Download LEY 44 de 2015 de sociedades laborales – Novedades

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LEY 44/2015, DE 14 DE OCTUBRE,
DE SOCIEDADES LABORALES Y
PARTICIPADAS
Novedades y modificaciones respecto
de la Ley 4/1997, de 24 de marzo, de
Sociedades Laborales
29 Octubre de 2015
ZUBIRI ABOGADOS
OBJETIVOS GENERALES DE LA LEY 44/2015 DE
SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS

Actualizar, modernizar y mejorar el contenido de la Ley
4/1997.

Reforzar la naturaleza, función y caracterización de la
sociedad laboral como entidad de economía social.

Mejorar el régimen jurídico de la sociedad laboral para:


Fomentar la participación de los trabajadores en las empresas.
Aumentar la utilidad de la sociedad laboral y su preferencia por
parte de los emprendedores.
OBJETIVOS GENERALES DE LA LEY 44/2015 DE
SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS

Fortalecer la vertiente empresarial de la sociedad laboral.

Consolidar el carácter estable y no coyuntural de este modelo
empresarial (elementos objetivos contra su utilización
inadecuada).

Preparar su contenido a los cambios y reestructurar el
articulado.

Actualizar y adaptar el régimen jurídico de la sociedad laboral
a las reformas legislativas.
PARTES DE LA LEY 44/2015 DE SOCIEDADES
LABORALES Y PARTICIPADAS

Sociedades laborales (régimen societario y beneficios
fiscales).

Sociedades participadas por los trabajadores.

Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y
finales.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Requisitos de tenencia y distribución del capital social:



Que, al menos, la mayoría del capital sea propiedad de
trabajadores con relación laboral por tiempo indefinido.
Que ningún socio sea titular de acciones o participaciones
sociales que representen más de la tercera parte del capital.
Excepciones: 2 socios trabajadores y socios entidades públicas,
de participación mayoritariamente pública, no lucrativas o de
economía social.
Clases de acciones y participaciones:


Clase laboral.
Clase general.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Número mínimo de socios:



3 socios.
Excepción: 2 socios, trabajadores y titulares del 50% del capital
social cada uno, situación que sólo puede mantenerse durante
36 meses desde la constitución de la sociedad laboral.
Problema: situación temporal.
Límite de contratación de trabajadores por tiempo indefinido:

El número de horas-año trabajadas por los trabajadores con
relación laboral por tiempo indefinido no socios no puede ser
superior al 49% del cómputo global de horas-año trabajadas por
los socios trabajadores.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Procedimiento de transmisión “inter vivos” de las acciones o
participaciones sociales:


Transmisión a favor de socios trabajadores y trabajadores por
tiempo indefinido no socios: libre.
Transmisión en el resto de los casos: traslado de la propuesta de
transmisión simultáneamente a todos los interesados. Orden de
preferencia:





1º.2º.3º.4º.-
trabajadores por tiempo indefinido no socios.
socios trabajadores.
socios de clase general.
sociedad.
Transmisión sometida al consentimiento de la sociedad
(mediante acuerdo del órgano de administración) si se pueden
superar los límites de tenencia y distribución del capital social.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Valoración de las acciones y participaciones sociales:



El precio será el convenido y comunicado por el socio
transmitente.
En las transmisiones a título oneroso distinto de la compraventa
o a título gratuito, el precio será el fijado de común acuerdo por
las partes o, en su defecto, el valor razonable determinado por
un experto independiente.
Los estatutos sociales podrán acordar los criterios y sistemas de
determinación previa del valor de las acciones o participaciones,
que prevalecerá sobre el resto.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Órgano de administración:





La gestión y representación de la sociedad es competencia de
los administradores.
La delegación de la dirección y gestión de la sociedad requiere la
adopción de medidas de delimitación de competencias.
Nombramiento de los miembros del Consejo de Administración
conforme al sistema de representación proporcional.
Incorporación de criterios de buen gobierno.
Modificación de plazos para adaptarse a la Ley en caso de
superación de los límites establecidos (relativos a la tenencia
y distribución del capital social y de contratación de
trabajadores por tiempo indefinido).
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Reserva especial:




Obligación de destinar un 10% del beneficio líquido de cada
ejercicio.
Límite a la obligación anterior: cuando la reserva especial
alcance, al menos, una cifra superior al doble del capital social.
Destino de la reserva especial: compensación de pérdidas y/o la
adquisición de acciones o participaciones sociales propias para
su transmisión a trabajadores por tiempo indefinido.
Supuestos de derecho de separación de socios:


Pérdida de la calificación de la sociedad como laboral. Peligroso
por riesgo de descapitalización.
Falta de distribución de dividendos.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades laborales

Regulación específica para la adquisición de sus propias
acciones.

