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Módulo Jurídico PRIMER ABORDAJE DE LA NORMATIVIDAD NACIONAL: LEY PROCESAL PENAL COLOMBIANA EN MATERIA DE VÍCTIMAS (Ley 600 de 2000) Autor: Iván González Docente: Primer abordaje de la normatividad nacional: Ley procesal penal colombiana en materia de víctimas (Ley 600 de 2000) ESQUEMAS PROCESALES Monofásico Simultaneidad de la función investigativa y juzgadora en un mismo juez Modelo inquisitorial Reserva Práctica de pruebas en cabeza del juez Minimización de la defensa ESQUEMAS PROCESALES División acusación/juicio Monopolio de las funciones judiciales en el juez Modelo acusatorio adversarial Confrontación de partes: acusador-defensa Imparcialidad del juez en la conformación de las teorías del caso Práctica probatoria a instancia de las partes ESQUEMAS PROCESALES División procesal investigación-juicio Modelo napoleónico o mixto (Ley 600/2000) El fiscal como sujeto procesal con funciones judiciales Facultades iura novit curia del juez Las pruebas y su práctica LEY 600 DE 2000 (i) 1. Ausencia de un tratamiento de las víctimas en favor del sujeto pasivo del delito. 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 Qué es el sujeto pasivo en la teoría del delito Sujeto pasivo y parte civil Derecho a la indemnización Derechos a la verdad y la justicia por jurisprudencia de la Corte Constitucional La demanda de constitución en parte civil LEY 600 DE 2000 (ii) 2. Facultades de la parte civil 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 La parte civil como sujeto procesal Derechos de postulación y de petición Facultades probatorias Facultad de contradicción: legitimidad en causa activa (recursos) Facultad de contradicción: debate frente a la defensa LEY 600 DE 2000 (iii) 3.1 Aseguramiento de la persona del procesado 3. Derecho a requerir medidas preventivas 3.2 Aseguramiento de bienes 3.2.1 Embargo 3.2.2 Secuestro 3.2.3 Restablecimiento del derecho LEY 600 DE 2000 (iv) 4.1 Esquema tríptico de la acción aquiliana 4. Efectos de la cosa juzgada penal absolutoria 4.1.1 Delito 4.1.2 Daño 4.1.3 Relación causal LEY 600 DE 2000 (iv a) 4.2 Implicaciones del tipo de decisión 4. Efectos de la cosa juzgada penal absolutoria 4.2.1 Absolución 4.2.2 Preclusión 4.2.3 Cesación de procedimiento LEY 600 DE 2000 (iv a) 4.3 Efectos del fundamento de la decisión 4. Efectos de la cosa juzgada penal absolutoria (artículo 59 de la ley 600 de 2000) 4.3.1 Inexistencia del hecho 4.3.2 El procesado no lo cometió. 4.3.3 Legítima defensa. 4.3.4 Cumplimiento de una orden legal. LEY 906 DE 2004 (i) 1 Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de 2004. A A recibir, durante todo el procedimiento, un trato humano y digno; B C D A la protección de su intimidad, a la garantía de su seguridad, y a la de sus familiares y testigos a favor; A una pronta e integral reparación de los daños sufridos, a cargo del autor o partícipe del injusto o de los terceros llamados a responder en los términos de este código; A ser oídas y a que se les facilite el aporte de pruebas; LEY 906 DE 2004 (ii) 1 Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de 2004. E A recibir desde el primer contacto con las autoridades y en los términos establecidos en este código, información pertinente para la protección de sus intereses y a conocer la verdad de los hechos que conforman las circunstancias del injusto del cual han sido víctimas; F G A que se consideren sus intereses al adoptar una decisión discrecional sobre el ejercicio de la persecución del injusto; A ser informadas sobre la decisión definitiva relativa a la persecución penal; a acudir, en lo pertinente, ante el juez de control de garantías, y a interponer los recursos ante el juez de conocimiento, cuando a ello hubiere lugar; LEY 906 DE 2004 (iii) 1 Reconocimiento de las víctimas por sus derechos (art. 11 de la ley 906 de 2004. H A ser asistidas durante el juicio y el incidente de reparación integral, si el interés de la justicia lo exigiere, por un abogado que podrá ser designado de oficio I J A recibir asistencia integral para su recuperación en los términos que señale la ley; A ser asistidas gratuitamente por un traductor o intérprete en el evento de no conocer el idioma oficial, o de no poder percibir el lenguaje por los órganos de los sentidos. LEY 906 DE 2004 (iv) 2 Definición de víctima (art. 132) Se entiende por víctimas, para efectos de este código, las personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño directo como consecuencia del injusto. La condición de víctima se tiene con independencia de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al autor del injusto e independientemente de la existencia de una relación familiar con éste. LEY 906 DE 2004 (v) 3 Atención y protección inmediata (art. 133) 4 Medidas de atención y protección(art. 134) 5 Garantía de comunicación (art. 135) 6 Derecho a recibir información (art. 136) LEY 906 DE 2004 (vi) 7 Intervención de las víctimas . 7.1 Reconocimiento de las víctimas y representación . 7.2 Las víctimas y las pruebas . 7.3 Las víctimas y los recursos . 7.4 Las víctimas y la teoría del caso fiscal . 7.5 Las víctimas y la teoría del caso de la defensa . 7.6 Las víctimas y las salidas alternas. LEY 906 DE 2004 (vii) 8 Incidente de Reparación Integral 8.1 • Esquema y dinámica del incidente 8.2 • Ubicación procesal 8.3 • Efectos sobre la sentencia 8.4 • Casación Diapositivas para profundizar La construcción de estas diapositivas dependerá del método interpretativo que quiera ahondar el expositor, aún incluso podrá prescindir de la presentación mediante diapositivas