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La Civilización del Amor
Creditos ............................................................................................................................................. 2
PRESENTACIÓN .............................................................................................................................. 3
PROLOGO......................................................................................................................................... 4
RELECTURA DE LA PROBLEMÁTICA ............................................................................................. 6
APUNTES PARA LA COMPRENSIÓN DEL FENÓMENO ........................................................................ 6
LA CRISIS HUMANITARIA ......................................................................................................................... 7
LA CONCIENCIA SOBRE EL DESPLAZAMIENTO FORZADO .............................................................. 7
UNA PROPUESTA PARA SU INTERPRETACIÓN .................................................................................... 8
¿QUIÉNES SUFREN EL DESPLAZAMIENTO FORZADO? ...................................................................... 8
LOS EFECTOS ................................................................................................................................................ 9
MARCO CONCEPTUAL .................................................................................................................. 10
CIVILIZACIÓN DEL AMOR ....................................................................................................................... 11
EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO ........................................................................................................ 12
LA CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA ............................................................................................. 13
PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA ...................................................................... 14
PARTICIPACIÓN COMUNITARIA ........................................................................................................ 15
PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACIÓN .................................................................................................. 15
NIVELES DE PARTICIPACIÓN ............................................................................................................. 15
LO PÚBLICO ............................................................................................................................................ 17
LO PRIVADO............................................................................................................................................ 18
EL ESTADO, LO PRIVADO Y LO PÚBLICO........................................................................................ 18
LA TRANSICIÓN ..................................................................................................................................... 19
EL AMBITO POLÍTICO ........................................................................................................................... 20
LA CONFIGURACIÓN TERRITORIAL ................................................................................................. 21
LOS DERECHOS HUMANOS ..................................................................................................................... 22
EVOLUCIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS DERECHOS ...................................................... 22
CLASIFICACION DELOS DERECHOS HUMANOS ............................................................................ 23
VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS ................................................................................. 24
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS ................................................................................ 24
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO ..................................................................................... 25
LOS TRIBUNALES PENALES INTERNACIONALES ......................................................................... 26
LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO .................................................. 27
LA ATENCIÓN INTEGRAL .................................................................................................................... 27
PREVENCIÓN .......................................................................................................................................... 29
ATENCIÓN DE EMERGENCIA O MITIGACIÓN DE NECESIDADES .............................................. 30
RESTABLECIMIENTO ............................................................................................................................ 31
REPARACIÓN .......................................................................................................................................... 31
LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA ................................................................................................ 32
FUNDAMENTOS DE LA DOCTRINA ................................................................................................... 32
EL NACIMIENTO DE LA DOCTRINA .................................................................................................. 33
LA IGLESIA Y LOS DERECHOS HUMANOS ...................................................................................... 34
UN NUEVO ESCENARIO ................................................................................................................ 35
LA ESFERA PÚBLICA ................................................................................................................................ 36
CONSTRUCCION DE LO PÚBLICO .......................................................................................................... 37
GOBERNABILIDAD .................................................................................................................................... 37
EMANCIPACIÓN ......................................................................................................................................... 38
EL TERRITORIO, ÁMBITO DE MORADA ............................................................................................... 39
PRINCIPIOS METODOLÓGICOS ................................................................................................... 40
EL SENTIDO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL.......................................................................................... 40
EL APRENDIZAJE COLECTIVO SE NUTRE DE: .................................................................................... 41
RETOS PARA LA ACCION ......................................................................................................................... 42
PROPUESTA PROGRAMÁTICA ..................................................................................................... 43
LINEAS DE ACCION ................................................................................................................................... 44
FORO ......................................................................................................................................................... 44
FORTALECIMIENTO .............................................................................................................................. 44
INCIDENCIA ............................................................................................................................................ 45
COOPERACIÓN ....................................................................................................................................... 46
PROPUESTAS POR FASES DE LA ATENCIÓN INTEGRALES ............................................................. 48
ANEXO 1 ......................................................................................................................................... 48
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS ..................................................... 48
ANEXO 2 ......................................................................................................................................... 52
PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DESPLAZAMIENTOS INTERNOS ................................................. 52
SECCION I ................................................................................................................................................ 52
SECCION II ................................................................................................................................................... 53
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA PROTECCION CONTRA LOS DESPLAZAMIENTOS ................. 53
SECCION III.................................................................................................................................................. 54
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN DURANTE EL DESPLAZAMIENTO .................. 54
SECCION IV ................................................................................................................................................. 58
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA HUMANITARIA ...................................................... 58
SECCION V ................................................................................................................................................... 59
PRONCIPIOS RELATIVOS AL REGRESO, AL REASENTAMIENTO Y LA REINTEGRACION ... 59
Creditos
© Secretariado Nacional de Pastoral Social
Sección de Movilidad Humana
Director
Mons. Héctor Fabio Henao Gavina
Obispos Asesores de la Sección de
Movilidad Humana
Mons. Francisco Javier Muñera Correa
Mons. Nel H. Beltrán Santamaría
Coordinador Sección de
Movilidad Humana
P. Mauricio Pontín, c.s.
Dirección Técnica
Fanny Uribe Márraga
Contenidos y Redacción
María Eugenia Montoya Montoya
Corrección de Textos
P. Mauricio Pontín, c.s.
Fanny Uribe Márraga
Diseño y Diagramación
Villamira Castro López.
Ilustraciones
María Eugenia Montoya Montoya
Impresión
Editorial Kímpres
PRESENTACIÓN
Para mejor programar el futuro de vez en cuando es bueno dar una mirada rápida al camino
andado. Y el trabajo que aquí presentamos cumple con esta función: agrupa un conjunto de
reflexiones, principios y análisis sobre la atención integral del fenómeno del desplazamiento
forzado, que son el fruto del trabajo realizado en el transcurso del año anterior.
Este documento quiere ser un sencillo aporté para quienes, como nosotros, se sienten abrumados
sea por la complejidad de las cosas que suceden con relación a la población en situación de
desplazamiento, sea por las implicaciones que el fenómeno tiene en el desarrollo físico, psíquico y
espiritual de las personas afectadas directa e indirectamente, como por las consecuencias sobre la
sociedad, de la que depende la construcción de la nación colombiana. Pero también fue escrito con
la convicción profunda de que no hay que tenerle miedo a la complejidad, convencidos de que
nada es inmutable cuando hay un empeño común para transformar el mundo que nos rodea y que
las grandes ideas deben ir acompañadas de proyectos concretos.
Para reflexionar sobre la atención integral tomamos como camino el análisis de las experiencias y
vivencias de casi todas las Jurisdicciones Eclesiásticas del país, que se juntaron en siete
regionales de pastoral social y permitieron el desarrollo de unos talleres sobre ^«elementos
conceptuales y metodológicos para el mejoramiento de la atención integral a las personas
afectadas por el desplazamiento forzado».
Los talleres fueron el escenario regional para tantear la realidad del fenómeno, construir
posibilidades para mejorar los conocimientos y descubrir las, intenciones, aportar elementos para
la reflexión, sin la pretensión de hacer de la atención integral un discurso cerrado, con la seguridad
de que el desplazamiento forzado amerita un trabajo cooperativo, mancomunado, solidario y
combinado con otros agentes con otros agentes como los Estado y las ONGs que, como nosotros,
tienen responsabilidades enormes en la transformación de las condiciones que alteran la dignidad
humana de las personas víctimas de este flagelo.
La atención integral del fenómeno del desplazamiento forzado y, por ende, de quienes lo sufren, ha
de hacer frente al desafío de construir un mundo más humano teniendo en cuenta su desarrollo
con equidad y con justicia social, donde todos-as en forma permanente hagamos reconocimiento
de los derechos y de los deberes que tenemos como personas y como ciudadanos-as. Desde la
perspectiva de los derechos y de la protección integral, tenemos el reto de influir en la
transformación de las viejas prácticas asistencialistas y paternalistas, que no permiten el
empoderamiento y la participación de las personas en la búsqueda de su bienestar para ir de la
mano del desarrollo de nuevas relaciones humanas y sociales.
Con la elaboración de este texto aspiramos ayudar al propósito de pensar la atención integral al
fenómeno del desplazamiento forzado como una apuesta por la «civilización del amor», desde la
perspectiva y el compromiso social que tiene la Iglesia Católica colombiana y su deber de aportar a
la construcción de un mundo menos confuso y contradictorio de cara a las futuras generaciones.
Durante el camino de un año, realizado en medio de diálogos, encuentros, talleres y escritos,
hemos descubierto la importancia de construir lenguajes comunes, que permitan la comunicación
permanente y fluida en procesos de análisis-acción-reflexión de los trabajos y esfuerzos cotidianos
por resarcir los daños individuales y colectivos que provoca el desplazamiento forzado en
Colombia.
Nuestro aporte se inscribe en el convencimiento de que la realidad del desplazamiento no está
plenamente conocida ni descrita con objetividad y que su solución no está escrita, y menos aun la
futura, por lo que juntos-as tenemos la posibilidad de irla construyendo con el esfuerzo y quehacer
del día a día, compartiendo las inquietudes, respuestas, sueños y esperanzas en nuestro
compromiso por la co-creación y la «construcción del Reino aquí y ahora.»
P. Maurizio Pontín, c.s.
Coordinador Sección Movilidad Humana
PROLOGO
Desde estas tierras hermosas de la Amazonía sur colombiana, bañadas por el Caguán, el
Orteguaza, el Caquetá, el Putumayo, entre otros, he podido gustar las primicias de este documento
«Una apuesta por la Civilización, del Amor», que recoge los «Lineamientos Conceptuales y
Metodológicos para la Atención Integral del Desplazamiento Forzado».
Creo que leerlo y reflexionarlo desde una de las regiones, que más ha experimentado a lo largo de
su historia el impacto del desplazamiento forzado, tiene hondas repercusiones personales, sociales
y pastorales. Considerando, además, que tal vez ninguna región del país ha sido exenta de esta
experiencia dolorosa, veo lo valioso y significativo que puede llegar a ser este documento, que se
nos ofrece por parte de la Sección de Movilidad Humana del Secretariado Nacional de Pastoral
Social.
Este documento es el fruto de un esfuerzo compartido y señala un compromiso solidario para todos
los operadores sociales y eclesiales involucrados en el trabajo con todas las personas víctimas del
desplazamiento forzado en Colombia. Como esfuerzo compartido, el documento es fruto de una
construcción común de diálogo y acercamiento entre unos y otros construido lentamente en talleres
y encuentros de trabajo.
De este esfuerzo compartido surge una nueva comprensión de este fenómeno, que ha venido
desangrando enteras regiones de nuestro país, y que sin embargo, aun no se visibiliza lo
suficiente, pasando todavía casi desapercibida la magnitud de su impacto social y llegando a
constituirse, como lo reconocen muchos, en una verdadera tragedia humanitaria.
Subyace en esta nueva comprensión la preocupación por hacer de las personas, que están
sufriendo, los verdaderos «sujetos gestores» de su propia dinámica de transformación. La clave
que anima esta visión es la del «empoderamiento» de las personas y grupos para que no
permanezcan indefinidamente en la situación de víctimas y, por tanto, objeto de una asistencia
paternalista por parte del Estado y de las diversas instituciones u ONG comprometidas con su
causa.
Es en esta perspectiva del «empoderamiento» personal, social, cultural y espiritual que el
documento ofrece, tanto a los sujetos gestores (las víctimas del desplazamiento) como a los
operadores sociales y eclesiales, un marco conceptual rico en referencias y aportes, entre los que
sobresale un estudio juicioso sobre el Estado Social de Derecho, los Derechos Humanos y el
Derecho Internacional Humanitario, que son la base para comprender y aplicar «los principios
rectores de los desplazamientos internos». Este marco ético y político es determinante a la hora de
juzgar y valorar el fenómeno objeto de este estudio.
Tratándose de una propuesta nacida desde el seno de la Iglesia, su base e inspiración es la
Doctrina Social de la Iglesia y el horizonte que nos abre es amplio: la construcción de la
Civilización del Amor; fundamentada en los pilares para la paz propuestos por el Beato Papa Juan
XXIII en su Encíclica Pacem in Terris, a saber: la verdad, la justicia, el amor y la libertad.
Dado que no se trata de un mero ejercicio académico explicativo de causas y efectos, el
documento apunta hada un compromiso claro y definido: trabajar por una atención integral
humanizante, efectiva y solidaria de las personas y grupos, los cuales son acompañados
progresivamente a través de las distintas fases (prevención - mitigación del impacto restablecimiento del proyecto de vida - reparación) hasta llegar al nuevo escenario que les
garantice la inclusión y reconocimiento social, con todos sus derechos y deberes.
Por tal motivo la propuesta que señala el documento se hace enormemente pedagógica y
operativa ofreciendo «líneas concretas de acción» que permitan hacer camino y dar pasos
significativos en la dirección correcta. A ello apuntan los Principios Metodológicos y la Propuesta
Programática con la que concluye el documento. Personalmente y a nombre de los Obispos de la
Comisión de Pastoral Social considero un deber de justicia agradecer de todo a Fanny Uribe y a
cada uno y una de los integrantes de la Sección de Movilidad Humana por apostarle y jugársela
con tanta pasión por nuestros hermanos y hermanas desplazados por el conflicto armado en
Colombia. Con sincero aprecio les digo «Gracias» por creer que es posible construir con ellos y
ellas el País que queremos: un hogar más humano, más solidario, más justo y fraterno, en paz y
reconciliado.
Con afecto y gratitud,
+Francisco Javier Muñera Correa, IMC
Obispo Vicario Apostólico de San Vicente –
Puerto Leguízamo
Asesor de la Sección de Movilidad Humana
RELECTURA DE LA PROBLEMÁTICA
APUNTES PARA LA COMPRENSIÓN DEL FENÓMENO
En Colombia parece aumentarse cada vez más la distancia entre el deseo colectivo y lo que se
logra colocando en tela de juicio tanto el sistema político-administrativo, comprendido como los
mecanismos para realizar dichos propósitos colectivos, como el Estado Por su incapacidad para
garantizar mediante el ejercicio de gobernabilidad democrática, la justicia y la seguridad que
requieren los ciudadanos-as.
La política es, en muchos casos, un ejercicio excluyente, corrupto e ineficaz que interfiere Y
obstaculiza el desarrollo de las comunidades, reduciéndoles su participación real en el gobierno, lo
cual marca su divorcio con la moral, ya que al ser ejercida con sentido de oportunismo individual,
carece de liderazgo para el logro de objetivos comunes como la erradicación de la pobreza, la
construcción de la soberanía nacional y la búsqueda de la paz.
Por su parte, el modelo económico no se compadece con la propuesta democrática planteada en la
Constitución Nacional, al no generar para toda la población, la posibilidad real de participar
equitativamente en los beneficios del crecimiento económico, los cuales, contrariamente, se cierran
cada vez más sobre una pequeña franja de dicha población ampliando así, la pobreza de
colombianos-as.
La educación que debería formar al ciudadano-a para la convivencia y la construcción colectiva del
país deseado por todos-as se limita a preparar y entrenar hombres y mujeres para satisfacer las
insaciables expectativas del mercado, dejando de ser el dispositivo social que garantice el
bienestar colectivo y el escenario de construcción de ciudadanía y de generación de conciencia
colectiva para convertirse en un mecanismo de exclusión.
En este contexto uno de los fenómenos más alarmantes en Colombia es el éxodo de personas,
familias y poblaciones enteras, que son desarraigadas de sus lugares de residencia y forzados a
huir a otros lugares, como albergue, en donde buscan reconstruir sus vidas lejos del control
autoritario y de las amenazas de los grupos armados, que pretenden la dominación exclusiva del
territorio con motivos económicos, estratégicos o bélicos.
El desplazamiento forzado en Colombia es muy complejo y profundamente heterogéneo, difícil de
comprender por los rasgos que facilitan que se diluya en el marco de las marginaciones y
exclusiones en las que vive un alto porcentaje de la población, in visibilizando esta situación que
genera una crisis humanitaria de gran envergadura.
En el país el desplazamiento forzado no es una situación coyuntural de agudización del conflicto
armado interno; es un fenómeno que ha tenido presencia desde la Constitución de la República y
hace parte de la memoria de múltiples familias que contribuyeron en otras épocas a la expansión y
desarrollo urbano del país. En él han participa do y continúan participando una gama de grupos
armados que presentan diferencias, de acuerdo con las regiones donde se establecen y el
momento histórico de su accionar.
Esta situación tan prolongada cuestiona la legitimidad del Estado, interfiere en la gobernabilidad e
interpela la nación colombiana con respecto al ejercido pleno de la ciudadanía en un marco
democrático y participativo, al poner permanentemente en vilo la libertad y la seguridad individual y
social de la población.
LA CRISIS HUMANITARIA
El incremento y expansión a todo el territorio nacional en los últimos años del desplazamiento
forzado en Colombia, como producto de la naturaleza de los enfrentamientos armados y sus
particularidades regionales, es un signo que expresa las múltiples violaciones a los Derechos
Humanos y la trasgresión al Derecho Internacional Humanitario.
Sin embargo, con la agudización del conflicto armado interno en las dos últimas décadas, en el que
el desplazamiento forzado se ha tornado en catástrofe humanitaria, la violación sistemática de los
Derechos Humanos se ha hecho visible gracias a que la Iglesia Católica logró situarla, poco a
poco, como preocupación vital sobre el desarrollo humano y social del país, que menoscaba la
dignidad humana y conculca los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política
para un grupo cada vez mayor de colombianos.
En consecuencia, la Iglesia Católica plantea sistemáticamente que el tema del desplazamiento
forzado debe ocupar un lugar preponderante en las agendas de los gobiernos nacional,
departamental y municipal, y convoca la solidaridad y el respaldo de amplios grupos de la sociedad
civil y de organismos nacionales e internacionales.
LA CONCIENCIA SOBRE EL DESPLAZAMIENTO FORZADO
En Colombia solo en 1995, un año después de la culminación de la primera investigación a nivel
nacional de la Conferencia Episcopal de Colombia, se oficializó el «status» de desplazado y se
formuló, en consecuencia, el primer programa Nacional de Atención a la Población Desplazada
porta Violencia, conocido como el documento CONPES 2804 del Ministerio del Interior y el
Departamento Nacional de Planeación.
Para este programa el gobierno nacional retoma la definición de desplazados de la Consulta
permanente sobre desplazamiento en América que dice:
Desplazado es toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional,
abandonando su localidad de resistencia o actividades económicas habituales, porque su vida. su
integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran
amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno,
disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos
humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de
las situaciones anteriores que puedan alterar drásticamente el orden público.
Dadas las diferencias regionales y las dinámicas bélicas de la guerra en Colombia, en la situación
de desplazamiento forzado predomina la dimensión regional sobre lo nacional, por lo que se hace
necesario conocer e interpretar sus diferencias, por cuanto que, mientras en algunos territorios el
fenómeno es agudo, en otros parece no ocurrir nada y de un año a otro puede variar
significativamente la forma como se presenta, ya que, de los desplazamientos masivos de
pequeñas colectividades y veredas completas como Bojayá que son visibles ante la sociedad, pasa
a desplazamientos individuales cíe personas y de familias, que van saliendo gota a gota y en
silencio de sus (territorios, haciéndose invisibles ante la sociedad.
UNA PROPUESTA PARA SU INTERPRETACIÓN
El desplazamiento forzado afecta profundamente la condición humana al poner en cuestión la
relación que debe existir entre la dignidad, los derechos y la solidaridad, que interpela la dimensión
juríco-normativa del país, y los ejercicios de gobernabilidad sustentados en la autonomía moral y
política como producto de la prularidad y de las diferencias culturales. Cuestiona el reconocimiento
y ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, como oportunidades reales de la
población para reducir las desigualdades y exige procesos de inclusión como una práctica
sociopolítica de respeto y solidaridad. En síntesis, descubre la inexistencia del Estado Social de
Derecho.
Interpretar el fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia exige reconocer tanto la
especificidad regional de las dinámicas bélicas, la heterogeneidad del conflicto, la pluralidad de los
actores responsables como la necesidad de acercarse a comprender la diversidad de las causas
que lo producen.
Entre las causas están: las presiones por la tenencia de la tierra, los intereses en torno a los
megaproyectos del Estado, la lucha por el control sobre zonas ricas en metales preciosos y
productos energéticos o por territorios donde se cultiven plantas alucinógenas, control político de la
población, situaciones que se ven agudizadas por los altos niveles de impunidad y de corrupción.
En general, toda una gama de intereses particulares por el dominio de factores de gran riqueza
económica imbricados y confundidos con los asuntos de la guerra pública sin que sea posible
establecer una línea diferencial entre lo político-militar y lo individual privado.
¿QUIÉNES SUFREN EL DESPLAZAMIENTO FORZADO?
Los desplazados en Colombia no están definidos por una identidad preexistente; los únicos rasgos
que parecen tener en común son su condición de víctimas del conflicto armado, su situación de
exclusión y desarraigo, la ausencia de reconocimiento y las heridas morales y psicológicas
producidas por el despojo y el olvido. Si algo predomina en las personas en situación de
desplazamiento es la heterogeneidad, ya que son personas de todas las etnias y clases quienes
conforman el contingente de desplazados, lo que equivale a que cualquier persona en el territorio
nacional, puede considerarse una víctima potencial.
En este sentido, el desplazamiento forzado no es solamente un efecto provocado por las acciones
de los actores armados, ya que hace parte de la configuración sociodemográfica en la que se
sustenta y soporta el «desarrollo económico» del país, que para sus obras demanda mano de obra
barata y dominio territorial, provocando a su paso una revalorización de la tierra y los recursos
naturales, transformando la vocación productiva de sus pobladores, de tal manera que, zonas que
durante años habían sido cultivadas por los campesinos, ahora tienen otro valor derivado de
intereses particulares por proyectos que a su vez exigen obras de infraestructura como vías,
transportes y energía por lo que el campesino debe abandonarlas o venderlas a precios muy bajos,
presionado por la violencia.
El desplazamiento forzado y su acelerado y creciente proceso está produciendo cambios
profundos y transformaciones radicales en las culturas regionales, que se pueden interpretar como
una nueva estructura de colonización, sobre todo urbana, que implica una reinvención de las
identidades culturales y políticas.
La presencia en las ciudades de población desplazada por la violencia agudiza la exclusión, la
intolerancia y la inequidad; situaciones que ponen en cuestión la legitimidad y el poder del Estado y
por ende su capacidad para construir consensos.
Desde la complejidad del fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia y su tardía
intervención por parte del Estado, es necesario reconocer su amalgamiento e interacción con otras
categorías sociales como los destechados y los pobres históricos, ampliando aún más su
problemática, a tal punto que en el país no se habla de la situación de desplazamiento forzado de
tal o cual persona, sino de «los desplazados», negando así la transitoriedad de la situación y
colocándola como una condición propia de las personas en algunos casos, y en otros,
abordándose como una posición social, política y económica.
Por ello durante años cientos de familias han permanecido en situación de desplazamiento,
soportando una violación permanente de sus derechos fundamentales, sin ofertas de soluciones
que garanticen las condiciones de protección y dignidad en el largo Plazo, que les Permita la
superación real de la condición de desplazados. Esto porque la sociedad colombiana en su
conjunto y el Estado no son conscientes de los efectos culturales, políticos, sociales, económicos y
ambientales del desplazamiento forzado en el país.
LOS EFECTOS
La situación de desplazamiento en las personas produce una desactivación de las identidades
sociales y culturales, que surge desde las explicaciones de los actores del conflicto para justificar
sus acciones de desarraigo e intimidación.
La desactivación de las identidades previas y su reemplazo por las imputadas tiene una clara
incidencia en la estigmatización de las personas, generando un entramado común entre quienes se
hallan en situación de desplazamiento, soportado en su vivencia de despojos, pérdidas y
desarraigos, en las heridas morales ocasionadas, en el sentimiento de exclusión y en la ausencia
de reconocimiento social.
Es en este entramado de exclusión, donde las personas desplazadas deben encontrar nuevos
elementos de auto-conocimiento y re-conocimiento que les permita construir su nueva identidad
social y política, desde la cual se puedan reconocer como sujetos de pleno derecho en la
comunidad nacional.
Las luchas por este reconocimiento favorecen en las personas en situación de desplazamiento la
autoestima, el auto respeto y la autovaloración, que les posibilita transformar los sentimientos de
injusticia derivados de la sensación de menosprecio, deshonra y rabia por la desposesión de
derechos y motivan la búsqueda de condiciones de integridad personal, dignidad humana y justicia
social.
Es en este contexto ético y político donde se pueden definir las reparaciones y las
compensaciones que los Estados, gobiernos, los actores responsables y los colectivos sociales
deben asumir para con todos los afectados por este desastre humanitario, estableciendo bases
firmes para un desarrollo democrático.
Causas y Efectos del Desplazamiento Forzado
tabla
MARCO CONCEPTUAL
La magnitud de la problemática del desplazamiento forzado exige cuestionar el papel ejercido por
el Estado, la sociedad civil, las iglesias y las mismas personas que enfrentan esta difícil situación,
para contrarrestar la violación sistemática de los Derechos Humanos.
En los últimos 10 años, se han venido incrementando las organizaciones no gubernamentales
(ONG), que buscan atender esta problemática en ele país, dando respuestas inmediatas a las
urgencias humanitarias y a las múltiples demandas de la población, con un fuerte énfasis
coyuntural y con enfoques la mayoría de las veces asistenciales, que si bien alivian
momentáneamente el sufrimiento de las personas, no logran facilitar procesos de empoderamiento
para la restitución de derechos al victimizar socialmente a las personas en situación de
desplazamiento y por ende estigmatizarlas.
Desde las perspectiva de la civilización del amor, la atención integral para erradicar el
desplazamiento forzado y promover el desarrollo de acciones con las personas que sufren este
flagelo exige en primer lugar la responsabilidad compartida de todos los actores de la sociedad,
pero es al Estado a quien corresponde impulsar las políticas y quien debe recoger el consenso
ciudadano, las diversas iniciativas en beneficio de la población en términos de proteger los
derechos.
Proteger la población en situación de desplazamiento es un deber del Estado en cuanto signatario
a nivel internacional de la Convención de los Derechos Humanos, del Derecho Internacional
Humanitario de los Protocolos de Ginebra y de los Principios Rectores de los Desplazamientos
Internos de las Naciones Unidas y ante la población del país por la obligación de proteger y
garantizar los derechos consagrados en la Constitución Política.
Para proteger los derechos el Estado puede actuar de diferentes maneras: en forma directa a
través de las acciones de los servidores - as públicos de sus entidades, como la Red de
Solidaridad Social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; Procuraduría, Defensoría del
Pueblo, Juzgados, o a través de ONGs y demás organizaciones cívicas, sociales o políticas, como
las Juntas de Acción Comunal, las Juntas Administradoras Locales.
Proteger es velar garantizar que los derechos se expresen en oportunidades reales para que los
ciudadanos-as, puedan disfrutarlos, lo cual requiere de la corresponsabilidad o responsabilidad
compartida entre el Estado, la sociedad y los ciudadanos-as.
En Colombia es muy amplio el número de personas cuyos derechos no se encuentran plenamente
garantizados, por ello son cada vez más crecientes las familias y comunidades en situación de
desplazamiento forzado.
Se violan los derechos tanto por acciones violentas de los grupos armados que irrespetan el
derecho a la vida, a la integridad física y psicológica, como por la carencia y ausencia de
oportunidades por parte del Estado para el acceso a condiciones que permitan seguridad y un
desarrollo individual y social o por la omisión de los ciudadanos a acceder y exigir los servicios
necesarios para lograrlo o producto de las acciones de carácter estratégico y táctico militar; que
ponen en riego la integridad y pleno desarrollo de la población.
En estas situaciones de violación o vulneración de derechos participan como responsables varios
actores y existen por lo menos siete grandes factores como causales:







Carencia de una cultura de valoración y reconocimiento de los Derechos Humanos y de los
derechos y deberes constitucionales.
Problemas estructurales que dan como resultado la inequi9dad de oportunidades y la falta
de garantías plenas para el ejercicio de derechos.
Pérdida de convivencia ciudadana.
Conflicto armado.
Ilegalidad en diverso ámbitos.
Deslegitimación del Estado.
Subordinación de lo público a intereses privados.
Las respuestas a la violación y vulneración de los derechos a las personas en situación de
desplazamiento generalmente son coyunturales, que si bien alivian la situación de muchas
personas, no constituyen una solución de fondo a la situación.
«... el proceso de construcción de sociedad en un país como Colombia en el mundo de hoy ha de
abordar la reflexión, concienciación y compromiso en torno a la observancia de valores, principios y
compromisos rectores para el relacionamiento entre ciudadanos y ciudadanos-sociedad-Estado en
el contexto de una democracia incluyente y deliberativa y de una modernidad reflexiva y bajo un
proceso de globalización como el imperante»
CIVILIZACIÓN DEL AMOR
La Civilización del Amor es la «utopía» que la Iglesia Católica, como pueblo de Dios, le propone a
los hombres y mujeres de nuestro tiempo, semejante al faro que ilumine los proyectos de la
sociedad con la esperanza de dirigir los esfuerzos de la comunidad hacia la construcción de un
mundo más humano, más justo y más fraterno.
«La espera de una tierra nueva no debe amortiguar, sino más bien avivar la preocupación de
perfeccionar esta tierra, donde crece el cuerpo de la nueva familia humana, el cual puede de
alguna manera anticipar una vislumbre del siglo nuevo” »
En esta perspectiva es necesario aclarar que la utopía para la Iglesia Católica es una «crítica de la
sociedad existente que provoca con frecuencia la imaginación, prospectiva a la vez, para percibir
en el presente lo posiblemente ignorado que se encuentra inscrito en él y para orientar hacia un
futuro nuevo; ella (la utopía) sostiene así la dinámica social por la confianza que da a las fuerzas
inventivas del espíritu y del corazón humano; y si no rehúsa ninguna apertura, puede también
encontrar nuevamente el llamamiento cristiano. El espíritu del Señor que anima al hombre
renovado en Cristo, cambia sin cesar su seguridad y los límites donde su acción se encerraría de
buena gana; lo penetra una fuerza que lo llama a superar todo sistema y toda ideología. En
corazón del mundo permanece el misterio del hombre que se descubre hijo de Dios en el curso de
un proceso histórico y psicológico, donde luchan y se alternan presiones y libertad, gravedad del
pecado y soplo del espíritu».
«Nada es divino y adorable fuera de Dios. El hombre cae en la esclavitud cuando diviniza o
absolutiza la riqueza, el poder, el Estado, el sexo, el placer o cualquier creación de Dios, incluso su
propio ser o su razón humana. Dios mismo es la fuente de la liberación radical de todas las formas
de idolatría, porque la adoración de lo no adorable y la absolutización de lo relativo, lleva a la
violación de lo mas intimo de la persona humana: su relación con Dios y su realización personal...
la caída de los ídolos restituye al hombre su campo esencial de libertad. Dios, libre por excelencia,
quiere entrar en diálogo con un ser capaz de hacer sus opciones y ejercer sus responsabilidades
individualmente y en comunidad. Hay pues una historia humana que, aunque tiene su consistencia
propia y su autonomía, está llamada a ser consagrada por el hombre a Dios. La verdadera
liberación, en efecto, libera de una presión para poder acceder a un bien superior».
«Los bienes y riquezas del mundo, por su origen y naturaleza, según voluntad del Creador, son
para servir efectivamente a la utilidad y provecho de todos y cada uno de los hombres y los
pueblos. De ahí que a todos y cada uno les compete un derecho primario y fundamental,
absolutamente inviolable, de usar solidariamente esos bienes, en la medida de lo necesario, para
una realización digna de la persona humana. Todos los demás derechos, también el de propiedad
y libre comercio, le están subordinados. Como nos enseña Juan Pablo II: «Sobre toda propiedad
privada grava una hipoteca social». La propiedad compatible con aquel derecho primordial es más
que nada un poder de gestión y administración, que si bien no excluye el dominio, no lo hace
absoluto ni ilimitado. Debe ser fuente de libertad para todos, jamás de dominación ni privilegios. Es
un deber grave y urgente hacerlo retornar a su finalidad primera».
De esta utopía surge entonces una serie de ideas fuerza, que movilizan acciones individuales y
colectivas, sobre una cosmovisión, una forma de ver el mundo y el papel co-creador de los
hombres y las mujeres para la construcción de una civilización que desarrolle valores
trascendentes sobre la base de la «evangelización liberadora que tiene su plena realización en la
comunión de todos en Cristo según la voluntad de Padre de todos los hombres”
Estas ideas orientan la construcción de modelos de sociedad a partir de la participación y la
comunión, producto del amor como fuerza que activa la solidaridad, la fraternidad, el respeto por la
dignidad humana, en donde prime la ética sobre la técnica y la persona humana sobre las cosas.
«La esperanza de que la búsqueda de bondad y virtud puede ser pospuesta hasta que hayamos
alcanzado la prosperidad universal y que con la multiplicación de la técnica y de la riqueza, sin
devanarnos los sesos a cerca de cuestiones morales y espirituales, podríamos establecer la paz
sobre la tierra, es una esperanza irreal, anticientífica e irracional. En términos cristianos, el
verdadero trabajo por la paz universal parte de los contenidos éticos y espirituales: «Trabajar por la
justicia, por la verdad, por el amor y por la libertad, dentro de los parámetros de la comunión y de la
participación, es trabajar por la paz universal» (Puebla, Mensaje a los Pueblos No 8).
Realizar una aproximación de la atención integral a la población desplazada, como una apuesta a
la construcción de la Civilización del Amor, exige estructurar un marco de referencia desde:
El estado Social de Derecho y sus implicaciones.
Los Derechos Humanos y los principios que orientan la garantía de los derechos: protección
integral, corresponsabilidad, efectividad e interés superior y los Principios Rectores para la
Atención Integral a los desplazados.
La Doctrina Social de la Iglesia como fundamentación ética de la atención
EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
El Estado, como concepto, es una construcción histórica de la humanidad, que surge de la
necesidad de una sociedad específica de tener formas más generales y abstractas de autoridad y
control de sus propias dinámicas sociales y se concreta en una estructura permanente en la que se
organiza una nación. Por ello, el Estado es un asunto colectivo que representa el todo social y que
exige la responsabilidad de todos.
El Estado Social de Derecho se soporta en unos principios que orientan la responsabilidad de los
órganos que conforman la estructura del Estado para garantizar la convivencia de los ciudadanos y
ciudadanas, los cuales se encuentran en la Carta Política y exigen un Estado constitucional y
democrático como garante de la libertad y la dignidad humana, y demandan de los individuos y las
instituciones la sujeción al derecho como marco de las acciones individuales y colectivas y se
comprometen con la efectividad del principio de igualdad y justicia para todos y todas.
Desde la doctrina Constitucional el Estado Social de Derecho está integrado por “cuatro
componentes en interacción recíproca:
a) el ser humano como epicentro del derecho;
b) el objetivo social del Estado;
c) la concepción democrática del Poder; y
d) La sumisión del Poder a la disciplina del Derecho” -8De acuerdo con los planteamientos de Ciro Angarita, el Estado Social se compromete “con el
respeto a la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad entre las personal y con la promoción de las
condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, así como a adoptar medidas a favor de
grupos discriminados o marginados; todo esto lo transforma en institución sensible en alto grado a
la satisfacción de necesidades fundamentales de los débiles y discriminados de la población”
El Estado Social de Derecho tiene una relación muy estrecha con el bienestar general de la
población, por el reconocimiento a la dignidad de la persona humana y la incorporación de los
derechos individuales inherentes al sujeto en sí mismo, como el derecho a la vida, a la integridad,
al buen trato, los derechos civiles y políticos definidos desde la libertad y la participación, los
derechos económicos, sociales y culturales, que soportan las condiciones materiales adecuadas
para el desarrollo humano en las que se encuentran el trabajo, la educación y la salud.
En el Estado Social de Derecho, las instituciones se ponen al servicio del ser humano para
garantizar y preservar su dignidad, lo que implica que las autoridades se comprometan con
acciones sobre todo en lo social, que garanticen condiciones de igualdad y equidad para preservar
una vida digna para todos y todas en el marco de la promoción humana y de la justicia material.
LA CONSTRUCCIÓN DE CIUDADANÍA
En el Estado Social de Derecho los individuos se erigen como ciudadanos con la responsabilidad
de participar activamente en el destino histórico de la nación, convirtiendo a la democracia en uno
de sus elementos fundamentales para que los ciudadanos a través de los espacios de
participación/ ejerzan influjo permanente en las decisiones públicas.
Las personas convertidas en ciudadanos ya no pueden ser percibidas como objeto pasivo frente al
Estado; se convierten en sujetos de derechos y se constituyen en el fundamento de las normas
jurídicas a partir de las cuales el Estado debe proteger y garantizar su desarrollo.
La ciudadanía tiene tres dimensiones fundamentales claramente diferenciadas pero estrechamente
vinculadas entre sí, que se conocen como ciudadanía civil, política y social, de acuerdo con la
categoría de derechos reconocidos por la Constitución Política.

La ciudadanía civil se refiere a los derechos de Primera Generación, casi siempre de orden
individual como el derecho a la vida/ a la libertad, a la igualdad y oportunidad, a la
personalidad jurídica, a la intimidad personal y familiar; al libre desarrollo de su
personalidad, a la libertad de conciencia, a circular libremente por el territorio nacional, al
trabajo en su doble dimensión del derecho y de obligación social.

La ciudadanía política está referida a la participación, conformación y ejercicio del poder
político, a la posibilidad de elegir y ser elegido para ejercer cargos en la administración de
las instituciones del Estado, a tomar parte en plebiscitos, referendos, consultas populares y
otras formas de participación democrática, como revocatorias al mandato y a presentar
iniciativas para ser estudiadas en las corporaciones públicas.

