: La producción de alimentos y materias primas para el
consumo doméstico, los cultivos de exportación y una incipiente industria.
El país dependía del extranjero para adquirir mercancías manufacturadas que
proporcionalmente dominaban la importación, puesto que era limitada la producción y la
industrialización en la República de Guatemala, para poder ser autónoma.
El aumento tributario de mayor importancia durante el período revolucionario resultó el
incremento del impuesto aplicable al café durante el gobierno de Arévalo en 1950.
Los ingresos de las fincas de café, expropiadas a los alemanes durante el gobierno de
Ubico, llegaron a generar un 10% de los recursos estatales de la época. Aumentaron
también los ingresos por aranceles aplicados a las importaciones y en menor medida
puede decirse de los impuestos específicos.
Durante el gobierno de Arbenz, se realiza la reforma agraria, se inicia la construcción de
la carretera al Atlántico para competir con la monopoliza via férrea en manos
norteamericanas y se planifica la construcción del puerto de Santo Tomás de Castilla,
pues Puerto Barrios era propiedad extranjera.
La generación eléctrica debe ser hidráulica y se inicia la construcción de la
hidroeléctrica de Jurún Marinala.
13
La caída de Arbenz, a manos de la intervención norteamericana, de la oligarquía
terrateniente y de la iglesia católica; el gobierno lo toma después de varias juntas
militares efímeras, el Coronel Carlos Castillo Armas.
En este gobierno se inician las “concesiones” del sector privado permitiendo un
impuesto extraordinario, que permitió una mejora transitoria, no sostenible de las
finanzas públicas.
Durante este gobierno de Idígoras Fuentes se logra introducir una reforma tributaria,
que logra la introducción del impuesto sobre la renta.
Se inicia el Mercado Común Centroamericano bajo la tutela del gobierno de los Estados
Unidos de América, una industrialización de substitución de importaciones de otras
importaciones y la diversificación agrícola y pecuaria avícola, de lo anterior tiene
repercusiones en los ingresos tributarios hacia el alza.
Idígoras Fuentes es derrocado por un golpe de Estado, liderado por su Ex ministro de la
Defensa Nacional y apoyado por comerciantes, industriales y terratenientes
guatemaltecos y con la venia del Presidente Kennedy.
Se reformó el impuesto sobre la renta, que no logró un aumento significativo de
recursos. Hubo una reducción de los impuestos aplicables al comercio exterior. Existió
un aumento de los impuestos sobre el consumo de derivados del petróleo.
En dos ocasiones se intento una reforma tributaria que encontró una tenaz oposición
del sector privado y de la prensa, la carga tributaria era e 1966 del 7.7% y en 1970 era
de 7.8%. Se logró que el indicador anterior no cayera acudiendo al impuesto del timbre,
no se pudo gravar a los sectores de mayores ingresos que más se beneficiaban del
crecimiento económico de esos años.
14
1.9 El Gobierno de Efraín Ríos Montt 1982 - 1983
Nuevamente un golpe de Estado que tumba al General Lucas García, en 1983 se
plantea una reforma tributaria que incluía un nuevo impuesto indirecto: el impuesto al
valor agregado. Todo ello a pesar de la oposición del sector privado, dicho impuesto no
logró detener la caída de la carga tributaria al 6%; una de las menores en la historia.
1.10 Mejía Vicores 1983 -1986
El impuesto al valor agregado representaba en 1985, el 38.9% de los impuestos
indirectos y el 31.5% del total recaudado, los impuestos a las exportaciones, tan
importantes en otros momentos históricos prácticamente desaparecieron, hubo una
pequeña recuperación de los impuestos selectivos y de la reducida tributación directa.
1.11 Cerezo Arévalo 1986 – 1991
Este gobierno trató de llevar a cabo una reforma tributaria que derivó en un nuevo
enfrentamiento con el sector privado, la reforma tributaria de 1987 fue la primera en ser
impugnada en la Corte de Constitucionalidad, en 1988, la combinación de medidas
tributarias, el reajuste cambiario y el crecimiento económica incidieron en un aumento
de la carga tributaria al 8.8%.
1.12 Gobiernos Contemporáneos
En los siguientes gobiernos en Guatemala, se vivió una inestabilidad, política,
económica y social, en los golpes de Estado, dejando al país sin una política ecuánime
para esto, llevo a los nuevos gobiernos a crear políticas de tributación, presionando al
contribuyente a subsanar errores, directamente del gobierno, el gobierno de Álvaro
Arzú, llevo al Estado de Guatemala a privatizar los pocos servicios propios de la
sociedad guatemalteca, que a su vez países extranjeros monopolizaron dichos
15
servicios, en el caso del gobierno de Alfonso Portillo, se reduce la tasa de los
impuestos, la canasta básica baja de precio, dando una estabilidad momentánea a la
sociedad guatemalteca, pero en su administración, se realizaron desfalcos millonarios a
las arcas nacionales, dejando el país en la ruina, con el gobierno de Oscar Berger, país
no tubo movimiento económico, gobierno que no tuvo mayor peso en la actualidad, y
finalmente el gobierno de Álvaro Colom, donde los impuesto suben rápidamente, no
realizando las políticas que necesarias para la gran carga tributaria que cae en el
sector privado, gobierno donde crea el Impuesto de solidaridad.
CAPITULO II
LOS IMPUESTOS
16
2.1Antecedentes
“Mónica Azucena Negreros Carias en su trabajo de tesis presentada en la Universidad
San Carlos de Guatemala, presentada con el nombre de Importancia del Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz en tiempos de Crisis
financiera establece que el impuesto se establece y percibe por el poder coercitivo o
impositivo del Estado, y es que el Estado considera algunos factores importantes, tales
como la necesidad de ingreso para atender el financiamiento de sus egresos y el poder
contributivo, para contribuir a las cargas del Estado,” 5.
El impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos, es el impuesto que
quedo de base para darle lugar al nuevo Impuesto de Solidaridad, este impuesto como
se indicaba arriba es interpuesto por el poder coercitivo del Estado, ya que ambos
impuesto tienen el objeto que al finalizar la recaudación fiscal el Estado puede llegar a
cumplir los fines instituidos en la Constitución Política de la República de Guatemala.
“En el diario guatemalteco denominado El Periódico publico el día martes 23 de
diciembre de dos mil ocho, las leyes del presupuesto general de ingresos y egresos del
Estado para el 2009 y el Impuesto de solidaridad fueron publicada en el Diario Oficial
de Centro América el día 22 de diciembre, el presupuesto del 2009 contempla un gasto
de Q49 mil 723 millones de ingresos tributarios por Q 38 mil 448.5 millones, Los
ministerios con mayor presupuesto son educación, con Q7 mil 588.2 millones, seguido
por comunicaciones con Q4 mil 593.9 millones y gobernación con Q3 mil 275.3
millones. El impuesto de solidaridad que Substituye al Impuesto Extraordinario y
Temporal de apoyo a los acuerdos de Paz, prevé recaudar Q1 mil 798.4 millones y
5
Negreros Carias, Mónica azucena Tesis Importancia del Impuesto Extraordinario y Temporal de apoyo
a los Acuerdos de Paz en tiempo de Crisis. Guatemala diciembre de 2007 pág. 34.
17
gravara con una tasa del 1 por ciento, la cuarta parte de los ingresos brutos de las
empresas o de sus activos, lo que resulte mayor.”6
El impuesto tiene como finalidad que el Estado perciba una entrada extra a través del
sector privado, la recaudación fiscal es uno de los medios y facultades que radica en el
gobierno, el progreso del país depende mucho de ello, es por eso que el impuesto no
tiene una respuesta tan pronta como se espera, pues el Estado de lo que recauda debe
de dividirlo en los diferentes sectores que conforman la sociedad, estableciendo
lineamientos que no sean injustos para el contribuyente así como la legislación
adecuada que regule dichos impuestos.
En la revista electrónica denominada el Instituto Independiente habla que El Gobierno
pretende sustituir el Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de
Paz por uno que se llamará Impuesto de Solidaridad. Recordemos que en diciembre de
2007 desaparecería el Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de
Paz pero fue prorrogado por un año más, o sea el 2008.
El primero de estos impuestos temporales se estableció hace más de 12 años y se
llamaba Impuesto de Solidaridad Extraordinario y Temporal. Se sustituyó por el
Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias, que luego se reemplazó por el
Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz. Ahora se
sustituirá por el Impuesto de Solidaridad.
Con este impuesto, el Gobierno pretende recibir unos Q2 mil millones adicionales,
aunque hay efectos peores sobre el flujo de caja de las empresas y la capitalización del
país.
Estos impuestos vienen atados al Impuesto Sobre la Renta y afecta la forma de pago
del mismo, pues se calcula como un porcentaje sobre las ventas o sobre los activos
6Artículo,
Publican presupuesto 2009 e impuesto de solidaridad, El Periódico, Guatemala, 27 de junio de
2010
18
totales y se debe pagar trimestralmente. Si este monto supera lo que al final del año se
debe pagar como Impuesto Sobre la Renta, entonces el Gobierno no devuelve
inmediatamente lo recibido de más sino que lo aplica a futuros pagos de Impuesto
Sobre la Renta. Así, una empresa cuyos pagos de estos impuestos extraordinarios
superen siempre el Impuesto Sobre la Renta se quedará sin poder recuperar el mismo y
su pago de impuestos será mucho mayor que lo establecido por el Impuesto Sobre la
Renta.
El gobierno recibe, entonces, más ingresos, pero no necesariamente como pago
definitivo, sino como un anticipo a futuros impuestos. Esto equivale a un financiamiento
sin interés de parte de las empresas industriales y productivas hacia el Gobierno. De
esta forma, el efecto más notable de este tipo de impuestos es la descapitalización de
las empresas al verse afectados sus flujos de caja. Algunas empresas tienen que
recurrir a deuda para poder seguir operando. Otras dejan de producir, y cierran.
Guatemala necesita, que el gobierno establezca políticas socioeconómicas donde
pueda reducir los gastos económicos del país, lo cual hace que su gasto se concentre
en lo más importante y prioritario, que es la seguridad y justicia y, a la vez, reduzca la
carga fiscal a sus ciudadanos, porque en los últimos años la salida más corta para el
Estado guatemalteco ha sido subir y crear nuevos impuestos, lo cual en corto tiempo ha
creado una gran carga tributaria al sector privado, sin cambiar nuevas políticas, que
ayuden a disminuir la carga sobre las instituciones privas . Se habla de que se pretende
aumentar el presupuesto del Gobierno para el próximo año en un 17.5%, justo cuando
la economía personal está pasando por uno de sus peores momentos.
“Lo lógico sería reducir el gasto y lo mismo la carga fiscal. Este año será muy difícil pero
el próximo podría arrancar muy bien si ya no se sustituye ni prorroga el Impuesto
Extraordinario Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz. Igualmente, el Gobierno
pensaba reducir el Impuesto Sobre la Renta del 31% al 25%, eso sin gravar los
dividendos, por supuesto, ya que de lo contrario estarían aumentando el Impuesto
19
Sobre la Renta en una forma que no es muy transparente y causando una doble
tributación, aunque legalmente digan que no.
En el caso de Guatemala, el sector que tiene gran parte de la riqueza es el sector
privado, el dinero concentrado en el sector privado es más productivo que en las arcas
del Estado, estando el dinero en instituciones privadas, crea más riqueza, a diferencia
que lo reciba el Estado, y consuma el dinero en cosas que no son de prioridad para el
Estado, ni para la sociedad, lo cual genera un Estado consumista y no productor. Crea
más riqueza que si lo recibe el Gobierno y lo consume en cosas que no son prioritarias.
