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Competitividad en Comercio Exterior:
Los Recintos Fiscalizados
Estratégicos
Octubre 26, 2007
Contenido
1
2
3
1. Antecedentes y Marco de Referencia.
2. Razonamientos.
3. Propuestas Legislativas sobre los
Recintos Fiscalizados Estratégicos.
SECRETARÍA DE
DESARROLLO ECONÓMICO
Antecedentes y Marco
de Referencia
La propuesta “Competitividad en Comercio
Exterior: Los Recintos Fiscalizados Estratégicos”
tiene como antecedente . . .
• Los trabajos que lleva a cabo la Comisión de Economía del
H. Congreso de la Unión con el objeto de aprovechar las
áreas de oportunidad que ofrece la ubicación geográfica
estratégica de México y la apertura comercial existente en el
mundo, y
• Mejorar nuestra posición en materia de infraestructura y en
los aspectos legales para elevar la atracción de inversiones.
Por lo tanto, los marcos legales que sirven de
fundamento para formular nuestras propuestas
son . . .
• Ley Aduanera;
• Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior;
• Plan Nacional de Desarrollo Económico 2007-2012
(Economía Competitiva y Generadora de Empleos).
Razonamientos
Eficiencia Logística por País seleccionado . . .
Costos Logísticos como porcentaje del PIB
(2006)
25.00%
22%
20.00%
Porcentaje
17%
13.5%
15.00%
9.5%
10.00%
7%
6.3%
5.00%
0.00%
USA
China
Europa
México
País
Fuente: CSCMP. Mexico NOW Research. April 2007.
India
Japón
San Luis Potosí cuenta con tres Secciones
Aduaneras
y
dos
Recintos
Fiscalizados
Estratégicos (RFE) . . .
• Interpuerto Terminal
Aduanera/RFE).
Intermodal
de
Carga
(Sección
• Logistik Free Trade Zone (Sección Aduanera/RFE).
• Centro Logístico Internacional Estafeta (Sección Aduanera).
El Interpuerto Terminal Intermodal de Carga y el
Centro Logístico Internacional Estafeta están
registrando importantes flujos en las exportaciones . . .
• En términos de valor, se registraron 2,454.4 millones de
dólares en el año 2006, cifra que los ubicó en el décimo lugar
a nivel nacional dentro de los principales sitios exportadores
del país.
• Esta posición se continuó manteniendo durante el primer
trimestre del presente año, al observar un monto de 865.3
millones de dólares.
La infraestructura de los Recintos Fiscalizados
de San Luis Potosí, está teniendo un impacto
creciente en el Centro y Norte del país . . .
• A la fecha, los servicios que prestan los Recintos Fiscalizados
Estratégicos son utilizados por empresas de las Entidades
Federativas siguientes:
•Aguascalientes,
•Distrito Federal,
•Estado de México,
•Guanajuato,
•Jalisco,
•Nuevo León,
•Querétaro, y
•Zacatecas.
Propuestas
Legislativas sobre los
Recintos Fiscalizados
Estratégicos
Tema: Analizar la pertinencia de modificar que la facultad que
tiene el Titular del Poder Ejecutivo Federal de establecer o
suprimir aduanas interiores sea delegada al Titular de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público . . .
Texto de Ley o Artículo a Reformar:
Artículo 143 de la Ley Aduanera. “Además de las que confieren
otras leyes, son atribuciones del Poder Ejecutivo Federal en
materia aduanera:” …
Propuesta de Reforma:
Artículo 143 de la Ley Aduanera. “Además de las que confieren
otras leyes, son atribuciones de la Secretaría, previo acuerdo con
el Poder Ejecutivo Federal:” …
Tema: Reducir al mínimo el uso de los pedimentos relacionados con la
transferencia de mercancías en el mismo estado sujetas al régimen de
recinto fiscalizado estratégico, así como los de transferencia de
mercancías, después de haberse sometido a un proceso de elaboración,
transformación o reparación, sujetas al régimen de recinto fiscalizado
estratégico.
Texto de Ley o Artículo a Reformar:
Puntos 3.9.5 y 3.9.8 de las Reglas de Carácter General en Materia
de Comercio Exterior. Diario Oficial de la Federación del 27 de Abril
de 2007.
Tema: Eliminar que el impuesto al comercio exterior aplicable a la fracción
arancelaria de la mercancía extranjera sea superior al impuesto al comercio exterior
aplicable para la fracción arancelaria del producto que resulte de los procesos de
elaboración, transformación o reparación; que el impuesto al comercio exterior
aplicable a la fracción arancelaria de la mercancía extranjera sea un impuesto al
comercio exterior específico o mixto; y que la fracción arancelaria de la mercancía
extranjera
esté
sujeta
al
pago
de
cuota
compensatoria.
Texto de Ley o Artículo a Reformar:
Incisos a), b) y c) del punto 3.9.8 de las Reglas de Carácter General en Materia de
Comercio Exterior. Diario Oficial de la Federación del 27 de Abril de 2007.
Continuación . . .
Impacto Económico:
Con la eliminación de los incisos de referencia se evitan las prácticas de
"dumping".
De continuar manteniendo lo declarado en los incisos de referencia a), b) y c) del
punto 3.9.8 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior se
elimina la mitad del beneficio de los recintos fiscalizados estratégicos y se pone a
la figura en desventaja con su similar de otros países, tales como Estados Unidos
de América. Algunos argumentos técnicos son: Cambia el momento de causación,
cambia la base gravable e impone regulaciones no arancelarias, determina origen
a las mercancías, niega trato arancelario preferencial y prohíbe la importación
definitiva de determinados productos.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN