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Transcript
ORDENANZA N°
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: CREACIÓN DE LA RESERVA NATURAL URBANA
LAGO MORENITO Y LAGUNA EZQUERRA.
ANTECEDENTES
Constitución de la Nación Argentina
Constitución de la Provincia de Río Negro
Carta Orgánica Municipal.
Ley n° 25.675, Ley General del Ambiente
Ley Provincial 2669, Áreas Naturales Protegidas.
Ordenanza 304-CM-89
Ordenanza 469-CM-90
Ordenanza 559-CM-91.
Ordenanza 249-CM-93
Ordenanza 531-CM-95: Incorporar Isla Conejas y Lago Moreno Oeste al Parque
Municipal Llao Llao.
Ordenanza 546-CM-95
Ordenanza 1570-CM-05: Creación de la Reserva Natural Urbana Laguna El
Trébol.
Brion, C., Calvelo, S., Lorenzo,L., “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao,
Anexo IV. Flora”, Departamento de Botánica, Centro Regional Universitario
Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, 1996.
Kitzberger, Thomas y Pérez, Anahí, “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao,
Anexo III. Unidades de vegetación y grados de alteración del área. Descripción y
mapeo”, Consejo Nacional de Investigaciones científicas, Departamento de
Ecología, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del
comahue y Administración de Parques Nacionales, Delegación Técnica Regional
Patagonia, 1996.
Laclau, Pablo, Los ecosistemas forestales y el hombre en el sur de Chile y
Argentina, Fundación Vida Silvestre Argentina y Fondo Mundial para la
Naturaleza, Boletín técnico n° 34, 1997.
Modenutti, Beatriz, “Informe del Lago Morenito”, solicitado por la Lic. María Coccia
de la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de
Bariloche.
Modenutti, B, Balseiro, E., Queimaliños, C., Añón Suárez, D., Diéguez, M. Y R.
Albariño, Structure and dynamics of food webs in Andean lakes, Dpto de Ecología,
Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del Comahue, en
Lakes & Reservoirs: Reserch and Management, 1998.
Modenutti, B, Balseiro, E., Queimaliños, C., Ciliate community structure in two
South Andean lakes: the effect of lake water on Ophrydium naumanni distribution,
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
Lab. Limnology, Centro Regional Universitario Bariloche, Universidad Nacional del
Comahue, en Aquatic Microbial Ecology, vol 21, 2000.
Úbeda, Carmen y Trejo, Ana, “Plan de manejo Parque Municipal Llao Llao, Anexo
V. Fauna”, Departamento de Zoología, Centro Regional Universitario Bariloche,
Universidad Nacional del Comahue, 1996.
Zárate, Enrique Augusto, “Manual de Derecho Ambiental” Ed. Nova Tesis,
Rosario, 2008.
Manual de Ciudadanía Ambiental Global. Diversidad Biológica, 2005, Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
Informe de la Jornada "El Patrimonio natural de la ciudad: Reservas Naturales
urbanas y Áreas Verdes de Interés Comunitario", SNAP, 2005
Claudia Arosteguy & María Soledad Caracotche, Diagnóstico de las Áreas
Naturales Urbanas de Bariloche: Estrategias y Mecanismos de Participación
Comunitaria, Proyecto de Reservas Naturales Urbanas (RNUs), SNAP, 2005.
FUNDAMENTOS
El lago Morenito pertenece a la cuenca del Nahuel Huapi y hasta los años 60
constituía con el Lago Moreno un único cuerpo de agua. El lago Morenito era una
bahía del lago y fue delimitada como un cuerpo independiente por la construcción
de un camino que une la Villa Llao-Llao con el Camping Musical Bariloche. Este
camino se construyó en una zona de muy baja profundidad del lago.