Posibilidad de exclusión de socios por incumplimiento de
obligaciones o realización de actividades perjudiciales.

Beneficios fiscales en el Impuesto de TP y AJD:


Bonificación del 99% de las cuotas devengadas en la modalidad
de TP onerosas por la adquisición de bienes y derechos. Mención
expresa.
Resto de bonificaciones y exenciones previstas en la Ley 4/1997
siguen vigentes por normativa fiscal navarra.
ASPECTOS DESTACADOS Y DE MAYOR
INCIDENCIA PRACTICA DE LA LEY 44/2015:
Sociedades participadas por los trabajadores

Concepto:


Sociedades que no alcancen los requisitos para ser sociedades
laborales, pero promuevan el acceso a la condición de socios de
los trabajadores y las distintas formas de participación de los
mismos.
Requisitos (al menos, uno):




Trabajadores que posean participación en el capital social y/o en
los resultados de la sociedad.
Trabajadores que posean participación en los derechos de voto
y/o en la toma de decisiones de la sociedad.
Estrategia que fomente la incorporación de trabajadores a la
condición de socios.
Promoción de principios de la economía social.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
Requisitos sociedad laboral (art. 1 y
5):
Mayoría del capital en manos de
trabajadores con contrato indefinido
Ningún socio puede tener más del 1/3 del
capital (salvo entidades públicas y
similares hasta 49,99%).
LEY 44/2015
Requisitos sociedad laboral (art. 1):
Mayoría del capital en manos de
trabajadores con contrato indefinido.
Se mantiene la limitación de 1/3 de capital
por socio con dos excepciones:


Entidades públicas o mayoritariamente
públicas, entidades no lucrativas o de
economía social pueden tener hasta el
49,99%.
Se puede constituir una sociedad
laboral con sólo 2 socios, siempre que
ambos sean trabajadores y tengan
repartido el capital a partes iguales.
Esta situación sólo puede durar 36
meses.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Límites contratación (art. 1):
Límites contratación (art. 1):
Limitación según tamaño de la sociedad.
Limitación única.
Sociedades laborales hasta 25 socios
trabajadores:
El nº de horas-año trabajadas por
trabajadores indefinidos no socios no
puede superar el 49% de las horasaño que trabaje el conjunto de los
socios trabajadores. A estos efectos,
no computa el trabajo realizado por
trabajadores con discapacidad (en
grado igual o superior al 33%).

El nº de horas-año que pueden trabajar
los trabajadores indefinidos no socios
no puede superar el 25% de las horasaño que trabajen los socios
trabajadores.
Sociedades laborales de más de 25 socios
trabajadores:

El nº de horas-año que pueden trabajar
los trabajadores indefinidos no socios
no puede superar el 15% de las horasaño que trabajen los socios
trabajadores.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Otorgamiento calificación de
sociedad laboral y control.
Competencia (art. 2):
Otorgamiento calificación de
sociedad laboral y control.
Competencia (art. 2):
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o
Comunidades Autónomas.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social o
Comunidades Autónomas.
Solicitud previa de la sociedad:
Actuaciones entre Registros.


Nueva constitución: copia autorizada de
la escritura de constitución.
Preexistente:




copia de la escritura de constitución,
copia de las escrituras de modificaciones
de estatutos sociales,
certificación literal del Registro Mercantil
sobre asientos vigentes y
certificación del acuerdo de la Junta
General favorable a la calificación.
Solicitud previa de la sociedad:


