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Desarrollo Histórico D. P. y
Criminología Cont.
Lección 4
El Derecho Penal en Grecia
 Primera Etapa
– Carácter divino – “Legendaria” ofensa a Júpiter
– Sanciones
 La Venganza Privada al pueblo
 Arbitrio del Pater miembros de la misma familia
 Segunda etapa
– Función soberana del Estado – “Histórica”
 Evolución del derecho de castigar
 Leyes propias de acuerdo al estado
Esparta
 En principio se regia por las leyes de Licurgo
 Licurgo (de Esparta), legislador espartano
semimítico, que parece que vivió en el siglo VII
a.C. Según una leyenda se decía que había
basado sus leyes en las de Creta, mientras que
según otras las recibió del oráculo de Delfos.
Estableció un nuevo orden social e introdujo una
constitución que transformó Esparta en un estado
militar. Después de que los espartanos le juraran
que no cambiarían sus leyes sin su
consentimiento, Licurgo se exilió voluntariamente
y no regresó.
LEGISLACION DE LICURGO
(Esparta, s. IX u XVIII a de J. C.)
 De espíritu heroico, imponía penas severas
a los soldados, sancionaba el celibato y la
piedad para el esclavo, se ordenaba la
muerte a los neonatos deformes, y
consideraba a la destreza en el hurto como
causa de impunidad.
Leyes de Licurgo




No era producto de la divinidad
Producto humano de larga evolución
Juzgaban por el senado o el pueblo
Penas
– Muerte
– Perdida de ciudadanía
– Multas
– Composiciones
– Vestidos sucios y despojados a soldados
Legislación de Dracón y Solon en Atenas
Dracón (fl. segunda mitad del siglo VII a.C.), político griego,
uno de los más famosos legisladores de la antigua ciudad
de Atenas.
Todo lo que se sabe de él es que durante la segunda mitad
del siglo VII a.C. era uno de los seis jóvenes arcontes
atenienses, conocidos como tesmotetas, encargados de
registrar las leyes que regían en dicha ciudad griega.
Atenas se hallaba bajo el poder ejercido por un tribunal, el
Areópago (consejo integrado por miembros de la
aristocracia), pero la crisis sobrevino hacia el 632 a.C., lo
que motivó que Dracón, dada la persistencia de la agitación
social opuesta a la primacía aristocrática, fuera encargado
en el 621 a.C. de dictar un código legislativo que restituyera
la normalidad pública.
Dichas leyes, conocidas como draconianas, limitaban el
poder judicial de la nobleza, pero asimismo contenían
rasgos de rigurosidad en la aplicación de las penas que han
convertido dicho adjetivo en sinónimo de normas estrictas o
severas.
Atenas
 Ciudad eminentemente Aristocrática
– Justicia ejercida por estos
 Las penas eran muy severas
 Las menores faltas eran sancionadas con
muerte
 Leyes draconianas escritas con sangre
LEYES DRACONIANAS (Atenas, s.
VII a de J. C.)
 De excesiva severidad en la pena que sólo
era la de muerte para todos los delitos, los
que distinguió ya entre públicos y privados.
Solon
 Abolieron a las anteriores
 Dividió en clases sociales desconoció la prisión por deuda
 Dos clases de delitos – los que lesionaban:
– Derecho individual
– Derechos del pueblo
 Aquí se cuenta con el elemento subjetivo Intención
criminal (se castigaba el propósito)
 Cambia al delincuente se o castiga por la razon humana
no por cuestión divinas
 Se conquista la libertad, y surge el ciudadano
 Destierra el despotismo se invoca el valor de principios
contra el capricho de mandatarios
Atenas
 Penas
– Muerte
– Prisión
– Destierro
– Confiscación de bienes
– Degradación cívica
– Ventas de libres al estado
– Contra el estado con la muerte
LEGISLACIÓN DE SOLÓN
(Atenas, s. VI a. de J. C.)
 De ideas totalmente laicas dio gran
relevancia al Estado. Estableció benignidad
para los delitos privados aboliendo las leyes
de Dragón, salvo en lo tocante al homicidio.
Se reconoció la facultad a los jueces para
juzgar por acciones no tipificadas, con base
en la equidad.
Atenas
 Jueces eran Aristócrata mas de 30 años
buena reputación no adeudar al fisco
 Penas de muerte 4 tribunales
 Demás penas 6 tribunales
– Cada tribunal 590 jueces y 1 Arconte arconte.
(Del lat. archon, -ōntis, y este del gr. ἄρχων). m.
Magistrado a quien se confió el gobierno de
Atenas a la muerte del rey Codro.
Tribunales atenienses eran
 La asamblea del pueblo
 El Consejo
 El Arcopago
– ciertos homicidios, estado, y religion
 Los Eliastas
– 6000 hombres 3 secciones menor 50
miembros
 Los Efetas
– Asuntos criminales
Tribunal para homicidas
 Arcopago y Efetas
– Epitaldio premeditados
– Epidelfino no premeditados
– Enfrentio desterrados y casos de homicidio
– Episalatio crímenes cometidos en el mar
Doctrina penal de Pitágoras Platón y
Aristóteles
Pitágoras, un gran filósofo y matemático griego del
siglo VI a.C., los números eran el principio de toda
proporción, orden y armonía en el Universo.
Leyes capaces de ser formuladas matemáticamente
Especulación metafísica de la teoría de la expiación
El estado armónico representa a través de la clásica
balanza
Platón
 El filósofo griego Platón (428-347 a.C.) es uno de
los pensadores más influyentes de la historia.
 Su nombre quería decir 'el de las anchas
espaldas'.
 Fundó en Atenas la Academia, considerada por
muchos la primera universidad europea, donde se
estudiaba filosofía.
 Fue alumno de Sócrates y maestro de Aristóteles.
 A través de libros escritos en forma de diálogos
expuso su teoría de las ideas, según la cual
distinguía entre nuestro mundo visible y el mundo
de las ideas.
En este cuadro, Escuela de Atenas (pintado por
Rafael en 1511), aparece en el centro junto con
Aristóteles.
Ciencia de la Dialéctica
 Estudio de las leyes del pensamiento
 Categoría o formas generales bajo las cuales se
conciben las formas
– Por medio de abstracción o generalización se formulan
ideas y por medios de sentidos se estudian a individuos
o especies
– “Leyes” estado misión de hacer reinar la virtud con
leyes escritas para magistrados
– “Cristor” refuto a pitagoras, retribución es injusta
(venganza colectiva)
– Objeto de la pena es corregir al delincuente
Aristóteles
 Nació en Estagira 385 AC. Fundo el liceo
investigación experimental y ciencia positiva
 Afirma que la única realidad es el individuo
(no hay que considerar como causa del
individuo sino que hay que buscar la
verdadera causa
Teoría de la causa
 “Material” de que esta formada la cosa
 “Formal” es o que agregado a la materia
determina
 “Eficiente” razón por la cual ha sido hecha
 “Final” para que o en vista de que se ha
hecho
 Responsabilidad moral por nuestros hechos
 El hombre es principio y poder de sus
conocimientos
 La pena no es medida del alma como
Platón su misión es defender la sociedad
 La justicia retributiva no es justa por no
tener en cuenta las cualidades personales
(factores sociales, morbosidad)
El Derecho Penal En Roma
 Larga evolución
– Reinado desde la fundación de roma 758 al 510 a.c.
– 510 a.c a año 30 a.c.
– Desde 30 a.c. a 76 a época imperial
 Ley de las XII tablas
– Durante el siglo V a.c. dictadas durante el periodo
republicano a iniciativa de Tribuno Terentillo Arza
gravadas en 10 tablas colocadas en foro para
conocimiento del pueblo (ley escrita)
Ley XII tablas importantes reformas
 División de delitos en tres grupos
– Perseguidos incondicionalmente por la fuerza
publica
 Hurto homicidio incendio voluntario falso testimonio
corrupción de jueces
– Condicionalmente por la fuerza publica
 Lesiones corporales
– Sanciones civiles
 Hurto no manifiesto
División de delitos
 Castigados públicamente
 Delitos (delictum) castigados privadamente
Época Imperial
 Augusto progreso notable
– Escuela Sabiniana – Equidad P.Raiz
– Escuela Proculeyana – Derecho Estricto Muebles
– Masurio sabino (reinado Tiberio) escribio un libro de
furtis Fortum – fortum de furve Clandestinidad
 Papiniano Questionaes y responsa definio la ley
penal = represion de delitos cometidos
voluntariamente o por ignorancia
Delitos y penas
 Publicos contra el estado y la vida
 Privados hurto e injurias en general
 Extraordinarios graves contra la propiedad
proceso distinto y penas mas severas
– Abigeato hurto nocturno balnearios sepulcros etc.
