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Transcript
1
INDICE.
Introduccion
1.
I. Marco Teorico. El Big Bang Social.
3
I.1. Tension Social
3
I.2. Solidaridad vs. Competencia.
6
I.3. La cuestión de las cuestiones.
I.4. Alianzas, concertación y negociación: la política.
8
II. Acerca del Juicio Político.
II.1. El Juicio Político.
16
II.1.1. Poder y responsabilidad.
17
II.1.2. El Juicio Político propiamente dicho.
II.2. Juicio Político y gobernabilidad.
20
Conclusión.
21
III. Judiciabilidad de la cuestión política. Un estudio de caso.
III.1. Política, Derecho y Justicia.
22
III.1.1 La cuestión política y la cuestión judicial.
III.2. Dimensiones de afectación de gobernabilidad.
24
III.2.1. Afectación de la gobernabilidad
24
III.3. Estado, Política y Justicia.
27
III.3.1. Estado de excepción. La razón de Estado.
III.3.2. Bienestar Social, Bienestar Común, Justicia Social,
Fundamentos últimos de la legitimidad social.
29
Conclusión final. Apologia de la política.
7
13
19
22
22
28
2
INTRODUCCION.
El estudio de los hechos sociales, debido a su extrema complejidad, supone un
desafío permanente al pensamiento humano. Este desafío se transforma en una
aventura pues al intentar dilucidar los cómo, los porqué y los qué de los
acontecimientos sociales también nos comprendemos a nosotros mismos en la
medida que los hechos sociales son hechos humanos y pueden ser un reflejo de
nuestras conductas. El estudio de los hechos sociales contiene la llave para
interpretar1 los fenómenos, entendidos desde una perspectiva material y no
romántica que acaecen en la sociedad.
Para complicar un poco más esta cuestión, se debe mencionar que, amén de su
complejidad y profundidad, los hechos sociales no son susceptibles de ser
abordados con la objetividad a la que nos tiene acostumbrado las ciencias físiconaturales. Muy por el contrario, el estudio de los hechos sociales siempre se
realiza desde un marco de subjetividad. Esta particularidad no le quita ni
profundidad ni saber al discurso que se enuncia y que intenta desentrañar
analíticamente los cómo, los porqué y los qué de los fenómenos que suceden en
una sociedad.
De tal manera que no debemos considerar a los hechos sociales como “cosas”
sino como procesos, como “devenires”. La tendencia a sustantivar los procesos es
un resabio positivista e iluminista que no nos ayuda a comprender por que y cómo
se dan los hechos sociales. Al mismo tiempo, esta sustantivación, que consiste en
“cosificar” procesos2, oculta lo más rico que puede traer el análisis sociológico. De
más esta decir que, en el análisis de los hechos sociales, sobre todo los hechos
políticos, se debe recurrir a la historia para que nos brinde un marco de
comprensión más adecuado y más certero. Ella nos brindará las claves para la
comprensión.
La historia, justamente, nos brinda algunas de las claves con las que podemos
empezar a responder nuestras preguntas. La historia es del devenir humano y no
solo de algún tipo particular de proceso (por más que podamos hablar de historia
económica o de historia de la Edad Media). Hay una especie de inercia que
proviene del trasfondo sociotemporal que funciona como una energía imponente e
inevitable y, al mismo tiempo, esta especie de inercia, es el resultado de todas las
relaciones sociales que se dan en un mismo tiempo. La historia, según mi
concepción, es la sumatoria de todas las relaciones sociales que han existido en el
devenir de la vida del hombre en sociedad y que adquieren algún tipo de
significado. Estas relaciones sociales son significadas mediante una atribución de
sentido y este, justamente, es lo que podemos captar. De tal manera que, cuando
hablemos de sociedad, de política, de cultura, de comunicación, etc., estaremos
utilizando el marco histórico aunque no nos demos mucha cuenta de ello.
1
Utilizaremos indistintamente los términos comprensión e interpretación para dar cuenta de la captación de
conexión de sentido (Weber) de los hechos sociales. Comprender/interpretar significa que podemos captar el
o los sentidos de los hechos sociales y captar es percibir, entender, darse cuenta lo que está detrás de los
fenómenos sociales. Es por ello que sustentamos una posición fenomenológica, más cercana a las perspectivas
materialistas que a las románticas. Esta materialidad que defendemos, no debe ser entendida de una manera
rígida positivista, por el contrario, nos planteamos que el “ser” de los hechos sociales es un “ser” material y
no ficticio, es un “ser” real y no teórico por lo que el estudio fenomenológico, sin desconocer los aportes que
puedan presentar otras escuelas teóricas, es el que mas nos seduce a la hora de estudiar estos hechos. Al
mismo tiempo, ubican las reflexiones más cercanas a la realidad social y a las interacciones que llevan
adelante los sujetos.
2
Un ejemplo de sustantivación está en la vejez. Esta, en realidad no existe como “cosa” sino que es un
proceso evolutivo. Sin embargo, solo los gerontólogos hablan del proceso de envejecimiento y sus
consecuencias. Sin embargo, se sigue hablando de la vejez, así sustantivizada.
3
Desde que el hombre vive en sociedad ha reflexionado sobre esta característica.
Ha percibido tempranamente que el vivir en comunidad significa fortalecerse y que
se vive mucho mejor en una vivienda que en una cueva. Que el fuego antes que
un enemigo puede ser un aliado, que el trabajo colectivo rinde más que el
individual y que la comunidad primaria es un reaseguro contra algunas de las
contingencias que pueden acaecer en la vida. Ha descubierto, quizás guiado por
sus instintos gregarios, que viviendo en solidaridad con los suyos la vida tiene
mayores posibilidades de desarrollarse que solo y aislado en un mundo hostil.
En el largo camino que va desde la horda primitiva, en donde no existían las
jerarquías sociales y el poder se distribuía según la fuerza y las aptitudes físicas,
hasta la consolidación de los llamados Estados Modernos de Derecho, se ha
pasado de una vulnerabilidad extrema y que condicionaba la vida a la subsistencia
en ciudades protegidas y a la posibilidad, racional, de prever las contingencias del
futuro.
Digo racional por que sí bien el hombre esta dotado de razón, esto no significa que
lleve una vida racional, antes bien, es en la prosecución de su deseo que el
hombre vive. Desde los primeros tiempos como homo sapiens el ser humano ha
ido dándose cuenta que en el control de algunos deseos específicos accedía a
mejoras materiales. Si tomaba algo (ese “algo” tambien pudo haber sido una
mujer) que no le “pertenecía”, era probable que se iniciara una lucha y quizás
llevara las de perder. Percibió, en este renunciamiento, una potencia solidaria que
dotaba de eficacia muchas de sus acciones cotidianas. Comprendió que su deseo
no puede ser omnipotente pues eso lo conduce, en la mayoría de los casos, a la
muerte. En definitiva, se dio cuenta que el estado de guerra permanente en
realidad no le solucionaba su día sino que se lo complicaba.
En el disciplinamiento de sus pasiones y deseos el hombre encuentra el germen
de lo social, en la comprensión del otro contrastante con su yo, percibe la
diferencia social y la amplia posibilidad que se abre ante esta extrema
heterogeneidad. De la toma de conciencia (esto es racionalidad) de su
individualidad y heterogeneidad social y la de los otros surge la solidaridad como
forma eficaz de organización social.
De acuerdo a lo dicho, se presentará una serie de reflexiones sociopolíticas
acerca de los procesos constitutivos que hacen a los conflictos en una sociedad.
Ubicaremos la discusión en el terreno del Estado, el Poder, el Derecho y de la
Política buscando claves de interpretación acerca del cómo emergen los conflictos
sociales y cuales han sido las herramientas que la humanidad han ido
encontrando en su devenir evolutivo. El escenario que analizaremos finalmente,
será el del Estado Moderno de Derecho.
Este trabajo de reflexión política se presenta como un diseño exploratorio. Para
llevar adelante este objetivo, se ha divido en cincom partes:
En la parte I se elabora un marco teórico de comprensión 3 en donde se comienza
a perfilar une esbozo de teoría social (El Big Bang Social) acerca de la génesis de
los conflictos sociales y la emergencia de lo que he llamado Tensión Social. Se
analizaran como emergen las cuestiones, como obtienen capacidad de agenda y
cuales son los caminos para encontrarle solución, especialmente la negociación,
la concertación y las alianzas y el surgimiento de la política como ámbito de
emergencia y resolución de la Tensión Social y los conflictos que genera. Esta
parte I tiene como objetivo, comenzar a proponer ideas alternativas acerca de un
tema que será objeto de una próxima investigación y esta es el estudio de la
emergencia de los conflictos.
En el punto II se analiza que es esa “cosa” que llamamos república. Se hace
hincapié especialmente en la detección de rasgos constitutivos de esta particular
3
Sobre comprensión se puede consultar la obra de Max Weber. Sobre la fenomenología los textos de Husserl
y Schultz. Sobre la Interpretación, a Clifford Geertz y, para un mayor abundamiento en estos temas, se debe
consultar las obras de Mearleu Ponty, Garfinkel y Blummer.
4
organización socio-política intentando desentrañar las posibles contradicciones al
interior de ellos. La idea de este punto II es la de mostrar la emergencia de un
escenario socio-polìtico propio de la modernidad junto con sus potencialidades y
limites a la hora de intervenir en la Tensión Social.
En la parte III se estudia específicamente la institución del Juicio Político, como un
estudio de caso, para mostrar una forma de resolución republicana de un conflicto
originario a la formación política moderna en un Estado de Derecho. La idea que
subyace es la de mostrar un camino de resolución de este conflicto originario a
partir de su génesis histórica desde el Impeachment y el Juicio de Residencia.
Analizaremos el rol que juega el derecho y entenderemos al Juicio Político como
un proceso administrativo y no un juicio penal. Argumentaremos como se han
constituido estas formas políticas de control de poder y daremos cuenta de este
concepto, sobre todo en su forma absolutista. Analizaremos su relación con el
ejercicio de gobierno, entendido como gobernabilidad, y la búsqueda del Bien
Comun/Bienestar Social como una de las fuentes de legitimación del poder
institucionalizado.
En la parte IV y última, daremos cuenta de un tema que comenzamos a entender y
este es la judiciabilidad de la cuestión política, como se desarrollan las
dimensiones de afectación de gobernabilidad, tanto positiva como negativa y
profundizaremos el estudio de conceptos clásicos de la ciencia política tales como
Estado, derecho, justicia y poder. Se mencionará la emergencia del Estado de
Excepción y la delegación de facultades de órganos parlamentarios a órganos
ejecutivos.
Por último, se elaboraran conclusiones sobre esta reflexión en un intento de
sistematización de conocimientos y como obligación intelectual.
Este trabajo de reflexión, pretende colaborar con la producción de conocimientos
acerca de estas cuestiones en el convencimiento de que el saber es también una
relación política y de que necesitamos tanto de uno como de la otra para construir
una sociedad tendiente al Bienestar Social de todos los individuos ciudadanos de
un Estado Moderno de Derecho. En aras de ellos es que escribo este ensayo.
5
I. MARCO TEORICO.
El Big Bang Social.
Me interesaría particularmente fundar una posición teórica acerca de la génesis de
los fenómenos sociales y que nos servirán como marco de comprensión
(verstehen)/interpretación de los mismos. A falta de un nombre más adecuado he
denominado a esta serie de reflexiones, que tienen la pretensión de transformarse
en una teoría, el “ Big Bang Social”.
Los hallazgos de la arqueología, la antropología y la etnografía nos dicen que
hace alrededor de 40.000 años el hombre ya vivía en sociedad. De la horda
primitiva de hominidos recolectores y posteriormente cazadores, sin jerarquías
sociales y unidos tan solo por relaciones biológicas y que no llegaban a
constituirse en linaje, se pasa a la sociedad.
Mi posición al respecto es que, en algún momento de nuestra historia y en virtud
de la sobrevivencia de los individuos y la existencia de excedentes alimenticios
producidos por el perfeccionamiento de los métodos de caza y de recolección 4, la
primitiva horda debió transformarse para poder reproducirse en condiciones que
amortiguaran la vulnerabilidad biológica que hasta ese momento debían padecer.
Es decir, el solo hecho de cubrirse con una piel de animal para protegerse del frío
significó, al menos, un principio de adaptación al medio y que debió definir
posteriormente lo que se conocerá como evolución.
En este momento, que he denominado el “Big Bang Social”, se constituyen
interrelacionadas tres esferas o dimensiones5: la esfera social, la esfera política y
la esfera cultural. La esfera psicológica debió haberse constituido ex ante y la
económica ex post6. Sobre la constitución ex post de la dimensión económica,
quiero mencionar que entiendo a la economía dentro del marco de la política. La
economía debería estudiar los tipos de intercambio en su universalidad y no
solamente el intercambio de mercancías. Estas se constituirán a posteriori de lo
social y como consecuencia de un mercado. Justamente, el corolario que lleva
esta reflexión es mostrar que el mercado es subsidiario de la política y no es
previo a ella como postulan las escuelas liberales7.
Volviendo a nuestro tema central, si la hipótesis es correcta, encontraremos en
esta íntima relación en la constitución del Big Bang la dificultad actual para definir
precisamente las tres esferas mencionadas y que, con un criterio superficial,
pretendemos separarlas tal como podemos observar en la mayoría de los análisis
sociopolíticos que se publican o se dicen por los medios masivos de
comunicación.
Entonces, en un tiempo remoto, más cercano a la tradición clásica acerca del
“estado de naturaleza”, es posible teorizar acerca de un “Big Bang Social” génesis
de todas las formaciones sociales que han existido y que existirán. A esto lo
hemos llamado historia, concepto negado y discutido por las corrientes liberales
de fines del siglo XX que abogan, en pos de una supuesta libertad de mercado, el
“Fin de la Historia” (Fukuyama8).
4
Todavía no se había descubierto la agricultura ni la ganadería.
En este punto, la posición es similar a la conocida “Teoría de los campos” de Bourdieu. Para este autor, un
“campo” es un microcosmos, un “sistema”, un “espacio” estructurado de posiciones en donde se “juega un
juego” que se juega antes de que ingresemos, como individuos, en ese campo. Cada individuo ocupa un
“lugar” material y simbólico y es portador de determinado caudal de “capital” con el que, justamente,
participa del juego. La posición que se intenta sostener en este ensayo, no contradice vis a vis a la “Teoría de
los Campos” de Bourdie pero sostenemos que, al existir el “Big Bang Social”, produjo un primer “campo” y
que todos los demás “campos” que se han constituido ( en términos de Bourdieu, el campo literario, el campo
político, el campo economico, etc.) lo han hecho a partir de esta primera constitución. He preferido utilizar la
palabra dimensión o esfera para que no se confunda con lo expresado por el sociólogo frances.
6
Debo reconocer que esta postura que propongo no carece de ingredientes míticos. Solo planteo una
posibilidad teórica que, como el estado de naturaleza, tan caro a la tradición sociológica y política de
occidente, puede ayudarnos a entender el planteo teórico que manifiesto.
5
7
El mercado, para mi posición, es el lugar social donde se intercambian las mercancías y la alimentación, el trabajo, la
educación, la cultura, no son mercancías sino relaciones sociales.
8
En 1989 apareció un ensayo de Francis Fukuyama titulado “El fin de la historia y el ultimo hombre” en el
periódico The National Interest.
6
Cómo se puede apreciar, la posición aquí sostenida, pretende rescatar la
historicidad de los hechos sociales discutiendo ideológicamente la tesis de la
libertad de mercado y el equilibrio autoregulado de éste. Este es uno de los
propósitos que han inspirado la presente reflexión.
I.1. TENSIÓN SOCIAL.
En el inicio del Big Bang Social, tal como se manifestara, se funden las tres
dimensiones mencionadas: la política, la cultural y la social. Esta cristalización
generó de por sí, conflictos que abonaron el surgimiento de la Tensión Social. Las
diferentes potencialidades que llevan implícitas las tres dimensiones,
evidentemente deben colisionar en algún momento, habida cuenta que sus límites
son difusos y ambiguos por que ¿dónde empieza y termina la política? ¿Dónde
empieza y termina la sociedad y la cultura?. Al precisar los límites de estas
dimensiones no podemos menos que ver que estas son susceptibles de entrar en
conflicto. Este conflicto original determinará el surgimiento de la Tensión Social.
Entendemos por Tensión Social al resultado del conflicto social originario y que se
manifestará como problemas, como cuestiones. La Tensión Social es la acción
social que deviene de la aparición de un conflicto social. En otras palabras, la
Tensión Social es la tendencia a acumular poder en algún polo de la relación
social. Digo poder en su acepción mas restringida que es la de imponer la propia
voluntad por sobre la de los otros (Weber). Habrá Tensión Social cuando uno de
los sujetos de la relación social establecida pretenda imponerse sobre el otro
sujeto portador del otro polo de la relación social. La Tensión Social supone
asimetrías y desigualdades pero esto no debe analizarse desde su negatividad.
Una de las ideas que se quiere explorar en este trabajo de reflexión es entender a
la Tensión Social como una “energía” dinamizadora, como un “combustible” que
permite el devenir histórico. La ausencia o desaparición de la Tensión Social
puede traer aparejado un estancamiento social9. Entonces, de lo que se trata, es
de ver como se ha ido constituyendo históricamente esta Tensión Social y que
características sociales termina definiendo todo este proceso. Estas
características, expresadas como particularidades, se imponen, junto a un
sinnúmero de variables y dimensiones, sobre las formaciones sociales
colaborando, como se puede apreciar, con la producción de la sociedad.
Al mismo tiempo y relacionado con lo manifestado, podemos ver que la
diferenciación social que trae aparejada la Tensión Social, enriquece la sociedad.
No es cierto que todos los hombres son iguales, antes bien, lo que prima en la
realidad social, es la observación evidente de la desigualdad entre los hombres10.