Nueva constitución: copia autorizada de
la escritura de constitución.
Preexistente:



certificación literal del Registro Mercantil
sobre asientos vigentes,
copia autorizada de la escritura de
elevación a pública del acuerdo de la
Junta General favorable a la calificación y
a la modificación y
libro registro de acciones o socios.
Posible realización de los trámites a través
de medios electrónicos, informáticos y
telemáticos.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Denominación (art. 3).
Denominación (art. 3).
Registro Administrativo de
Sociedades Laborales y
coordinación con el Registro
Mercantil (art. 4).
Registro Administrativo de
Sociedades Laborales y
coordinación con el Registro
Mercantil (art. 4).
Capital social. Acciones y
participaciones (art. 5 y 6):
Capital social. Acciones y
participaciones (art. 5):
Clase laboral y clase general.
Clase laboral y clase general.
Acciones y participaciones con diferentes
derechos.
Acciones y participaciones con mismo
valor nominal y mismos derechos
económicos.
No creación de acciones de clase laboral
privadas del derecho de voto.
No creación de acciones o participaciones
privadas del derecho de voto.
Obligación de recoger las variaciones de
capital social en la memoria anual.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Transmisión inter vivos de acciones y
participaciones (art. 7):
Transmisión inter vivos de acciones y
participaciones (art. 6):
Transmisión libre a socios trabajadores y
trabajadores indefinidos no socios.
Transmisión libre a socios trabajadores y
trabajadores indefinidos no socios.
Derecho de adquisición preferente según
el orden establecido en el resto de
casos.
Derecho de adquisición preferente según
el orden establecido en el resto de
casos.
Comunicación de forma sucesiva:
Comunicación simultánea a todos los
posibles interesados.




Trabajadores indefinidos no socios.
Socios trabajadores.
Socios de clase general y trabajadores
no indefinidos.
Sociedad.
Orden de preferencia:




Trabajadores indefinidos no socios.
Socios trabajadores.
Socios de clase general.
Sociedad.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Precio de transmisión (art. 8):
Precio de transmisión (art. 7):
Fijado de común acuerdo por las partes.
Fijado de común acuerdo por las partes.
Valor razonable (auditor de cuentas) en
caso de falta de acuerdo.
Valor razonable (experto independiente)
en caso de falta de acuerdo.
Posibilidad de acordar los criterios y
sistemas de determinación del valor de
las acciones o participaciones en los
estatutos sociales.
No aplicación de esos criterios y sistemas
a los socios que no votaron a favor del
acuerdo.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Nulidad de cláusulas estatutarias
(art. 9).
Nulidad de cláusulas estatutarias
(art. 8).
Extinción de la relación laboral del
socio trabajador (art. 10):
Extinción de la relación laboral del
socio trabajador (art. 9):
Obligación de ofrecer la adquisición de sus
acciones o participaciones conforme a
las reglas de transmisión inter vivos.
Obligación de ofrecer la adquisición de sus
acciones o participaciones conforme a
las reglas de transmisión inter vivos.
Conservación de la cualidad de socio (no
trabajador) si nadie ejercita su
derecho de adquisición.
Plazo de un mes desde la firmeza de la
extinción.
Posibilidad de establecer normas
especiales en los estatutos sociales
(jubilación, incapacidad permanente y
excedencia).
Conservación de la cualidad de socio (no
trabajador) si nadie ejercita su
derecho de adquisición.
Posibilidad de establecer normas
especiales en los estatutos sociales
(jubilación, incapacidad permanente,
excedencia y subrogación legal o
convencional).
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Transmisión mortis causa de
acciones y participaciones (art.
11):
Transmisión mortis causa de
acciones y participaciones (art.
10):
La adquisición por sucesión hereditaria
confiere al adquirente la condición de
socio.
La adquisición por sucesión hereditaria
confiere al adquirente la condición de
socio.
Posibilidad de reconocer en los estatutos
sociales un derecho de adquisición
preferente sobre las acciones o
participaciones de clase laboral, salvo
que el heredero o legatario sea
trabajador indefinido.
Posibilidad de reconocer en los estatutos
sociales un derecho de adquisición
preferente sobre las acciones o
participaciones de clase laboral, salvo
que el heredero o legatario sea
trabajador indefinido.
Ejercicio del derecho de adquisición
preferente:
Ejercicio del derecho de adquisición
preferente:


Por el valor real.
Plaza máximo de 4 meses.


