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G/TBT/N/BHR/215
21/10/2010
(10-5472)
Página: 1/2
Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio
Original: Inglés
NOTIFICACIÓN
Se da traslado de la notificación siguiente de conformidad con el artículo 10.6.
1.
Miembro que notifica: REINO DE BAHREIN
Si procede, nombre del gobierno local de que se trate (artículos 3.2 y 7.2):
2.
Organismo responsable:
Nombre y dirección (incluidos los números de teléfono y de fax, así como las
direcciones de correo electrónico y sitios Web, en su caso) del organismo o
autoridad encargado de la tramitación de observaciones sobre la notificación, en
caso de que se trate de un organismo o autoridad diferente:
3.
Notificación hecha en virtud del artículo 2.9.2 [ X ], 2.10.1 [ ], 5.6.2 [ ], 5.7.1
[ ], o en virtud de:
4.
Productos abarcados (partida del SA o de la NCCA cuando corresponda; en otro
caso partida del arancel nacional. Podrá indicarse además, cuando proceda, el
número de partida de la ICS): Especias y condimentos – Semilla de hinojo entera o
molida (en polvo) – Parte 1: Semilla de hinojo amargo – Foeniculum vulgare P. Miller var.
vulgare (ICS: 67.100)
5.
Título, número de páginas e idioma(s) del documento notificado: Especias y
condimentos – Semilla de hinojo entera o molida (en polvo) – Parte 1: Semilla de hinojo
amargo – Foeniculum vulgare P. Miller var. vulgare – Especificación – 6 páginas, disponible
en árabe; 6 páginas, disponible en inglés
6.
Descripción del contenido: El proyecto notificado de reglamento técnico especifica las
prescripciones de carácter obligatorio que figuran en la norma del Golfo GSO Especias y
condimentos – Semilla de hinojo entera o molida (en polvo) – Parte 1: Semilla de hinojo
amargo – Foeniculum vulgare P. Miller var. vulgare – Especificación, en los puntos 4.8 y 7
(envasado y etiquetado). Se especifica que la semilla de hinojo entera o molida (en polvo)
se fraccionará en envases higiénicos, resistentes y secos de un material que no afecte al
producto y lo proteja de la humedad y de la pérdida de elementos volátiles. Asimismo, se
establece que en el etiquetado de los envases figurarán los siguientes datos: nombre del
producto y nombre comercial o marca, si corresponde; nombre y dirección del fabricante o
envasador; número o código de lote; peso neto; calidad; país productor.
7.
Objetivo y razón de ser, incluida, cuando proceda, la naturaleza de los problemas
urgentes:
Prevención de prácticas que puedan inducir a error y protección del consumidor;
Protección de la salud o seguridad humanas
8.
Documentos pertinentes:
9.
Fecha propuesta de adopción:
G/TBT/N/BHR/215
-2Fecha propuesta de entrada en vigor:
10.
Fecha límite para la presentación de observaciones: 20 de diciembre de 2010
11.
Textos disponibles en: Servicio nacional de información [X], o dirección, números
de teléfono y de fax y direcciones de correo electrónico y sitios Web, en su caso,
de otra institución: