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Oficina del Casco Histórico
PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABITACIÓN PRIVADA 2011
JORNADA TÉCNICO-INFORMATIVA sobre
EL PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PRIVADA
2011
B.O.P. núm. 201 de 20 de octubre de 2011
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Gerencia Municipal de Urbanismo
Oficina del Casco Histórico
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PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABITACIÓN PRIVADA 2011
ORDENANZA MUNICIPAL DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PRIVADA
B.O.P. núm. 91 de 16 de mayo de 2006 y modificación B.O.P. núm. 124
de 1 de julio de 2010
OBJETO y TIPO DE AYUDAS (Art. 1 y 2)
- Ayudas para fomentar la promoción privada de actuaciones de rehabilitación
en edificios situados en el Conjunto Histórico de Almería, declarado BIC
mediante Decreto 107/1999, de 4 de mayo.
-Subvenciones a fondo perdido. Solo se concederán una vez para el mismo
inmueble.
II. Filosofía del Proyecto (I)
“El proyecto Iniciativa Urbana de Almería es en sí
mismo una propuesta innovadora de Almería y
5
por Almería, pues responderá
al esfuerzo
conjunto de los sectores público y privado e
involucrará a los ciudadanos, representados a
través de sus asociaciones y colectivos, así como
a agentes económicos y sociales.“
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ÁMBITO DE APLICACIÓN (Art. 3)
- Que el estado del edificio aconseje intervención.
- Que el edificio no se encuentre fuera de ordenación.
ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN (Art. 4.1)
- Obras dirigidas a garantizar la estabilidad y habitabilidad y mantener el interés
histórico y ambiental de la edificación.
- Se debe incluir en la actuación el acondicionamiento de todas las fachadas del
edificio.
COHERENCIA TÉCNICA Y CONSTRUCTIVA (Art. 4.3)
- Obras prioritarias
Adecuación de los elementos básicos estructurantes.
- Obras secundarias
Incrementar las condiciones de calidad e higiene.
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NIVELES DE INTERVENCIÓN (Art. 4.4)
- Grupo 1.- Adecuación de la fachada
Obras cuya finalidad sea mejorar y garantizar la seguridad, la higiene y el ornato
de la fachada.
Nivel 1.1. Operaciones de Limpieza, Reparación y Pintura.
Sustitución, reparación, reposición o limpieza de pintura o elementos de
fachadas de edificios no catalogados.
Nivel 1.2. Rehabilitación Integral de la fachada
Actuaciones integrales de fachadas de edificios catalogados, incluyendo la
recuperación de piezas de cantería, carpintería, cerrajería y demás elementos
que la compongan.
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- Grupo 2.- Obras de Rehabilitación
Obras necesarias para la rehabilitación del resto de elementos del edificio.
Nivel 2.1. Obras de Conservación o de Acondicionamiento
Obras para mantener o mejorar las condiciones de habitabilidad, salubridad y
ornato sin que se alteren sus elementos estructurantes básicos.
Nivel 2.2. Obras de Consolidación o de Redistribución
Obras de refuerzo o sustitución de estructura, modificación de distribución de
espacios o eliminación de barreras arquitectónicas.
Nivel 2.3. Obras de Reconstrucción, Restauración o Ampliación
Obras del apartado anterior (nivel 2.2) en edificios catalogados para recuperación de
edificación original.
Podrán incluirse ampliaciones salvo remontes y entreplantas.
Queda excluido el vaciado interior manteniendo la fachada.
la
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REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS (Art. 4.4)
Que los edificios cuenten con:
- Adecuadas condiciones de seguridad estructural y constructiva
- Adecuadas instalaciones de electricidad, agua y saneamiento
- Estanqueidad frente a las lluvias
- O que con la actuación de rehabilitación se garanticen
BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS (Art. 7)
- Los propietarios que sean personas físicas de inmuebles completos, o en régimen de
coopropiedad, individualmente o en Comunidad de Propietarios.
- Los arrendatarios que sean personas físicas, individualmente o constituidos en forma
asociativa que integre al menos las 3/5 partes de los arrendatarios del edificio, con
autorización de la propiedad.
- Con carácter excepcional, personas jurídicas sin ánimo de lucro o con escasa capacidad
económica, siempre que el edificio esté catalogado.
