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DOSSIER EMPRESARIOS
La problemática de la morosidad para el tejido
empresarial
La morosidad es la culpable de algunos de los principales problemas
para la supervivencia de las compañías. El retraso que sufren los
proveedores en los cobros por los productos y servicios ofrecidos
provoca problemas de gestión, falta de liquidez y destrucción de empleo
en muchas sociedades, a pesar de que la ley limita los tiempos de cobro
en un máximo de 60 días.
Esta situación se ha visto agravada por la crisis económica que estamos
atravesando. La necesidad de las empresas de contar con recursos
económicos para llevar a cabo su actividad –tanto para gastos corrientes
como para inversiones a corto, medio y largo plazo- les hacía recurrir en
muchos casos a las entidades de crédito. Es bien sabido que, en estos
tiempos, los bancos y cajas han recortado de forma alarmante la
concesión de créditos a empresas, cuestión que ha provocado que
muchas empresas, al no contar con el apoyo bancario ni cobrar en
tiempo por su trabajo, han tenido que echar el cierre.
Aunque existe una directiva europea creada para evitar situaciones
abusivas, en España las empresas acumulan retrasos de 98 días de
media, situándolo como el segundo país de mayor demora en los pagos,
después de Grecia, mientras que la media europea está en 57 días.
PGAPROC representa a las empresas proveedoras de la construcción en
Galicia, pero la morosidad es una lacra que afecta a todos los sectores
de la actividad, especialmente a pequeñas y medianas empresas, que
cuentan con un menor poder de negociación a la hora de ajustar los
plazos de cobro.
La puesta en marcha de mecanismos de garantía de cobro en los plazos
determinados por la ley fortalecerá el tejido empresarial y, por
consiguiente, traerá consigo una mayor estabilidad laboral. Hay que
tener en cuenta que las pymes son el motor de la economía española y
que esta problemática afecta especialmente a este tipo de empresas.
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Marco legal existente: Directiva 2000/35/CE y Ley
3/2004
En la actualidad existe una Directiva Europea (Directiva 2000/35/CE) que
tiene como objetivo garantizar el pago en unos plazos coherentes para
empresas y proveedores, sin que esto afecte ni al desarrollo productivo
ni a la situación financiera de las empresas.
Esta directiva establece que el plazo normal de cobro sea 30 días
(obligatorio en ausencia de pacto entre las partes) y se incluye la
introducción del concepto “plazo abusivo” para velar por las empresas.
Además, establece que, en caso de incumplimiento, se apliquen
intereses de demora de forma automática (mínimo 7 puntos tipo de
referencia del BCE) y que los Estados deberán establecer procedimientos
ágiles y efectivos para reclamar los impagos y para garantizar cobrar de
los morosos.
Por su parte, la Ley 3/2004, orientada a frenar la morosidad, incluye
algunos apartados que han permitido que esta situación no sólo se
prolongue en el tiempo sino que se incremente en muchos casos.
El principal motivo es que esta norma permite la libertad de pacto entre
las partes, por lo que influye en gran medida la capacidad de
negociación entre las empresas. A falta de pacto, el plazo máximo serán
30 días o, excepcionalmente, 60. Por otra parte se define el concepto
“plazo abusivo” e intereses de demora, pero no se aplican en ninguno
de los casos.
Además, esta ley no tiene un Reglamento de ejecución y no incorpora
procedimientos efectivos para reclamar los impagados y para garantizar
cobrar de los morosos, por lo que los empresarios se encuentran con
que tienen una herramienta que les protege pero no existe una
mecánica para llevarla a la práctica con eficacia.
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Propuesta de Reforma de la Ley 3/2004
La Ley de Economía Sostenible debería incluir mecanismos efectivos de
control para que las empresas no sufrieran continuos retrasos en los
cobros, no obstante, remite a la Ley 3/2004, que bloquea
sistemáticamente a las empresas en su lucha contra la morosidad.
La Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad, de la que PGAPROC es
miembro de su Comité Ejecutivo, ha promovido junto con CiU la reforma
de la Ley 3/2004, que se votará el próximo 23 de marzo en el Congreso
de los Diputados. A continuación se detallan los puntos de reforma
correspondiente a la normativa actual:
Ley de Economía
Sostenible
Reformas
propuestas por
PGAPROC
Determinación del plazo
Autonomía de voluntad entre las
partes. Excepción para empresas
de pequeña dimensión, en las
que el plazo máximo serán 60
días desde la recepción de la
factura
El plazo de pago no puede
superar los 60 días naturales a
partir de la fecha de
expedición de la factura.
Fecha de factura
Los proveedores, salvo pacto
contrario, deberán hacer llegar la
factura antes desde que se
cumplan 30 días desde la fecha
de recepción efectiva de las
mercancías o prestación de
servicios.
Indemnización por costos
de cobro
Interés de demora
El plazo máximo de
facturación será, como
máximo, a los 30 días desde la
entrega de los bienes, sin
alternativa en contrario
No hay referencia
Reseñarse, como mínimo, los
conceptos que pueden ser
objeto de repercusión
No hay referencia
Establecimiento de un tipo
mínimo de interés de demora
y el carácter de irrenunciable
por contrato o de facto de
este concepto.
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Por otra parte, la Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad
propone la inclusión de otros puntos que no son tratados en la
actualidad por la Ley 3/2004:
• Creación del Observatorio de plazos de pago y morosidad: la función
de este Observatorio es la elaboración de estudios e informes de los
plazos de pago y evolución de la morosidad, así como la aplicación de la
Ley. Se puede tomar de referencia el existente en Francia, creado en
2008, que ha publicado informes sobre la evolución de la morosidad y
propuestas de mejora. Gracias a su labor, se ha incluido en la ley de
modernización de la economía la regularización de los plazos de pago
(60 días naturales a fecha de factura), y los tiempos se han rebajado.
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Convocatoria de asistencia
• Por todas las razones expuestas, creemos firmemente que es
necesaria su asistencia el próximo 15 de marzo en Santiago de
Compostela a partir de las 12.15 horas al acto simbólico que
hemos programado.
•Tras la peregrinación y la ofrenda al Apóstol tendrá lugar una
comida en el Hotel Los Abetos.
El menú será el siguiente:
Entrantes Centro de Mesa
Empanada, Gambas Orly , Bolitas de Ave
Pimientos de Rape y Langostinos a la Crema
Taco de Ternera Estofada al estilo Tradicional o Rodaballo al Horno
Tarta Milhojas de Crema
Vino D.O. Rioja, Aguas minerales, Café.
30€/Pax IVA INCLUIDO
Deben confirmar con anterioridad si prefieren carne o pescado y enviar copia
del pago (nº de cuenta 0075 8901 590603292777) al fax de AEXGA: 981 57 79
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