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Transcript
PUNTOS FINOS DE LA
NUEVA LEGISLACIÓN EN
MATERIA DE LAVADO DE
DINERO
Concepto
Procedimiento para ocultar el origen ilícito
de dinero con el objeto de darle una
apariencia legal.
Proceso
1
3
COLOCACIÓN
Deshacerse de dinero en efectivo, en
establecimientos financieros, o de la
economía.
INTEGRACIÓN
Introducir la riqueza de origen criminal a los
circuitos económicos y financieros lícitos.
2
TRANSFORMACIÓN
Separar las ganancias de su fuente ilícita,
mezclar el dinero sucio con el limpio.
$
ilícito
$
ilícito
$
lícito
Mezclar
Delito (art. 400-Bis
Código Penal
Federal)
Quien por sí o por interpósita persona adquiera, enajene,
administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta,
transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste
hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes
de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden
de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar o pretender
ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización,
destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o
alentar alguna actividad ilícita.
Pena (art. 400-Bis
Código Penal
Federal)
• De 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa.
• Misma pena para funcionarios y empleados de instituciones
del sistema financiero que dolosamente auxilien o ayuden a
otro.
• La pena se aumentará en una mitad si se trata de servidores
públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o
juzgar delitos.
Traficante
de Drogas
Venta de
productos
Transacción
Traficante
de Drogas
Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia
Ilícita
Publicación
DOF
17 de octubre de 2012
Entrada en
vigor
A los 9 meses de su
publicación (julio 2013)
Reglamento
Se publicará a los 30 días de
la entrada en vigor.
Objeto
Actividades
vulnerables
Proteger al sistema financiero y la economía
nacional, estableciendo medidas y
procedimientos para prevenir y detectar actos u
operaciones con recursos de procedencia ilícita
Se considera que los agentes aduanales
realizan actividades vulnerables (art. 17. fr.
XIV)
30 días después
17 de julio de 2013
Entra en vigor
de la Ley
16 de agosto de 2013
Publicación del
Reglamento
Fecha de entrada en
vigor del reglamento
Se presentan
los avisos*
Se tiene
hasta el
día 17 del
mes
siguiente
* Por las operaciones efectuadas a partir de la entrada en vigor del Reglamento
Actividades Vulnerables
(artículo 17, fracción XIV)
La prestación de servicios de comercio exterior como agente o
apoderado aduanal, para promover por cuenta ajena, el despacho de
mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la
Ley Aduanera, de las siguientes mercancías:
a) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados,
cualquiera que sea su valor.
b) Máquinas para juegos de apuesta y sorteos, nuevas y usadas,
cualquiera que sea su valor.
c) Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago,
cualquiera que sea su valor.
Actividades Vulnerables
(artículo 17, fracción XIV)
d) Joyas, relojes, Piedras Preciosas y Metales Preciosos, cuyo
valor individual sea > a 485 veces el salario mínimo vigente
en el Distrito Federal. ($31,408.60)
e) Obras de arte, cuyo valor individual sea > a 4,815 veces el
salario mínimo vigente en el Distrito Federal. (411,819.40)
f) Materiales de resistencia balística para la prestación de
servicios de blindaje de vehículos, cualquiera que sea su valor.
Nota: SMGVDF $64.76
Obligaciones
(artículo 18)
• Identificar a los clientes y verificar su identidad.
(documentación oficial)
• Recabar información sobre su actividad u ocupación.
(avisos al RFC)
• Solicitar al cliente información acerca de la existencia
del dueño beneficiario y que exhiba documentación
oficial que permita identificarlo.
Obligaciones
(artículo 18)
• Custodiar, proteger, resguardar, evitar la destrucción u
ocultamiento de la información y documentación que
soporte la Actividad Vulnerable e identificación de
clientes.
• Brindar facilidades para que se realicen visitas de
verificación.
• Presentar los Avisos a la Secretaría de Hacienda a más
tardar el día 17 del mes siguiente de la operación.
Nota: Quienes realicen Actividades Vulnerables se abstendrán sin responsabilidad, de
realizar la operación cuando sus clientes no proporcionen información o documentación.
Datos de los avisos
(artículo 24)
a) Datos generales de quien realice la Actividad
Vulnerable (agente aduanal).
b) Datos generales del cliente, usuarios o del
Beneficiario Controlador y la información sobre
su actividad u ocupación.
c) Descripción general de la Actividad Vulnerable.
Prohibiciones
(artículo 32)
El artículo 32, prohíbe aceptar la liquidación o el
pago, de operaciones mediante el uso de efectivo
(monedas y billetes), en determinados supuestos.
Infracciones y
sanciones
(artículos 53 y 54)
Artículo
53 fracción I
Conducta
No cumplir los requerimientos de la SHCP.
53 fracción II
No cumplir las obligaciones del artículo 18.
53 fracción III
No presentar en tiempo los Avisos del artículo 17.
53 fracción IV
53 fracción VI
Multa
Que los Avisos no reúnan los requisitos del artículo
De 200 y hasta 2,000 días
de SMGDF.
($12,952 - $129,520)
24. (datos)
No presentar los Avisos del artículo 17.
De 10,000 a 65,000 días
de SMGDF
53 fracción VII
Participar en cualquiera de los actos prohibidos por ($647,600-$4,209,400)
el artículo 32 (del uso de efectivo y metales)
o del 10 al 100% del
valor de la operación
Cancelación de
Patente
(artículo 59)
El artículo 59 de la Ley, establece como causal de
cancelación de patente:
• La reincidencia en la violación de las fracciones
I, II, III y IV del artículo 53.
• La violación a lo previsto en las fracciones VI y
VII del artículo 53.
Delitos
(artículo 62, fracción II)
Se sancionará con prisión de 2 a 8 años y con
500 a 2,000 días multa conforme al Código Penal
Federal, a quien:
• De manera dolosa, modifique o altere
información,
documentación,
datos
o
imágenes destinados a ser incorporados a los
Avisos, o incorporados en avisos presentados.
Acciones
Conclusiones
• Se tiene contemplado publicar en junio el
Reglamento y reglas con la finalidad que
entren en vigor hasta octubre del 2013.
• Identificación a nivel fracción arancelaria
• Análisis de posibles fracciones a reportar
• No sancionar por cumplimiento espontaneo
• Ampliar casos de reincidencia
• Cancelación sentencia firme
• Entidad colegiada / Validación