Download ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas previstas en el

Document related concepts

Calificación energética de viviendas wikipedia , lookup

Transcript
OFICINA DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
C/ BRAGANZA, S/N, 1ª PLANTA, 28025-MADRID
TELF.-FAX: 91 673 52 86 - 91 673 96 98.
EMAIL: [email protected] WEB: www.ore02.com
DOCUMENTO INFORMATIVO
Página 1 de 4
AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS PREVISTAS
EN EL REAL DECRETO 2066/08, DE 12 DE DICIEMBRE DEL PLAN ESTATAL DE
VIVIENDA Y REHABILITACIÓN 2009-2012 Y DECRETO 88/09 DE 15 DE OCTUBRE
DEL PLAN DE REHABILITACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL
PERIODO 2009-2012.
REHABILITACIÓN DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIO DE
UNA SOLA VIVIENDA
I) REHABILITACIÓN DE VIVIENDA
Ayudas RENOVE que el Ministerio de la Vivienda ofrece para la Rehabilitación de Viviendas
con más de 15 años de antigüedad, mediante la Calificación de actuaciones protegidas, con
un presupuesto superior a 3.000 €, dedicando al menos un 25% de este presupuesto a la
mejora de la eficiencia energética, energías renovables, la higiene, la protección del medio
ambiente o la accesibilidad:
1.1.-SUBVENCIONES A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA PARA USO PROPIO:
Los titulares de las viviendas cuyos (*) ingresos familiares no excedan de 6,5 veces el
IPREM, podrán obtener las siguientes subvenciones en función de su presupuesto protegido
(**):

25% con los siguientes límites máximos de subvención:
a) 2.500 € con carácter general
b) 3.400 € para mayores de 65 años o supresión de barreras arquitectónicas .
NOTA: POR LEY 7/2007 DE 21 DE DICIEMBRE, de Medidas Fiscales y Administrativas(BOCM de
28 de diciembre) es de obligado cumplimiento para las actuaciones en materia de vivienda
protegida y rehabilitación, proceder al pago de unas TASAS establecidas.
TASAS PARA OBTENCIÓN DE LA CALIFICACIÓN PROVISIONAL: Previamente a la obtención de la
Calificación Provisional se tendrá que haber procedido a su autoliquidación conforme al presupuesto
protegido determinado en dicha calificación. La cantidad a autoliquidar será el 0,1224% de dicho
presupuesto y se realizará el pago de forma telemática o cumplimentando impreso MODELO 030
para hacer su ingreso en las entidades colaboradoras: Cajamadrid, Ibercaja, La Caixa, Caja Duero,
BBVA o Banesto.
El interesado deberá presentar el ejemplar “para la Comunidad”del modelo 030 en el que quede
constancia del pago efectuado o justificante de ingreso si se realiza el pago de forma telemática.
La OCRE notificará al promotor el momento de realizar dichos ingresos y la cantidad a pagar, en el
caso de las Calificaciones Provisionales, igualmente se facilitará en dicha comunicación el IMPRESO
Modelo 030 (este impreso también se puede descargar accediendo a la página WEB de la Comunidad
de Madrid “Madrid.org”).
TASAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA CALIFICACIÓN DEFINITIVA: Se procederá de igual forma y
no se entregará dicha calificación sin justificar su pago. El importe a autoliquidar será de 20,40 €
OFICINA DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
DOCUMENTO INFORMATIVO
Página 2 de 4
2) REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIO DE UNA VIVIENDA
Cuando se trate de un edificio con una sola vivienda que precise obras de rehabilitación, se
deberá diferenciar en el presupuesto la parte que corresponda a cada actuación.
Si predomina la adecuación de habitabilidad, las ayudas que podrá obtener el promotor, serán
las relacionadas en el punto I). Si predominan las de adecuación estructural y/o funcional, las
ayudas que se podrán obtener serán:
SUBVENCIONES A FONDO PERDIDO: Los titulares de las viviendas podrán obtener las siguientes
subvenciones en función de su presupuesto protegido::
- Un 25% desglosado de la siguiente manera:
10% con el máximo de 1.100 € .