Del párrafo anterior es necesario resaltar, que no es totalmente positivo que el dinero
este solo en instituciones privadas, en el caso de Guatemala, hay familias de elite que
tienen monopolizada la economía guatemalteca, reduciendo la competencia y el pleno
capitalismo.
Los impuestos que el Estado estableció como temporales al paso del tiempo y a
beneficio del Gobierno central se han tornado permanentes. La oposición que existe a
estos impuestos por parte del sector privado se debe a que
afecta a todos los
guatemaltecos, pero con una concentración especialmente a los sectores más pobres,
sector que en el país carecen de oportunidades de trabajo, salud y educación,, a través
de empleos que sólo pueden ser creados permanentemente con mayor inversión de
capital.
El impuesto de solidaridad, al atacar directamente al capital, crea un efecto de retraso a
su formación y prolonga y expande la pobreza del país. Lo cual hace que se estén
perpetuando la pobreza al prolongar los impuestos temporales”.7
2.2 Generalidades
7
Parellada, Ramos, Guatemala impuestos que se perpetuán, http://independent.typepad.com/ 29 de junio
de 2010.
20
El Impuesto en Guatemala aparece como una de las pocas formas en que el Estado
impone un gravamen sobre la economía privada del país, tomando en cuenta que el
Estado a través de sus dependencias y en este caso la Superintendencia de
administración Tributaria, encarga de ver por la recaudación fiscal, al momento de
requerir los impuestos no ofrece ni se compromete a prestar un servicio al requerir el
pago de dicho impuesto.
2.3 Concepto
Es la cantidad de dinero que el Estado exige de las economías privadas en uso de su
poder coercitivo, sin proporcionarle al contribuyente en el momento de pagar un servicio
8
o prestación individual y destinada a financiar los egresos del Estado.
Del concepto anterior corresponde que los impuesto son las herramientas simples que
el Estado utiliza para agenciarse de fondos como compensación de los egresos que el
Estado tiene que soportar para la prestación de los servicios de caracteres generales,
partiendo de que es la obligación del sector privado el objeto para obtener dichos
fondos, principalmente en las empresas privadas, que producto de la actividad
comercial se concentran los impuestos.
“Guillermo Cabanellas define al impuesto en su diccionario jurídico como la contribución,
gravamen, carga o tributo que se ha de pagar, casi siempre en dinero, por las tierras,
frutos, mercancías, industrias, actividades mercantiles y profesiones liberales, para
sostener los gastos del Estado y las restantes corporaciones públicas. | También es el
gravamen que pesa sobre determinadas transmisiones de bienes, ínter vivos o mortis
causa, y por el otorgamiento de ciertos instrumentos públicos.”9
8
9
Negreros Carias, Mónica, ibíd. pág. 35.
Cabanellas, Guillermo, diccionario electrónico primera edición.
21
2.4 Características de los Impuestos
a) Es una cuota fijada por la ley tributaria, que grava por lo general la renta privada,
referente a los ingresos que obtienen las empresas y otras instituciones del sector
privado siendo la base imponible en la mayoría de los impuestos, son los ingresos de
estas instituciones.
b) Es una cuota que resulta de la cantidad de renta, cuya forma impositiva absorbe de
ella efectivamente, lo cual versa sobre las utilidades e ingresos de las instituciones y
personas que estén obligadas a la carga tributaria impuesta por el Estado.
c) Es el poder coercitivo del Estado que se utiliza para la imposición; lo que quiere
decir, que el Estado hace uso del poder público para hacer de los impuestos cargas
obligatorias fijadas unilateralmente para el sector privado, con los fines que en la
recaudación fiscal es utilizada para el mismo, siendo el sector privado, como lo es el
caso de Guatemala, que a través de dicha recaudación fiscal el Estado pueda alcanzar
una recaudación mayor, y cumplir con los fines establecidos en la ley.
d) Ausencia de contraprestación de un servicio en el momento de pago del impuesto,
esto quiere decir que al pedir el pago de los impuestos la institución que los paga, para
ser más explícito cuando una empresa paga sus impuesto, no es en ese mismo
momento donde ve para que fueron recaudados sus impuestos, e incluso pueden llegar
a pasar hasta años para ver la reiteración de dichos impuestos cobrados.
e) Financiamiento de los egresos del Estado, como finalidad especial, puesto que se
utiliza su producto para compensar los egresos destinados a alcanzar finalidades
económico nacionales o sociales, el fin de recaudación generalmente es para utilidad
de toda la sociedad guatemalteca.
2.5 Teoría General de los Impuestos
22
2.5.1 Teoría de la Equivalencia
Sostenida inicialmente por el autor Pufferndorf de la Escuela Cameralista. Esta teoría
dice que el impuesto es el precio de los servicios prestados por el Estado a los
particulares.
De la siguiente teoría, se puede establecer que los impuestos son la forma en que el
Estado obtiene un salario por la prestación de servicios hacia la sociedad, incluso
siendo la misma sociedad quien paga por servicios y prestaciones del Estado que
difícilmente se ven realizadas.
Puffendorf sostenía que el impuesto es el precio de la protección de vidas y haciendas,
por lo que debe existir una captación moderada, para la protección de la vida que se
supone de igual valor para todos y una tributación para la cuantía de las rentas, para
proteger al patrimonio.
2.5.2 Teoría del Seguro
Esta teoría asegura que el impuesto es una prima de seguros que se paga como
garantía de la seguridad individual que está obligado a proporcionar el Estado, como
ente central y como órgano donde emana el poder de la sociedad.
E. de Girardín Citado por Jorge Alejandro Rodríguez Vásquez decía que “el impuesto
es la prima del seguro pagada por aquellos que poseen para asegurarse contra todos
los riesgos de ser perturbados en su posesión o en su disfrute.” 10
Se refiere a que la sociedad está dispuesta a pagar por seguridad ofrecida por el
Estado, el cual debe crear las políticas y las normativas para la protección de la
10
Rodríguez Velásquez, Jorge A. Los tributos en general y sus diferencias Pág. 20.
23
sociedad, pero en algunos casos no es la sociedad la que está dispuesta a pagar por
seguridad, sino que es el poder coercitivo del Estado para exigir el pago de la misma,
2.5.3 Teoría del Capital Nacional
Esta teoría establece que el impuesto representa la cantidad necesaria para cubrir los
gastos que demanda la aplicación y explotación del capital nacional.
El Estado a través de sus órganos de fiscalización hace un presupuesto de la
recaudación tributaria, la cual estará destinada a cubrir ciertos sectores de la sociedad,
como lo es el comercio, la seguridad, la educación, el sector salud, tomando en cuenta
que necesita cubrir los gatos propios del gobierno, de la sociedad, y en algunos casos
los intereses propios de los gobernantes.
2.5.4 Teoría que Considera al Impuesto como un Sacrificio
Es lo que se llama teoría del sacrificio complementada con la teoría del sacrificio
mínimo. El impuesto, dice, representa el mínimo sacrificio posible. El impuesto es un
sacrificio porque el contribuyente debe desprenderse de una parte de su patrimonio sin
obtener de inmediato un beneficio y como ya se estableció anteriormente, este sacrificio
debe ser el mínimo posible y no ser un obstáculo para el incremento de la producción.
En la actualidad, no solo es un sacrificio mínimo, ya que el Estado año tras año sube el
porcentaje de los diferentes impuestos, sin mejorar la calidad de vida, de producción y
de comercialización, siento este sacrificio una puerta directa hacia la pobreza, ya que al
no ser compensado de alguna manera, el capital se debilita lentamente, lo cual hace
que las instituciones privadas evadan impuestos, generando para el Estado un
desequilibrio fiscal, dando e incrementando el poder privado en unas cuantas familias
que dirigen al país, como lo es el caso de Guatemala.
24
2.5.5 Teoría de Ehberg
Indica que el impuesto es sólo un deber que no necesita un fundamento jurídico
especial. Este autor rechaza la idea del sacrificio y considera el deber tributario como
un axioma que en sí mismo no reconoce límites, pero que los tiene en cada caso
particular en las razones de oportunidad que aconseja la tendencia a servir a los
intereses generales.
En la teoría de Ehberg el rechaza la teoría del sacrificio, porque según su teoría el
Estado presta un servicio, y por ende la sociedad debe estar dispuesta a pagar por
dicha prestación, pero la teoría de él se queda corta, pues en la teoría general de los
impuestos se establece que el pago de los impuestos, los efectos de tales no se
realizan de in mediato en algunos casos puede este proceso llevar hasta años y en
otros nunca se logran concretizar.
2.6 Principios Teóricos de los Impuestos
Según el autor economista Adán Smith los principios teóricos de los impuestos son
cuatro:
Justicia,
Certidumbre,
Comodidad,
Economía,
2.6.1 Principio de Justicia
Los vasallos de cualquier Estado deben contribuir al sostenimiento del Gobierno a
proporción de sus respectivas facultades, en cuanto sea posible esta regulación, esto
es, a proporción de las rentas o haberes de que goza bajo la protección de aquel
Estado. En la observancia o en la omisión de esta máxima consiste lo que llamamos
igualdad o desigualdad de imposición. Es necesario tener presente, para todo género
de contribución, que cualquier tributo que viene finalmente a pagarse por una sola de
25
aquellas tres fuentes originarias de toda renta, de que hemos hablado antes, es
esencialmente desigual en toda aquella parte que deja de obrar sobre las otras dos.11
En el párrafo anterior establece que el pueblo debe de contribuir con el Estado, para
que así se pueda dar el sostenimiento de este, en lo que las posibilidades y su
capacidad les dé, es decir que la carga de la tributación será de acuerdo a las
capacidades de cada uno de los individuos que lo conforman, puesto que este en cada
sociedad siempre se marcan las diferentes clases sociales, dependiendo de la
proporción de ingresos que se obtenga por la actividad económica de cada quien así
será la retribución equitativa que deben de aportar no será una carga enorme para
ellos, por su parte el Estado debe de velar que por los impuestos dirigidos hacia la
sociedad sean justos, y equitativos, tomando en cuenta que la sociedad le retribuye
dichos tributos por los servicios que este le presta.
Para concluir con este principio Adán Smith insinuó y actualmente se desarrolla a través
de dos reglas que son:
Regla de Generalidad y la regla de Uniformidad:
Esta regla establece que nadie debe ser exceptuado del pago de los impuestos; lo cual
es relativo, pues por minoría de edad, incapacidad física o económica no pueden
contribuir todos, tal es el caso de los menores de edad, los declarados en estado de
interdicción, y el caso más abundante en Guatemala, la pobreza y la pobreza extrema,
que estando facultados de salud, capacidad legal, los recursos económicos le dan este
impedimento.
Es importante resaltar quienes si están obligados según este principio al pago de
impuestos:
a) A sujetos nacionales:
11
Smith, Adam, libro Riqueza de las naciones libro electrónico.
26
Con domicilio en el país, cualquiera que sea el origen de sus rentas y su fortuna. Lo
cual se refiere en el caso aplicado a Guatemala, que debe contar con domicilio en
Guatemala, no importando la forma de su actividad económica.
Con domicilio en el extranjero, cualquiera que sea el origen de su renta o de su fortuna.
En este inciso es similar, no importando que su domicilio este en el extranjero tiene la
obligación de sujetarse y obligarse a la tributación guatemalteca.
b) A sujetos extranjeros:
Domiciliados en el país, cualquiera que sea el origen de su renta o de su fortuna;
Referente a personas no importando su nacionalidad tienen la obligación de tributar.
Con domicilio en el extranjero por los actos que efectúen en la república guatemalteca o
que en ella deban tener efecto o por capitales o rentas originadas en el país;
Personas físicas; o individuales que efectúen actividades de comercio, de inversiones,
están dentro de los individuos que deben de tributar.
