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ACTUALIDAD EN EL DERECHO
DEL CONSUMO
Desayuno
Empresarial
Bruno Cáceres Salas.
25/01/2017
1
ECONOMÍA Y DERECHO
Análisis económico del Derecho
Bullard: El AED es la aplicación del método económico para entender a
las instituciones jurídicas.
Becker: Economía - Capacidad de predecir la conducta humana en base a
modelos.
Los individuos reaccionan a ciertos incentivos de una manera predecible.
Tendencia a buscar beneficios y reducir costos.
EL AED Y LA REFORMA DEL CÓDIGO DE CONSUMO
AED busca reducir los costos de transacción del sector privado en la
economía.
Antes de la modificación - Código de Consumo, Ley 29571 –
Obstaculizaba la obtención de soluciones eficientes ante controversias
suscitadas entre consumidores y proveedores.
Modificaciones – Incentivan la resolución directa de controversias entre
proveedores y consumidores – maximización de beneficios.
Proveedores y consumidores – Auténticos protagonistas del mercado.
BENEFICIOS DE LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE
CONSUMO
Subsanación infracción antes inicio procedimiento –
Atenuante al graduar la sanción.
El allanamiento no exoneraba al proveedor del pago de
costos y no era considerado atenuante.
Subsanación infracción antes inicio procedimiento Improcedencia de la denuncia de parte y finalización del
procedimiento.
Regla: El allanamiento es un atenuante que si se formula
con los descargos, genera la conclusión liminar del
procedimiento, libera al proveedor del pago de costos y
reduce la sanción a una amonestación. Excepciones:
Discriminación, vida, etc.
Multa por incumplimiento de medida correctiva o
cautelar era impugnable.
Multa por incumplimiento de medida correctiva o
cautelar no es impugnable.
Procedimiento sumarísimo - Recurso de revisión ante
la Sala.
Se ha eliminado el recurso de revisión (Pronunciamientos
oportunos).
La autoridad continuará con el procedimiento aun
cuando se presente el desistimiento o conciliación.
El desistimiento o conciliación se consideran
atenuantes al graduar la sanción.
Sólo los acuerdos conciliatorios y transacciones con las
formalidades previstas en el ordenamiento jurídico
tiene efecto para impedir la interposición de una
denuncia, archivarla o denunciar posteriormente su
incumplimiento
Se declara la conclusión anticipada
El desistimiento, acuerdo conciliatorio, la mediación,
transacción o cualquier otro acuerdo que solucione la
controversia antes de la notificación de la resolución que
agota la vía administrativa, supone la conclusión
anticipada del procedimiento.
Ya no sólo los acuerdos conciliatorios sino cualquier
acuerdo que dé por culminada la controversia, tiene
efecto para impedir la interposición de una denuncia,
archivarla o denunciar posteriormente su
incumplimiento
VIGENCIA
Todas las normas procesales se aplican de manera inmediata
a los procedimientos administrativos iniciados antes de la
entrada en vigencia de la norma (31 de diciembre del 2016)
en el estado en que se encuentren (es decir, en calificación de
denuncia, bien en trámite en primera o segunda instancia
administrativa)
Gracias
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