La superficie del lago Morenito es de alrededor de 80ha. con una profundidad
máxima de 12m., y actualmente el lago difiere sustancialmente de los lagos
grandes y profundos del área (lago Moreno por ejemplo). Estas diferencias radican
en una menor transparencia, aguas más coloreadas y un régimen térmico sin
estratificaciones de verano (temperatura homogénea desde superficie hacia el
fondo) y con posible congelamiento de la superficie durante inviernos fríos. En
primavera y otoño la temperatura es de 10 a 15ºC mientras que en el verano
(enero y febrero) llega a los 22ºC.
Las aguas del Lago Morenito son de color ambarino lo que denota su mayor
proporción de sustancias orgánicas disueltas. Estas sustancias provienen
fundamentalmente de la cuenca de drenaje y si bien no indican ningún grado de
deterioro del cuerpo de agua, señalan que el Morenito por su tamaño pequeño
está fuertemente influido por su cuenca de drenaje. Por lo tanto, es un cuerpo de
agua altamente susceptible de ser modificado por el manejo intensivo o
inadecuado de su cuenca. Estos datos provienen de un estudio realizado en los
años 1998-1999; lamentablemente no se cuenta con datos actuales y
posiblemente el incremento en el número de viviendas y en el uso intensivo de la
tierra podría haber modificado estos valores.
El lago Morenito es un ambiente altamente vulnerable y los profesionales que
estudian el equilibrio ambiental de la zona recomiendan una fuerte fiscalización de
las intervenciones humanas en el sector1. Asimismo, los vecinos de la zona
manifiestan una gran preocupación ante la evidencia de que la normativa vigente
no resulta suficiente a la hora de preservar la sustentabilidad del ecosistema.
1
Ver Modenutti, Beatriz, “Informe del Lago Morenito”, solicitado por la Lic. María Coccia de la
Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
La Ley General del Ambiente expresa en relación con el Principio de
Sustentabilidad: “El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los
recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del
ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las
generaciones presentes y futuras”. Asimismo, la sustentabilidad se encuentra
consagrada en el Art. 41 de la Constitución Nacional y expresada en la
Declaración de Río en su principio 3°. En tal sentido, Enrique Augusto Zárate dice
que “existe un temor fundado de que tales exigencias acaben por ahuyentar las
inversiones; sin embargo, las naciones más desarrolladas (economías europeas y
norteamericana) son las que más regulaciones ambientales aplicaron y no se
puede decir que el efecto haya sido que tales regulaciones sumieron en la pobreza
a las mismas, o que declinaron las inversiones.”2
La presente ordenanza tiene por objeto lograr la protección de un hábitat
vulnerable, como medio efectivo para proteger la biodiversidad existente en el
mismo. La conservación de la diversidad biológica requiere de la participación
consciente de un amplio rango de personas y organizaciones, tales como
funcionarios de gobierno, organizaciones no gubernamentales, administradores de
áreas protegidas, científicos, líderes de las comunidades locales, empresarios y
organizaciones ciudadanas.
Existen acciones que pueden tomarse para la conservación de la biodiversidad
tales como la vinculación del desarrollo con la protección del medio ambiente y la
adopción de prácticas adecuadas de uso de la tierra alrededor de las áreas
protegidas para promover la conservación de la diversidad biológica3.
El fortalecimiento de la conservación in situ (conservación de componentes de la
diversidad biológica dentro de su hábitat natural) es otra de las estrategias
recomendadas internacionalmente para la preservación de la biodiversidad.
La presente ordenanza crea un área protegida en una zona que si bien se
encuentra urbanizada, presenta asimismo ecosistemas en buen estado de
conservación. Entre la flora y la fauna que se encuentra en la zona, existen
especies autóctonas algunas de las cuales se encuentran en peligro de extinción.
Sin pretender realizar una descripción exhaustiva, mencionamos a continuación
algunas de estas especies.
Entre la vegetación del área que se propone resguardar encontramos especies
nativas de árboles tales como ciprés de la cordillera (Austrocedrus chilensis),
coihue (Nothofagus dombeyi), laura (Schinus patagónica), radal (Lomatia hirsuta),
retamo (Diostea juncea), maitén (Maitenus boaria) y arrayán (Luma apiculata).
