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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Lunes 28 de agosto de 2000
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Durango.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO
DE DURANGO.
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas
zonas forestales en varios municipios del Estado de Durango, publicada en el mismo órgano de difusión el
pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la
Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el
siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL
ESTADO DE DURANGO
CANATLAN
CANELAS
DURANGO
GUANACEVI
MEZQUITAL
NUEVO IDEAL
OTAEZ
PUEBLO NUEVO
SAN DIMAS
SANTIAGO PAPASQUIARO
TAMAZULA
TEPEHUANES
TOPIA
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO
DE GUERRERO.
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas
zonas forestales en varios municipios del Estado de Guerrero, publicada en el mismo órgano de difusión el
pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la
Lunes 28 de agosto de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el
siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL
ESTADO DE GUERRERO
ACATEPEC
AJUCHITLAN DEL PROGRESO
ATLIXTAC
ATOYAC DE ALVAREZ
AYUTLA DE LOS LIBRES
COYUCA DE CATALAN
CHILAPA DE ALVAREZ
CHILPANCINGO DE LOS BRAVO
GENERAL HELIODORO CASTILLO
JOSE AZUETA
LEONARDO BRAVO
MALINALTEPEC
METLATONOC
QUECHULTENANGO
SAN MIGUEL TOTOLAPAN
TECPAN DE GALEANA
TETIPAC
TLACOACHISTLAHUACA
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Jalisco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO
DE JALISCO.
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas
zonas forestales en varios municipios del Estado de Jalisco, publicada en el mismo órgano de difusión el
pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la
Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el
siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL
ESTADO DE JALISCO
AYUTLA
CABO CORRIENTES
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Lunes 28 de agosto de 2000
CUAUTITLAN DE GARCIA BARRAGAN
GOMEZ FARIAS
MASCOTA
TALA
TALPA DE ALLENDE
TECALITLAN
TOMATLAN
ZAPOPAN
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
LISTADO de municipios afectados por la ruptura de un bordo del canal del río de La Compañía, derivado de las
lluvias torrenciales del 31 de mayo y 1 de junio de 2000, en el Estado de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA RUPTURA DE UN BORDO DEL CANAL DEL RIO DE LA
COMPAÑIA, DERIVADO DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES DEL 31 DE MAYO Y 1 DE JUNIO DE 2000, EN EL ESTADO
DE MEXICO.
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los efectos de la ruptura de un bordo del
canal del río de La Compañía, derivado de las lluvias torrenciales del 31 de mayo y 1 de junio de 2000, en el
Estado de México, publicada en el mismo órgano de difusión el pasado 7 de junio y habiéndose concluido los
trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría
de Gobernación, determinó procedente expedir el siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA RUPTURA DE UN BORDO DEL CANAL DEL RIO DE
LA COMPAÑIA, DERIVADO DE LAS LLUVIAS TORRENCIALES DEL 31 DE MAYO Y 1 DE JUNIO DE
2000, EN EL ESTADO DE MEXICO
CHALCO
IXTAPALUCA
VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Morelos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO
DE MORELOS.
Lunes 28 de agosto de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas
zonas forestales en varios municipios del Estado de Morelos, publicada en el mismo órgano de difusión el
pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la
Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el
siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL
ESTADO DE MORELOS
CUERNAVACA
HUITZILAC
TEPOZTLAN
TLALNEPANTLA
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
LISTADO de municipios afectados por los efectos de los incendios forestales en el Estado de Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL ESTADO
DE ZACATECAS.
Con fundamento en el numeral 55 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales
(FONDEN), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero del presente, así como en el
Artículo 1o. de la Declaratoria de Desastre Natural provocada por los incendios que afectaron a diversas
zonas forestales en varios municipios del Estado de Zacatecas, publicada en el mismo órgano de difusión el
pasado 17 de mayo y habiéndose concluido los trabajos de evaluación y cuantificación de daños, la
Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, determinó procedente expedir el
siguiente:
LISTADO DE MUNICIPIOS AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN EL
ESTADO DE ZACATECAS
CONCEPCION DEL ORO
JEREZ
TLALTENANGO DE SANCHEZ ROMAN
VALPARAISO
ZACATECAS
El presente Listado se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
México, Distrito Federal, a veinticuatro de agosto de dos mil.- El Coordinador General de Protección Civil,
Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.
EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por dos entidades internas de la Arquidiócesis
Primada de México, A.R., como Asociaciones Religiosas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Lunes 28 de agosto de 2000
EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADAS POR DOS ENTIDADES
INTERNAS DE LA ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de las solicitudes de registro que presentó la
ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R., de las entidades cuya denominación se señala a continuación,
presentadas a la Dirección General de Asociaciones Religiosas, en los términos del artículo 7o. de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Fecha de recepción de las solicitudes: 12 y 14 de julio de 2000.
