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Pensión wikipedia , lookup

Administradoras de fondos de pensiones de Chile wikipedia , lookup

Transcript
Aportación obligatoria del empleador
equivalente
a
un
mes
de
remuneración por cada año de
servicio a partir del segundo.
LEY DE SEGURO SOCIAL
Art. 282
Por el criterio parcializado en relación a su devolución
Que no se devuelva
¿…Cuándo no ha
actuado en esa línea
la derecha???
Que el IESS se descapitaliza
Que se elimina la contingencia de desempleo
Que quedaría sin aplicación los Arts. 72, 274, 275, 276, 277 y 278 de la Ley
de Seguridad Social
Que se reducirá la aportación del 3% al seguro de salud
Se anulará las características de protección complementaria de invalidez, vejez
y muerte
Impedirá la aplicación del régimen mixto
Se afecta al IESS y a la economía del país
Que se devuelva
Aspiración de
trabajadores,
afiliados y sectores
que comprenden la
necesidad
Que es mentira que se descapitaliza,
deben dar gracias a nuestra
demanda de inconstitucionalidad,
caso contrario ya se hubieran
transferido a la administradora de
fondos
Es mentira que se elimina
contingencia desempleo si el Art.
279 de la Ley determina que hay
derecho para invalidez y vejez
Que no tendrían aplicación los
artículos señalados “si estos no
sirven para nada ¿se puede pensar
que haya alguien que los añore?”.
Nunca nos interesó el sistema mixto,
por tanto en nada afecta la
insolidaridad.
No afecta a la economía del país,
más bien la dinamiza, es un
mecanismo para mejorar
PATRONAL
11,15%
PERSONAL
9,35%
SEGUROS
REGIMEN DE
TRANSICIÓN
REGIMEN MIXTO
Inv. Vejez y muerte
9,15%
8,50%
Salud
4,71%
10,00%
Riesgos de trabajo
1,50%
0,50%
Cesantía
3,00%
Auxilio Funerales
0,64%
Seguro Soc. campesino
0,70%
0,70%
Gastos ADM
0,80%
0,80%
Fondos de Reserva
TOTAL
8,33%
20.50%
28,83%
Cifras en millones de dólares, año 2004
Rango de edad
Afiliados
Monto
Porcentajes
De 18 a 40 años
700.296
230.279.126
46,78%
De 41 a 50 años
241.753
151.699.759
30.82%
De 51 a 60 años
119.329
83.116.295
16.89%
63.344
27.151.060
5.52%
1.124.722
492.246.240
100.00%
De 61 en adelante
TOTAL
Enfermedad
Maternidad
Riesgos de trabajo
Vejez
Muerte
Invalidez que incluye discapacidad
Cesantía
Los afiliados aportan
a través de sus
empleadores
El IESS es agente
de retención
Esperan la reforma para
Disfrutar de los beneficios
Que brinda el dinero
Ajeno
Las administradoras de
fondos de pensiones
colocan los dineros de
los afiliados
Hoy no lo hacen por
la declaratoria de
inconstitucionalidad
Lo anterior se corrobora en los siguientes preceptos:
…transferirá los aportes recibidos en forma nominativa a una cuenta individual de
ahorro obligatorio del afiliado, que será administrada por la empresa
adjudicataria administradora de fondos provisionales respectivamente a
elección del afiliado...
Tendrán derecho a la devolución total de los Fondos
de Reserva…... los derechohabientes del afiliado que
falleciere…
Que el IESS corre el riesgo de
descapitalizarse y quebrar
Más de CUARENTA
AÑOS el IESS ha
entregado los fondos
de reserva y nunca ha
existido el peligro de
quiebra.
Que de los 718 millones de dólares
correspondientes a los fondos de reserva, 450 millones están
invertidos y 268
millones de dólares están
depositados en el Banco Central.
EL BANCO CENTRAL DICE que los fondos de reserva forman
parte de la Reserva Internacional de Libre Disponibilidad,
¡¡ ES DECIR!! Constituyen el RESPALDO MONETARIO DE LA
DOLARIZACION DEL PAIS
¿No le parece injusto que el hambre del
trabajador mantenga la dolarización?
Los fondos de
reserva están
fuera de la
capitalización
del I.E.S.S.
¿Cómo puede descapitalizarse el IESS, si de acuerdo con la ley es solo
agente de retención para entregar a las AFPs de propiedad de los
banqueros?
Como mecanismo para dinamizar
la economía.
Para incentivar la producción
Permitir que los afiliados mejoren
sus condiciones de vida, vivienda,
adquisición de bienes muebles e inmuebles, etc.