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· La batalla del himno
© 2015 Josep Marc Laporta
Treinta y cinco segundos de atronadores
silbidos dieron para mucho. Solo treinta y cinco
segundos. Silbar un símbolo, como lo es un
himno nacional que representa a millones de
personas, no es un asunto baladí.1 Mostrar
disconformidad en los prolegómenos de un partido de fútbol, pitando
masiva y ensordecedoramente, ahogando el sonido del himno del estado
español con su máximo representante en la tribuna, no es una cuestión
menor; ni en la forma ni en el contenido ni, tampoco, en la
consideración de los derechos civiles.
Sería por mi parte muy elegante afirmar que nunca silbaría un
himno que represente a ningún país o a nadie. No entra dentro de mis
actitudes naturales ni tampoco de mis preferencias ético-estéticas. Sin
embargo, la pretenciosa elegancia inicial obliga a una revisión sobre
cuáles son los derechos que amparan la libertad de expresión, dónde
están los límites de ésta, qué relación tiene con actitudes violentas y
cuáles son las implicaciones éticas al mostrar disconformidad con el
trasfondo de un símbolo, rechazándolo mediante pacífica actitud. Por
otro lado, observar el hecho simplemente como un atentado a la
dignidad de los principios y valores de otras personas sería reducirlo
rápidamente al simplista marco de la displicencia.
REPRESENTACIÓN SIMBÓLICA Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN –
El primer elemento de consideración es si la pública, pacífica y contraria
manifestación a las representaciones simbólicas de un estado o nación
debería estar por encima de la libertad de expresión de sus propios
ciudadanos. Gran parte del debate ha de centrarse en este punto,
1
Partido de fútbol celebrado en el estadio Camp Nou (Barcelona), entre el Athletic Club y el FC
Barcelona, correspondiente a la final de la Copa del Rey, el 30 de mayo del 2015. Temporada 2014-2015.
Resultado: Athletic Club – 1; FC Barcelona – 3.
porque ¿qué condición social y sociológica tiene el himno que
representa a un pueblo? Básicamente la de símbolo: inerte y fútil en sí
mismo y, al mismo tiempo, de gran trascendencia política y emocional.
Colmado de contenidos por la implicación simbólica que le otorga un
estado y por la autónoma aceptación de sus ciudadanos en la medida
que se sumen a su valor representativo, el himno es un símbolo de libre
adscripción. Por lo tanto, estamos hablando de marcos de simbología, de
un valor en parte impuesto, pero que puede ser aceptado autónomamente, con protocolos coactivos más o menos democráticos, que puede
ser asumido de forma desigual por los ciudadanos de ese mismo estado.
En realidad, solamente es un símbolo, un atributo de libre representación y voluntaria aceptación o afiliación.
En los países más democráticos y avanzados la libertad personal
está por encima de los símbolos. Y, en cambio, en los países-estado de
reminiscencias postcolonialistas, la adoración a los símbolos está por
encima de la libertad personal. Este último modelo es propio de naciones
tercermundistas y de estados continentales fuertes, consolidados, de
pasado imperialista, como es el caso del francés, que a pesar de sus
logros por la libertad, la igualdad y la fraternidad, los símbolos de la
nación pasan por encima de la libertad de expresión y protesta
individuales.2 Sin embargo, en los países sajones la tradición es a la
inversa. Se considera que la protección de la posibilidad de expresar el
descontento, no solo respecto a los símbolos sino con aquello que
representan, es sagrado e incluso es un deber cívico poderlo hacer.
La libertad de conciencia da lugar a la libertad de expresión –no a
la inversa–, siempre y cuando ésta última no implique coacción a la
libertad del prójimo ni deshonra. Consiguientemente, por libertad de
conciencia también se entiende la capacidad de asumir o no como
2
En Francia está prohibido pitar ‘La Marsellesa’. En el año 2008, la ministra de Sanidad,
Juventud y Deportes, Roselyne Bachelot, después de que durante el amistoso que enfrentaba Francia con
Túnez el público silbara el himno nacional, indicó que, en el caso de que el himno volviera a ser recibido
con pitos, los miembros del Gobierno abandonarían el Estadio y se anularían todos los encuentros
amistosos contra el país rival durante un periodo de tiempo por determinar. En octubre de 2001 miles de
emigrantes argelinos acudieron a presenciar el primer encuentro de su país contra la antigua metrópoli y
silbaron el himno.
propios, símbolos o representaciones políticas de un país o sociedad. Por
lo tanto, la libertad de expresión es la capacidad de exteriorizar o
manifestar lo que, en libertad, la conciencia ha determinado.
