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1. ------IND- 2016 0166 CZ- ES- ------ 20160425 --- --- PROJET Proyecto de DECRETO de …………….. de …………….. 2016 relativo a los requisitos para condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes, salsas frías, aderezos y mostaza El Ministerio de Agricultura de la República Checa, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras a), b) y g) de la Ley n.º 110/1997 del Compendio de Leyes, relativa a los productos alimenticios y a los productos del tabaco y por la que se modifican y complementan determinadas leyes conexas, modificada mediante la Ley n.º 119/2000 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 306/2000 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 146/2002 del Compendio de Leyes, n.º 131/2003 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 274/2003 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 316/2004 del Compendio de Leyes, n.º 120/2008 del Compendio de Leyes y la Ley n.º 139/2014 del Compendio de Leyes, establece lo siguiente: Artículo 1 Objeto El presente Decreto, en combinación con las reglamentaciones aplicables de la Unión Europea, regula lo siguiente:1) a) el método de etiquetado para condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes, salsas frías, aderezos y mostaza en base a su clasificación dentro de un tipo, grupo o subgrupo; b) las clasificación de condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes, salsas frías, aderezos y mostaza, de acuerdo a grupos y subgrupos; y c) los requisitos de calidad y las características apropiadas de presentación (volumen y envasado) de las diferentes clases de condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes, salsas frías, aderezos y mostaza. Artículo 2 Definición de algunos términos A efectos del presente Decreto, se definen los siguientes términos: a) se entiende por condimento toda parte de una planta, en particular raíces, rizomas, hojas, cortezas, hojas, tallos, flores, frutos, semillas, o una fracción de estos, enumerada en el anexo 1 del presente Decreto, que, una vez tecnológicamente procesada, se utiliza para influir en el sabor y el olor de un alimento; en el caso de las especias molidas, se considerarán condimento si la 1) Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, en su versión vigente. Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.º 608/2004 de la Comisión, en su versión vigente. Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (CE) n.º 1924/2006, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, en su versión vigente. Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos, en su versión vigente. Reglamento (CE) n.º 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de martes, 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios, en su versión vigente. b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) 2) proporción de antiaglomerantes no supone más del 1% del peso total de una determinada cantidad; se entiende por mezcla de condimentos la mezcla de los diferentes tipos de condimentos que se enumeran en la letra a), en la que no se hayan utilizado aditivos, y que en el caso de mezclas de especias molidas o trituradas, la proporción de antiaglomerantes no suponga más del 1% del peso total de una determinada cantidad; se entiende por preparado de condimentos la mezcla de los diferentes condimentos enumerados en la letra a) con aditivos, verduras, sal, hongos, y, dado el caso, otros componentes; se entiende por aditivo orgánico toda sustancia que tenga su origen en una planta de la que se extraigan condimentos, en particular del tronco, los tallos, las ramas, las bayas, los frutos, las hojas y las cáscaras. se entiende por aditivo orgánico extraño la sustancia proveniente de partes, frutos y semillas de plantas diferentes; se entiende por aditivo inorgánico toda sustancia cuyo origen no sea vegetal, en particular los terrones de tierra, las piedras o la arena; se entiende por sal comestible al producto cristalino cuyo contenido de cloruro de sodio (NaCl) no sea inferior al 97% de la materia seca, y en el que también pueden aparecer sustancias enriquecedoras2); se entiende por sal comestible yodada a la mezcla de cloruro de sodio con nitrato de potasio o yoduro de potasio; se entiende por sal comestible yodada y fluorada a la mezcla de cloruro de sodio con yodo, según lo establecido en la letra h), y fluoruro de sodio o fluoruro de potasio; se entiende por sal comestible de roca la sal comestible obtenida por extracción de depósitos naturales subterráneos que contenga una pequeña proporción de sales inorgánicas producidas de forma natural en dichos depósitos de sal, o en su caso, con los aditivos correspondientes; se entiende por sal comestible marina la sal comestible obtenida por evaporación del agua de mar con una proporción de elementos y compuestos similares a los producidos de forma natural en la naturaleza, o en su caso, con los aditivos correspondientes; se entiende por sal comestible vacuum