Entre los arbustos y en el estrato herbáceo podemos destacar calafate (Barberis
buxifolia), michay (Barberis darwinii), maqui (aristotelia chilensis), chin chin (Azara
microphyla), pañil (buddleja globosa), quintral (Tristerix tetrandrus), patagua
(Myrceugenia exsucca), etc. Asimismo, sobre las costas sumergidas del Lago
Morenito crecen Juncáceas de manera abundante.
En cuanto a la fauna, es muy amplia la variedad de animales que habitan la zona
pero destacaremos la presencia de huillín (Lontra provocax)4, especie considerada
2
Zárate, Enrique Augusto, Manual de Derecho Ambiental” Ed. Nova Tesis, Rosario, 2008.
3 Manual de Ciudadanía Ambiental Global. Diversidad Biológica, 2005, Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
4
Respecto de este animal citamos textualmente a Ubeda y Trejo, 1996: De estas especies, la que
merece mayor atención es el huillin (Lontra provocax). Ha sido registrada en Villa Tacul, Bahí
López, Arroyo Angostura y en la porción occidental del Lago Moreno (Chehébar, 1988; Porro y
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
en peligro de extinción y monito del monte (Dromiciops gliroides), cuyo estado de
conservación no está fehacientemente determinado pero que existe consenso
entre los especialistas acerca de la necesidad de protección. En cuanto a las aves,
destacamos la presencia de carpintero patagónico (Campephilus magellanicus)
con muy pocos ejemplares detectados por lo que se considera una especie
vulnerable, cauquén (Cleophaga picta), bandurria (theristicus melanopis) y aves
acuáticas que anidan en los juncales, tales como, huala (Podiceps major) y gran
variedad de patos, entre otros. En el lago habitan también especies de peces
autóctonas como puyén (Galaxias maculatus), Pejerrey patagónico (Odontesthes
micolepidotus), perca de boca chica o trucha criolla (Percichthys trucha).
En el año 2005, la Sociedad Naturalista Andino Patagónica organizó un taller
sobre las reservas naturales urbanas “con personas vinculadas directamente a
distintos sectores relacionados con la gestión y educación sobre el patrimonio natural de
la ciudad, así como con el tratamiento y cuidado de las áreas naturales y espacios
verdes”5. Entre las conclusiones del taller se destacaron parámetros a tener en cuenta
para la protección de un determinado sector, algunos de los cuales citamos a
continuación:
Las áreas boscosas con variedad de especies nativas
Los cuerpos de agua prístinos (playas, lagos)
Los humedales con variedad de aves y flora.
Los atractivos paisajísticos.
La presencia de fauna y flora autóctona en diversos ambientes
Los hábitats aptos para especies de valor especial (Ej: huillín)
La vegetación costera que estabiliza costas y suelos.
Los sitios de alimentación de aves acuáticas.
Los bosques de ciprés
Como podemos observar, la zona que se establece como Reserva a partir de la
presente ordenanza reúne todos estos criterios citados. Por otro lado, en la misma
jornada se concluyó que una de las principales líneas de acción para la gestión de
estos espacios es la declaración de reservas naturales urbanas con el fin de
garantizar su conservación a perpetuidad.
Criterios
En coincidencia con los fundamentos que se siguieron en la creación de la
Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol, presentamos los siguientes criterios
para la creación de esta Reserva Natural Urbana bajo la categoría de manejo de
Paisaje Protegido:
Chehébar, 1995). Estos autores señalan que la población de la subcuenca del Lago Nahuel Huapi
(que incluye al Lago Moreno y al Lago Escondido), es la más importante en la Argentina y parece
ser clave para la conservación de la especie en el Parque Nacional Nahuel Huapi. El huillin
requiere vegetación costera densa, una morfología costera compleja con sitios disponibles para
cuevas y ausencia de disturbio humano.