Personas jurídicas:
Enfocadas en el derecho privado o público.
Por último están las unidades económicas.
2.6.2 Principio de Certidumbre
“El tributo que cada individuo está obligado a pagar debe ser cierto y determinado, y en
modo alguno arbitrario. El tiempo de su cobro, la forma de pago, la cantidad que deba
satisfacerse, todo ha de ser claro, llano e inteligible para el contribuyente y para
cualquier otra persona. Porque donde se verifique lo contrario estará cada vasallo, que
contribuya más o menos, bajo el poder no del Gobierno, sino del recaudador de
27
tributos, quien puede muy bien, con esta libertad, agravar el impuesto sobre cualquier
contribuyente que no se atreva a reclamar, o sacar, a impulsos del terror de semejantes
gravámenes, regalos, presentes o gratificaciones inicuas para él. La incertidumbre de la
contribución es ocasión para la insolencia, favoreciendo las astucias de algunos de los
empleados en aquellos destinos, quienes suelen ser cuando menos desatentos e
intratables."
Gaston Geze establece lo siguiente:
a) Que las leyes de los impuestos deben ser redactadas con claridad; Es decir que las
leyes deben ser sencillas y claras a la hora de establecerlos.
b) Los contribuyentes deben tener conocimiento fácil de las leyes, reglamentos y
circulares; Es deber del Estado de facilitar a la sociedad de las leyes, reglamentos,
hacerlos circular, en Guatemala son publicados en el diario oficial diario que difícilmente
llega a toda la república lo cual dificulta el conocimiento de las leyes nuevas.
c) Debe establecerse con precisión la clase de impuesto; Los impuesto se determinan
ha diferentes ingresos, deben ser específicos.
d) Darle preferencia a la cuota de derrama por ser menos incierta.
e) Debe fijarse con imparcialidad del impuesto.
2.6.3 Principio de Comodidad
Lo más conveniente y necesario para la recaudación del impuesto es establecer su
recaudación en la época y en la forma probablemente saludable para el contribuyente.
28
Guatemala es un país que cuentan con pocas formas de ingresos, lo cual hace que las
épocas en que se debe aprovechar a la recaudación fiscal, es la época de cosecha,
referente a la agricultura, así como lo es el turismo.
2.6.4 Principio de Economía
Todo impuesto debe planificarse a efecto de que la diferencia entre lo que se recauda y
lo que ingrese sea lo más pequeño posible, tomando como factor en esencia que se
evite con ello el empleo de gran número de funcionarios, evitando con esto el pago de
sueldos que devorarían en un momento determinado el producto del mismo, el ejemplo
más claro es que si el Estado recauda Q 20 millones y de salarios para llevar a cabo
este ejercicio tiene un gasto de Q 21 millones es más favorable eliminar dicho impuesto
que genera más trabajo percibirlo que con lo poco o nada que quede de este dar una
mejora a la economía social, evitar que una parte del capital se dedique a un impuesto
menos productivo, un impuesto imprudente ofrece grandes, tentaciones para evadirlo,
debe evitarse visitas frecuentes y exámenes tediosos de los recaudadores de
impuestos.
Lo referente al párrafo anterior se desprende a que a los niveles más altos de
tributación que existan en el país más alto será el índice de las empresas que buscaran
los mecanismos para evadirlos de una manera directa, que al final el destino de sus
impuestos solo sirven para generar trabajo en los organismos del Estado, trabajo que a
su vez resulta totalmente improductivo, por lo cual el Estado debe de crear una mejor
política económica y dar cuentas de lo que realiza con la recaudación fiscal.
2.7 Principios Constitucionales
Estos principios se agrupan de dos maneras
29
Sobre garantían individuales: Las cuales son las finalidades básicas y primordiales del
Estado.
Sobre principios derivados de la organización política: Debe a la recaudación
organizarse en una política socio-económica que favorezca y fomente el desarrollo
económico de la sociedad.
2.8 Principios Sobre Garantías Individuales
Todos los relativos a la relación con la libertad de la actividad comercial, así como lo es
la industria y el trabajo.
El principio de que los impuestos nunca deben gravar a personas determinadas
individualmente, esto quiere decir que no se puede crear un impuesto para una persona
determinada incluyendo su nombre.
El principio de que la ley tributaria sí puede tener efecto retroactivo.
Caso contrario con otras ramas del derecho.
El principio de que las autoridades fiscales están sujetas a las disposiciones de la ley:
Ninguna de las entidades de fiscalización tiene la facultad de realizar actos dentro de su
cargo que no estén establecidas previamente en la ley.
El principio relativo a la garantía de que gozan los ciudadanos de inviolabilidad en sus
papeles y libros privados: Este derecho se refiere al derecho de privacidad que poseen
todas las personas.
El principio de que en el orden tributario sí hay prisión por deuda.
30
La prohibición de la confiscación de bienes. En sentido tributario no se puede dar el
secuestro de los bienes de los sujetos que están obligados a tributar.
2.9 Principios Derivados de la Organización Política
El principio que obliga a pagar impuestos tanto a nacionales como a extranjeros: Es
decir aquí se aplica el principio de igualdad tanto para nacionales como para
extranjeros.
El principio de que pueden establecer impuestos al Estado y las municipalidades en la
forma que la propia constitución Política de la República de Guatemala: Se refiere que
ahi mecanismos para que tanto el Estado como las municipalidades queden obligadas a
tributar.
El principio de la regulación de los ingresos y egresos a través de un presupuesto:
Deben de existir por parte del Estado lo referente a regular por medio de mecanismos
legales la administración de los ingresos y egresos.
La facultad absoluta del Estado de fijar impuestos: Es decir el Estado a través de su
organismo legislativo es el único facultado para crear y fijar impuestos.
La definición del gasto público ha de figurar en la ley: Debe existir en la ley una
referencia clara a lo que es el gasto público.
Los impuestos pueden tener, además de un fin puramente fiscal, que es el fin
inmediato, otros fines mediatos, que serán económicos o sociales: Es decir los
impuestos no están destinados totalmente a un fin fiscal, si no que pueden llegar a
tener un enfoque fiscal.
31
El principio de la aprobación anual de ingresos y egresos de la administración pública
del año fiscal anterior y correlativa a este principio: El de aprobación de presupuesto
para el ejercicio futuro: Es decir el Estado deberá de aprobar con anticipación el
presupuesto fiscal para el año siguiente.
El principio de que el Estado puede cobrar impuestos en caso que la ley de impuestos
no entre en vigor oportunamente: Es decir si una ley aun no entra en vigencia está
facultado a pedir el cobro de impuestos.
El principio de la iniciativa de ley en materia tributaria la tiene el Estado: Ninguna otra
entidad que sea el Estado está facultado a tener iniciativa en materia tributaria para la
creación de impuestos.
El principio de la unidad de fondos públicos que también se llama de unidad de caja:
Principio que consiste en que el Estado debe de tener fondos para prever cualquier
necesidad de la sociedad.
El principio de la semiautónoma fiscal de los municipios. Referente a que las
municipalidades pueden realizar actividades fiscales limitadas.
2.10 Fines de los Impuestos
Los impuestos tienen como fin el proporcionar al Estado los recursos necesarios para el
ejercicio de sus atribuciones, o sea cubrir los gastos públicos, lo cual al hacer referencia
en cuanto a los gastos públicos es una gran serie de caminos donde los impuestos
tiene que cubrir.
Corrientes o pensamientos políticos dominantes:
32
“Griziotti llamada Liberal Manchesteriana desarrollado en Francia en el siglo XIX, esta
escuela indica que la única finalidad que deben seguir los impuestos es la orden fiscal,
es decir, procurar fondos para la atención de las funciones del Estado.”
12
Una gran cantidad de autores en la actualidad, establecen que los impuestos no solo
van a fines fiscales, si no que estos tienden a tener fines fuera del marco fiscal, para
proyectos económicos y a su vez inclinándose estos impuestos a una política fiscal.
De lo cual se dan los siguientes casos:
a) Impuestos con fines exclusivamente fiscales:
Se trata de tributos que se obtienen para lograr los recursos necesarios para cubrir los
gastos del Estado. Salarios, prestaciones que el Estado presta a la sociedad.
b) Impuestos que tienen fines exclusivamente fiscales en su establecimiento, pero cuyo
rendimiento se aplica a fines especiales. Se refiere a que hay impuestos ya destinados
a un objetivo fiscal exclusivo.
c) Impuestos que persiguen fines fiscales y extra fiscales al mismo tiempo:
Ejemplos
El Impuesto Sobre la Renta,
El Impuesto sobre herencias,
El Impuesto de Solidaridad.
d) Impuestos que sólo persiguen fines extra fiscales:
Se establece el impuesto para que sirva de medio de compulsión de modo que se
obligue a las personas, a quienes se quiere afectar, a desarrollar una determinada
actitud o que dejen de efectuar cierta actividad, con tal de no pagar el impuesto, es
12
Grizziotti, Benvenuto, Princio de la ciencia de las Finanzas, Buenos Aires Argentina ficha electrónica,
http://consulta.bcn.gov.ar. 2010-07-01.
33
decir hay impuesto en los cuales el fin no es recaudar en esencia, si no forzar a una
persona indirectamente con el pago de impuestos este deje de realizar una actividad,
para así para que quede libre de la tributación de dicho impuesto.
2.11 Evasión de los Impuestos
La evasión fiscal de los impuestos es la acción de esquivar el pago del impuesto. Se
refiere al simple hecho de que no se haga efectivo el pago del impuesto en ninguna
forma.
2.11.1 Formas de Evasión
a) Evasión legal;
b) Evasión ilegal.
a) Evasión legal:
Se produce absteniéndose. El ejemplo que se puede dar es el de una persona que se
dedique a importar bienes, pero si en las aduanas los impuestos son muy altos, la
solución es dejar de importar a manera que se reduzca y así se evite pagar al dejar de
importar bienes.
b) Evasión ilegal:
Se da en los siguientes casos:
Cuando el impuesto se establece en un pequeño territorio y el capital es movible,
bastará pasar la industria a la parte del territorio que no está afectada, para eludir el
impuesto en forma legal.
En este caso es cuando los impuestos van dirigidos a grupos determinados de acuerdo
a un espacio territorial, y la empresa que no quiera pagar este impuesto solo cambia de
ubicación territorial siguiendo con su actividad económica en otro territorio, evadiendo
ilegalmente así los impuestos.
34
Otro tipo de evasión ilegal, se da cuando el Estado crea impuestos sobre productor
determinados, o a determinadas rentas, dejando libres otros productos y rentas, las
empresas, detienen la producción de los productos sobre los cual recaen estos
impuestos que tienen el gravamen, dedicando su actividad productora a productos que
estén libres de estos impuestos.
2.12 Generalidades de la Solidaridad
2.12.1 La Solidaridad Social
Por solidaridad entendemos lo que en el plano estatal llamamos políticas sociales. Esto
se refiere básicamente a la agenda del Estado hacia la sociedad, lo cual establece, que
para la sociedad el Estado debe de velar por cumplir el compromiso hacia la sociedad
estructurando políticas normativas y económicas y en algunos casos creando
programas para dicha intervención.
2.12.2 Las Áreas de Acción de la Solidaridad Recaen en los Siguientes Sectores
La salud,
La alimentación,
La educación y
La vivienda.
Cada una de estas, cubre las necesidades básicas de cada sociedad, cada una
necesita de l otra para poder perfeccionarse y crear la integración de la sociedad,
siendo el Estado a través de sus entidades y organismo el que ayude a la
estructuración de cada una de ellas.
