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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
Recurso Estratégico para el futuro de los Misioneros”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
OBLIGATORIEDAD DE COBRO CON TARJETA DE DEBITO A TODOS LOS COMERCIOS
QUE FACTURAN A CONSUMIDOR FINAL
ARTICULO 1.- Dispónese la obligatoriedad de habilitación de medios de pago con tarjeta de
débito a través de terminales electrónicas en todos los locales comerciales de expendio de
bienes y servicios que facturen a consumidores finales.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección General de Rentas de
la Provincia de Misiones y el Agente Financiero del Estado-Banco Macro será responsable de
abastecer a todos los establecimientos individualizados en el artículo 1° con terminales
electrónicas.
ARTICULO 3.- Los dispositivos electrónicos, mencionados en el artículo 2°, serán dados en
forma gratuita exclusivamente a los micros y pequeños establecimientos comerciales definidos
por la vía reglamentaria correspondiente.
ARTICULO 4.- El Agente Financiero del Estado será el organismo encargado de gestionar la
apertura de las cajas de ahorro necesarias para la implementación de la presente ley en
beneficio de los comercios enmarcados en el artículo 3°; reservándose a éstos últimos la
facultad de elegir la entidad bancaria y sucursal para desarrollar su operatoria.
ARTICULO 5.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Agente Financiero, será el
responsable de gestionar los acuerdos necesarios entre los comercios y las entidades
operadoras de tarjetas de crédito y débito a fin de que se abstengan de percibir comisiones por
las transacciones realizadas electrónicamente. Esta exención se aplicará a los comercios
enmarcados en el artículo 3° por el término que la reglamentación establezca, exclusivamente
a las operaciones de compra-venta con tarjetas de débito.
ARTICULO 6.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará lo dispuesto en la presente ley
dentro de los 60 días contados desde su publicación.
ARTICULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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“2012 – Año Provincial del Agua de las Misiones,
Recurso Estratégico para el futuro de los Misioneros”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La iniciativa que ponemos en consideración conlleva una multiplicidad de objetivos que
apuntan tanto a profundizar las acciones tendientes a reducir la economía informal, como a
facilitar a los micro y pequeños comerciantes su incorporación al sistema electrónico de pagos.
Para alcanzar estos objetivos, es necesario avanzar sobre diversas políticas orientadas a la
adecuación del sistema bancario, financiero y comercial. En concreto, este proyecto de ley
propone obligar a todos los comercios a contar con el sistema de venta electrónica.
El servicio de terminales de venta electrónica, denominado servicio de terminales POS (points
of sales, traducido al español como puntos de ventas), se compone de un dispositivo
electrónico que transfiere electrónicamente el dinero de una cuenta bancaria a otra, procesando
de esta manera los pagos que los clientes hicieran con tarjetas de débito y/o de crédito. Esta
transferencia se realiza vía línea telefónica, pero para los comercios que no cuentan con una
línea telefónica, existe una opción de terminales móviles y conexiones vía celular.
Para hacer viable y exitoso este proyecto, el Estado Provincial, a través de la Dirección
General de Rentas de la Provincia de Misiones, debe abastecer gratuitamente a todos los micro
y pequeños establecimientos comerciales con terminales POS de venta electrónica.
Cabe mencionar que, el gasto inicial que deberá realizar la Dirección General de Rentas de
Ingresos Públicos para efectuar la instalación de las terminales de ventas electrónicas se
saldará con la mayor recaudación que tendrá por la formalización de las compra-ventas como
efecto de este proyecto. Fomentar las transacciones con este medio de pago, disminuye las
operaciones bajo el régimen de informalidad y acarrea un mayor ingreso al ente recaudador de
manera permanente en el tiempo.
Este proyecto se inscribe también en la línea, de extender progresivamente la bancarización en
la actividad económica. La optimización de los servicios financieros mediante la
bancarización conlleva a la reducción de costos de las empresas y comercios, permite la
expansión de productos financieros e introduce la tecnología en la sociedad. Para favorecer el
proceso de bancarización, el Agente Financiero debe llevar adelante un programa de fomento
y publicidad de los medios de pagos electrónicos y mostrar las diversas variantes de pago, sus
ventajas, sin la utilización de efectivo.