la sal comestible obtenida por evaporación al vacío de una solución saturada de sal comestible (salmuera) procedente de depósitos naturales con una pequeña proporción de sales inorgánicas similares a las producidas de forma natural en los depósitos de sal, o en su caso, con los aditivos correspondientes; se entiende producto deshidratado el alimento compuesto por ingredientes con un contenido reducido de humedad, de consistencia pastosa o en polvo y que para su consumo requiere mezclarse con un líquido; se entiende por saborizante el producto potenciador del sabor, en particular a las mezclas de hidrolizados de proteínas o de extractos de especias y otros ingredientes, así como a los aditivos que fijan y ensalzan un aroma; se entiende por salsa fría o aderezo el producto líquido o emulsión utilizado como condimento para platos y ensaladas, compuesto principalmente por aceites comestibles, espesantes, estabilizantes, emulsionantes, verduras, frutas, condimentos y productos lácteos; se entiende por mostaza el producto que se obtiene tras la mezcla de semillas de mostaza molidas, vinagre fermentado, sal comestible, condimentos y azúcar, y que puede contener colorantes y conservantes artificiales; se entiende por mostaza entera la mostaza producida a partir de semillas de tipo amarillo de mostaza blanca; se entiende por mostaza Krems la mostaza fabricada a partir de semillas molidas de mostaza de tipo amarillo con la adición de semillas molidas de mostaza negra; y se entiende por mostaza especial aquella mostaza que según lo establecido en la letra p) se prepara mediante la adición de una verdura, una fruta o aroma que la convierten en un tipo particular (mostaza francesa, inglesa, etc.). Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente. 2 Artículo 3 Condimentos 1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de condimentos se indica en el anexo 2 del presente Decreto. 2) La denominación de los condimentos se ajustará, además de a lo establecido en el Reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor 3), la Ley nº. 110/1997 del Compendio de Leyes relativa a los productos alimenticios y los productos del tabaco y que modifica y completa algunas leyes relacionadas, en su versión vigente (en adelante la «Ley»), y el Decreto relativo a determinados métodos de etiquetado de productos alimenticios4), a la nomenclatura que figura en el anexo 1 del presente Decreto. 3) Se considera que la cantidad media de un condimento es su peso real, sin envasado, teniendo en cuenta las desviaciones de peso negativas. Las tolerancias por discrepancias en el peso para el envasado de condimentos se recogen en el anexo 3 del presente Decreto. 4) Los requisitos sensoriales de calidad de los diferentes tipos de condimentos se recogen en el anexo 1 del presente Decreto. 5) Los requisitos físicos y químicos de calidad de los diferentes tipos de condimentos se recogen en el anexo 4 del presente Decreto. Artículo 4 Sal comestible 1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de sal comestible se indica en el anexo 5 del presente Decreto. 2) Además de la información que se incluye en aplicación de la legislación europea5), la Ley y el Decreto relativo a determinados métodos de etiquetado de productos alimenticios4), en la sal comestible también se indicará: a) en el caso de sal enriquecida, la denominación del grupo en el que se clasifica; b) información sobre el tipo de sustancia con la que se ha enriquecido la sal comestible; c) en el caso de la sal comestible yodada y fluorada, una advertencia sobre el riesgo de consumir más de 4 g por día y de su ingesta paralela con tabletas de fluoruro; e d) información sobre el método de obtención (extracción de la roca, al vacío, evaporación de agua de mar). 3) Los requisitos sensoriales y químicos de la calidad de la sal comestible se recogen en el anexo 6 del presente Decreto. 3) Reglamento (CE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente. Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes relativo a algunos de los métodos de etiquetado de productos alimenticios. 5) Reglamento (CE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente. Reglamento (CE) n.º 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente. 4) 3 Artículo 5 Productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos 1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de productos deshidratados,salsas frías y aderezos se indica en el anexo 7 del presente Decreto. 2) Además de la información contenida en el Reglamento sobre la información alimentaria facilitada al consumidor3), la Ley y el Decreto sobre determinadas normas de etiquetado de los alimentos4), se enumeran algunos requisitos adicionales de etiquetado para productos deshidratados y salsas frías y aderezos en los apartados 3 y 4. 3) En la etiqueta de los productos deshidratados deberán figurar las instrucciones para su preparación. 4) En caso de salsas fías y aderezos, se informará en el envase sobre: a) si se trata de productos emulsionados, con la indicación «emulsionado con un contenido graso del ...