15% adicional con un tope máximo con carácter general de 1.600 € o de 2.700 € en el caso
de mayores de 65 años o personas con discapacidad y sus ingresos familiares sean menores
de 6,5 veces IPREM.
-PRÉSTAMO: Para la financiación del coste de las obras, se puede obtener:
Préstamo Convenido Subsidiado cuando el titular del préstamo no exceda de 6,5 IPREM, la
subsidiación será de 140 € anuales por cada 10.000 € del préstamo convenido.
El importe del préstamo puede alcanzar la totalidad del presupuesto protegible, con un plazo
de amortización de 15 años más 2 de carencia.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA OBTENER LA CALIFICACIÓN PROVISIONAL
TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERÁN PRESENTARSE POR DUPLICADO
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Memoria descriptiva de las obras: en un folio el solicitante hará un resumen de las obras a realizar y
lo firmará.
Proyecto y Dirección de Obra del técnico correspondiente, si la actuación afecta a la estructura o
modifica la configuración arquitectónica del edificio, respectivamente.(PRESENTARAR 2
ORIGINALES).
Fotografías: una de la fachada principal del edificio dónde se vea claramente el nº del portal y
varias, tanto del interior como del exterior de la vivienda de las zonas a rehabilitar (dos juegos
originales).
Resguardo de Solicitud de Licencia de Obras y Carta de pago de tasas o Licencia de Obras
concedida. Se especificarán en la Licencia todas las obras a realizar (se solicita en el
Ayuntamiento).
Plano del estado actual de la vivienda, y un segundo plano del estado reformado (en el caso de
cambio de distribución de la vivienda), con mediciones parciales de cada habitación, superficie útil
total de la vivienda, firma del solicitante y dirección (modelo facilitado por la O.R.E.).
Presupuesto desglosado por partidas, con metros cuadrados, metros lineales y/o unidades, con
precios unitarios y precios totales, firmado por el solicitante de la subvención y el contratista. Deberá
indicarse el CIF o NIF del contratista (Modelo facilitado por la ORE)
OFICINA DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
DOCUMENTO INFORMATIVO
Página 3 de 4
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
PRESENTAR TODO POR DUPLICADO Y EN EL MISMO ORDEN:
Solicitud de Calificación Provisional (documento facilitado por la O.R.E.).
Solicitud de Ayudas Económicas (documento facilitado por la O.R.E.).
Solicitud de Ingresos Ponderados (documento facilitado por la O.R.E.).
Solicitud Comunicación de Domiciliación de Subvención Reconocida, para solicitar la
Subvención a Fondo Perdido (documento facilitado por la O.R.E.).
Certificado bancario o fotocopia de la 1ª hoja de la cartilla de ahorro en que se haga
constar que la cuenta corriente donde solicita el ingreso de la subvención es titular del
mismo o, en su defecto, extracto o cualquier otro documento bancario en el que se
demuestre tal extremo.
Fotocopia del D.N.I. del solicitante (sin recortar y no será válido si está caducado).
Certificado de Empadronamiento del Solicitante incluyendo todos los miembros que
forman parte de la unidad familiar.
Fotocopia de las Escrituras de Propiedad (Compra-venta, Herencia...) con inscripción
registral. En el caso de herencia, se presentará Autorización del resto de los copropietarios
para realizar las obras y Renuncia de éstos a favor del solicitante (modelo que se adjunta),
junto con las fotocopias de sus respectivos D.N.I. .
En el supuesto de viviendas alquiladas se presentará, junto con la Escritura de Propiedad,
fotocopia del Contrato de Arrendamiento y el último recibo abonado de alquiler (si es el
inquilino quien solicita las ayudas, presentará, además, autorización del propietario para
realizar las obras y RENUNCIA a las mismas en favor del inquilino, adjuntando fotocopia
de su DNI).