*Los beneficiarios de las ayudas lo serán a título personal, salvo los casos de elementos
comunes que la ayuda se concederá a la Comunidad de Propietarios.
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CÓMPUTO DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS (Art. 8)
El porcentaje para determinar la cuantía de la subvención se aplicará al menor
de los siguientes presupuestos:
-Presupuesto general que acompañe a la solicitud
-Presupuesto estimado por los Servicios Municipales
-Presupuesto protegible
Distinguir en el presupuesto las obras en elementos comunes de las obras en
elementos privativos, pero la subvención es única para todo el edificio.
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- Presupuesto general
El integrado por las siguientes partidas:
-Presupuesto de ejecución material
-Beneficio industrial y gastos generales (máximo 19%)
-Honorarios facultativos(proyecto+dirección de obra):
11,5%PEM para Arquitecto y Arquitecto Técnico
9%PEM para 1 solo técnico
- Presupuesto protegible (grupo 1 + grupo 2)
Calculado en base al módulo vigente de actuaciones protegibles en materia de
vivienda y suelo. (Plan Estatal de vivienda y rehabilitación). En 2011: 758,00 €/m2
Grupo1: módulo x coeficiente x superficie real de fachada
Grupo 2: módulo x coeficiente x superficie construida
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OTRAS AYUDAS (Art. 11)
Si es objeto de Ayudas económicas de otra Administración Pública, el total de
todas ellas no excederá del Presupuesto Máximo Protegible.
PÉRDIDAS DE BENEFICIOS (Art. 13)
- Falseamiento de datos
- Oposición a inspecciones
- Incumplimiento de requisitos y obligaciones
- Enajenar el inmueble en un plazo inferior a 5 años desde la licencia de 1ª
ocupación o 10 años en el caso de obras de nivel 2.2 y 2.3 (modificación de 1 de
julio de 2010)
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TRAMITACIÓN (cap. V)
-Presentación de solicitudes
-Selección y concesión provisional
-Solicitud de licencia municipal con proyecto técnico visado (3 meses)
-Concesión de licencia – adjudicación definitiva del contrato de subvención (Carta
Municipal de Rehabilitación)
-Comunicación de comienzo de obras con designación de Dirección de Obra
-Pago de las ayudas:
1er pago: certificación del 50% de obra ejecutada
2º pago: 1ª ocupación/certificado final de obra
Previo a la liquidación definitiva:Inspección Municipal
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PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN PRIVADA AÑO 2011
B.O.P. núm. 201 de 20 de octubre de 2011
1. OBJETO
Subvenciones a personas físicas o jurídicas para rehabilitación de edificios
situados en el conjunto histórico de Almería, declarado BIC mediante Decreto
107/1999, de 4 de mayo.
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2. RÉGIMEN JURÍDICO
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
• Real Decreto 887/2006, 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
• Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
• Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales
• Decreto 17 de Junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicio de las
Corporaciones Locales
• Ordenanza Municipal de Ayudas a la Rehabilitación Privada (BOP núm. 91 de 16 de
mayo de 2006) según redacción (B.O.P. núm.: 124 de 1 de julio de 2010).
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3. PROCEDIMIENTO
Concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza
Municipal de Ayudas a la Rehabilitación Privada (B.O.P. núm. 91 de 16 de mayo
de 2006) y modificación (B.O.P. núm. 124 de 1 de julio de 2010) y demás
disposiciones de aplicación.
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4. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación (original y/o copia para su cotejo):
VIVIENDAS UNIFAMILIARES:
a) D.N.I. del solicitante.
Si el peticionario es una persona jurídica deberá aportarse escritura de constitución debidamente
inscrita en el Registro mercantil, así como D.N.I. y poder del representante que actúe en nombre de la
sociedad.
b) Descripción de las obras a realizar del edificio a rehabilitar y planos orientativos (situación y
esquema de plantas o alzados en función de la actuación prevista)
c) Fotografías a color del edificio a rehabilitar
d) Presupuesto general de las obras
e) Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento o cualquier tipo de documento que acredite la
tenencia del inmueble. En el supuesto de no ser propietario se deberá presentar autorización de éste
para realizar las obras de rehabilitación.
