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1. ------IND- 2016 0166 CZ- ES- ------ 20160425 --- --- PROJET
Proyecto de
DECRETO
de …………….. de …………….. 2016
relativo a los requisitos para condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes,
salsas frías, aderezos y mostaza
El Ministerio de Agricultura de la República Checa, de conformidad con el artículo 18, apartado 1,
letras a), b) y g) de la Ley n.º 110/1997 del Compendio de Leyes, relativa a los productos alimenticios y a
los productos del tabaco y por la que se modifican y complementan determinadas leyes conexas,
modificada mediante la Ley n.º 119/2000 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 306/2000 del Compendio de
Leyes, la Ley n.º 146/2002 del Compendio de Leyes, n.º 131/2003 del Compendio de Leyes, la Ley
n.º 274/2003 del Compendio de Leyes, la Ley n.º 316/2004 del Compendio de Leyes, n.º 120/2008 del
Compendio de Leyes y la Ley n.º 139/2014 del Compendio de Leyes, establece lo siguiente:
Artículo 1
Objeto
El presente Decreto, en combinación con las reglamentaciones aplicables de la Unión Europea,
regula lo siguiente:1)
a) el método de etiquetado para condimentos, sal comestible, productos deshidratados,
saborizantes, salsas frías, aderezos y mostaza en base a su clasificación dentro de un tipo, grupo
o subgrupo;
b) las clasificación de condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes, salsas
frías, aderezos y mostaza, de acuerdo a grupos y subgrupos; y
c) los requisitos de calidad y las características apropiadas de presentación (volumen y envasado)
de las diferentes clases de condimentos, sal comestible, productos deshidratados, saborizantes,
salsas frías, aderezos y mostaza.
Artículo 2
Definición de algunos términos
A efectos del presente Decreto, se definen los siguientes términos:
a) se entiende por condimento toda parte de una planta, en particular raíces, rizomas, hojas,
cortezas, hojas, tallos, flores, frutos, semillas, o una fracción de estos, enumerada en el anexo 1
del presente Decreto, que, una vez tecnológicamente procesada, se utiliza para influir en el sabor
y el olor de un alimento; en el caso de las especias molidas, se considerarán condimento si la
1)
Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene
de los productos alimenticios, en su versión vigente.
Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la
información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y
(CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la
Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE)
n.º 608/2004 de la Comisión, en su versión vigente.
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (CE) n.º 1924/2006, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las
declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, en su versión vigente.
Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre la
adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos, en su versión vigente.
Reglamento (CE) n.º 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de martes, 16 de diciembre de 2008, sobre
aditivos alimentarios, en su versión vigente.
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
o)
p)
q)
r)
s)
2)
proporción de antiaglomerantes no supone más del 1% del peso total de una determinada
cantidad;
se entiende por mezcla de condimentos la mezcla de los diferentes tipos de condimentos que se
enumeran en la letra a), en la que no se hayan utilizado aditivos, y que en el caso de mezclas de
especias molidas o trituradas, la proporción de antiaglomerantes no suponga más del 1% del peso
total de una determinada cantidad;
se entiende por preparado de condimentos la mezcla de los diferentes condimentos enumerados
en la letra a) con aditivos, verduras, sal, hongos, y, dado el caso, otros componentes;
se entiende por aditivo orgánico toda sustancia que tenga su origen en una planta de la que se
extraigan condimentos, en particular del tronco, los tallos, las ramas, las bayas, los frutos, las
hojas y las cáscaras.
se entiende por aditivo orgánico extraño la sustancia proveniente de partes, frutos y semillas de
plantas diferentes;
se entiende por aditivo inorgánico toda sustancia cuyo origen no sea vegetal, en particular los
terrones de tierra, las piedras o la arena;
se entiende por sal comestible al producto cristalino cuyo contenido de cloruro de sodio (NaCl) no
sea inferior al 97% de la materia seca, y en el que también pueden aparecer sustancias
enriquecedoras2);
se entiende por sal comestible yodada a la mezcla de cloruro de sodio con nitrato de potasio o
yoduro de potasio;
se entiende por sal comestible yodada y fluorada a la mezcla de cloruro de sodio con yodo, según
lo establecido en la letra h), y fluoruro de sodio o fluoruro de potasio;
se entiende por sal comestible de roca la sal comestible obtenida por extracción de depósitos
naturales subterráneos que contenga una pequeña proporción de sales inorgánicas producidas de
forma natural en dichos depósitos de sal, o en su caso, con los aditivos correspondientes;
se entiende por sal comestible marina la sal comestible obtenida por evaporación del agua de mar
con una proporción de elementos y compuestos similares a los producidos de forma natural en la
naturaleza, o en su caso, con los aditivos correspondientes;
se entiende por sal comestible vacuum la sal comestible obtenida por evaporación al vacío de una
solución saturada de sal comestible (salmuera) procedente de depósitos naturales con una
pequeña proporción de sales inorgánicas similares a las producidas de forma natural en los
depósitos de sal, o en su caso, con los aditivos correspondientes;
se entiende producto deshidratado el alimento compuesto por ingredientes con un contenido
reducido de humedad, de consistencia pastosa o en polvo y que para su consumo requiere
mezclarse con un líquido;
se entiende por saborizante el producto potenciador del sabor, en particular a las mezclas de
hidrolizados de proteínas o de extractos de especias y otros ingredientes, así como a los aditivos
que fijan y ensalzan un aroma;
se entiende por salsa fría o aderezo el producto líquido o emulsión utilizado como condimento
para platos y ensaladas, compuesto principalmente por aceites comestibles, espesantes,
estabilizantes, emulsionantes, verduras, frutas, condimentos y productos lácteos;
se entiende por mostaza el producto que se obtiene tras la mezcla de semillas de mostaza
molidas, vinagre fermentado, sal comestible, condimentos y azúcar, y que puede contener
colorantes y conservantes artificiales;
se entiende por mostaza entera la mostaza producida a partir de semillas de tipo amarillo de
mostaza blanca;
se entiende por mostaza Krems la mostaza fabricada a partir de semillas molidas de mostaza de
tipo amarillo con la adición de semillas molidas de mostaza negra; y
se entiende por mostaza especial aquella mostaza que según lo establecido en la letra p) se
prepara mediante la adición de una verdura, una fruta o aroma que la convierten en un tipo
particular (mostaza francesa, inglesa, etc.).
Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente.
2
Artículo 3
Condimentos
1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de condimentos se indica en el anexo 2 del
presente Decreto.
2) La denominación de los condimentos se ajustará, además de a lo establecido en el Reglamento
europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor 3), la Ley nº. 110/1997 del Compendio de
Leyes relativa a los productos alimenticios y los productos del tabaco y que modifica y completa algunas
leyes relacionadas, en su versión vigente (en adelante la «Ley»), y el Decreto relativo a determinados
métodos de etiquetado de productos alimenticios4), a la nomenclatura que figura en el anexo 1 del
presente Decreto.
3) Se considera que la cantidad media de un condimento es su peso real, sin envasado, teniendo
en cuenta las desviaciones de peso negativas. Las tolerancias por discrepancias en el peso para el
envasado de condimentos se recogen en el anexo 3 del presente Decreto.
4) Los requisitos sensoriales de calidad de los diferentes tipos de condimentos se recogen en el
anexo 1 del presente Decreto.
5) Los requisitos físicos y químicos de calidad de los diferentes tipos de condimentos se recogen
en el anexo 4 del presente Decreto.
Artículo 4
Sal comestible
1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de sal comestible se indica en el anexo 5 del
presente Decreto.
2) Además de la información que se incluye en aplicación de la legislación europea5), la Ley y el
Decreto relativo a determinados métodos de etiquetado de productos alimenticios4), en la sal comestible
también se indicará:
a) en el caso de sal enriquecida, la denominación del grupo en el que se clasifica;
b) información sobre el tipo de sustancia con la que se ha enriquecido la sal comestible;
c) en el caso de la sal comestible yodada y fluorada, una advertencia sobre el riesgo de consumir
más de 4 g por día y de su ingesta paralela con tabletas de fluoruro; e
d) información sobre el método de obtención (extracción de la roca, al vacío, evaporación de agua de
mar).
3) Los requisitos sensoriales y químicos de la calidad de la sal comestible se recogen en el anexo
6 del presente Decreto.
3)
Reglamento (CE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente.
Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes relativo a algunos de los métodos de etiquetado de productos
alimenticios.
5) Reglamento (CE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente.
Reglamento (CE) n.º 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión vigente.
4)
3
Artículo 5
Productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos
1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de productos deshidratados,salsas frías y
aderezos se indica en el anexo 7 del presente Decreto.
2) Además de la información contenida en el Reglamento sobre la información alimentaria
facilitada al consumidor3), la Ley y el Decreto sobre determinadas normas de etiquetado de los
alimentos4), se enumeran algunos requisitos adicionales de etiquetado para productos deshidratados y
salsas frías y aderezos en los apartados 3 y 4.
3) En la etiqueta de los productos deshidratados deberán figurar las instrucciones para su
preparación.
4) En caso de salsas fías y aderezos, se informará en el envase sobre:
a) si se trata de productos emulsionados, con la indicación «emulsionado con un contenido graso del
...%»; y
b) las condiciones de almacenamiento.
5) Se considera que la cantidad media de un producto deshidratado, saborizante, salsa fría o
aderezo es su peso real, sin envasado, teniendo en cuenta las desviaciones negativas de peso o
volumen. Las tolerancias por discrepancias en el peso y el volumen del envasado de productos
deshidratados, saborizantes y salsas frías y aderezos se enumeran en el anexo 8 del presente Decreto.
6) Los requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de los productos deshidratados,
saborizantes, salsas frías y aderezos se enumeran en el anexo 9 del presente Decreto.
Artículo 6
Mostaza
1) La clasificación de los distintos tipos y grupos de mostaza se indica en el anexo 10 del presente
Decreto.
2) Además de la información contenida en el Reglamento europeo sobre la información
alimentaria facilitada al consumidor3), la Ley y el Decreto sobre determinadas normas de etiquetado de los
alimentos4) en el envase de la mostaza también se indicarán las condiciones de almacenamiento.
3) Se considera que la cantidad media de una mostaza es su peso real, sin envasado, teniendo en
cuenta las desviaciones de peso negativas. Las tolerancias por discrepancias en el peso para el
envasado de mostaza se recogen en el anexo 11 del presente Decreto.
4) Los requisitos sensoriales, físicos y químicos de la calidad de mostaza se recogen en el anexo
12 del presente Decreto.
Artículo 7
Descripción técnica
El presente Decreto ha sido notificado de conformidad con la Directiva 2015/1535 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de
información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad
de la información, en su versión modificada.
4
Artículo 8
Disposiciones transitorias
Los alimentos producidos, comercializados o etiquetados antes de la fecha de entrada en vigor del
presente Decreto se regirán por el Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa
n.º 331/1997 del Compendio de Leyes, en su versión modificada de aplicación, y podrán venderse hasta
agotarse las existencias.