2.12.3 Entre sus Fines se Pueden Resaltar
35
La solidaridad Asistencial: De inversión en la mejora de la capacidad productiva de los
seres humanos; o promocionales, lo cual hace referencia al fomento de cooperativas o
microempresas, para crear en la sociedad mecanismos de producción económica que
beneficia tanto al Estado como a la Sociedad.
Los autores Franco y Cohen Vinculan la política social con la política económica. Estos
autores afirman que se suele hablar de la conveniencia de enseñar a pescar en vez de
entregar el pescado. La política social cumple el objetivo de enseñar a pescar. Que el
río tenga peces es responsabilidad de la política económica. El no olvidarnos de
entregar pescado mientras no hayamos enseñado las técnicas de pesca es también
responsabilidad de las políticas sociales.
Lo referente al párrafo anterior versa, en que es deber del Estado crear las
oportunidades para una mejor economía y a educar programas de economía para
educar a la sociedad comercial a como producir, y velar el Estado por cumplir los
requisitos mínimos para que estas políticas económicas se desarrollen en plenitud
2.13 Ingresos Extraordinarios
El Estado Genera ingresos extraordinarios en determinadas temporadas de el año
sirviendo como estabilizador en épocas de crisis tanto en lo social como en lo
económico.
2.13.1 Los Ingresos extraordinarios se Pueden dar de la Siguiente Manera
a) Por venta de bienes:
36
Debido a la pérdida de su riqueza es una forma poco conveniente para el Estado de
obtener ingresos.
b) Por emisión de papel moneda:
Tiene muchas desventajas, como el alza a los precios, la depreciación de la moneda,
provocando así la explotación de divisas, su única ventaja, es que proporciona fondos
inmediatos pero su impacto final es totalmente negativo en la economía de un país.
c) Por imposición de contribuciones extraordinarias:
Recomendado en países donde su situación económica se lo permita y cuando los
contribuyentes no tengan demasiadas cargas tributarias.
d) Por uso de crédito público:
Adquirido por el estado cuando percibe préstamos ya sea de particulares o de bancos
nacionales y extranjeros.
Los ingresos extraordinarios se revisten de los siguientes elementos:
Por el periodo con que concurren a las arcas fiscales, los ingresos extraordinarios se
prevén en ciertas épocas, para el financiamiento de cierta clase de gasto público o
inversiones estatales. Impuestos con características de extraordinario y temporal.
Por el significado económico que revisten, los extraordinarios provienen siempre del
capital estatal (activos), del uso de su crédito público o del capital de los particulares.
Endeudamiento interno o externo, por ejemplo.
Por el carácter de las leyes que los establecen o autorizan, estos ingresos requieren de
leyes específicas, especiales o temporales. Ejemplo la Ley del Impuesto de Solidaridad
Extraordinario y Temporal, Ley del Impuesto a las Empresas Mercantiles y
Agropecuarias, Ley del Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos
de Paz.
37
2.13.2 Definición de Impuestos Extraordinario
Son Impuestos transitorios de carácter excepcional, creados por la irregularidad que se
da en la mala inversión de los fondos públicos, o por la malversación de estos, llevando
al Estado a crear más impuestos para poder mantener el presupuesto, para cada año
fiscal y así poder cumplir sus finalidades.
2.13.3 Necesidad de los Impuestos Extraordinarios
Debido a que Guatemala no produce ni genera los medios económicos para mejorar
el nivel de vida de sus habitantes, el cincuenta y seis punto dos por ciento 56.2 % de los
guatemaltecos son pobres y el dieciséis por ciento 16% ganan menos de un dólar al día
US$ 1. Ello incidió para que en el año 2004, Guatemala haya descendido al puesto
número ciento veintiuno en el índice de desarrollo humano.
Lamentablemente Guatemala enfrenta dificultades para definir e implementar políticas
que permitan elevar el crecimiento económico. Actualmente ocupa el puesto número
ochenta y nueve del índice potencial de mediano plazo, son indicando que somos un
país tercermundista.
De las reformas fiscales ninguna ha logrado avances importantes siendo estas cuatro
reformas es de la firma de los Acuerdos de Paz, ninguna a logrado avances
importantes en materia fiscal, de forma tal que logren asegurar los dos objetivos
principales que plantea la competitividad sistémica para la política fiscal: que genere los
suficientes ingresos para que el gobierno pueda desempeñar sus funciones y, a la vez,
mantenga la competitividad del país, sin interrumpir el proceso generador de riqueza de
todos los guatemaltecos.
Para incrementar el bienestar de los guatemaltecos son necesarias dos condiciones:
38
1) Garantizar el estado de derecho;
2) Un ambiente económico propicio para la inversión y generación de empleos.
Con la firma del Pacto fiscal el 25 de mayo del año 2000, concluyó un proceso único en
la historia fiscal de Guatemala. La sociedad guatemalteca demostró claramente que
tiene la capacidad de llegar a grandes acuerdos en un marco de paz y democracia; que
es capaz de pensar en grande y de asumir consciente y responsablemente sus
obligaciones. Impulsar el Pacto fiscal también dio lugar a un proceso de reflexión sobre
la problemática fiscal en el país y sobre las acciones de política fiscal que podrían
requerirse para fortalecer de manera sostenida las finanzas.
2.14 La Solidaridad y sus Formas
La solidaridad es la ayuda que necesitan los Estados por parte de la sociedad para
poder cumplir sus fines, así como la sociedad necesita que el Estado sea solidario
respecto a su normativa interna, y las políticas para un mejor desarrollo.
2.14.1 Solidaridad Natural
Es aquella solidaridad que se realiza por voluntad propia, es decir no existe un cuerpo
normativo legal que la exija que se cumpla con esta solidaridad, la cual se puede dar o
no, puesto que al no tener carácter de obligatoriedad en algunos casos esta no se ha
de cumplir, básicamente en la solidaridad natural o pura es el sujeto el que decide
realizarla o no.
2.14.2 Solidaridad Impuesta
Este tipo de solidaridad es totalmente lo contrario a la solidaridad natural, en este tipo
de solidaridad sobre sale la obligación de pago de cualquier tipo de impuesto.
39
La diferencia esencial que existe entre la solidaridad natural a la solidaridad impuesta
es que no podemos negarnos a cumplir, ni teniendo el derecho del monto o pago que
queramos hacer es decir aquí no se da el que el sujeto pueda determinar el nivel de
ayuda que desea prestar.
En la solidaridad impuesta, en Guatemala, le conocemos como obligación tributaria, la
cual se basa en ingresos de los particulares, personas jurídicas, instituciones privadas,
etc. En Guatemala existen diferentes impuestos tributarios, uno de los impuestos
actuales, es el Impuesto de Solidaridad, el cual tiene como fin seguir los fines que
tenían con el impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz.
Al finalizar el periodo de vigencia del Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a
los Acuerdos de Paz, el Estado crea una figura similar a ese impuesto, con la diferencia
que el porcentaje a tributar es una suma más alta, y el nombre, y en el contenido de las
normativas es muy poco lo que varía en ambas leyes.
En el Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz el nombre
indicaba temporal, pero pese a la mala administración de la recaudación fiscal por parte
del gobierno y los desfalcos millonarios a las arcas nacionales, y a la evasión fuerte de
impuestos por parte del sector privado están haciendo que el gobierno cree Impuestos
como el Impuesto de Solidaridad, no solo dejando la carga al sector privado, si no que
indirectamente creando tropiezos directos para la economía guatemalteca, afectando
directamente a la micro y mediana empresas, creando una negatividad en las grandes
empresas que buscan diferentes métodos de evadir impuestos, dejando a las otras
empresas con las cargas del Estado.
CAPITULO III
GENERALIDADES DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD
3.1 Antecedentes
40
El día 22 de diciembre en el Diario Oficial de Centro América, fue publicado el
presupuesto general de Ingresos y egresos del Estado, y a su vez fue publicado en esta
misma fecha el decreto número 73-2008 del Congreso de la República de Guatemala,
denominado el Impuesto de Solidaridad.
El presupuesto que contemplo el Estado de Guatemala publicado en el Diario Oficial de
Centro América, que el presupuesto para el año 2009 será un gasto de Q49 mil 723
millones y los ingresos tributarios un estimado de Q38 mil 448.5 millones, el Impuesto
de Solidaridad que queda como nueva ley sustituyendo al Impuesto Extraordinario Y
Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, espera recaudar con la nueva entrada de
este impuesto Q1 mil 798.4 millones, el cual grava una tasa del 1 por ciento, sobre la
cuarta parte de los ingresos brutos de las empresas o sus activos, ya sea el que resulte
mayor de estos, tomando en cuenta que el Estado pretende obtener impuestos de
cualquier manera.
Derivado de la crisis económica y financiera mundial, Guatemala se ve afectada tanto
en el sentido económico, político y social, lo cual es el resultado que al existir una crisis
mundial enorme, las políticas del Estado has intentado recuperar los ingresos que han
perdido aumentado impuesto en una manera desmedida, lo cual crea una política
inestable repercutiendo en toda la sociedad guatemalteca, lo cual se ve reflejado en el
encarecimiento del crédito bancario, cierre de empresas y desempleo masivo.
En las Noticias electrónicas de la Firma diazreyes, Actualmente los contribuyentes que
se encuentran inscritos en el régimen optativo del Impuesto Sobre la Renta, reportan un
impuesto efectivo es decir pagado con relación a los ingresos brutos muy por debajo de
aquellos contribuyentes que están inscritos en el régimen general, en donde la relación
del 5% sobre los ingresos netos es constante.
La entrada en vigencia del Impuesto de Solidaridad tiene entre otras la finalidad de ser
un impulsor para obtener una mejor recaudación del Impuesto Sobre la Renta de las
empresas que realicen actividades mercantiles y agropecuarias, donde la acción de
41
fiscalización del Estado no es lo suficientemente fuerte para hacer que sea declarado
en forma adecuada.
Es de hacer notar que este es un mecanismo emergente mientras se logran los
consensos para la promulgación de un Impuesto Sobre la Renta moderno que grave
toda manifestación de renta y que ayude a dar cumplimiento a las obligaciones del
Estado, fortalecer la recaudación tributaria y que se cuente con los recursos financieros
para financiar los programas de inversión social.13
3. 2 Disposiciones Aplicables
En esta nueva normativa para que las disposiciones que contenga sean aplicables
deben analizarse los siguientes supuestos para que esta se cumpla
1. Tienen que ser personas individuales o jurídicas, así como a una gama de figuras
legales que se manejan en el medio guatemalteco como lo son las figuras de
fideicomiso, contratos de participación, sociedades de hecho.
2. Disponer de patrimonio propio o capital, esto quiere decir que el patrimonio será la
forma de generar ingresos para las empresas lo cual hará que se pueda recaudar de
los ingresos obtenidos del capital.
3. Realizar actividades mercantiles o agropecuarias. Este numeral es uno de los más
resaltantes en el Impuesto de Solidaridad, ya que si una empresa no tiene movimiento,
no debe de tributar, porque si no se llega al 4 por ciento queda fuera de este impuesto.
Algo que es beneficioso para los profesionales liberales es que están fuera del margen
de este impuesto. Un pequeño ejemplo de estos es:
Abogados y Notarios,
Médicos,
13
Díaz Reyes y Asociados, diferencias que existen entre el Impuesto de Solidaridad y el Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, Guatemala, ihttp://www.diazreyes.com, 29 de
Junio de 2010.
42
Auditores y contadores públicos,
Administradores de Empresas entre otros.
Obtener un margen bruto superior al 4% de sus ingresos brutos. Es decir si las ingresos
de las empresas sobre pasan este 4 por ciento deberán de tributarlo, pero en el caso de
que no quedaran fuera del pago de este impuesto.
