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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
Recurso Estratégico para el Futuro de los
Misioneros”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1: De interés Provincial la Lengua de Señas Argentina (LSA) como forma de
Identidad personal y social, valor cultural y derecho lingüístico de las personas sordas o
hipoacúsicas , como medio de supresión de barreras comunicacionales.
ARTÍCULO 2: A los efectos de la presente, entiéndase como Lengua de señas (L.S.A.) el
modo de comunicación viso-gestual que utilizan las personas sordas o hipoacúsicas, como
parte de su identidad personal y social, siendo esta el instrumento de acceso al conocimiento y
a la cultura a través de una forma diferente de comunicación lingüística y paralingüística.
ARTÍCULO 3: El Estado provincial realizara acciones tendientes a:
1. Codificar, estandarizar, desarrollar y promover un sistema lingüístico sin interferencias
de otras lenguas,
2. Promocionar tareas de capacitación, formación e investigación de la Lengua de Señas
Argentina (L.S.A),
3. Adoptar medidas tendientes a que los educando con discapacidad auditiva tengan
acceso a una educación bilingüe-bicultural; Lengua de señas Argentinas-Lengua
Española en todos los establecimientos, ya sea de educación especial o comunes,
4. Asegurar el uso de la Lengua de Señas Argentina en todas las funciones sociales
mediante la organización y gestión de los recursos necesarios para tal fin,
5. Propiciar ante las autoridades de los poderes del estado y entidades Privadas, la
capacitación de personal, para cuminicarse por Lenguaje de Señas Argentinas (L.S.A),
6. Favorecer la inclusión de Intérpretes de Lengua de Señas Argentinas (L.S.A),en
diferentes contextos de la esfera del Estado Provincial
7. Promover la instalación en dependencias oficiales de jurisdicción provincial de
dispositivos de ayuda educativa y visual
8. Promover la participación activa de entidades gubernamentales, no gubernamentales y
personas de la comunidad en las tareas de concientización comunitaria respecto al uso
de la Lengua de Señas Argentina,
9. Impulsar ante el Ministerio de Salud Pública la instrumentación de programas de
diagnostico precoz de detención de sordera,
10. Promover ante autoridades competentes la habilitación de un registro de interpretes de
personas sordas o Hipoacusicas para atender requerimiento s oficiales y judiciales.
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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
Recurso Estratégico para el Futuro de los
Misioneros”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
ARTÍCULO 4: El organismo de aplicación de la siguiente ley es el ministerio de Cultura y
Educación de la Provincia de Misiones.
ARTÍCULO 5: El Poder Ejecutivo deberá Reglamentar la Presente ley.
ARTÍCULO 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
La enseñanza del lenguaje de señas a personas que sufren de sordera siempre ha sido
muy polémica debido a que algunas personas consideran que la comunicación por ese medio
hace perezoso a individuos que podrían aprender a leer los labios y también a hablar, a pesar
de su problema, haciendo un esfuerzo adicional. Pero, consideramos que cualquier forma de
comunicación es útil al individuo y que el aprendizaje de lenguajes adicionales ejercita la
mente de las personas en lugar de hacerlas perezosas. Eso aplica tanto a los oyentes como a
aquellos que sufren de algún problema de audición; lo cual significa que es tan deseable que
los oyentes aprendan el lenguaje de señas como que los sordos aprendan a leer los labios y
hablar.
Sólo a través de la comunicación, los individuos pueden convivir en armonía y ese
objetivo merece cualquier esfuerzo. Debemos aprender a comunicarnos con los demás, en
todas las formas posibles (incluyendo el uso del lenguaje de señas), y promover también la
comunicación entre los que no oyen bien, tanto por la vía oral como a través de señas.
No se puede establecer cuál de los sentidos es más importante. Si pensamos en
términos de supervivencia, no quisiéramos prescindir de ninguno de ellos pero la experiencia
nos ha enseñado que el oído y la vista son más frágiles que el resto y, por lo tanto, requieren
de más cuidados. Resulta interesante notar que la mayoría de las personas le dan más peso a la
vista. Esto se debe a que, para alguien sin impedimentos, es fácil darse cuenta de su
importancia tratando de valerse por sí mismo con los ojos vendados.
Es difícil creer que exista un individuo a quién ese sencillo experimento no le cause
angustia y frustración después de una hora o menos. Sin embargo, una experiencia similar con
respecto al oído es imposible y, por lo tanto, no hay posibilidad de comparar dichas
deficiencias. Lo que sí se puede comparar es el efecto que produce cualquiera de ellas en el
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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
Recurso Estratégico para el Futuro de los
Misioneros”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
ánimo y en el desempeño de las personas que lo sufren, y la observación cuidadosa de
diversos casos nos obliga a considerarlas como iguales o, al menos, similares en importancia.
Ninguno de nuestros sentidos es un lujo. Tampoco son simples mecanismos de supervivencia.
Para valorarlos en toda su dimensión es indispensable darnos cuenta de que son el
medio por el cual percibimos los mensajes enviados por otros individuos. Que esos mensajes
constituyen la base de la comunicación con nuestros semejantes y que, en última instancia, esa
comunicación es lo que nos hace humano. Por esta razón, no existe ningún pretexto válido
para negarle a nadie la posibilidad de oír mejor, ni siquiera a nosotros mismos.
Ahora se pasa a aclarar algunos conceptos que se refieren al presente proyecto a saber:
SORDERA
Las personas sordas son aquellas que tienen un daño en el oído medio o el oído interno,
a tal grado que no pueden percibir o discriminar el sonido.
La audición es producida cuando las ondas sonoras entran por el oído externo
conduciéndolas hasta llegar al cerebro a través del nervio auditivo. Si este nervio y otras partes
del oído interno están afectados o dañados, es como desconectar el enchufe de una máquina
eléctrica, esta no funcionará.
TIPOS DE SORDERA
1. Congénita
Es la sordera que se gestó en el momento de la fecundación.
2. Adquirida
Ocurre después del momento de la fecundación, durante la vida uterina.
Las causas de la sordera adquirida las recibe la madre, pero repercuten en el feto.
Ejemplos:

Rubéola en el primer trimestre de la gestación

Gas anestésico

Toxoplasmosis

Diversas infecciones

Ingestión de determinados tóxicos

Sedantes dados indiscriminadamente
3. Neo o Prenatal
Se produce en el momento del parto como consecuencia de:

Hemorragias auriculares

Uso de fórceps

Anoxia (falta de oxígeno por parto prolongado)
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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
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Provincia de Misiones

Sufrimiento fetal por estrechez pelviana

Ictericia patológica, por incompatibilidad de la sangre de la madre y el niño
4. Postnatal
Corresponde a cualquier momento posterior al parto. Las causas más comunes son:

Meningitis

Encefalitis

Traumatismo del oído-nariz, severo

Paperas

Epilepsia

Tuberculosis

Otitis reiteradas
HIPOACUSIA
Más de 50 decibeles de pérdida
SORDERA
Más de 75 decibeles de pérdida. Afecta la posibilidad de adquirir espontáneamente el
idioma hablado.
DECIBEL (db)
Es una unidad de medida de la intensidad sonora.
Cito como antecedentes, la Ley Nº 3939, sancionada en el año 2003, por la cual se
establece utilizar el Lenguaje de Señas Argentinas en las emisiones televisivas y en los
discursos de las actividades oficiales, educativas o sociales.
Es tal su importancia, que a través de esta ley, se busca garantizar la igualdad de
oportunidades para los sordos e hipoacústicos, primero desde las aulas en los colegios hasta
llegar a todas las áreas de la administración pública como privada, dándoles un mayor acceso
en su desenvolvimiento en la sociedad misionera.
Por estas breves consideraciones expuestas ut supra, solicito a mis pares el voto afirmativo
para la aprobación del presente Proyecto.
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