Artículo 9
Disposiciones derogatorias
Se deroga lo siguiente:
1. Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa n.º 331/1997 del Compendio de Leyes por
el que se ejecuta el artículo 18, letras a), d), h), i), j) y k), de la Ley n.º 10/1997 del Compendio de
Leyes relativa a los productos alimentarios y a los productos del tabaco y por la que se modifican y
complementan determinadas leyes conexas para condimentos, sal comestible, productos
deshidratados, saborizantes y mostaza.
2. Decreto del Ministerio de Agricultura de la República Checa n.º 419/2000 del Compendio de Leyes por
la que se modifica la Orden del Ministerio de Agricultura nº 331/1997 del Compendio de Leyes por la
que se ejecuta el artículo 18, letras a), d), h), i), j) y k), de la Ley nº 110/1997 del Compendio de Leyes
relativa a los productos alimentarios y a los productos del tabaco y por la que se modifican y
complementan determinadas leyes conexas para condimentos, sal comestible, productos
deshidratados, saborizantes y mostaza.
Artículo 10
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor el ... .
El Ministro:
5
Anexo 1 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Requisitos sensoriales de calidad aplicables a los diferentes tipos de condimentos
Denominación
Denominación de la
del condimento
planta
Anís
anís
(Pimpinella anisum L.)
Anís estrellado
Anís estrellado badiana
entero,
(Illicium verum Hooker.)
Parte de la planta
frutos
deshidratados
frutos de flores
secas maduras
molido
Apariencia
Color
aquenios nervados u
ovoides, de tallo corto
frutos en forma de
estrella de tallo corto,
pericarpio voluminoso,
superficie rugosa, con
semillas en forma de
huevo planas, brillantes,
sin fragmentos, y
semillas sueltas
de color marrón a
amarillo parduzco
de color marrón
en polvo, con partículas de color marrón
diferenciables
rojizo a marrón
hojas enteras o cortadas, verde grisáceo
sin tallos
Albahaca
albahaca
(Ocimum basilicum L.)
hojas secas y
partes de las
flores
Hoja de laurel
Laurel verdadero
(Laurus nobilis L.)
hojas secas
hojas con tallos cortos,
sin ramitas
Hierba de limón
/ citronela
entera, triturada
o molida
hierba limón
(Cymbopogon citratus
Staph/C. nardus (L.)
Rendle
hojas secas
trozos de hojas secas,
trituradas o en polvo
finamente molido
fruto
aquenios, enteros o
partes, o polvo molido
Semilla del apio, apio (Apium graveolens
entera o molida L.)
6
Olor
agradable sabor
afrutado
fuerte, algo dulce
dulce, picante y
aromático
ligeramente
aromático, algo
dulce
muy
condimentado
según la
intensidad, de
canela a limón
condimentado,
algo dulce
sabor más dulce
o aromático
dependiendo de
la intensidad
aromático,
ligeramente
amargo
de color verde
claro a marrón
claro
ligeramente
aromático,
característico de
la hoja de laurel
de amarilla a ocre fuerte, a cítricos
o amarillo verdoso frescos
marrón grisáceo,
de marrón
verdoso a marrón
Sabor
intenso, típico del
apio
amarga,
ligeramente
dulce,
ligeramente
ácida, a cítricos
fuerte, amargo,
típico del apio
Nigella sativa
Estragón
Hinojo entero o
molido
Galangal
(galangal,
jengibre azul)
entero o molido
Mostaza blanca
entera
Clavo entero,
triturado o
molido
Chile/pimienta
de Cayena
entero/os,
molido/os o
triturado/os
nigella sativa (Nigella
sativa L.)
estragón o dragoncillo
(Artemisia dracunculus
L.)
hinojo
(Foeniculum vulgare
Mill.conv. vulgare)
semillas
Galangal
Alpinia galanga Willd,
Alpinia officinarum
Hance)
rizomas
hojas secas
frutos
deshidratados
mostaza blanca (Sinapis semillas
alba L.)
alcaravea
(Eugenia caryophylla
Thumb.)
Syzygium aromaticum
(L.) Merr.
cogollos secos
pimentón
frutos
(Capsicum frutescens
deshidratados
L.,
Capsicum chinense
Jacq.
Capsicum baccatum L.
a Capsicum annuum L.)
semillas enteras
de negro a negro
grisáceo
hojas enteras o picadas, hojas de color
sin tallo y de color
verde pálido a
marrón
verde grisáceo
aquenios oblongos o
de verde
ligeramente curvados, en amarillento a
el lado dorsal de los tres marrón verdoso
nervios, o polvo molido
rodajas secas o trozos
amarillo, de ocre a
de los rizomas o polvo
marrón claro
molido
semillas lisas, casi
esféricas, que pueden
contener un máximo de
un 5 % de semillas de
mostaza negra
cogollos sólidos sin
desarrollar, pueden
contener como máximo
un 25 % de su peso en
clavos sin cabezas
en polvo, con partículas
diferenciables
fruto entero maduro
secado con restos del
pedúnculo
pulpa o polvo finamente
molido
7
ligeramente
aromático
ligeramente
aromático
fuerte, picante
aromático, fresco
aromático, algo
dulce
intenso, a
eucalipto
aromático, agrio,
recuerda a una
mezcla de
jengibre y
pimienta
aromático, no
demasiado fuerte
de amarillo claro a de poca
picante,
ocre
intensidad, neutral punzante
marrón rojizo
oscuro, cabezas
marrones
amarillentas
fuerte, intenso,
propio del clavo
marrón rojizo
oscuro
amplia gama de
colores y sus
transiciones (de
amarillo, naranja,
rojo, marrón,
verde, púrpura
oscuro a rojo
negruzco)
aromático
aroma intenso,
picante
aroma intenso,
picante
fuerte, dulce, con de picante a
un matiz picante
fuertemente
que puede llegar a picante
irritar
fuerte, dulce, con de picante a
un matiz picante
fuertemente
que puede llegar a picante
irritar
Enebro entero,
enebro común
(Juniperus communis
L.)
