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ORDENANZA N° DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: CREACIÓN DE LA RESERVA NATURAL URBANA LAGO MORENITO Y LAGUNA EZQUERRA. ANTECEDENTES Constitución de la Nación Argentina Constitución de la Provincia de Río Negro Carta Orgánica Municipal. Ley n° 25.675, Ley General del Ambiente Ley Provincial 2669, Áreas Naturales Protegidas. Ordenanza 304-CM-89 Ordenanza 469-CM-90 Ordenanza 559-CM-91. Ordenanza 249-CM-93 Ordenanza 531-CM-95: Incorporar Isla Conejas y Lago Moreno Oeste al Parque Municipal Llao Llao. Ordenanza 546-CM-95 Ordenanza 1570-CM-05: Creación de la Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol. Brion, C., Calvelo, S., Lorenzo,L., “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao, Anexo IV. Flora”, Departamento de Botánica, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, 1996. Kitzberger, Thomas y Pérez, Anahí, “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao, Anexo III. Unidades de vegetación y grados de alteración del área. Descripción y mapeo”, Consejo Nacional de Investigaciones científicas, Departamento de Ecología, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del comahue y Administración de Parques Nacionales, Delegación Técnica Regional Patagonia, 1996. Laclau, Pablo, Los ecosistemas forestales y el hombre en el sur de Chile y Argentina, Fundación Vida Silvestre Argentina y Fondo Mundial para la Naturaleza, Boletín técnico n° 34, 1997. Modenutti, Beatriz, “Informe del Lago Morenito”, solicitado por la Lic. María Coccia de la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche. Modenutti, B, Balseiro, E., Queimaliños, C., Añón Suárez, D., Diéguez, M. Y R. Albariño, Structure and dynamics of food webs in Andean lakes, Dpto de Ecología, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, en Lakes & Reservoirs: Reserch and Management, 1998. Modenutti, B, Balseiro, E., Queimaliños, C., Ciliate community structure in two South Andean lakes: the effect of lake water on Ophrydium naumanni distribution, “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” Lab. Limnology, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, en Aquatic Microbial Ecology, vol 21, 2000. Úbeda, Carmen y Trejo, Ana, “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao, Anexo V. Fauna”, Departamento de Zoología, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, 1996. Zárate, Enrique Augusto, “Manual de Derecho Ambiental” Ed. Nova Tesis, Rosario, 2008. Manual de Ciudadanía Ambiental Global. Diversidad Biológica, 2005, Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) Informe de la Jornada "El Patrimonio natural de la ciudad: Reservas Naturales urbanas y Áreas Verdes de Interés Comunitario", SNAP, 2005 Claudia Arosteguy & María Soledad Caracotche, Diagnóstico de las Áreas Naturales Urbanas de Bariloche: Estrategias y Mecanismos de Participación Comunitaria, Proyecto de Reservas Naturales Urbanas (RNUs), SNAP, 2005. FUNDAMENTOS El lago Morenito pertenece a la cuenca del Nahuel Huapi y hasta los años 60 constituía con el Lago Moreno un único cuerpo de agua. El lago Morenito era una bahía del lago y fue delimitada como un cuerpo independiente por la construcción de un camino que une la Villa Llao-Llao con el Camping Musical Bariloche. Este camino se construyó en una zona de muy baja profundidad del lago. La superficie del lago Morenito es de alrededor de 80ha. con una profundidad máxima de 12m., y actualmente el lago difiere sustancialmente de los lagos grandes y profundos del área (lago Moreno por ejemplo). Estas diferencias radican en una menor transparencia, aguas más coloreadas y un régimen térmico sin estratificaciones de verano (temperatura homogénea desde superficie hacia el fondo) y con posible congelamiento de la superficie durante inviernos fríos. En primavera y otoño la temperatura es de 10 a 15ºC mientras que en el verano (enero y febrero) llega a los 22ºC. Las aguas del Lago Morenito son de color ambarino lo que denota su mayor proporción de sustancias orgánicas disueltas. Estas sustancias provienen fundamentalmente de la cuenca de drenaje y si bien no indican ningún grado de deterioro del cuerpo de agua, señalan que el Morenito por su tamaño pequeño está fuertemente influido por su cuenca de drenaje. Por lo tanto, es un cuerpo de agua altamente susceptible de ser modificado por el manejo intensivo o inadecuado de su cuenca. Estos datos provienen de un estudio realizado en los años 1998-1999; lamentablemente no se cuenta con datos actuales y posiblemente el incremento en el número de viviendas y en el uso intensivo de la tierra podría haber modificado estos valores. El lago Morenito es un ambiente altamente vulnerable y los profesionales que estudian el equilibrio ambiental de la zona recomiendan una fuerte fiscalización de las intervenciones humanas en el sector1. Asimismo, los vecinos de la zona manifiestan una gran preocupación ante la evidencia de que la normativa vigente no resulta suficiente a la hora de preservar la sustentabilidad del ecosistema. 