Domicilio legal: señalado en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
Denominación
Representante
1. SAN JUAN MARIA VIANNEY, D.F.
FRANCISCO TISCAREÑO DURAN
2. DIVINO ROSTRO, LOMAS QUEBRADA, D.F.
FRANCISCO ZEPEDA VALENCIA
Apoderados: señalados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
Estatutos y otros requisitos: con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen
las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus
representantes y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la ley de
la materia.
Bienes que señalan para cumplir con su objeto: relacionados en el apartado correspondiente de la
solicitud, conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 7o. de la ley de la materia.
Ministros de culto: señalados en el apartado correspondiente de cada una de las solicitudes.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de
que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación,
aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud
de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 25 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Iglesia Católica, Apostólica, Ortodoxa, Antigua Tradicional,
como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE IGLESIA CATOLICA, APOSTOLICA,
ORTODOXA, ANTIGUA TRADICIONAL.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó IGLESIA CATOLICA,
APOSTOLICA, ORTODOXA, ANTIGUA TRADICIONAL, para constituirse en asociación religiosa; solicitud
presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 17 de julio de 2000.
1.- Representante:
NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ.
Lunes 28 de agosto de 2000
2.- Asociados:
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ, ANTONIO RAMON CAMACHO DIAZ, JOSE DE LA
ROSA CRESCENCIANO GARCIA SANCHEZ, OCTAVIO GALAN CRUZ y demás
relacionados en el listado respectivo.
3.- Ministros de culto:
NESTOR GUIJARRO y GONZALEZ, ANTONIO RAMON CAMACHO DIAZ, JOSE DE LA
ROSA CRESCENCIANO GARCIA SANCHEZ, OCTAVIO GALAN CRUZ y demás
relacionados en el listado respectivo.
4.- Apoderado:
OCTAVIO GALAN CRUZ.
5.- Domicilio legal:
CALLE NORTE 7 NUMERO 6213, COLONIA GERTRUDIS SANCHEZ, 1a. SECCION,
DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO
POSTAL 06830.
6.- Objeto:
PROCLAMACION EN PALABRA Y HECHOS DE LO QUE DIOS HACE EN EL MUNDO
POR MEDIO DE JESUCRISTO, PARA MANIFESTAR SU GLORIA .
7.- Señala dos inmuebles para cumplir con su objeto:
a) Como susceptibles de adquirirse en propiedad.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de
que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación,
aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud
de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por Congregación de Religiosas del Verbo
Encarnado, Viceprovincia de Santa María de Guadalupe, entidad interna de Congregación de Religiosas del Verbo
Encarnado, A.R., como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR CONGREGACION DE
RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, VICEPROVINCIA DE SANTA MARIA DE GUADALUPE, ENTIDAD INTERNA
DE CONGREGACION DE RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, A.R.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó CONGREGACION DE
RELIGIOSAS DEL VERBO ENCARNADO, VICEPROVINCIA DE SANTA MARIA DE GUADALUPE, para constituirse en
asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 21
de febrero de 2000 y complementada el 6 de junio de 2000.
1.- Representantes:
MARIA GUADALUPE MORAN DE LA ROSA y LUZ MARIA GONZALEZ ACEVES.
2.- Asociadas:
MARIA GUADALUPE MORAN DE LA ROSA, ANA MARIA VARGAS MENDOZA, LUZ
MARIA GONZALEZ ACEVES y demás relacionadas en el listado respectivo.
3.- Domicilio legal:
ANTONIO DEL CASTILLO NUMERO 43, COLONIA SAN RAFAEL, DELEGACION
CUAUHTEMOC, MEXICO, DISTRITO FEDERAL, CODIGO POSTAL 06470.
(Primera Sección)
4.- Objeto:
DIARIO OFICIAL
Lunes 28 de agosto de 2000
ANUNCIAR, IMPARTIR Y PROPAGAR LA DOCTRINA DE LA IGLESIA CATOLICA Y
APOSTOLICA Y ROMANA, EVANGELIZANDO DE ACUERDO A SUS PRINCIPIOS Y
MAGISTERIO .
5.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto:
a) Manifestado en comodato.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, aleguen
su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de
referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 11 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por San Martín Caballero, D.F., entidad interna de
la Arquidiócesis Primada de México, A.R., como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR SAN MARTIN CABALLERO, D.F. ,
ENTIDAD INTERNA DE LA ARQUIDIOCESIS PRIMADA DE MEXICO, A.R.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó SAN MARTIN
CABALLERO, D.F. , para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de
Asociaciones Religiosas con fecha 9 de junio de 2000.
1.- Representante:
JOSE LAZARO DURAN HERRERA.
2.- Asociados:
NORBERTO RIVERA CARRERA, MARCELINO HERNANDEZ RODRIGUEZ y JOSE
LAZARO DURAN HERRERA.
3.- Ministro de culto:
JOSE LAZARO DURAN HERRERA.
4.- Apoderado:
HORACIO AGUILAR ALVAREZ DE ALBA.