Esta desigualdad, que se observa ingenuamente a simple viste y que se verifica,
por ejemplo, en nuestro particular aparato genético, no es el fundamento de la
desigualdad social y política. Quiero decir, si bien reconozco la desigualdad
estructural de todos los individuos que habitaron y habitan el planeta y que se
relaciona específicamente con nuestro bio, esto no es excusa para fundar una
desigualdad social. Esta desigualdad entre los hombres, se debe a un devenir
social ya muy estudiado en sociología y en política de tal manera que no creemos
que podamos aportar algo nuevo. Referimos entonces, a los trabajos clásicos
sobre el tema expresados en los escritos de Rousseau y de Durkheim
especialmente11. Entonces, coincidimos con Bernard Lahire cuando nos dice que:
9
La historia nos muestra la positividad de la Tensión Social cuando esta emerge empíricamente en algunos
acontecimientos sociales; por ejemplo, si no hubiera existido tensión entre Jacobinos y Girondinos, la
Revolución Francesa no hubiera tenido el desarrollo que tuvo. Lo mismo podríamos mencionar sobre
Bolcheviques y Mencheviques; liberales, conservadores y socialistas, marxistas y anarquistas, etc.
10
Acerca de la desigualdad entre los hombres manifestada por Rousseu y que tendremos oportunidad de
debatir en el curso de este trabajo, lo que manifestamos es la desigualdad de los hombres y no entre los
hombres como manifiesta el autor ginebrino.
11
Este autor, relaciona la desigualdad social en virtud de la posición que ocupa el individuo en la división
social del trabajo. Esta división estaría en el origen de la desigualdad entre los hombres. Obviamente, no
podemos dejar de mencionar a Karl Marx y sus estudios con relación a este tema e incluso a Adam Smith y
David Ricardo.
7
“... la diferenciación social de las funciones es una manera de bajar la tasa general
de frustración, multiplicando las posibilidades de ser reconocido socialmente”
(Lahire 2005. Pag 35).
La propuesta de este trabajo es la de considerar a la desigualdad y a la Tensión
Social como una energía dinamizadora de la sociedad y defendemos la
heterogeneidad social a sabiendas de los beneficios que trae a todo el conjunto de
la sociedad. Reiteramos, nuevamente, que esta característica desigual de los
hombres, no debe ser la base para legitimar el acceso desigual a los recursos que
produce una sociedad. Dicho en términos políticos, esta desigualdad humana no
debe ser la base para desarrollar esquemas inequitativos ya que estos,
evidentemente según nos enseña la historia, antes de morigerar la Tensión y
dirigirla hacia modelos que benefician al conjunto de la sociedad, lo que hacen es
fortalecerla y en este fortalecimiento los beneficiarios son justamente aquellos que
pueden contar con mejor “capital cultural” y “capital social” para “jugar el juego” en
los “ campos”12.
Obviamente, esta apreciación debe ser entendida en términos analíticos. La
sociedad no es una tabula rasa y tampoco es un lugar físico; por el contrario, los
conflictos y la potencialidad de su solución, revierte en evolución social según lo
que se viene manifestando.
La anulación de las tensiones al interior de una formación social aparece a primera
vista como un objeto utópico a conseguir y es complejo reflexionar al contrario de
lo que nos indicaría el sentido común pero, como bien sabemos, rara vez el
sentido común nos sirve para los análisis sociológicos13. Lo que se quiere
expresar es que, de esta manera, la Tensión Social confirma su poder
dinamizador, su
capacidad de vehiculizar y hasta de proponer.
La Tensión Social no significa ruptura del lazo social. En los procesos históricos
críticos, aquellos que terminan en una revolución o en cambios profundos,
podemos notar que si bien la Tensión Social aparece como tiñendo todo el
espectro social, no lo anula sino que lo dinamiza. Al mismo tiempo que tiende a
destruir algunos lazos sociales, fortalece otros nuevos que surgen en virtud de esa
energía dinamizadora que mencionáramos. Un ejemplo: la esclavitud supuso un
aumento de la Tensión Social toda vez que aquella era sostenida por el poder más
descarado. Esta Tensión no destruyó los lazos sociales que vinculaban a amos y
esclavos o esclavos y esclavos. La profundización de esta Tensión significó la
maduración de ella que trajo consigo, junto con las contradicciones dentro de la
sociedad, la abolición de la misma construyendo nuevos lazos sociales que
sustituyeron los antiguos. La relación amo-esclavo dio lugar a la relación patronempleado. Podemos notar que el nuevo lazo social no hizo desaparecer la
Tensión sino que la transformó en una nueva y que esta evolución no la hizo
desaparecer. Los conflictos que trajo aparejado la nueva forma del lazo social,
son diferentes de aquellos que les dieron origen14.
12
Como se puede apreciar, seguimos siendo inspirados por el pensamiento de Pierre Bourdieu.
Aunque debemos admitir que el sentido común, no como “common sense” sino como especie de instinto,
debe estar presente en política por que el excesivo academicismo e intelectualismo puede producir efectos
negativos sobre la sociedad. El sentido común, en su apreciación mas estricta, debería advertirnos sobre las
falacias de algunos programas políticos que proponen soluciones casi “mágicas” a cuestiones sociales
profundamente arraigadas. Me refiero explícitamente a algunos programas implementados desde la óptica
neoliberal que, sin una evaluación previa sobre su eficacia, se aplicaron a contrario del sentido común.
14
Un ejemplo; en la primer relación mencionada, no hay mención ni construcción de derechos políticos ni
civiles. Un esclavo solo tenía derecho a vivir en las condiciones que su amo le imponía y también tenía el
derecho de recibir la fe cristiana. Eso significaba, al menos, un tipo de protección. Con el advenimiento de las
nuevas formas de relación social, dentro del marco de un Estado Moderno de Derecho, bajo la forma de
producción capitalista, surge la relación patron-empleado garantizada esta por la política del Estado. Esta
nueva relación no necesariamente incluye algún tipo de protección tal cual nos mostrara Robert Castel Como
vemos, lo que ha quedado como producto histórico es la relación patron-empleado, sujeta a derechos y
definidora de una nueva forma de organización social. Al interior de ella, vemos que sigue subsistiendo la
Tensión pero la forma de su solución ya no es la imposición del poder descarado, que se materializaba con la
caza de esclavos, sino una nueva forma de gestión social basada en acuerdos entre individuos. Pero, no
debemos dejar que el romanticismo y lo superficial desplace lo que yace por debajo y esto es que, el amo no
podía matar a su esclavo sin fundamento por mas que quisiera en cambio, en la nueva relación que se
establece, las obligaciones del patrón solo están regladas por la posibilidad de obtener una renta. Uno de los
13
8
La Tensión Social así entendida, acompaña la historia de la evolución de la
sociedad humana. Entonces, en toda formación social habrá siempre Tensión
Social y, como se dijo, ella es una especia de energía que posibilita la evolución
de las formas sociales históricamente conocidas. La sociedad utópica adolecería
de esta Tensión toda vez que esa utopía supone la desaparición total de las
tensiones al interior de una sociedad. La sociedad sin conflictos y perfectamente
simétrica es una sociedad en donde la historia ya no tendría objeto. No estoy
pregonando en este lugar la desaparición de la historia ni nada semejante. Planteo
que, en una sociedad utópica, desaparecería la Tensión Social desapareciendo al
mismo tiempo la historia ya que esta, sería, desde esta óptica, el devenir de la
Tensión Social. Con el correr del texto, espero que estas consideraciones sean
mejor comprendidas.
I.2. SOLIDARIDAD VS COMPETENCIA.
Para la posición que intento sostener en este trabajo es la solidaridad, entendida
como una acción social estratégica para la obtención de recursos necesarios para
la vida y que incluye la participación del otro, lo que permitió a la sociedad
evolucionar en la historia. La competencia, si bien existe y forma parte de las
tensiones que se manifestara precedentemente, tiene su origen probable en
necesidades psíquicas de ostentación. Esta necesidad psíquica tiene su origen
probablemente en los procesos de constitución de identidad. La necesidad
propiamente humana de poseer identidad individual que nos diferencie del Otro (y
así saber quienes somos en un mundo colectivo y que ya está hecho cuando
nacemos) involucra actos de diferenciación. La ostentación estética o de saberes
necesarios aprendidos empíricamente (magia, meteorología empírica, agricultura,
astronomía, etc.) conducirá a un tipo especial de competencia que es la
competencia ostentatoria y que puede ejemplificarse en la elaboración de tocados
ornamentales, tatuajes, exteriorización de potencias individuales mágicas, etc. 15.
La competencia en el seno de un grupo comienza, entonces
“... en la mayoría de los casos, más allá de la esfera de la producción y
apropiación de bienes de subsistencia y no implica la pérdida de la existencia
física sino del estatuto16social de los individuos. Al excluir de la competencia entre
sus miembros los problemas de acceso a los medios de producción (la tierra) y a
los bienes de subsistencia, la comunidad primitiva garantiza su supervivencia y
asegura su continuidad física, mientras que, autorizando la competencia entre
bienes escasos que dan acceso a las mujeres y a la autoridad, se asegura su
existencia en cuanto sociedad” (Godelier. 1974. Pag 34)17.
Si la distribución equitativa de productos materiales necesarios para la
reproducción de la vida está socialmente garantizada, el objeto de la competencia
será la obtención de productos simbólicos por lo que excederá el ámbito reducido
de la economía entendida esta como el intercambio de bienes materiales. Es
polos de la relación, en este caso el patrón, obtiene mayor poder que el que poseía el amo pues se desentiende
de lo que la relación propone de tal manera que, aunque parezca contradictorio, la asignación de derechos,
sino es vinculante políticamente y en forma material, solo es discurso. En el espacio que va de la esclavitud al
trabajo asalariado y al trabajo no salariado, encontramos, digo, las claves para interpretar el devenir de la
sociedad desde la lectura de la Tensión Social y los conflictos. Mas adelante volveremos sobre este tema.
15
La etnografía nos indica en algunos rituales lo que se quiere manifestar. La competencia se puede dar en
quien salta mas alto en el baile, quien corre más rápido en la carrera, quien detenta el peinado o el arreglo
corporal mas bello, etc. Como se puede apreciar, la competencia a la que aludo, no significa la adaptación del
más fuerte ni el triunfo de la fuerza exterminadora.
16
En el original.
17
Un ejemplo de lo manifestado y que se observa en la cultura occidental se patentiza por los rituales
futboleros y roqueros. El uso de la camiseta del equipo de fútbol, firmada por los jugadores o la remera negra
con los signos que identifican a las bandas de rock e incluso el icono del Che Guevara, pueden ser entendidos
como esta necesidad de ostentación colaboradora en los procesos de construcción y constitución de identidad.
Digo, esta es la competencia que nos viene acompañando desde hace miles de años. No es un competencia
por productos sino por mostrar al otro quien es uno y, de esa manera, continuar con el proceso social de
construcción de identidad. Es ver quien tiene la cara del Che mas grande, es ver que hinchada tiene más
“aguante”, es saber quien sigue al grupo mas “fierita” mas “stone”.
9
posible, analíticamente, pensar en una economía de bienes simbólicos y como
juega esta economía en la construcción de identidades sociales18.
No es, según mi análisis, el espíritu de competencia lo que posibilitó el desarrollo
de la sociedad. Por el contrario, es la solidaridad y la necesidad de avanzar en la
evolución lo que esta en la base de esta. Cuando la sociedad llegó a tener un
numero considerable de miembros, que debieron ser alimentados, ya no sirvió la
caza individual de animales pequeños. Para cazar al elefante o animales de
portes mayores, se necesitó la colaboración en forma solidaria de varios individuos
que proveían a un fin común; la matanza de la presa que luego se transformaría
en alimento y abrigo. Una vez cazada esta presa, se procedía a la socialización de
la misma, generalmente sancionada a través de rituales de pertenencia o
similares. Todos los cazadores que habían participado de la expedición y habían
tenido éxito en la empresa podían participar del reparto de ella. Si bien es cierto
que en este reparto o distribución existían jerarquías sociales, por ejemplo; el
“dueño” (generalmente el fabricante) de las armas podía pedir los mejores cortes y
vísceras del animal cazado, al constructor de la canoa que se llevo en la
expedición de pesca le podía corresponder mas piezas que al que arrojo la red,
etc., esto no significaba explotación laboral ni extracción de plusvalía. Si la
empresa era una acción colectiva, el reparto colectivo de los bienes era el hecho
social más común. En el origen, entonces, vemos que había mucho margen para
el desarrollo de formas solidarias antes que competitivas.
La competencia, tal cual como se entiende hoy día y que se expresa
principalmente por el pensamiento liberal neoconservador, para nosotros responde
a una mala interpretación de la historia y a intencionalidades astutas de los
detentores de ese pensamiento. Esa intencionalidad se manifiesta cuando vemos
que los detentores del poder y los propietarios son los que más se benefician con
este tipo de competencia, que quiero resaltar, solo lo es en pos de recursos
materiales. La astucia se concreta al corroborar que estos competidores en
realidad no lo son tanto ya que poseen mayores recursos, expresados en poder
material, que los otros competidores de tal manera que, desde este análisis, se
hace muy visible el objetivo que persigue la defensa de este tipo de competencia.
He ahí la definición de intencionalidad astuta a la que me refiero19.
Entonces, no podemos asegurar que la competencia es el origen de la evolución
de las formas sociales. Según la posición sostenida en este escrito, no es ella la
que ha posibilitado nuestra evolución. Nos parece que el hombre debió haber
recurrido a otra estrategia para lograr reproducirse en el espacio y en el tiempo y
esta estrategia se concreta en la solidaridad. De hecho, creo que es posible
observar que hay mas hechos solidarios en la vida que hechos competitivos. Si la
competencia fuera la norma, se estaría en posibilidad de la dilución total de los
lazos sociales. Pero no es esto lo que sucede a nivel de la realidad social.
Al inicio, hemos definido a la solidaridad y que entendemos cuando hablamos de
ella. La solidaridad a la que apelamos, no tiene, en primera instancia, una estrecha
relación con la moral. Antes bien, entendemos a la solidaridad como una
estrategia eficaz en la consecución de determinados insumos materiales la
mayoría de ellos. La aplicación de esta acción social, significó sencillamente que
el trabajo humano fuera más eficaz. Si calculamos lo que puede hacer un hombre
en cinco horas de trabajo, seguro que será menor que si calculáramos cuanto
producen cinco hombres trabajando coordinadamente. Es así, entonces, que
podemos decir con cierto grado de certeza, que la solidaridad es mas productiva
que la competencia y que esta ha podido aparecer como una especie de energía
que dinamiza lo social y que empuja al desarrollo hacia delante en virtud de la
concreción de una ideología astuta y egoísta declamada por los detentores del
poder real y que se encuentran en mejores condiciones para competir.
18
A esta economía la hemos llamado religión, magia e incluso ciencia.
Nuevamente, recurrimos a Bourdieu; dentro del “campo”, hay algunos competidores que están en posesión
del “código” del juego y este se les hace mas “fácil”. De tal manera que la competencia es desigual.
19
10
La solidaridad encontrará en las políticas aseguradoras, de base solidaria y
equitativa, una forma concreta de aplicación. Los sistemas jubilatorios, el seguro
de salud, el subsidio al desempleo, etc., son políticas sociales aseguradoras y que
protegen a las personas de algunas vicisitudes que acontecen en la vida. En el
ejemplo manifestado, reside su mayor eficacia. Los ajustes implementados a partir
del mal llamado “consenso” de Washington, han intentado desarmar la estructura
de protección solidaria construida en la posguerra. En algunos países, como el
nuestro, ese desarme tuvo mayor éxito que en países en donde la tradición
protectora, de origen social, ha sido mas profunda. En los inicios del Siglo XXI,
podemos notar los estragos, en términos de pauperismo, vulnerabilidad social,
abandono, etc., que ha producido la idea de la competencia.
En otro orden, el pensamiento liberal más recalcitrante, postula que la
competencia, no solo es inherente al hombre, sino que es una energía, una fuerza
que posibilita los “saltos hacia delante” en términos evolutivos. Si no existiera la
competencia, postulan, la sociedad no se movería “hacia delante” en la historia.
Pues bien, nada hay que pueda probar este postulado ya que, los productos de la
competencia, generalmente son productos ostentatorios y muchos de ellos
superfluos20.
El “salto hacia delante” debe provenir, según mi opinión, de la ciencia entendiendo
a esta como una forma probada de producción de conocimientos buscados u
orientados por un consenso. De nada vale descubrir saberes inútiles. De lo que se
trata es de que la ciencia orientada por la búsqueda del Bien Común 21, produzca
los saberes necesarios para que este se fortalezca. Es la ciencia, a mi juicio, la
acción social que debiera prevalecer y que debiera ser fortalecida por el conjunto
de acciones sociales.
I.3. LA CUESTIÓN DE LAS CUESTIONES.
Cuando la imposición de un modo de producción se asentó en los territorios que
hoy llamamos Occidente en el Siglo XIX se comenzó a percibir que ese modo de
producción tenía efectos materiales sobre la vida de las personas. Estos efectos
materiales operaban negativamente sobre la vida de las personas en el sentido de
desprotección. El pretendido equilibrio regulador de la política del laissez faire no
era tal. Por el contrario, ese modo de producción solo beneficiaba a los titulares de
los derechos de propiedad en tanto los sujetos libres no propietarios no
encontraban marcos protectores que los defendieran de ciertos desequilibrios y
asimetrías que el propio modelo necesitaba para reproducirse. Estos sujetos libres
y abandonados a su propio destino, conscientes asimismo de que podían
participar de los beneficios que el modo de producción lograba, aprovechando la
experiencia histórica de las luchas de fines del Siglo XVIII y el XIX se organizaron
y produjeron revueltas que, si bien fueron sofocadas, algunas de manera
sangrienta, lograron imponer un cierto temor en las clases propietarias que vieron
amenazados algunos de sus privilegios. La historia de fin del siglo XVIII y
mediados del XIX son un ejemplo de lo manifestado. Hago referencia explícita de
los acontecimientos franceses de 1789 que culminarán con la fundación de la
Primer República y con la derrota de la Comuna de París en 1871 que posibilitaría,
finalmente, el triunfo de las posiciones burguesas y mercantilistas.