1 Ver Modenutti, Beatriz, “Informe del Lago Morenito”, solicitado por la Lic. María Coccia de la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche. “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” La Ley General del Ambiente expresa en relación con el Principio de Sustentabilidad: “El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras”. Asimismo, la sustentabilidad se encuentra consagrada en el Art. 41 de la Constitución Nacional y expresada en la Declaración de Río en su principio 3°. En tal sentido, Enrique Augusto Zárate dice que “existe un temor fundado de que tales exigencias acaben por ahuyentar las inversiones; sin embargo, las naciones más desarrolladas (economías europeas y norteamericana) son las que más regulaciones ambientales aplicaron y no se puede decir que el efecto haya sido que tales regulaciones sumieron en la pobreza a las mismas, o que declinaron las inversiones.”2 La presente ordenanza tiene por objeto lograr la protección de un hábitat vulnerable, como medio efectivo para proteger la biodiversidad existente en el mismo. La conservación de la diversidad biológica requiere de la participación consciente de un amplio rango de personas y organizaciones, tales como funcionarios de gobierno, organizaciones no gubernamentales, administradores de áreas protegidas, científicos, líderes de las comunidades locales, empresarios y organizaciones ciudadanas. Existen acciones que pueden tomarse para la conservación de la biodiversidad tales como la vinculación del desarrollo con la protección del medio ambiente y la adopción de prácticas adecuadas de uso de la tierra alrededor de las áreas protegidas para promover la conservación de la diversidad biológica3. El fortalecimiento de la conservación in situ (conservación de componentes de la diversidad biológica dentro de su hábitat natural) es otra de las estrategias recomendadas internacionalmente para la preservación de la biodiversidad. La presente ordenanza crea un área protegida en una zona que si bien se encuentra urbanizada, presenta asimismo ecosistemas en buen estado de conservación. Entre la flora y la fauna que se encuentra en la zona, existen especies autóctonas algunas de las cuales se encuentran en peligro de extinción. Sin pretender realizar una descripción exhaustiva, mencionamos a continuación algunas de estas especies. Entre la vegetación del área que se propone resguardar encontramos especies nativas de árboles tales como ciprés de la cordillera (Austrocedrus chilensis), coihue (Nothofagus dombeyi), laura (Schinus patagónica), radal (Lomatia hirsuta), retamo (Diostea juncea), maitén (Maitenus boaria) y arrayán (Luma apiculata). Entre los arbustos y en el estrato herbáceo podemos destacar calafate (Barberis buxifolia), michay (Barberis darwinii), maqui (aristotelia chilensis), chin chin (Azara microphyla), pañil (buddleja globosa), quintral (Tristerix tetrandrus), patagua (Myrceugenia exsucca), etc. Asimismo, sobre las costas sumergidas del Lago Morenito crecen Juncáceas de manera abundante. En cuanto a la fauna, es muy amplia la variedad de animales que habitan la zona pero destacaremos la presencia de huillín (Lontra provocax)4, especie considerada 2 Zárate, Enrique Augusto, Manual de Derecho Ambiental” Ed. Nova Tesis, Rosario, 2008. 3 Manual de Ciudadanía Ambiental Global. Diversidad Biológica, 2005, Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) 4 Respecto de este animal citamos textualmente a Ubeda y Trejo, 1996: De estas especies, la que merece mayor atención es el huillin (Lontra provocax). Ha sido registrada en Villa Tacul, Bahí López, Arroyo Angostura y en la porción occidental del Lago Moreno (Chehébar, 1988; Porro y “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” en peligro de extinción y monito del monte (Dromiciops gliroides), cuyo estado de conservación no está fehacientemente determinado pero que existe consenso entre los especialistas acerca de la necesidad de protección. En cuanto a las aves, destacamos la presencia de carpintero patagónico (Campephilus magellanicus) con muy pocos ejemplares detectados por lo que se considera una especie vulnerable, cauquén (Cleophaga picta), bandurria (theristicus melanopis) y aves acuáticas que anidan en los juncales, tales como, huala (Podiceps major) y gran variedad de patos, entre otros. En el lago habitan también especies de peces autóctonas como puyén (Galaxias maculatus), Pejerrey patagónico (Odontesthes micolepidotus), perca de boca chica o trucha criolla (Percichthys trucha). En el año 2005, la Sociedad Naturalista Andino Patagónica organizó un taller sobre las reservas naturales urbanas “con personas vinculadas directamente a distintos sectores relacionados con la gestión y educación sobre el patrimonio natural de la ciudad, así como con el tratamiento