frutos maduros
deshidratados
triturado o
molido
Semillas enteras cardamomo común
de cardamomo, (Elettaria cardamomum
cápsulas,
L. Maton)
cápsulas o
semillas sin
cáscara enteras
triturado o
molido
Comino (oscuro) alcaravea de dos años
entero,
de madurez
(Carum carvi L.)
triturado o
molido
Comino de un
comino de un año de
año de madurez madurez (Carum carvi
(claro) entero
L.)
triturado o
molido
frutos
deshidratados
bayas esféricas o
gálbulos de forma
irregular arrugados que
en su parte superior se
cierran por tres escamas
granos o polvo molido
de color marrón
rojizo a marrón
oscuro, la
superficie de las
bayas es
normalmente de
color gris azulado
a azul oscuro
esmerilado
cápsula triangular
las cápsulas son
alargada o semillas
de color verde y
maduras peladas enteras de amarillo a
marrón claro, las
semillas son de
color marrón claro
a marrón
negruzco
granos o polvo fino de
marrón negruzco,
frutos secos enteros o
de marrón rojizo
semillas sin cáscara
claro a oscuro
aquenios oblongos
de color marrón
ligeramente torcidos, con claro a oscuro,
surcos en su superficie
ocre amarillo en
los surcos
granos o polvo finamente de marrón claro a
molido
oscuro, gris con
tonos marrones
aquenios que tienen las de color marrón
mismas características
amarillento, de
que el comino bienal,
marrón claro a
pero más grande
marrón grisáceo
claro con surcos
más claros, en
general más claro
en su forma bienal
granos o polvo con
verde grisáceo, de
motas distinguibles
verde con tonos
marrones a
marrón
8
intenso, a resina
aromático, algo
dulce
intenso, punzante, fuerte, picante, a
ligeramente a
limón
limón
punzante, a limón, aromático,
algo dulce
intenso a limón,
fuertemente
picante
característico del aromático
comino
característico del
comino
aromático
característico del
comino, pero
menos
pronunciada que
en el bienal
aromático
característico del
comino, pero
menos
pronunciada que
aromático
Comino (oscuro) comino verdadero
entero,
(Cuminum cyminum L.)
triturado o
molido
Semillas de
eneldo
tallo
Fruto del
cilantro,
hojas
eneldo aromático
(Anethum graveolens
L.)
Majorana
de punzante a
picante
marrón con
nervios claros y
bordes ocres
característico del
eneldo
aromático,
penetrante
de verde claro a
oscuro
marrón claro,
verdoso
verde matizado
con amarillo, gris
o marrón
amarillo grisáceo,
amarillo, de
marrón
amarillento a
negruzco
típico para el
eneldo
aromático
típico del eneldo
aquenios largos y rectos, de color marrón
acanalados, cónicos en
amarillento a
sus extremos
marrón
granos o polvo
frutos
deshidratados
frutos ovalados, planos,
con tres nervios
longitudinales y dos
bordes desplegados a
los lados
hojas enteras o picadas
tallos secos
cilantro
frutos
(Coriandrum sativum L.) deshidratados
hojas secas y
vástagos de los
tallos
Cúrcuma entera cúrcuma
rizomas secos
(Curcuma longa L.)
triturada o
molida
en el bienal
ligeramente
punzante
frutos secos
esfera de doble aquenio
lisa
trozos de hojas y los
vástagos de los tallos
ovoide o cilíndrica de
forma irregular y cantos
duros, superficie
arrugada sin raíces ni
bulbos (por lo menos
inferiores a 15 mm), que
comprende un máximo
de un 15 % de los
rizomas reducidos,
huecos o porosa y
quemados
granos o polvo finamente de color amarillo
molido
oscuro, de
amarillo
anaranjado a
oscuro
majorana
mezcla de hojas, trozos enteros o picados verde claro, de
(Origanum majorana L.) inflorescencias,
partes de los vástagos
verde grisáceo a
flores, o partes de de los tallos, sin el tronco verde con tonos
los mismos,
marrones
secas
9
aromático
Aroma
característico
típicamente
aromático
intensidad típica
de la cúrcuma
profundamente
aromático
intenso,
característico de
la cúrcuma
profundamente
aromático
intenso,
característico de
la majorana
picante,
ligeramente
astringente
Menta
menta (Mentha x.
piperin L.)
hojas, vástagos
de los tallos
entera o partes de hojas
y vástagos de los tallos
verde con un
toque de rojo a
marrón según la
variedad
muy aromático,
característico de
la menta,
mentolado
Combava/Lima
kafir
combava (Citrus hystrix
DC.)
hojas
verde con tonos
de amarillo a
marrón
fresco, frutal, a
cítrico
Macis entera,
árbol de la nuez
moscada (Myristica
fragrans Houtt.)
cubierta de la
semilla madura
seca (cáscara)
hojas de forma
característica enteras
secas, a menudo
parcialmente plegadas
folículos seminales
planos en la parte inferior
del conjunto, parte
superior ramificada, de
superficie brillante opaca,
frágil
polvo fino molido con
partículas visibles
granulares
semillas de forma ovoide
o esférica romas,
superficie veteada y
rugosa
amarillo, amarillo
anaranjado, de
marrón
amarillento a
rojizo
intenso,
característico de
la macis
de aromático a
penetrante
de marrón
amarillento
brillante a rojizo
superficie de color
marrón grisáceo a
marrón, en las
semillas recogidas
aparecen vetas
marrón
amarillento oscuro
característico de
la macis, intenso
de aromático a
penetrante
característico de
la nuez moscada,
a resina
aromático,
penetrante y
ligeramente
picante
intenso,
característico de
la nuez moscada,
aromático
característico de
la pimienta dioica
fuerte, aromático
fuerte, aromático
fuertemente
picante
ligeramente
aromático
molida
Nuez moscada
entera,
nuez moscada
verdadera
(Myristica fragrans
Houtt.)
granos maduros
secos
triturada o
molida
Pimienta dioica
entera,
triturada o
molida
Orégano
polvo ligeramente fino
Pimienta dioica entera
(Pimenta dioica L.