%»; y b) las condiciones de almacenamiento. 5) Se considera que la cantidad media de un producto deshidratado, saborizante, salsa fría o aderezo es su peso real, sin envasado, teniendo en cuenta las desviaciones negativas de peso o volumen. Las tolerancias por discrepancias en el peso y el volumen del envasado de productos deshidratados, saborizantes y salsas frías y aderezos se enumeran en el anexo 8 del presente Decreto. 6) Los requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de los productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos se enumeran en el anexo 9 del presente Decreto. Artículo 6 Mostaza 1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de mostaza se indica en el anexo 10 del presente Decreto. 2) Además de la información contenida en el Reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor3), la Ley y el Decreto sobre determinadas normas de etiquetado de los alimentos4) en el envase de la mostaza también se indicarán las condiciones de almacenamiento. 3) Se considera que la cantidad media de una mostaza es su peso real, sin envasado, teniendo en cuenta las desviaciones de peso negativas. Las tolerancias por discrepancias en el peso para el envasado de mostaza se recogen en el anexo 11 del presente Decreto. 4) Los requisitos sensoriales, físicos y químicos de la calidad de mostaza se recogen en el anexo 12 del presente Decreto. Artículo 7 Descripción técnica El presente Decreto ha sido notificado de conformidad con la Directiva 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, en su versión modificada. 4 Artículo 8 Disposiciones transitorias Los alimentos producidos, comercializados o etiquetados antes de la fecha de entrada en vigor del presente Decreto se regirán por el Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa n.º 331/1997 del Compendio de Leyes, en su versión modificada de aplicación, y podrán venderse hasta agotarse las existencias. Artículo 9 Disposiciones derogatorias Se deroga lo siguiente: 1. Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa n.º 331/1997 del Compendio de Leyes por el que se ejecuta el artículo 18, letras a), d), h), i), j) y k), de la Ley n.º 10/1997 del Compendio de Leyes relativa a los productos alimentarios y a los productos del tabaco y por la que se modifican y complementan determinadas leyes conexas para condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes y mostaza. 2. Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa n.º 419/2000 del Compendio de Leyes por la que se modifica la Orden del Ministerio de Agricultura nº 331/1997 del Compendio de Leyes por la que se ejecuta el artículo 18, letras a), d), h), i), j) y k), de la Ley nº 110/1997 del Compendio de Leyes relativa a los productos alimentarios y a los productos del tabaco y por la que se modifican y complementan determinadas leyes conexas para condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes y mostaza. Artículo 10 Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el ... . El Ministro: 5 Anexo 1 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Requisitos sensoriales de calidad aplicables a los diferentes tipos de condimentos Denominación Denominación de la del condimento planta Anís anís (Pimpinella anisum L.) Anís estrellado Anís estrellado badiana entero, (Illicium verum Hooker.) Parte de la planta frutos deshidratados frutos de flores secas maduras molido Apariencia Color aquenios nervados u ovoides, de tallo corto frutos en forma de estrella de tallo corto, pericarpio voluminoso, superficie rugosa, con semillas en forma de huevo planas, brillantes, sin fragmentos, y semillas sueltas de color marrón a amarillo parduzco de color marrón en polvo, con partículas de color marrón diferenciables rojizo a marrón hojas enteras o cortadas, verde grisáceo sin tallos Albahaca albahaca (Ocimum basilicum L.) hojas secas y partes de las flores Hoja de laurel Laurel verdadero (Laurus nobilis L.) hojas secas hojas con tallos cortos, sin ramitas Hierba de limón / citronela entera, triturada o molida hierba limón (Cymbopogon citratus Staph/C. nardus (L.) Rendle hojas secas trozos de hojas secas, trituradas o en polvo finamente molido fruto aquenios, enteros o partes, o polvo molido Semilla del apio, apio (Apium graveolens entera o molida L.) 6 Olor agradable sabor afrutado fuerte, algo dulce dulce, picante y aromático ligeramente aromático, algo dulce muy condimentado según la intensidad, de canela a limón condimentado, algo dulce sabor más dulce o aromático dependiendo de la intensidad aromático, ligeramente amargo de color verde claro a marrón claro ligeramente aromático, característico de la hoja de laurel de amarilla a ocre fuerte, a cítricos o amarillo verdoso frescos marrón grisáceo, de marrón verdoso a marrón Sabor intenso, típico del apio amarga, ligeramente dulce, ligeramente ácida, a cítricos fuerte, amargo, típico del apio Nigella sativa Estragón Hinojo entero o molido Galangal (galangal, jengibre azul) entero o molido Mostaza blanca entera Clavo entero, triturado o molido Chile/pimienta de Cayena entero/os, molido/os o triturado/os nigella sativa (Nigella sativa L.) estragón o dragoncillo (Artemisia dracunculus L.) hinojo (Foeniculum vulgare Mill.conv. vulgare) semillas Galangal Alpinia galanga Willd, Alpinia officinarum Hance) rizomas hojas secas frutos deshidratados mostaza blanca (Sinapis semillas alba L.) alcaravea (Eugenia caryophylla Thumb.) Syzygium aromaticum (L.) Merr. cogollos secos pimentón frutos (Capsicum frutescens deshidratados L., Capsicum chinense Jacq. Capsicum baccatum L. a Capsicum annuum L.) semillas enteras de negro a negro grisáceo hojas enteras o picadas, hojas de color sin tallo y de color verde pálido a marrón verde grisáceo aquenios oblongos o de verde ligeramente curvados, en amarillento a el lado dorsal de los tres marrón verdoso nervios, o polvo molido rodajas secas o trozos amarillo, de ocre a de los rizomas o polvo marrón claro molido semillas lisas, casi esféricas, que pueden contener un máximo de un 5 % de semillas de mostaza negra cogollos sólidos sin desarrollar, pueden contener como máximo un 25 % de su peso en clavos sin cabezas en polvo, con partículas diferenciables fruto entero maduro secado con restos del pedúnculo pulpa o polvo finamente molido 7 ligeramente aromático ligeramente aromático fuerte, picante aromático, fresco aromático, algo dulce intenso, a eucalipto aromático, agrio, recuerda a una mezcla de jengibre y pimienta aromático, no demasiado fuerte de amarillo claro a de poca picante, ocre intensidad, neutral punzante marrón rojizo oscuro, cabezas marrones amarillentas fuerte, intenso, propio del clavo marrón rojizo oscuro amplia gama de colores y sus transiciones (de amarillo, naranja, rojo, marrón, verde, púrpura oscuro a rojo negruzco) aromático aroma intenso, picante aroma intenso, picante fuerte, dulce, con de picante a un matiz picante fuertemente que puede llegar a picante irritar fuerte, dulce, con de picante a un matiz picante fuertemente que puede llegar a picante irritar Enebro entero, enebro común (Juniperus communis L.) frutos maduros deshidratados triturado o molido Semillas enteras cardamomo común de cardamomo, (Elettaria cardamomum cápsulas, L. Maton) cápsulas o semillas sin cáscara enteras triturado o molido Comino (oscuro) alcaravea de dos años entero, de madurez (Carum carvi L.) triturado o molido Comino de un comino de un año de año de madurez madurez (Carum carvi (claro) entero L.) triturado o molido frutos deshidratados bayas esféricas o gálbulos de forma irregular arrugados que en su parte superior se cierran por tres escamas granos o polvo molido de color marrón rojizo a marrón oscuro, la superficie de las bayas es normalmente de color gris azulado a azul oscuro esmerilado cápsula triangular las cápsulas son alargada o semillas de color verde y maduras peladas enteras de amarillo a marrón claro, las semillas son de color marrón claro a marrón negruzco granos o polvo fino de marrón negruzco, frutos secos enteros o de marrón rojizo semillas sin cáscara claro a oscuro aquenios oblongos de color marrón ligeramente torcidos, con claro a oscuro, surcos en su superficie ocre amarillo en los surcos granos o polvo finamente de marrón claro a molido oscuro, gris con tonos marrones aquenios que tienen las de color marrón mismas características amarillento, de que el comino bienal, marrón claro a pero más grande marrón grisáceo claro con surcos más claros, en general más claro en su forma bienal granos o polvo con verde grisáceo, de motas distinguibles verde con tonos marrones a marrón 8 intenso, a resina aromático, algo dulce intenso, punzante, fuerte, picante, a ligeramente a limón limón punzante, a limón, aromático, algo dulce intenso a limón, fuertemente picante característico del aromático comino característico del comino aromático característico del comino, pero menos pronunciada que en el bienal aromático característico del comino, pero menos pronunciada que aromático Comino (oscuro) comino verdadero entero, (Cuminum cyminum L.) triturado o molido Semillas de eneldo tallo Fruto del cilantro, hojas eneldo aromático (Anethum graveolens L.) Majorana de punzante a picante marrón con nervios claros y bordes ocres característico del eneldo aromático, penetrante de verde claro a oscuro marrón claro, verdoso verde matizado con amarillo, gris o marrón amarillo grisáceo, amarillo, de marrón amarillento a negruzco típico para el eneldo aromático típico del eneldo aquenios largos y rectos, de color marrón acanalados, cónicos en amarillento a sus extremos marrón granos o polvo frutos deshidratados frutos ovalados, planos, con tres nervios longitudinales y dos bordes desplegados a los lados hojas enteras o picadas tallos secos cilantro frutos (Coriandrum sativum L.) deshidratados hojas secas y vástagos de los tallos Cúrcuma entera cúrcuma rizomas secos (Curcuma longa L.) triturada o molida en el bienal ligeramente punzante frutos secos