y cuidado de las áreas naturales y espacios verdes”5. Entre las conclusiones del taller se destacaron parámetros a tener en cuenta para la protección de un determinado sector, algunos de los cuales citamos a continuación: Las áreas boscosas con variedad de especies nativas Los cuerpos de agua prístinos (playas, lagos) Los humedales con variedad de aves y flora. Los atractivos paisajísticos. La presencia de fauna y flora autóctona en diversos ambientes Los hábitats aptos para especies de valor especial (Ej: huillín) La vegetación costera que estabiliza costas y suelos. Los sitios de alimentación de aves acuáticas. Los bosques de ciprés Como podemos observar, la zona que se establece como Reserva a partir de la presente ordenanza reúne todos estos criterios citados. Por otro lado, en la misma jornada se concluyó que una de las principales líneas de acción para la gestión de estos espacios es la declaración de reservas naturales urbanas con el fin de garantizar su conservación a perpetuidad. Criterios En coincidencia con los fundamentos que se siguieron en la creación de la Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol, presentamos los siguientes criterios para la creación de esta Reserva Natural Urbana bajo la categoría de manejo de Paisaje Protegido: Chehébar, 1995). Estos autores señalan que la población de la subcuenca del Lago Nahuel Huapi (que incluye al Lago Moreno y al Lago Escondido), es la más importante en la Argentina y parece ser clave para la conservación de la especie en el Parque Nacional Nahuel Huapi. El huillin requiere vegetación costera densa, una morfología costera compleja con sitios disponibles para cuevas y ausencia de disturbio humano. 5 Informe de la Jornada "El Patrimonio natural de la ciudad: Reservas Naturales urbanas y Áreas Verdes de Interés Comunitario", SNAP, 2005 “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” Constituye una oportunidad para colaborar con la conservación del patrimonio natural y cultural de la ciudad y vincularlo con el desarrollo local planeado dentro del Código Urbano vigente – zona residencial con actividades turísticas sustentables asociados a ella. Conforma un área natural que por su riqueza de flora, fauna y atracción paisajística, representa un atractivo turístico que puesto responsablemente en valor y con una planificación turística sustentable, permitirá tanto a los habitantes de San Carlos de Bariloche como a los turistas que visiten la ciudad disfrutar de un recurso natural de características únicas. Se encuentra dentro de una matriz urbana en expansión rápida y de fácil acceso al uso público que requiere de una planificación ambiental particularizada. Posee características ambientales que colaboran con la disminución de la fragmentación paisajística de la zona oeste y con el mantenimiento de un corredor natural lindero a áreas protegidas de importancia como son la Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol, el Parque Municipal Llao Llao y el Parque Nacional Nahuel Huapi. Cuenta con un grupo de residentes que valorizan los atributos naturales y culturales del área y se sienten comprometidos con su cuidado y conservación. En el entendimiento de que “el conflicto sociedad - conservación - empresa privada no reconoce soluciones fáciles si no se toma al toro por las astas”, consideramos “esencial que los sectores gubernamentales, empresarios y la ciudadanía en general, dispongan de elementos para conocer la riqueza que guardan los bosques y su contribución al sostenimiento de los procesos ecológicos, y las relaciones de complementariedad existentes entre su conservación y el desarrollo sustentable”6 En este sentido, la creación de esta Reserva pretende dar continuidad geográfica a la Reserva Laguna El Trébol y al Parque Municipal Llao Llao para su manejo sustentable. La presente ordenanza propone el tratamiento especial de un área que podrá ser ampliada a propuesta de los vecinos y el Estado municipal, tal como ha ocurrido en la Reserva y Parque que se citan como antecedentes. AUTORES: 6 Laclau, Pablo, Los ecosistemas forestales y el hombre en el sur de Chile y Argentina, Fundación Vida Silvestre Argentina y Fondo Mundial para la Naturaleza, Boletín técnico n° 34, 1997. “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” INICIATIVA: Junta Vecinal Llao Llao, Sub-comisión protectora Morenito-Ezquerra, Árbol de Pie, Vecinos por Bahía Serena. COLABORACIÓN: Susana Giménez (Sub-comisión protectora MorenitoEzquerra), Dra. Beatriz Modenutti (Laboratorio de Limnología, Universidad Nacional del Comahue), Centro Regional Universitario Bariloche de la Universidad Nacional del Comahue. EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE ORDENANZA Art. 1°) CREACION Se crea la Reserva Natural Urbana “Lago Morenito y Laguna Ezquerra” en toda el área comprendida por las parcelas identificadas con las siguientes nomenclaturas catastrales y de acuerdo con los planos que