Merr.)
orégano (Origanum
vulgare L.)
Pimentón molido pimentón (Capsicum
annuum L.)
fresco
frutos
deshidratados
bayas inmaduras, de
superficie áspera, dura,
sin cáscara
polvo ligeramente fino
mezcla de hojas sin tallos ni ramas
secas y partes de
las flores
frutos
deshidratados
marrón grisáceo,
de marrón oscuro
a marrón rojizo
de marrón a
marrón rojizo
verde claro a
verde con tonos
marrones, verde
grisáceo y oliva
ligeramente
aromático
característico de
la menta,
mentolado,
ligeramente
amargo
típico, a cítricos,
ligeramente
amargo
fuertemente
picante
ligeramente molido
de color rojo
oscuro
10
intenso,
característico del
dulce
pimentón
de color rojo a rojo característico del
oscuro
pimentón
dulce,
picante,
a gulash
Cebolleta
cebolleta (Allium
schoenoprasum L.)
tallos secos
tallos picados
Pimienta blanca
entera,
pimienta negra
(Piper nigrum L.)
frutos maduros
secos
pelado, secado,
superficie lisa y dura,
bayas esféricas, no
puede contener más del
10 % de bayas negras
polvo con granos
distinguibles
triturado o
molido
Pimienta negra
entera
pimienta negra
(Piper nigrum L.)
frutos maduros
secos
triturada o
molida
Pimienta
schinus (Schinus molle
roja/rosa entera, L.)
frutos maduros
secos
triturado o
molido
Pimienta de
Sichuán entera,
pimienta de Sichuán
(Zanthoxylum bungei
frutos
bayas secas duras, con
cáscara, arrugadas, sin
tallos, pueden contener
hasta un 15 % de bayas
ligeras
polvo finamente molido,
en proporción al tamaño
del grano
bayas lisas con una
delicada piel exterior que
las encierra semillas
polvo finamente molido,
en proporción al tamaño
del grano
cápsulas, semillas y
tallos de superficie
11
dulce,
ligeramente
amargo y picante
de rojo a rojo con aromático
picante,
tonos marrones
ligeramente
amargo,
rojo con tonos
aromático, no muy de dulce a
marrones
intenso
ligeramente
picante
de verde claro a
característico de
ligeramente
oscuro
la cebolleta
dulce,
ligeramente
amargo,
ligeramente a ajo
y cebolla
blanco con tonos aromático
picante,
grises, gris oscuro
punzante
con rayas pálidas
blanco y gris, con
un tono
amarillento
de negro con
tonos marrones a
negro con tonos
grisáceos
aromático
picante,
punzante
aromático
picante,
punzante
aroma punzante
fuertemente
aromático
picante,
punzante
de rojo a rosa
pálido
ligeramente
aromático
ligeramente
condimentado,
algo dulce
las cápsulas son
de color marrón a
aromático, de
intenso a
aromático,
amargo, agrio,
triturado o
molido
Pimienta verde
entera,
triturada o
molida
Perejil
Planch,
Z.acanthopodium DC.,
Z.piperitum DC.)
rugosa; las semillas se
precipitan tras la ruptura
de la cápsula
pimienta negra
(Piper nigrum L.)
cápsulas y semillas
trituradas o polvo molido
bayas duras y arrugadas verde grisáceo, de aromático, picante aroma intenso,
y frutos de superficie lisa, verde a verde con
picante
delgada y frágil
tonos marrones
granos o polvo
frutos maduros
secos
marrón rojizo en el penetrante
exterior; el interior
(después de la
ruptura) es marrón
claro con semillas
negras
perejil común
tallos secos
(Petroselium crispum L.)
tallos picados
de verde claro a
oscuro
Alholva,
fenogreco
alholva, fenogreco
(Trigonella foenumgraecum L.)
semillas secas
de ocre a marrón
Romero entero,
romero
(Rosmarinus officialis
L.)
hojas secas
semillas lisas y duras, de
unos 5 mm de tamaño,
con forma de prisma
irregular redondeado,
aplanada, con un
profundo característico
surco en el lado
hojas lineares,
correosas, de pecíolo y
sésiles cotos, sin tallos y
hojas que cambian de
color
hojas picadas, trituradas
o molidas
triturado o
molido
Satureja
Satureja de jardín
(Satureja hortensis L.)
satureja de la montaña
(Satureja montana L.)
