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Módulo Jurídico
PRIMER ABORDAJE DE LA NORMATIVIDAD NACIONAL:
LEY PROCESAL PENAL COLOMBIANA EN MATERIA DE VÍCTIMAS
(Ley 600 de 2000)
Autor: Iván González
Docente:
Primer abordaje de la normatividad
nacional: Ley procesal penal
colombiana en materia de víctimas
(Ley 600 de 2000)
ESQUEMAS PROCESALES
Monofásico
Simultaneidad de la función investigativa y juzgadora
en un mismo juez
Modelo
inquisitorial
Reserva
Práctica de pruebas en cabeza del juez
Minimización de la defensa
ESQUEMAS PROCESALES
División acusación/juicio
Monopolio de las funciones judiciales en el juez
Modelo
acusatorio
adversarial
Confrontación de partes: acusador-defensa
Imparcialidad del juez en la conformación de las
teorías del caso
Práctica probatoria a instancia de las partes
ESQUEMAS PROCESALES
División procesal investigación-juicio
Modelo
napoleónico o
mixto (Ley
600/2000)
El fiscal como sujeto procesal con
funciones judiciales
Facultades iura novit curia del juez
Las pruebas y su práctica
LEY 600 DE 2000 (i)
1.
Ausencia
de un
tratamiento
de las
víctimas en
favor del
sujeto
pasivo del
delito.
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
Qué es el sujeto pasivo en la teoría del delito
Sujeto pasivo y parte civil
Derecho a la indemnización
Derechos a la verdad y la justicia por jurisprudencia
de la Corte Constitucional
La demanda de constitución en parte civil
LEY 600 DE 2000 (ii)
2.
Facultades
de la parte
civil
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
La parte civil como sujeto procesal
Derechos de postulación y de petición
Facultades probatorias
Facultad de contradicción: legitimidad en causa
activa (recursos)
Facultad de contradicción: debate frente a la defensa
LEY 600 DE 2000 (iii)
3.1 Aseguramiento de la persona del procesado
3.
Derecho a
requerir
medidas
preventivas
3.2 Aseguramiento de bienes
3.2.1 Embargo
3.2.2 Secuestro
3.2.3 Restablecimiento del derecho
LEY 600 DE 2000 (iv)
4.1 Esquema tríptico de la acción aquiliana
4.
Efectos de
la cosa
juzgada
penal
absolutoria
4.1.1 Delito
4.1.2 Daño
4.1.3 Relación causal
LEY 600 DE 2000 (iv a)
4.2 Implicaciones del tipo de decisión
4.
Efectos de
la cosa
juzgada
penal
absolutoria
4.2.1 Absolución
4.2.2 Preclusión
4.2.3 Cesación de procedimiento
LEY 600 DE 2000 (iv a)
4.3 Efectos del fundamento de la decisión
4.
Efectos de
la cosa
juzgada
penal
absolutoria
(artículo 59
de la ley
600 de
2000)
4.3.1 Inexistencia del hecho
4.3.2 El procesado no lo cometió.
4.3.3 Legítima defensa.
4.3.4 Cumplimiento de una orden legal.
LEY 906 DE 2004 (i)
1
Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de
2004.
A
A recibir, durante
todo el
procedimiento, un
trato humano y
digno;
B
C
D
A la protección de
su intimidad, a la
garantía de su
seguridad, y a la de
sus familiares y
testigos a favor;
A una pronta e
integral reparación
de los daños
sufridos, a cargo
del autor o
partícipe del injusto
o de los terceros
llamados a
responder en los
términos de este
código;
A ser oídas y a que
se les facilite el
aporte de pruebas;
LEY 906 DE 2004 (ii)
1
Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de
2004.
E
A recibir desde el primer contacto
con las autoridades y en los
términos establecidos en este
código, información pertinente para
la protección de sus intereses y a
conocer la verdad de los hechos que
conforman las circunstancias del
injusto del cual han sido víctimas;
F
G
A que se
consideren sus
intereses al
adoptar una
decisión
discrecional sobre
el ejercicio de la
persecución del
injusto;
A ser informadas sobre
la decisión definitiva
relativa a la
persecución penal; a
acudir, en lo pertinente,
ante el juez de control
de garantías, y a
interponer los recursos
ante el juez de
conocimiento, cuando a
ello hubiere lugar;
LEY 906 DE 2004 (iii)
1
Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de
2004.
H
A ser asistidas
durante el juicio y
el incidente de
reparación
integral, si el
interés de la justicia
lo exigiere, por un
abogado que podrá
ser designado de
oficio
I
J
A recibir asistencia
integral para su
recuperación en los
términos que
señale la ley;
A ser asistidas
gratuitamente por
un traductor o
intérprete en el
evento de no
conocer el idioma
oficial, o de no
poder percibir el
lenguaje por los
órganos de los
sentidos.
LEY 906 DE 2004 (iv)
2
Definición de víctima (art. 132)
Se entiende por víctimas, para efectos de este
código, las personas naturales o jurídicas y
demás sujetos de derechos que individual o
colectivamente hayan sufrido algún daño
directo como consecuencia del injusto.
La condición de víctima se tiene con
independencia de que se identifique,
aprehenda, enjuicie o condene al autor del
injusto e independientemente de la existencia
de una relación familiar con éste.
LEY 906 DE 2004 (v)
3
Atención y protección inmediata (art. 133)
4
Medidas de atención y protección(art. 134)
5
Garantía de comunicación (art. 135)
6
Derecho a recibir información (art. 136)
LEY 906 DE 2004 (vi)
7
Intervención de las víctimas
.
7.1
Reconocimiento de las víctimas y representación
.
7.2
Las víctimas y las pruebas
.
7.3
Las víctimas y los recursos
.
7.4
Las víctimas y la teoría del caso fiscal
.
7.5
Las víctimas y la teoría del caso de la defensa
.
7.6
Las víctimas y las salidas alternas.
LEY 906 DE 2004 (vii)
8
Incidente de Reparación Integral
8.1
• Esquema y dinámica del incidente
8.2
• Ubicación procesal
8.3
• Efectos sobre la sentencia
8.4
• Casación
Diapositivas para profundizar
La construcción de estas diapositivas dependerá del
método interpretativo que quiera ahondar el
expositor, aún incluso podrá prescindir de la
presentación mediante diapositivas