 Otros delitos monarquía función legislativa
– Delitos contra el estado, desercion abandono traicion
rebelion, heregia homicidio coaccion falsificacion
astucia delitos sexuales cohecho apropiacion lesiones
daño a la propiedad
– Pena mal en retribucion por sentencia judicial x ley
Crímenes capitales y no capitales
 Capitales
– Muerte crucifixión, quemado vivo, trabajo
perpetuo en minas perdida de ciudadania
deportar
 No capitales
– No privativas de libertad
 Corpporales mutilacion baston y bara
 Infamantes condenacion de las memoria infamia y
expulsion de cargos publicos
 Patrimoniales confiscacion y multa
Derecho romano
 Delito manifestación de voluntad
– Dolus
– Culpa negligencia
– Delitos
 cometidos individual
 y con participación SOCII
Edad media
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476 a 1453 toma de Constantinopla
Lenta evolución, germano feudal eclesiástico
Independencia y Personalidad Hombre
Intervención del estado en la justicia penal
El derecho era la paz
– El delincuente rompía la paz
 PUBLICA Y PRIVADA
INSTITUCIONES PENALES
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
FAIDA – TREGUA DE DIOS
VEREGILDO – Wergel - composición
FREDUS – impuesto por intervención estatal
ORDALIAS
– Invocatio
– Exorcismus
– adjutario
 Clases duelo, suerte, fuego
 Ley salica 1880 Hesseis, 55 títulos solo1 civil se
ordenaba la manera de ordenar la composición
Feudal - Edad Media
 La sociedad se fraccionó en agrupaciones donde
los grandes soberanos eran los “propietarios”.
 Se mantiene el sistema germánico.
 En cada FEUDO existían dos tribunales:
 -TRIBUNAL REAL: juzgaba grandes vasallos de la
corona.
 -TRIBUNAL PROPIAMENTE DICHO: juzgaba a
los dependientes del Rey como simples feudales
de la tierra.
 La base de la justicia penal es la composición y en
su defecto la guerra.
 “La Corte Feudal” nadie podía ser juzgado sino
por sus iguales.
Siglo VI España
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
Rigieron las sgtes. Leyes penales:
-LEX ROMANA
-VISIGOTHORUM (Brevario de Alarico)
-LEX TEUDIS
FUERO JUZGO: cuerpo de leyes de los
visigodos, no tiene como fundamento la
venganza privada individual ni colectiva.
SIGLO XIII ESPAÑA
 LAS SIETE PARTIDAS:
 llamada también Leyes de Castilla,
 fuente de este código
– la INSTITUTA y
– las PANDECTAS DE JUSTINIANO,
 Redactadas bajo el gobierno de Alfonso X.
 Las 5 primeras tratan del Derecho Penal.
Derecho Penal Eclesiástico. Influencia
 La iglesia ejerció el poder civil
 y las leyes comunes tuvieron sanciones canónicas.
 La iglesia con Poder Legislativo consideró a los
hechos delictuosos como del Fuero Eclesiástico,
 Entre los que citamos:
– la herejía, blasfemia, sacrilegio, brujería, sortilegio.
 La iglesia toma como base de la responsabilidad
– LA INTENCIÓN
– que más tarde sería el principio de la Legislación
de los Estados Modernos.
LEYES PENALES
 Se distinguieron 2 clases de delitos:
 -DELICTA ECLESISTICA:
– violación del D. Divino.
 -DELICTA MERE SECULARIA:
– Que ofendían intereses humanos.
DERECHO CANÓNICO (desde 1140 d. de J. C.)
 Se humanizó la justicia penal que fue orientada a la
reforma moral del delincuente,
 se cambió la venganza por el perdón y se estableció
la posibilidad de la redención por medio de la
penitencia, la caridad y la fraternidad.
 El delito fue concebido como un pecado que ofendía a
Dios por lo que tuvo gran relieve la venganza divina
con excesivas formas de expiación y penitencia.
 Sin embargo, el procedimiento pasó de acusatorio a
inquisitivo y el poder de la Iglesia como brazo ejecutor
de la voluntad divina en lo temporal y lo trascendental
 alcanzó niveles brutales en las penas que en la
actualidad, con el Codex Iuris Canonici de Pío X en
1904 en su Libro V donde se establecen los delitos
(arts. 2195-2213) y las penas (arts. 2214-2313); sólo
incumben a lo espiritual.