esfera de doble aquenio lisa trozos de hojas y los vástagos de los tallos ovoide o cilíndrica de forma irregular y cantos duros, superficie arrugada sin raíces ni bulbos (por lo menos inferiores a 15 mm), que comprende un máximo de un 15 % de los rizomas reducidos, huecos o porosa y quemados granos o polvo finamente de color amarillo molido oscuro, de amarillo anaranjado a oscuro majorana mezcla de hojas, trozos enteros o picados verde claro, de (Origanum majorana L.) inflorescencias, partes de los vástagos verde grisáceo a flores, o partes de de los tallos, sin el tronco verde con tonos los mismos, marrones secas 9 aromático Aroma característico típicamente aromático intensidad típica de la cúrcuma profundamente aromático intenso, característico de la cúrcuma profundamente aromático intenso, característico de la majorana picante, ligeramente astringente Menta menta (Mentha x. piperin L.) hojas, vástagos de los tallos entera o partes de hojas y vástagos de los tallos verde con un toque de rojo a marrón según la variedad muy aromático, característico de la menta, mentolado Combava/Lima kafir combava (Citrus hystrix DC.) hojas verde con tonos de amarillo a marrón fresco, frutal, a cítrico Macis entera, árbol de la nuez moscada (Myristica fragrans Houtt.) cubierta de la semilla madura seca (cáscara) hojas de forma característica enteras secas, a menudo parcialmente plegadas folículos seminales planos en la parte inferior del conjunto, parte superior ramificada, de superficie brillante opaca, frágil polvo fino molido con partículas visibles granulares semillas de forma ovoide o esférica romas, superficie veteada y rugosa amarillo, amarillo anaranjado, de marrón amarillento a rojizo intenso, característico de la macis de aromático a penetrante de marrón amarillento brillante a rojizo superficie de color marrón grisáceo a marrón, en las semillas recogidas aparecen vetas marrón amarillento oscuro característico de la macis, intenso de aromático a penetrante característico de la nuez moscada, a resina aromático, penetrante y ligeramente picante intenso, característico de la nuez moscada, aromático característico de la pimienta dioica fuerte, aromático fuerte, aromático fuertemente picante ligeramente aromático molida Nuez moscada entera, nuez moscada verdadera (Myristica fragrans Houtt.) granos maduros secos triturada o molida Pimienta dioica entera, triturada o molida Orégano polvo ligeramente fino Pimienta dioica entera (Pimenta dioica L. Merr.) orégano (Origanum vulgare L.) Pimentón molido pimentón (Capsicum annuum L.) fresco frutos deshidratados bayas inmaduras, de superficie áspera, dura, sin cáscara polvo ligeramente fino mezcla de hojas sin tallos ni ramas secas y partes de las flores frutos deshidratados marrón grisáceo, de marrón oscuro a marrón rojizo de marrón a marrón rojizo verde claro a verde con tonos marrones, verde grisáceo y oliva ligeramente aromático característico de la menta, mentolado, ligeramente amargo típico, a cítricos, ligeramente amargo fuertemente picante ligeramente molido de color rojo oscuro 10 intenso, característico del dulce pimentón de color rojo a rojo característico del oscuro pimentón dulce, picante, a gulash Cebolleta cebolleta (Allium schoenoprasum L.) tallos secos tallos picados Pimienta blanca entera, pimienta negra (Piper nigrum L.) frutos maduros secos pelado, secado, superficie lisa y dura, bayas esféricas, no puede contener más del 10 % de bayas negras polvo con granos distinguibles triturado o molido Pimienta negra entera pimienta negra (Piper nigrum L.) frutos maduros secos triturada o molida Pimienta schinus (Schinus molle roja/rosa entera, L.) frutos maduros secos triturado o molido Pimienta de Sichuán entera, pimienta de Sichuán (Zanthoxylum bungei frutos bayas secas duras, con cáscara, arrugadas, sin tallos, pueden contener hasta un 15 % de bayas ligeras polvo finamente molido, en proporción al tamaño del grano bayas lisas con una delicada piel exterior que las encierra semillas polvo finamente molido, en proporción al tamaño del grano cápsulas, semillas y tallos de superficie 11 dulce, ligeramente amargo y picante de rojo a rojo con aromático picante, tonos marrones ligeramente amargo, rojo con tonos aromático, no muy de dulce a marrones intenso ligeramente picante de verde claro a característico de ligeramente oscuro la cebolleta dulce, ligeramente amargo, ligeramente a ajo y cebolla blanco con tonos aromático picante, grises, gris oscuro punzante con rayas pálidas blanco y gris, con un tono amarillento de negro con tonos marrones a negro con tonos grisáceos aromático picante, punzante aromático picante, punzante aroma punzante fuertemente aromático picante, punzante de rojo a rosa pálido ligeramente aromático ligeramente condimentado, algo dulce las cápsulas son de color marrón a aromático, de intenso a aromático, amargo, agrio, triturado o molido Pimienta verde entera, triturada o molida Perejil Planch, Z.acanthopodium DC., Z.piperitum DC.) rugosa; las semillas se precipitan