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LA SENTENCIA MERCANTIL
DEFINITIVAS (su
ejecución y embargo)
Art. 1321 C.C.
INTERLOCUTORIAS
COMO RESOLVER LA
CONTROVERSIA
De acuerdo a la ley (sentido natural
o espírito de ésta) Art. 1324 C.C.
Principios generales del derecho
Tomar en cuenta las circunstancias
del caso
LA SENTENCIA RESUELVE
Acciones
deducidas
de la
demanda
Art. 1327 C.C.
Excepciones
opuestas en
la
contestación
Cada hecho litigioso se
debe se debe atender por
separado, bajo el
principio de unicidad
Condena:
frutos,
intereses,
daños o
perjuicios, en
cantidad
líquida
Bases para su
liquidación,
cuando no
sea hecho
principal de
litigio. (Art.
1330 C.C.)
Efectos de las sentencia
La
condenatoria
Procede acción
Las
absolutorias
(Art. 1409
C.C.)
PROCEDIMIENTO:
- Si no hay bienes
embargados se
procederá hacerlo
de conformidad con
los artículos 1397,
1400, 1410 a 1413 del
C.C. (Art. 1347 C.C.)
QUIEN
EJECUTA
LA
SENTENCIA
EL JUEZ QUE LA DICTO
EL JUEZ DESIGNADO EN EL
COMPROMISO (Art. 1346 y 1052
C.C.)
VENTA DE BIENES
EMBARGADOS
Inmuebles
Inmuebles
inscritos en el
registro
público de la
propiedad y
del comercio
Muebles no
inscritos en el
RPPC (Art.
1410 C.
Com.)
AVALÚOS
Corredor público
Peritos
Fijar precio del bien
embargado
REMATE
Adjudicación
directa
Publicidad (Art.
1412 Bis C. Com.)
Adjudicación a
postor Publicidad
(Art. 1411 C.
Com.)
Adjudicación al
acreedor
Publicidad (Art.
1412 C. Com.)
ESCRITURA DE ADJUDICACIÓN
 En
caso de remate el juez otorgará la
escritura al adjudicatario.
TERMINACIÓN DE
JUICIO POR
CONVENIO
En cualquier
momento del
juicio las partes
pueden convenir
la valuación de
los bienes para
venderlos y pagar
la deuda.
INCIDENTES
Cualquier
incidente suscitado
en el juicio
ejecutivo mercantil
será resuelto por el
juez, con base en
el código de
comercio y sus
leyes supletorias.
Prescripción de la
ejecución de sentencia
Las sentencias del juicio
ejecutivo mercantil
tienen que ejecutarse
en el término de tres
años (Art. 1079 fracción
IV C. Com.)
- Solamente si
hay bienes
embargados,
se procede a
su ejecución
 V.
–Que en el
país que se ha
dictado la
sentencia tenga
el carácter de
cosa juzgada.
 VI.
– que no
exista ninguna
sentencia o
resolución
pendiente en el
país extranjero
de resolver.
Condiciones para
que una sentencia
extranjera se
ejecute en México
I.- Que se cumplan las formalidades
establecidas en tratados internacionales,
en materia de exhortos.
II.- Que no se haya dictado como
consecuencia de una acción real es.
III.- el juez que haya emitido la sentencia
tenga competencia de acuerdo a las
reglas internacionales.
IV.-que al demandado se le haya
respetado la garantía de audiencia.
VII. – La obligación
de ejecutar la
sentencia no vaya en
contra del orden
público.
VIII. - Que se llenan
los requisitos para ser
considerados como
auténticos.
En el país de origen
donde se emitió la
sentencia, no es
ejecutable, tampoco
se ejecutará en
México. (1347
C.com.)
LIQUIDACION DE SENTENCIA
Se dará vista la parte
contraria.
Gracias