La ciudadanía social contempla por su parte toda la gama de derechos económicos,
sociales y culturales como la protección a la familia, con su doble responsabilidad por parte
del Estado y de la sociedad a la seguridad social, a la vivienda, a la recreación y el deporte,
a la educación, y a la cultura, el derecho a un ambiente sano, a los recursos naturales y al
espacio público.
Ciudadano es toda persona capaz de crear o de modificar, en cooperación con otros, el orden
social, que quiere vivir, cumplir y profesor para lograr la dignidad de todos. El ejercicio de la
ciudadanía se comprende como la capacidad de crear ese nuevo orden social en cooperación con
otros.
En este marco surge la participación como el medio por el cual se construye la democracia y exige
de los ciudadanos y ciudadanas compartir las decisiones que afectan su vida particular y la vida de
la comunidad donde se vive.
PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
La democracia participativa consiste en transferir la soberanía a sus legítimos dueños, la
ciudadanía y exige a todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas LIBERTAD DE DECIDIR
CON RESPONSABILIDAD.
LIBERTAD Todo ciudadano es libre en el más amplio sentido de: vivir; decidir sobre su futuro y el
de su país; disponer de su persona, de su vida privada y de su familia; relacionarse y reunirse;
producir; contratar bienes o servicios; comprar y poseer; publicar, transmitir o comunicar por
cualquier medio su pensamiento y en general de actuar de acuerdo a sus convicciones, con las
únicas limitaciones de no dañar el honor, los intereses o la sensibilidad de los demás habitantes de
la Nación.
DECISIÓN Todo ciudadano es dueño de sí mismo y de su cuota como parte del destino de la
Nación. La soberanía de la misma reside en la ciudadanía, sin intermediación de ningún tipo. Toda
decisión de gobierno, a todos los niveles/deberá contar con la aprobación de la mayoría de las
voluntades de los ciudadanos a los que afecte. Los funcionarios e instituciones públicas
solo podrán servir de herramientas para instrumentar la toma de decisión y la ejecución mandada
por la ciudadanía.
RESPONSABILIDAD Todo ciudadano es responsable de sus actos y decisiones, frente a sí, frente
a sus semejantes y frente a la Nación. El tomar conciencia de que cada una de las libertades y
decisiones conlleva una responsabilidad ineludible será condición indispensable para poder hacer
efectivas esas libertades. Hasta aquí lo medular de la propuesta.
El poder no es un ente ajeno a la vida cotidiana, pues circula en la lógica de las culturas, le
imprime coherencia a las expresiones vitales de los grupos sociales, canalizando el pensamiento,
que define los saberes y le da forma a la acción conjunta que se expresa en la vida pública como
producto colectivo, enriqueciendo así la dinámica participativa. Por ello abordar la participación en
cualquiera de sus expresiones, incluso en el juego como mimesis del imaginario social, implica
darle un vuelco a la cultura dominante, como la llama Gramsci, concibiendo la lógica cultural como
el «enrejado de raíces simbólicas que da consistencia al conjunto de manifestaciones vitales de un
grupo».
PARTICIPACIÓN COMUNITARIA
La participación es una variable cultural que depende del sistema lógico que atraviesa la cultura y
que recorre todos los campos de la vida ciudadana: político, económico y social.
Cuando la cultura se integra, surge una idea clara de lo que es participación, que exige unas
categorías lógicas que convierte en forma de vida la concepción participativa del ejercicio del
poder.
La participación, entonces, es ser parte de y tomar parte en las decisiones que afectan de manera
particular al grupo o comunidad que busca el mejoramiento de las condiciones sociales,
económicas, culturales o ambientales en un ámbito geográfico determinado.
PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACIÓN
Para hacer efectiva la participación se requiere que las organizaciones sociales estén en un
ambiente democrático, tengan autonomía, concebida como el ejercicio de la libertad, y sean
solidarias.
El ambiente democrático se concibe como la posibilidad real no nominal de intervenir en igualdad
de condiciones, desde las diferencias, en la definición de los objetivos comunes, según reglas de
juego transparentes aceptadas por la mayoría de los miembros, donde se tiene la actitud de
escuchar y ser escuchado.
La autonomía, por su parte, es la capacidad para decidir y actuar en forma independiente, libre y
responsable, expresada en un trabajo en equipo, cuyos miembros deben estar integrados con el fin
de lograr los propósitos comunes a través de la solidaridad como enclaves que permiten la
construcción del desarrollo local y regional.
NIVELES DE PARTICIPACIÓN
La forma como las personas individuales o colectivas participan, de acuerdo con las condiciones
organizativas, de recursos y condiciones objetivas y subjetivas, permite acceder a diferentes
niveles de participación como los siguientes:
Tabla
GESTION
Es el manejo de un conjunto de recursos de muy diversa índole, destinado a ejecutar las acciones
necesarias para obtener un resultado final (manejo de una situación, solución de un problema,
satisfacción de una necesidad)
DECISION
Es la adopción de una idea o de una forma de actuación sobre un problema, escogida a partir de la
formulación de dos o más alternativas
CONCERTACION
Es el acuerdo mediante el cual dos o más personas o grupos de una colectividad definen la
solución más conveniente para un problema y los medios para ejecutarla.
FISCALIZACION
Es la vigilancia que ejerce una persona o un grupo sobre el cumplimiento de las decisiones
tomadas.
INICIATIVA
Es la formulación de sugerencias por parte de los agentes participantes, destinadas a resolver un
problema o transformar una situación.
CONSULTA
Es el procedimiento mediante el cual los participantes opinan sobre todos o algunos de los
aspectos de un problema o situación. Esa opinión constituye un elemento de juicio para la toma de
decisiones.
INFORMACIÓN
Es el conjunto de datos, hechos, nociones y mensajes a través de los cuales los participantes
conocen e interpretan una situación y adquieren elementos de juicio para su conducta
El concepto de participación es visto como un proceso dinamizador donde la comunidad crece y se
fortalece, a través de sus decisiones que en sí favorecen en forma positiva las condiciones de vida
que afectan la cotidianidad de la comunidad comprometiéndose en forma colectiva con sus
problemas, sus soluciones y su propio futuro.
A partir de allí, el ciudadano es sujeto activo, que modifica el ambiente ampliando los recursos para
un futuro más ajustado a su condición humana y al desarrollo de la misma.
Lo anterior genera un nuevo Contrato Social, que presupone un Estado Social de Derecho y una
sociedad donde los Derechos Humanos sean posibles, con nuevos elementos en la relación
Estado-Sociedad, dándole sentido al concepto de ciudadanía, ligado al reconocimiento de los
derechos.
La ciudadanía se forma en los espacios de socialización, en donde se construyen y se transforman
los valores y el sentido de la vida individual y colectiva, comprendidos como los lugares o
instancias en donde se adquieren y transforman los modos de pensar sentir y actuar en relación
consigo mismo, con los otros y con la colectividad.
De estos espacios emerge el fortalecimiento y transformación de las instituciones públicas y
privadas: la familia, la calle, la escuela, las organizaciones comunitarias, profesionales y sociales;
las organizaciones intermedias y gremiales, la empresa, las iglesias, los partidos y los medios de
comunicación, entre otros.
Existe en consecuencia una voluntad y una obligación implícita frente a la norma, es decir dentro
del marco constitucional y jurídico vigente que establece un límite en la capacidad de acción de las
ramas del poder ejecutivo, legislativo, judicial y del ministerio público o los órganos de control.
Surge lo público como el espacio de encuentro entre el Estado y la sociedad organizada en
diferentes grupos, que buscan la reivindicación, protección y garantía de derechos, en el marco de
la vida ciudadana en el camino de construir consensos a través de la sociedad civil.
«La sociedad civil es un nuevo espacio público donde no existe coerción sino que por exigencias
de la libertad con responsabilidad existen grupos, instituciones que, sin ser del Estado, quieren y
se comprometen a llevar a cabo su responsabilidad a través de exigencias de justicia y propuestas
de solidaridad en la vida social... a poner todos los medios innovadores y racionalizadotes para que
la libertad sea realmente posible, cosa imposible sin justicia y solidaridad”
Desde la Constitución Política de 1991, Colombia es un Estado Social de Derecho, en el cual todos
los actores sociales tienen un rol que cumplir y las políticas, los programas y los planes de
desarrollo ya no son de responsabilidad exclusiva del gobierno sino que se espera que la Sociedad
Civil participe organizadamente para lograr que todas y todos puedan vivir dignamente.
LO PÚBLICO
El debate actual sobre lo público y lo privado surge en forma simultánea con el desarrollo de la
globalización, la expansión del neoliberalismo y las propuestas de reducción del Estado, que
convoca de alguna manera a los teóricos a cuestionar nuevamente viejos temas como cuáles son
las instituciones, fundones y actividades de las cuales el Estado puede prescindir sin perder su
sentido y cuáles puede trasladar a los particulares sin perder su razón de ser sin desnaturalizarse
Lo público contiene lo estatal, que se inscribe en las diversas ramas del poder publico, el gobierno
como expresión del ejecutivo, las diversas instituciones que lo componen implica además las
burocracias institucionales de los poderes legislativo y judicial, pero no se agota en el aparato
estatal; lo implica pero lo desborda en la acción y en la y en la relación.
Lo público es lo común a todos y se ubica en la esfera de la acción política, para la construcción
del orden social, que se logra con procesos comunicacionales, mediante argumentaciones con
ánimo de convencer y no de imponer. Es decir; lo publico es el espacio de acción del ciudadano y
tiene que ver con todos aquellos objetos abstractos o concretos que le pertenecen al colectivo y
que no pueden ni estatizarse ni privatizarse sobre los cuales el Estado tiene tutela para
preservarlos, para guardarlos, pero no son propiamente estatales, como la memoria colectiva, la
historia, la gerencia cultural, la identidad, los sentidos de pertenencia; en este orden también están
como bienes comunes los recursos naturales del país, el espado público urbano (las calles, plazas,
vías).
El orden social es fundamentalmente construido en las democracias por la vía de la acción política
de los sujetos y el Estado lo tutela y cuida que el orden acogido por los ciudadanos no se rompa o
se mantenga en ciertos límites. En este sentido el gran asunto de las democracias no es el
problema de las mayorías sino qué hacer con las minorías políticas, culturales, étnicas, etc.: las
integra, las incorpora, las mantiene controladas, las excluye y desde esta visión es fundamental
como se aborda al que disiente, al que desobedece, al insurgente, al que no se ajusta a ese orden
social y desafía el Estado en su rol de salvaguardar los derechos colectivos.
La justicia y la seguridad son los bienes públicos que ameritan la presencia del Estado en la
medida en que las entregue a particulares el Estado se vuelve superfluo porque delega su
responsabilidad existencial.
Las características centrales de lo público como la transparencia, la apertura, las acciones en lo
público tanto de los gobernantes como de los ciudadanos deben ser realizadas de frente al público.
Esto implica que tanto la acción del Estado, de los gobernantes, de los funcionarios públicos, como
la de los ciudadanos que actúan deben ser de frente al público, tienen que tener un carácter
visible, para que pueda ser vista y observada por todos y todas. Las acciones, del gobierno y del
ciudadano en acción política deben estar sujetas al escrutinio público, no puede haber secreto, ni
puede haber lenguajes cifrados.
En las naciones donde lo público es profundamente débil o prácticamente inexistente como en el
caso colombiano, lo público termina convirtiéndose en tierra de nadie, es apropiado por la vía de la
fuerza, por la vía de las armas, de la exclusión, por aquellos que tienen la capacidad de hacerlo
como los urbanizadores que cierran las calles como el uso que hacen del espado público algunos
vendedores ambulantes.
Los intereses colectivos, públicos, surgen de la argumentación, del debate, de la discusión de la
posibilidad de lograr acuerdos entre todos los actores así sean antagónicos en su postura pero en
una dinámica incluyente en la que participen todos, en el sentido de que los planteamientos sean
susceptibles de generalizarse de colectivizarse, de ser visible, comunicable, y observable por
todos; por ejemplo la lucha contra la pobreza a nivel mundial y la paz en Colombia, son intereses
susceptibles de generalizarse porque de alguna manera todos comparten estos intereses.
LO PRIVADO
En el terreno de lo privado se encuentra la familia, porque es ahí donde se dan las condiciones de
reproductividad biológica, material, social y cultural de los sujetos de un determinado país; además
la familia soporta el mundo de las relaciones, de los lazos de sangre, de las relaciones de
parentesco, de todo ese proceso que va desde lo puramente biológico hasta lo social.
Lo privado tiene como característica que puede no ser visto por todos; al contrario, está recubierto
de un velo de prudencia, no es del escrutinio público, puede desarrollarse perfectamente sin la
presencia vigilante del Estado. En lo privado se encuentran las relaciones afectivas, las identidades
particulares de etnia, de raza, el género. En las sociedades modernas esa esfera está
representada por el mercado, pero también implica las organizaciones voluntarias y todas las
asociaciones gremiales, corporativas, constituidas en el mundo del trabajo etc., que defienden
intereses particulares, privados.
El mundo de lo privado es amplio y complejo, comprende la esfera de lo íntimo, del fuero interno,
de la conciencia; es el espacio de las creencias, de los valores personales, del amo»; del miedo,
del dolor de la esperanza, de la angustia; asuntos cuyo origen es lo particular que los convierte en
asuntos absolutamente privados y a veces absolutamente incomunicables; es una esfera oscura,
un universo donde nadie debe penetrar y menos el Estado.
EL ESTADO, LO PRIVADO Y LO PÚBLICO
La tendencia histórica en occidente, sobre todo desde finales del siglo XIX hasta la década de los
70 a los 80, donde se da la arremetida neoliberal, se puede denominar como la estatización de lo
público, o sea lo público cada vez empezó a perder más espacio y el Estado comenzó a crecer a
costa de absorber lo público.
Lo público se estatizó. Empieza a desaparecer esa dimensión de lo común y lo colectivo y el
Estado empieza a tener más funciones, a volverse macrocefálico, sobre todo en los países de
América Latina. Esto es conocido como el período de construcción del Estado benefactor éste
cumple funciones de interventor en la economía, situación que atraviesa las formas de hacer
política, le cambia el sentido, porque la política ya no se hace para llegar a acuerdos, para
argumentar; para defender intereses corporativos en una esfera colectiva, sino que se convierte en
una lucha por el control del Estado.
En este momento histórico es el Estado el que está en el centro; lo público aparece agotado,
desaparecido y (a lucha política ya no es para llegar a acuerdos con el contrario, sino para
apoderarse del aparato y se inicia lo que podría denominarse el proceso de colonización del
Estado, mediante espacios de apropiación los partidos políticos representando intereses
particulares, que ponen el aparato estatal a funcionar no con la lógica Pública ni con la del interés
colectivo y común, sino con la lógica privada de sectores particulares que lo controlan, lo manejan
y lo dividen.
Esta tendencia histórica hacia la estatización dejo público tuvo su correlato en lo privado, que se
fue volviendo cada vez más social empezando, como consecuencia, a emerger lo que se llaman
los derechos sociales y económicos que consiste en la irrupción del mundo de la necesidad en el
mundo de lo público, expresado en los derechos a la salud, a la educación, a la vivienda, a la
recreación, como enclaves.
Este modelo planteado por el Estado, empoza a mostrar signos de agotamiento desde fínales de
los 70 y Principios de los 80, y surge el neoliberalismo con las propuestas privatizadoras del
Estado a través de te venta de algunas empresas o la cesión de algunos servidos estatales para
que sean prestados por particulares, iniciando con ello el desmonte de lo estatal. Pero en vez de
poner en juego una propuesta de reconstrucción de lo público, el neoliberalismo sitúa el problema
del orden social en el mercado como enclave que soporta los procesos de globalización.
LA TRANSICIÓN
La esfera de lo público y lo privado, teóricamente contrastantes, se yuxtaponen y amalgaman
dando origen a zonas grises, como las llama Hannah Arendt, donde no se sabe muy bien qué es
público y qué es privado, ya que estos conceptos varían por razones de desenvolvimiento histórico
y por diferencias culturales de las naciones.
Un ejemplo particular de esta transición es la sexualidad, que hace el transito del ámbito privado,
de la esfera de lo íntimo, a la dimensión pública, al ser colocada en el plano de la política, por los
movimientos feministas, cuando acuñaron la consigna de que «todo lo personal es político»,
situando la sexualidad en la esfera pública, al colocaría como objeto de debate, llegando a las
agendas de todos los gobiernos, a leyes y a normas vinculantes que se revierten a la sociedad en
forma de políticas de género; entonces este asunto privado, íntimo, se vuelve público.
Pero también hay casos en el sentido contrario, cosas eminentemente públicas que se vuelven
privadas, como la apropiación de la política por parte de los gamonales y de sus clientelas, que la
usan para su beneficio particular; en esta medida están agotando sistemáticamente la dimensión
pública y la ciudadanía, ya que los «ciudadanos» no participan en las grandes decisiones del país.
En Colombia lo que ha venido pasando en los últimos años es que la seguridad, la justicia y el
orden público empiezan a transitar de lo público a lo privado, con el surgimiento de la seguridad
privada reconocida por el Estado, grupos paramilitares o milicias, que representan y defienden
algunos intereses particulares, no mediante el debate público, sino a través de la coacción, la
intimidación, la exclusión y la extinción.
Lo anterior trastoca entonces el sentido de la política, que deja de ser el campo de la comunicación
entre grupos diferentes con el ánimo de llegar a acuerdos, y se convierte en la lucha por el poder,
muchas veces en forma armada y sangrienta, perdiendo cada vez más espacio la dimensión de lo
público y, como lo plantea Hannah Arendt, del espacio de lo público está completamente excluida
la violencia porque la violencia es muda, no tiene palabra, no tiene argumento, la violencia
simplemente usa la fuerza en lugar de la palabra para conseguir obediencia.
EL AMBITO POLÍTICO
Colombia, a pesar de ser la democracia más vieja de América Latina, tiene un sistema político
estructura do históricamente sobre la exclusión de las mayorías pobres de los ámbitos de decisión
económica y política y de sus beneficios, dando cabida a la fragilidad de la soberanía del Estado,
agravada con la presencia de poderes paraestatales y contra-estatales, que buscan dominar
amplios territorios y que producen en su conjunto la negación practica del status y ejercicio de la
ciudadanía, entendida como el derecho a tener derechos como consecuencia de la organización
estatal, determinada por la sociedad, fundada en la voluntad general de la Nación.
Una sociedad se convierte en Nación cuando es capaz de responder proactiva y colectivamente a
los desafíos que le presenta la historia para superar los problemas esenciales, construir un orden
ético de convivencia democrática con igualdad de oportunidades y de posibilidades que le den
cabida a la pluralidad y a las diferencias que, expresadas en la dimensión pública, fortalece la
integridad del territorio y legitima las instituciones.
Una sociedad que se convierte en Nación tiene un sentido colectivo de futuro propio, que permite
orientar todas las actuaciones tanto de las instituciones como de la ciudadanía para hacer posibles
los Derechos Humanos. Es en la Nación donde se construye la soberanía que debe representar el
Estado ante la comunidad internacional y tutelar el ámbito interno. En este sentido la decisión de
crear riqueza mediante la producción de bienes y servidos debe favorecer la dignidad humana de
todas y todos los colombianos y colombianas, descubriendo cómo aprovechar sosteniblemente el
medio ambiente como compromiso ético.
En los Estados modernos democráticos los individuos en su rol de sujetos sociales se congregan
para tejer relaciones articuladas Nación-Ciudadanía. En este sentido la Nación instituye y
constituye todo el poder institucional para configurar y mantener el orden político, regido por leyes
con capacidad vinculante y de obligatorio cumplimiento para todos los habitantes del territorio
nacional.
La Ciudadanía, como el derecho a tener derechos, es la forma como los miembros de la Nación
participan en las decisiones públicas y acceden al reconocimiento y a la protección estatal de sus
derechos humanos, civiles, políticos, culturales, sociales y económicos sin importar sus diferencias
de raza, sexo y condición social.
Como principio organizativo de la sociedad en su conjunto, surge el orden legal, expresado en
leyes, decretos y acuerdos legitimados por el principio vinculante del consenso de los ciudadanos y
mantenido por el Estado como garante de los derechos de los derechos que les corresponden,
para lo cual tiene como instrumento, otorgado por los ciudadanos, el monopolio de la fuerza.
Si no se consolida la soberanía del Estado y éste no tiene el monopolio de la fuerza por la
contienda permanente de grupos contra estatales y paraestatales, significa que la comunidad
política está fragmentada en múltiples espacios adheridos al conjunto y que tanto los ciudadanos
como los derechos solo están reconocidos en la Constitución y las leyes pero no en la vida
cotidiana, ya que su protección depende de la afectación de las situaciones intimidatorias
provocadas por la situación de confrontación armada entre actores, que en su permanencia en
determinadas regiones imponen sus leyes violando los derechos en su abierta disputa con el orden
institucional.
LA CONFIGURACIÓN TERRITORIAL
En Colombia las regiones y los territorios son económicamente apropiados, socialmente
construidos, políticamente representados, simbólicamente significados por las diferencias
culturales, o sea que históricamente son determinados como un resultado siempre en construcción
de procesos históricos, culturales, simbólicos, económicos, político-sociales.
Las continuas disputas territoriales por la soberanía producen un mapa de Colombia diferente a la
división político-administrativa del país. En lugar de departamentos y municipios, el mapa real de
Colombia se va modificando con la vida misma, que en forma consciente o inconsciente, colectiva
o particular va implantando un proceso de ordenamiento territorial donde predominan otros
poderes, otros referentes político-militares y otros órdenes alternativos, que le sirven a
determinados intereses. Por ello, se presentan situaciones como las zonas de despeje, que
pueden articular varios municipios de diferentes departamentos o las zonas de rehabilitación.
Uno de los ejes estructurantes de la configuración de regiones, que tienen existencia real en el
país, está estrechamente relacionado con las maneras como se despliega espacialmente el
conflicto armado, es decir la guerra tiene incidencia sobre la definición territorial, sobre el trazado
de fronteras, que delimitan el adentro y el afuera, influyendo en la construcción de mentalidades y
sentidos comunes que proveen los elementos constitutivos de la identidad y la pertenencia
regional.
Es en esta perspectiva que los actores armados hacen una lectura de la dimensión regional si, de
acuerdo con los requerimientos propios de la guerra, en términos de ventajas comparativas frente
al enemigo, determinando así zonas para el descanso y refugio, el ataque, los abastecimientos
tanto de recursos materiales como de personas que son reclutadas para sus ejércitos,
transformando el sentido de los elementos constitutivos de la región, que deja de ser lo que era
para adaptarse a la nueva dimensión de dominación esencialmente militar.
En este sentido las regiones se convierten en escenarios de la guerra al brindar posibilidades en el
marco de sus dinámicas tácticas y estratégicas, lo que significa que los territorios no están
determinados únicamente por los trasfondos del conflicto de larga duración en la historia del país,
sino por las decisiones bélicas que obedecen a la lógica militar de defensa-ataque, lógica que
paulatinamente va separando el conflicto armado de las causas que lo propiciaron y de supuestas
razones morales que lo han justificado, creando las condiciones de su reproducción y ampliación
con una relativa autonomía.
De esta manera, la economía, los recursos naturales, la infraestructura pública, los desarrollos
privados, los macro-proyectos del Estado, la presencia y reconocimiento de los entes estatales, la
dimensión social y la geográfica pierden su sentido original su significación tradicional y se
inscriben en otra lógica que Io resignifíca, otorgándole otros sentidos y contenidos, pasando de ser
asumidos únicamente como recursos a ser vistos como armas para lograr objetivos esencialmente
militares, transformando de paso la dimensión geopolítica que define las fronteras y cambiando las
regiones. La Nación Colombiana aparece así como un archipiélago cuyos elementos constitutivos
estarían desigualmente afectados por el conflicto armado.
El estado de guerra y los ejes en los cuales se despliega y particulariza tienen incidencia en la
configuración del tejido social, en los sentidos de identidad y pertenencia, en las maneras de vivir
las diferencias y las exclusiones, y se manifiestan también en las practicas sociales, en las
cosmovisiones de las personas afectadas, directa o indirectamente, en los aprendizajes para
afrontar las situaciones que trae consigo un conflicto prolonga-do, que de diferente manera ha
afectado a varias generaciones de una misma región.
LOS DERECHOS HUMANOS
«Donde no hay respeto, defensa, promoción de los Derechos del Hombre, allí donde se violentan o
defraudan sus libertades inalienables, donde se ignora o se degrada su personalidad, donde se
ejercen la discriminación, la esclavitud, la intolerancia- allí no puede haber verdadera Paz. Porque
la Paz y el Derecho son recíprocamente causa y efecto: la Paz. Favorece el Derecho; y, a su vez,
el Derecho la Paz.»
Mensaje Pontificio 1 de enero de 7969
Los derechos son facultades o capacidades propias de las personas para hacer o no hacer algo,
que se posee por el mero hecho de ser hombre o mujer, como inherentes a la persona, se
proclaman sagrados, inalienables, imprescriptibles, fuera del alcance de cualquier poder y se
convierten en prerrogativas individuales y/o colectivas.
Los atropellos de la II Guerra Mundial revivieron el interés por una norma superior y en
consecuencia la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948, estableció la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, que, sin embargo, en el plano legal, es más un
pronunciamiento moral que un tratado de obligado cumplimiento.
EVOLUCIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS DERECHOS
Se pueden diferenciar tres fases en este proceso.
La declaración de Derechos nace, por regla general, como un conjunto de teorías filosóficas. Son
universales por el contenido y porque se refieren a cualquier hombre o mujer en particular y a
todos y todas en general. En este sentido son limitadas en lo que a eficacia se refiere, al ser
propuestas para futuras leyes.
Más tarde, las declaraciones de Derechos llegan a plasmarse en las constituciones políticas de los
países, con lo cual ganan en concreción lo que pierden en universalidad, quedando protegidas
como verdaderos derechos subjetivos, pero sólo en el ámbito del Estado que las reconoce de
forma efectiva. No son así, en consecuencia, derechos del hombre en general, sino del ciudadano,
es decir, derechos del hombre en cuanto ciudadano de un Estado concreto.
Con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 comenzó una tercera fase donde la
afirmación de los citados derechos se quiere a un tiempo universal y positiva. Universal, porque los
destinatarios son todos los hombres y mujeres del mundo y no tan sólo los ciudadanos de uno u
otro Estado. Positiva porque se entiende que emprende un proceso en el cual los derechos
Humanos no sólo serán proclamados, sino protegidos de un modo material.
La declaración de los Derechos Humanos es una exigencia con fuerza moral atribuida a las
personas, que exige una protección normativa a través de la definición de deberes y obligaciones
que se constituyen en “un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico,
concretan las exigencias de dignidad, la libertad y la igualdad humanas”
La formulación de los Derechos Humanos se constituye en una de las conquistas históricas de la
humanidad. Por la fuerza de sus principios humanistas que los inspiran, significa una revalorización
ética, política y jurídica en la forma de reconocimiento, garantías y protección universal con
primacía sobre los sistemas normativos de los Estados.
¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Los Derechos Humanos son un ideal político y social asado en la autonomía, la libertad y el bien
común, que se expresan a través de valores de convivencia fundados en la dignidad humana, la
razón y la justicia, que exigen condiciones de orden material y espiritual que deben ser
garantizadas a todas las personas.
Se materializan en un conjunto de reglas, normas, instrumentos, y/o mecanismos de carácter
jurídico que regulan las relaciones mutuas entre los individuos, los grupos, las comunidades, los
pueblos, el Estado y las naciones.
CLASIFICACION DELOS DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos son considerados como bienes con valor especial que se constituyen en
razones o bases de juicio para articular normativamente la protección específica del ser humano;
por lo tanto no son impersonales y exigen una protección normativa a través de imposiciones y
deberes.
De la fundamentación filosófica, doctrinal y política surge la dimensión de integralidad e
indivisibilidad de todos los Derechos Humanos, que el exigen al Estado actuar de acuerdo con los
atributos inherentes a la dignidad de la persona, sobre la base de que estos Derechos son
superiores al poder del Estado.
Por consecuencia es una obligación del Estado garantizar los Derechos Humanos. Esto implica
que los ciudadanos dispongan de medios para su protección y que existan instituciones que
prevengan situaciones que atenten o violen los Derechos y, en el caso de que se conculquen estos
Derechos, que sean restablecidos.
La Declaración, aprobada por las Naciones Unidas en 1948, distingue entre derechos relativos a la
existencia misma de la persona, individuales o fundamentales, como los relativos a su Protección y
seguridad, a la vida política, social y jurídica de la misma, y los derechos comunitarios de contenido
económico y social.
Los derechos individuales son los que garantizan la dignidad e identidad de las personas, siendo la
vida el primero y más fundamental, del cual se desprenden los demás derechos individuales
fundamentales, también denominados derechos de primera generación; por ello el derecho a la
vida aparece tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en la Constitución
Política de Colombia, especifica los siguientes derechos individuales para los hombres y mujeres:
derecho a la integridad personal, a la libertad de conciencia, de religión, de opinión, de expresión y
de organización, el derecho a la propiedad, a la nacionalidad, a la representación y participación
política, a ser considerados igual, sin ninguna discriminación por razón de sexo, edad, raza, clase
social, etc.
Los derechos comunitarios, por su parte, son los que se originan en la vida de comunidad y en la
relación con el entorno natural. La Constitución Política colombiana señala también los derechos
económicos, sociales y culturales o de segunda generación y los derechos colectivos y del medio
ambiente o de tercera generación.
Es deber del Estado proporcionar los instrumentos y medios para crear las condiciones para
satisfacer las necesidades de la población, garantizar las obligaciones de bienestar social y
económico, y asegurar la calidad y dignidad de la vida individual y colectiva, tutelando así los
derechos de segunda generación.
Entre estos derechos se encuentran los derechos de la familia, a la seguridad social, trabajo con
una justa remuneración, a un nivel de vida adecuado, al descanso, a atención médica, a la vivienda
digna, a la recreación y al deporte, a la educación, a la cultura, a la igualdad de oportunidades
entre hombres y mujeres.
Los Derechos Colectivos y del medio ambiente o de tercera generación, están destinados a
propiciar las condiciones para un desarrollo en armonía con el entorno y a garantizar la protección
frente a posibles abusos como resultado del avance tecnológico.
VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
Las violaciones a los Derechos Humanos se pueden clasificar en:
a) Sistemáticas y amplias, cuando afectan a todos los ámbitos de la vida de los individuos y lo de
la comunidad, como en los casos de desplazamiento forzado por el conflicto armado o de
segregación racial
b) Sistemáticas pero individuales, cuando solo repercuten sobre un grupo de la sociedad en el
caso de gobiernos que desaparecen o torturan a sus opositores.
c) Violaciones puntuales y arbitrarias, como el pagar una menor remuneración por el mismo
trabajo a las mujeres o a los inmigrantes irregulares.
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Colombia, que desde la Constitución plantea ser un “Estado social de derecho” con un
ordenamiento democrático, tiene la responsabilidad de contribuir significativa y sistemáticamente a
hacer posible para todos y todas los Derechos Humanos y a protegerlos. Por ello estableció desde
la Constitución mecanismos de protección para los derechos.
Habeas Corpus
Derecho a recuperar la libertad cuando se ha sido capturado o retenido arbitrariamente y/o cuando
por retención, detención o arresto, se prolonga ilícitamente la privación de la libertad. (Constitución
Política, Art. 30).
Habeas Data
Derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre las
personas en archivos públicos o privados. (Constitución Política, Art. 15).
Acción de Tutela
Protege los derechos fundamentales en peligro de ser vulnerados o amenazados. Toda persona
puede ejercer la acción de tutela, en cualquier momento y lugar Se puede interponer ante cualquier
juez quien en un término de 10 días hábiles la debe resolver: (Constitución Política, Art. 86).
Acciones Populares
Defensa de los derechos o intereses de carácter colectivo, como el derecho a la paz, la libre
competencia económica, la seguridad y la salubridad pública, los derechos del consumidor y/o del
usuario, el patrimonio público y el espacio público, cuando éstos se ven lesionados o amenazados.
(Constitución Política, Art. 88).
Derecho de Petición
Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, de modo escrito
o verbal, por motivos de interés general o particular; y a obtener pronta resolución. (Constitución
Política, Art. 23).
ORGANISMOS QUE PROTEGEN LOS DERECHOS HUMANOS
tabla
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO
El derecho humanitario es una rama del Derecho Internacional público que se inspira en el
sentimiento humanitario, cuya finalidad es aliviar los sufrimientos de todas las victimas de los
conflictos armados en poder del enemigo, sean heridos, enfermos, náufragos, prisioneros de
guerra o personas civiles.
El Derecho Internacional Humanitario -DIH- nace como una respuesta de la comunidad
Internacional en 1864, cuando doce Estados europeos firmaron un «Convenio para mejorar la
suerte que corren los militares heridos de los ejércitos en campaña.»
En el convenio se especificó que en adelante, los militares heridos y enfermos serán socorridos y
asistidos sin distinción alguna, sea cual fuere el campo al que pertenezcan, convirtiéndose en el
paso inicial para una serie de protecciones a los individuos afectados por los conflictos armados.
Le siguió en el tiempo la regulación de la protección debida a los náufragos, luego la de los
prisioneros de guerra como consecuencia de las traumáticas experiencias vividas durante la
Segunda Guerra Mundial; finalmente se reguló la protección debida de la población civil afectada
por conflictos armados, hasta llegar hoy día a la ampliación de personas protegidas en conflictos
armados internos, como las mujeres y los niños.
El DIH tiene dos componentes, uno es el derecho consuetudinario; generado por la costumbre
internacional y el otro es el derecho escrito, resultante de la evolución del anterior Se compone de
los cuatro «Convenios de Ginebra» de 1949 y de los dos «Protocolos Adicionales» que son de
obligatorio cumplimiento para las partes que entran en conflictos armados dentro de un país o
entre naciones.
Para el caso específico de conflictos armados internos, como el colombiano, operan el artículo 3
Común de los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo II Adicional de los Convenios de
Ginebra suscrito en 1977, los cuales son normas imperativas de derecho internacional. Esto quiere
decir que se encuentran dentro de aquellas normas que la humanidad ha declarado de obligatorio
cumplimiento, por considerarlas necesarias para la convivencia civilizada.
El Protocolo II de Ginebra, recoge y amplía los postulados del Artículo 3 Común de los Convenios
de Ginebra de 1949, regulando la protección a las víctimas de los conflictos armados que no tienen
carácter internacional y determinando las obligaciones que para el efecto tienen los actores
armados involucrados en tales enfrentamientos.
Por lo tanto toda organización armada tiene la obligación de respetar estas normas, sin que exista
la opción de rechazarlas. De hacerlo, su conducta se constituiría en una violación absoluta a un
precepto universal, con las consecuencias que el derecho internacional impone.
En este orden de ideas el Articulo 17 del Protocolo II de los Convenios de Ginebra plantea
directamente la prohibición de que los actores armados realicen desplazamientos forzados
definitivos con la única motivación de alejar una población de un territorio determinado.
LOS TRIBUNALES PENALES INTERNACIONALES
Los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad son de jurisdicción internacional lo que
significa que pueden ser juzgados y condenados en cualquier momento posterior a su ocurrencia.
Las sanciones a los crímenes de guerra y a los crímenes de lesa humanidad se encuentran en las
legislaciones nacionales. En caso de que no funcionen éstas, son asumidas por Cortes Penales
Internacionales, que pretenden evitar la impunidad, tal como pasa hoy en día en los tribunales que
juzgan actuaciones de guerra en los conflictos de Yugoslavia y de Ruanda.
La adopción del Estatuto de la Corte Internacional Penal por la Conferencia de Roma en 1998 es
un paso significativo en el avance hacia el establecimiento de una justicia global que impida la
impunidad de aquellos violadores de los Derechos Humanos y del DIH.
El Estatuto recuerda que es un deber de todo Estado ejercitar su jurisdicción penal contra los
responsables de crímenes internacionales, que por su naturaleza afectan a toda la humanidad y
son imprescriptibles y que cualquier nacional de un Estado firman-te o un extranjero que cometa
genocidio, crímenes de lesa humanidad o de guerra en su territorio podrán ser juzgados por esta
Corte.
Colombia es uno de los países firmantes de los Protocolos, sin embargo sigue existiendo una falta
profunda de compromiso hacia el DIH entre los combatientes de parte y parte, lo que lleva a su
desconocimiento continuo en la práctica.
Tabla
LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL DESPLAZAMIENTO FORZADO
La Asamblea General de Naciones Unidas y la Comisión de Derechos Humanos, en su
preocupación por la crisis humanitaria generada en el mundo por los desplazamientos forzados y
con la intención de servir de guía y orientación para la formulación de políticas públicas, propone
en 1998 los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos.
Son treinta Principios que pretenden llamar la atención sobre las necesidades de las personas
desplazadas para mejorar los niveles de protección y son el producto de la recopilación de los
instrumentos y normas internacionales en materia de Derechos Humanos y de Derecho
Internacional Humanitario.
En este sentido estos principios reconocen los derechos y garantías de los desplazados internos
en todo el mundo y las obligaciones de los gobiernos con esta población, con el ánimo de
coadyuvar a los Estados, autoridades, organismos internacionales y nacionales, en las respuestas
que deben dar para la atención al fenómeno.
Los Principios se convierten en la guía que orienta la formulación de políticas y normas estatales
en cuanto a la protección contra el desplazamiento. Están organizados en secciones, la primera
hace referencia a los derechos relativos a la protección ante durante el desplazamiento, a la
asistencia humanitaria y los que hacen referencia al regreso, reasentamiento y la reintegración (por
considerarlos de la mayor importancia, se relacionan al final del presente documento).
LA ATENCIÓN INTEGRAL
Tanto en el fenómeno del desplazamiento como tal, como en la situación de las personas que
viven este flagelo, la atención integral significa protección de derechos, desde la perspectiva
preventiva o remedial, que exige integrar al ciudadano-a con el Estado y a los ciudadanos entre sí,
para lo cual se requiere generar estrategias sistemáticas y criterios de acción que orienten esta
labor con miras a transformar esta situación.
La atención integral exige crear condiciones para el pleno desarrollo del ser humano en sus
múltiples dimensiones de ser, hacer, tener y estar, en condiciones de dignidad específicas para
cada etapa de su proceso de desarrollo y en las áreas de subsistencia, protección, desarrollo de
potencialidades y trascendencia propias de la condición humana.
Por su parte la atención integral con respecto al fenómeno del desplazamiento forzado, implica
tener en cuenta en primera instancia la dignidad de la persona humana, en cuanto sujeto de
derechos y deberes. En este sentido, como lo plantean los Principios Rectores de los
Desplazamientos Internos, en las etapas de prevención, mitigación del impacto o atención de
emergencia, restablecimiento del proyecto de vida o estabilización socio-económica y reparación
no debe haber discriminación por características raciales, religiosas o de otro tipo que las hacen
vulnerables a practicas discriminatorias.
La atención integral es una respuesta concreta para facilitar a las víctimas del conflicto armado y el
desarrollo de potencialidades individuales y colectivas en el marco de la Dignidad Humana, de los
Derechos y de la Doctrina Social de la Iglesia.
La atención es Integral cuando se involucra a toda la persona humana y todos los momentos de la
situación (antes, durante y después); implica la creación de condiciones que favorezcan el
empoderamiento, la autonomía, y la recuperación de la confianza de las personas en sí mismas y
con los demás para:
En esta perspectiva, las acciones-intervenciones deben realizarse en el marco de la organización y
la participación de todos-as los-as involucrados-as, superando de esta manera la dependencia que
generalmente se produce hacia las entidades, organizaciones y personas que brindan apoyo a las
personas en situación de desplazamiento.
Las personas en situación de desplazamiento reciben los «beneficios» que diseñan las políticas
públicas pero no hacen parte de la red de decisiones al no contribuir en la formulación de esas
políticas; por esta razón no son sujetos de atención en la protección de sus derechos conculcados,
sino objeto de la intervención institucional, incrementando aún más los niveles de exclusión social y
en el mejor de los casos de marginación.
Los rasgos de marginalidad de las personas en situación de desplazamiento forzado se dan
porque:
 Los lazos sociales que lo soportan en esta situación, que es cada vez menos transitoria, no son sólidos,
requieren apoyo económico, institucional y social, porque las condiciones no les permiten ser
autosuficientes.