A este fenómeno descrito se lo definió como la “cuestión social” para describir
esas asimetrías que se cristalizaron en desigualdades principalmente económicas
que terminaron afectando la dimensión política derribando el mito de igualdad que
pregonaban las corrientes liberales en el poder.
La definición de la cuestión social paso a ejemplificarse principalmente con la
pobreza y el desempleo de las clases no propietarias que, como he manifestado,
comienzan a organizarse para obtener, por medio de la lucha social, el reclamo y
efectivización de sus derechos más elementales que fueran consagrados por los
Derechos del Hombre y los Ciudadanos. Los hechos de 1789 y sus ecos
resonaban en el pensamiento de estos sujetos que radicalizaban su conducta en
20
21
Hago referencia a aquellos productos que fortalecen el consumismo mas vacío de contenido.
Sobre Bien Común hablare mas adelante.
11
la prosecución de un ideal utópico quizás, pero muy movilizador. Entonces, digo,
surge la cuestión social tiñendo con este concepto, las luchas posteriores y que
aún hoy, a principios del Siglo XXI, continuamos escuchando sus resonancias.
Entonces, tenemos por un lado la existencia inevitable de una Tensión entendida
como “motor” de procesos sociales, una tensión original y que acompaña a los
hombres desde que estos se constituyen como seres sociales. Por el otro lado
vemos como esta Tensión obtiene la capacidad de transformarse en cuestión, sin
perder sus características tensionantes y conflictivas y como, la cuestión, por el
solo hecho de constituirse en tal, obtiene capacidad de agendarse políticamente y,
al mismo tiempo, obliga a los detentores del poder a elaborar políticas tendientes a
amortiguar los efectos que devienen de dicha Tensión y de la emergencia de la
cuestión.
Aprovechando el saber producido por las reflexiones sobre la cuestión social, creo
que se puede comenzar a pensar que hay una cuestión aún mayor y que
involucra a otras cuestiones. Es decir, si bien, como se ha dicho, hay un
surgimiento de una primera cuestión, que es la cuestión social, se puede advertir a
lo largo de la historia del siglo XIX y del XX, el surgimiento de varias cuestiones;
cuestión agraria y campesina, cuestión política, cuestión de la sexualidad (homo y
hetero), cuestión de género (la mujer), cuestión de la edad (niñez, juventud y
vejez), etc. El surgimiento de estas cuestiones estará definido por la capacidad de
agendar políticamente la temática en el gobierno. Esta capacidad estará
determinada por la acumulación de poder, la conciencia colectiva, la capacidad de
movilización, la visibilidad de las mismas, etc. Toda cuestión, como toda
problemática, no tendrá una realidad ontológica y propia sino que será el producto
de una construcción social en un devenir histórico.
La Tensión Social devendrá en cuestiones sociales en virtud de los
procedimientos sociales que se establecerán en la dinámica social. Como
podemos apreciar, la Historia no es ajena en este proceso. Es mas, estudiando los
procesos históricos, estaremos en condiciones de ilustrar el surgimiento de las
diferentes cuestiones y la posible evolución de los mismos.
I.4. ALIANZAS, CONCERTACIÓN Y NEGOCIACIÓN: LA POLÍTICA.
El “lugar”22 en donde se dirimirán las cuestiones sociales anteriormente
planteadas, será la política, entendida esta, como una dimensión más del “Big
Bang” mencionado en el inicio. Es en el ámbito político donde los problemas
juegan sus juegos. Y el método para ello serán las alianzas, la concertación y la
negociación permanente si es que se quiere preservar el espacio social.
Habíamos dicho al principio que, en el origen de la sociedad, existía una
capacidad de adaptación que propició la evolución social. La negociación
permanente y la posibilidad concreta de realizar alianzas y concertar con los
diferentes actores involucrados, son tres elementos centrales que propiciaron el
surgimiento del Estado y la solución de estos conflictos.
Entendemos por negociar, la capacidad de intercambiar no solo mercancías sino
tambien servicios, significaciones sociales, etc. Por concertación, se entiende la
capacidad de acercar posiciones para llegar a acuerdos comunes legitimados por
el consenso y hacer alianzas es convocar a otros antagónicos en pos de un bien
común a ambos.
Lo positivo de estas tres formas de gestionar el conflicto es que tanto las alianzas,
como las concertaciones y las negociaciones suponen siempre, la incorporación
del otro. Es otro significante con el que nos aliamos, negociamos y concertamos.
Esta consideración, tiene una gran potencialidad integradora y fortalece el vínculo
social. Para poder negociar, concertar y hacer alianzas, hay que tener una gran
capacidad de resignación de posiciones. No es la lógica de la guerra la que
funciona sino la lógica de la política. Se debe retroceder dos pasos para poder
22
Si se me permite la metáfora.
12
avanzar tres y esto es lo que ha venido haciendo la humanidad desde hace
muchos miles de años.
Estos tres procesos son extremadamente eficaces en la morigeración de conflictos
y poseen un alto grado de positividad en lo referente a las relaciones sociales y
son una muestra de que no solo la competencia es lo que prima en estas
relaciones.
La extrema individualidad que pregonan las corrientes liberales, el excesivo culto
al sujeto como detentor de derechos, propenden a extremar las tendencias
egoístas que, fortalecidas por el concepto de lo “privado”, minan las propensiones
gregarias y colectivas. Como podemos apreciar, estas tendencias fortalecen la
Tensión Social en sus aspectos negativos obstaculizando la emergencia de la
solidaridad.
De lo expresado surge que en los primeros tiempos de la humanidad el hombre
percibió claramente dos cosas:
a) Que la solidaridad es mucho más eficaz que la competencia en aras del Bien
Común.
b) Que la satisfacción del deseo absoluto lleva a la desintegración social.
“Temor y esperanza: ellos serán las que lo guiarán para elegir, de dos bienes, el
mayor (el Bien Común Individual23) y de dos males, el menor (la política24). Por
ellas llegará poco a poco a comprender que valiéndose de sus propios medios,
poco podrá hacer para evitar la inseguridad derivada del sometimiento bajo la
potencia de otros. La proliferación de potencias individuales se da en un principio
bajo la forma de la oposición, el antagonismo, el conflicto y la lucha. Las pasiones
tienden a separar a los hombres y a hacerlos enemigos. La razón, por el contrario,
les posibilita entenderse y acordar. De aquí que la multiplicidad, en principio
generadora de hostilidades, es a la vez la que contiene el principio de la
composición.” (Funes 2005. Pag 16)
De esta manera, la suma de los deseos individuales en pos de un Bien Común,
significa un límite a esos mismos deseos individuales pero que se orientan
exclusivamente por el signo del egoísmo. La solidaridad significó el aunar
esfuerzos individuales para la obtención de un logro máximo, imposible de
alcanzar en forma aislada, y dotó de mayor eficacia al accionar humano colectivo.
Entonces, en virtud del ejercicio de un pensamiento racional que mostraba que le
diferenciación social existía y que era positiva para la comunidad y que, en virtud
de esa diferenciación, podía haber cazadores, pescadores, tejedores,
rastreadores, etc. que con su saber hacían que al día de mañana se lo esperara
con mayor esperanza pues con su trabajo solidario y organizado lograban obtener
excedentes; y la conciencia de que el deseo individual no podía ser ejercido por
sobre el deseo de los demás a riesgo de matar o morir, es que se constituye un
poder colectivo detentor de un derecho superior a cada derecho de cada individuo.
De esta forma surge el Estado y su contrapartida la sociedad civil (como diferente
a la sociedad natural) en donde los individuos están conminados a actuar bajo los
márgenes flexibles que dan las normas derivadas del consenso, guiados por la
razón y en pos de un Bien Común. Pero este Estado (o Imperium) no puede
pretender poseer el poder absoluto ya que, un poder que proviene del mismo
hombre, no puede negarlo como tal. Este poder absoluto no puede, en su ejercicio
material, destruir al propio hombre por que perdería el sujeto de su dominación y
no tendria sentido de ser. De tal manera que el ser humano se ha dado
determinadas instituciones políticas para velar que ese poder material, y no
teórico, no sea absoluto en su facticidad, en su materialidad, reservando la palabra
y las formas de conocimientos para poder desarrollar todo lo absoluto pero que no
tenga directa injerencia en la materialidad de los individuos que viven en sociedad.
Una vez que surge esta institución, es por que la política ya lo precedió.
23
24
Me pertenece.
Idem.
13
La política, entonces, supone a individuos socializados, es decir, la política
aparece después que los humanos evolucionaron de la horda primitiva a la
sociedad. (Teoria del Big Bang Social).
“La política, como realidad humana, supone ante todo la existencia de seres
humanos que conviven: convivencia humana, vida social, seres humanos
relacionados, interactuantes. Sin seres humanos que conviven, no hay
política...25 No existe la política como realidad sobrehumana, e importaría un
exceso del lenguaje hablar, por ejemplo, de “la política de Dios”” (Lopez 2001.
Pag 20 y 21).
De tal manera que, para nosotros, la política surge a posteriori de la constitución
de los individuos pues estos se han establecido ex ante y este surgimiento lo es
junto con lo social y lo cultural.
Este origen mítico que propongo nos indica que hay una constitución primigenia
de la política a partir a partir de determinadas coordenadas históricas que se
dieron cuando esa comunidad de homínidos poseyó una cantidad de excedentes
materiales que habilitó una forma de distribución. Al tener que distribuir lo que se
obtenía en forma mancomunada hubo que desarrollar formas de organización de
esa distribución. El mejor cazador o el mejor recolector disponía para sí mas de lo
que necesitaba y ponía a disposición de la comunidad, que se estaba alejando de
la horda, el producto de su habilidad. Al repetirse esta situación durante un cierto
tiempo se le adjudicó a ese eficaz recolector y/o cazador una especie de
impregnación de autoridad, basada esta como se ha dicho, en su saber eficaz,
necesario para el desarrollo previsible de su comunidad. El saber sedimentado a
partir de la repetición de los procedimientos técnicos y estratégicos para la
obtención de la pieza de caza, demostró su propia eficacia por lo que coadyuvo al
desarrollo de la racionalidad humana. Si ese cazador o recolector, además de su
saber, poseía fuerza física y carisma, la posibilidad de liderar el grupo comunitario
aumentaba. Entonces tenemos que la fuerza física junto con la habilidad y
saberes necesarios para la subsistencia, saber que posibilita la acumulación de
excedentes materiales, pudo haber estado en el origen de la atribución de poder.
Esta atribución de poder ha sido, y lo sigue siendo, el fundamento de una relación
social. De tal manera que llamamos relación política a una relación social en
donde el poder se encuentra en su centro. De más está decir que las relaciones
humanas no se agotan en la relación política, solo queremos advertir que la
política, tal cual venimos sosteniendo en esta introducción, es un tipo especial de
relación social cuya particularidad estriba en que en los polos de esa relación el
poder esta asimétricamente distribuido.
“El sistema político –no distinto de la realidad política ni de la convivencia políticano es, pues, sino la relación de mando y obediencia26 entre seres humanos,
protagonizada por la actividad de los mismos”27 (Lopez 2001. Pag 21)
Esta relación de mando, de ejercicio del poder, lo es a nivel material y afecta
directamente a la vida cotidiana de los sujetos socializados. Si bien podemos
hacer una reducida interpretación de la política en su sentido formal, como la
relación social que se establece en base al despliegue de una actividad de unos
individuos en relación con otros en tantos los segundos obedecen/acatan los
mandamientos de los primeros, en este ejercicio de reflexión sociopolítico,
adoptamos una visión mas material de la política considerando, como se dijo, una
acción social material que influye en la vida cotidiana de los individuos que viven
en sociedad. De tal manera que, sin menoscabar las diferentes atribuciones
analíticas de la política, consideraremos a ésta como una acción social material
con sentido que termina influyendo en la vida cotidiana de las personas sujetas a
ese mandato. Se debe dejar claro que en el Estado Moderno de Derecho no toda
25
Me pertenecen.
Me pertenecen.
27
Idem. Pág 21. Las negritas me pertenecen.
26
14
la vida cotidiana de las personas están influidas directamente por la política pues,
justamente como trataremos de argumentar a lo largo de este escrito, el recorrido
de la civilización se ha hecho en contra de la substanciación del poder absoluto y
a favor de la autonomía individual. En términos estrictamente sociológicos,
podríamos decir que a mayor aumento y fortalecimiento de la sociedad civil,
mayores posibilidades de control social de la sociedad política 28.
Esa acción social material, que es la política, al influir sobre la vida cotidiana de los
individuos supone fricciones que devendrán en conflictos toda vez que, en virtud
de la desigualdad de los hombres entre sí, requieren porciones del excedentes
diferentes del otro. Quiero decir, en
virtud de la desigualdad física de los
individuos entre sí (hombres, mujeres, niños, adultos, etc.), la apropiación del
excedente no es matemáticamente precisa, antes bien, esta apropiación lo es de
acuerdo a la porción de poder que cada individuo detenta y se apropia. Esta
característica estructural de la sociedad humana habilita la puerta a los conflictos y
al consenso. Pero no debemos suponer que el par conflicto-consenso sea
negativo en la evolución de la sociedad antes bien, puede ser considerado una
especie de “motor” de la evolución social29. Lo que si nos interesa resaltar es que
el consenso (mas adelante se debatirá específicamente este punto) no es la
negación del conflicto sino su encauzamiento por las formas desarrolladas y en las
vías que cada formación se ha dado debido a su particular proceso histórico de
constitución y está en la base de la legitimidad. De esta manera, al hablar de
política en los términos que estamos manejando, hablamos también de conflicto y
de consenso, entendidos estos como una de las facetas del ejercicio de la política.
Este punto nos resulta de suma importancia ya que la historia de la política es la
historia de su imposición y esta nos muestra como por cada acción política se le
puede oponer una contradicción impugnadora que genera un juego de alianzas,
negociaciones y consenso y que, a la vez, fortalece la capacidad dinámica de
todo el sistema vigorizándolo. Para nosotros, que existe tensión social no significa
ruptura del lazo social y nos seduce la idea del conflicto como concepción
dinamizadora de la evolución social. Creemos que es en la política en donde se da
esta cuestión y que es en su ámbito donde el ser humano puede encontrar las
bases de su posible solución. De tal manera que el par conflicto-consenso es un
“nudo conceptual” básico a la hora de entender como se han ido dando las formas
de control político en las sociedades humanas.
Para que la política sea acción social material, como habíamos dicho, debe darse
un aparato que sea el detentor del poder. Debe construir un building que sea el
soporte de ese poder que se va constituyendo históricamente en virtud de
enfrentamientos, alianzas, concertaciones y negociaciones. Los pasos de este
juego es lo que construirá, finalmente, una formación social única y universal que
denominados Estado. El Estado (state building, reichhstaad, etc.) es la
denominación que damos a esa institución social que posee la característica de
monopolizar el ejercicio del poder legítimo en un determinado territorio. El Estado
será el corolario del proceso de evolución política y será, a su vez, el factor de
competencia que enfrentará a los individuos encaminados a participar del poder. A
lo largo del trabajo se podrá notar con mayor precisión la profundidad de estos
conceptos.
Entonces tenemos que el poder pudo haber surgido a partir de la eficacia de
determinados sujetos que posibilitó la existencia de excedentes materiales que
estaban a disposición, por medio de un sistema de distribución, de la comunidad.
Esta característica significó la emergencia de un poder diferente del poder físico
28
La historia occidental es un muestrario de cómo la sociedad civil ha ido tratando en su largo derrotero, de
cercenar, impedir y reducir el poder absoluto del soberano, ya sea un rey o un enviado del Señor. Con el
triunfo de las sociedades modernas, sobre todo el concepto liberalmercantilista, se le atribuye a la sociedad
civil el mandato último de la sociedad ya que, en esta definición de sociedad, los individuos libres y
racionales tienen mayores posiblidades de incidir en sus propios destinos.
29
A tal efecto, es interesante notar el concepto proveniente del materialismo histórico en su concepto de
luchas de clases como motor de la historia. Balandier, en su obra Antropología Política nos dice que la
desigualdad entre los hombres es una especie de “energía” que posibilita la dinámica social tendiente a la
evolución, entendida esta como una forma particular de dinámica.
15
que, obviamente, ya se encontraba presente. Esa distribución no solo posibilitó,
junto con otras variables más como el carisma, la atribución del poder en una o
varias personas idóneas y eficaces en saberes estratégicos para la comunidad
sino que fundó las primeras bases para el desarrollo y evolución de una nueva
dimensión social que hemos definido como política. Esta esfera surge en forma no
muy diferenciada de la social y la cultural tal como expresáramos
precedentemente y que se ejemplifica en el Big Bang Social. Con la emergencia
de esta gran esfera pansocial, surge la Tensión Social y, partir de esta, los
conflictos y las crisis que lo suceden. Esta característica funciona como una
“energía” que ayuda y vigoriza la dinámica social que se concretará en el concepto
de historia. Si lo que enunciamos es correcto, podemos decir que la historia social
de los hombres también puede ser entendida como el camino evolutivo de las
tensiones sociales y sus crisis y la posterior resolución de los conflictos que tienen
la capacidad de emerger debido a su propia institucionalización y la capacidad de
agendarse políticamente. La propia dinámica histórica posibilitará el surgimiento
de nuevas organizaciones e instituciones políticas que cristalizarán a fines del
siglo XVIII en la República Moderna.
Con el surgimiento de los Estados Modernos de Derecho, la sociedad civil obtiene
la capacidad de impugnar el poder absoluto del soberano y comienza fuertemente
a peticionar una mayor porción del poder. De esta forma surgirán las formas de
control público.
16
II. LA REPÚBLICA.
Introduccion.
