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248
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al embrión, 5 ó 6 días después de la fecundación, con masa celular interna, capa
externa de trofoectodermo y cavidad o blastocele lleno de líquido; por embrión, al
producto de la división del zigoto hasta el fin del estadío embrionario (8 semanas
después de la fecundación); por fecundación a la penetración de un ovocito por un
espermatozoide y la combinación de sus materiales genéticos, lo que resulta en la
formación de un zigoto; por implantación, a la unión y subsecuente penetración
del blastocisto libre de zona pelúcida usualmente en el endometrio, que comienza
5 a 7 días después de la fecundación; por feto al producto de la fecundación desde
el fin del desarrollo embrionario, a las 8 semanas después de la fecundación, hasta
el aborto o el nacimiento y por zigoto, a la célula diploide resultante de la fecundación de un ovocito por un espermatozoide, la cual subsecuentemente se divide
para formar un embrión.
6.4. CANADÁ, ASSISTED HUMAN REPRODUCTION ACT. 2004, C. 2.
El art. 3 de esta ley distingue claramente tres fases del desarrollo: embrión in
vitro, embrión y feto. “Embrión” es un organismo humano durante los primeros
56 días de su desarrollo después de la fertilización o la creación, excluyendo cualquier tiempo durante el cual este desarrollo ha sido suspendido, e incluye cualquier
célula derivada de ese organismo que sea utilizada con el propósito de crear un
ser humano.
“Embrión in vitro” es un embrión que existe fuera del cuerpo de un ser humano.
“Feto” es un organismo humano durante el período de su desarrollo a partir del
día 57 después de la fertilización o la creación, con exclusión de cualquier tiempo
durante el cual su desarrollo ha sido suspendido, y terminando con el nacimiento.
6.5. BELGICA. LAW ON EMBRYO RESEARCH (11 DE MAYO DEL 2003)
Esta ley se refiere, de manera específica y especial, a las investigaciones que se
realizan con embriones. En este contexto, el art. 2 dispone que se entiende por
“embrión” la célula o conjunto orgánico de células susceptibles que, desarrollándose, puede dar lugar a un ser humano; por “embrión in vitro”, el embrión que se
ubica fuera del cuerpo femenino y por “embrión supernumerario”, el que ha sido
creado en el marco de la procreación médicamente asistida pero que no es objeto
de transferencia en una mujer.
6.6. FINLANDIA. NO. 488/1999 MEDICAL RESEARCH ACT. SECCIÓN 2
(295/2004)
Esta legislación también tiene por objeto regular aspectos relacionados con
las investigaciones que compromete embriones, interesándose por brindar ciertas