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f) Justificación de ingresos de la unidad familiar mediante Declaración de la Renta de las Personas
Físicas correspondiente al ejercicio 2010, deberá presentarse fotocopia completa, de la declaración o
declaraciones del IRPF de cada uno de los miembros de la unidad familiar, se entiende por unidad
familiar, la integrada por el solicitante, el cónyuge así como cualesquiera ascendientes y
descendientes por afinidad o consanguinidad que convivan con ellos mayores de edad.
En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar, mayores de edad, no hubieran
presentado declaración por no estar obligados a ello, la acreditación de sus ingresos se efectuará
mediante declaración responsable de los ingresos percibidos en dicho periodo, ajustada al modelo
aprobado por el Ayuntamiento, acompañada de los certificados oportunos que acrediten tales
ingresos declarados.
*Cuando el solicitante de las ayudas sea una persona jurídica no estará obligado a la presentación de
la documentación señalada en este apartado.
g) Declaración de si el inmueble que se pretende rehabilitar está vacío u ocupado
h) Fotocopia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o cualquier otro documento que
acredite el valor catastral del inmueble.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
Se acompañará la documentación exigida anteriormente para cada uno de los
propietarios que la integre y la que se detalla a continuación:
a) Escritura de Propiedad horizontal
b) Acuerdo de la Comunidad de Propietarios para la realización de las obras
c) N.I.F. de la Comunidad de Propietarios
d) Relación de inmuebles vacíos y ocupados del edificio que se pretende rehabilitar,
nombre de cada propietario
e) Listado de coeficientes de participación de cada vivienda.
f) La solicitud deberá firmarla el Presidente de la Comunidad y se acompañará de
certificado del Secretario de la Comunidad acreditativo de que en el momento de solicitar
la subvención el presidente ostenta ese cargo en la actualidad.
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5. ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER
Consejo de Gerencia
6. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
2 meses a partir del día siguiente a la publicación: 21 de octubre al 21 de diciembre de
2011
7. PRESUPUESTO MUNICIPAL
1.500.000 € + 1.000.000 € de cuantía adicional
8. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
6 meses desde la finalización del plazo de recepción de solicitudes
9. SECTORES DE PREFERENTE REHABILITACIÓN
Delimitación 1, 2 y 3 según plano
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5. ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER
Consejo de Gerencia
6. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
2 meses a partir del día siguiente a la publicación: 21 de octubre al 21 de
diciembre de 2011
7. PRESUPUESTO MUNICIPAL
1.500.000 € + 1.000.000 € de cuantía adicional
8. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
6 meses desde la finalización del plazo de recepción de solicitudes
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10. PRESUPUESTO MÁXIMO PROTEGIBLE
- Precio básico: 758,00 €/m2 (Resolución de 15 de marzo de 2011 de la Secretaría de Estado de Vivienda y
Actuaciones Urbanas, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2010, por el
que se establece la cuantía del Módulo Básico Estatal para 2011 (Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 20092012))
- Se calculará de forma independiente para el grupo 1 y para el grupo 2. Si hay varios niveles de
obras, se asignará al que tenga un presupuesto más elevado.
Grupo1: precio básico nivel x superficie real de fachada
Grupo 2: precio básico nivel x superficie construida
Grupo 1.- Adecuación de la fachada
%
Nivel 1.1
Nivel 1.2
Precio básico
6% precio básico = 45,48 euros/m2
15% precio básico = 113,70 euros/m2
Grupo 2.- Obras de Rehabilitación
%
Nivel 2.1
Nivel 2.2
Nivel 2.3
Precio básico
25% precio básico = 189,50 euros/m2
50% precio básico = 379,00 euros/m2
75% precio básico = 568,50 euros/m2
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11. ÍNDICES PARA EL CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE SUBVENCIÓN
Condicionantes Objetivos (condiciones del edificio a rehabilitar)
+
Condicionantes Subjetivos(condiciones económicas del solicitante)
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11.1.- Condicionantes Objetivos