Abordaremos la cuestión que nos planteamos desde la sociología. Para esta
disciplina científica, el objeto de estudio son los hechos sociales (Weber). De tal
manera que entenderemos a la política y a los hechos que esta genera dentro de
la categoría definida como hecho social (SOBRE HECHO SOCIAL CFR WEBER
ECONOMIA Y SOCIEDAD PAG).
La mirada sociológica se separa así de la tradición de la ciencia política que
encuentra muchas de sus fuentes en el derecho político, la filosofía política y los
análisis de jurisprudencia aportando diferentes apreciaciones sobre un mismo
tema.
La
Sociología
Comprensiva
y
la
Fenomenología
buscan
interpretar/comprender los hechos sociales. Es por ello que los análisis sociológica
prioros inspirados por las dos teorías sociales mencionadas intentan vincular las
observaciones con la realidad más próxima a los seres humanos. Esta visión,
claro está, no impugna la demás visiones científicas, solo pretende sostener un
discurso con otro tipo de argumentaciones.
Todos los que estudiamos las ciencias sociales somos concientes de las
complicaciones especiales a las que nos somete nuestra disciplina. Las cargas
subjetivas, la modificación dinámica de nuestro objeto de estudio –un objeto de
estudio que cambia con la historia- , la influencia de la historia en los procesos o
hechos sociales que estudiamos, la relación inversa entre la extrema complejidad
de los fenómenos sociales y la capacidad de comprensión de los mismos lleva
muchas veces a simplificaciones y reducciones que esperamos poder superar.
De acuerdo a lo dicho, no se hallarán aquí explicaciones causales del tipo de las
ciencias positivas sino esquemas posibles de comprensión de los hechos sociales
que nos hemos propuesto estudiar.
Nos interesa ir develando, descubriendo lo que está “por debajo” de lo observable,
aquello que cuesta “ver”. Por es pensamos que al definir a priori un marco teórico
de comprensión, la exposición y descripción de los fenómenos que pretendemos
estudiar cobran su significación dentro de ese mismo marco de comprensión;
incluso, si estamos en lo cierto, lo deberían desbordar hacia direcciones de
análisis que se iluminan y aparecen a partir de la elucidación de las primeras
significaciones. Esta opción metodológica, al contrario de los esquemas
explicativos, permanece abierta dado que es posible, en virtud del peso de la
historia y su influencia en los procesos sociales, que los fenómenos que
estudiamos vayan adquiriendo nuevos significados de acuerdo al particular
ambiente histórico en donde se desarrollan. De tal manera que a las
apreciaciones que se viertan a lo largo de este ejercicio de reflexión, les
corresponden los mismos recaudos metodológicos que hemos expresado para
todas ellas. En otras palabras: no debemos considerar a las nociones aquí
estudiadas como cerradas y acabadas, por el contrario, es mi objetivo mostrar otra
cara, otra faz de estos conceptos que, no por estar demasiado estudiados, hacen
imposible nuevas lecturas desde otros posicionamientos. La Fenomenología y la
Sociología Comprensiva tienen como uno de sus puntos más destacados, la
posibilidad de ir captando nuevas interpretaciones, de acuerdo a la posición que el
investigador vaya tomando, de fenómenos sociales que, por su propia dinámica
socio-histórica, van cambiando.
Al definir la posición teórica y metodológica de este trabajo de reflexión, no sólo
cumplimos con premisas de honestidad intelectual sino que también fijamos una
posición dentro de un marco teórico. Al mismo tiempo excluimos de ese mismo
marco teórico otro tipo de apreciaciones ideológicas y teóricas, que no por no ser
tratadas aquí deban ser dejadas de lado sin mas.
En este trabajo se intentará impugnar las apreciaciones teóricas que se oponen a
la Fenomenología y a la Sociología Comprensiva y que son detentadas por la
Escuela Conductista y el Estructural Funcionalismo. Si bien se respeta esta
17
tradición creemos que su enfoque no nos conduce a resultados válidos sobre
nuestro objeto de estudio. Para nosotros, los seres humanos no nos relacionamos
exclusivamente por la razón ni intentamos, siempre y en todos los casos,
maximizar nuestras ganancias y reducir nuestros costos. De la misma manera, no
creemos que haya un mercado autorregulado en donde se realicen todos los
intercambios y, por ende, no creemos que el “sistema político” se comporte “ como
si” fuera un mercado. Para nosotros, los seres humanos estamos sometidos a
tensiones propias de las formaciones sociales y actuamos como podemos, como
aprendimos en el transcurso de nuestra existencia, como sabemos, etc., y esto lo
hacemos en forma dialéctica: actuamos en escenarios que nos preceden y nos
condicionan pero, a la vez, somos actores que podemos modificar el escenario. En
palabras de Pintos (Pintos 2006: 91):
“La Sociología Crítica pretende colocarse más allá de la conciencia hermenéutica
al ubicarse en una actitud desmitificadora de la ideología, al proyectarse hacia el
futuro mas que abrevar en el pasado”
Es entonces el futuro quien legitimará a la sociología y no el pasado y en este
punto podemos identificar una de las diferencias que se establecen entre
sociología e historia y esta es la idea que abonará el trabajo de reflexión que
presentamos.
No se pretende estudiar el fenómeno político como un hecho ya acaecido o sujeto
a “leyes ineluctables” de la ciencia sino, por el contrario, pretendemos conocer la
dinámica social que alimenta los procesos socio-políticos y captar la conexiones
de sentidos y los significados que estos mismos traen consigo.
Para llevar adelante este trabajo, debemos despojarnos del sentido común
disciplinado por las apreciaciones subjetivas que nos pueden desviar de nuestro
objetivo. Es por ello que proponemos realizar una lectura crítica acerca de
determinados fenómenos, incluso se invita a realizar una lectura crítica sobre
estas mismas reflexiones,
aunque las conclusiones a las que arribemos
contradigan nuestro pensar. Tal es la honestidad que se debe sostener si
intentamos desentrañar la compleja madeja de los hechos y relaciones sociales
que ellos suponen.
18
II.1 ¿Qué es la República?
En 1789 en Europa, un grupo de personas, que contaba con el apoyo de
muchísimas más, llevaron a cabo una transformación social de consecuencias
históricas. Inconscientes de las transformaciones ex post de su obra y su posterior
expansión en el globo, se dedicaron con empeño y tesón, a construir un nuevo
orden social. Una de las particularidades de este hecho estriba en que no había
modelos a seguir, solo idealizaciones teóricas y un incipiente movimiento de
colonos en el otro lado del Atlántico que servía de “inspiración” (Tocqueville) y
estímulo.
Desde Rousseau a Montesquieu, Hamilton y Jefferson y los asambleístas de
1791/3, especialmente los Jacobinos y los Girondinos, se han planteado varias
cuestiones, entre ellas, la titularización de los derechos ciudadanos,
especialmente libertad civil y libertad política y la construcción material de un
Estado que sea el sostén político-material de una República. El Estado entendido
como un aparato de gestión política (State Building) debía ser el instrumento para
concretar una República; pero ¿qué es una República?
En la historia de la teoría política, la palabra República aparece desde muy
temprano. Platón, Aristóteles, Cicerón entre los más destacados, dedicaron parte
de su pensamiento a dilucidar no solo en que consistía eso de la res pública, sino
su construcción, su materialización; su dirección (tekné)
La idea de autogobierno y de algunas formas de igualdad, alimentaban las
expectativas de algunos habitantes libres de las polis de que era posible extender
sus espacios de autonomía. El hombre socializado, siempre y en todas las
circunstancias develadas por la historia, ha planteado limites al poder absoluto a
favor de su individualidad (PUEDO CITAR A SPINOZA EN ESTE MISMO
TRABAJO), incluso entendiendo por ello, una individualidad del orden colectivo. Lo
que quiero decir es que, el hecho de percibir la autonomía individual en términos
materiales, que significa en un nivel económico, producir más de lo que
consumimos en mi propio medio comunitario y contribuir con mi esfuerzo físico en
la construcción de la infraestructura material de mi lugar junto con mi participación
en la defensa, pudo, digo, fortalecer la emergencia de una conciencia del rol
decisivo que tiene la acción individual, sumada a todas las acciones individuales
de mis iguales, para la obtención de logros comunitarios.
Si lo enunciado es correcto, se aclara el origen del pensamiento republicano en
sus términos más abstractos y teóricos y cuyo principal presupuesto (quizás) sea
la titularización de los derechos. Esta construcción social recién mencionada, no
sólo ubica al titular de derecho, que llamaremos ciudadano, como centro del
sistema, sino que significa al mismo tiempo, la limitación y control del Príncipe,
titular del Estado y administrador del poder delegado30.
De tal manera que comenzamos a estar en condiciones de elaborar un esbozo de
lo que es una República. Para ello, propongo hacer una tarea de disección del
concepto, es decir, ir poco a poco entendiendo los conceptos que la fundan
llevando el análisis hasta donde nuestra inteligencia, creatividad y erudición nos
permita para confiar, finalmente, en que estaremos en condición de elaborar una
síntesis que permita comprender lo propio y particular de lo que nos propusimos
estudiar. Este método, sin ser el mejor, nos permite, al menos, ir entendiendo los
componentes esenciales del concepto que, al ser tratados como rasgos31,
permiten finalmente, dar una comprensión de conjunto32.
Cuando pensamos en República, lo primero que pensamos es en:
30
Es por ello que podemos pensar en un control republicano del Monarca v.g Monarquía Constitucional.
Por rasgo entiendo al producto que nos queda después de reducir un complejo analítico hasta donde su
reducción no implique la desaparición del mismo. Un conjunto de rasgos, entonces, termina conformando un
complejo analítico susceptible de significación sociológica.
32
Entendemos por comprensión la captación de conexión de sentidos tal como postula la escuela de la
Sociología Comprensiva de Max Weber y las premisas fundamentales de la Fenomenología de Hussler y
Schultz.
31
19
II.1.1 República como “cosa” pública.
El origen de la palabra enuncia la República como res (cosa) publica y tiene sus
raíces en la cultura griega, antes que el latín, aunque la palabra sea de origen
latino, y era el término que utilizaron los griegos, especialmente Platón y
Aristóteles, para designar un cierto tipo de fenómeno o hecho social que
involucraba a los habitantes de las polis y que era diferente al tipo de fenómenos
familiares e individuales. Para los griegos, la República se relacionaba
directamente con la demokratia en tanto que en los romanos se relaciona con la
“cosa” pública propiamente dicha. Tantos unos como los otros la relacionaban con
el gobierno, con la instrumentalización del poder. A estos fenómenos sociales se
los designó con una palabra que tuvo la particularidad de englobar otras más; esta
palabra es Política o Politika y tiene su origen en las siguientes palabras griegas:

é politiké: Política como arte, como tekne, (sobre todo en Aristóteles)

é polis: Es la Ciudad-Estado, el recinto urbano, la comarca y también
designa a la reunión de ciudadanos que deliberan/debaten los temas que les
competen como tales.

é politeia: Es el Estado propiamente dicho, la Constitución y el
régimen político que esta designa, la República y la ciudadanía.

ta politica: Es el plural neutro de políticos. Involucra las “cosas”
políticas, las “cosas” cívicas, la soberanía y todo lo concerniente al régimen
político, la República, etc. Se relaciona íntimamente con é politeia y con la res
publica33.
La República, como la “cosa” publica, es una de las dimensiones del Estado
entendido, como se ha dicho, como State Building, como institución social. Es el
ámbito del civismo y de la organización social de politeia. Involucra al Estado no
como una idea sino como una acción social, como un hecho político material. La
República es, desde esta perspectiva, la forma de expresión de un determinado
tipo de gestión estatal cuyo objeto es no solo detentar el poder legítimo sino llevar
adelante cierto tipo de programas políticos (politiké) cuya finalidad esta
patentizado en su ideología y en su programa de gobierno. Desde esta
perspectiva, la República es una forma más de gestión estatal.
De tal manera que la República Moderna es también un Estado de Derecho cuya
particularidad reside en la división de poderes en tres grandes dimensiones
políticas: el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, cada uno de
ellos autónomo y controlador de los otros dos en un sistema que se ha dado en
llamar de “pesos y contrapesos” (MAS ADELANTE VOLVEREMOS SOBRE ESTE
TEMA). Esta “ingeniería” o “arquitectura” política, que finalmente dará forma al
Estado, ya se separa del concepto de República que menciona Platón y
Aristóteles. Recordemos; para los griegos la política debía desarrollarse en la polis
y competía a los asuntos públicos, es decir, políticos y económicos principalmente
y su ámbito de acción apenas superaba el ámbito urbano. Ya en Roma, la política
se fortalece desde la capital del Imperium cuya morfología supera ampliamente a
la polis griega. La complejización de la infraestructura material del Estado devino
no sólo en una burocratización y especialización de sus aparatos administrativos y
militar (claves en el dominio romano y que se conocerá como la pax romanica)
sino también en las ideas y en los aparatos ideológicos que todo Estado
desarrolla. En estos esquemas, la República no se relacionaba estrechamente con
la división de poderes ni con el ejercicio de la Democracia. Se deberá esperar
hasta Montesquieu y Rousseau para que estas ideas comiencen a ser aceptadas
y debatidas.
33
Como podemos apreciar, parece ser que la complejidad resultante del BIg Bang social, no desaparece a
medida que evoluciona el pensamiento y las instituciones sociales. Por el contrario, podemos notar como hay
una “herencia” de complejidad e interdependencia entre los diferentes conceptos enunciados que atraviesa la
historia de la humanidad. Si bien comprendemos las diferencias que existen entre los diversos conceptos
enunciados nos es mucho mas difícil precisar y delinear los límites “exactos” de cada uno de ellos
confirmando la profundidad de la complejidad de los hechos sociales tal como se dijera en las primeras líneas
de este trabajo.
20
En síntesis, lo que quiero mencionar es que el concepto de República tal cuál lo
entendemos hoy día, se separa, mucho o poco lo veremos con el correr del texto,
del origen del término en la cultura occidental. La República ateniense dista de la
República romana y estas de la República Democrática Moderna. De tal manera
que percibimos que el concepto de República admite, al menos analíticamente,
diversas manifestaciones impidiendo generalizar el concepto según nos muestra la
historia occidental y las reflexiones hasta aquí vertidas. Coincidiendo con
Montesquieu, quien se preocupaba en sus reflexiones acerca de que “cosa”
pudiera ser la República, admite este autor, que el concepto puede caberle a un
esquema monárquico, República Monárquica o Aristocrática y República Moderna
o Democrática34.
Montesquieu también menciona que, sumado a la división de poderes, una de las
características de la República Moderna se patentiza en la posibilidad de la
elección periódica de quienes dirigen y ordenan la vida pública. Esta “cesión” de
una parte de la soberanía lo es mediante la aceptación tácita de un “contrato
social” (Rousseau dixit 1712) en donde quedan establecidos los términos que nos
damos los seres humanos, devenidos en ciudadanos, para vivir en armonía y
concordia. La persecución de un Bien Común, entendido como Bienestar General
e incluso como Justicia Social, es la justificación para la aceptación de ese
contrato social.
Para Montesquieu, entonces, la República es “algo” más amplio que Democracia
siendo esta una variedad de República y el autor ginebrino mencionado
precedentemente coincidirá con el autor francés en estos mismos términos.
Como podemos ver, el concepto de República no necesariamente coincide vis a
vis con el concepto de Democracia, antes bien, parece ser que esta última se
relacionará con los fenómenos políticos cuando, como se dijera al principio de esta
reflexión, se desencadenen los sucesos en 1789. Lo que me interesa resaltar en
este tramo son dos aspectos:
1) la República como una forma de gobernabilidad que supone la división de los
Poderes de un Estado, que significa un límite al Poder Absoluto y la elección
periódica de los que mandan y dirigen y
2) la búsqueda de un Bien Común colectivo que sustenta y legitima esta forma de
gobernabilidad.
“Ahora bien, democratismo y republicanismo, en todo caso el republicanismo civil
básico, convergen por su parte en la existencia de un bien común (colectivo) como
superior y en la participación ciudadana activa como una condición necesaria de la
buena sociedad; el liberalismo, aún el democrático, se inclina por la preservación
sin más de los “derechos naturales” del individuo –que entiende prepolíticos- y las
limitaciones al poder público en su capacidad de interferir en ellos; pero tiene una
idea de libertad personal que se confunde con la republicana” (Strasser.2002. 26).
La República, como “cosa pública”, también incumbe determinados
comportamientos etiquetados (Goffman) como normales y cívicos por parte del
conjunto de ciudadanos. Estos comportamientos, que en términos de Bourdieu
son definidos como habitus, vuelvo a mencionar, tipificados como “normales” o “no
desviados”, colaboran directamente no solo en la producción de sociabilidad
política, conocida como civismo, sino como un “lubricante” (si se me permite la
exageración) que favorece el desarrollo de la gobernabilidad. De esta manera, la
política colabora en el fortalecimiento de lazos comunitarios de segundo orden
(políticos) y sociales en general. De lo que se trata entonces es que estos habitus
políticos, fortalecedores de lazos comunitarios en su versión política, proveen al
Bien Común desde una óptica republicana. Esta es una manera de incidir
directamente en definir virtudes cívicas (ya las definiremos en términos generales
34
Incluso más. Los sucesos acaecidos hacia finales del Siglo XX en Irán y el ascenso del Ayatolah Khomeini
al poder político, nos ilustran sobre una nueva categorización de la República, influenciada ésta ya no por los
ideales de Libertad, Fraternidad y Solidaridad, de suyo laicos, sino por una fe religiosa y un telos que
involucra la supremacía religiosa y la defensa del territorio amenazado por “herejes”.
21
más adelante) como un elemento central que hace a las formas republicanas
democráticas. Esta posición ubica a la República como una forma de gestión
estatal cercana a la idea de ética y conmina a los ciudadanos a mantener
conductas cívicas y positivas en busca del Bien Común Colectivo (BCC).