La separación de todas las relaciones construidas hasta el momento, la ruptura de vínculos afectivos
con familiares y amigos principalmente y con todo lo que constituyen sus raíces, su identidad cultural,
la soledad, el vacío que genera la pérdida del sentido de pertenencia social, al ser excluidos del
trabajo, marginados de la familia extensa y hacerlos invisibles para la sociedad.
Se entiende que una acción no organizada y no participativa, conlleva a reforzar la situación de
dependencia en la que se pueden sumir las personas en situación de desplazamiento.
La atención integral por su parte, propone superar la fractura social y la exclusión de la población,
pensando la relación Estado - sociedad como una red de centros orgánicos de decisión, que exige
procesos de organización comunitaria que posibiliten niveles de conocimiento de las diferencias
para la integración social, en donde cada vez más los grupos de desplazados-as sean visibles y
hagan parte de la sociedad.
En estos términos la atención integral es una praxis social que exige:
La discriminación positiva, comprendida como el mecanismo de protección especial a grupos
poblacionales específicos con el ánimo de que puedan tener acceso a una serie de ventajas por
parte del Estado, con el objeto de restituir sus derechos y garantizar la equidad frente a los grupos
mayoritarios.
La generación de autoimagen ciudadana, incorporando de esta población al corpus social y político
de la nación, para lo cual es necesario el reconocimiento y valoración de las diferencias culturales.
«Así entonces, resultaría ineludible avanzar en la deliberación y reflexión por parte de amplios
sectores de la sociedad colombiana sobre problemáticas colectivas esenciales, tales como: la
construcción/deconstrucción de lo público y relacionamiento entre lo privado, lo público y lo
societal; desarrollo de ciudadanía bajo una cultura de civilidad, de tolerancia, solidaridad y
compromiso societal; y configuración de una sociedad civil moderna, autorreflexiva y auto
gestionada bajo un régimen democrático incluyente, deliberativo en el contexto del proceso e
inclusión».
Criterios de Trabajo para la Atención Integral