hojas secas y
partes de las
flores o ramitas
enteras
hojas lanceoladas
enteras o cortadas (la
variedad de jardín
termina en un
estrechamiento, la de
montaña en forma de
punta) de superficie y
bordes lisos, sin tallos
pero con rama de 1512
aromático,
característico del
perejil
muy aromático
la parte superior
intenso,
de la hoja es de
característico del
color gris-verde, la romero
parte inferior de
gris claro brillante
intenso,
característico del
romero
la satureja de
satureja de jardín:
jardín de verde a intensamente
rojo oscuro, las
aromática
hojas de la
satureja de
satureja de
montaña:
montaña son
aromático
verdes o verdes
grisáceas
astringente
aromático,
ligeramente
dulce
ligeramente
amargo,
aromático
aromático,
amargo
aromático,
amargo
de penetrante a
picante
penetrante
Canela entera,
30 cm de largo
trozos, cilindros, tubos o
varillas peladas o
raspadas, que pueden
ser de superficie lisa o
áspera, duros, sin restos
de madera o ramas
polvo fino, ausencia de
fragmentos o granos
cinamomo
(Cinnamomum
zeylanicum
(Blume),
C.aromaticum(Nees),
C.laureirií
(Nees), C.burmanii
(Nees), C. tomala
(Nees))
corteza
Azafrán en
pistilos y sus
fragmentos o
molido
Salvia
azafrán verdadero
(Crocus sativus L.)
pistilos secados
salvia (Salvia officinalis
L.)
hojas secas y
vástagos de las
flores y los tallos
Tomillo
tomillo común (Thymus
vulgaris L.)
mezcla de hojas,
tallos y flores
secos
Vainilla
Vainilla verdadera
(Vanilla planifolia
Andrews,
Vanillia pompona,
Vanillia tahitiensis)
jengibre (Zingiber
officinale Roscoe.)
fruto entero sin
madurar
deshidratado
cápsula longitudinal y
surcada, flexible
rizomas secos
trozos de forma y tamaño
irregular y (al menos
2 cm), ramificados,
redondeados y
aplanados
triturada o
molida
Jengibre entero
frágil, ondulado de
diversas formas
polvo fino
hojas enteras de forma
oblonga a lanceolada
con bordes ligeramente
dentados, de nervios
profundos, sin tallos y de
color marrón
hojas pequeñas (15 mm)
13
amarillo claro,
amarillo oscuro,
de color canela,
con tonos de
marrón a rojo
característico de
la canela, de
intenso a
penetrante
aromático, dulce,
de amargo a
áspero,
astringente
ocre con matices
oscuros, de
marrón a marrón
con tonos rojizos
de naranja a rojo
oscuro
característico de
la canela
fuerte, aromático
intenso,
característico del
azafrán
aromático,
amargo
el haz de las hojas
es gris pirita
mientra que el
envés es blanco
difuminado
fuerte, aromático, aromático,
con
astringente,
reminiscencias de amargo
alcanfor
verde grisáceo, de
marrón grisáceo a
verde grisáceo, el
color de la flor es
violeta-rosa
alcanzando tonos
marrones
marrón oscuro,
negro con tonos
marrones
agradablemente
aromático
de intenso a
picante
característica de
la vainilla, dulce
intenso, aroma
dulce
de color amarillo
claro,de marrón
amarillento a
marrón claro, en
el caso del
jengibre en polvo,
blanco con tonos
característico del
jengibre, intenso,
punzante
de punzante a
picante,
aromático
triturado o
molido
grises
polvo con partículas finas amarillo con un
reconocibles y fibras
matiz marrón de
cortas
claro a tostado
14
característico del
jengibre,
ligeramente dulce
de punzante a
picante,
aromático
Anexo 2 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Clasificación de los condimentos por tipo, grupo y subgrupo
Tipo
condimentos
Grupo
condimentos según el anexo 1
mezcla de condimentos
preparado de condimentos
15
Subgrupo
–
–
suelto
en pasta
líquido
Anexo 3 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Variaciones admisibles en el peso del envasado de condimentos
Peso declarado del envase
hasta 10 g
11 – 50 g
51 – 200 g
más de 200 g
Variaciones admisibles en el peso
- 8,0 % en el caso de envases únicos
- 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 5,0 % en el caso de envases únicos
- 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 3,0 % en el caso de envases únicos
- 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos
- 1,0 % en el caso de envases únicos
- 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos
16
Anexo 4 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Requisitos físicos y químicos de calidad de las diferentes clases de condimentos
Denominación del condimento
Anís
Anís estrellado
entero
molido
Albahaca
Hoja de laurel
Madera de
limoncillo/Citronela
Semillas de apio
Nigella sativa
Estragón
Hinojo
Galangal/jengibre
azul
Mostaza blanca
Clavo
Chile, pimienta de
Cayena
Enebro
entera
molida
entera
triturada,
molida
enteras
molidas
entera
entero
molido
entero
molido
entera
entero
molido,
triturado
entero/enteros
molido/molidos
entero
molido,
triturado
Humedad
en % del
peso
máximo
12,0
10,0
12,0
12,0
8,0
8,0
12,0
Cantidad
Aceites
Cenizas