Debemos entender que este Bien Común, difícil de precisar por ahora, también
funciona como un telos que tiene la virtud de amalgamar las idealizaciones
subjetivas pero que, empero, inciden colectivamente.
II. 1. 2 República: autogobierno, representación, legitimidad, ciudadanía y
democracia.
En el mismo sentido, pero desde otra mirada, la República se caracteriza,
también, en la concreción de algunos principios básicos que detallaremos (según
Strasser. Op. Cit. Pag. 50 y ss).
a) Autogobierno: La República es posible por que hay una idea de que cada
ciudadano es capaz de gobernarse a si mismo y que la intromisión excesiva del
soberano coarta su libertad, fundamento último de la legitimidad del gobierno. La
idea de que el Gobierno Republicano no es más que el total de todas las
individualidades sumadas colectivamente y que, además, por motu propio,
delegan una parte de su autogobierno en manos de unos individuos o grupos de
individuos, es por que se considera que es posible delegar la facultad de
autogobernarse. Es decir, los ciudadanos resignamos nuestra capacidad de
autogobierno en la creencia de que, aquél en quien delegamos parte de nuestra
soberanía, hará exactamente lo necesario para proveer al Bien Común. Si así no
lo hiciere, podríamos solicitarle que nos “devuelva” lo que le concedimos. La idea
de gobernarse a sí mismo, aunque sea en forma ideal, se halla en la base de la
estructura republicana. El problema se plantea en las Repúblicas de la
Posmodernidad. La globalización, la trasnacionalización del Capital, la división
internacional del Trabajo y la imposición descarada del poder financiero y militar
principalmente, atentan contra la idea de que cada ser humano es capaz de
autogobernarse y esta idea rectora de la República se ha diluido casi sin que nos
demos cuenta. Aquella premisa de lo que hay que defender en la sociedad es al
individuo parece haberse enmascarado en aquella “antipolítica” que partiendo de
un exacerbado individualismo despersonalizador, pretende ocultar la carga
antropo-política que cada uno de nosotros poseemos. Del ideal del autogobierno
liberador, hemos pasado a la exacerbación individualista que termina confinando
el poder de autogobierno a los estrechos límites de la vivienda familiar. La
despolitizacion de la sociedad reduce el potencial de autogobierno confinándolo
solo a las decisiones de incumbencia individual sacrificando el potencial social, en
términos de creación y densidad, de nuevos lazos sociales que puedan emerger
como consecuencia de tal conducta. Por ello, por más que nos “autoricen” a
protestar y demandar, hay pocas posibilidades de vincular la protesta y la
demanda con propuestas de cambios posibles y que corran hacia donde quieren o
estiman los ciudadanos. De tal manera que el autogobierno republicano ha cedido
hacia formas concentradas y elitistas del ejercicio del poder. Lo expresado hasta
aquí se relaciona, también, con la complejidad institucional y administrativa de la
República contemporánea. La complejización de los aparatos burocráticos de los
Estados Republicanos, tal como advirtiera Weber a principio del Siglo XX, no
colaboran con la idea de autogobierno sino que la contravienen. Estos aparatos
burocráticos tienden a concentrar poder administrativo a expensas de su
democratización; cuanto mas formularios y sellos debamos obtener para acceder
a beneficios garantizados por la Constitución, menos posibilidad de ejercer
autogobierno y mayor fortalecimiento de la elite burocrática en el Poder.
II.1.3 El gobierno representativo: Si, como vimos, el autogobierno se presenta
como un objetivo distante y casi imposible de alcanzar debido a la complejidad
burocrática e institucional ya descripta, la idea de representación parece
solucionar el dilema. La idea de representación social se funda en que es posible
seleccionar de entre la masa total, algunos ciudadanos que reúnen condiciones
similares a otros ciudadanos y que, por esta misma causa, son representativos de
o representan a estos mismos ciudadanos. La elección democrática tiene este
22
espíritu y hay una especie de “ingeniería electoral” que trata de cumplir con este
propósito (v.g circunscripciones electorales). De tal manera que estos ciudadanos
candidatos, se ofrecen como representantes legítimos de la ciudadanía y
prometen cumplir con esta representación en las instituciones políticas para las
que se candidatean. El problema aquí se plantea en que:
a) Representación: La representación total y perfecta solo es posible en forma
analítica e ideal y no en la práctica pues, como manifestara Rousseau “la voluntad
no se delega”. Al mismo tiempo, y al analizar las diversas prácticas políticas de la
representación, en la mayor parte de las Repúblicas que han existido, se
corrobora que el representante termina por fin representando sus propios
intereses (o el de sus aliados económicos principalmente) y no los de sus
representados, fuentes de su representatividad. Tal es lo que ha sucedido al
respecto en lo que concierne al ejercicio de la política entendida como vocación
(vivir para la política) o como profesión (vivir de la política) tal como advirtiera
oportunamente Max Weber al reflexionar sobre el tema (Weber). Sin
contradecirme con lo dicho, surge otro problema. La sociedad post-industrial postmoderna, sobre todo en los países más desarrollados, se caracteriza por la
emergencia, el respeto y la tolerancia de la heterogeneidad social (ya veremos de
que manera). La aparición de grupos sociales “empoderados” permite la
cristalización de intereses comunes que terminan demandando al Estado
Republicano lo pertinente a su particularidad. Es así, entonces, que la
heterogeneidad social se manifiesta en la emergencia de diversos grupos de
ciudadanos unidos por intereses de grupo que no llegan (aún) a convertirse en
corporación. Aludo al movimiento gay, ecologistas, SIDA, mujeres independientes,
aborígenes, etc. Esta heterogeneidad social, de la que solo hemos mencionados
unos pocos grupos, atenta contra el concepto de representatividad toda vez que
no encontramos representantes legítimos en las instancias de representación. Es
muy difícil encontrar representantes de estos grupos en las instituciones
representativas encontrándose, por consiguiente, sobrerrepresentados los
sectores que mayor poder (sobre todo económico) concentran. Va de suyo que la
característica mencionada atenta contra el concepto de representación que aquí
estamos manejando. No obstante lo dicho hasta aquí, se debe dejar en claro que
no abogamos por la construcción de una igualdad social impuesta entre los seres
humanos. Somos concientes que hay una diferenciación social biológica antes que
social y que no es muy republicano “encorsetar” estas desigualdades en
parámetros mensurables. Si, como ilustró Foucault, ( Foucault) el surgimiento de
la anatomopolítica en el Siglo XIX y XX posibilitó la domesticación de los cuerpos,
tal, como requería la forma de producción triunfante, el surgimiento de una
biopolítica favorece el control de estos mismos cuerpos ya domesticados. El
Estado Republicano Posmoderno no necesita ya disciplinar cuerpos para la fábrica
o el ejército sino controlar directamente la vida (entendida como organismo
biológico) de sus ciudadanos. De esta manera, dice Foucault, el Estado fortalece
al máximo su función de control y tiende al poder omnímodo. Ligado a lo
expresado, pero en otro orden, el reconocimiento del pluralismo social y la
incapacidad de la representación total de ese pluralismo, termina por afectar la
noción de Bien Común Colectivo ya que, si algunos sectores importantes
numéricamente no hallan posibilidades de que sus intereses sean adecuadamente
representados, tendrán pocas posibilidades que ese Bien Común los incluya. De
esta manera, tras la “fantasía/ficcion” de la representación republicana, se puede
esconder una técnica de control y de dominación social que contraviene
justamente los postulados básicos de la República. A través de la “fantasía/ficcion
representativa” ciertos sectores poderosos de la sociedad se apoderan de facto,
de la representación de los sectores subordinados y fortalecen su propia
representación individual o corporativa reproduciendo la ilusión de que es posible
la representación total de la sociedad. Esta imposibilidad representativa
manifestada juega a favor de aquellos actores políticos que cuentan con mayor
capital social (Bourdieu) y que están en mejores condiciones para jugar el juego
en el campo (Bourdieu) de la política a expensas de aquellos sectores que o no
encuentran representación genuina o que se hallan subrepresentados. Esta
característica, de por si, vulnera el espíritu republicano democrático fortaleciendo
aún más las distancias sociales entren poderosos que sí encuentran canales de
23
representación y los subordinados que no los encuentran. Por este astuto juego de
falsear la representatividad y valorarla solo en los aspectos que favorecen a los
poderosos, la ciudadanía termina transformándose en clientela y en este espacio,
obviamente, el que pierde es el que menos recursos tiene.
b.) Representación política y Legitimidad. La ficción de la igualdad: La
representación política, más allá de lo dicho, funciona como un mecanismo
legitimador del gobierno. Para ello debe crear una ficción y esta es la ficción de la
igualdad entre los hombres. Esta igualdad, tal como venimos sosteniendo, no es
tal debido a que cualquier análisis serio de la sociedad nos indica que, en realidad,
lo que prima en la sociedad es la diferencia entre los diferentes individuos que la
componen. A simple vista resaltan las diferencias entre los seres humanos y que
se expresan, básicamente, en las diferencias anatómicas. Este concepto de “falsa
igualdad” se halla en la base del sistema republicano democrático y es uno de los
argumentos para su legitimación. Esta “falsa igualdad” es el corolario “falsamente
racional” de la libertad. Para un sistema de producción con base en la propiedad
privada de los medios de producción, que produce mercancías que serán
vendidas (no solamente intercambiadas ya que se recibe dinero en dicha
transaccion) en un mercado “libre” y autorregulado, se hace necesario,
ideológicamente, contar con sujetos libres y racionales que venden su fuerza de
trabajo por un salario. Va de suyo que el desarrollo de la idea de igualdad entre
todos estos “homos oeconomicus” es funcional a la reproducción de este sistema
de producción. De tal manera que, en un mercado libre y autorregulado los
hombres, iguales entre sí (presupuesto que la revolución de la Modernidad se
preocupó en promocionar) intercambian mercancías tratando de maximizar sus
ganancias y reducir sus costos. Si es cierto que todos los hombres somos iguales,
presupuesto analítico que nos permitimos poner en duda, es posible la
representación y, en base a esta posibilidad, obtener la legitimidad necesaria para
el ejercicio de un gobierno que garantice dicha forma de reproducción social.
Ahora bien; si, por el contrario, los hombres realmente somos desiguales,
característica positiva para quien esto escribe, se debe crear un “ardid”, un
artilugio para construir una “ficción” que transforme esa desigualdad real en una
igualdad falsa35. Esta “falsa igualdad” es uno de los ingredientes principales que
colaboran en el proceso legitimador de determinado orden social36.
c) Representación y Democracia. La ficción electoral: Para que un orden político,
sancionado por una República Moderna Liberal tenga mayores probabilidades de
sostenerse es fundamental y estratégico obtener consenso para las políticas que
dicho Estado implementa37. El consenso conseguido se traduce en legitimidad y
esta, a su vez, provee marcos seguros de gobernabilidad. La ficción de la
representatividad y de la igualdad viene a fortalecer todo este proceso legitimador.
Por ello es importante sostener en el tiempo esta ficción y la técnica para ello es
también la gestación de otra ficción, la “ficción electoral”. En ella se pone en
escena una actuación política; esta es la entronización de un candidato (o varios)
que son definidos como los “legítimos representantes” de los ciudadanos,
devenidos en electores, y que proponen llevar adelante cierto tipo de políticas
expresadas en programas que, finalmente, cristalizarán en un plan de gobierno
que satisfaga las expectativas de los votantes. Claro, se debe advertir que no hay
35
Sobre este proceso de construcción de la “falsa igualdad” Cfr: Rajland, Beatriz: Cap.II. La crisis de la
Teoría de la representación política. Algunas hipótesis para pensarla desde la ficcionalidad y la legitimación
del poder dominante. ¿Cómo se construye esta ficción?. Pag. 51. en Estado y Sociedad. Algunas reflexiones
sobre la política en la Argentina Actual. Campione et all. EUDEBA. Bs. As.1999.
36
Una palabra mas sobre este tema: la historia política de la Modernidad nos muestra que, en realidad, el tema
de la representación política de los ciudadanos, no comenzó en forma universal. Los primeros sistemas
electorales no fueron realmente universales; no votaban las mujeres ni la mayoría de los trabajadores. NO era
raro, en los inicios de las Repúblicas Modernas, que existiera un reducido padrón electoral, generalmente
conformado por propietarios. Sólo tardíamente, y en virtud de algunas presiones populares, el Estado Liberal
permitió al sufragio libre y universal. En la Argentina, este fenómeno se dio en los primeros años del Siglo
XX y su resultado fue la Ley Saenz Peña de 1912 y que tampoco era universal pues las mujeres no podían
votar. Se tuvo que esperar hasta el gobierno del Gral. Juan Domingo Perón para que, por inspiración de Eva
Duarte de Perón, se permitiera a las ciudadanas votar. De tal manera que la pretendida “igualdad” entre los
hombres no era suficiente para que estos mismo hombres “iguales” pudieran, al menos, elegir a sus
representantes.
37
Esto es asi para la mayoría de los regímenes políticos.
24
nada que vincule legalmente las promesas de gobierno del candidato con lo que
realmente hará si resulta ganador de la contienda electoral.
Con la complejidad de la sociedad post-industrial, han cambiado las tácticas y
estrategias de los candidatos a la hora de atraer votos. Si, quizás, en una simple
sociedad agrícola era posible creer en la representación política y que se
legitimaba al alzar la mano en una asamblea popular, en la complejidad de las
formas sociales post-industriales este sencillo acto puede complejizarse y
desnaturalizarse fortaleciendo la “ficción electoral”. Sumado a esta característica
ficcional, se añade la creencia muy difundida en el ámbito político occidental que
el comportamiento electoral es similar al comportamiento económico tal como
propone la Escuela Conductista de David Easton y el Estructural Funcionalismo de
Talcott Parsons38. Para este paradigma los candidatos se comportan como
empresarios que ofrecen su mercancía en el mercado electoral y los ciudadanos
son los consumidores de esa mercancía e interactúan en forma libre y racional en
ese mito que es el mercado libre y autorregulado
“Se ha creado así una directa analogía entre la competencia política39 y la
competencia económica, que asocia la imagen del líder político a la de empresario
y la de los electores a la de los consumidores.” (Pintos. 2003 : 57).
Al mismo tiempo se considera que los electores no quieren comprometerse y
participar directamente en la lid política pues el costo de involucrarse supera las
ganancias que pueden obtener. De esta manera se justifica la pasividad electoral
(y política) de los ciudadanos lo que permite que se relajen las formas de control
republicano en lo atinente al acto electoral. Es Schumpeter (Schumpeter. 1984)
quien advierte sobre esta particularidad de los regímenes democráticos al hablar
de la “Competencia Oligopólica” y de la “Ley de la Racionalidad decreciente”. La
competencia política cada vez se reduce mas habida cuenta de que cada vez son
menos las opciones reales que se reducen a medida que se fortalece el
bipartidismo, tan querido y tan funcional a los intereses de dominación capitalista
(especialmente en USA y en el Reino Unido), y la imposibilidad real de los
ciudadanos electores para obtener toda la información existente lo que lleva a que
se reduzca la capacidad real de involucrarse y participar en el diseño e
implementación de políticas públicas por parte de los ciudadanos. Al complejizarse
la sociedad, se complejiza también toda la estructura política que supone la toma
de decisiones. Si las instancias decisoras son cada vez más complejas y están a
mayor distancia y la información necesaria se distribuye asimétricamente, es
lógico que el ciudadano común descrea de la política y no la entienda.
Si a lo dicho le sumamos la crisis de las instituciones políticas representativas (v.g
partidos políticos, frentes electorales, alianzas, etc.) podemos aventurar que esta
crisis restaría legitimidad a estas instituciones representativas y que habría no ya
lealtades inamovibles y “votos cautivos” sino una mayor volatilidad y cambios en la
orientación del voto. La época de las grandes ideologías enfrentadas entre sí,
posibilitaban un posicionamiento claro sobre los grandes temas de gobierno. La
época actual, en cambio, parece estar signada por los vaivenes electorales
definidos o bien por el carisma del líder, por las obligaciones contraídas por un
sector importante del electorado en relación al consumo cotidiano ( el llamado
“voto cuota”) o por la expresa intención de castigar al candidato que perdió nuestra
confianza ( el “voto castigo”). De una u otra manera, parece ser que no es la
ideología ni los compromisos de clase lo que orienta la conducta electoral de una
gran parte del electorado sino orientaciones mas cercanas a la domesticidad
cotidiana lo que terminaría decidiendo el destino del voto.
Si lo expresado es correcto, se fortalece de esta manera la desideologización de la
política y la despolitización de la sociedad siendo funcional, este doble proceso
38
Para entender la Escuela Conductista Cfr: Easton, David: Esquema para el análisis político. Amorrortu.
Bs. As. 1931.
39
En el original.
25
aludido, a la mercantilización de la sociedad. Asistimos entonces a la emergencia
de cambios ideológicos en los principales referentes partidarios del país que
pasan de ser “partidos atrapatodo”40 a ser partidos estandarizados de discursos
“políticamente correctos” mas parecido a empresas de venta de servicios que a
organizaciones políticas representantes de intereses sociales y cuyo interés
principal no es sostener una ideología que posibilite el cambio social sino
permanecer, aunque sea de manera opositora, en el poder. Va de suyo y en forma
clara que todos los cambios que estamos mencionando son intrínsicamente
políticos y es difícil aislar este componente de la reflexión que pretendemos
hacer. Quiero decir, ya sea que los partidos políticos cambien y se transformen al
punto de implementar políticas que contradigan sus posturas originales y
fundacionales, siguen compitiendo por el poder, incluso sabiendo que el rol que
les toca será el de opositor.
La emergencia de nuevos sujetos colectivos y el desgaste de las viejas formas de
organización política sumado a la desideologización de la política, la
despolitización de la sociedad, la flexibilidad y volatilidad de las conductas
electorales colaboran, digo, con la dificultad, e incluso imposibilidad, de responder
a la pretendida representación política de los electores.