Es nuestro propósito garantizar el acceso de los servicios financieros a toda la población,
especialmente a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, para que puedan hacer
libre uso de la tarjeta de débito asociada a dicha prestación. Para ello se requiere que
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Recurso Estratégico para el futuro de los Misioneros”
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la totalidad de los establecimientos comerciales ofrezcan el servicio de pago virtual, y para que
esto se cumpla se precisan dos requisitos: obtener el dispositivo POS y una cuenta bancaria.
En pos de esto último, es necesario que las entidades financieras ofrezcan a los comercios una
caja de ahorro de carácter gratuito en cualquier lugar del país. Es importante que el Agente
Financiero del Estado asegure la posibilidad a los micro y pequeños comerciantes de abrir una
caja de ahorro sin costo alguno para que los establecimientos no entren en gastos adicionales
por la implementación de este proyecto de ley.
Por otro lado, el Estado Provincial debe instar a las empresas operadoras de tarjetas de crédito
y débito a no cobrar ningún costo fijo mensual y ninguna comisión por la venta con tarjetas de
débito a los pequeños y micro comercios, esta exención se aplicará por el término que la
reglamentación obrada por el Poder Ejecutivo así lo establezca. Nuestra sugerencia al respecto
es que esta exención se aplique durante un año a partir de la implementación de este proyecto,
ya que resulta un período adecuado para que el comerciante efectúe un diagnóstico de este
nuevo modo de transacción, y un tiempo apropiado para efectivizar el proceso de
bancarización por parte de los individuos y los comercios.
Proponemos que la eximición de comisiones se aplique exclusivamente a las tarjetas de débito
porque la esencia de esta tarjeta consiste en un pago inmediato, la transferencia bancaria de los
fondos se realiza automáticamente entre las cuentas bancarias del comprador y vendedor. Caso
contrario es el pago mediante tarjeta de crédito, donde la transferencia por la compra-venta de
un producto o servicio se realiza con posterioridad. Permite extender el pago a unos días
posteriores y/o a pagar en cuotas. En este último caso, las comisiones están en relación al
diferimiento del pago a los compradores y además contempla un seguro por la probabilidad de
incobrabilidad del crédito concedido que el operador de tarjetas debe percibir.
La extensión de la bancarización, además de lo expuesto, permite extender también la
formalización de la economía. En Misiones es significativa la carencia de conciencia
tributaria. Si se intentase analizar el fenómeno de la evasión tributaria, se llega al
convencimiento que la tarea de elaboración de los efectos y causas requiere un enfoque
interdisciplinario, debido a su alto grado de complejidad y por la intervención de un
sinnúmero de factores que dilatan, incentivan o promueven el acto. Como lo expresa la
doctrina, la formación de la conciencia tributaria se asienta en dos pilares: el primero de ellos
es la importancia que el individuo como integrante de un conjunto social, le otorga al impuesto
que paga como un aporte justo, necesario y útil para satisfacer las necesidades de
la colectividad a la que pertenece, el segundo pilar se basa en que el mismo debe priorizar el
aspecto social sobre el individual, en tanto esa sociedad a la que pertenece el individuo,
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Recurso Estratégico para el futuro de los Misioneros”
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considere al evasor como un sujeto antisocial, y que con su accionar agrede al resto de la
sociedad. Para transmitir esta conciencia a todos los ciudadanos es muy importante la
presencia del Estado. Este proyecto de ley incentiva y colabora con el propósito de reducir la
evasión fiscal.
La bancarización del sector comercial, a través del pago de las transacciones con tarjetas de
débito y crédito restringe el uso de efectivo, esto hace no solo a la seguridad del individuo,
sino que además ayuda a formalizar la economía y a todo el trabajo informal ligado a ella.
Sintetizando, este proyecto de ley, impulsa el acceso de los comerciantes de menor tamaño al
mundo de los servicios financieros y en especial al comercio electrónico. Esta dinámica
además colabora con el blanqueamiento de la economía e impulsa la bancarización y
modernización de las transacciones comerciales en nuestra provincia. Presentado a la par del
proyecto de devolución del Impuesto al Valor Agregado en las compras con la tarjeta de
débito de los beneficiaros del programa Asignación Universal por Hijo, significará también un
beneficio adicional para los mismos al incrementar el número de comercios con los que
puedan operar.
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