5.- Domicilio legal:
AVENIDA POZOS y LIMON SIN NUMERO, MANZANA 2, LOTE 18, COLONIA LOMAS
SANTA CRUZ MEYEHUALCO, DELEGACION IZTAPALAPA, MEXICO, DISTRITO
FEDERAL, CODIGO POSTAL 09760.
6.- Objeto:
PRACTICA Y PROPAGACION DE LA DOCTRINA CRISTIANA .
7.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto:
a) Manifestado como bien de propiedad federal.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
Lunes 28 de agosto de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de
que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación,
aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud
de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Refugio de Esperanza, como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE REFUGIO DE ESPERANZA.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó REFUGIO DE
ESPERANZA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de
Asociaciones Religiosas con fecha 23 de mayo de 2000 y complementada el 14 de julio del mismo año.
1.- Representantes:
JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ y JUANA GUADALUPE
CANCINO MONTOYA.
2.- Asociados:
JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ y JUANA GUADALUPE
CANCINO MONTOYA.
3.- Ministros de culto:
JOSE MARIO CAMACHO PEREZ, MARGARITA IBARRA PEREZ, JUANA GUADALUPE
CANCINO MONTOYA y demás relacionados en el listado respectivo .
4.- Apoderada:
NELLI HORTENSIA LOPEZ ILLESCAS.
5.- Domicilio legal:
FRANCISCO VILLA NUMERO 10, BARRIO DE FATIMA, SAN CRISTOBAL DE LAS
CASAS, CHIAPAS, CODIGO POSTAL 29264.
6.- Objeto:
PROPAGACION DEL EVANGELIO DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO .
7.- Señala dos inmuebles para cumplir con su objeto:
a) Como susceptibles de adquirirse en propiedad.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de
que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación,
aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud
de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por Parroquia San Juan Bautista de la Salle,
entidad interna de la Diócesis de León, A.R., como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR PARROQUIA SAN JUAN
BAUTISTA DE LA SALLE, ENTIDAD INTERNA DE LA DIOCESIS DE LEON, A.R.
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Lunes 28 de agosto de 2000
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó PARROQUIA SAN
JUAN BAUTISTA DE LA SALLE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección
General de Asociaciones Religiosas con fecha 21 de junio de 2000.
1.- Representante:
FERNANDO BRISEÑO GONZALEZ.
2.- Asociados:
JOSE GUADALUPE MARTIN RABAGO, HECTOR GUTIERREZ LEDESMA y FERNANDO
BRISEÑO GONZALEZ.
3.- Ministro de culto:
JOSE GUADALUPE MARTIN RABAGO, HECTOR GUTIERREZ LEDESMA y FERNANDO
BRISEÑO GONZALEZ.
4.- Domicilio legal:
PROLONGACION
GUANAJUATO.
5.- Objeto:
LA PROPAGACION DE LA VERDAD EVANGELICA POR TODOS LOS MEDIOS
LICITOS .
IZTLACIHUALT,
COLONIA
SAN
JUAN
BOSCO,
LEON,
6.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto:
a) Manifestado como susceptible de adquirirse en propiedad.
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, aleguen
su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de
referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 11 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.
EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo de Fraternidad de Iglesias Evangélicas Pentecosteses de la
República Mexicana, como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO DE FRATERNIDAD DE IGLESIAS EVANGELICAS
PENTECOSTESES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público, se publica el extracto de la solicitud de registro que presentó FRATERNIDAD DE
IGLESIAS EVANGELICAS PENTECOSTESES DE LA REPUBLICA MEXICANA , para constituirse en asociación
religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas con fecha 29 de junio de
2000.
1.- Representante:
AURELIANO TRINIDAD MONDRAGON.
2.- Asociados:
AURELIANO TRINIDAD MONDRAGON, GASPAR DOMINGUEZ OLIVO, GORGONIO
AMADO, JAVIER RAMIREZ PEREZ y JOEL RODRIGUEZ FORTOZO.
3.- Ministro de culto:
JAVIER RAMIREZ PEREZ.
4.- Apoderado:
BERNARDO JOSE ARZOLA NAVARRETE.
5.- Domicilio legal:
CALLE CAMELIA LOTE 9, COLONIA SANTA MARIA LA QUEBRADA, CUAUTITLAN
IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 54769.
6.- Objeto:
PREDICAR EL EVANGELIO DE JESUCRISTO .
7.- Señala un inmueble para cumplir con su objeto:
a) Manifestado como susceptible de adquirirse en propiedad.
Lunes 28 de agosto de 2000
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
Asimismo, exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En los términos del artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria
conforme al artículo 2 del propio ordenamiento, se notifica lo anterior a las personas físicas, asociaciones
religiosas y agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerar afectada su esfera jurídica, a fin de
que dentro del término de sesenta días naturales, contados a partir del día siguiente de esta publicación,
aleguen su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud
de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 28 de julio de 2000.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Jaime Almazán
Delgado.- Rúbrica.