Este descreimiento e ignorancia de la cuestión política potencia el surgimiento de
la “antipolítica” y todo este conjunto favorece el desarrollo de un sistema de control
y de dominación que, apelando al individualismo y la racionalidad, logra
convertirse en un poder centralizado y antipopular conformando la paradoja
democrática. Esta consiste sencillamente en promocionar y difundir masivamente
un concepto de democracia representativa subordinada y tutelada por poderes
que no necesariamente son democráticos. La paradoja democrática se asienta en
la “ficción de la igualdad” y en la “ficción electoral”. Mediante estos dos artilugios
astutos, sedimentados en el tiempo y tras la derrota en el terreno político e
ideológico de los sistemas de gestión social y colectiva de base solidaria que se
oponen a los sistemas de gestión individualista y mercantiles, de suyo
antidemocráticos y antisocial, logra hegemonizar todo el espectro social
contraviniendo los postulados que dice defender. En otras palabras; es por medio
de las dos ficciones mencionadas que se transforman en la “verdad del discurso
único”, que el poder controlador logra obtener el consenso necesario para
gobernar con un bajísimo costo. Los ciudadanos, devenidos en consumidores,
aceptamos dicha imposición acríticamente reservando nuestro desagrado para las
“ disfuncionalidades” del sistema (que se expresan en inseguridad civil y social,
desempleo estructural, desnutrición, etc.), en la crítica y oposición a “toda” la
política sin darnos cuenta que es política la imposición y la desdemocratización de
la sociedad. Es así entonces, que después de más de doscientos años de
acaecidos los sucesos que iniciaron la reforma política que desplazó el ancient
regime podemos aventurarnos y decir que no se ha cumplido el objetivo ni los
supuestos que los primero teóricos políticos fundaron sobre la democracia y la
República. Si bien no desconocemos los notables avances en términos de
asignación de derechos y de bienestar social alcanzado, no puede menos que
preocuparnos la permeabilidad política a la influencia económica (especialmente
financiera) fuertemente afectada por la idea individualista y racional que expresan
las corrientes neoliberales y conservadoras. Lo dicho se fundamenta al analizar
los estudios realizados en la mayoría de nuestros países y que confirman la
debacle social que trajo aparejado los nefastos planes de ajustes pergeñados por
el FMI y el Banco Mundial, expresados básicamente en desempleo estructural,
desnutrición, imposibilidad en el acceso a servicios de salud y educativos, vivienda
y en la alarmante inseguridad civil y social de extensas capas de población que no
pueden contar con la protección requerida. Tras la “ficción de la igualdad” y la
“ficción electoral”, que desemboca en la “paradoja democrática” se oculta, digo, un
sistema de control y de dominación que, bajo el ropaje que le da la democracia,
aprovecha el sistema parea fortalecerse endogámicamente a expensas del
Bienestar Común de la sociedad.
40
Especialmente el Partido Justicialista.
26
En el mismo orden y como prueba de lo manifestado me pregunto concretamente;
si el ciudadano es realmente un actor social que utiliza su racionalidad, expresada
en el voto cada dos años, como se explica que, no teniendo toda la información
¿cómo puede elegir racionalmente? Y, si es verdad que los fuertes liderazgos
políticos compelen a los demás a votar ¿cómo se concilia el carisma con la
racionalidad habida cuenta que los “caudillos” logran ganar elecciones? La
aceptación acritica al carisma del líder, ¿no es irracional?. Por lo antes expuesto
creo que se puede argumentar que la “ficción electoral” hace creer al electorado
que realmente el poder descansa en las elecciones periódicas que se realizan
fomentando la ilusión que el solo ejercicio de emitir un voto es suficiente para
sentirse partícipe del poder. Tal es la tragedia de estas ficciones y de esta
paradoja.
II. 1. 4. La idea de ciudadanía:
La República solo es posible y tiene sentido si los sujetos que la componen
titularizan determinados derechos. Esta es la primera y más clásica definición de
ciudadanía; como una sumatoria de derechos (Marshall Bottomore). Una
República sin ciudadanos no es una República. Este es un punto importante en
nuestra reflexión ya que la República se justifica por que “produce” ciudadanos y
por que estos detentan, a priori, determinados derechos.
Entonces, las luchas políticas que se han dado a lo largo de la historia, se han
relacionado con la posibilidad concreta de que los sujetos que viven en un
territorio logren poseer derechos que los defiendan de determinadas
arbitrariedades de los que más tienen y proveer así a la concordia social. Las
luchas políticas de la Modernidad tienen que ver con este objetivo: conquista de
derechos civiles, políticos, sociales y humanos. La República Democrática debiera
ser una garantía de ello.
Pero también y sin contradecir lo dicho, la ciudadanía es más que la sumatoria de
estos derechos enunciados. Desde la perspectiva que se propone en este trabajo
de reflexión, se considera a la ciudadanía como una acción social impugnadora de
los poderes absolutos. Esta concepción ciudadana apela al civismo y a la
participación de los hombres confiando, de esta manera, en que es más eficaz
para el ejercicio del gobierno republicano no sólo cumplir con los mandamientos
de la Constitución Nacional sino con la consecución del Bien Común Colectivo
(más adelante volveremos sobre estos puntos).
De acuerdo a lo dicho, podemos notar que el concepto de ciudadanía se ubica en
el centro y es el eje principal de la República limitando los excesos del poder
político e impidiendo la concentración del poder en un solo hombre o en una sola
institución.
En otro orden, podemos percibir que, a partir del mal llamado41 “consenso” de
Washington, la sociedad ha sido objeto de una profunda mercantilización que ha
ido a contramano de las ideas republicanas. Estas, a consecuencia del feroz
embate neoliberal, dejan de ser tan “políticas” (sin dejar de serlo) y se
mercantilizan, en donde los derechos ciudadanos son dejados de lado y
suplantados por los derechos del consumidor42. Como se puede apreciar, el paso
de los derechos ciudadanos a los derechos del consumidor se ha hecho a
41
Digo mal llamado por que en realidad ha sido un “consenso” de pocos. Los países menos desarrollados, los
que han debido soportar el producto de ese “consenso”, v.g Planes de Ajustes, privatizaciones,
descentralizaciones, flexibilidad laboral, libertad de mercado, trasnacionalización del Capital, etc., no han
sido consultados sobre tales fines. Es paradójico y un desafío al saber político, el hecho de que un grupo de
países, que se autodefinen como Repúblicas Democráticas, utilicen su fuerza bélica y su potencial económico
para subordinar y tutelar a estos otros países que terminan, finalmente, perdiendo mas de lo que ganan al
aceptar sus propuestas políticas.
42
Sobre el paso de los derechos ciudadanos a los derechos del consumidor Cfr: Martin Unzue. Capítulo IV:
CIUDADANOS O CONSUMIDOR. EL PROBLEMA DE LA LEGITIMACIÓN DE LOS ENTES
REGULADORES., en Campione et all ESTADO Y SOCIEDAD. Algunas reflexiones sobre la política en
la Argentina actual. EUDEBA. Bs. As. 1999.
27
expensas de los propios ciudadanos y a favor de los sectores que logran
concentrar recursos económicos y financieros. De esta manera la política es
permanentemente jaqueada por la economía quien trata de subordinarla a sus
propios intereses. Lo que se debe dejar en claro es que ha sido política la
transformación económica. Los planes de ajustes, implementados en varias
regiones del globo y con regímenes políticos diversos, han podido ser llevados a
cabo desde un Estado que tuvo la suficiente fortaleza para imponer su programa
político. La supuesta “antipoliticidad” que manifiestan las corrientes del
pensamiento neoliberal de la segunda mitad del siglo XX, solo es una declaración
que intenta ocultar lo mismo que denosta y esto es la política. Por que ha sido
política la intención y la orientación de los programas de ajuste implementados por
los Estados Nacionales, profundamente influenciados y compelidos a hacerlo por
los organismos de créditos internacionales, quienes han experimentado con estos
planes en territorios donde se buscaba su desarrollo. El resultado de estos
experimentos se verifica en las altas tasas de pobreza e indigencia, en la
concentración de la riqueza en los sectores más altos de la sociedad y en la
desafiliación de grandes masas de la población.
Entonces, al triunfar la falsa “apoliticidad” del ideario neoliberal, al transformar el
concepto de ciudadanía limitándolo, asistimos a la emergencia de una ciudadanía
tutelada y subordinada y que es sólo una declamación. Esta situación va en contra
de las tendencias gregarias de las personas y los conmina a espacios de
individualidad en donde es más difícil construir lazos sociales. Como podemos
apreciar la República ha permitido que esto haya sucedido perdiendo, a mi juicio,
mucho de su densidad.
La ciudadanía supone la convergencia solidaria de los hombres en pos del Bien
Común Colectivo para la realización de la sociedad. La manera en que debiera
hacerlo supone la participación integral y el desarrollo de una conciencia social
que incluya la conciencia cívica. Los esquemas de ciudadanía tutelada,
subordinada y de baja intensidad no producen ciudadanos activos sino que
favorecen la emergencia de clientes políticos, remedo del ciudadano libre e
integrado políticamente en una sociedad.
a) Participación e integración: Idealmente la República supone ciudadanos
comprometidos con un objetivo colectivo e integrados a la comunidad mediante la
participación efectiva en ella. Si bien todos los hombres, por el sólo hecho de
serlo, forman parte (es decir, participan) de alguna organización social (v.g la
familia) esto no deriva, lamentablemente, en una integración y participación plena
a la comunidad de derechos, antes bien, de acuerdo al lugar que se ocupa en la
red de relaciones sociales tendrá mas o menos posibilidades de integrarse y de
participar. La mayoría de las investigaciones realizadas sobre este tema dan
cuenta del fenómeno de integración y participación asimétrica que,
paradojalmente, se supone que
intenta contrarrestar la República. Esta
integración y participación asimétrica es posible quizás, por la existencia de
estratificaciones sociales en clases que participan desigualmente en la sociedad.
La exacerbación del individualismo egoísta termina reforzando la estratificación
mencionada toda vez que se sacrifica la participación social, que podría devenir en
una mayor densidad y heterogeneidad social, en aras de objetivos egoístas.
En otro orden, se percibe de acuerdo a lo dicho, que se asiste, desde estos
esquemas individualistas, a tensiones desintegradoras que obstaculizan la
participación de los ciudadanos subordinando aquella a los intereses de los
poderosos.
La República propicia la participación e integración social de los individuos que la
componen pero no alcanza habida cuenta que no logra “desbloquear” los
obstáculos que impiden que los ciudadanos participen.
Entonces, si verificamos que la sociedad está estratificada, ya sea en clases
(propietarias o no) o por niveles de ingreso y que, de acuerdo a la posición que se
28
ocupa en esos espacios estratificados se definirá la cantidad de bienes y servicios
que se le asignara en la distribución de lo producido socialmente, va de suyo que
la sola pertenencia a una clase o estrato de bajos ingresos, subordina este a los
otros estratos que tienen la posibilidad de lograr autonomía. De esta manera se
confirma la asimetría que mencionamos y que dificulta la integración.
Las Repúblicas Posmodernas, con su culto excesivo al individualismo egoísta, no
logra vincular (quizás no le interesa) a los hombres entre sí reforzando, como se
ha dicho, los procesos que tienden a la desintegración y a la desafiliación de las
personas.
II.1.5 El Bien Común Colectivo (BCC): Según lo que venimos sosteniendo, la
República debe proveer al BCC pues este es su objetivo trascendental. La
búsqueda del BCC, y su posible concreción, es lo que legitima el ejercicio de la
gobernabilidad y el consenso hacia ella por que si el gobierno no tuviera como
objetivo el bienestar de sus ciudadanos ¿por qué deberíamos obedecerlo
aceptando pasivamente sus programas políticos y sosteniendo la estructura
burocrática con nuestros impuestos? Si el Estado no provee al BCC ¿por qué
debería armarme para su defensa? Evidentemente los ciudadanos confiamos en
que nuestros dirigentes trabajan “para” nosotros y sus decisiones políticas tienden
a concretar el bienestar social.
La forma política que hace posible el BCC está dada por el Estado Social y que se
vehiculiza por la implementación de la Justicia Social. De tal manera que BCC y
política encuentran muchos nexos entre sí siendo aquel el resultado de esta.

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Si bien coincidimos en la búsqueda del BCC, es mucho más difícil precisarlo. Para
nosotros el BCC es aquel objetivo que debe perseguir el Estado y que se
caracteriza por la satisfacción de lo que se ha definido como Necesidades Básicas
(NB). Estas son, entendidas desde la perspectiva del Derecho, las siguientes:
Alimentación.
Educación.
Salud.
Trabajo.
Derecho al ocio.
Protección social (Seguridad Social).
Vivienda.
Etc. (Atento a que la vida es una dinámica abierta y puedan surgir, mediante el
proceso histórico, nuevos derechos).
La obtención del BCC incluye la efectivización de estos derechos. Si algunos de
estos no pueden cumplirse es difícil que pueda lograrse su concreción
resintiéndose la sociedad con esta ausencia.
La Justicia Social es lo que posibilita la obtención del BCC. Esta es sencillamente
la implementación de Política Social que no sólo tenga como objetivo principal la
amortiguación de los conflictos sociales (cuestión social) que puedan potenciar la
discordia y la disgregación social sino la eliminación de los obstáculos que impiden
a la persona su participación social integral. La Justicia Social no supone un
Estado proveedor que suministre los bienes básicos para la subsistencia. Esto
puede justificarse en algunas coyunturas especiales debidas a cataclismos
naturales que impiden a la gente proveerse de lo necesario o en programas
sociales de “combate contra la pobreza” en un camino de desarrollo social. De lo
que se trata, digo, no es ser un Estado proveedor y paternalista, sino de diseñar e
implementar políticas positivas y activas que permitan que los ciudadanos de la
República encuentren por si mismos o en alianzas con otros, los caminos para su
reproducción social y la de su familia.
Los esquemas proveedores tienden al paternalismo político y este al clientelismo.
Tanto uno como el otro no fortalecen a la República ya que lo que deviene de las
29
prácticas clientelares se aleja de los esquemas de ciudadanía plena acercando
esta a los estilos de subordinación y tutelaje tal como se viene manifestando.
Las escuelas que abrevan en la ideología liberal y que, por lo tanto, construyen
una República Liberal, no acuerdan en este punto43. Para estos pensadores y
gobernantes, no hay nada como un Bien Común o una Voluntad General. Los
seres humanos encontramos satisfacción a nuestras Necesidades Básicas en el
mercado en donde interactuamos en forma racional tratando de maximizar los
logros y reducir los gastos por lo que estipular que existe un Bien Común y diseñar
políticas para su obtención significa inexorablemente una intervención en ese mito
que es el mercado autorregulado. La búsqueda del BCC por parte del Estado,
implica una intervención directa en ese mercado lo que no es visto con buenos
ojos.
Si bien a lo largo de todo este trabajo venimos impugnando el pensamiento liberal
mas reaccionario y mercantilista, coincidimos en que el Bien Común no existe en
forma “natural” sino que es una construcción social muy influenciada por la
historia. Admitir lo dicho no significa negar la probabilidad de que se pueda
construir un Bien Común ni el negar que la búsqueda de este objetivo dota de
legitimidad a la política y al gobierno. El problema que se plantea es que,
admitiendo la heterogeneidad social, debemos admitir también, la posibilidad de
que existan varios BCC de acuerdo a las preferencias de grupos de individuos con
los mismos intereses. Pero esta cuestión no significa que no se pueda consensuar
o negociar hacia la búsqueda del BCC y que los seres humanos no podamos
hallar formas equitativas de distribución de lo que se produce socialmente.
Y si bien nos ha costado y nos cuesta definir certeramente qué es el BCC, sí
hemos podido acercarnos al concepto determinando algunos de sus componentes
políticos al que le sumamos ahora el concepto de equidad social. La construcción
del BCC encuentra una forma de implementación que involucra esquemas de
equidad social que signifiquen distribución social de lo que una sociedad produce
como tal y aquí es donde nos separamos de la Escuela Liberal ya que no
coincidimos en la apreciación de las posturas mercantilistas tal como venimos
sosteniendo. No creemos que el mercado pueda colaborar en la construcción de
un BCC ya que, por su extremos individualismo, lo que se busca solamente es la
provisión individual y el goce que esto puede generar. La posición que intentamos
sostener con nuestros argumentos se funda en criterios colecticvos y comunitarios
antes que invidualistas y sostenemos que no hay tal producción individual de
bienes o mercancías sino que esa producción involucra siempre al otro de
manera directa ( trabajo y consumo) y que justamente no es considerado como tal.
La paradoja que entraña el Liberalismo estriba en que, pretendiendo defender al
individuo, al desconocer su sociabilidad innata, termina reduciéndolo solo a un
organismo pretendidamente racional olvidando el desarrollo de relaciones
asimétricas que dicho pensamiento produce demostrando, empíricamente, que la
inequidad social es también el resultado de un proceso social de raíz histórica.
II.1.6 La política como relación social: La política, entendida como relación
social, es a la vez productora de relaciones sociales. Esto quiere decir que al
constituirse la política se constituyen también determinados modo de relaciones
sociales. Si a lo dicho le sumamos que cuando hablamos de política también
hablamos de poder, no podemos menos que entender que esta característica es el
origen de que se establezcan relaciones sociales asimétricas resumidas en dos
polos ( o Tipos Ideales): el polo que tiene la capacidad de ejercer el poder (Estado,
Gobierno, patrón, etc.) y el polo que no puede hacerlo ( por lo menos
fácticamente).
Para el que detenta el poder legítimo (v.g el Estado), el objetivo es mantenerlo y
reproducirlo siempre que sea posible ( ya hablamos de la “ficción electoral” y de la
“paradoja democrática” ). Para los que no detentan el poder o bien obedecemos al
mismo en la creencia de un destino común, que conduce al BCC o se desarrollan
43
Incluso más; la primer ministro de Inglaterra, M. Tatcher, ferviente defensora junto a R. Reagan de la
libertad de mercado, se preguntaba que seria esa cosa llamada “sociedad”.