11.1.1. Niveles de Obras.
* Operaciones de limpieza, reparación,
y pintura fachada
* Rehabilitación integral fachada
* Conservación o acondicionamiento
* Consolidación o redistribución
* Reconstrucción, restauración o ampliación
Nivel 1.1. .......... 15%
Nivel 1.2. .......... 20%
Nivel 2.1. ......... 10%
Nivel 2.2 ........... 15%
Nivel 2.3 ........... 20%
11.1.2. Catalogación del edificio.
Nivel 1, 2 y 3 ................................................................................. 30%
Nivel 4, 5 y 6 ................................................................................. 25%
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11.1.3. Grado de ocupación del edificio
Más del 75% de inmuebles ocupados ........................................ 15%
Entre el 75% y el 25% de inmuebles ocupados .......................... 10%
Menos del 25% de inmuebles ocupados ................................... 5%
11.1.4. Sostenibilidad
Incorporación de placas solares ................................................ 5%
Adecuación de la instalación eléctrica ...................................... 3%
Optimización de la eficiencia energética ................................. 3%
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11.2.- Condicionantes subjetivos.
11.2.1. Ingresos del solicitante.
-Texto Integrado del Plan concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado por Orden de 7 de
julio de 2009.
-Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre (BOE nº 309 de 24 de diciembre)
-Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Los porcentajes asignados para cada intervalo son los siguientes:
Menor de 1,5 veces el IPREM ...................................... 15 %
Entre 1,5 y 3 veces el IPREM ....................................... 13 %
Entre
3 y 4,5 veces el IPREM ....................................... 9 %
Entre 4,5 y 6 veces el IPREM ....................................... 7 %
Más de
6
veces el IPREM ...................................... 3 %
* IPREM: Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Año 2010: 7.455,14 €
www. junta de andalucía.es / territorio y vivienda / cálculo de ingresos familiares corregidos 20082012
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12. IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN
- En edificios no catalogados
El importe máximo de la subvención no podrá superar el valor catastral total del
inmueble.
- En edificios catalogados
El importe máximo de la subvención no podrá superar el valor catastral total del
inmueble, sin que se considere en esta limitación el importe de la rehabilitación
de la fachada.
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13. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE SOLICITUDES
Según artículo 18 de la Ordenanza de Ayudas a la Rehabilitación Privada :
1.- Condiciones del Usuario.
2.- Condiciones del Edificio.
3.- Criterios de Localización.
4.- Criterios de viabilidad económica de la actuación.
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1. Condiciones del usuario
*Ingresos:
Menor de 1, 5 veces el IPREM................................... 5 puntos
Entre 1,5 y 3 veces el IPREM................................... 4 puntos
Entre 3 y 4,5 veces el IPREM.................................. 3 puntos
Entre 4,5 y 6 veces el IPREM.................................... 2 puntos
Más de 6 veces el IPREM......................................... 1 punto
En el caso de comunidades propietarios para la obtención de los puntos de
selección, se calcularán la media aritmética de los puntos obtenidos por cada
copropietario.
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2. Condiciones del edificio
*Grado de Catalogación:
Nivel 1 y 2 ............................................................... 8 puntos
Nivel 3 y 4 ............................................................... 6 puntos
Nivel 5 y 6 ............................................................... 2 puntos
*Nivel de obras:
- Adecuación de fachada
Nivel 1.1. ................................................................. 2 puntos
Nivel 1.2. ................................................................. 5 puntos
- Obras de rehabilitación
Nivel 2.1. ................................................................. 1 punto
Nivel 2.2. ................................................................. 3 puntos
Nivel 2.3. ................................................................. 5 puntos
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*Estado actual de la Edificación:
Edificio con requerimiento
municipal de obras ..................................................................... 3 puntos
* Ocupación:
Más del 75% de inmuebles ocupados ........................................ 3 puntos
Del 75% al 25% de inmuebles ocupados .................................... 2 puntos
Menos del 25% de inmuebles ocupados .................................... 1 punto
* Sostenibilidad ambiental: ................................................... 2 puntos
Incluyendo alguna de las opciones siguientes:
- Incorporación de placas solares
- Adecuación de la instalación eléctrica
- Incorporación de técnicas para la optimización de la eficiencia
energética
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3. Criterio de localización
Sectores de Preferente Rehabilitación
Delimitación 1 .............................................................. 5 puntos
Delimitación 2 y 3 ........................................................ 1 pto adicional(6 puntos).
4. Criterio de viabilidad económica
de la actuación .................................................................................................. 2 puntos