3.3 Impuesto de Solidaridad
El Impuesto de Solidaridad es un impuesto a cargo de personas individuales o jurídicas,
fideicomisos, contratos de participación, sociedades irregulares, sociedades de hecho,
encargo de confianza, sucursales, agencias o establecimientos permanentes o
temporales de personas extranjeras que operen en el país, copropiedades,
comunidades de bienes, patrimonios hereditarios indivisos y de otras formas de
organización empresarial. que dispongan de patrimonio propio, realicen actividades
mercantiles o agropecuarias en el territorio nacional y obtengan un margen bruto
superior al 4% de sus ingresos brutos. El presente documento constituye una guía
práctica para la aplicación del referido impuesto.14
En general se mantiene la mayor parte de lo regulado en la Ley del Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz en este primer artículo, que
presento la Superintendencia de Administración Tributaria, en su presentación
preliminar en la página de esta institución financiera.
Uno de los cambios trascendentales a resaltar es que ahora el Impuesto de Solidaridad
está a cargo de las personas individuales y jurídicas y otros entes
que realicen
actividades mercantiles y agropecuarias en el territorio nacional. La ley del Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, indicaba que estaba a
14
Superintendencia de administración Tributaria, presentación practica del impuesto de solidaridad, 26 de
junio de 2010,http://portal.sat.gob.gt
43
cargo de estas mismas personas a través de sus empresas mercantiles y
agropecuarias.
Lo cual implica que los entes indicados en este artículo, tendrán que observar que
estarán afectas al Impuesto de Solidaridad aquellas actividades mercantiles y
agropecuarias que no cumplan con los requisitos que se indican en ésta ley para ser
exentos del Impuesto sobre la Renta.
Es significativo indicar que se mantienen como no afectas aquellas entidades cuyo
margen bruto no sea superior al 4%.
El impuesto de solidaridad tiene una base similar al Impuesto Extraordinario y Temporal
de los acuerdo de Paz, ambos impuesto tienen la misma base imponible, que radica en
el ingreso de las instituciones privadas, la ley del Impuesto de solidaridad entro en
vigencia el 1 de enero de 2,009 y está contemplada en el decreto No 73-2008 del
Congreso de la República.
3.4 Términos Importantes en la Ley del Impuesto de Solidaridad
El Artículo dos de la ley del Impuesto de Solidaridad establece las siguientes
definiciones quedando así:
Articulo 2. Definiciones. Para los efectos del Impuesto de Solidaridad, se entenderá
por
a) Activo neto:
El monto que resulte de restar al activo total, las depreciaciones y amortizaciones
acumuladas y la reserva para cuentas incobrables que haya sido constituida dentro de
los límites del tres por ciento sobre las operaciones del giro habitual del negocio
establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así como el total de los créditos
fiscales pendientes de reintegro registrados en el balance general de apertura del
44
período de liquidación definitiva anual del Impuesto Sobre la Renta que se encuentre en
curso durante el trimestre por el que se determina y paga el impuesto.
b) Créditos fiscales pendientes de reintegro:
Los montos que conforme a la ley específica de cada impuesto, el fisco tenga la
obligación de devolver al sujeto pasivo, declarados líquidos y exigibles por resolución y
que estén registrados en el balance general de apertura del periodo de liquidación
definitiva anual del Impuesto Sobre la Renta que se encuentre en curso durante el
trimestre por el que se determina y paga el impuesto.
c) Ingresos brutos:
El conjunto total de rentas brutas, percibidas o devengadas, de toda naturaleza,
habituales o no, incluyendo los ingresos de la venta de activos fijos obtenidos,
declarados o que debieron declararse por el sujeto pasivo durante el periodo de
liquidación definitiva anual del Impuesto Sobre la Renta inmediato anterior al que se
encuentre en curso durante el trimestre por el que se determina y paga este impuesto.
Se excluyen los ingresos por resarcimiento de pérdidas patrimoniales o personales
provenientes de contratos de seguro, reaseguro y re afianzamiento y las primas cedidas
de reaseguro y de re afianzamiento correspondientes al periodo indicado.
d) Margen bruto:
La sumatoria del total de ingresos brutos por servicios prestados más la diferencia entre
el total de ventas y su respectivo costo de ventas.
Los gastos de ventas y
administrativos no deben incluirse como parte del costo de ventas.
3.5 Personas Pasivas en el Impuesto de Solidaridad
A continuación se presenta quienes son las personas Pasivas en el Impuesto de
Solidaridad
45
a) Las personas individuales y jurídicas.
b) Fideicomisos.
c) Contratos en participación.
d) Sociedades irregulares.
e) Sociedades de hecho.
f) Sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de personas
extranjeras que operen en el País.
g) Comunidades de bienes.
i) Patrimonios hereditarios indivisos.
3.6 Quienes Están Exentos del Impuesto de Solidaridad
Según el decreto No 73-2008
El Estado, las municipalidades y sus empresas, excepto las personas jurídicas
formadas por capitales mixtos.
Las Universidades y Centros Educativos.
46
Personas que inicien actividades empresariales, por los primeros cuatro trimestres de
operación.
Actividades Mercantiles y Agropecuarias realizadas por:
Otros que por ley específica gozan de exención del Impuesto Sobre la Renta.
Las asociaciones, fundaciones, cooperativas, los partidos políticos y las entidades
religiosas y de servicio social o científico, que estén legalmente constituidas y
autorizadas.
Siempre que la totalidad de los ingresos que obtengan y su patrimonio se destinen a
sus fines y no distribuyan beneficios, utilidades o bienes entre sus integrantes.
Quienes paguen Impuesto Sobre la Renta con la tarifa fija sobre sus ingresos gravados,
conforme el artículo 44 de la ley.
3.7 Base imponible del Impuesto de Solidaridad
Establecer la base imponible es importante, de la base imponible es donde se saca el
monto de este impuesto:
Debe ser la cuarta parte de los que resulte mayor entre:
Activo neto o los ingresos brutos.
Si el activo neto es mayor de 4 veces a los ingresos brutos, la base será sobre los
ingresos.
3.8Tipo Impositivo
47
El tipo impositivo del Impuesto de Solidaridad es del 1 por ciento.
En este caso la tasa queda en un uno por ciento sin cambio, como se venía aplicando
en el Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, como fue
en los dos últimos años de este impuesto.
3.9 Pago del Impuesto de Solidaridad
Este impuesto deberá pagarse dentro del mes inmediato a la finalización de cada
trimestre calendario, utilizando los medios que para el efecto la Superintendencia de
Administración Tributaria, ponga a disposición de los contribuyentes.
En este caso este impuesto se podrá pagar a más tardar al mes siguiente terminado
cada trimestre.
3.10 Acreditación
Artículo 11 de la Ley del Impuesto de Solidaridad:
El Impuesto de Solidaridad y el Impuesto Sobre la Renta podrán acreditarse entre sí,
los contribuyentes podrán optar por alguna de las siguientes formas:
a) El monto del Impuesto de Solidaridad, pagado durante los cuatro trimestres del año
calendario, conforme los plazos establecidos en el artículo 10 de esta Ley, podrá ser
acreditado al pago del Impuesto Sobre la Renta hasta su agotamiento durante los tres
años calendario inmediatos siguientes, tanto el que debe pagarse en forma mensual o
trimestral, como el que se determine en la liquidación definitiva anual, según
corresponda.
b) Los pagos trimestrales del Impuesto Sobre la Renta, podrán acreditarse al pago del
Impuesto de Solidaridad en el mismo año calendario. Los contribuyentes que se acojan
a esta forma de acreditación podrán cambiarla únicamente con autorización de la
Administración Tributaria. El remanente del Impuesto de Solidaridad que no sea
48
acreditado conforme lo regulado en este artículo, será considerado como un gasto
deducible para efectos del Impuesto Sobre la Renta, del periodo de liquidación definitiva
anual en que concluyen los tres años a lo que se refiere la literal a) de este artículo.
Se mantiene en como primera elección el acreditar el impuesto de solidaridad, pagado
durante el año, podrá acreditarse también sobre el Impuesto sobre la Renta, hasta
terminar los siguientes tres años calendario inmediatos siguientes, en esta ley se está
incluyendo que se puede acreditar el Impuesto sobre la Renta, que se deberá pagar en
forma mensual, adicionalmente a los pagos trimestrales o anuales ya establecidos.
Otra opción que surge es la de poder acreditar el Impuesto sobre la Renta trimestral al
Impuesto de Solidaridad en el mismo año calendario.
El resumen más sencillo es que el contribuyente tendrá la facultad de pagar el Impuesto
de Solidaridad, o el Impuesto Sobre la Renta, debiendo ser pagado el más alto de lo
que resulte a su vez, es decir si una persona quiere pagar el Impuesto sobre la Renta o
el Impuesto de Solidaridad.
3.11 Órgano de Administración del Impuesto de Solidaridad
En este impuesto El órgano de Administración es la Superintendencia de
Administración Tributaria, la cual cuenta con tres atribuciones esenciales:
a) La recaudación.
b) La fiscalización.
c) El Control.
3.12 Por que Surge el Impuesto de Solidaridad
49
Comentario:
En la historia de Guatemala, los cabios de políticas radicales, los golpes de
Estado, y las guerras internas han hecho que la Republica de Guatemala realizo
durante los últimos 20 años gasto millonarios, que están lejos de ser determinados
como inversión, y no es ahí donde radica el problema que el Estado guatemalteco,
tenga que buscar cómo crear nuevos impuesto que ayuden a cubrir esos gastos
millonarios que se han perdido sin llegar a un objetivo lógico y que conlleve a una
solución específica.
De lo anterior se puede sacar tres puntos esenciales de la creación del Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, y el Impuesto de
Solidaridad:
a) La Forma de resolver los problemas financieros por el Estado de Guatemala,
b) Impuestos que de temporales han pasado a ser permanentes,
c) La oposición del Sector Privado.
Frente a las crisis socio-económicas que vive el país, es Estado guatemalteco ha
empleado los siguientes métodos:
a) La forma de resolver los problemas por el Estado de Guatemala:
Guatemala en lo particular al enfrentarse a guerras internas, civiles y políticas, y los
gastos millonarios ocasionados por cada uno de estos, el Estado no importando el
gobernante de turno recurre a crear nuevos impuesto, impuesto que no solo hacen que
el país en temas de economía retrasa la economía y el desarrollo social, como lo es el
Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, acuerdos como
su nombre lo indica que se firmaron en el año de 1996, en el gobierno del Presidente
Álvaro Arzú, impuesto que ataca directamente al sector privado, generando una
coercitiva injusta en la creación de impuestos , peros pese a que este impuesto dejo de
estar en vigencia después de haber pasado 12 años de la firma de los acuerdos de paz,
el Estado de Guatemala decide volver a crear una figura similar, ignorando el nombre
de Extraordinario y Temporal en dicho impuesto, creando así la figura del Impuesto de
50
Solidaridad, impuesto que mantiene la misma base, con mínimas diferencias hacia su
impuesto anterior, ya estando a 14 años de haberse firmado los acuerdos de paz, el
sector privado sigue con las cargas de un Estado que crea políticas, impuestos y
mecanismos para dejar totalmente estancado al país.
b) Impuestos que de temporales has pasado a ser permanentes:
Como se indicaba en el párrafo anterior, estos impuestos no solo ya han pasado de ser
temporales a extraordinarios, si no que a su vez, se han vuelto una carga injusta para la
sociedad guatemalteca.