Formación en el desempeño ético, reconociendo la libertad, la solidaridad y la igualdad
como valores fundamentales para el diálogo y la justicia.

Intervención tripartita Estado- sociedad- individuo.

El afecto como guía de la intervención fortaleciendo vínculos relaciónales.

Reconocer la persona como sujeto de derechos y responsabilidades dentro del respeto a los
Derechos Humanos.
PREVENCIÓN
El número de desplazados aumenta de forma vertiginosa año tras año y es el Estado colombiano,
a través del Ministerio Público, el que tiene la responsabilidad de prevenir el desplazamiento y
proteger los derechos de las personas desplazadas.
El sistema de alertas tempranas, a cargo de la Defensoría del Pueblo, ha dado la voz de alerta en
determinadas situaciones, pero no siempre tiene la capacidad para hacer actuar al Ministerio de
Defensa. En ayunos casos, comunidades y ONG de apoyo han dado las alertas sobre situaciones
anunciadas de antemano que podrían haberse evita-do. (Ej. En el caso de Bojayá).
En estas condiciones es que la Iglesia Católica adelanta acciones en las diferentes regionales de
nuestro país, tendientes a prevenir el fenómeno. En todas ellas se puede reconocer que existe una
constante en la concepción de su intervención, la preocupación fundamental por la dignidad
humana, por la justicia social, la equidad y la igualdad.
La prevención del desplazamiento forzado es desarrollo equitativo, inclusión social y redistribución
de la riqueza y del ingreso, en el marco de los Derechos Humanos, con garantías de seguridad y
justicia desde el Estado y exige:
Empoderamiento político para la autodeterminación y organización comunitaria y social
Empoderamiento económico como el acceso y control de recursos de producción, distribución y
consumo.
Empoderamiento socio-cultural como el reconocimiento de las identidades, la autoestima y
autovaloración.
Por otra parte la prevención implica:

Visualizar la situación y crear los mecanismos para enfrentarla, trabajando en la dimensión de las
causas del problema, estructurales - coyunturales - situacionales, a partir de redes de protección y
comunicación.

Organización y solidaridad ciudadana, para lo cual se requiere formación.

Fomentar la convivencia y el diálogo.

Mayor inversión social por parte del Estado, presencia de la fuerza pública.

La creación de comités operativos en busca de alianzas interdiocesanas interinstitucionales,
intereclesiales.

Iniciar y/o fortalecer procesos de resistencia activa.
ATENCIÓN DE EMERGENCIA O MITIGACIÓN DE NECESIDADES
La gravedad, intensificación y expansión territorial del desplazamiento forzado en el país amplían
progresivamente la franja de personas desarraigadas que requieren atención pronta, integral y
efectiva.
La emergencia es uno de los momentos más críticos en la situación del desplazamiento forzado.
Es por ello que la Iglesia Católica, además de la ayuda humanitaria, establece un contacto fraternal
con las personas desplazadas construyendo puentes de solidaridad, respeto y dignificación de
todos y cada uno (a) de los afectados.
La atención integral empieza con el apoyo y acompañamiento para la solución inmediata de sus
necesidades básicas en términos de alimentación, salud, vestido, albergue temporal y transporte;
es decir en acciones centradas en lo prioritario y debida asistencia humanitaria que estas personas
requieren, teniendo en cuenta, como lo plantea la ley 387 de 1997, que la atención humanitaria de
emergencia es apenas el primer paso en la puesta en marcha de políticas integrales y duraderas.
Tabla
Exige:
 Acompañar el impacto en la violación de los derechos y la afectación de la dignidad humana.
 Favorecer procesos de reacomodación y ajuste emocional y relacional.
 Superar la crisis emocional, afectiva, relacional y material a nivel individual, familiar y social.
 Iniciar procesos de organización y participación.
RESTABLECIMIENTO
El paso de la coyuntura de emergencia a la de estabilización socioeconómica de las personas en
situación de desplazamiento; le exige al Estado garantizar las libertades y oportunidades (sociales,
económicas, políticas) para la restitución de los derechos y el restablecimiento de sus condiciones
de vida; convoca a la sociedad a acompañar a la población en situación de desplazamiento con
programas oportunos, pertinentes a sus rasgos culturales, necesidades y potencialidades;
Diagrama
El restablecimiento de todos los derechos conculcados es el reto de la estabilización
socioeconómica que se comprende como el proceso de inclusión socioeconómica, mediante el
cual las personas en situación de desplazamiento restablecen su proyecto de vida, a partir de
nuevas relaciones.
Exige ser incluido en los planes de desarrollo, en las políticas públicas locales y nacionales, en
proyectos integrales, en organizaciones populares; igualmente es necesario el reconocimiento de
las limitaciones y de las oportunidades de construir nuevas condiciones de vida.
El restablecimiento también se da a partir de la reconstrucción del tejido social, en el que las
personas reemprenden su vida a partir del ejercicio y disfrute de los derechos y deberes sociales,
económicos, culturales y políticos, garantizando su libre desarrollo individual y la ciudadanía plena.
Requiere:
 La memoria histórica de lo sucedido
 El resarcimiento de los daños y pérdidas
 La ruptura el silencio y la negación
REPARACIÓN
Es el eje transversal de todas las etapas en el proceso de atención integral del fenómeno del
desplazamiento forzado. Es un deber estatal y social para la reivindicación de todas las situaciones
que han padecido las personas en situación de desplazamiento.
La reparación e indemnización a las víctimas del conflicto armado son necesarias para lograr la
reconciliación de una sociedad dividida y que requiere ser repensada y reconstituida con otros
postulados de justicia, que promuevan la solidaridad, la equidad y la inclusión en los nuevos
procesos de reconstrucción del tejido social.
La reparación exige:
 Abolición de la impunidad.
 Reconstrucción de la memoria histórica: hacer conciencia de las violaciones a los derechos y
expresarlos en forma visible y permanente
 Esclarecimiento de la verdad: reivindicación de las víctimas, identificación de los victimarios y la
valoración del daño causado
 Restitución de los derechos vulnerados
 Indemnización a las pérdidas sufridas por el daño material y moral ocasionados.
El proceso de reparación conlleva a las personas en situación de desplazamiento a que decidan
sobre su futuro en términos de retorno o reubicación. Esta debe ser una decisión libre, voluntaria,
individual y/o colectiva, que exige del Estado gobernabilidad, basada en las responsabilidades y
compromisos entre los ciudadanos y las instituciones sociales, políticas, religiosas y económicas.
Acompañar procesos de reubicación y/o retorno va más allá de establecer mecanismos para la
movilización.
Exige:
Compromiso y gestión de los gobiernos municipal, departamental y nacional.
Recibimiento fraterno y acogida de la comunidad en la que se insertan nuevamente.
LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
La Iglesia desde su nacimiento, asumió el mandato de Jesucristo, quien vino a traer la justicia al
mundo y recordarnos, con su palabra y testimonio de vida, que no se pueda llegar a Dios si no se
pasa por el hermano (Le 10,25-37)16. Jesús, que también tuvo que vivir la experiencia del
desplazado (Mt 2, 13-23)17, recuerda que solo pueden ser felices los que tienen sed de justicia,
trabajan por la paz, arriesgan su vida por causa de la justicia (Mt 5 1-12)18. Además subraya que
la evaluación del valor de la vida de cada ser humano será efectuada sobre los esfuerzos
realizados a favor de los hombres y mujeres del mundo para implantar la justicia, vivir la solidaridad
y construir la paz (Mt 25, 31-46)
FUNDAMENTOS DE LA DOCTRINA
La Doctrina Social de la Iglesia, además de recoger elementos bíblicos del Antiguo Testamento, se
fundamenta en el mensaje de Jesucristo y con base en éste, se nutre en |a visión cristiana del
hombre y permanentemente está en diálogo con las ciencias sociales de las cuales toma
elementos para el análisis de la realidad. Ella, entonces, tiene como fuente las Escrituras, surge a
la luz de la Palabra de Dios y del ejemplo de la primera Iglesia (He 2, 44-47) y se constituye en
parte integrante de la misión evangelizadora (He 6,1-6).
Desde sus orígenes, la Iglesia se ha preocupado por dar respuestas a las realidades históricas que
menoscaban y atenían contra la dignidad humana, aportando un mensaje de esperanza que
ilumina la transformación de las condiciones de vida, para los que tienen «hambre y sed de
justicia», por estar sumidos en la ignorancia, el hambre, la miseria, la opresión, el destierro y la
esclavitud entre otros.
Con base en la Fe y la moral cristiana inspirada por el Evangelio, la Iglesia ha venido construyendo
un cuerpo de principios de moral social cristiana, con el propósito de expresar el compromiso social
y a su vez indicar las tareas y la responsabilidad cristiana, en la construcción de la nueva sociedad,
como expresión de su conciencia critica y del compromiso sincero con la humanidad, en su
decidida voluntad de encarnar el Evangelio aquí y ahora.
El afán de la Iglesia Católica por la promoción humana y la liberación se concreta en un conjunto
de orientaciones doctrinales y criterios de acción, para afrontar «los grandes problemas de la
humanidad con claridad y valentía buscando dar las indicaciones para solucionarlos, estimulando
fielmente a cada cristiano y a cada hombre de buena voluntad a obrar en sentido coherente para el
bien de todos»
La Doctrina Social es la enseñanza que desde el Magisterio de la Iglesia se propone a los católicos
y, como lo planteó el Beato Juan XXIII en su carta encíclica «Pacem in terris», a todos los hombres
y mujeres de buena voluntad, con la finalidad de orientar las conductas en las actividades sociales,
políticas y económicas, de acuerdo con las exigencias de la justicia social.
La Doctrina Social de la Iglesia contiene una serie de principios, criterios y orientaciones para la
acción de todos los que busquen transformar el mundo de acuerdo con el proyecto de Dios y su
enseñanza; como se plantea en Centesimus Annus, hace parte de la misión evangelizadora al
formar parte concreta de la fe.
EL NACIMIENTO DE LA DOCTRINA
Es a finales del siglo XIX cuando el Papa León XIII, le da un carácter orgánico de doctrina y se
constituye en la propuesta de la Iglesia Católica para evangelizar las relaciones sociales en la
construcción de comunidades solidarias y participativas, frente a los riesgos de nuevas formas de
injusticia provocadas por los cambios políticos, económicos, sociales.
Al número 5 de la Carta Encíclica Octogésima Adveniens del Papa Paulo VI encontramos un
resumen del camino de la Iglesia Católica sobre su doctrina social.
«En medio de las perturbaciones y las incertidumbres de la hora presente. La Iglesia tiene un
mensaje específico que proclamar, tiene que dar un apoyo a los hombres en sus esfuerzos por
tomar en sus manos y orientar su futuro. Desde la época de la Rerum Novarum denunciaba clara y
categóricamente el escándalo de las condiciones de los obreros dentro de la naciente sociedad
industrial, la evolución histórica ha hecho tomar conciencia, como lo testimoniaba ya la
Quadragesimo Anno y la Mater et Magistra, de otras dimensiones y de otras aplicaciones de la
justicia social. El reciente Concilio ha tratado, por su parte, de ponerlas de manifiesto,
particularmente en la Constitución pastoral Gaudium et Spes. Nos mismo hemos continuado ya
estas orientaciones con nuestra Encíclica Populorum Progressio:
«Hoy el hecho de mayor importancia, decimos, del que cada uno debe tomar confidencia, es que la
cuestión social ha adquirido proporciones mundiales» (No 3). « Una renovada toma de conciencia
de las exigencias del mensaje evangélico impone a la Iglesia el deber de ponerse al servicio de los
hombres para ayudarles a comprender todas las dimensiones de este grave problema y para
convencerles de la urgencia de una acción solidaria en este viraje de la historia de la humanidad»
(No 1).
Como se decía, desde la época de la promulgación de Encíclica Rerum Novarum, se estaban
dando transformaciones profundas en la concepción de:


la autoridad, como consecuencia de la transformación de la sociedad y el estado;
las formas de propiedad, el capital y el trabajo asalariado
Estos cambios fueron dejando de lado una sociedad tradicional, pero trajeron consigo efectos
complejos sobre la dignidad humana y por ende sobre la situación social generada por el proceso
de industrialización.
En este sentido el Papa León XIII interpela el naciente capitalismo liberal y el socialismo, tanto en
su dimensión de ideologías como de sistemas sociopolíticos imperantes en el mundo occidental, y
asume como «misión de su pontificado la creación de un corpus de moral política, que fue
elaborando paulatinamente con una finalidad triple:


Crear una doctrina positiva y sólida sobre estos temas que no se limitase a condenar errores, sino que
potenciase la actuación de los católicos en política;
Reconciliar a la Iglesia con la sociedad moderna en este campo;