5
Informe de la Jornada "El Patrimonio natural de la ciudad: Reservas Naturales urbanas y Áreas
Verdes de Interés Comunitario", SNAP, 2005
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
Constituye una oportunidad para colaborar con la conservación del
patrimonio natural y cultural de la ciudad y vincularlo con el desarrollo local
planeado dentro del Código Urbano vigente – zona residencial con
actividades turísticas sustentables asociados a ella.
Conforma un área natural que por su riqueza de flora, fauna y atracción
paisajística, representa un atractivo turístico que puesto responsablemente
en valor y con una planificación turística sustentable, permitirá tanto a los
habitantes de San Carlos de Bariloche como a los turistas que visiten la
ciudad disfrutar de un recurso natural de características únicas.
Se encuentra dentro de una matriz urbana en expansión rápida y de fácil
acceso al uso público que requiere de una planificación ambiental
particularizada.
Posee características ambientales que colaboran con la disminución de la
fragmentación paisajística de la zona oeste y con el mantenimiento de un
corredor natural lindero a áreas protegidas de importancia como son la
Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol, el Parque Municipal Llao Llao y
el Parque Nacional Nahuel Huapi.
Cuenta con un grupo de residentes que valorizan los atributos naturales y
culturales del área y se sienten comprometidos con su cuidado y
conservación.
En el entendimiento de que “el conflicto sociedad - conservación - empresa
privada no reconoce soluciones fáciles si no se toma al toro por las astas”,
consideramos “esencial que los sectores gubernamentales, empresarios y la
ciudadanía en general, dispongan de elementos para conocer la riqueza que
guardan los bosques y su contribución al sostenimiento de los procesos
ecológicos, y las relaciones de complementariedad existentes entre su
conservación y el desarrollo sustentable”6
En este sentido, la creación de esta Reserva pretende dar continuidad geográfica
a la Reserva Laguna El Trébol y al Parque Municipal Llao Llao para su manejo
sustentable. La presente ordenanza propone el tratamiento especial de un área
que podrá ser ampliada a propuesta de los vecinos y el Estado municipal, tal como
ha ocurrido en la Reserva y Parque que se citan como antecedentes.
AUTORES:
6
Laclau, Pablo, Los ecosistemas forestales y el hombre en el sur de Chile y Argentina, Fundación
Vida Silvestre Argentina y Fondo Mundial para la Naturaleza, Boletín técnico n° 34, 1997.
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
INICIATIVA: Junta Vecinal Llao Llao, Sub-comisión protectora Morenito-Ezquerra,
Árbol de Pie, Vecinos por Bahía Serena.
COLABORACIÓN: Susana Giménez (Sub-comisión protectora MorenitoEzquerra), Dra. Beatriz Modenutti (Laboratorio de Limnología,
Universidad Nacional del Comahue), Centro Regional Universitario
Bariloche de la Universidad Nacional del Comahue.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) CREACION
Se crea la Reserva Natural Urbana “Lago Morenito y Laguna Ezquerra” en toda el
área comprendida por las parcelas identificadas con las siguientes nomenclaturas
catastrales y de acuerdo con los planos que figuran como anexo 1 de la presente
ordenanza:
19-1-B-002, 19-1-B-003, 19-1-B-006, 19-1-B-007,
19-1-B-027, 19-1-B-028,
19-1-B-700, 19-1-B-701, 19-1-B-702
19-1-B-300, 19-1-B-301, 19-1-B-310, 19-1-B-311, 19-1-B-320, 19-1-B-321, 19-1B-330, 19-1-B-331,
19-1-B-400, 19-1-B-410, 19-1-B-411, 19-1-B-420, 19-1-B-421,
19-1-A-073, 19-1-A-074, 19-1-A-079, 19-1-A-082, 19-1-A-086, 19-1-A-087, 19-1-A088
Art. 2°) OBJETIVOS:
Se procurará para el área señalada en el artículo 1° los siguientes objetivos:
* Contribuir a la protección de los ambientes naturales y de los valores escénicos
intrínsecos del área para su conservación y disfrute por pobladores y turistas.