Fotocopia de la Declaración de la Renta (COMPLETA Y SELLADA) correspondiente al
último ejercicio económico. En el caso de no tener la obligación de realizarla, presentar el
Certificado de Ingresos Anuales del organismo que corresponda y el Certificado Negativo
de Hacienda, ambos del último ejercicio económico, de ambos cónyuges y de todos los
miembros mayores de 18 años que estén empadronados en la vivienda.
En el supuesto de no poder presentar la Declaración de la Renta del cónyuge por
fallecimiento o por separación, se presentará Fotocopia del Certificado de Defunción o la
Sentencia de Separación o Divorcio, acompañando a dichos documentos una Declaración
Jurada en la que conste su estado civil actual (Viuda, Separada, Soltera...),modelo que
se adjunta.
OFICINA DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
DOCUMENTO INFORMATIVO
Página 4 de 4
REQUISITOS FUNDAMENTALES PARA OBTENCIÓN DE AYUDAS
Viviendas con más de 15 años de antigüedad, excepto adaptación a normativas técnicas y a personas
con minusvalía o mayores de 65 años.
El Presupuesto mínimo de las Obras debe ser de 3.000 €. Al menos el 25% de éste tiene que estar
dedicado a la utilización de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud
y protección del medio ambiente, y la accesibilidad del edificio.
Que las obras no se hayan iniciado, salvo urgencia justificada.
Edificio constituido en viviendas con residencia habitual y permanente, al menos, el 50% de su
superficie útil.
Solicitar la oportuna Licencia Municipal junto con la Carta de pago de tasas.
Viviendas con residencia habitual o permanente o destinadas a alquiler durante mínimo 5 años.
No haber percibidos ayudas durante los últimos 10 años por el mismo concepto, al amparo de Planes
Estatales.
El técnico visitará la vivienda ANTES DEL COMIENZO DE LA OBRA para certificar que con las obras
que se realizan, la vivienda alcanzará el adecuado estado de conservación. Si no fuera así, requerirá
que se realicen todas las obras necesarias para que el edificio alcance su adecuación estructural,
funcional o de habitabilidad, así como adecuación a la normativa vigente de la instalación eléctrica de
la finca, adecuadas condiciones de protección contra incendios, adecuadas condiciones de ornato y
salubridad, estanqueidad frente a la lluvia, seguridad estructural y sistemas adecuados de evacuación
de agua.
Cuando FINALICEN LAS OBRAS, el solicitante presentará la documentación necesaria de Finalización
de Obra que a continuación se detalla. Posteriormente el técnico visitará de nuevo la vivienda para
comprobar que las obras han sido realizadas correctamente y se obtendrá la Calificación Definitiva y el
correspondiente abono de la subvención.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AL FINAL DE OBRA PARA CALIFICACIÓN DEFINITIVA.
TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERÁN PRESENTARSE POR DUPLICADO.
Fotografías de las zonas afectadas por las obras (dos juegos originales).
Certificados de instaladores autorizados, en caso de obras de electricidad, calderas, gas....
Comunicación de Terminación de Obras (documento facilitado por la O.R.E.).
Certificado Final de Obra visado, si han intervenido técnicos facultativos.
Licencia concedida y pagada (liquidación de tasas de la Licencia).
Acta de puesta en marcha del ascensor (cuando sea el caso).
Certificado de Empadronamiento en la vivienda del solicitante de ayuda, expedido a fecha actual (excepto si la
vivienda está alquilada).
(*) Ingresos Familiares: Se determinan en función de la cuantía de la base o bases imponibles resultante de la aplicación
de la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y teniendo en cuenta el número de miembros que
forman la unidad familiar incluyendo los hijos mayores de 18 años.
(**) Presupuesto Protegido: Se subvenciona el 25% de la totalidad del presupuesto, siempre y cuando no se supere el
Presupuesto Máximo Protegible.
Fórmula para calcularlo: Presupuesto Máximo Protegible = Precio Máximo de Venta (758 €) X superficie útil total del
edificio (máximo 120m2 por vivienda) X 70%.
Ocreo2MJ Junio 09