tras la ruptura de la cápsula pimienta negra (Piper nigrum L.) cápsulas y semillas trituradas o polvo molido bayas duras y arrugadas verde grisáceo, de aromático, picante aroma intenso, y frutos de superficie lisa, verde a verde con picante delgada y frágil tonos marrones granos o polvo frutos maduros secos marrón rojizo en el penetrante exterior; el interior (después de la ruptura) es marrón claro con semillas negras perejil común tallos secos (Petroselium crispum L.) tallos picados de verde claro a oscuro Alholva, fenogreco alholva, fenogreco (Trigonella foenumgraecum L.) semillas secas de ocre a marrón Romero entero, romero (Rosmarinus officialis L.) hojas secas semillas lisas y duras, de unos 5 mm de tamaño, con forma de prisma irregular redondeado, aplanada, con un profundo característico surco en el lado hojas lineares, correosas, de pecíolo y sésiles cotos, sin tallos y hojas que cambian de color hojas picadas, trituradas o molidas triturado o molido Satureja Satureja de jardín (Satureja hortensis L.) satureja de la montaña (Satureja montana L.) hojas secas y partes de las flores o ramitas enteras hojas lanceoladas enteras o cortadas (la variedad de jardín termina en un estrechamiento, la de montaña en forma de punta) de superficie y bordes lisos, sin tallos pero con rama de 1512 aromático, característico del perejil muy aromático la parte superior intenso, de la hoja es de característico del color gris-verde, la romero parte inferior de gris claro brillante intenso, característico del romero la satureja de satureja de jardín: jardín de verde a intensamente rojo oscuro, las aromática hojas de la satureja de satureja de montaña: montaña son aromático verdes o verdes grisáceas astringente aromático, ligeramente dulce ligeramente amargo, aromático aromático, amargo aromático, amargo de penetrante a picante penetrante Canela entera, 30 cm de largo trozos, cilindros, tubos o varillas peladas o raspadas, que pueden ser de superficie lisa o áspera, duros, sin restos de madera o ramas polvo fino, ausencia de fragmentos o granos cinamomo (Cinnamomum zeylanicum (Blume), C.aromaticum(Nees), C.laureirií (Nees), C.burmanii (Nees), C. tomala (Nees)) corteza Azafrán en pistilos y sus fragmentos o molido Salvia azafrán verdadero (Crocus sativus L.) pistilos secados salvia (Salvia officinalis L.) hojas secas y vástagos de las flores y los tallos Tomillo tomillo común (Thymus vulgaris L.) mezcla de hojas, tallos y flores secos Vainilla Vainilla verdadera (Vanilla planifolia Andrews, Vanillia pompona, Vanillia tahitiensis) jengibre (Zingiber officinale Roscoe.) fruto entero sin madurar deshidratado cápsula longitudinal y surcada, flexible rizomas secos trozos de forma y tamaño irregular y (al menos 2 cm), ramificados, redondeados y aplanados triturada o molida Jengibre entero frágil, ondulado de diversas formas polvo fino hojas enteras de forma oblonga a lanceolada con bordes ligeramente dentados, de nervios profundos, sin tallos y de color marrón hojas pequeñas (15 mm) 13 amarillo claro, amarillo oscuro, de color canela, con tonos de marrón a rojo característico de la canela, de intenso a penetrante aromático, dulce, de amargo a áspero, astringente ocre con matices oscuros, de marrón a marrón con tonos rojizos de naranja a rojo oscuro característico de la canela fuerte, aromático intenso, característico del azafrán aromático, amargo el haz de las hojas es gris pirita mientra que el envés es blanco difuminado fuerte, aromático, aromático, con astringente, reminiscencias de amargo alcanfor verde grisáceo, de marrón grisáceo a verde grisáceo, el color de la flor es violeta-rosa alcanzando tonos marrones marrón oscuro, negro con tonos marrones agradablemente aromático de intenso a picante característica de la vainilla, dulce intenso, aroma dulce de color amarillo claro,de marrón amarillento a marrón claro, en el caso del jengibre en polvo, blanco con tonos característico del jengibre, intenso, punzante de punzante a picante, aromático triturado o molido grises polvo con partículas finas amarillo con un reconocibles y fibras matiz marrón de cortas claro a tostado 14 característico del jengibre, ligeramente dulce de punzante a picante, aromático Anexo 2 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Clasificación de los condimentos por tipo, grupo y subgrupo Tipo condimentos Grupo condimentos según el anexo 1 mezcla de condimentos preparado de condimentos 15 Subgrupo – – suelto en pasta líquido Anexo 3 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Variaciones admisibles en el peso del envasado de condimentos Peso declarado del envase hasta 10 g 11 – 50 g 51 – 200 g más de 200 g Variaciones admisibles en el peso - 8,0 % en el caso de envases únicos - 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 5,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 3,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos - 1,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos 16 Anexo 4 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Requisitos