figuran como anexo 1 de la presente ordenanza: 19-1-B-002, 19-1-B-003, 19-1-B-006, 19-1-B-007, 19-1-B-027, 19-1-B-028, 19-1-B-700, 19-1-B-701, 19-1-B-702 19-1-B-300, 19-1-B-301, 19-1-B-310, 19-1-B-311, 19-1-B-320, 19-1-B-321, 19-1B-330, 19-1-B-331, 19-1-B-400, 19-1-B-410, 19-1-B-411, 19-1-B-420, 19-1-B-421, 19-1-A-073, 19-1-A-074, 19-1-A-079, 19-1-A-082, 19-1-A-086, 19-1-A-087, 19-1-A088 Art. 2°) OBJETIVOS: Se procurará para el área señalada en el artículo 1° los siguientes objetivos: * Contribuir a la protección de los ambientes naturales y de los valores escénicos intrínsecos del área para su conservación y disfrute por pobladores y turistas. * Promover la interacción armónica entre hombre y naturaleza, promoviendo usos de la tierra, construcciones, destinos y actividades acordes con el carácter de Área Natural Protegida categoría V (paisaje protegido), según Ley Provincial 2669, evaluando impactos ambientales a corto y largo plazo. * Fortalecer la relación de convivencia entre los habitantes y turistas con el paisaje protegido, para mantener la integridad de los valores estéticos, culturales y ecológicos y la biodiversidad del área. “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” * Mantener la calidad y cantidad de los recursos hídricos del área, para respetar la capacidad productiva inherente que cubra tanto las necesidades de la comunidad local como el hábitat para las especies nativas. * Identificar y proteger los bosques del área para salvaguardar la calidad del agua y del suelo, evitar la fragmentación del hábitat de flora y fauna nativa y satisfacer las necesidades de recreación y contemplación de sus habitantes y turistas. * Propender a la sensibilización de los vecinos y turistas que visiten y recorran el lugar a través de mecanismos de información, divulgación y toda otra actividad que enriquezca el conocimiento y el aprecio del paisaje protegido. * Determinar los recorridos y formas de aprovechamiento turístico que se le dará al recurso que se preserva, buscando que se constituya en una atracción recreativa y turística más de la ciudad. * Fomentar la implantación de especies autóctonas, evitar la suplantación de las mismas y propender a la restauración de áreas degradadas para colaborar con la protección de las masas boscosas nativas y sus componentes originales. Art. 3°) PLAN DE MANEJO: El Departamento Ejecutivo elaborará en el plazo de hasta doce (12) meses, un Plan de Manejo de Gestión Asociada para la Reserva Natural Urbana que deberá ser aprobado por el Concejo Municipal. Sin perjuicio de los objetivos establecidos en el artículo 2°, el Plan de Manejo centralizará: 1.- Acciones, recomendaciones e iniciativas que guíen el cambio y el crecimiento del área designada Reserva Natural Urbana, de manera que se preserve y fomente la conservación del hábitat natural y se realcen los valores naturales y culturales que sustentan la designación del área como paisaje protegido. 2.- Los puntos de vista, conocimientos e intereses de los distintos actores vinculados a los recursos existentes en ella, garantizando la participación plena de sus miembros. 3.- Planes y modalidades de aprovechamiento recreativo y turístico del área. 4.- Las zonificaciones y normativas definidas en el Código Urbano 1995 en lo concerniente a las características y objetivos urbanístico-ambientales para el área. Art. 4°) PLAN PARTICULARIZADO Fundamentándose en los resultados del Plan de Manejo, el Departamento Ejecutivo elaborará un Plan Particularizado que definirá aspectos normativos para el área, los que serán integrados a la normativa vigente. Art. 5°) COMISIÓN MIXTA Tanto para el cumplimiento de los objetivos del artículo 2º, como para el cumplimiento de los artículos 3° y 4°, y a los fines de la gestión y éxito del Plan de Manejo se crea una Comisión Mixta cuya composición será: Tres vecinos representantes de la Reserva Natural Urbana. Tres representantes del Poder Ejecutivo Municipal de las áreas de Medio Ambiente, Turismo y de la Delegación Municipal Lago Moreno “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” Un representante del Concejo Municipal. Dicha Comisión elaborará su reglamento interno de funcionamiento y podrá contar con la colaboración de instituciones gubernamentales y organizaciones no gubernamentales. Art. 6°) SUSPENSIÓN Se suspende en el área especificada en el artículo 1º a partir de la promulgación de la presente ordenanza y hasta la aprobación del Plan de Manejo, todo nuevo fraccionamiento y/o subdivisión de parcelas, toda actividad, acción, uso de la tierra, construcción o instalación de dispositivos. Para la autorización de construcciones se atenderán solamente aquellas relacionadas con el uso de vivienda individual permanente. Art. 7°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese. “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida” ANEXO 1 (30 fojas) “Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”