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La experiencia de Colombia en los
procesos de supervisión, autocontrol
y modelos de Gobierno
ENRIQUE VALDERRAMA JARAMILLO
Superintendente de la Economía Solidaria
“Seminario emprendimientos cooperativos,
financiamiento y las claves de éxito”
Cali, diciembre 9 de 2009
AGENDA
Crisis económica: Expedición de la Ley 454 de
1998 y creación de Supersolidaria.
Marco normativo del sector solidario.
Modelo de supervisión – IVC
Modelo de Gobierno corporativo.
Supersolidaria como generadora de confianza.
“Por unas entidades solidarias confiables”
Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
Crisis económica:
Expedición de la Ley 454 de 1998 y
creación de la Supersolidaria.
“Por unas entidades solidarias confiables”
Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
ANTECEDENTES LEY 454 DE 1998
Entre los años 1997 y 1998, se generó la crisis del sector
cooperativo, por la ausencia de autocontrol por parte de los
asociados y quizá falta de control por parte del Estado, lo cual
generó la liquidación de varias entidades.
Se requería con carácter urgente la expedición de una nueva
ley que regulara la actividad financiera y las demás que
adelantan estas organizaciones solidarias.
Los asociados se encontraban desprotegidos, porque se
requería un fondo de garantías, similar al del sector financiero.
Era necesario garantizar la estabilidad y la credibilidad en el
sector, tan golpeado por la grave crisis que se desató.
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LEY 454 DE 1998
(4 de agosto)
Crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, como
ente Supervisión (IVC).
Transforma el Departamento Administrativo Nacional de
Cooperativas DANCOOP en el Departamento Administrativo
Nacional de la Economía Solidaria DANSOCIAL.
Faculta al Gobierno Nacional para la creación del Fondo de
Garantías para el sector cooperativo – FOGACOOP.
Definió el concepto de las cooperativas de ahorro y crédito
que captan recursos únicamente de sus asociados bajo la
vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
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Marco Legal
Sector Solidario
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Fundamentos
constitucionales
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ARTÍCULO 1°.
Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y
la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
ARTICULO 58°
“... El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de
propiedad.”
ARTICULO 189°
“Corresponde al Presidente de la República..:
“...24. Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las
personas que realicen actividad financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra
relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del
público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades comerciales.”
ARTICULO 333°
“El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo
empresarial”.
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Fundamentos
legales
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LEY 79 DE 1988
LEY 454 DE 1998
Constituyen el marco regulatorio de la Economía Solidaria
en el Derecho Colombiano.
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Modelo de
supervisión
Ley 454 de 1998
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SISTEMA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
Ley 454 de 1998
ORGANIZACIONES DE
LA ECONOMÍA
SOLIDARIA
• - Cooperativas
• - Fondos de
empleados
• Asociaciones
mutuales
ENTIDADES
ESTATALES
ORGANISMOS
DE APOYO
• DANSOCIAL
• - CONES
• SUPERSOLIDARI
A
• - FONES
• FOGACOOP
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¿CÓMO EJERCEMOS LA SUPERVISIÓN? - IVC
La Supervisión (inspección, vigilancia y control) son asumidas
por la Superintendencia de la Economía Solidaria a través de:
DELEGATURA PARA LA
SUPERVISIÓN DE LA
ACTIVIDAD
FINANCIERA
DELEGATURA PARA LA
SUPERVISIÓN DEL
AHORRO Y LA FORMA
ASOCIATIVA
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EJERCICIO DE LA
SUPERVISIÓN
Numeral 1, artículo 35
Ley 454 de 1998
VIGILANCIA
INSPECCIÓN
CONTROL
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SUPERVISIÓN - IVC
VIGILANCIA: El Estado sólo observa la conducta de los
particulares, sin que esto represente para aquellos ninguna
carga o interferencia directa en sus actividades.
INSPECCIÓN: Aquí ya hay una carga para el administrado; su
fundamento son las facultades que tiene la Superintendencia en
virtud de sus funciones legales, al representar el interés general
que prevalece sobre el interés particular.
CONTROL: Es el grado más alto de supervisión. De manera
excepcional la Superintendencia de la Economía Solidaria,
autorizada por la Constitución Política y la ley, interfiere
directamente en la autonomía de las entidades vigiladas.
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MÉTODOS DE SUPERVISIÓN
1. Extra-situ:
Es la vigilancia del funcionamiento de las entidades supervisadas con
base en reportes, indicadores financieros y control de administración
de riesgos.
2. In-situ:
Inspección que se realiza con el fin de verificar en el sitio o empresa
los hallazgos o resultados que arroje el análisis extra-situ. Se
revisan los riesgos de la cooperativa.
3. Supervisión Descentralizada:
Reuniones con entidades que registran indicadores operacionales o
financieros por fuera del promedio de las cooperativas que ejercen
actividad financiera.
