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Ministerio de Desarrollo Económico
PROGRAMA DE VIVIENDA
DE INTERES SOCIAL PARA
FAMILIAS VULNERABLES Y
DESPLAZADOS
I. Antecedentes.

Se elaboró un proyecto de ley “Por la cual se dictan
disposiciones relacionadas con el subsidio familiar para
vivienda de interés social en terrenos”

Se radicó el proyecto en el Congreso de la República

Se espera su aprobación a más tardar en octubre de
2001.
II. Objetivo del proyecto de ley.
• Transferir al INURBE los bienes inmuebles fiscales de
propiedad de las entidades públicas del orden nacional, de
carácter no financiero, que hagan parte de cualquiera de las
ramas del poder público, así como los órganos autónomos e
independientes, con excepción de las sociedades de
economía mixta, que tengan vocación para la construcción
de vivienda de interés social.
• Se incluyen los lotes que se hayan transferido al Fondo
para la Rehabilitación, inversión social y la Lucha contra el
Crimen Organizado, en los términos de la ley 333 de 1996.
• Plazo: en un término inferior a 90 días contados a partir de
la fecha de entrada en vigencia de la ley.
III. CREACION DEL PROGRAMA
• El Programa se crea con los lotes aptos para vis en
las zonas urbanas, siempre y cuando cumplan con
normas de POT y sean aptos para tipos de solución 1 y
2. (Lotes del INURBE y de la UAE ICT)
• El objetivo es otorgar subsidio en especie y en dinero
a la población más vulnerable y a los hogares
desplazados por la violencia, sin superar los límites de
ley (25 smlmv).
IV. OBJETIVOS DEL PROGRAMA
• Mejorar las condiciones de habitabilidad de los hogares
del nivel 1 y 2 del SISBEN y desplazados por la violencia
que no cuenten con posibilidad de retorno.
• Multiplicar la oferta de subsidios al maximizar los
recursos del INURBE mediante el otorgamiento del
subsidio combinado.
• Potenciar la vinculación de recursos de inversión
sectorial (Nación- entidades territoriales - beneficiarios)
•Propiciar esquemas alternativos de intervención para
entregar unidades básicas de vivienda con desarrollo
progresivo o unidades básicas.
V. Entrega del subsidio combinado.
• Mediante el procedimiento descrito en el artículo 95º de
la Ley 388 de 1997.
• Da opciones para los proyectos que se adelanten
mediante mecanismos de autogestión.
• Cuando se otorgue el subsidio en dinero y en terrenos,
se considerará como un solo aporte estatal.
• Los avalúos deberán ser elaborados por la autoridad
catastral competente.
• Deberá darse cumplimiento de las disposiciones
urbanísticas vigentes.
• El MDE ejercerá la coordinación superior del programa.
Objetivos secundarios
• Incremento del número de actores que participan en la
oferta de bienes y servicios a la población más
vulnerable del país.
• Generación de confianza en los promotores de
vivienda social para la atención de los hogares
desplazados de condiciones económicas y sociales
desconocidas.
• Eliminación de barreras por prejuicios sobre el
desplazamiento forzoso.
• Estimulo a la participación de agencias privadas y de
cooperación.
Estructura del Programa
•
TIPOS DE SOLUCIONES:
El valor de las soluciones a desarrollar en los predios
recibidos como subsidio en terreno no podrán ser
superiores a los establecidos en el Decreto 2620 de 2000
para Tipos 1 y 2.
•
POSTULANTES:
Podrán postularse los hogares que cumplan con los
siguientes requisitos:
1. Requisitos establecidos en el Decreto 2620 de 2000 para
postulación colectiva.
2. Hogares que se encuentren inscritos en la Red de Solidaridad
Social con la condición de Desplazados (Decreto 951/01)
3. Hogares con ingresos inferiores o iguales a 2 SMLM.
Ejemplo entrega subsidio
Subsidio en especie *
Subsidio en dinero
Total subsidio
$2.000.000
$5.150.000
$7.150.000
Ahorro programado
Aporte territorial
$
$
Total Vr de la solución
$9.000.000
(supuesto)
900.000
950.000
* Depende del avalúo oficial del lote
Participación del Ministerio de Desarrollo
• Gestionar recursos del SFV para el programa VIS para
familias vulnerables y desplazados.
• Gestionar la aplicación de recursos de la Findeter y del
Fondo de Inversión para la Paz en los proyectos que se
desarrollen en los terrenos de la nación.
• Convenir la participación de los productores de insumos de
la construcción con condiciones favorables para el desarrollo
de los proyectos.
• Definir los cupos indicativos de recursos del SFV y de
atención a desplazados que se destinarán al programa.
• Gestionar recursos en dinero o en especie de Cooperación
Internacional
• Promulgar el Programa
Participación de las entidades territoriales.
a. Asignando recursos (en especie o en dinero) para
infraestructura de servicios públicos domiciliarios y/o
equipamento comunitario.
b. Concediendo saneamientos fiscales sobre los lotes que
deban transferirse al INURBE o que le sean transferidos.
Red de Solidaridad Social
•
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•
•
•
Promover la inclusión de los proyectos de vivienda en los
PAZ
Promover la inclusión de los proyectos alimentos por
trabajo en Consejos regionales RSS - PMA
Divulgar la oferta de tierras en las organizaciones
sociales de desplazados.
Apoyar al INURBE en la asesoria para la postulación al
Subsidio Familiar de Vivienda.
Aportar recursos para la financiación de proyectos de
vivienda y productivos de carácter asociativo.
Acreditar la condición de desplazados por la violencia
Definir los cupos indicativos de recursos del SFV de
atención a desplazados que se destinarán al programa,
conjuntamente con MinDesarrollo
Participación del INURBE
a. Promover la participación de las alcaldías municipales
• Divulgar la oferta de soluciones de vivienda en la población
de niveles 1 y 2 del sisben o desplazados por al violencia.
• Divulgar la oferta de tierras en las organizaciones sociales.
• Asistir a los hogares en la postulación colectiva al SFV.
• Asistir a los promotores en la obtención de la elegibilidad de
la oferta
• Asignar el Subsidio Familiar de Vivienda en especie y en
dinero de acuerdo con los techos destinados a cada terreno.
• Desembolsar los recursos del SFV en una cuenta especial
para el programa
Participación de FINDETER
• Promover la participacion de las alcaldías municipales
• Asistir a las entidades públicas en la formulaciónde
proyectos de infraestructura
• Asignar los recursos definidos por el CONPES 3115 de
2001 para habilitar los terrenos que ofrezcan soluciones
para población desplazada por la violencia.
• Desembolsar los recursos en una cuanta especial para el
programa
Financiación por fuentes
INURBE:
Subsidio en especie (lote).
Subsidio complementario en dinero.
MUNICIPIO:
Subsidio Municipal (en dinero o en
especie) del proyecto
BENEFICIARIO:
Ahorro Previo y/o
Crédito Aprobado
OTROS APORTES: Recursos no reembolsables
Ministerio de Desarrollo Económico