* Promover la interacción armónica entre hombre y naturaleza, promoviendo usos
de la tierra, construcciones, destinos y actividades acordes con el carácter de Área
Natural Protegida categoría V (paisaje protegido), según Ley Provincial 2669,
evaluando impactos ambientales a corto y largo plazo.
* Fortalecer la relación de convivencia entre los habitantes y turistas con el paisaje
protegido, para mantener la integridad de los valores estéticos, culturales y
ecológicos y la biodiversidad del área.
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
* Mantener la calidad y cantidad de los recursos hídricos del área, para respetar la
capacidad productiva inherente que cubra tanto las necesidades de la comunidad
local como el hábitat para las especies nativas.
* Identificar y proteger los bosques del área para salvaguardar la calidad del agua
y del suelo, evitar la fragmentación del hábitat de flora y fauna nativa y satisfacer
las necesidades de recreación y contemplación de sus habitantes y turistas.
* Propender a la sensibilización de los vecinos y turistas que visiten y recorran el
lugar a través de mecanismos de información, divulgación y toda otra actividad
que enriquezca el conocimiento y el aprecio del paisaje protegido.
* Determinar los recorridos y formas de aprovechamiento turístico que se le dará al
recurso que se preserva, buscando que se constituya en una atracción recreativa
y turística más de la ciudad.
* Fomentar la implantación de especies autóctonas, evitar la suplantación de las
mismas y propender a la restauración de áreas degradadas para colaborar con la
protección de las masas boscosas nativas y sus componentes originales.
Art. 3°) PLAN DE MANEJO:
El Departamento Ejecutivo elaborará en el plazo de hasta doce (12) meses, un
Plan de Manejo de Gestión Asociada para la Reserva Natural Urbana que deberá
ser aprobado por el Concejo Municipal. Sin perjuicio de los objetivos establecidos
en el artículo 2°, el Plan de Manejo centralizará:
1.- Acciones, recomendaciones e iniciativas que guíen el cambio y el crecimiento
del área designada Reserva Natural Urbana, de manera que se preserve y
fomente la conservación del hábitat natural y se realcen los valores naturales y
culturales que sustentan la designación del área como paisaje protegido.
2.- Los puntos de vista, conocimientos e intereses de los distintos actores
vinculados a los recursos existentes en ella, garantizando la participación plena de
sus miembros.
3.- Planes y modalidades de aprovechamiento recreativo y turístico del área.
4.- Las zonificaciones y normativas definidas en el Código Urbano 1995 en lo
concerniente a las características y objetivos urbanístico-ambientales para el área.
Art. 4°) PLAN PARTICULARIZADO
Fundamentándose en los resultados del Plan de Manejo, el Departamento
Ejecutivo elaborará un Plan Particularizado que definirá aspectos normativos para
el área, los que serán integrados a la normativa vigente.
Art. 5°) COMISIÓN MIXTA
Tanto para el cumplimiento de los objetivos del artículo 2º, como para el
cumplimiento de los artículos 3° y 4°, y a los fines de la gestión y éxito del Plan de
Manejo se crea una Comisión Mixta cuya composición será:
Tres vecinos representantes de la Reserva Natural Urbana.
Tres representantes del Poder Ejecutivo Municipal de las áreas de Medio
Ambiente, Turismo y de la Delegación Municipal Lago Moreno
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
Un representante del Concejo Municipal.
Dicha Comisión elaborará su reglamento interno de funcionamiento y podrá contar
con la colaboración de instituciones gubernamentales y organizaciones no
gubernamentales.
Art. 6°) SUSPENSIÓN
Se suspende en el área especificada en el artículo 1º a partir de la promulgación
de la presente ordenanza y hasta la aprobación del Plan de Manejo, todo nuevo
fraccionamiento y/o subdivisión de parcelas, toda actividad, acción, uso de la
tierra, construcción o instalación de dispositivos. Para la autorización de
construcciones se atenderán solamente aquellas relacionadas con el uso de
vivienda individual permanente.
Art. 7°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido,
archívese.
“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”
ANEXO 1
(30 fojas)
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