DERECHO PENAL EN LA EDAD
MODERNA
 SIGLO XV HASTA LA SEGUNDA MITAD
DEL SIGLO XVIII
 Surgen grandes nacionalidades con
Monarcas despóticos que ejercían la
autoridad absoluta de la iglesia.
DERECHO EUROPEO MEDIEVAL
 Durante el largo período en que consistió la edad media, se dio
en el Derecho Penal una mezcla de elementos romanos,
canónicos y bárbaros.
 Coexistieron los Derechos particulares por su dura práctica y
ancestral origen, con el Derecho romano.
 Se dio una lucha en contra de la venganza, pero subsiste la
composición y la dureza en las penas, caracterizándose con la
de muerte, con el procedimiento inquisitivo.
 La pena tenía un papel fundamentalmente infamante e
intimidatorio; aguzando el ingenio se crearon las más crueles
penas: la tortura era la forma de extraer la confesión, surgieron
los calabozos, las jaulas de hiero o madera, la horca, los
azotes, la rueda (allí se colocaba al reo luego de romperle los
huesos), las galeras, la picota (se sujetaba en un pilar de
manos y cabeza a un sujeto de pie), el descuartizamiento por
caballos, la marca infamante con hierro candente.
 Se sancionaba a capricho de los monarcas, y estas situaciones
no cambiaron al terminar la edad media sino que siguieron
durante una parte del renacimiento, hasta el surgimiento del
iluminismo
DERECHO PENAL ILUMINISTA (De origen europeo con
repercusiones en todo el mundo, s. XVIII)
 Filosóficamente las ideas de los enciclopedistas
 (Hobbes, Spinoza, Locke, Bacon, Rousseau, Diderot,
D’Alambert, Voltaire)
 trajeron nuevas ideas sobre el ser humano y las
instituciones políticas, que repercutieron en las ideas
jurídicas
 (Grocio, Pufendorf, Montesquieu), y en particular en lo
penal con el surgimiento de Dei delitti e delle pene
(Tratado de los delitos y de las penas, publicado en
1764)de Cesare Bonnesana marqués de Beccaria, libro
en que denunció el arbitrario ejercicio del pode mal
dirigido que representaba ejemplos de “fría atrocidad”;
ideas que se llevaron a Rusia, la Toscana, las Sicilias,
Prusia y Austria, para finalmente consagrarse la
cancelación de los abusos medievales, en Francia, con la
Déclaration des droits de l’homme et du citoyen,
 en Francia, con la Déclaration des droits de
l’homme et du citoyen,
 en que se limita la posibilidad de tipificar a sólo
aquellas acciones nocivas para la sociedad (art.
5), sólo las penas necesarias (art. 8), la
irretroactividad de las leyes por cuanto a las penas
(art. 8), y el principio de igualdad ante la ley (art.
6); En Inglaterra fue John Howard quien dio gran
impulso al cambio de condiciones en las cárceles,
originando la Escuela Clásica Penitenciaria con su
State Of Prisons, movimiento nutrido por el
estupor y la vergüenza que provocaba la situación
de las prisiones en Inglaterra, Gales y, en general,
Europa
Crueldades y arbitrariedades de
leyes penales
 Procedimiento Inquisitivo: donde se limita el
derecho a la defensa.
 El Secreto Sumario: no se estudiaba el valor
de las pruebas y los fallos eran sin
fundamento.
 Los jueces imponían condenas que no
estaban fijadas en la Ley.
PENAS
 LEGALES: fijadas en Códigos y
Ordenanzas.
 EXTRALEGALES: no estaban en códigos,
eran aplicadas por los jueces según su
capricho.
División de Penas




Capitales
Corporales aflictivas e infamantes
Aflictivas no corporales pero sí infamantes
Penas infamantes
Delitos graves






Los crímenes
Herejía
Ateísmo
Sacrilegio
Crímenes de Legislatura Divina
Lesa Majestad Humana: alta traición,
atentados a la vida del Rey, conspiraciones
contra el Estado, rebelión.
Penas Capitales
 La rueda
 La horca
 La hoguera
Penas no capitales






Mutilación
Marca
Picota
Argolla
Galeras
Prisiones