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Casos Prácticos:
LAS COMISIONES REGULADORAS DE ENERGÍA.
ASPECTOS INSTITUCIONALES Y DE ORGANIZACIÓN.
ANEXO IV: Los Organismos Reguladores en los Países
del Este Candidatos a la UE.
Primera Edición del Curso ARIAE de
Regulación Energética
Carmen Fernández Rozado, Consejera.
La Antigua (Guatemala), 17 de noviembre de 2003
1
INDICE
Los Organismos Reguladores en los Países del Este
candidatos a la UE.
1. Países Candidatos a la UE.
2. Organismos Reguladores en los Países Candidatos.
2
1. Países Candidatos a la UE. (I)
Trece países han solicitado su inclusión en la UE. Está previsto que diez de estos
países (sobre los que versa la ponencia) ingresen en la UE el 1 de mayo de 2004.
Estos son:
Chipre, República checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia,
Eslovaquia y Eslovenia.
Otros dos países (Bulgaria y Rumania) confían en ingresar en el año 2007 mientras
que Turquía ha suspendido las negociaciones para su ingreso.
Los diez países candidatos fueron “clasificados” en dos grupos u olas. La primera ola
formada por Rep. Checa, Estonia, Hungría, Polonia y Hungría países con los que se
decidió en la reunión del Consejo de la UE de Luxemburgo en 1997 comenzar
prontas negociaciones. En la reunión de Consejo de la UE de Helsinki de 1999 se
estableció que la segunda ola podría acceder junto con los de la primera ola si
avanzaban en sus preparaciones lo que finalmente sucedió.
3
1. Países Candidatos a la UE. (II)
Para ingresar en la UE es preciso satisfacer una serie de requisitos económicos y
políticos conocidos como “Criterios de Copenhage” de acuerdo a los cuales cualquier
país candidato deberá:
• Tener una democracia estable en la que se respeten los derechos humanos, la Ley
y la protección de las minorías.
• Disponer de una economía de mercado en correcto funcionamiento
• Adoptar las reglas comunes, estándares y políticas que constituyen los pilares de la
UE (Acquis Communautaire).
Las negociaciones para el ingreso en la UE se centran en la adopción e implantación
del “Acquis Communautaire” (conjunto total de legislación comunitaria) dividido en 31
capítulos. Las negociaciones son bilaterales entre los gobiernos de países candidatos y
los países miembros.
La responsabilidad de la valoración del cumplimiento de los países candidatos con los
“Criterios de Copenhage” se ha atribuido a la Comisión Europea. La valoración de la
CE es expresada en forma de un informe anual de seguimiento.
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1. Países Candidatos a la UE. (III)
El capítulo 14 de los 31 en los que se ha dividido el “Acquis Communautaire” es el
relativo a energía. De acuerdo con este capítulo los países candidatos necesitan:
•Decidir acerca de una política energética global debiendo definirse un plan para la
reestructuración del sector
•Prepararse para el mercado interior de la energía (Directivas de Electricidad y Gas;
Directiva sobre producción de electricidad a partir de fuentes renovables)
•Mejorar las redes energéticas para que pueda crearse un verdadero mercado
europeo
•Establecer planes de crisis y en particular para disponer de reservas de productos
petrolíferos durante 90 días.
•Afrontar las consecuencias sociales, regionales y medioambientales generadas por la
reestructuración de las minas
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1. Países Candidatos a la UE. (IV)
•Incrementar la eficiencia energética y aumentar el peso de las energías renovables
en el balance energético global
•Asegurarse de la seguridad de las plantas nucleares para la producción eléctrica
•Asegurarse que los residuos nucleares son gestionados responsablemente
Los diez países cuyo ingreso en la UE ha sido establecido para el año 2004
concluyeron las negociaciones del capítulo 14 sobre energía en diciembre de 2002.
Para algunos de estos países se han establecido periodos transitorios para cumplir
algunos de los requisitos.
Los esfuerzos para cumplir con los criterios para la adhesión ha generado importantes
gastos a las administraciones nacionales para lo que en el sector energético en
particular se han creado herramientas para ayudas financieras como por ejemplo los
programas Phare.
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1. Países Candidatos a la UE. (V)
Una vez se lleve a cabo la ampliación de la UE, ésta tendrá nuevos países vecinos. La
UE ha desarrollado para ello políticas específicas para cada región vecina.