Ingredientes en % de peso máximo
de cenizas
esenciales insolubles en
en % del
en % (ml /
ácido en %
peso
Elementos Cuerpos
100 g) de
del peso
Material
máximo de
propios
extraños
materia seca máximo de
inorgánico
materia
orgánicos orgánicos
mínima
materia seca
seca
10,0
2,0
2,5
3,0
2,0
2,0
4,0
8,0
20,0
0,5
0,5
5,0
3,0
1,0
16,0
0,3
2,0
18,0*
2,0
2,0
7,0
1,0
2,0
10,0
1,0
0,5
7,0
1,0
2,0
8,0
2,5
12,0
8,0
10,0
10,0
8,0
14,0
12,0
12,0
12,0
12,0
10,0
12,0
12,0
12,0
5,5
12,0
10,0
10,0
9,0
9,0
10,0
7,0
11,0
11,0
16,0
13,0
2,5
1,5
1,5
0,6
1,0
1,0
3,0
3,0
1,0
1,5
2,0
2,0
4,0
4,0
15,0
14,0
0,5
10,0
10,0
4,0
0,7
1,6
1,6
1,0
4,0
0,5
1,0
17
16,0*)
3,0
3,0
4,0
2,0
2,0
2,0
2,0
3,0
5,0
1,0
0,3
0,5
0,3
10,0
0,5
0,5
5,0
0,5
0,5
Valores
adicionales
Cardamomo
Comino (oscuro)
Comino de un año
de madurez (claro)
Comino verdadero
Eneldo
Fruto del cilantro
semillas
cápsulas
molido,
triturado
entero
triturado
molido
entero
triturado
molido
entero
molido,
triturado
semillas
tallo
entero
molido
Hojas del cilantro
entera
Cúrcuma
molida,
triturada
Majorana
Menta
Combava/Lima
kafir
Macis
Nuez moscada
Pimienta dioica
13,0
13,0
9,5
9,5
3,5
3,5
13,0
9,5
3,5
13,0
13,0
13,0
12,0
12,0
12,0
12,0
8,0
8,0
8,0
9,0
9,0
9,0
12,0
2,0
1,0
1,0
1,5
1,5
1,5
1,5
12,0
12,0
1,5
10,0
10,0
9,0
9,0
12,0
12,0
1,0
7,0
7,0
15,0
10,0
9,0
12,0
13,0
16,0
14,0
1,0
5,0
0,5
3,0
0,5
2,0
1,5
1,0
2,0
2,0
1,5
2,0
1,0
2,0
2,0
3,0
5,0
2,0
2,0
3,0
5,0
2,0
2,0
3,0
2,0
0,5
3,0
2,0
2,0
2,0
0,2
0,2
4,5
3,0
3,0
1,0
2,0
2,0
2,0
0,5
16,0
0,3
0,5
0,5
10,0
0,5
0,5
4,0
0,5
0,5
2,5
0,4
0,4
1,5
1,5
1,0
1,5
0,5
propiedad
colorante en
% del peso
total, al menos
2,0
12,0
entero
molido,
triturado
entera
10,0
4,0
12,0
4,0
10,0
3,0
6,5
molida
10,0
3,0
5,0
entera
molida,
triturada
12,0
4,5
1,5
0,4
12,0
4,5
1,0
0,4
18
óxido de
calcio en %
del peso, de
un máximo de
0,35
Orégano
fresco
dulce
picante
12,0
11,0
11,0
11,0
10,0
7,0
7,5
8,0
1,0
80,0
60,0
40,0
2,0
0,5
0,7
1,0
de gulash
11,0
9,0
40,0
1,3
entera
8,0
15,0
13,0
3,5
1,0
molida,
triturada
15,0
3,5
0,6
entera
14,0
6,0
2,0
molida,
triturada
14,0
6,0
0,8
x)
16,0*)
3,0
2,0
x)
contenido
mínimo de
colorantes
naturales,
expresado en
unidades
ASTA
Pimentón
Cebolleta
Pimienta blanca
Pimienta negra
Pimienta roja/rosa
Pimienta de
Sichuán
Pimienta verde
Perejil
Alholva, fenogreco
Romero
entera
molido,
triturado
entera
molida,
triturada
entera
molido,
triturado
entero
triturado,
molido
Satureja
Canela
Azafrán
Salvia
entera
molida,
triturada
pistilos y sus
fragmentos
molido
15,0
4,0
0,5
0,5
4,0
0,5
0,5
4,0
0,5
0,5
0,3
1,2
1,0
14,0
6,0
3,0
4,0
0,5
0,5
12,0
5,0
0,3
4,0
0,5
0,5
7,5
11,0
11,0
14,0
5,0
8,0
0,8
1,5
1,0
5,0
6,0
5,0
1,0
2,0
1,0
11,0
8,0
0,8
0,8
13,0
14,0
11,0
7,0
0,4
1,0
1,0
2,0
4,0
2,0
1,0
1,0
2,0
0,5
12,0
7,0
0,5
2,0
12,0
8,0
1,5
10,0
12,0
8,0
11,0
1,5
2,0
8,0*)
0,5
0,5
0,7
19
cantidad de
piperina en %
del peso total,
al menos 4,0
cantidad de
piperina en %
del peso total,
al menos 4,0
Tomillo
12,0
14,0
Vainilla
35,0
7,0
12,0
12,0
8,0
11,0
1,5
1,5
1,1
2,5
12,0
8,0
1,0
2,5
Jengibre crudo
procesado
entero
entero
molido,
triturado
1,0
3,5
5,0
1,0
1,0
2% etil
vainillina
*) incluyendo cambios de color en las hojas
20
2,0
2,0
0,5
0,5
0,5
0,5
Anexo 5 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Clasificación de la sal comestible en tipos y grupos
Tipo
sal comestible
Grupo
yodada
yodada y fluorada
yodada y «nombre de la sustancia con la que ha sido
enriquecida»*
con «nombre de la sustancia con la que ha sido
enriquecida»*
*enriquecida de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del
Consejo con una sustancia diferente al yodo o el flúor
21
Anexo 6 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Requisitos sensoriales y químicos de calidad de la sal comestible
Producto
Sabor
Olor
Contenido en
minerales*
mínimo en
materia seca
en %
Contenido de
sustancias
enriquecedoras por
kg de sal
2,0
-
98,0
2,0
27 ±7 mg de yodo
98,0
2,0
27 ±7 mg de
contenido máximo
de yodo por cada
250 mg de flúor
27 ±7 mg de yodo,
enriquecida según
los datos del
producto
sal comestible
salada
sal comestible
yodada
sal comestible
yodada y
fluorada
salada
sal comestible
yodada con
«nombre de la
sustancia con la
que ha sido
enriquecida»**
sal comestible
yodada con
«nombre de la
sustancia con la
que ha sido
enriquecida»**
salada
neutra, sin aromas
extraños
97,0
-
salada
neutra, sin aromas
extraños
97,0
–
salada
neutra, sin aromas
extraños
neutra, sin aromas
extraños
neutral, sin aromas
extraños
contenido
mínimo de
cloruro de
sodio en %
en materia
seca
98,0
enriquecida según
los datos del
producto
*en relación con el método de obtención de la sal (y su diferente contenido en sulfatos, carbonatos,
bromuros, calcio, potasio, sodio, magnesio).