30
diferentes formas de resistencia que pueden impugnar a los detentores de poder y
derrocarlos. De todas manera queda claro que la política como una acción social
es la fuente y el origen de un tipo especial de relación social que tiene en la
asimetría uno de sus ejes principales.
Luego, al profundizar el estudio hacia el interior de las formas burocráticas del
Estado (v.g Aparatos de Estado (AE) propiamente dichos) nos muestra como se
ensancha la distancia entre los detentores de poder y los que no pueden
detentarlo. Basta con mencionar la existencia de fueros protectores de la actividad
política de los dirigentes mas encumbrados en los aparatos de gobierno 44. Hago
mención al Presidente, sus Ministros, Jueces, Legisladores, Gobernadores, etc. Si
bien existen en la República un sistema de pesos y contrapesos, no
necesariamente se activen estos recursos excepto haya un interés específico en
que asi sea confirmando, una vez mas, nuestra apreciación acerca de la asimetría
que deviene de la producción de relaciones sociales desde el ejercicio de la
política.
La relación asimétrica se verifica en la institucionalización en determinados
regímenes, de las prácticas clientelaes (Auyero) que fortalecen un polo de esta
relación, en este caso “el puntero” por sobre el otro polo “el cliente”. Básicamente
esta relación clientelar existe por la transferencia de determinados bienes y
servicios por parte de los detentores de poder a cambio del acompañamiento,
expresado por la emisión del voto, a las políticas implementadas por el que otorga
el beneficio ( incluso si este es opositor al gobierno) (TERMINAR MEJOR).
CIVISMO (PARA REPUBLICA , CONSTITUCIÓN Y DEMOCRACIA)
Para que la República sea posible debe existir, también, un compromiso de sus
habitantes. Este es el compromiso cívico por el cual los ciudadanos de una
República, incluso el presidente, los ministros y los legisladores, convenimos en
cumplir con los postulados democráticos que nos damos o cambiarlos si nos
ponemos de acuerdo. La democracia es mucho más que una idea bella que
estimula el pensamiento de la elite esclarecida. Si entendemos que la democracia
es política y esta es como se ha dicho una acción social, la ida de
comprometerse con ella excluye la idea de aprovecharse de ella. Nuevamente
notamos que el esquema racional mercantil no es el más adecuado a la hora de
reflexionar sobre estas particulares temas ya que si intercambiamos racionalmente
en el mercado político, antes que comprometernos con el sistema, lo que lo
fortalecería y mejoraría, nos aprovechamos de él sin importarnos si esta actitud
colabora con su destrucción antes que su mejoramiento. Entender a la democracia
como un sistema más de intercambio mercantiles no solo la desvaloriza como
sistema de vida sino que la contradice en sus conceptos mas elementales. Para
que la democracia sea, es indispensable comprometerse con ella y no
aprovecharse de ella y para ello hay que entender que la orientación de la vida no
puede estar inspirada solamente por la obtención de ganancias y reducción de los
costos sino entendemos que hay otro diferente a mi que no es un competidor y no
me “quitará” lo que me corresponde sino un ser social con el cual puedo concertar,
negociar y hacer alianzas para la obtención del Bien Común Colectivo.
44
Este tema se profundizará mas adelante.
31
III. ACERCA DEL CONTROL PÚBLICO.
Introducción.
Todo poder es controlable. Quiero decir, todo poder puede estar sujeto a control
por parte de una porción de los dominados toda vez que el poder, para que sea
tal, es ejercicio de poder. Esto quiere decir que el poder se ejerce fácticamente,
es decir, materialmente. El poder no existe en la palabra dicha sino en la acción
social que emana de su imposición. El poder, para la posición que se intentará
sostener en este ejercicio reflexivo, es acción material y se manifiesta en la
capacidad de imponer la propia voluntad que, en términos políticos, se llama
gobernabilidad.
De tal manera que este poder fáctico, emanado de algún tipo de autoridad
legitima, puede ser sometido a control so pena de su extinción. Tratare de
explicarme mejor.
Si el poder nunca pudiera ser controlado, su tendencia al abuso y a la
acumulación haría muy onerosa su aplicación. Esta tendencia al abuso y a la
acumulación es una de las características originarias que lo constituyen. Si el
poder descarnado es la posibilidad de imponer una voluntad por sobre las de los
demás, va de suyo que la tendencia al abuso y a la acumulación forma parte
intrínseca del mismo. De la misma manera, ese poder omnímodo y descarnado se
enfrentaría en forma permanente a un contrapoder que trataría de impugnarlo y
esta situación llevaría a una guerra permanente entre los individuos anulando la
sociedad y transformándola en un campo de batalla. A la autoridad de donde
emana el poder, le saldría muy caro sostenerse debido a que tendría que aplicar
magnitudes mayores de violencia para su propio sostenimiento. Si la ultima ratio
del poder es la violencia descarnada, podemos notar que el permanente ejercicio
de ésta sólo puede llevar a la destrucción del sistema social que le da origen. El
estado de guerra interna permanente no posibilita el desarrollo social pleno. Esta
es una de las enseñanzas de la historia. Las dictaduras más violentas son tambien
las que menos se han podido sostener y las que más impugnaciones han debido
enfrentar.
En el mismo orden, el poder absoluto y descarnado, materializado en la figura de
un solo individuo, no podría mantenerse más que por un corto tiempo ya que la
suma de voluntades se opondría a ese poder absoluto toda vez que este va en
contra de la autonomía individual. Bien observa Baruch de Spinoza cuando
advierte la imposibilidad de este absolutismo en virtud de la contradicción interna
que presenta este argumento. El poder absoluto, para existir, necesita
indudablemente de un sujeto material en donde aplicar ese poder. Si este poder
absoluto termina eliminando al sujeto objeto del poder absoluto, este
sencillamente desaparecería. Para el pensador holandes, quien advirtió la
potencialidad política de la multitud:
“Si dos personas se ponen de acuerdo y unen sus fuerzas, tendrán juntas más
poder, y por consiguiente, un derecho superior sobre la naturaleza que el que
tiene cada una de ellas por separado; y cuanto más numerosos sean los hombres
que pongan sus fuerzas en común, tanto mayor será el derecho de que
dispongan” (Spinoza 2005: 4)
Esta característica mencionada acerca del poder nos muestra que en el camino
evolutivo de las sociedades se han desarrollado formas de control del poder para
evitar que este se desmadre y con él la sociedad y que el control político de las
acciones públicas de los gobernantes esta basado en el ejercicio material del
poder que pueden llevar adelante los hombres unidos entre sí en la búsqueda de
un objetivo común. Este objetivo lleva implícitamente su sobrevivencia física y la
de su prole por lo que el tema de la seguridad se encuentra entre los fundamentos
últimos del ejercicio de la política.
A partir del surgimiento de formas de control del poder este comienza a estar
sometido (si se me permite el oximoron) a los criterios de legitimidad que cada
organización social se dio en su particular proceso histórico de formación. Las
32
formas de legitimidad, en toda su amplia variedad histórica, básicamente han
tendido a lograr el consenso necesario para que ese poder, originariamente
descarnado, se transforme en dominación. La dominación, tal como advirtiera Max
Weber45, es legítima atento que su objetivo es la búsqueda de obediencia y esto
significa acatar el mandamiento del poderoso. Acatar significa no resistirse a una
imposición por que se cree en ella por diversos motivos:
a) Por tradición. El caudillo o el órgano de poder proviene del trasfondo de la
historia y siempre ha sido así.
b) Por fe. El caudillo o el órgano de poder han sido investidos por una o varias
divinidades. Religión y estado se confunden.
c) Por la razón. El caudillo o el órgano de poder son el resultado de un proceso
racionalizador leído como positivo por los detentores de la soberanía.
d) Por carisma. El caudillo resume en su persona y en sus actos de gobierno una
confianza casi ciega por parte de los detentores de soberanía. Confianza en el
líder46.
Entonces tenemos que desde el surgimiento de la sociedad y más allá de
circunstancias coyunturales, el poder siempre ha podido ser controlado, en
términos de probabilidad, por parte de los dominados y que, a medida que el
proceso civilizatorio se ha ido profundizando, ha debido ir transformándose para
no desaparecer. Es decir, con el avance de los derechos civiles y políticos
principalmente ya en la Edad Moderna, el poder ha debido transformarse en
gobernabilidad, entendida como la posibilidad de aplicación de poder, y en este
recorrido los detentores de soberanía han podido apropiarse de una porción de él.
Quiero decir, desde la impugnación moderna a los soberanos provenientes de una
aristocracia de sangre hasta la conformación de las democracias presidencialistas
y parlamentarias, la sociedad política ha asistido a una racionalización cada vez
mas profunda de las formas de dominación y de imposición de poder. Si bien
debemos hacer notar que mucho de lo dicho solo es teoría y palabras, podemos
destacar una diferencia cualitativa entre como se imponía el poder en el medioevo
o en la época arcaica y la imposición del mismo en el Estado Moderno de
Derecho47.
El poder, por otro lado, debe crear un discurso y un ritual que colaboren y
refuercen su legitimidad a riesgo nuevamente de desaparecer si no lo hiciere.
Desde que el proceso de laicización modernizador desplazo la “verdad revelada”
por el saber científico basado en la razón iluminista, la legitimidad ya no se vio
sostenida por la fe y la obediencia ciega a las autoridades religiosas que
refrendaban el mandato de un rey por sobre sus súbditos tal como prescribía la
voluntad divina. Ahora había que encontrar un sentido racional a la acción del
gobierno y este fue encontrado en el desarrollo del Bien Común, un concepto
social y político que, además de fundamentar un orden legítimo, funciona como
una teleología, un destino posible y esperanzador. El Bien Común no remeda al
Paraíso Terrenal pero es el corolario de éste en el pensamiento laico, racional y
moderno. El pensamiento moderno del Siglo XVIII, especialmente el pensamiento
Jacobino, otorga a la política la capacidad de modificar la sociedad, y el Bien
Común aparece como un faro que ilumina un futuro de desarrollo, razón y
progreso48.
45
Economia y Sociedad. FCE. Bs. As. 1984. Op. Cit.
Debemos entender que Weber especifico, en estos Tipos de Dominación, que son formas puras y que no se
hallan en la realidad social de los individuos. Para entender esta “pureza” hay que entender el concepto de
Tipo Ideal weberiano. Un Tipo Ideal es un modelo que el investigador construye a partir de datos que obtiene
del estudio de la realidad social y que solo existe como modelo. Este debe servir para contrastar los hallazgos
de la investigación de campo y en esta comparación es posible, entonces, la producción de saber.
47
En la antigüedad la imposición más descarnada del poder la constituía la institución abominable de la
esclavitud. Nada puede ser tan claro, en el marco de reflexión que estamos manejando, como la imposición
del poder del amo para con su esclavo. El amo tenia casi todo el poder sobre su esclavo y así lo utilizaba y el
esclavo carecía casi completamente de derechos y su posibilidad de controlar el poder que lo sujetaba era
nula. El proceso racionalizador modernizador no podía sostener la institución de la esclavitud y lucho por su
abolición. La dominación del trabajo no se extinguió sino que se transformo en trabajo asalariado Valga lo
dicho como un ejemplo de lo que se pretende reflexionar.
48
Obviamente, el desarrollo de estas ideas surgieron a fines del S. XVIII e inspiraron las tradiciones
ideológicas de la modernidad. El orden, el progreso indefinido, la razon como instrumento de gestión, la
46
33
Los Estados Modernos de Derecho, fundan su legitimidad en la consecución del
Bien Común y en la búsqueda de éste es que se delega una parte de la soberanía,
individual y ciudadana, en la creencia que las acciones de ese gobierno tienden
invariablemente a ese objetivo. En otras palabras, si la ciudadanía, esa institución
de los Estados Modernos que es más que la sumatoria de derechos 49, no confiara
en que las acciones del gobierno propenden al Bienestar Común, al Bien General,
cualquiera sea la definición de ellos, no encontraría motivos suficientes para
obedecer e impugnaría permanentemente la acción del gobierno inaugurando una
época de conflictos hasta definir nuevas coordenadas de obediencia y dominación.
Entonces, hasta aquí tenemos que:
a) El poder no puede ejercerse descarnadamente, so pena de su extinción o
modificación.
b) Por esta limitación sociopolítica, el poder debe transformarse en dominación
que significa la aceptación y la voluntad de obediencia.
c) El par dominación/obediencia permite el desarrollo de la legitimidad entendida
como el consenso hacia una forma de gobierno.
d) La legitimidad es la forma más segura, en el Estado Moderno de Derecho, de
obtener gobernabilidad. Esta es entendida como la posibilidad del gobierno
detentor del poder en el Estado de ejercer sus políticas.
e) En el marco del ejercicio de un poder legitimo, ligado a consenso y sustento de
una gobernabilidad, el Bienestar Común de la ciudadanía se torna el objetivo a
perseguir por toda la comunidad y, al mismo tiempo, sirve como sustento de
legitimidad ex ante y ex post.
Es decir, por que confío en que el objetivo común es posible, obedezco las
imposiciones y las normas emanadas de ese poder reservándome, como
ciudadano, la acción de control del poder mediante las instituciones que ese
mismo poder se da. El gráfico resultante podría ser el siguiente:
PODER
BIEN COMUN
DOMINACION/OBEDIENCIA
LEGITIMIDAD
GOBERNABILIDAD
De acuerdo a lo expresado en este tramo de la reflexión hemos podido apreciar
que el poder se expresa descarnadamente solo en determinadas coyunturas
sociopolíticas y esto produce un costo que es difícil de evaluar sino es a través del
análisis histórico. Cuando el poder debe ejercerse en última instancia es cuando
lo vemos despojado de todos sus atributos excepto la imposición violenta. Es el
ejercito o la policía ingresando con el derecho de las armas ya sea a una ciudad
tomada o a una vivienda allanada. El ejercicio descarnado del poder tiende a
anular a la sociedad y a suplantarla por la violencia del mas fuerte (o el mejor
armado). Evidentemente, este no fue el camino que siguió la sociedad. Antes bien,
hemos podido ver que, en virtud del proceso civilizatorio, inspirado por la razón
ciencia desplazando a la fe, el permanente movimiento, etc., han sido ideas y conceptos que orientaron la
evolución de las sociedades occidentales durante el S XIX y el XX. En los inicios del S XXI, podemos
impugnar algunas de estas cuestiones y de los sistemas políticos que les dieron origen en virtud del
“incumplimiento” de las “promesas de la Modernidad”. Sobre estos temas se puede consultar la obra de
Jurgens Habermas quien se explaya defendiendo los atributos dinamizadores que lleva implícita la idea de
Modernidad.
49
Al decir que la ciudadanía es más que la sumatoria de derechos, según la versión clásica (Cfr. Marshall y
Bottomore Ciudadanía y Clase Social. Losada. Bs. As), pretendo sostener que la ciudadanía es acción social
con sentido. Desde esta perspectiva, la ciudadanía es impugnadora del poder toda vez que los ciudadanos son
los depositarios de la soberanía. Si la ciudadanía solo es la sumatoria de derechos, y no hay vinculación entre
la sanción de estos y las prácticas sociales, se reduce este concepto a palabras muertas en un libro. Si, por el
contrario, la ciudadanía es acción social material, esta acción sustentada en derechos constitucionales,
impugnara los abusos del poder concretandose a si misma.
34
como motor de la modernidad, los individuos organizados en sociedad, fueron
impugnando progresivamente al poder absoluto mediante la institución del control
de los actos del gobierno. La búsqueda del Bien Común no solo legitimó el acceso
al poder de las clases subyugadas sino que se transformó en un destino posible
para los hombres que fortalecen, con su obediencia, a ese poder legítimo que la
busca. Si esto no se cumpliere, la posibilidad de rebelión estaría mas propensa a
emerger.
No hace falta en este lugar que se expresen las condiciones históricas que
posibilitaron el surgimiento del Juicio Político, solo hemos expresado una línea de
argumentación que ilumina nuestro pensamiento y que hacen a la presente
reflexión. Analizaremos seguidamente, lo propio y particular de la institución del
Juicio Político.
III. 1 EL JUICIO POLÍTICO
Introducción
Desde que el poder político se institucionaliza, mediante un proceso evolutivo de
la propia sociedad, debe cumplir con determinadas premisas a riesgo de que sea
mas costoso su ejercicio. Estas son básicamente dos:
a) legitimidad
b) ser sometido a control por los que obedecen (que forma parte del proceso
legitimador)
Comenzamos preguntándonos: ¿qué es lo que dota de legitimidad un acto de
gobierno ¿legitimidad y legalidad son acaso sinónimos?
Para nosotros, la legitimidad esta dada según la clásica concepción weberiana, y
que ya hemos hecho mención: por el consenso hacia esa acción. El consenso
puede ser entendido como la voluntad de aceptar determinados mandatos y
acciones que surgen de ese mismo mandato. La legitimidad así entendida es
como un reaseguro de gobernabilidad toda vez que no es necesario reafirmar el
compromiso entre gobernante y gobernado ante todas las acciones emanadas de
un gobierno. Si por cada acto de un gobierno democrático50 este debiera reafirmar
su condición de gobierno legítimo, sería prácticamente imposible el ejercicio de
gobierno. De lo que se trata, entonces, es de la gobernabilidad, esto es un punto
central del ejercicio de la política.
Para entender el concepto de legalidad deberíamos decir algunas palabras sobre
el Derecho.
El Derecho, es una construcción social; quiero decir, tiene un devenir histórico que
lo termina constituyendo como tal. Es una abstracción social de origen histórico y
que, como hecho social, tiene la capacidad de producir efectos sobre la
materialidad de la vida social. No es, desde este punto de vista, una creación
divina ahistorica y permanente. Cambia como cambia la historia y los preceptos
del pasado no necesariamente se puedan aplicar al presente. Este es un punto
central a la hora de analizar si el Derecho tiene injerencia en la cuestión política.