Estos impuestos, que al parecer solo cambian de nombre, pero con una tasa porcentual
cada vez más alta, desde una perspectiva es claro que la guerra, ya ha terminado, y
que en 14 años de alguna manera es posible que los gastos realizados, se hayan
podido subsanar lentamente, más bien se plantea en el sector privado que es una de
las maneras en que el Estado ha llenado las arcas nacionales, y cuando hay desfalcos
millonarios, no es de sorprenderse que al ocurrir en el gobierno robos y desfalcos
millonarios, siempre hay de donde robar, pero cuando el ministerio de salud pide que se
le aumente el presupuesto, el Estado encuentra la escusa necesaria para indicar que
no hay presupuesto extra para cubrir necesidades básicas que se establecen en la
Constitución Política.
c) La oposición del Sector Privados:
Referente al Impuesto de Solidaridad, la información que existe es escasa, pero
referente a la oposición del sector privado es inmensa.
La oposición por parte del sector privado se dio, al no solo extender el Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, el conflicto inicia con el
incremento de tasa porcentual presentada en el Impuesto de solidaridad, tomando en
cuenta que al estar la economía en las manos del sector privado, y en las elites que
51
tienen monopolizada la economía guatemalteca, es lógico pensar que la economía está
a favor de un solo sector, y aunque le sector privado se ve directamente afectado por la
tributación exigida por el Estado, se benefician en los monopolios que existen en el
país, ya que el objetivo del poder soberano del Estado se ve en manos del sector
privado, y siendo el sector privado uno de los motores fundamentales en la recaudación
fiscal, el Estado se ve imposibilitado, a crear política constitucionales, por el efecto que
se tendría si se eliminaran los grandes monopolios que existen en el país, lo cual ha
hecho que por parte del sector privado se dé una evasión fiscal millonaria, que la
Superintendencia de Administración Tributaria no pueda recaudar el presupuesto que
año con año se espera pueda servir para las necesidades que el Estado pretende
alcanzar.
3.13 Sectores Financieros
Estos sectores se encuentran conformados por los siguientes:
a) Sector Público,
b) Sector Privado.
3.13.1 Sector Público
Este sector se encuentra formado poa las Instituciones que integran al Estado, con la
finalidad de llevar a cabo la planificación de la política financiera, y poner en ejercicio el
rol que juegan las finanzas públicas, creando un impacto social.
Entre estos están:
a) El gobierno central:
52
El cual tiene la función de administrar los recursos públicos, y el de crear la política
financiera, económica y social, con la finalidad de cumplir los deberes del Estado,
contenidos en la Constitución política de la república de Guatemala, dotando al pueblo,
con políticas de desarrollo integral, y cumplir con su deber esencial el bien común en la
sociedad.
b) Instituciones descentralizadas:
Estas instituciones tienen como objetivo, el de recaudar fondos, por la prestación de
servicios, al referirse a descentralizada, es que estas se localizan alrededor de la
republica teniendo a su cargo la prestación de servicios, la Superintendencia de
Administración Tributaria, es el un ejemplo, esta presta servicios esenciales a la
población, y a su vez tiene la facultad de la re colectación de los tributos de los
contribuyentes.
c) Gobiernos locales:
En los gobiernos locales se encuéntrenlas municipalidades, que afectan actividades
financieras.
3.13.2 Sector Privado
El sector privado es uno de los motores que en la actualidad hacen que la economía
social de los países funcione, no solo por el hecho de prestar servicios, si no por la
carga tributaria que soporta, pero por otro lado generando empleos para la misma
sociedad.
El sector privado tiene la cualidad de no tener ninguna relación de dependencia con el
Estado, solo las que las leyes establecen, dándole el criterio de fomentar la actividad
económica de una manera libre.
Entre el sector privado encontramos las siguientes:
a) Personas:
53
Se refiere a la población en general, que están sujetos a la tributación indirecta, como lo
es el impuesto al valor agregado, que en cualquier producto debidamente registrado, se
paga esta carga tributaria.
Este impuesto es general, porque se paga en el consumo de productos que le generan
ingresos al Estado, aquí no importa la edad ya que al ser indirecto todos están sujetos,
desde los menores de edad, hasta los de la tercera edad.
b) Empresas:
De las entidades ya plasmadas en esta tesis, el sector de las empresas juega un papel
radical en el movimiento de la economía.
Las empresas son las entidades que más recursos financieros le aportan al Estado por
medio de la tributación y el pago de impuesto destinados al ejercicio comercial.
El sector empresarial está sujeto a los dos tipos de impuestos que hay en general, los
directos e indirectos.
CAPITULO IV
EFECTOS DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN EL SECTOR PRIVADO
4.1 Generalidades del Sector Privado
El sector privado, tiene la característica esencial de parte de una economía que no
pertenece o no está sujeta al Estado.
54
En este sector encontramos en esencia a los siguientes sujetos:
Sociedades anónimas.
Sociedades de responsabilidad limitada.
Corporaciones.
Trabajadores autónomos, los cuales podrían entrar en los empresarios.
Al referirnos al sector privado, se establece que son los sujetos que tienen relación
corta o nula referente al Estado, es decir se complementa, por empresas comerciales, o
sectores de individuos que realicen actividades comerciales sin estar vinculados o
ligados al Estado, si no que por voluntad propia los realiza.
En la ley del Impuesto de Solidaridad enumera las siguientes personas que son sobre
las que recae el impuesto de Solidaridad:
a) Las personas individuales y jurídicas.
b) Fideicomisos.
c) Contratos en participación.
d) Sociedades irregulares.
e) Sociedades de hecho.
f) Sucursales, agencias o establecimientos permanentes o temporales de personas
extranjeras que operen en el País.
g) Comunidades de bienes.
55
i) Patrimonios hereditarios indivisos.
Estas son las figuras sobre las que el Impuesto de Solidaridad obliga al pago de este
impuesto, a les da la acreditación de poder acreditar sus pagos al en el Impuesto sobre
la Renta.
4.2 Efectos en el Sector Privado
El primer efecto que tiene el Impuesto de Solidaridad, es el de la carga tributaria que
recae sobre este sector.
Este es el sector afectado referente a la tributación, en Guatemala, existen pocas
empresas con capacidades para exportar internacionalmente, lo cual reduce los
ingresos del Estado, por no ser un país industrializado, lo cual ha llevado en el caso de
Guatemala que la recaudación fiscal que realiza a través de la Superintendencia de
Administración Tributaria, la cual año con año sube los porcentajes de los impuestos
generando una carga para las empresas, llevando a que el nivel de desarrollo de estas
se reduzca, en algunos casos hasta la desaparición de estas.
Otro efecto claro que crea el impuesto de solidaridad en el sector privado, es a la
moderación de los ingresos, ya que una parte es obligatoria para el Estado.
Las entidades privadas deben de mejorar su nivel de productividad de ingresos, ya que
no solo deben de velar por los gastos que se ocasionan por su actividad financiera, si
no que fuera de eso, emplear políticas económicas para poder tributar.
Otro efecto positivo para el sector privado es que si sus ingresos netos no son mayores
al 4 por ciento, no deberán pagar esta carga tributaria, pero no podrán usar la facultad
de poder acreditar el impuesto Sobre la Renta al Impuesto de Solidaridad, lo cual se da
56
también en viceversa, esta ventaja faculta a los contribuyentes a realizar el pago de uno
de estos dos impuestos, una de las mínimas ventajas contempladas en este impuesto
de solidaridad.
Otro Efecto que se puede dar al sector privado por el impuesto de solidaridad, es que si
el Estado hace una buena administración de lo tributado, y crea políticas socio
económicas, y asistiendo al sector privado, crea una mejora económica no solo para
este sector, sino para toda la sociedad, incluyendo principalmente al gobierno.
Al realizar el Estado un buen uso de los tributos de los contribuyentes, genera
oportunidades, que si es bien utilizada por el sector público, tendrá un efecto positivo en
el sector privado, pueden impulsar la economía del país.
El Último efecto que crea el Impuesto de solidaridad en el sector privado es el que se
encuentra en los considerandos del decreto 78-2008, los cuales establecen lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala obliga a observar el principio
de solidaridad, al establecer que el Estado tiene como fin supremo la realización del
bien común de los guatemaltecos bajo el mandato de guardar conducta fraternal entre
sí, y ordena a los guatemaltecos contribuir a los gastos públicos, para hacer realidad
que el régimen económico y social de Guatemala alcance el desarrollo, fundado en
principios de justicia social, en un contexto de estabilidad con crecimiento acelerado y
sostenido.
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone al Estado la Constitución Política de
la República de Guatemala en materia de inversión social, es impostergable buscar los
mecanismos que mantengan y fortalezcan la recaudación tributaria, que permita al Estado contar
con los recursos financieros necesarios para el financiamiento de los programas de inversión social
57
que demanda la población más necesitada, en tanto se promulgue una ley de modernización del
Impuesto Sobre la Renta.
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala otorga con exclusividad, al Congreso
de la República, la facultad de decretar impuestos, conforme a las necesidades del Estado.
El efecto en los considerandos es hacer que el sector privado sea solidario, con las
necesidades que tiene el Estado, en épocas de crisis financiera, así como la represión
interna que existe en el país logrando con ello, los recursos necesarios para que el
Estado pueda alcanzar sus objetivos.
CAPITULO V
EFECTO DEL IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO
5.1 Generalidades del Sector Público
El sector público lo integran la serie de empresas estatales, que están al servicio del
Estado, las cuales están bajo el dominio y la autonomía de este, recordando que los
ingresos o egresos que estas tengan, afectan
privado.
58
al Estado, a la sociedad y al sector
El impuesto de solidaridad enumera una lista de entidades que están fuera de este
impuesto:
El Estado, las municipalidades y sus empresas, excepto las personas jurídicas
formadas por capitales mixtos.
Las Universidades y Centros Educativos.
Personas que inicien actividades empresariales, por los primeros cuatro trimestres de
operación.
Actividades Mercantiles y Agropecuarias realizadas por:
Otros que por ley específica gozan de exención del Impuesto Sobre la Renta.
Las asociaciones, fundaciones, cooperativas, los partidos políticos y las entidades
religiosas y de servicio social o científico, que estén legalmente constituidas y
autorizadas.
Siempre que la totalidad de los ingresos que obtengan y su patrimonio se destinen a
sus fines y no distribuyan beneficios, utilidades o bienes entre sus integrantes.
Quienes paguen Impuesto Sobre la Renta con la tarifa fija sobre sus ingresos gravados,
conforme el artículo 44 de la ley.
5.2 Funciones del Sector Público
Asegurar la provisión de bienes y servicios que el mercado no provee o lo hace de
forma inadecuada, y a su vez garantizar un funcionamiento eficiente en el mercado
comercial.
59
Otra de sus funciones esenciales es la redistribución, en un ámbito social con el fin de
equilibrar la sociedad, y esta pueda desarrollarse en los aspectos básicos.
Otra función es la de la estabilización cuya finalidad es reducir o limitar las fluctuaciones
económicas, logrando estabilizar el nivel de precios y alcanzar un gran porcentaje de
empleo, reduciendo las tasas altas de desempleo que con el paso del tiempo generan
severos problemas socioeconómicos.
El sector publico posee bienes los cuales doctrinariamente son denominados bienes
públicos, aquí no se da la competencia desleal, no existe la rivalidad, puesto que no
existe un solo dueño si no que estos están al servicio de toda la sociedad, en ocasiones
el Estado da a la población estos bienes a precios muy bajos.
En el periodo presidencial del Ex presidente Alfonso Portillo, se redujo el costo de
fertilizante, la finalidad, no era el fin del lucro, si no apoyar al ser campesino creando
políticas de precio bajos.
En este mismo periodo se da una baja en el alza de la canasta básica, que benéfico a
toda la población guatemalteca.