Como parte de la vida en común de sociedades avanzadas la
disidencia refuerza la democracia, porque sino se cae en la única visión y
en el totalitarismo. No obstante, la libertad del prójimo acaba cuando la
libre y autónoma expresión se convierte en ofensa destructiva y sistemática. Ofender no es libertad de expresión. Y en el caso que nos ocupa,
silbar el himno nacional durante treinta y cinco segundos no es más que
la disconforme manifestación respecto a un símbolo que, por las razones
que sean, no es representativo para un grupo de personas que son parte
de esa misma sociedad cuyo himno dice representar.
PLEDGE OF ALLEGIANCE – En Estados Unidos existe la
denominada ‘Pledge of Allegiance’ o ‘Juramento de Lealtad’, que dice:
«Juro lealtad a la bandera de los Estados Unidos de América y a la república
por la que se sostiene, una nación, bajo Dios, indivisible, con libertad y justicia
para todos». Esta locución se pronuncia al inicio de las sesiones del
Congreso y también en las escuelas públicas. Al comenzar las clases del
día se pide a los niños que se levanten y reciten este juramento. No
obstante, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha sentenciado
varias veces que no se puede obligar a los estudiantes pronunciar la frase
porque la libertad de opinión y pensamiento es esencial en una sociedad
democrática. Sin embargo ha existido controversia, porque a pesar de
que expresarlo es voluntario, en el ambiente aún existe una cierta
coacción que obliga.
Hay un momento en el tipo de constitución de los estados
modernos en el que se defendía que era obligatorio seguir los rituales de
estado. El ciudadano podía creer lo que quisiera, mientras siguiera sin
falta los protocolos comunes. No era libre. Más tarde hubo una
revolución democrática hacia finales del siglo XIX y ya en pleno siglo XX
que sostenía que el ciudadano también tiene derecho de disentir de los
rituales comunes de un estado. Esta renovación democrática sitúa la
discrepancia y manifestación respecto al símbolo como un hecho de
libertad individual y colectiva, siempre y cuando su expresión se ejerza
por medios pacíficos.
Este histórico progreso en derecho civil coloca la libertad de
conciencia en línea con la libre adscripción a unos símbolos y con la
posibilidad de mostrar adhesión o rechazo público. Por lo tanto, los
símbolos de un estado no significan un derecho superior sobre la
libertad de expresión y su libre manifestación, sea contraria o favorable,
puesto que la libertad de conciencia –primera conquista social– otorga
también la libertad de expresión y, en consecuencia, la adscripción a
unos símbolos –segunda conquista social–. Las libertades en una democracia son libertades cuando gustan, pero sobre todo cuando a uno le
molestan; porque la preciada libertad que pretendemos disfrutar no es
sobre gustos –sobre lo que nos gusta o lo que no nos gusta– sino
sobre tolerancia y libertad de discrepancia. Una sociedad avanzada
debería entender que todo lo que se puede alabar también se puede
criticar, incluso los símbolos.
____ANEXO:
EL SIGNIFICADO DEL HIMNO ESPAÑOL – Los himnos
significan cosas. No son ajenos a la hermenéutica conceptual sobre su
origen, transfondo histórico, desarrollo social, imposición gubernamental y aceptación pública. Su génesis, formación, estética y ética intelectual, social y política van más allá de la simple melodía a cantar. Por lo
tanto, un himno tiene una representación viviente interpretada por cada
uno de los ciudadanos, que libremente se adscribe.
La primera persona que adopta el himno español como símbolo
nacional fue, a mediados del siglo XVIII, Carlos III, hijo de Felipe V, de
triste recuerdo histórico para los muchos de los habitantes de los
territorios de habla catalana. Ha sido el himno nacional y de estado en
los desfiles militares desde Carlos III con algunas excepciones históricas:
en el trienio liberal de principios del siglo XIX (1820-1823), en la Primera
República (1873-1874) donde el himno tuvo cooficialidad, y en la Segunda
República (1931-1937) con el Himno de Riego. Sin embargo, fue asumido
por el general Francisco Franco en la Guerra Civil española y, posteriormente, por las Cortes constituyentes de la nueva democracia de 1977.