Responder a los problemas que iban surgiendo
“De esta manera León XIII siguiendo las huellas de sus predecesores, establecía un paradigma
permanente para la Iglesia. Ésta, en efecto, hace oír su voz ante determinadas situaciones
humanas, individuales y comunitarias, nacionales e internacionales, para las cuales formula una
verdadera doctrina, un corpus, que le permite analizar las realidades sociales, pronunciarse sobre
ellas y dar orientaciones para la justa solución de los problemas derivados de las mismas.
En tiempos de León XIII semejante concepción de derecho-deber de la Iglesia estaba muy lejos de
ser admitido comúnmente... La actitud del Papa al publicar Rerum Novarum confiere a la Iglesia
una especie de «carta de ciudadanía» respecto a las realidades cambiantes de la vida pública y
esto se corroboraría aún más posteriormente. En efecto para la Iglesia enseñar y difundir la
doctrina social pertenece a su misión evangelizadora y forma parte esencial del mensaje cristiano,
ya que esta doctrina expone sus consecuencias directas en la vida de la sociedad y encuadra
incluso el trabajo cotidiano y las luchas por la justicia en el testimonio a Cristo Salvador Así mismo
viene a ser una fuente de unidad y de paz frente a los conflictos que surgen inevitablemente en el
sector socioeconómico. De esta manera se puede vivir las nuevas situaciones sin degradar la
dignidad trascendente de la persona humana ni en sí mismos ni en los adversarios, y orientarlos
hada una recta solución».
La Doctrina Social de la Iglesia con su triple dimensión teórica, histórica y practica es el ámbito de
encuentro entre el Evangelio y la dinámica social; parte de la visión trascendente de la persona y
busca discernir la enseñanza cristiana, se mueve entonces entre lo divino y lo contingente,
históricamente cambiante, con autonomía y con su metodología particular.
Cuadro
LA IGLESIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
El tema de los Derechos Humanos ha sido una preocupación constante de la Iglesia, mucho
tiempo antes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Todo ser humano por el solo hecho de serlo tiene derecho natural a todo aquello que le sea
necesario para su propia realización. Estos derechos nacen de la misma naturaleza de la persona
y, en ese sentido, son derechos naturales, es decir, no otorgados por el Estado con base en el
ordenamiento jurídico de la sociedad que garantiza los derechos positivos de la ciudadanía.
La dignidad del ser humano radica en su condición de ser creado a imagen y semejanza de Dios y
adquiere mayor fuerza en cuanto que la humanidad fue redimida por Jesucristo.
En la fe Católica se encuentran arraigados el respeto y la valoración profunda por la condición
humana, por ello los cristianos deben poner a la persona humana como centro de la dinámica
económica, política, social, cultural.
En ese sentido la Iglesia no sólo enseña la dignidad de la persona humana y sus derechos
fundamentales, sino que asume su defensa cuando éstos son violados.
La defensa de los Derechos Humanos que la Iglesia considera un deber irrenunciable, implica la
denuncia de las violaciones que se presentan tanto en situaciones aisladas como permanentes.
Esto se hace necesario sobre todo cuando las personas víctimas de la injusticia no pueden
defenderse por sí mismas.
Las situaciones de violación a los Derechos Humanos hacia las personas en situación de
desplazamiento convoca a la Iglesia Católica además a mantener la esperanza y seguir apoyando
a la ciudadanía en sus esfuerzos por alcanzar la justicia.
Por ello desde la utopía católica de trabajar por la civilización del amor, se insiste en la
comprensión y ejercicio de una serie de valores como la solidaridad, que invita en primer término al
reconocimiento de los otros-as, al afecto para lograr una actitud proactiva que posibilite el
surgimiento de vínculos que generen identidad y pertenencia para la construcción de la comunidad.
También se invita a la comunión de intereses y de esfuerzos, que requieren de la cooperación
como expresión de la acción colectiva.
Comunión significa ser, hacer, tener y estar con otros y otras, involucrarse en actividades
colectivas, donde el aporte de cada quien, como creación única e irrepetible, es fundamental para
alcanzar las metas trazadas conjuntamente.
En los Hechos de los Apóstoles se puede notar como la comunión se va construyendo y actuando.
«La unión fraterna de los primeros cristianos resulta de su fe común en el Señor Jesús, de su
deseo de imitarlo juntos, de su amor a él, que acarrea necesariamente el amor mutuo: Sólo tenían
un corazón y un alma (He 4, 32). Esta comunión se realiza en primer lugar en la fracción del pan
(He 2,42); en la Iglesia de Jerusalén se traduce por la puesta en común de los bienes (He 4, 32 5,11); luego entre comunidades venidas del paganismo y la comunidad de Jerusalén (2 Cor 8, 9)».
La comunión es un camino para la construcción de comunidad, convocando la responsabilidad de
unos con otros-as; exige superar las visiones y acciones individualistas y asistencialistas.
Otro elemento fundamental sobre el cual insiste la Doctrina social de la Iglesia lo encontramos en
la subsidiaridad, que plantea el deber del Estado de ayudar a los miembros del cuerpo social, pero
sin impedirles que hagan lo que pueden hacer por sí mismos. Desde este punto de vista es deber
del Estado garantizar a las personas y comunidades la consecución de sus fines con sus propios
medios.
Sobre esta corresponsabilidad se construyen nuevas identidades sociales, por la generación de
lazos a partir de relaciones entre iguales que favorece, además la construcción de la democracia.
UN NUEVO ESCENARIO
"(...) que nos inspire un nuevo modo de pensar y nos incite a descubrir quienes somos, en una
sociedad que se quiera mas a si misma. Que aproveche al máximo nuestra creatividad inagotable
y conciba una ética tal vez una estética para nuestro afán desaforado y legítimo de superación
personal (...) Que canalice hacia la vida la inmensa energía creadora, que durante siglos hemos
despilfarrado en la depredación y la violencia, y nos abra al fin la segunda oportunidad sobre la
tierra (..,)"'.
Gabriel García Márquez.
La atención integral a las personas en situación de desplazamiento se constituye para el país en
un gran desafío, que implica construir una agenda conjunta entre el Estado y la sociedad en torno
a la construcción colectiva de una sociedad mas justa, incluyente y democrática, que transforme
aspectos fundamentales como la organización y las dinámicas sociales, políticas y económicas y
en consecuencia amplíe la base de participación real de las diferentes culturas y etnias en la
construcción de una visión compartida de orden social a nivel nacional que tenga en cuenta las
particularidades locales.
Desde la civilización del amor, los procesos de atención integral son una posibilidad real de
construir entre todos una sociedad incluyente y cohesionada en torno a un proyecto colectivo, con
micromodelos de desarrollo, que den cuenta de particularidades locales y regionales, que se
revierten al ámbito general nacional, involucrando e incorporando productivamente toda la
población, a nivel económico, social y político en la vida integral de la nación.
Es aquí donde se requiere de la solidaridad, la participación, la cooperación como ejes de la
identidad nacional, donde aparezca en escena la preeminencia de los intereses colectivos,
públicos sobre los intereses particulares de orden privado, expresados por la ciudadanía a través
de sus instituciones.
Lo anterior exige un compromiso social y una valoración de los derechos fundamenta-les a partir
de un proceso social de construcción colectiva en la promoción, discusión y definición de los
intereses colectivos de la sociedad colombiana, que le den vida al Estado Social de Derecho, a
partir de propósitos comunes construidos desde las diferencias, reflejados en programas, que
cuente con el compromiso y las participación de los grupos y movimientos sociales, los ciudadanos
y el Estado, desde una acción política entendida como la construcción colectiva y permanente del
orden social.
LA ESFERA PÚBLICA
Las actividades de los hombres y las mujeres como lo plantea Hanna Arendt en La Condición
Humana, se enmarcan en tres actividades fundamentales en la vida: "labor trabajo y acción". Las
dos primeras se refieren a la esfera doméstica que responde a la satisfacción de las necesidades
básicas, tanto a nivel vital como material.
Por su parte la acción tiene que ver con las actividades que son necesarias para que todos los
hombres y las mujeres vivan sobre la tierra, es decir que trasciende el mundo de las necesidades
vitales y materiales de carácter individual, para abordar el eje de las diferencias. De las múltiples
miradas y concepciones, frente a las cuales, es necesario llegar a acuerdos y consensos en el
proceso de socialización.
Por ello la esfera pública surge del debate y de la construcción colectiva, como un proceso abierto
e incluyente de participación, dilucidación y reflexión ciudadana en torno a intereses compartidos.
Un acelerado proceso de globalización como el que vivimos exige pensar en la construcción,
renovación y legitimación social de la esfera pública y en este sentido, en la importancia de la
participación ciudadana en los procesos de información, reflexión y deliberación desde la
planificación, entendida ésta, como lo plantea Francisco Sagasti, como "un proceso dirigido a
orientar el cambio social y a generar una secuencia de eventos futuros socialmente deseables al
tomar acciones en el presente" que dan cuenta de la capacidad de una nación para construir su
propio proyecto de gobernabilidad.
La esfera pública exige procesos integradores en el reconocimiento de todo tipo de derechos
humanos y ciudadanos, fuertemente arraigados en ele imaginario colectivo y la formación de la
conciencia nacional, en torno a la igualdad, la libertad y la solidaridad, como pilares de las acciones
públicas, orientadas a favorecer la consolidación de un Estado soberano, reconocido y legitimado
por los ciudadanos y ciudadanas.
Si esta esfera pública no se construye con procesos de concertación entre la mayoría de los
ciudadanos-as, se genera una competencia de soberanías y los derechos pasan a ser virtuales, lo
que implica que grandes grupos poblacionales estén en condiciones de marginalidad y exclusión.
CONSTRUCCION DE LO PÚBLICO
Aproximarse a la construcción de lo público exige pensar al ciudadano como la persona capaz, en
cooperación y coordinación con otras y otros, de crear o transformar el orden social para satisfacer
las perspectivas individuales y colectivas dentro de un marco de dignidad humana.
En este sentido el orden social aparece como una creación colectiva de mujeres y hombres que, a
partir de la planeación, actúan en cooperación con otras y otros desde las organizaciones, que a su
vez sirven para que las personas se conviertan en actores sociales.
La generación y desarrollo de organizaciones son, además, un motor para la formación de
ciudadanía y para el fortalecimiento de la democracia, en cuanto a su posibilidad a partir de la
planeación de inventar, establecer o negociar su futuro compartido, como la expresión de la
máxima autonomía, es decir de la ciudadanía que se expresa en leyes, costumbres, instituciones y
tradiciones.
Quien construye lo público es entonces el ciudadano que, como actor social, está inmerso en las
organizaciones y en las instituciones sociales, que en forma conjunta establecen un entramado
conocido como tejido social.
Como lo plantea Tocqueville en su texto sobre la Democracia en América, saber organizarse es la
ciencia maestra de la sociedad, porque las asociaciones organizadas producen autorregulación y
protegen sus derechos. Por lo tanto en la medida en que una sociedad tenga un número mayor de
organizaciones y asociaciones productivas, que generen transacciones políticas, sociales,
culturales y económicas será mucho más sólida.
GOBERNABILIDAD
La noción de gobernabilidad va más allá de la capacidad del sector público estatal para gestionar
en forma responsable los recursos. Realmente la gobernabilidad se refiere mucho más a la
capacidad del sistema institucional para generar acciones colectivas, que puedan enfrentar los
retos y desafíos del desarrollo.
En este sentido la gobernabilidad representa el nivel de calidad y eficiencia cívica, así como los
atributos y características sociopolíticos de las relaciones que se establecen entre la sociedad y el
gobierno y viceversa, con el propósito de desarrollar los planes formulados entre todos.
Por su parte la gobernabilidad democrática es el resultado de la conexión vital entre el desarrollo
político y el progreso económico y social de la sociedad y representa un conjunto de posibilidades
e interpretaciones que cada sociedad define de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades.
La gobernabilidad democrática comprende los mecanismos con los cuales se articulan los
intereses ciudadanos, se ejercen los derechos y obligaciones y se resuelven las diferencias. En
este sentido el instrumento de primer orden está constituido por la planeación participativa, que
permite construir una visión de futuro compartido, mejorar los niveles de eficiencia institucional y
romper los aislamientos de los sectores sociales, además, redimensionar los escenarios de
desarrollo sobre la base de nuevos actores.
EMANCIPACIÓN
La emancipación es una experiencia política que relaciona la democracia con las finalidades de la
vida colectiva y su proyecto de sociedad como una creación histórico-social, a partir de la
planeación, como actividad explícita y pública, fundada en la autonomía en donde se pone en
juego permanentemente la libertad, la decisión y la responsabilidad de la ciudadanía.
Libertad. comprendida como el poder de obrar con independencia, de escoger de decidir sobre su
futuro, de actuar de acuerdo con sus convicciones, de disponer de su persona, su vida privada y su
familia, de relacionarse y reunirse, de producir y contratar bienes y servicios, publicar transmitir o
comunicar por cualquier medio su pensamiento.
Decisión: en donde, reconociendo que todo ciudadano es dueño de sí y de su cuota parte del
destino de su colectividad política, se instituye en eje fundamental de la soberanía, sin
intermediación de ningún tipo. Esto implica que toda decisión del gobierno deberá contar con la
aprobación de la mayoría de las voluntades de los ciudadanos y en este sentido las instituciones
públicas sólo podrán servir como herramientas para instrumentar la toma de decisiones alcanzada
en la planeación participativa.
Responsabilidad, asumiendo que el Poder no es un ente ajeno de la vida cotidiana, pues circula en
las lógicas de la cultura, les imprime coherencia a las expresiones de los grupos sociales que se
expresan en la vida pública, como producto colectivo a partir de su capacidad de tomar decisiones
frente a sí y a sus semejantes a partir de dinámicas participativas.
Por todo lo anterior es necesario abordar la planeación, comprendida como una instancia de la
participación real, en tanto que es la expresión de la voluntad de la comunidad como un ejercicio
de soberanía sobre su destino, que afecta a todos los miembros de la colectividad respectiva, y
que presupone la igualdad de todos.
Pensar entonces en los procesos de participación ciudadana, implica comprender la planeación
como la actividad política de una comunidad, mediante la cual se instauran sus propias
instituciones sociales, en donde ninguna posición ni status están determinados o garantizados de
partida, que exige ejercicios de emancipación al cuestionar permanentemente el status quo y los
convencionalismos sociales y de autonomía como la capacidad para decidir y actuar en forma
independiente, libre y responsable con el fin de lograr los propósitos comunes.
La planeación requiere entonces de la participación ciudadana para lograr un proceso de
emancipación, que redefina la configuración de lo público considerando que desde la ciudadanía
situada en la base del Estado se proyectará el futuro político, el porvenir del desarrollo y el
presente de grupos de ciudadanos y ciudadanas.
EL TERRITORIO, ÁMBITO DE MORADA
El espacio es abordado como el escenario de inscripción territorial, donde se mezclan las huellas
étnicas, las memorias se preservan, se transmiten y transforman. Más que una entidad de carácter
físico abordaremos aquí el territorio como una entidad variable, flexible, sujeta a la acción antrópica
y a los movimientos y construcciones sociales, que le dan vida y lo impregnan de sentido en
relación con las necesidades colectivas y las presiones demográficas.
El territorio es un referente en si mismo y ante otros, permitiendo comprender el diario vivir de las
sociedades que se asientan en él, en este sentido es un recurso físico-social fundamental para el
desarrollo.
En Colombia, un país de regiones, que alberga una significativa diversidad, no conocemos las
dinámicas territoriales, las diversas territorialidades que se "tejen" sobre la geografía; por ello ni las
estadísticas, ni las leyes y mucho menos las políticas, reconocen esta inmensa potencialidad.
La concepción moderna de la gestión territorial implica una preocupación explícita del Estado por la
suerte de sus territorios y la propia organización social y política de éstos, en lo que se conoce
como descentralización política, fiscal y administrativa.
El desarrollo, como proceso cualitativo, es el resultado de una serie de decisiones en el que "los
controles de mando" están en la dinámica social y política del territorio en consideración; razón por
la cual puede ser inducido mediante una "ingeniería de la intervención (Boisier).
Una región es capaz de transformar su crecimiento económico en desarrollo social, en tanto
disponga de una sociedad organizada, con intereses compartidos, capaz de movilizarse tras ellos y
consciente de su pertenencia al territorio.
El desarrollo regional así entendido exige una compleja tarea de coordinación entre muchos
elementos, para lo cual se requiere el desarrollo de ciertas capacidades, entre las cuales es
importante resaltar:
Capacidad de inclusión social, generadora de equidad, para mejorar el acceso a las oportunidades.
El desarrollo humano en su expresión territorial exige estimular el potencial de innovación de la
propia población para la generación tanto de organización comunitaria como de movimientos
sociales, que asuman la responsabilidad de los procesos de transformación permanente.
Capacidad de tomar decisiones relacionadas con estilos de desarrollo. Exige construir una visión
compartida de futuro a partir de una conciencia colectiva, sentido de pertenencia e identidad
regional, soportada en la solidaridad y la cooperación mutua.
Capacidad de retener y reinvertir el excedente, que contribuya al crecimiento de la base productiva,
con el fin de ampliar y diversificar la economía del territorio.
Participación de las organizaciones sociales y de las instituciones públicas en la solución de los
problemas de la sociedad, para asegurar el uso adecuado de los recursos, maximizar el impacto
de la intervención y garantizar la gobernabilidad del sistema.
PRINCIPIOS METODOLÓGICOS
“hay que poder imaginar algo distinto a lo que está para poder querer; y hay que querer algo
distinto a lo que está, para liberar la imaginación.
Cuando no se quiere otra cosa que lo que es, la imaginación es inhibida o rechazada, representa
solamente la perpetuación eterna de lo que es y si no se puede imaginar otra cosa que lo que es,
toda "decisión " no es sino una elección entre los posibles datos-datos proporcionados por la vida
anterior o por el sistema instituido- que puede ser reducida, a los resultados de un cálculo o un
razonamiento”
Cornelius Castoriadis
La invitación explícita a la construcción de la civilización del amor es una propuesta de la iglesia
Católica a mediados de los años 70 del siglo pasado en cabeza del Papa Pablo VI.
“Os invitamos a ser constructores abnegados de la Civilización del Amor, inspirada en la palabra,
en la vida y en la donación plena de Cristo y basada en la justicia, la verdad y la libertad. Estamos
seguros de obtener así vuestra respuesta a los imperativos de la hora presente, a la tan
ambicionada paz interior y social, en el ámbito de la persona, de las familias, los países, los
continentes, del universo entero”
El mismo documento de Puebla concibe la civilización del amor como la sociedad de la comunión y
de la participación, fundada en la verdad, en la justicia, en el amor y en la libertad. Que convoca a
trabajar por el desarrollo integral de todo el hombre y de todos los hombres y mujeres del mundo.
El desarrollo se concibe
"como un continuo crecimiento de la humanidad, como una vocación del hombre y un deber que
constituye como una suma de nuestros deberes. Deber personal y comunitario realizado en un
clima de solidaridad universal, teniendo siempre presente una escala de valores porque todo
proceso de crecimiento es ambivalente”.
"...La cultura se ha de relacionar con la íntegra perfección de la persona humana, con el bien de la
comunidad y con la sociedad entera, por lo cual conviene cultivar de tal manera el espíritu, que se
vigorice la facultad de admirar, de leer interiormente, de contemplar y de formar un juicio personal,
cultivando al mismo tiempo, el sentido religioso, moral y social.
La cultura por tener su origen inmediato en el hombre, dotado de índole racional y social, requiere
constantemente una justa libertad para desarrollarse y una legítima facultad de obrar, según su
derecho y sus propios principios".
EL SENTIDO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL
Tal como lo plantean la Civilización del Amor los Derechos Humanos y los Principios Rectores del
Desplazamiento forzado, las acciones orientadas a la atención integral del desplazamiento forzado
se fundamenta en tres valores: Justicia, Verdad y Libertad.
"La justicia, como se sabe es un derecho de todos los hombres, conferido por el mismo Dios. Está
insertada en la esencia misma del mensaje evangélico. La verdad, iluminada por la fe, es fuente
perenne de discernimientos para nuestra conducta ética. Expresa las formas auténticas de una
vida digna. La libertad es un don precioso de Dios, consecuencia de nuestra condición humana y
factor indispensable para el progreso de los pueblos"
Tanto los modelos de desarrollo, como los proyectos de sociedad desde la perspectiva de la
Civilización del Amor tienen como característica fundamental la predominancia de la ética sobre la
técnica, el espíritu sobre la materia y la persona sobre las cosas.
"El desarrollo integral del hombre no puede darse sin el desarrollo solidario de la humanidad... el
hombre debe encontrar al hombre, las naciones deben encontrarse entre sí como hermanos y
hermanas, como hijos de Dios. En esta comprensión y amistad mutuas, en esta comunión sagrada,
debemos igualmente comenzar a actuar a una para edificar el porvenir común de la humanidad".
"Entre tanto se afianza la convicción de que no solo puede y debe el genero humano asegurar
cada día mas un dominio sobre las cosas, sino que, a el corresponde, además establecer un orden
político, económico y social que este cada vez más al servicio del hombre y le ayude, como
individuo y como grupo, a afirmar y cultivar la dignidad que le es propia”
"En la época moderna se considera realizado el bien común cuando se han salvado los derechos y
los deberes de la persona humana. De ahí que los deberes principales de los poderes públicos
consistirán .obre todo en reconocer; respetar, armonizar; tutelar y promover aquellos derechos y en
contribuir, por consiguiente, a hacer más fácil el cumplimiento de sus respectivos deberes”.
"...Igual que existe la responsabilidad colectiva de evitar la guerra, existe también la
responsabilidad colectiva de promover el desarrollo. Y así como a nivel interno es posible y
obligado construir una economía social que oriente el funcionamiento del mercado hacia el bien
común, del mismo modo son necesarias también intervenciones adecuadas a nivel internacional.
Por esto hace falta un gran esfuerzo de comprensión reciproca, de conocimiento y sensibilización
de las conciencias".
Para transformar la realidad de las personas en situación de desplazamiento forzado, es
fundamental implicar a las personas que viven la situación, lograr su participación activa, su
compromiso en la búsqueda de soluciones y respuestas a sus necesidades y sus angustias de tal
manera que permita crear tejidos sociales de respeto mutuo, reconocimiento de las diferencias y
capacidad auténtica para la solidaridad y el trabajo compartido.
En este sentido, se requiere un cambio en las formas de pensamiento, expresión y acción tanto de
los grupos poblacionales afectados como de toda la sociedad, en sus percepciones y actitudes
frente ala realidad que favorezcan nuevas respuestas preactivas y sinérgicas de acuerdo con el
proyecto de sociedad que se desea.
En síntesis se requiere un proceso colectivo para “Aprender a conocer, aprender a hacer, aprender
a vivir juntos, aprender a ser”.
EL APRENDIZAJE COLECTIVO SE NUTRE DE:
La realidad concreta, se refiere a las necesidades de quienes participan en el proceso de atención
integral, tiene que ver con los intereses precisos de los sujetos participantes en su contexto
concreto.
La coherencia interna de las acciones, comprendidas como un proceso gradual, continuado en el
tiempo, desarrollado en forma sistemática. Coherencia fundamenta entre lo que se dice y se hace.
La Creación y el fortalecimiento de vínculos relaciónales para la construcción de grupos, equipos y
movimientos comunitarios, mediante el intercambio de opiniones y experiencias.
Posibilita una formación participativa y cooperativa, permite aprender valores y habilidades sociales
de autovaloración, cooperación y trabajo en equipo. Fortalece las relaciones horizontales.
Privilegia la comunicación y el diálogo por encima de la información, procurando una formación
crítica de la realidad.
RETOS PARA LA ACCION

Aprender a pensar y decidir colectivamente, construyendo relaciones basadas en la
confianza, en el aprovechamiento de las capacidades individuales y colectivas, en el marco
de las potencialidades y posibilidades.