Se definen planes de recuperación con los órganos directivos y de
control para aplicar los correctivos.
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MECANISMOS DE SUPERVISIÓN
PREVIOS
PERMANENTES
•
•
•
•
•
•
•
Autorización del ejercicio de la actividad financiera – constitución.
Posesión de cuerpos directivos y revisor fiscal.
Exoneración de revisor fiscal.
Traslado, apertura o cierres temporales de oficinas.
Autorizaciones especiales (incorporación, fusión, escisión)
Disolución y liquidación voluntaria.
Intervenciones: Para administrar o liquidar.
•Régimen de reportes.
•Reglas de Contabilidad.
•PUC, cartera.
•Controles de legalidad.
•Expedición conceptos Jurídicos y Contables
•Seguimiento a intervenciones.
• Control de reformas estatutarias.
• Control de asambleas general, ordinaria y extraordinaria.
POSTERIORES
• Control de reglamentos internos.
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AUTOCONTROL
Se establece dentro del marco conceptual de
la Ley 454 de 1998.
Artículo 7º.- Del autocontrol de la economía solidaria. Las
personas jurídicas, sujetas a la presente Ley, estarán
sometidas al control social, interno y técnico de sus
miembros, mediante las instancias que para el efecto se
creen dentro de la respectiva estructura operativa, siguiendo
los ordenamientos dispuestos por la ley y los estatutos.
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Modelo de
Gobierno corporativo
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GOBIERNO CORPORATIVO
Es el sistema de normas, prácticas y
procedimientos por el cual se regulan las
relaciones que se producen al interior de una
empresa. En particular sobre la distribución
de derechos y obligaciones de sus diferentes
participantes, las reglas por las que se rige la
toma de decisiones, y la manera en que
estas son operadas y controladas.
http:// www.gobiernocorporativo.com.co
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FINALIDADES DEL GOBIERNO CORPORATIVO
Generar confianza entre los grupo de interés con los que
interactúa la organización.
Crear condiciones adecuadas para mantener en
funcionamiento una administración, eficiente, eficaz y
efectiva.
Alinear los intereses de los asociados, los administradores,
los trabajadores y la comunidad en general, hacia la
maximización del valor de la empresa en una economía de
mercado.
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OBJETIVOS DEL GOBIERNO CORPORATIVO
Atraer capitales, mejorando la estructura de
financiación a través de la generación de confianza.
Asegurar la sostenibilidad de las organizaciones.
Proteger los derechos de los asociados y otros
grupos de interés.
Fomentar la confianza en los mercados financieros.
Promover la competitividad del país.
Mejorar el acceso al mercado internacional.
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¿PARA QUÉ UN BUEN
GOBIERNO CORPORATIVO?
Para provocar una reputación positiva como
organización de alto impacto social, entre asociados
y público en general.
Para que los asociados gestionen conjunta y
eficazmente la organización.
Para mantener un clima organizacional acorde con la
naturaleza de la cooperativa.
Para administrar los riesgos sociales eficientemente,
estableciendo controles administrativos, contables,
financieros y sociales.
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Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
¿PARA QUÉ UN BUEN
GOBIERNO CORPORATIVO?
Para disminuir costos operacionales en los procesos
de toma de decisiones.
Para mantener empresas éticamente organizadas,
que actúen con honestidad y responsabilidad social.
Para alcanzar la doble finalidad de lograr crecimiento
económico y desarrollo social.
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Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
SUPERSOLIDARIA
Generadora de confianza
“Por unas entidades solidarias confiables”
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Certificado Nº SC 3306- 1
CERTIFICACIONES OBTENIDAS POR
SUPERSOLIDARIA
Certificado No SC 5773-1
Certificado N GP 006-1
Prestación de servicios de vigilancia, inspección y
control de empresas de economía solidaria
“Por unas entidades solidarias confiables”
Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
¿CÓMO SE HA LOGRADO LA CONFIANZA?
Con el cumplimiento de las normas.
Con la administración de riesgos.
Con la adopción de disciplinas financieras.
“Por unas entidades solidarias confiables”
Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
SUPERSOLIDARIA GENERA CONFIANZA:
De los asociados hacia las entidades.
Del público en general hacia las entidades.
Entre el propio sector solidario y el sistema
financiero.
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Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
CONFIANZA
“El puente que conecta las expectativas
con el desempeño, la inversión con los
resultados.”
“Tener expectativas positivas de
resultados favorables.”
Rosabeth Moss Kanter
“Por unas entidades solidarias confiables”
Certificado Nº GP 006 - 1
Certificado Nº SC 3306- 1
MUCHAS GRACIAS
Superintendencia de la Economía Solidaria
Carrera 7 No. 31-10 Piso 11
PBX: 57 (1) 4895009
Bogotá D.C. – Colombia
www.supersolidaria.gov.co
[email protected]