Es por todo ello que el himno nacional ha estado muy relacionado
con los momentos menos gloriosos y más trágicos de la historia de
España, y, consecuentemente, su aceptación general como símbolo
representativo del estado provoca muchos desafectos. Desde personas de
tradición republicana hasta aquéllos que sienten que el actual estado
español no les representa nacionalmente, discrepar del himno y de todo
lo que representa no debería considerarse un acto de violencia contra el
estado, sino el derecho a expresar contrariedad política y/o social,
especialmente si a un acto deportivo se le asocian contenidos políticos
imperativos. Cuando desde instancias gubernamentales se mezcla y
fusiona, sin ningún tipo de recato y disimulo, símbolos políticos a
actividades lúdicas deportivas, es nomotético deducir que los aficionados
puedan opinar e incluso discrepar de dicha vinculación.3
Un país cuyas autoridades no han sido capaces de entender que el
himno del absolutismo borbónico del siglo XVIII, el himno de la
opresión antiliberal del XIX, el himno de la dictadura de Primo de Rivera
de los años veinte, el himno del ejército nacional de la Guerra Civil y el
himno de la dictadura fascista más larga de Europa no puede representar
a los herederos de la tradición democrática que se han enfrentado a
todas esas injusticias históricamente, es plausible que esas autoridades
3
La historia de los silbidos en acontecimientos deportivos no es de ahora. El 14 de junio de 1925
se disputó en Les Corts (campo deportivo del FC Barcelona) un partido entre el Barça y el CD Jupiter en
homenaje al Orfeó Catalá. En el descanso, la banda de la marina inglesa, invitada al partido, interpretó el
himno británico y la Marcha Real. Los 14.000 espectadores aplaudieron el God Save the Queen y
sisearon el himno español. El gobernador civil de Barcelona, Joaquín Milans del Bosch informó del
suceso al presidente, el dictador Miguel Primo de Rivera, que decidió cerrar la sede blaugrana seis meses
por el ‘desafecto al patriotismo’ de los catalanes. Al final, la suspensión quedó tan solo en tres meses.
En el año 1989, en la reinauguración del Estadio Olímpico de Montjuïc (Barcelona), con motivo
de la Copa del Mundo de Atletismo, se silbó profusamente la Marcha Real con la presencia del rey Juan
Carlos I en la tribuna. Posteriormente, en distintos encuentros futbolísticos de finales de la Copa del Rey
entre el FC Barcelona y el Athletic Club de Bilbao, los aficionados de ambos equipos silbaron
masivamente el himno nacional. También, en Cataluña se ha silbado repetidamente el himno nacional,
‘Els Segadors’, en distintas modalidades deportivas y en diferentes encuentros deportivos, e incluso, en el
mismo Camp Nou, donde tras repetidos silbidos en la primera década del siglo XXI cuando entraba el
presidente de la Generalitat a la tribuna presidencial, se decidió no volver a poner el himno.
tampoco puedan entender que puede ser normal que ciudadanos de ese
estado no se sientan representados por el himno nacional.
Los símbolos significan cosas y representan no solo el presente
sino su propio pasado. El hecho de que la Marcha Real sea normal para
las autoridades españolas también tiene un trascendente significado. El
problema no es el símbolo, el problema son las sombras históricas que el
símbolo incorpora, que coexisten en la representación y que es de libre
albedrío adherirse o no, criticarlo o no, puesto que no gozan de
suficiente representación. En un acto deportivo es de conciencia pitar, si
es necesario, un himno que, en conciencia, puede o no representar a un
grupo de personas.
No me parece una falta de respeto que se pite un himno y, por
ende, al Rey. Lo que en cualquier caso me parece una falta de respeto es
que se imponga un Rey. Si hablamos de coherencia, hablemos de todas
las coherencias, no de treinta y cinco segundos de silbidos. Porque
intentar condenar y ajusticiar una masiva silbada sin comprender sus
motivos es un error; un dramático error político y social. En cualquier
caso, si alguien expresa su inconformidad mediante una sonora pitada, la
primera pregunta que un estado debería formularse sería cuál es la razón
y el porqué de esa pacífica manifestación. Un estado que tiene miedo a
pitos y silbidos es un estado muy débil. Y cuando un estado considera
una amenaza las urnas, los silbatos y las lenguas, es que está muy
asustado y su madurez democrática se le supone.
© 2015 Josep Marc Laporta
http://josepmarclaporta.blogspot.com
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