físicos y químicos de calidad de las diferentes clases de condimentos Denominación del condimento Anís Anís estrellado entero molido Albahaca Hoja de laurel Madera de limoncillo/Citronela Semillas de apio Nigella sativa Estragón Hinojo Galangal/jengibre azul Mostaza blanca Clavo Chile, pimienta de Cayena Enebro entera molida entera triturada, molida enteras molidas entera entero molido entero molido entera entero molido, triturado entero/enteros molido/molidos entero molido, triturado Humedad en % del peso máximo 12,0 10,0 12,0 12,0 8,0 8,0 12,0 Cantidad Aceites Cenizas Ingredientes en % de peso máximo de cenizas esenciales insolubles en en % del en % (ml / ácido en % peso Elementos Cuerpos 100 g) de del peso Material máximo de propios extraños materia seca máximo de inorgánico materia orgánicos orgánicos mínima materia seca seca 10,0 2,0 2,5 3,0 2,0 2,0 4,0 8,0 20,0 0,5 0,5 5,0 3,0 1,0 16,0 0,3 2,0 18,0* 2,0 2,0 7,0 1,0 2,0 10,0 1,0 0,5 7,0 1,0 2,0 8,0 2,5 12,0 8,0 10,0 10,0 8,0 14,0 12,0 12,0 12,0 12,0 10,0 12,0 12,0 12,0 5,5 12,0 10,0 10,0 9,0 9,0 10,0 7,0 11,0 11,0 16,0 13,0 2,5 1,5 1,5 0,6 1,0 1,0 3,0 3,0 1,0 1,5 2,0 2,0 4,0 4,0 15,0 14,0 0,5 10,0 10,0 4,0 0,7 1,6 1,6 1,0 4,0 0,5 1,0 17 16,0*) 3,0 3,0 4,0 2,0 2,0 2,0 2,0 3,0 5,0 1,0 0,3 0,5 0,3 10,0 0,5 0,5 5,0 0,5 0,5 Valores adicionales Cardamomo Comino (oscuro) Comino de un año de madurez (claro) Comino verdadero Eneldo Fruto del cilantro semillas cápsulas molido, triturado entero triturado molido entero triturado molido entero molido, triturado semillas tallo entero molido Hojas del cilantro entera Cúrcuma molida, triturada Majorana Menta Combava/Lima kafir Macis Nuez moscada Pimienta dioica 13,0 13,0 9,5 9,5 3,5 3,5 13,0 9,5 3,5 13,0 13,0 13,0 12,0 12,0 12,0 12,0 8,0 8,0 8,0 9,0 9,0 9,0 12,0 2,0 1,0 1,0 1,5 1,5 1,5 1,5 12,0 12,0 1,5 10,0 10,0 9,0 9,0 12,0 12,0 1,0 7,0 7,0 15,0 10,0 9,0 12,0 13,0 16,0 14,0 1,0 5,0 0,5 3,0 0,5 2,0 1,5 1,0 2,0 2,0 1,5 2,0 1,0 2,0 2,0 3,0 5,0 2,0 2,0 3,0 5,0 2,0 2,0 3,0 2,0 0,5 3,0 2,0 2,0 2,0 0,2 0,2 4,5 3,0 3,0 1,0 2,0 2,0 2,0 0,5 16,0 0,3 0,5 0,5 10,0 0,5 0,5 4,0 0,5 0,5 2,5 0,4 0,4 1,5 1,5 1,0 1,5 0,5 propiedad colorante en % del peso total, al menos 2,0 12,0 entero molido, triturado entera 10,0 4,0 12,0 4,0 10,0 3,0 6,5 molida 10,0 3,0 5,0 entera molida, triturada 12,0 4,5 1,5 0,4 12,0 4,5 1,0 0,4 18 óxido de calcio en % del peso, de un máximo de 0,35 Orégano fresco dulce picante 12,0 11,0 11,0 11,0 10,0 7,0 7,5 8,0 1,0 80,0 60,0 40,0 2,0 0,5 0,7 1,0 de gulash 11,0 9,0 40,0 1,3 entera 8,0 15,0 13,0 3,5 1,0 molida, triturada 15,0 3,5 0,6 entera 14,0 6,0 2,0 molida, triturada 14,0 6,0 0,8 x) 16,0*) 3,0 2,0 x) contenido mínimo de colorantes naturales, expresado en unidades ASTA Pimentón Cebolleta Pimienta blanca Pimienta negra Pimienta roja/rosa Pimienta de Sichuán Pimienta verde Perejil Alholva, fenogreco Romero entera molido, triturado entera molida, triturada entera molido, triturado entero triturado, molido Satureja Canela Azafrán Salvia entera molida, triturada pistilos y sus fragmentos molido 15,0 4,0 0,5 0,5 4,0 0,5 0,5 4,0 0,5 0,5 0,3 1,2 1,0 14,0 6,0 3,0 4,0 0,5 0,5 12,0 5,0 0,3 4,0 0,5 0,5 7,5 11,0 11,0 14,0 5,0 8,0 0,8 1,5 1,0 5,0 6,0 5,0 1,0 2,0 1,0 11,0 8,0 0,8 0,8 13,0 14,0 11,0 7,0 0,4 1,0 1,0 2,0 4,0 2,0 1,0 1,0 2,0 0,5 12,0 7,0 0,5 2,0 12,0 8,0 1,5 10,0 12,0 8,0 11,0 1,5 2,0 8,0*) 0,5 0,5 0,7 19 cantidad de piperina en % del peso total, al menos 4,0 cantidad de piperina en % del peso total, al menos 4,0 Tomillo 12,0 14,0 Vainilla 35,0 7,0 12,0 12,0 8,0 11,0 1,5 1,5 1,1 2,5 12,0 8,0 1,0 2,5 Jengibre crudo procesado entero entero molido, triturado 1,0 3,5 5,0 1,0 1,0 2% etil vainillina *) incluyendo cambios de color en las hojas 20 2,0 2,0 0,5 0,5 0,5 0,5 Anexo 5 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Clasificación de la sal comestible en tipos y grupos Tipo sal comestible Grupo yodada yodada y fluorada yodada y «nombre de la sustancia con la que ha sido enriquecida»* con «nombre de la sustancia con la que ha sido enriquecida»* *enriquecida de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo con una sustancia diferente al yodo o el flúor 21 Anexo 6 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Requisitos sensoriales y químicos de calidad de la sal comestible Producto Sabor Olor Contenido en minerales* mínimo en materia seca en % Contenido de sustancias enriquecedoras por kg de sal 2,0 - 98,0 2,0 27 ±7 mg de yodo 98,0 2,0 27 ±7 mg de contenido máximo de yodo por cada 250 mg de flúor 27 ±7 mg de yodo, enriquecida según los datos del producto sal comestible salada sal comestible yodada sal comestible yodada y fluorada salada sal comestible yodada con «nombre de la sustancia con la que ha sido enriquecida»** sal comestible yodada con «nombre de la sustancia con la que ha sido enriquecida»** salada neutra, sin aromas extraños 97,0 - salada neutra, sin aromas extraños 97,0 – salada neutra, sin aromas extraños neutra, sin aromas extraños neutral, sin aromas extraños contenido mínimo de cloruro de sodio en % en materia seca 98,0 enriquecida según los datos del producto *en relación con el método de obtención de la sal (y su diferente contenido en sulfatos, carbonatos, bromuros, calcio, potasio, sodio, magnesio). **enriquecida de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo con una sustancia diferente al yodo o el flúor. 