5.3 Principios en los que se Basa el Sector Público
Eficacia: Consiste en obtener el objetivo propuesto, en el caso de Guatemala, mese
antes de la terminación de un año, se publica en el Diario Oficial de Centroamérica, el
presupuesto para el nuevo año.
Eficiencia: Alcanzar un objetivo con los menores recursos posibles, todo de acuerdo a
las políticas de inversión y de ahorro que el Estado tenga para poder lograr reducir el
costo de sus egresos para cada año fiscal.
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Eficiencia técnica: alcanzar un nivel de producción con el mínimo de factores, dado un
proceso de producción. El Estado, debe de crear empresas no tan fuertes
económicamente para no volverlas monopolio, pero si como una fuente de producción,
inversión y de ingresos, para que la carga tributaria se aligere dando alternativas al
sector privado.
Eficiencia asignativa: obtener un nivel dado de producción con el mínimo coste, debido
a una combinación alternativa de factores. Esta última se refiere a que las producciones
del Estado, deben economizar los recursos que sean posible, pero guardando que no
sea perdida para este.
5.4 Efectos del Impuesto de Solidaridad en el Sector Público
El efecto principal hacia el sector público, es que no está sujeto a este impuesto, es
decir, que las municipalidades, órganos del Estado quedan libres de este impuesto.
El siguiente efecto recae en la recaudación fiscal que es realizada por el sector público
por medio de la Superintendencia de Administración Tributaria, la cual es la esencia de
los impuestos, dichos ingresos recaudados, le sirven al Estado para poder cumplir con
sus deberes hacia la sociedad.
Objetivos de la recaudación fiscal:
Mantener una economía estatal solida a través de la recaudación de los impuestos.
Crear políticas para la administración de estos ingresos percibidos por la tributación de
los contribuyentes.
Crear mecanismos para la administración e inversión o gastos de los impuestos.
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Apoyar al sector privado, con normativas justas y mínimas, para no crear una carga
sobre el sector privado.
Fomentar una política de transparencia en la utilización de cada uno de estos.
Almacenar e invertir los recursos, que excedan lo contemplado por la recaudación
fiscal.
5.5 Reformas al Impuesto de Solidaridad
Exención del Impuesto de Solidaridad para contribuyentes del Régimen General del
Impuesto Sobre la Renta, Artículo 44, estableció en el decreto Numero 26-92 y sus
reformas.
La Ley del Impuesto de Solidaridad, Decreto Numero 73-2008, fue objeto de reforma
según el artículo 179 de la Ley de Actualización Fiscal Decreto Numero 10-2012, dichas
reformas afectaron de la siguiente manera al Impuesto de Solidaridad.
Antes de la reforma el Decreto número 73-2008 indicaba en su artículo 4, literal f)”Las
personas individuales o jurídicas y los demás entes afectos al Impuesto de Solidaridad,
que paguen el Impuesto Sobre la Renta con una tarifa fija sobre sus ingresos gravados,
conforme lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Decreto
Numero 26-92 del Congreso de la Republica, y sus reformas” con lo cual se establecía
la exención del ISO a las empresas mercantiles que pagaban el 5% de Impuesto Sobre
la Renta.
En el Decreto Numero 10-2012 que se publicó el 05-03-2012 en el Diario Oficial en su
artículo 178, reformo el Articulo 4, inciso f) de la Ley del ISO, el cual queda así: “f) Las
personas individuales o jurídicas los demás entes o patrimonios afectos al Impuesto de
62
Solidaridad que paguen el Impuesto Sobre la Renta de conformidad con el Régimen
Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas de este impuesto”
Esta reforma fue incluida en este decreto en virtud que a partir del año 2013, el
régimen general cambiara de nombre, que de acuerdo con el decreto número 10-2012
se convierte en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades
Lucrativas. Como puede observarse el cambio se implementó para evitar conflicto con
el nuevo régimen del Impuesto Sobre la Renta que se aplicará para el año 2013, sin
embargo la misma cobro vigencia en la actualidad porque se le debe aplicar el Artículo
8 de la Ley del Organismo Judicial, que contempla que la Ley empieza a regir 8 días
después de su publicación en el Diario Oficial, con lo cual norma original del Articulo 4,
inciso f) fue derogada.
Derivado de estos comentarios actualmente recomendamos a nuestros clientes y
demás personas que consulten nuestra página, que Según el Dictamen Numero DSAT-38-2012 los contribuyentes inscritos en el artículo 44 de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta, deben pagar el ISO en los trimestres comprendidos de Abril a
Diciembre de 2012, por lo que deben tomar las siguientes medidas:
1)
Actualizar su status en el Registro Tributario Unificado de SAT, para inscribirse
como afecto al Impuesto de Solidaridad.
2)
El contribuyente debe elegir el método de acreditamiento que establece el artículo
11 de la Ley del Impuesto de Solidaridad.
3)
Estar pendientes de la información relacionada que pueda darse antes del
vencimiento del trimestre de abril a junio 2012, que se vence el 31 de julio del año 2012
de lo cual estaremos informando en esta página.
63
CAPITULO FINAL
PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS.
A continuación se presentara los resultados del trabajo de campo que se realizó en
base a los efectos del Impuesto de Solidaridad en el sector Público y Privado de
Guatemala, Estos resultados se llevaron a cabo en base a los objetivos que se
plantearon.
La investigación fue planteada a guatemaltecos en distintos puestos de trabajo, como
profesionales del derecho tributario, profesionales en el Campo de la economía,
empresas privadas que están sometidas a este impuesto, Instituciones Educativas que
64
están exentas de este impuesto, Instituciones religiosas las cuales también están
exentas de este impuesto, para la cual se utilizo el método de entrevista a juristas,
específicamente a lo que se refiere el impuesto de solidaridad.
El trabajo de campo permite conocer los diferentes puntos de vista de las diferentes
personalidades que coadyuvan en cierta manera a entender directamente los efectos a
los que este impuesto de solidaridad ha sometido a parte del sector privado a este
impuesto, pero que sus efectos recaen en los sectores públicos y privados de
Guatemala.
Por medio de este instrumento se demostrara que aquellas preguntas planteadas a los
entrevistadores, fueron posible
responder a las preguntas que motivaron la
investigación desarrollada, la cual fue la aplicación del copyright y su aplicación legal en
Guatemala como medio de prevención como medio de prevención contra las copias
ilegales en la propiedad intelectual.
Pregunta Numero Uno:
¿En qué consiste un impuesto temporal?
Las diferentes opiniones sobre un impuesto temporal coinciden en que este tipo de
impuesto se crea para un determinado tiempo, lo cual hace esa diferencia entre un
impuesto temporal a uno permanente, entre la opiniones se resalto que los impuestos
temporales pueden darse a una inestabilidad que sufre la sociedad guatemalteca en
general, y a gastos no contemplados en el presupuesto general del país, a lo cual el
Estado en caso de estos nuevos gastos y a la falta de presupuesto para poder
afrontarlo y a su vez por la falta de políticas de prevención del desequilibrio nacional
económico, crea este tipo de impuestos, ya que el desequilibrio no será permanente, a
los cual se le denomina impuesto temporal o impuesto de corto plazo, pero algunos
impuestos toman carácter de permanentes, puesto que hay impuestos temporales que
65
solo van cambiando de nombre pero la esencia es la misma, al igual que la base
imponible pero con un índice más alto.
Pregunta numero dos:
¿Qué impuestos temporales conoce?
En las opiniones de sobre los impuestos temporales que se conocen resaltaron cuatro
impuestos que han recorrido por las normativas guatemaltecas referente a la tributación
temporal, el primero de estos impuestos tenía el nombre de Impuesto de Solidaridad
Extraordinario y Temporal (ISET) este impuesto tiene más de doce años de haber sido
utilizado por el Estado guatemalteco, y fue uno de los primeros impuesto en tener el
carácter de temporal pero su duración fue de 4 años de 1996 al año 2000 en el
gobierno de Álvaro Arzú, seguido de este impuesto temporal, se da la creación de su
predecesor el Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias (IEMA), el cual fue
declarado inconstitucional por la Corte de Constitucionalidad durante el Gobierno de
Alfonso Portillo en el 2000-2004, pero en el gobierno de Oscar Berger, se restableció
dicho impuesto pero bajo el nombre de Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a
los Acuerdos de Paz, (IEATAAP) el cual culminaba en el año 2007 pero por una
prórroga del Estado Guatemalteco llego a prorrogarse un año más, y finalmente se
culminan estos impuesto con el Impuesto de Solidaridad (ISO), el cual es la secuencia
de cada uno de sus antecesores, pero con el notorio parecido a los demás impuesto
solidarios que lo que menos han tenido en común es la temporalidad con la que fueron
creados.
Pregunta numero tres:
¿Qué es el Impuesto de Solidaridad?
Las
respuestas de esta pregunta son unánimes al mencionar que el impuesto de
solidaridad, tiene la esencia de apoyar al Estado, y solidarizarse en un apoyo
económico con el cual se pretende recaudar más para suplir las necesidades de la
sociedad guatemalteca, de estas misma opiniones se resalto que el impuesto de
solidaridad, no debe de llevar dicho nombre cuando este es impuesto y no nace de la
66
voluntad de los contribuyentes, ni se toma en cuenta la capacidad de cada
contribuyente, y que el activo neto ni siquiera se sometió a votación o encuestas
simplemente fue directo, lo cual es contradictorio por el nombre, se entiende que es un
impuesto donde la sociedad guatemalteca debería de ser pagada en general, pero hay
funcionarios públicos que están exentos de dicho impuesto teniendo la capacidad
económica para poder pagar dicho impuesto.
Pregunta número cuatro:
¿Cumple el Impuesto de Solidaridad con la finalidad de la recaudación fiscal del
Estado, siendo este un impuesto temporal y no permanente?
El impuesto de solidaridad como objetivo para el Estado en la recaudación fiscal,
persigue el fin de recaudar más presupuesto y que a través del flujo de tributación que
se alcance con este normalizar o llegar a un nivel estándar cubriendo los diferentes
gastos públicos que se le presenten, ahora bien siendo un impuesto temporal no podrá
siempre ser recaudado, lo cual el Estado no solo deberá gastar dicha tributación, en el
caso más lógico deberá invertir este presupuesto en fideicomisos, o en préstamos para
el sector privado, no solo para inyectar capital, si no extender una ayuda a este sector
que están vital en la economía guatemalteca, si no a manera de recaudar más
presupuesto para poder tener una fuente permanente en dinero, lo cual hará que el
Estado tenga un ingreso directo sin afectar a la sociedad con impuestos que
descapitalizan al los sectores donde este va aplicado, y no creando oportunidades
internacionales donde las empresas podrían recuperar parte de lo tributado.
Pregunta número cinco:
¿Cuáles son los efectos que considera que tiene el Impuesto de Solidaridad en el
sector privado?
El principal efecto en el sector privado es la perdida de capital o de ingresos netos, ya
que va directamente obligado sin el Estado tomar la esencia de ver la economía de
dichas empresas, referente mente a las empresas pequeñas y medianas, otro efecto
negativo que tiene en el sector privado, es que siendo un impuesto temporal, es decir
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de determinado tiempo, el sector privado a pagado este impuesto durante doce años
contrario a la esencia y objeto de estos impuestos, lo que ha cambiado en estos doce
años han sido los nombres con que se les ha denominado y la base imponible que en
lugar de bajar o solidarizarse con los contribuyentes ha sido aumentado, lo cual tiene un
efecto negativo en la economía guatemalteca, lo que ha resultado como efecto del
sector privado en respuesta a estos impuestos es la evasión fiscal, que deja como
resultado al Estado sin fondos, lo cual hace que este cree nuevos impuestos y la
economía del país no pueda crecer y se estanque, es lógico pensar que la idea de crear
más impuestos no es la solución, pero si estos son creados apoyando a las áreas
débiles de la sociedad, y ayudando y fomentando la economía guatemalteca y
estructurando una economía más solida, la evasión fiscal se reduciría a un porcentaje
alto dando como resultado presupuesto para el Estado, y cumpliendo el objetivo que se
tiene en la recaudación fiscal, que por el momento no se ha podido llegar a esta.