• Procesos de Estabilización y Asociación para los Balcanes occidentales
• Marco de cooperación con Rusia, Ucrania y otros Nuevos Estados
Independientes. En el sector energético y a raíz de la Reunión EU-Rusia de
París en el 2000 se decidió abrir el diálogo europeo entre la UE y Rusia
• El proceso de Barcelona para el Mediterráneo
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2. Organismos Reguladores en los Países Candidatos. (I)
Las agencias reguladoras de energía son de muy
reciente creación en los países del Este de Europa.
La mayor parte de ellas son creadas siguiendo los
ejemplos de agencias instauradas en Europa occidental
y países anglosajones.
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2. Organismos Reguladores en los Países Candidatos. (II)
Países bálticos: Estonia, Letonia y Lituania
País/ Agencia
reguladora
Estonia
(Energy Market
Inspectorate)
Letonia (Public
Utilities
Commission)
Lituania (National
Control Commission
for Prices and
Energy)
Creación
Miembros Consejo de
Administración
1998
- Nombrado por el Mº de Economía
- Nombrados sin un periodo fijo
2001
- Nombrados por el Parlamento
- 5 consejeros nombrados por un
periodo de 5 años
1997
- Nombrados por el Presidente del
país a propuesta del Gobierno
- 5 consejeros nombrados por un
periodo de 5 años
Número de
empleados
Financiación
Sectores
Funciones
10
Procedente de
Presupuestos
Generales
- Energía
- Combustibles
- Establecimiento de
tarifas
- Licencias
- Calidad de servicio
- Competencia
65
Procedente de las
actividades reguladas.
Max. Un 0,2% de los
beneficios de las
empresas
-
Correo
Energía
Telecomunicaciones
Ferrocarril
-
Procedente de
Presupuestos
Generales
-
Calefacción
Gas
Electricidad
Agua
Transporte
Información Pública
Licencias
- Establecimiento de
tarifas
- Licencias
- Calidad de servicio
- Resolución de conflictos
48
Competencia
Consumidores
Aprobar tarifas
Licencias
Calidad de servicio
9
2. Organismos Reguladores en los Países Candidatos. (III)
Centro Europa: Polonia, Rep. Checa, Eslovaquia y Hungría
País/ Agencia
reguladora
Polonia
(The Energy
Regulatory
Authority)
República checa
(Energy Regulatory
Office)
Eslovaquia
Regulatory Office
for Network
Industries
Hungría (Hungarian
Energy Office)
Creación
Miembros Consejo de
Administración
Número de
empleados
Financiación
Sectores
1997
Presidente nombrado por un periodo
de 5 años
257
Procedente de los
Presupuestos
Generales si bien
provienen de las
licencias
2001
Presidente nombrado por un periodo
de 5 años y puede ser cesado por el
Gobierno
75
Procedente de los
Presupuestos
Generales
- Electricidad
- Gas
2001
Nombramiento de 6 consejeros por
Presidente de la República
50
Procedente de los
Presupuestos
Generales
- Electricidad
- Gas
- Calefacción (district
heating)
1994
Nombramiento de Presidente y
Vicepresidente a cargo de Primer
Ministro a propuesta de Ministro de
Economía por un periodo de 6 años
90
Procedente de las
licencias
- Gas
- Electricidad
- Calefacción (District
heating)
- Gas
- Electricidad
- Calefacción (District
heating)
Funciones
- Licencias
- Establecimiento de
tarifas
- Calidad de servicio
- Consumidores
- Competencia
- Eficiencia energética
- Establecimiento de
tarifas
- ATR en sector eléctrico
- Licencias actividades
reguladas
- Precios y tarifas
- Calidad de servicio
- Licencias
- Recomendaciones en
control de precios
- Supervisión de
actividades
- Protección del
consumidor
10
2. Organismos Reguladores en los Países Candidatos. (IV)
Resto países: Eslovaquia, Chipre y Malta
País/ Agencia
reguladora
Eslovenia (Energy
Agency of the
Republic of
Slovenia)
Creación
2000
Miembros Consejo de
Administración
Director nombrado por el gobierno
por un periodo de 5 años
Número de
empleados
n/d
A partir de las tarifas
de acceso
Sectores
Funciones
- Electricity
- Gas
- Licencias
- Establecimiento de las
tarifas de acceso
- Resolución de conflictos
ATR
- Velar funcionamiento
mercado
- Agua
- Energía
- Minerales
Regulación de las
actividades de los
sectores anteriormente
señalados
No tiene regulador
Chipre
Malta (Malta
Resources
Authority)
Financiación
2001
Entre 4-6 consejeros nombrados por
el Ministro de Recursos y por un
periodo entre 1-3 años.
n/d
A partir de licencias o
por asignación del
gobierno
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