Reconocer las experiencias individuales para desde ahí leer y reinterpretar la realidad, como
un proceso de conciencia de lo que se piensa, se siente y se hace tanto a nivel individual
como colectivo.

Aprender a construir nuevas formas de acción, mediante la interpretación de la realidad.

Aprender a desarrollar colectivamente una idea.

Aprender a valorar el proceso, para que existan niveles aceptables de interiorización y
apropiación de lo construido.
Se trata, de efectuar una reflexión, para comprender la Civilización del Amor como producto de una
construcción colectiva para la atención integral a las personas que viven el desplazamiento
forzado, en la cual predomine la interacción, teniendo en cuenta su dimensión en lo que esta tiene
de consultiva, pero también de decisoria, buscando niveles aceptables de bienestar.
Se ha considerado históricamente que el bienestar se refiere al grado en que una comunidad o
sociedad, ha satisfecho sus necesidades humanas fundamentales y en este sentido tiene una
estrecha relación con los conceptos de progreso y calidad de vida, que se constituyen no solo en
responsabilidad del Estado sino de la misma sociedad, quienes determinan las formas de "Bien
Estar" de acuerdo con las demandas (necesidades, deseos, aspiraciones entre otras) tanto
colectivas como individuales.
El bienestar entonces está relacionado con las condiciones de existencia referidas a la naturaleza
psicosocial, físicas y política de las personas, en donde se encuentran la autorrealización,
protección, seguridad, afecto, entendimiento, participación, identidad, libertad en la perspectiva de
desarrollo individual. Con respecto a la sociedad está estrechamente vinculado con las
costumbres, normas, tradiciones, valores éticos y la organización que esa sociedad construya para
la satisfacción de sus necesidades y aspiraciones colectivas.
Se pretende que en lo cotidiano de la dinámica social, se construyan unas relaciones de
reciprocidad, de respeto y tolerancia activa, con referentes precisos en torno a la tolerancia y al
sentido de pertenencia.
Este proceso necesita el concierto de las distintas instancias y actores comprometidos, y debe ser
orientado por mínimas reglas de juego que contemplen la participación activa de los estamentos
públicos y de la comunidad, buscando proyectarse sólida-mente hacia el futuro. La idea es crear un
sistema capaz de redistribuir entre sus miembros los beneficios producto del trabajo y las ventajas
propias de dicha comunidad.
En este sentido los conceptos de bienestar, de desarrollo humano y de gestión eficiente son
trasversales ala atención integral; por lo tanto es necesario trascender el concepto asistencial
centrado en la oferta de servicios no articulados, sin evaluaciones sistemáticas y con políticas
trazadas desde coyunturas.
Se trata de fomentar un proceso de equilibrio entre los cambios estructurales, las condiciones
reales, las expectativas futuras y la continuidad de los logros obtenidos por programas que han
venido definiendo y caracterizando las tareas de atención a las personas en situación de
desplazamiento forzado en el país, para asumirlo como articulador transversal del desarrollo
humano de los individuos y colectividades.
Desplazado es toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional,
abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su
integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran
amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno,
disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos
humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de
las situaciones anteriores que puedan alterar drásticamente el orden público.
PROPUESTA PROGRAMÁTICA
Buscando la coherencia entre lo que se dice, se piensa y se hace, esta última parte del texto se
dedica en términos generales a formular unas líneas gruesas para la atención integral tanto del
fenómeno del desplazamiento forzado, como de las personas que viven este flagelo en el país.
En este sentido se trata de asumir, en el abordaje del desplazamiento forzado, la propuesta para la
acción de Pastoral Social que el Secretariado Nacional de Pastoral Social -Caritas Colombianadefinió para el período 2002 - 2005 a partir de cuatro líneas de acción denominadas: Foro,
Fortalecimiento, Incidencia y Cooperación.
Estas cuatro líneas de acción buscan favorecer cotidianamente las relaciones, incrementado los
niveles y la calidad de comunicación y de entendimiento en la perspectiva de afianzar la
construcción de una comunidad que propenda por un desarrollo humano sostenible, concebido
como lo planteó la Organización de las Naciones Unidas en 1990 "un proceso de ampliación de
opciones de las personas”.
En esta perspectiva el desarrollo humano se concibe como el desarrollo de competencias y valores
que posibiliten la integración social para la construcción de condiciones de vidas dignas.
Para ello es necesario fortalecer la conciencia individual y colectiva, en torno a los problemas
comunes generados por el desplazamiento forzado, el fortalecimiento de la participación individual
en pequeños grupos y comunidades, para la creación de organizaciones sólidas que estén en
capacidad de llegar a acuerdos, concertar acciones, asumiendo responsabilidades compartidas.
LINEAS DE ACCION
FORO
Comprendido desde el eje temático de la atención integral al desplazamiento forzado,
como un ejercicio permanente de pedagogía ciudadana, que parte del reconocimiento de la
necesidad de transformar los modos de sentir, pensar y actuar con respecto al fenómeno y a la
atención integral de la población que sufre esta situación, a partir del dialogo racional y la
comunicación efectiva para el aprendizaje recíproco.
Cuadro
En este sentido vale la pena tener en cuenta lo planteado por Monseñor Héctor Fabio Henao: "La
Iglesia, frente a esta crisis humanitaria, ha sostenido a lo largo del tiempo la necesidad de una
salida pacífica y mientras ésta se logra, la urgencia de brindar apoyo, con criterios de
independencia y autonomía, a las comunidades que están en medio del conflicto. No se puede
desligar nuestro compromiso frente a la paz y nuestro compromiso humanitario”.
"En la Doctrina Social de la Iglesia hay un firme compromiso con la carta de la ONU, el Derecho
Internacional Humanitario (DIH) que incluye las convenciones de Ginebra, el Derecho de los
Refugiados y de los Desplazados, e incluso las diversas Convenciones suplementarias a la
Declaración Universal de los Derechos Humanos. De allí nuestro énfasis en dos aspectos muy
centrales: el derecho a vivir con dignidad y la urgencia de que se acepte la distinción entre
combatiente y no combatiente".
"La respuesta humanitaria tiene que pasar necesariamente por la escucha y el respeto a los líderes
y a las comunidades víctimas de la crisis humanitaria. Para ello se requiere hoy que la atención a
estas comunidades sea más integral: que, más que medidas transitorias, se extienda en toda la
situación de emergencia y post-emergencia".
FORO
Para:
Favorecer la congruencia y coherencia entre las diferentes posiciones y acciones.
Facilitar la construcción de consensos a través del diálogo entre las instituciones y organización de
éstas con la población afectada.
Promover el intercambio de experiencias de manera regular
Facilitar la definición de criterios para la articulación de acciones
Incluir el desplazamiento forzado en la agenda pública del gobierno y la sociedad.
FORTALECIMIENTO
Una tarea de primer orden es contribuir al desarrollo y fortalecimiento tanto de las instituciones
como de la organización de la comunidad, de manera que se conviertan en actores de la
construcción de los nuevos proyectos de atención integral, iluminados desde la Civilización del
Amor fortaleciendo la autonomía y corresponsabilidad para la atención integral.
Una estrategia de fortalecimiento institucional y/o comunitario implica garantizar la sostenibilidad de
las acciones en el tiempo y con la misma población. Toda intervención orientada hacia la atención
integral en el fenómeno del desplazamiento forzado debe Prever desde sus inicios la continuidad,
sistematicidad y seguimiento de las acciones; por ello es importante trabajar con las comunidades
y hacerlas partícipes del proceso, pues posteriormente pueden quedar encargadas de su
continuidad.
Para la estrategia de fortalecimiento es importante tener elementos básicos de planeación, que
permitan orientar el quehacer institucional y organizacional, de modo que responda a los
problemas y necesidades surgidas desde el desplazamiento forzado.
Esto significa que es necesario reconocer la especificidad del desplazamiento como problemática
multicausal y las condiciones particulares de la población a atender teniendo claro sus fortalezas y
debilidades, para además hacer fortalecimiento de su desarrollo personal, familiar y comunitario.
Es Precisamente sobre el resultado anterior que se puede construir un modelo de gestión que
promueva procesos de atención integral a partir de la identificación de programas y proyectos, que
requieren para su desarrollo eficiente y eficaz contar con una organización que maneje y oriente
los recursos mediante una asertiva dirección y un sistema de información que permitan conocer en
el tiempo los avances logrados en el acercamiento entre lo que ES con el DEBER SER.
Pistas para la definición y desarrollo de un plan de atención integral.
1. Debe ser simple y basado en las condiciones objetivas existentes.
2. Debe ser práctico
3. Debe basarse en un diagnóstico preliminar El sistema de información RUT es de gran
utilidad.
4. Debe ser flexible en su aplicación y adecuado a las condiciones locales.
5. Debe hacer uso de los múltiples recursos humanos y materiales de que se disponga.
6. Debe abarcar un enfoque integral, dirigido a toda la persona humana y teniendo en cuenta
todas las fases reactivas frente al fenómeno: prevención, atención de emergencias,
restablecimiento y reparación.
7. Debe privilegiar la participación social y el fortalecimiento de la corresponsabilidad.
8. Debe promover concertación alianzas en los niveles pertinentes.
9. Debe estar en concordancia con los Derechos Humanos, el Derecho Internacional
Humanitario, los Principios Rectores y las leyes nacionales.
10. Debe tener seguimiento y evaluación constantes del proceso desde un enfoque pedagógico
formativo.
Se trata de hacer un análisis de la situación para contrastarlo con la utopía de la Civilización del
Amor, de tal manera que permita identificar las brechas y las diferencias entre lo que Es en la
actualidad y el DEBER SER propuesto por la utopía.
INCIDENCIA
"Queremos construir una sociedad en donde la laboriosidad, la honestidad, el espíritu de
participación, la actuación de la justicia y la caridad sean una realidad"
La Iglesia Católica en Colombia está comprometida profundamente con los procesos de
transformación integral que se requieren para alcanzar una "sociedad pacífica y justa, con los
valores del Evangelio".
Esta línea aborda la influencia que desde los Evangelios puedan mejorar las relaciones entre todos
y todas. "De la misma dignidad de las persona proviene el derecho a tomar parte activa en la vida
pública y contribuir a la consecución del bien común".
La Iglesia busca incidir en "...la cultura de la convivencia y de la solidaridad están a la base de la
construcción de un proyecto común. El pluralismo... es otro tema fundamental. El respeto a la
diferencia, el diálogo y la inclusión social son apenas unos cuantos valores de los muchos que
encierra un proyecto común. Y por último en esas características una sociedad civil fuerte y
cohesionada es también indispensable como interlocutora de un Estado que se relaciona con dicha
sociedad..."
Lo anterior requiere desarrollar colectivamente un proceso dinámico local, regional y nacional, con
las siguientes fases:
Una Fase de Sensibilización con toda la población, que permita una compresión amplia de las
causas y el impacto que tiene en toda la sociedad el desplazamiento forzado. Este primer contacto
con el reconocimiento colectivo del problema es la base para la formulación de unos objetivos
comunes y un compromiso particular y colectivo.
Una Fase de Motivación, para la construcción de relaciones grupales ya sea a nivel de parroquia
como los COPPAS o, a nivel de barrio, las organizaciones comunitarias/sociales, desde las cuales
se emprendan acciones para ir transformando los modelos de atención integral al desplazamiento
forzado.
Una Fase de Organización, que exige un conocimiento y confianza entre los miembros del grupo y
permite definir niveles de coordinación y distribución de tareas, soportadas en el diseño general de
estrategias para realizarla acción.
Una Fase de Participación, que posibilite la construcción de un lenguaje común a partir de
acciones colectivas y concertadas, que atiendan las expectativas, intereses y necesidades de la
comunidad, acordes con el nivel de desarrollo de las organizaciones y de los individuos y que
permanentemente tengan en cuenta la población que está en situación de desplazamiento.
Una Fase de Re-alimentación, que permita una sistematización y aprendizaje de la experiencia y
una valoración de la misma, que lleve a reforzar el grupo.
COOPERACIÓN
Concebida aquí como el actuar conjuntamente con otro y otra para alcanzar un mismo fin. En este
sentido el gran reto de la cooperación en el mundo actual es contribuir a la consolidación y a la
creación de nuevos mecanismos de participación. Esto significa que no se trata de una relación a
una sola vía, es decir que unas agencias aportan recursos financieros o técnicos y otras los ejecuta
en contacto directo con las poblaciones beneficiarías de dichos proyectos.
Por el contrario la cooperación implica crear capacidades, cubrir vacíos, abordar con integridad y
acompañamiento los puntos críticos. Esto exige pensar en la construcción de alianzas efectivas
para responder acertadamente a los signos de los tiempos, buscando:

Fomentar el intercambio sistemático de experiencias para profundizar en temas específicos
de cada una de las etapas de la atención integral.

Establecer contactos con organismos, locales, nacionales e internacionales para construir
los mecanismos de sostenibilidad y continuidad de los proyectos de atención integral a la
población.

Fortalecer la red nacional de instituciones (incluyendo el sector público) y organizaciones
que trabajan en atención integral a poblaciones desplazadas.

Fortalecer la red intraeclesial en el nivel nacional, regional, diocesano y parroquial.
La cooperación así entendida plantea retos para definir acuerdos y convenios de colaboración
bilateral, multilateral, nacional y local, que permitan intensificar la transferencia de capacidades y
experiencias de ambas partes, para construir alianzas que posibiliten el desarrollo integral del
género humano.
Imagen
Estas líneas de acción surgen de la evaluación minuciosa de las fortalezas logradas en gestión de
los períodos anteriores, en donde se reconoce la inspiración de la Iglesia que, entre otros
aspectos, está centrada en su compromiso por la paz y la justicia, la opción preferencial por los
pobres y la exigencia permanente por leer los "signos de los tiempos”.
Cada día crece la conciencia de la necesidad de un trabajo articulado y sistemático con la
población, tanto entre las diferentes instituciones y organizaciones como de las distintas etapas
contempladas en la atención integral al desplazamiento forzado.
La Conferencia Episcopal en el desarrollo de su visión pastoral, se fortalece como actor
fundamental en la construcción de una nueva nación, en la perspectiva de inclusión social,
responsabilidad pública y compromiso ciudadano, con la exigencia de participar activamente en la
construcción del Estado Social de Derecho que realmente proteja los Derechos Humanos.
Por esto propone que todas las acciones en torno a la situación del desplazamiento interno,
contribuyan a "desempeñar un servicio específico en la misión socio-pastoral y caritativa de la
Iglesia, irradiando solidaridad y justicia social, facilitando el foro para el dialogo y el intercambio de
ideas entre todos, siendo voz e intercediendo por los más pobres y las víctimas, sirviendo de
manera eficaz a que los valores del Reino se hagan realidad, siendo la Diaconía de la caridad, la
paz y la justicia".
Por ello la Conferencia Episcopal de Colombia proclama la siguiente visión: "Una Civilización del
Amor, que refleje el Reino de Dios donde prevalezca la paz, la justicia, la verdad, la libertad y la
solidaridad, donde la dignidad humana sea lo más importante, donde no exista la exclusión,
discriminación o pobreza que deshumanice, donde los bienes de la tierra sean compartidos, donde
se respete y cuide todo lo creado, donde todos, especialmente los más pobres, tengan esperanza".
Cuadro
Por ello define como grandes metas:
LA COMUNION: Caminar desde Cristo es el gran reto de toda la iglesia y de la Pastoral Social con
una espiritualidad en comunión y situada en el camino de la santidad (NMI)
LA PARTICIPACION: Apostar a la Caridad con el criterio de que nadie sea excluido.
PROPUESTAS POR FASES DE LA ATENCIÓN INTEGRALES
cuadro
ANEXO 1
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A
(III), de 10 de diciembre de 1948
PREAMBULO
Considerando que la libertad y la Justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento
de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana.
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los Derechos Humanos han originado
actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la
aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos,
liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias.
Considerando esencial que los Derechos Humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a
fin de que d hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la
opresión.
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones.