Pregunta número seis:
¿Cuáles son los efectos que considera usted que tiene el Impuesto de solidaridad
en el sector público?
Algunos opinan que en este sector de la sociedad los efectos son en su mayoría
positivos, uno de esos primeros efectos positivos es que este sector está exento de
este impuesto lo cual hace que su economía no se vea afectada por la tributación de
tal, el objeto que en parte persigue el impuesto de solidaridad es cubrir parte de los
gastos que genera el sector público, el cual puede darse en varias maneras, sector
salud, educación, salarios, indemnizaciones de los trabajadores del Estado, este
impuesto cubre partes que el estado tiene aun con falta de fondos, el problema que
encuentra el sector privado, es que este impuesto no cumple con su la esencia de su
nombre, ya que al referirse al ser solidario debería ser pagados por todos, incluyendo a
68
los funcionarios públicos que gozan de beneficios extra con altos salarios y que este
mismo impuesto es que ellos como representantes del Estado ellos tienen la finalidad
de darle a dicho impuesto un buen uso, desde otro punto de vista los auditores de la
Superintendencia de Administración Tributaria que fueron entrevistados, plasmaron que
este impuesto ha sido de mucha ayuda a las arcas nacionales y que este no debería de
ser temporal y no permanente ya que la sociedad guatemalteca, necesita de ingresos
extra para poder mantener un equilibrio financiero, pero creando una política mejor de
la administración de estos para que no se dé una mala malversación de estos y
Pregunta número siete:
¿El impuesto a las empresas mercantiles y agropecuarias (IEMA) el Impuesto
Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP)
y el Impuesto de Solidaridad persiguen un fin distinto?
Las opiniones referentes a esta pregunta, es que ninguno de estos impuestos
persiguieron un fin distinto es su tiempo y el actual tampoco, todos llevan la carga
tributaria en el activo neto, lo único que ha cambiado es que el porcentaje en el valor de
este impuesto, así mismo las diferentes denominaciones que tienen cada uno, el fin es
un ingreso que ayude a regular la economía del Estado y que este mantenga la
finalidad de la recaudación fiscal la cual se reduce al gasto público, estos impuesto
tienen una serie de inconstitucionalidades que violan la primera podría ser que de
temporales pasaron a permanentes y eso viola la esencia de los mismos pero su fin no
es distinto todo radica en lo mismo.
Pregunta número ocho:
¿Cómo podría mejorar la política tributaria así mismo la normativa referente a
impuestos temporales para poder ver el objetivo que se pretende con estos
impuestos en Guatemala?
La primera forma de mejorar la política tributaria, es que el Estado guatemalteco
respete las mismas normas que le dan la facultad de crear estas mismas, y a su vez
que estas mismas se basen en la Constitución Política de la Republica de Guatemala, y
69
que no ser el principal infractor, otra forma de mejorar la normativa tributaria es que el
Estado en la manera posible trate de gastar solo lo necesario evitando desfalcos
millonarios que hacen que el país entero dude de la capacidad estatal, otro factor que
puede ayudar a mejorar los mecanismo de recaudación tributaria y a su vez eliminar
impuestos, es la evasión fiscal por parte de los sectores privados como las empresas
grandes que tiene la libertad de poder manipular y a su vez crean mecanismos que
hacen que esta sea casi invisible para la Superintendencia de Administración Tributaria,
y por último que el estado utilice la política de los bonos como en años anteriores,
donde los contribuyentes reciben dinero por parte de mini prestamos para el estado a
diferencia de impuesto que nunca se les ve un objetivo cumplido. .
CONCLUSIONES
1. La tributación es el único medio práctico de recaudar ingresos por parte del Estado
guatemalteco, con la finalidad de poder financiar el gasto público en bienes y servicios
que demanda la mayoría de los ciudadanos, y en los mismos gastos que le conlleva su
propia actividad.
2. Los impuestos temporales como el impuesto de solidaridad, su naturaleza jurídica
corresponde a ser de ingresos directos de carácter excepcional o temporal que operan
como sustituto del impuesto sobre la renta, lo cual ha sido un factor significativo para
mejorar la recaudación tributaria directa durante los períodos de crisis financiera, pero
teniendo un efecto negativo y permanente en el sector privado donde recae este
impuesto.
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3. El Impuesto de solidaridad, es un tributo que grava las rentas brutas de personas
individuales y jurídicas, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Superintendencia
de Administración Tributaria; es un ingreso que se ha convertido en indispensable para
el Fisco.
4. Los principios teóricos de la imposición sólo pueden realizarse a través de un sistema
de impuestos debidamente organizado, teniendo en cuenta que todo sistema impositivo
deberá fundamentarse en lo establecido por la Constitución Política de la República de
Guatemala.
5. Que la finalidad del Impuesto extraordinario y temporal de apoyo a los acuerdos de
paz así como el impuesto de solidaridad, fueron impuestos creados por los conflictos
que sufría el país por las guerras internas que le costaron a la sociedad en general
grandes pérdidas de vidas humanas así como el caudal nacional, lo cual llevo al Estado
a crear impuestos temporales, lo cual en su misma naturaleza se establecían que
serian por un determinado tiempo, pero el Estado los volvió permanentes afectado a al
sector privado con errores propios del Estado, la mala administración, gobiernos de
factos, y mal versación de fondos públicos para favorecer intereses personales.
RECOMENDACIONES
1. Que en un corto plazo, se debe ejercer un control del gasto público, eliminando
cualquier erogación innecesaria o no prioritaria. Lo anterior debe de complementarse
con una reestructuración de la evaluación de eficiencia y eficacia del gasto público y
que los órganos que tengan a cargo la administración de estos bienes puedan a su vez
crear las políticas necesarias para poder asegurar su cumplimento, que es un
compromiso del Pacto Fiscal.
2. Actualmente la mayor recaudación tributaria la representan los ingresos indirectos,
por lo que es necesario darle prioridad a los impuestos directos este tipo de ingresos,
pues esto sugiere un nivel elevado de evasión, exenciones y deducciones en estos
71
impuestos, a pesar de la creación de impuestos extraordinarios como lo han sido el
Impuesto de solidaridad y el impuesto a Empresas Mercantiles y Agropecuarias IEMA y
actualmente el Impuesto de solidaridad para amalgamar la caída de los impuestos
directos, aunque el uso de estos impuestos debe de ser prudente y no abusar de ellos
pues altera su naturaleza jurídica en cuanto a su temporalidad.
3. El sistema impositivo basado en el principio de Legalidad debe de ser lo más simple
y general posible, para no confundir al contribuyente y no fomente comportamientos
diseñados para evitar el pago del impuesto, como la evasión fiscal que entorpece la
finalidad de la recaudación fiscal del estado guatemalteco.
4. Para que el Estado no sufra la alteración por la terminación del Impuesto de
solidaridad vigente, será necesaria la introducción de un impuesto directo, definitivo y
con tasa permanente que grave el valor del activo neto total, con acredita miento al
Impuesto sobre la Renta, que asegure el pago mínimo por parte de las personas
individuales o jurídicas propietarias de empresas mercantiles y agropecuarias, evitando
así desvirtuar el fin de los impuestos extraordinarios y temporales.
REFERENCIAS
a) Referencias Bibliográficas
Cabanellas, Guillermo, diccionario electrónico primera edición año 1977
Bernal Díaz del Castillo, Historia verdadera de la conquista de la nueva España (México
Porrúa, 1974) pág. 410
Demarest, Arthur, Ancient Maya, the rise and fall of a rainforest civilization, Cambridge
university press 2004.
72
Negreros Carias, Mónica
azucena Tesis Importancia del Impuesto Extraordinario y
Temporal de apoyo a los Acuerdos de Paz en tiempo de Crisis. Guatemala diciembre
de 2007 pág. 34.
Negreros Carias, Mónica, ibíd. pág. 35.
Rodríguez Velásquez, Jorge A. Los tributos en general y sus diferencias Pág. 20.
Ruz Lhuillier, Alberto. La civilización de los antiguos mayas 3 edición México: Fondo de
cultura económica, 1991
b) Referencias normativas
Constitución Política de la República. Asamblea Nacional Constituyente, 1986.
Código Penal. Congreso de la República. Decreto Número 17-73, 1973.
Código Tributario. Congreso de la República. Decreto Número 6-91, 1991.
Ley Contra la Defraudación y el Contrabando Aduanero. Congreso de la República.
Decreto Número 58-90, 1990.
Ley del Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias. Congreso de la
República. Decreto Número 99-98, 1998. Reformado por el Artículo 23 Decreto 802000.
Ley del Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz.
Congreso de la República. Decreto Número 19-04, 2004.
Ley del Impuesto Sobre la Renta. Congreso de la República. Decreto Número 26-92,
1992. Reformado por los Decretos Legislativos Números 36-97, 18-04.
73
Ley Orgánica del Presupuesto. Congreso de la República. Decreto Número 10197,1998.
c) Referencias electrónicas
Cronología de la historia del impuesto. http://www.neoliberalismo.com/impuestos.
Díaz Reyes y Asociados, diferencias que existen entre el Impuesto de Solidaridad y el
Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz, Guatemala, i
http://www.diazreyes.com , 29 de Junio de 2010.
Grizziotti, Benvenuto, Princio de la ciencia de las Finanzas, Buenos Aires Argentina
ficha electrónica, http://consulta.bcn.gov.ar. 2010-07-01.
Parellada,
Ramos,
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http://independent.typepad.com/ 29 de junio de 2010.
Smith, Adam, libro Riqueza de las naciones libro electrónico.
Superintendencia de administración Tributaria, presentación practica del impuesto de
solidaridad, 26 de junio de 2010, http://portal.sat.gob.gt
ANEXOS
ANEXO 1.
Campus de Quetzaltenango
Coordinación Ciencias Jurídicas y Sociales
Teléfono (502) 7722 9900 Ext. 9888
Fax: (502) 7722 9821
14 Avenida 0-43 zona 3, Quetzaltenango
Entrevista
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El contenido del presente instrumento será utilizado para efectos académicos, sírvase
responder con letra clara y legible las respuestas que a continuación se le plantean.
1. ¿En qué consiste un impuesto temporal?
2. ¿Qué impuestos temporales conoce?
3. ¿Qué es el Impuesto de Solidaridad?
4. ¿Cumple el Impuesto de Solidaridad con la finalidad de la recaudación fiscal del
Estado, siendo este un impuesto temporal y no permanente?
5. ¿Cuáles son los efectos que usted considera que tiene el Impuesto de
Solidaridad en el sector privado?
6. ¿Cuáles son los efectos que considera usted que tiene el Impuesto de
solidaridad en el sector público?
7. ¿Cree usted que el impuesto a las empresas mercantiles y agropecuarias (IEMA)
el Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Apoyo a los Acuerdos de
Paz (IETAAP) y el Impuesto de Solidaridad persiguen un fin distinto?
8. ¿Cómo podría según usted mejorar la política tributaria y normativa referente a
impuestos temporales para poder ver el objetivo que se pretende con estos
impuestos en Guatemala?
9. ¿Qué mecanismos debe crear el Estado aparte de la creación de impuestos para
que se logre una recaudación fiscal objetiva?
75