**enriquecida de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del
Consejo con una sustancia diferente al yodo o el flúor.
22
Anexo 7 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Clasificación de productos deshidratados, saborizantes, salsas frías y aderezos en tipos y grupos
Tipo
Producto deshidratado
saborizante
salsa fría o aderezo
Grupo
sopa
salsa
pastilla de caldo
caldo
zumo
platos preparados
mezcla para platos preparados
mezcla para preparar aderezos
mezcla para preparar aliños
mezcla para preparar postres
mezcla para preparar cremas
mezcla para preparar coberturas de pastelería
mezcla para preparar helados
ingredientes para sopas
–
emulsionada
sin emulsionar
23
Anexo 8 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Variaciones admisibles en el peso del envasado de productos deshidratados, saborizantes, salsas
frías y aderezos
Peso declarado o volumen de envasado
hasta 50 g
51 - 120 g
121 - 250 g
251 - 1 000 g
1 001 - 2 500 g
más de 2 500 g
hasta 170 ml
171 - 1 000 ml
por encima de 1 000 ml
Variaciones de peso o volumen permisibles
- 10,0 % en el caso de envases únicos
- 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 5,0 % en el caso de envases únicos
- 2,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 4,0 % en el caso de envases únicos
- 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 3,0 % en el caso de envases únicos
- 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 2,0 % en el caso de envases únicos
- 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos
- 1,0 % en el caso de envases únicos
- 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos
- 4,0 % en el caso de envases únicos
- 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 2,0 % en el caso de envases únicos
- 1,0 % en el caso de envases con 20 artículos
- 1,0 % en el caso de envases únicos
- 0,5 % en el caso de envases con 20 artículos
24
Anexo 9 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de los productos deshidratados de calidad,
saborizantes, salsas frías y aderezos
1. Los productos deshidratados se evaluarán sensorialmente siempre una vez que se hayan
preparado de acuerdo a las instrucciones de preparación. La apariencia, color, consistencia,
sabor y olor deberán ser los característicos del tipo de producto marcado en el envase. El gusto
y el olor del producto deben ser los correspondientes, sin ingredientes extraños que pudieran
alterar sus características.
2. Los saborizantes, salsas frías y aderezos tendrán siempre la apariencia, color, textura, sabor y
aroma característicos de las materias primas utilizadas que figuren en la etiqueta del envase. El
gusto y el olor del producto deben ser los correspondientes, sin ingredientes extraños que
pudieran alterar sus características.
3. Los productos deshidratados no contendrán más de un 15 % de agua.
4. El pH máximo permitido para salsas frías o aderezos será de 4,5.
25
Anexo 10 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Clasificación de la mostaza por tipo, grupo y subgrupo
Tipo
mostaza
Grupo
entera
de Krems
especial
26
Subgrupo
–
–
según el tipo los ingredientes del
saborizante
Anexo 11 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Variaciones admisibles en el peso del envasado de mostaza
Producto
Peso del envase en g
mostaza
hasta 200 g
201 - 500 g
501 - 1 000 g
más de 1 000 g
Variaciones admisibles en el
peso
- 5,0 % en el caso de envases
únicos
- 1,0 % en el caso de envases
con 20 artículos
- 4,0 % en el caso de envases
únicos
- 1,0 % en el caso de envases
con 20 artículos
- 3,0 % en el caso de envases
únicos
- 1,0 % en el caso de envases
con 20 artículos
- 2,0 % en el caso de envases
únicos
- 0,5 % en el caso de envases
con 20 artículos
Anexo 12 del Decreto n.º …/2016 del Compendio de Leyes.
Requisitos sensoriales, físicos y químicos de calidad de la mostaza
Tabla 1 - Requisitos sensoriales de la mostaza
Mostaza
entera
de Krems
especial
Apariencia
consistencia espesa y
sin partículas gruesas
de consistencia
espesa con la
presencia de
partículas de semillas
negras de mostaza
trituradas
de consistencia
espesa sin partículas
aparentes, aunque
con pueden aparecer
partes de verduras o
frutas añadidas
Color
Olor y sabor
si tiene colorante, de
fuerte, picante
un evidente color
marrón amarillento,
amarilla grisácea si no
lo tiene
si tiene colorante, de
fuerte, picante, algo
un evidente color
dulce
marrón amarillento,
marrón grisácea si no
lo tiene
si tiene colorante,
marrón amarillento, o
marrón grisáceo si no
lo tiene, con influencia
de la presencia de
verduras o frutas
fuerte, picante, con
influencia de la
presencia de verduras
o frutas
Tabla 2 - Requisitos físicos y químicos de la mostaza
contenido mínimo de materia
seca en %
contenido mínimo de azúcar o
sacarosa en %
contenido máximo de ácido
acético en %
contenido mínimo de grasa en %
contenido máximo de arena en %
Mostaza
entera o especial
20
5,0, entera, no se considera
dentro del tipo especial
2,5
3,6, entera, no se considera
dentro del tipo especial
0,1
28
de Krems
32
16
1,9
0,1