Por el valor razonable o el establecido
conforme a los criterios previstos en los
estatutos sociales.
Plaza máximo de 3 meses.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Derecho de suscripción preferente en
ampliación de capital (art. 15):
Derecho de suscripción preferente en
ampliación de capital (art. 11):
Deber de respetar la proporción existente
entre las clases de acciones o
participaciones.
Deber de respetar la proporción existente
entre las clases de acciones o
participaciones, salvo acomodación del
capital a los límites legales.
Derecho de suscripción preferente.
Salvo acuerdo de la Junta General, las
acciones o participaciones no suscritas
por los socios de la clase respectiva se
ofrecerán a los trabajadores (socios o
no).
Exclusión del derecho de suscripción
preferente.
Derecho de suscripción preferente.
Salvo acuerdo de la Junta General, las
acciones o participaciones no suscritas
por los socios de la clase respectiva se
ofrecerán a los trabajadores
indefinidos.
Exclusión del derecho de suscripción
preferente.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Adquisición por la sociedad de sus
propias acciones o participaciones
(no regulación expresa;
aplicación de la Ley de
Sociedades de Capital).
Adquisición por la sociedad de sus
propias acciones o participaciones
(art. 12):
Adquisición con cargo a beneficios, a la
reserva especial o a otras reservas
disponibles.
Enajenación a favor de los trabajadores
indefinidos en el plazo máximo de 3
años, conforme al procedimiento y
valoración previstos.
Amortización de las acciones o
participaciones no enajenadas en el
plazo establecido.
Asistencia financiera a los trabajadores
indefinidos no socios para la
adquisición de las acciones o
participaciones.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Órgano de administración (art. 12):
Órgano de administración (art. 13):
Si existen las dos clases de acciones o
participaciones y el órgano de
administración es un Consejo de
Administración, el nombramiento debe
efectuarse por el sistema proporcional.
La gestión y representación de la sociedad
es competencia de los
administradores.
Si sólo existen acciones o participaciones
de la clase laboral y el órgano de
administración es un Consejo de
Administración, el nombramiento
puede efectuarse por el sistema de
mayorías.
Adopción de medidas para delimitar
competencias y evitar interferencias y
disfunciones, en caso de delegación de
la dirección y gestión de la sociedad.
Si existen las dos clases de acciones o
participaciones y el órgano de
administración es un Consejo de
Administración, los socios de clase
general pueden agrupar sus acciones o
participaciones para nombrar a sus
miembros conforme al sistema de
representación proporcional.
Actuación diligente, leal, responsable,
transparente y adecuada.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Reserva especial (art. 14):
Reserva especial (art. 14):
Dotación permanente: 10% del beneficio
líquido de cada ejercicio.
Dotación: 10% del beneficio líquido de
cada ejercicio.
Destino único: compensación de pérdidas
en caso de que no existan otras
reservas disponibles suficientes.
Límite: alcanzar, al menos, una cifra
superior al doble del capital social.
Destino:


Compensación de pérdidas en caso de
que no existan otras reservas
disponibles suficientes.
Adquisición de acciones o
participaciones propias.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Pérdida de la calificación (art. 16):
Pérdida de la calificación (art. 15):
Causas legales:
Causas legales:


Superación de los límites de mayorías
del capital social, de horas-año
trabajadas (3 años) y de propiedad del
capital social (1 año).
Falta de dotación, dotación insuficiente
o aplicación indebida de la reserva
especial.
Requerimiento para la eliminación de la
causa en plazo no superior a 6 meses,
una vez cumplidos los plazos de
adaptación legalmente previstos para
su desaparición.
Transcurrido el plazo anterior,
descalificación y baja.
Pérdida de los beneficios tributarios en
caso de descalificación antes del
transcurso de 5 años desde la
constitución o transformación de la
sociedad.


Superación de los límites de mayorías
del capital social, de horas-año
trabajadas (12 meses) y de propiedad
del capital social (18 meses).
Falta de dotación, dotación insuficiente
o aplicación indebida de la reserva
especial.
Transcurrido los plazos de adaptación
legalmente previstos para la
desaparición de la causa,
descalificación y baja.
Pérdida de la calificación por acuerdo de la
Junta General.
Pérdida y reintegro de los beneficios y
ayudas pública.
Posibilidad de que los estatutos sociales
establezcan como causa de disolución
la pérdida de la condición de sociedad
laboral.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
Separación y exclusión de socios (no
regulación expresa; aplicación de
la Ley de Sociedades de Capital).
LEY 44/2015
Separación y exclusión de socios
(art. 16):
Separación:


Pérdida de la calificación de sociedad
laboral.
Falta de distribución de dividendos.
Exclusión:


Incumplimiento de las obligaciones
previstas en materia de transmisión de
acciones y participaciones.
Realización de actividades perjudiciales.
Ofrecimiento de las acciones o
participaciones de los socios separados
o excluidos a los trabajadores
indefinidos.
Amortización de las acciones o
participaciones no adquiridas.
MODIFICACIONES DE LA LEY 44/2015:
SOCIEDADES LABORALES
LEY 4/1997
LEY 44/2015
Beneficios fiscales en el Impuesto de
TP y AJD (art. 19):
Beneficios fiscales en el Impuesto de
TP y AJD (art. 17):
Exención de las cuotas devengadas por las
operaciones societarias de constitución
y aumento de capital y de las que se
originen por la transformación y
adaptación.
Bonificación del 99% de las cuotas
devengadas por transmisiones
patrimoniales onerosas por la
adquisición de bienes y derechos.
Bonificación del 99% de las cuotas
devengadas por transmisiones
patrimoniales onerosas por la
adquisición de bienes y derechos.
Bonificación del 99% de las cuotas
devengadas por actos jurídicos
documentados por transformación.
Bonificación del 99% de las cuotas
devengadas por actos jurídicos
documentados por constitución de
préstamos.
El resto de beneficios fiscales no
reconocidos expresamente siguen
vigentes en navarra en otras
disposiciones de carácter fiscal.
NOVEDADES DE LA LEY 44/2015: SOCIEDADES
PARTICIPADAS POR LOS TRABAJADORES

Fundamento y principios (art. 18):


Promoción por los poderes públicos.
Principios:




Promoción del acceso de los trabajadores al capital social y/o a los
resultados.
Fomento de la participación de los trabajadores en la toma de
decisiones.
Promoción de la solidaridad interna y con la sociedad.
Aumento de la autonomía del trabajador y fomento de la
colaboración en la estrategia futura de la empresa.
NOVEDADES DE LA LEY 44/2015: SOCIEDADES
PARTICIPADAS POR LOS TRABAJADORES

Concepto (art. 19):


Sociedades que no alcanzan los requisitos establecidos para
las sociedades laborales, pero promueven el acceso a la
condición de socios de los trabajadores y las distintas formas
de participación de los mismos.
Requisitos (alguno).





Contar con trabajadores que poseen participación en el capital
social y/o en los resultados de la sociedad.
Contar con trabajadores que poseen participación en los derecho
de voto y/o en la toma de decisiones de la sociedad.
Adoptar una estrategia que fomenta la incorporación de
trabajadores a la condición de socios.
Promover los principios a los que están sometidos las sociedades
particpadas por los trabajadores.
Actuación diligente, leal, responsable y transparente.
NOVEDADES DE LA LEY 44/2015: SOCIEDADES
PARTICIPADAS POR LOS TRABAJADORES

Reconocimiento (art. 20):



Cumplimiento de lo legalmente establecido.
Procedimiento establecido reglamentariamente por el
Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Promoción e impulso por las administración públicas de la
participación de los trabajadores en las empresas.
LEY 44/2015: DISPOSICIONES ADICIONALES,
TRANSITORIAS, DEROGATORIAS Y FINALES

Disposiciones adicionales (1ª - 6ª).

Disposiciones transitorias (1ª - 2ª):


Resolución de los expedientes en tramitación a la entrada en
vigor conforme a las normas vigentes en la fecha de su
iniciación.
Adaptación de los estatutos sociales en el plazo máximo de 2
años desde la entrada en vigor.
LEY 44/2015: DISPOSICIONES ADICIONALES,
TRANSITORIAS, DEROGATORIAS Y FINALES

Disposición derogatoria:


Derogación de la Ley 4/1997 de Sociedades Laborales.
Disposiciones finales (1ª - 6ª):


Aplicación supletoria de las normas correspondientes a las
sociedades anónimas o a las sociedades de responsabilidad
limitada.
Entrada en vigor a los 30 días de su publicación en el BOE
(publicación: 15 de octubre de 2015; entrada en vigor: 14 de
noviembre de 2015).