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en
los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y
en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover
el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la
libertad,

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación
con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y
libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor
importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso,
La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como
ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los
individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas
progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y
efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios
colocados bajo su jurisdicción.
ARTICULO 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de
razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
ARTICULO 2
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración sin distinción
alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del
país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país
independiente como, de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a
cualquier otra |imitación de soberanía.
ARTICULO 3
Todo individuo tiene derecho a al vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
ARTICULO 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están
prohibidas en todas su formas.
ARTICULO 5
Nadie será sometido a torturas y a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
ARTICULO 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
ARTICULO 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derechos a igual protección de la ley. Todos
tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra
toda provocación a tal discriminación.
ARTICULO 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que
la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o
por la ley.
ARTICULO 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
ARTÍCULO 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con
justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y
oblaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
ARTÍCULO 11
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se
pruebe su culpabilidad, conforme a la ley en Juicio público en el que se le hayan asegurado todas
las garantías necesarias para su defensa.
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos
según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable
en el momento de la comisión del delito.
ARTICULO 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la
protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
ARTICULO 13
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un
Estado
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.
ARTICULO 14
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier
país.
Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos
comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
ARTICULO 15
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
A nadie se privara arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
ARTICULO 16
Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por
motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales
derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la
sociedad y del Estado.
ARTICULO 17
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
ARTICULO 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho
incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su
religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la practica, el culto y la observancia.
ARTICULO 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser
molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
ARTICULO 20
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
ARTUCULO 21
Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de
representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su
país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público, esta voluntad se expresará
mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e
igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
ARTICULO 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener,
mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional habida cuenta de la organización y los
recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
ARTICULO 23
Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y
satisfactorias de trabajo y ala protección contra el desempleo.
Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le
asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana que será
completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
ARTICULO 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute el tiempo libre, a una limitación razonable de la
duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
ARTICULO 25
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la
salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medio de subsistencia por
circunstancias independientes de su voluntad
La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños,
nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
ARTICULO 26
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo
concerniente a la instrucción elemental y; fundamental. La instrucción elemental será obligatoria.
La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores
será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento
del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión,
la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y
promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la
paz.
Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus
hijos.
ARTICULO 27
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar
de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le
correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
ARTICULO 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los
derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
ARTICULO 29
Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar
libre y plenamente su personalidad.
En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades toda persona estará solamente
sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el
respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer la justa exigencia de la moral,
del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y
principios de las Naciones Unidas.
ARTICULO 30
Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno
al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos
tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración.
ANEXO 2
PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DESPLAZAMIENTOS INTERNOS
SECCION I
Principio 1
1. Los desplazados internos disfrutaran en condiciones de igualdad de los mismos derechos y
libertades que el derecho internacional y el derecho interno reconocen a los demás
habitantes del país. No serán objeto de discriminación alguna al disfrute de sus derechos y
libertades por el mero hecho de ser desplazados internos.
2. Estos principios no afectarán la responsabilidad penal del individuo con arreglo al derecho
internacional, en participar en relación con el delito de genocidio, los crímenes de lesa
humanidad y los crímenes de guerra.
Principio 2
1. Estos principios serán observados por todas las autoridades, grupos y personas
independientemente de su condición jurídica y serán aplicados sin distinción alguna. La
observancia de estos principios no afectará la condición jurídica de las autoridades, grupos
o personas involucrados.
2. Estos principios no podrán ser interpretados en forma que limiten, modifique o menoscaben
las disposiciones de cualquier instrumento internacional de derechos humanos o de
derecho internacional o los derechos concebidos a la persona por el derecho interno. En
particular, estos principios no afectarán el derecho a solicitar y obtener asilo en otros
países.
Principio 3
1. Las autoridades nacionales tienen la obligación y la responsabilidad primarias de
proporcionar protección y asistencia humanitaria a los desplazados internos que se
encuentran en el ámbito de su jurisdicción.
2. Los desplazados internos tienen derecho a solicitar y recibir protección y asistencia
humanitaria de esas autoridades. No serán perseguidos ni castigados por formular esa
solicitud.
Principio 4
1. Estos principios se aplicarán sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión o
creencia, opinión pública o de cualquier otra índole, origen nacional, étnico o social,
condición jurídica o social, edad, discapacidad, posición económica, nacimiento o cualquier
otro criterio similar.
2. Ciertos desplazamientos internos, como los niños, especialmente los menores
acompañados, las mujeres embarazadas, las madres con hijos pequeños, las mujeres
cabeza de familia, las personas con discapacidades y las personas de edad, tendrán
derecho a la protección y asistencia requeridas por su condición y un tratamiento que tenga
en cuenta sus necesidades especiales.
SECCION II
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA PROTECCION CONTRA LOS DESPLAZAMIENTOS
Principio 5
Todas las autoridades y órganos internacionales respetarán y harán respetar las obligaciones que
les impone el derecho internacional, incluidos los derechos humanos y el derecho humanitario, en
toda circunstancia a fin de prevenir y evitar la aparición de condiciones que puedan provocar el
desplazamiento de personas.
Principio 6
1. Todo ser humano tendrá derecho a la protección contra desplazamientos arbitrarios que le
alejen de su hogar o de su lugar de residencia habitual.
2. La prohibición de los desplazamientos arbitrarios incluye los desplazamientos:
a. basados en políticas de "apartheid", "limpieza étnica” o practica similar cuyo objeto o
cuyo resultado sea la alteración de la composición étnica, religiosa o racial de la
población afectada;
b. – En situaciones de conflicto armado a menos que así lo requiera la seguridad de la
población civil afectada o razones militares imperativas;
c. En casos de proyectos de desarrollo de gran escala que no estén justificados por un
interés público superior o primordial;
d. En casos de desastres, a menos que la seguridad y la salud de las personas
afectadas requieran su evacuación; y
e. Cuando se utilice como castigo colectivo.
3. Los desplazamientos no tendrán una duración superior a la impuesta por las circunstancias.
Principio 7
1. Antes de decidir el desplazamiento de personas, las autoridades competentes se
aseguraran de que se han explorado todas las alternativas viables para evitarlo. Cuando no
quede ninguna alternativa, se tomarán todas las medidas necesarias para minimizar el
desplazamiento y sus efectos adversos.
2. Las autoridades responsables del desplazamiento se aseguraran en la mayor medida
posible de que se facilita alojamiento adecuado a las personas desplazadas, de que el
desplazamiento se realizará en condiciones satisfactorias de seguridad, alimentación, salud
e higiene y de que no se separe a los miembros de la misma familia.
3. Si el desplazamiento se produce en situaciones distintas de los estados de excepción
debidos a conflictos armados y catástrofes se respetaran las siguientes garantías:
a. La autoridad estatal facultada por la ley para ordenar tales medidas adoptará una
decisión específica.
b. Se adoptarán medidas adecuadas para facilitar a los futuros desplazados información
completa sobre las razones y procedimientos de su desplazamiento y en su caso
sobre la indemnización y el reasentamiento;
c. Se recabará el consentimiento libre e informado de los futuros desplazados,
d. Las autoridades competentes trataran de involucrar a las personas afectadas, en
particular las mujeres, en la planificación y gestión de su reasentamiento;
e. Las autoridades legales competentes aplicarán medidas destinadas a asegurar el
cumplimiento de la ley cuando sea necesario; y
f. Se respetará el derecho a un recurso eficaz, incluida la revisión de las decisiones por
las autoridades judiciales competentes.
Principio 8
El desplazamiento no se llevará a cabo de forma que viole los derechos a la vida, dignidad, libertad
y seguridad de los afectados.
Principio 9
Los estados tienen la obligación específica de tomar medidas de protección contra los
desplazamientos de pueblos indígenas, minorías, campesinos, pastores y otros grupos que tienen
dependencia especial a su tierra o apego particular a la misma.
SECCION III
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN DURANTE EL DESPLAZAMIENTO
Principio 10
El derecho a la vida es inherente a la persona humana y estará protegido por la ley. Nadie podrá
ser privado de la vida arbitrariamente. Los desplazados internos estarán protegidos en particular
contra:
El genocidio
El homicidio
Las ejecuciones sumarias o arbitrarias, y
Las desapariciones forzadas, incluido el secuestro o la detención no reconocida con amenaza o
resultado de muerte.
Se prohibirán las amenazas y la inducción a cometer cualquiera de los actos
precedentes.
Los ataques u otros actos de violencia contra los desplazados internos que no intervienen o han
dejado de intervenir en hostilidades estarán prohibidos en toda circunstancia. Los desplazados
internos serán protegidos, en particular, contra:
los ataques directos o indiscriminados u otros actos de violencia, incluida la creación zonas en las
se permiten los ataques a la población civil;
privación de alimentos como medio de combate;
su utilización como escudos de ataque contra objetivos militares o para proteger, facilitar o impedir
operaciones militares;
los ataques a sus campamentos o asentamientos;
el uso de minas antipersonales
Principio 11
Todo ser humano tiene derecho a la dignidad y a la integridad física, mental o moral.
Con independencia a que se haya o no limitado su libertad, los desplazados internos serán
protegidos, en particular contra:
La violación, la mutilación, la tortura, las penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, otros
ultrajes a su dignidad personal, como los actos de violencia
contra la mujer, la prostitución
forzada o cualquier otra forma de ataque a la libertad sexual;
La esclavitud o cualquier forma contemporánea de esclavitud, como la entrega en matrimonio a
título oneroso, la explotación sexual o el trabajo forzado de los niños;
Los actos de violencia destinados a sembrar el terror entre los desplazados internos;
Se prohibirán las amenazas y la inducción a cometer cualquiera de los actos precedentes.
Principio 12
Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.
Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias
Para dar efecto a este derecho, los desplazados internos no podrán ser recluidos o confinados en
campamentos. Si en circunstancias excepcionales la reclusión o el confinamiento resultan
absolutamente necesarios, su duración no será superior a la impuesta por las circunstancias.
Los desplazados internos disfrutarán de protección contra la detención o prisión arbitrarias como
resultado de su desplazamiento.
Los desplazados internos no ser tomados como rehenes en ningún caso
Principio 13
los niños desplazados no serán alistados en ningún caso ni se les permitirá o pedirá que participen
en las hostilidades.
Los desplazados internos disfrutarán de protección contra las prácticas discriminatorias de
alistamiento en fuerzas o grupos armados como resultado de su desplazamiento. En particular; se
prohibirán en todas circunstancias las prácticas crueles, inhumanas o degradantes a obliguen a los
desplazados a alistarse o castiguen a quienes no lo hagan.
Principio 14
Todo desplazado interno tiene derecho a la libertad de circulación y a la libertad de escoger
residencia.
En particular los desplazados internos tienen derecho a circular libremente dentro de los
campamentos u otros asentamientos.
Principio 15
Los desplazados internos tienen derecho a:
Buscar seguridad en otra parte del país;
Abandonar su país;
Solicitar asilo en otro país; y
Recibir protección contra el regreso forzado o el reasentamiento en cualquier lugar donde su vida,
seguridad, libertad y salud se encuentren en peligro.
Principio 16
Los desplazados internos tienen derecho a conocer el destino y el paradero de sus familiares
desaparecidos.
Las autoridades competentes tratarán de averiguar el destino y el paradero de los desplazados
internos desaparecidos y cooperaran con las organizaciones internacionales competentes
dedicadas a esta labor. Informarán a los parientes más próximos de la marcha de la investigación y
les notificarán los posibles resultados.
Las autoridades competentes procurarán recoger e identificar los restos mortales de los fallecidos,
evitar su profanación o mutilación y facilitar la devolución de esos restos al pariente más próximo o
darles un trato respetuoso.
Los cementerios de desplazados internos serán protegidos y respetados en toda circunstancia. Los
desplazados internos tendrán derecho y acceso a los cementerios de sus familiares difuntos.
Principio 17
Todo ser humano tiene derecho a que se respete su vida familiar.
Para dar efecto a este derecho se respetará la voluntad de los miembros de familias de
desplazados internos que deseen estar juntos.
Las familias desplazadas por desplazamientos serán reunidas con la mayor rapidez posible. Se
adoptaran todas las medidas adecuadas para acelerar la reunificación de esas familias,
particularmente en los casos de familias con niños. Las autoridades responsables facilitarán las
investigaciones realizadas y estimularán y cooperaran con los trabajos de las organizaciones
humanitarias que se ocupan de la reunificación de las familias.
Los miembros de las familias internamente desplazadas cuya libertad personal haya sido limitada
por la reclusión o el confinamiento en campamentos tendrán derecho a estar juntos.
Principio 18
Los desplazados internos tienen derecho a un nivel de vida adecuado.
Cualesquiera que sean las circunstancias, las autoridades competentes proporcionarán a los
desplazados internos como mínimo, los siguientes suministros o se asegurarán de que disfruten de
libre acceso a los mismos:
Alimentos esenciales y agua potable;
Alojamiento y vivienda básicos;
Vestido adecuado; y
Servicios médicos y de saneamiento esenciales.
Se harán esfuerzos especiales para asegurar la plena participación de la mujer en la planificación y
distribución de estos suministros básicos.
Principio 19
los desplazados internos enfermos o heridos y los que sufren discapacidades recibirán en la mayor
medida posible y con la máxima celeridad la atención y cuidados médicos que requieren, sin
distinción alguna salvo por razones exclusivamente médicas. Cuando sea necesario los
desplazados internos tendrán acceso a los servicios psicológicos y sociales.
Se prestará especial atención a las necesidades sanitarias de la mujer incluido su acceso a los
servicios de atención médica para la mujer, en particular los servicios de salud reproductiva, y el
asesoramiento adecuado de la victimas de abusos sexuales y de otra índole.
Se prestará así mismo especial atención a la prevención de enfermedades contagiosas e
infecciosas, incluido el SIDA, entre los desplazados internos.
Principio 20
Todo ser humano tiene derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Para dar efecto a este derecho, las autoridades competentes expedirán a los desplazados internos
todos los documentos necesarios para el disfrute y ejercicio de sus derechos legítimos, tales como
pasaportes, documentos de identidad personal, partidas de nacimiento y certificados de
matrimonio. En particularidad, las autoridades facilitarán la expedición de nuevos documentos o la
sustitución de documentos perdidos durante el deslazamiento, sin durante el desplazamiento, sin
imponer condiciones irracionales, como el regreso al lugar de residencia habitual para obtener los
documentos necesarios.
La mujer y hombre tendrán iguales derechos a obtener los documentos necesarios y a que los
documentos se expidan a su propio nombre
Principio 21
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad o de sus posesiones.
La propiedad y las posesiones de los desplazados internos disfrutarán de protección en toda
circunstancia, en particular contra los siguiente actos:
a. Expolio.
b. Ataques directos o indiscriminados u otros actos de violencia;
c. Utilización como escudos de operaciones u objetivos militares;
d. Actos de represalia; y
e. Destrucciones o expropiaciones como forma de castigo colectivo.
La propiedad y las posesiones que hayan abandonado los desplazados internos serán objeto de
protección contra la destrucción y la apropiación, la ocupación o los usos arbitrarios e ilegales.
Principio 22.
No se harán entre los desplazados internos, con independencia de que vivan o no en
campamentos, distinciones basadas en su desplazamiento en el disfrute de los siguientes
derechos:
El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, religión o creencia, opinión y expresión;
El derecho a buscar libremente oportunidades de empleo y a participar en las actividades
económicas;
El derecho a asociarse libremente y a participar en los asuntos públicos y gubernamentales,
incluido el acceso a los medios necesarios para ejercerlo; y
El derecho a comunicarse en un idioma comprensible.
Principio 23
Toda persona tiene derecho a la educación
Para dar efecto a este derecho las autoridades competentes se aseguraran de que los
desplazados internos, en particular los niños desplazados, reciban una educación gratuita y
obligatoria a nivel primario. La educación respetará su identidad cultural, su idioma y su religión.
Se harán esfuerzos especiales para conseguir la plena e igual participación de mujeres y niñas en
los programas educativos.
Tan pronto como las condiciones lo permitan, los servicios de educación y formación se pondrán a
disposición de los desplazados internos, en particular de los adolescentes y las mujeres,
independientemente que vivan o no en campamentos.
SECCION IV
PRINCIPIOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA HUMANITARIA
Principio 24
La asistencia humanitaria se prestará de conformidad con los principios de la humanidad e
imparcialidad y sin discriminación .alguna.
No se desviará la asistencia humanitaria destinada a los desplazados internos, ni siquiera por
razones políticas o militares.
Principio 25
La obligación y responsabilidad primarias de proporcionar asistencia humanitaria a los desplazados
internos corresponde a las autoridades nacionales.
Las organizaciones humanitarias internacionales y otros órganos competentes tiene derecho a
ofrecer sus servicios en apoyo de los desplazados internos. Este ofrecimiento no podrá ser
considerado un acto inamistoso ni una interferencia en los asuntos internos del Estado y se
examinará de buena fe. Su aceptación no podrá ser retirada arbitrariamente, en particular cuando
las autoridades competentes no puedan o no quieran proporcionar la asistencia humanitaria
necesaria
Todas las autoridades competentes concederán y facilitarán el paso libre de la asistencia
humanitaria y permitirán a las personas que prestan esa asistencia un acceso rápido y sin
obstáculos a los desplazados internos.
Principio 26
En el momento de proporcionar la asistencia, las organizaciones humanitarias internacionales y los
demás órganos competentes prestarán la debida consideración a la protección de necesidades y
derechos humanos de los desplazados internos y adoptarán las medidas oportunas a este
respecto. En esa actividad, las mencionadas organizaciones y órganos respetarán las normas y los
códigos de conductas internacionales pertinentes.
El párrafo precedente se formula sin perjuicio de las responsabilidades en materia de protección de
las organizaciones internacionales encargadas de esta finalidad, cuyos servicios pueden ser
ofrecidos o solicitados por los estados.
SECCION V
PRONCIPIOS RELATIVOS AL REGRESO, AL REASENTAMIENTO Y LA
REINTEGRACION
Principio 28
Las autoridades competentes tiene la obligación y responsabilidad primarias de establecer las
condiciones y proporcionar los medios que permitan el regreso voluntario, seguro y digno, de los
desplazados internos a su hogar o a su lugar de residencia habitual o a su reasentamiento
voluntario en otra parte el país. Esas autoridades tratarán de facilitar la reintegración de los
desplazados internos que han regresado o se han reasentado en otra parte.
Se harán esfuerzos especiales para asegurar la plena participación de los desplazados internos en
la planificación y gestión de su regreso o de su reasentamiento y reintegración.
Principio 29
Los desplazados internos que regresen a su hogar o a su lugar de residencia habitual o que se
hayan reasentado en otras partes del país no serán objeto de discriminación alguna basada en su
desplazamiento. Tendrán derecho a participar de manera plena e igualitaria en los asuntos
públicos a todo nivel y a disponer de acceso en condiciones de igualdad a los servicios públicos.
Las autoridades competentes tienen la obligación y la responsabilidad de prestar asistencia a los
desplazados internos que hayan regresado o se hayan reasentado en otra parte, para la
recuperación, en la medida de lo posible, de las propiedades o posesiones que abandonaron o de
las que fueron desposeídos cuando se desplazaron. Si esa recuperación es imposible, las
autoridades competentes concederán a esas personas una indemnización adecuada u otra forma
de reparación justa o les prestarán asistencia para que las obtengan.
Principio 30
Todas las autoridades competentes concederán y facilitarán a las organizaciones humanitarias
internacionales y a otros órganos competentes, en el ejercicio de sus respectivos mandatos, un
acceso rápido y sin obstáculos a los desplazados internos para que les presten asistencia en su
regreso o reasentamiento y reintegración.