22 Anexo 7 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Clasificación de productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos en tipos y grupos Tipo Producto deshidratado saborizante salsa fría o aderezo Grupo sopa salsa pastilla de caldo caldo zumo platos preparados mezcla para platos preparados mezcla para preparar aderezos mezcla para preparar aliños mezcla para preparar postres mezcla para preparar cremas mezcla para preparar coberturas de pastelería mezcla para preparar helados ingredientes para sopas – emulsionada sin emulsionar 23 Anexo 8 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Variaciones admisibles en el peso del envasado de productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos Peso declarado o volumen de envasado hasta 50 g 51 - 120 g 121 - 250 g 251 - 1 000 g 1 001 - 2 500 g más de 2 500 g hasta 170 ml 171 - 1 000 ml por encima de 1 000 ml Variaciones de peso o volumen permisibles - 10,0 % en el caso de envases únicos - 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 5,0 % en el caso de envases únicos - 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 4,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 3,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 2,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos - 1,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos - 4,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 2,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 1,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos 24 Anexo 9 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de los productos deshidratados de calidad, saborizantes, salsas frías y aderezos 1. Los productos deshidratados se evaluarán sensorialmente siempre una vez que se hayan preparado de acuerdo a las instrucciones de preparación. La apariencia, color, consistencia, sabor y olor deberán ser los característicos del tipo de producto marcado en el envase. El gusto y el olor del producto deben ser los correspondientes, sin ingredientes extraños que pudieran alterar sus características. 2. Los saborizantes, salsas frías y aderezos tendrán siempre la apariencia, color, textura, sabor y aroma característicos de las materias primas utilizadas que figuren en la etiqueta del envase. El gusto y el olor del producto deben ser los correspondientes, sin ingredientes extraños que pudieran alterar sus características. 3. Los productos deshidratados no contendrán más de un 15 % de agua. 4. El pH máximo permitido para salsas frías o aderezos será de 4,5. 25 Anexo 10 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Clasificación de la mostaza por tipo, grupo y subgrupo Tipo mostaza Grupo entera de Krems especial 26 Subgrupo – – según el tipo los ingredientes del saborizante Anexo 11 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Variaciones admisibles en el peso del envasado de mostaza Producto Peso del envase en g mostaza hasta 200 g 201 - 500 g 501 - 1 000 g más de 1 000 g Variaciones admisibles en el peso - 5,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 4,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 3,0 % en el caso de envases únicos - 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos - 2,0 % en el caso de envases únicos - 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos Anexo 12 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes. Requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de la mostaza Tabla 1 - Requisitos sensoriales de la mostaza Mostaza entera de Krems especial Apariencia consistencia espesa y sin partículas gruesas de consistencia espesa con la presencia de partículas de semillas negras de mostaza trituradas de consistencia espesa sin partículas aparentes, aunque con pueden aparecer partes de verduras o frutas añadidas Color Olor y sabor si tiene colorante, de fuerte, picante un evidente color marrón amarillento, amarilla grisácea si no lo tiene si tiene colorante, de fuerte, picante, algo un evidente color dulce marrón amarillento, marrón grisácea si no lo tiene si tiene colorante, marrón amarillento, o marrón grisáceo si no lo tiene, con influencia de la presencia de verduras o frutas fuerte, picante, con influencia de la presencia de verduras o frutas Tabla 2 - Requisitos físicos y químicos de la mostaza contenido mínimo de materia seca en % contenido mínimo de azúcar o sacarosa en % contenido máximo de ácido acético en % contenido mínimo de grasa en % contenido máximo de arena en % Mostaza entera o especial 20 5,0, entera, no se considera dentro del tipo especial 2,5 3,6, entera, no se considera dentro del tipo especial 0,1 28 de Krems 32 16 1,9 0,1