Entonces reconocemos la historicidad del Derecho y su particular genealogía
como hecho social lo que determina su modificación según el curso de la historia.
Al mismo tiempo, sabemos que el Derecho debe ser legítimo en tanto pensamos
en el Estado Moderno Republicano y esta es la forma política que se han dado las
sociedades modernas, aquellas que plantean a la República como institución
básica de ordenamiento sociopolítico.
Como Estado de Derecho y también como República, nos damos una
Constitución. A esta le cabe lo que enunciamos para el Derecho y esta es su
50
Aclaremos, un gobierno autoritario o totalitario no se preocuparía por la legitimidad tal cual la entendía
Weber. Estos gobiernos actúan a espaldas de las decisiones populares. Sus actos de gobiernos están dados por
otro tipo de legitimidad que se aleja de los postulados democráticos clásicos.
35
particularidad histórica. Es según los términos del Dr. Enrique Hidalgo 51 junto con
el Dr. Nino a quien cita “ una práctica social” y esta característica nos seduce pues
coincidimos con ella. Para nosotros, la Constitución es una herramienta de
organización sociopolítica que posee una génesis histórica y que, por su propia
decisión, se autoinstituye como única y última para organizar la sociedad política
desconociendo, con este hecho, la legitimidad de los poderes del Estado para
hacerlo. Es como que la Constitución se sitúa, ella misma, por encima de toda la
sociedad.
La legalidad, a diferencia de la legitimidad, es lo que esta sujeto a ley. La ley es lo
que da la legalidad y esta, como el Derecho, es tambien una construcción social.
De tal manera que pensamos que la ley es temporal y sujeta a los cambios
históricos y no es un hecho permanente en su particularidad. En otras palabras, se
reconoce la historicidad de la ley y, al mismo tiempo, su universalidad, es decir, los
seres humanos nos damos leyes para ordenar la vida en sociedad, esta es la
característica universal, pero, al mismo tiempo, esa temporalidad es la que marca
los cambios de las leyes. Si bien toda sociedad se caracteriza tambien por la
sanción de normas, estas no son inmutables y van cambiando con la sociedad.
Esta característica histórica que mencionamos, sujeta la ley a impugnaciones
toda vez que la dinámica propia de la historia supone modificaciones en la
sociedad. Las leyes, entonces, pueden quedar desactualizadas lo que supone que
no cumplen con lo que penso el legislador.
El Derecho puede ser entendido como la política hecha normas, es decir, no
puede existir una comunidad política sin normas que la regulen. Como se ha
dicho, en la historia es donde encontraremos las claves para entender como las
normas sancionadas legítimamente han ido erosionando el concepto del poder
absoluto del Príncipe. Es a partir de la consagración de normas modernas sujetas
a racionalidad que se ha podido constituir el Estado de Derecho. Esto no quiere
decir que el Derecho pueda entrometerse directamente y como se le plazca en la
esfera propiamente política sino que, en el juego de tensiones que se dan en la
sociedad, le cabe al Derecho ser la voz institucionalizada y producir la norma. Esta
estrategia ha posibilitado amenguar la Tensión Social pero no la elimina. Es por
imperio del Derecho que los humanos que vivimos en sociedad resolvemos
nuestras cuestiones mas mundanas. Si el Derecho no existiera, estaríamos
abandonados al solo recurso de nuestra capacidad física o a nuestra capacidad de
hacer alianzas. Pero el Derecho no puede juzgar a la política ya que es subsidiario
de ésta. En la parte IV daremos cuenta de esta postura.
En los Estados Modernos de Derecho, el control del ejercicio de gobierno es uno
de los atributos con que cuenta la oposición. El reconocimiento de esta fracción de
la comunidad política es esencial para entender el funcionamiento de la
maquinaria política moderna de raíz liberal. La oposición funda también al Derecho
Político Moderno y en el respeto a ella es posible la vida armoniosa en sociedad.
“La regulación jurídica de la actividad de los ocupantes de los cargos del gobierno,
aunque reconoce lejanos y variados antecedentes, es –con el nombre de “imperio
de la ley”- uno de los principios básicos del constitucionalismo contemporáneo,
para lo cual propugna varias “técnicas jurídicas” tendientes a “limitar” la actividad
de los ocupantes de los cargos de gobierno y, de ese modo, salvaguardar los
derechos humanos” (Lopez. Op. Cit. Pag 46)
Con respecto al control de las acciones de gobierno, las sociedades se dan cada
una su forma particular. Ya hemos mencionado que el poder pocas veces es total.
La característica principal del poder es su capacidad de ejercicio. Esta capacidad
se ve interpelada por la población si ese ejercicio la afecta de tal manera que
ponga en riesgo su vida o la de su prole. Para que el poder se pueda ejercer
materialmente en un territorio en mejores condiciones, debe obtener obediencia.
Si el poder es la capacidad de imponer voluntad, la obediencia se entiende como
la capacidad de obtener consenso a una acción emanada desde alguna instancia
51
Hidalgo, Enrique: Controles constitucionales sobre funcionarios y magistrados. Un estudio sobre el
Juicio Político y el Consejo de la Magistratura. Depalma. Bs. As. 1997.
36
jerárquica. Dentro de este mecanismo social, - Poder/dominación/obediencia- el
jerarca, caudillo o patriarca debe rendir cuentas de su gestión. Si no lo hace él, lo
debe hacer alguno de sus acólitos. Como no se puede juzgar al Estado como
organización, se juzga entonces al funcionario52.
En otras palabras, el detentor del poder, sea quien fuere este, no puede disponer
de él como le plazca, si lo hiciere, el costo de esa imposición lo devoraría. Para
evitar ello debe obtener legitimidad y en ella esta la capacidad de solicitar la
rendición de cuentas ante determinado hecho. En otras palabras, el príncipe no
es un dios, incluso estos tambien están sujetos a impugnaciones53.
III. 1. 1. Poder y Responsabilidad.
Los pensadores republicanos del siglo XVIII pensaban que el poder entrañaba una
responsabilidad y esta se basaba en los buenos actos de gobierno que deberían
construir una sociedad igualitaria y equitativa según la búsqueda del Bien Común.
Si el gobernante se apartaba de esta estricta búsqueda, que le otorgaba
legitimidad, era responsable de su mala acción. Para estos casos estaban el
Impeachment y el Juicio de Residencia.
Pero la razón, que se expresará finalmente en una “ingeniería política ” del Estado,
es que estos pensadores republicanos dotaron a la nueva formación sociopolítica
devenida de la toma del poder en 1789 de un sistema de pesos y contrapesos
para que los tres poderes (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial) se
controlaran mutuamente y no se avasallaran unos a otros dando origen, de esta
manera, a la Teoría del Control Recíproco Interoganos.
Debemos decir que, en el origen del Estado Moderno de Derecho, se enfrentan
dos posiciones ideológicas:
a) La perspectiva individualista; expresada por la Teoría Liberal.
b) La perspectiva colectiva o comunitaria; expresada por la Teoría Social.
Tanto el liberalismo como el socialismo coinciden en la necesidad de controlar el
poder que emana del Estado en virtud de la libertad de los ciudadanos que lo
conforman. Los liberales fortalecerán la idea del individuo solo ante las vicisitudes
del mercado y que utiliza su razón para maximizar sus ganancias y reducir sus
costos y los socialistas, por el contrario, defenderán los intereses colectivos que se
expresan en la sociedad, en contra de las leyes “ineluctables” del mercado y que
se equilibrarían por esa “mano invisible” que nadie puede encontrar. Las dos
teorías antagónicas, propenden a fortalecer instituciones políticas o económicas
que impugnen y controlen las desviaciones posibles del poder en el Estado. La
enseñanza del Despotismo Ilustrado y la fortaleza de las nuevas organizaciones
sociales devenidas después de los hechos de Julio de 1776 en las colonias
inglesas en América y de Julio de 1789 en Francia estaban muy fresca en los
pensamientos de los nuevos gobernantes. La necesidad de no volver a repetir las
experiencias del pasado, en lo relativo a la suma del poder político, se hallaba en
la base de estos actos de gobierno.
Y como la representación del rey era la más detestable, habida cuenta que el
poder se hallaba en forma discrecional resumido en su figura, se vio en las
Asambleas Parlamentarias, el órgano de control por excelencia. Al fin de cuentas,
en las Asambleas se encontraban los legítimos representantes de la ciudadanía,
aquella que había logrado la instauración de la República54.
52
La impugnación total al Estado, cualquiera sea este, conduce inevitablemente a la revolución.
Si el dios no cumple con lo pedido por el creyente, este puede depositar su fe en otro dios.
54
Es probable que el surgimiento de las asambleas comunales y de lo que se llamará el Tercer Estado, se
hayan perfeccionado imitando las Asambleas Eclesiásticas que terminaron institucionalizando símiles
estamentales y que incluyeron precisas técnicas jurídicas de organización y exposición. La congregatio que
representa a la ecclesia universalis, se ubica por encima del Papa. Se llama la atención acerca de lo que
manifestráramos en hojas precedentes en relación al pensamiento de Baruch de Spinoza quien nos refiere que
la suma de los derechos individuales es mayor que el poder que puede detentar el soberano habida cuenta que
el derecho natural, que emana de Dios, le da esta potestad a los individuos que viven en comunitas.
53
37
El diseño de esta organización política quedo establecida de la siguiente manera:
a) Un Poder Legislativo, constituido por los representantes de la ciudadanía y
cuyo objetivo es legislar y controlar al Poder Ejecutivo.
b) Un Poder Ejecutivo, cuyo objetivo es promulgar las leyes que haya dado la
mecánica legislativa sancionada por una Constitución.
c) Un Poder Judicial que es el encargado de interpretar y aplicar las normas.
En este triángulo aparentemente simétrico se juega toda la armazón de control tal
como se viene diciendo.
*****
Los estudiosos mencionan que la justicia tribal mediante asambleas o símiles ya
aparece en los pueblos germanos de la Europa romana. Básicamente consistía en
una acusación contra alguno de los que detentaban el poder e incluso se podía
pedir la muerte. Y la Asamblea, o el órgano de poder de esa sociedad, debía emitir
un fallo en virtud de la prueba de esas acusaciones.
La institución del Juicio Político en nuestro país reconoce su origen en dos
grandes instituciones de control de función política tales como el Impeachment
británico y el Juicio de Residencia.
El Juicio de Residencia era una forma de evaluación de los funcionarios públicos
coloniales del Imperio Español. Estos, una vez finalizada sus funciones en las
colonias, debían presentarse y comparecer en el Juicio de Residencia. Consistía
en una audiencia pública en donde los súbditos del imperio podían presentar las
acusaciones e imputaciones en contra del funcionario. El expediente se enviaba al
Consejo de Indias para que ratificara o revocara la sentencia. Estas podían ser:
multas, inhabilitación, destierro y devolución de dinero55.
El Impeachment británico, era el instrumento jurídico-político mediante el cual la
Cámara de los Comunes y la Cámara de los Lores juzgaban a los funcionarios del
gobierno y estaban en condiciones de aplicar toda clase de penas. Lo que
buscaba el Impeachment era deslindar responsabilidades políticas y de todo tipo
de los funcionarios del Estado británico y ejercer, como se ha dicho en la primer
parte, las funciones de control.
Con la imposición definitiva de este instituto, la sacralización del poder desaparece
culminando el proceso de racionalización y laicización propio de la Modernidad. El
Príncipe es responsable por sus actos en el ejercicio del poder, poder que como
sabemos es una delegación soberana del Pueblo56.
III. 1. 2. El Juicio Político propiamente dicho.
El Juicio Político en la República Argentina es un procedimiento que se da en el
Parlamento. Puede ser entendido como:
55
En nuestro país, se tuvo algún tipo de consideración para con esta problemática:
El Acta del 25 de mayo de 1810 reservaba al Cabildo el derecho de juzgar a los miembros de la Junta.
En el Reglamento Provisorio del 22 de octubre de 1811 se establecía la responsabilidad del Triunvirato
ante la Junta Conservadora. Luego, el Reglamento Provisorio de 22 de noviembre del mismo año convino
que el triunvirato debía rendir cuentas ante el Congreso cuando este se reuniera. Posteriormente, en 1812
el Triunvirato estableció el Juicio de Residencia.
 La Asamblea del año XIII establecía que el Poder Ejecutivo era responsable ante el Poder Legislativo.
 El Estatuto provisorio de 1815 y el Reglamento Provisional de 1819 otorga a la Cámara de
Representantes, la atribución de juzgar a los tres poderes del Estado. El Senado se hacía cargo del
juzgamiento y los efectos de la sentencia eran la destitución e incluso la inhabilitación.
 La Constitución de 1826 limito los funcionarios que podían ser juzgados: presidente, ministros y
miembros de las Cámaras del Congreso y los miembros de la Alta Corte de Justicia.
 En la Constitución de 1853, se incluían a los gobernadores y se excluía a los jueces inferiores de la Corte
Suprema.
 En la reforma de 1860 se suprimió a los Legisladores y a los gobernadores.
56
Para cuando el Impeachmente se institucionaliza como un sistema de control de gobierno, muchas de las
ideas de Locke y de Rousseau ya se han podido diseminar en la sociedad.


38
a) Control interórganos: Como regulador de ciertas facultades de contralor del
Parlamento Nacional. Este establece las responsabilidades políticas de
algunos funcionarios.
b) Cómo proceso administrativo: Es un fallo que pronuncia un órgano político de
control quien es investido con la capacidad de juzgar en una variedad muy
limitada de hechos que son eminentemente políticos. El objeto de este Juicio,
solo es la remoción del funcionario acusado y encontrado culpable de los
cargos políticos57. El fallo es el producto de un procedimiento administrativo y
no tendría mas efectos que la destitución del inculpado. “El objeto del juicio
político, entonces, no es otro que el de apartar del poder a quien hace mal uso
de él, y, eventualmente, operar como un antejuicio del civil o criminal a
tramitarse por ante los tribunales ordinarios, quitando la inmunidad funcional
que goza el funcionario mientras ejerce el cargo”58
Para llevar adelante este proceso administrativo, contemplado en la Constitución
Nacional en los artículos 45, 51 y 52, la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación, crea una comisión permanente de Juicio Político quien, a través de un
Reglamento Interno, determina los pasos procesales que debe seguir el proceso.
Según este Reglamento, la Comisión de Juicio Politico (CJP) “carece de iniciativa
para promover juicio político a los funcionarios y magistrados...” 59 por lo que se
debe recibir una denuncia que debe cumplir con determinados requisitos formales
tales como nombre y apellido del denunciante, Nro de DNI o Cédula policial,
profesión o cargo público que ejerza, una descripción de los hechos que ameriten
dicho Juicio y la formulación de los cargos y, también, indicar las pruebas que se
relacionen con la acusación. Tanto la CJP como su Presidente (un diputado)
analizan dicho pedido y en un plazo estipulado por el Reglamento indicado debe
decidir si pasa a archivo o se da curso y se realizan los procedimientos
estipulados para el caso. Si del análisis previo del expediente surgieran indicios
ciertos se procederá a sustanciar el sumario. La CJP tiene atribuciones, en este
caso de:
a) Realizar inspecciones de lugares y cosas (sic) de acuerdo con las previsiones
contenidas en el Capitulo 1 del Titulo III del Libro II del Código Procesal Penal.
b) Solicitar al Juez Federal correspondiente que registre el domicilio del imputado
y de secuestrar aquellos elementos que puedan servir como medios de
pruebas
c) Solicitar al Juez Federal la intercepcion de la correspondencia como así
tambien de la línea telefónica e incluso su casilla de e-mail.
d) La CJP puede interrogar a toda persona que conozca los hechos investigados
y cuando su declaración sea útil para descubrir la verdad. Regirán las reglas
establecidas por los articulos 240, 241, 242, 243, 244, 247 y 251 del Código
Procesal Penal60.
A partir de lo dicho, podemos establecer que este procedimiento administrativo
tiene mucho de los juicios ordinarios pero no significa una intromisión del PL por
sobre el PJ ya que no emite condenas criminales, civiles o administrativas. El
Juicio Político se instituyo como una forma de control del poder y su objeto solo es
la remoción del imputado y, quizas, inhabilitarlo para futuras candidaturas. Este
aspecto del Juicio Político no será tratado en esta reflexion.
57
En este lugar, es preciso hacer una aclaración. Los conceptos sociales adolecen de una característica y esta
es la ambigüedad lo que hace difícil hacer precisiones como las que nos tienen acostumbrados las ciencias
exactas. En base a lo dicho, nos parece que el concepto de responsabilidad política es plástico y ambiguo y,
cada vez que pretendemos encorsetarlo en una definición, se nos escapa. Ademas, en un pais en donde hay
desnutrición y que permanece en el subdesarrollo casi estructural, todo funcionario podría ser acusado de
“mal desempeño de la función pública” ya que no ha podido mejorar la situación de la ciudadanía. Esta
aclaración es necesaria para que podamos acceder a una mejor comprensión de lo que pretendemos decir. Se
puede apreciar la influencia, en lo que enunciamos, de la Sociología Comprensiva de Max Weber y la
Fenomenología de Edmund Husserl.
58
Informe de la Presidencia de la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados en el Expte 286-P94. Citado por el Dr. Hidalgo en C. Algunas Reflexiones sobre el concepto de Juicio Político. Op. Cit. Nota
12, Pag 46.
59
Articulo 7 Reglamento de la CJP.
60
A los efectos de un mayor conocimiento sobre este procedimiento, se puede consultar el Reglamento de la
Comisión de Juicio Político de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
39
En síntesis, con el advenimiento de la sociedad moderna y la complejidad
sociopolítica que esta traería impregnada, fue necesario que se desarrollaran
formas de control de las acciones de gobierno toda vez que se enarbolara la
igualdad social y política de todos los ciudadanos que habitaban un territorio
potestad de un Estado como uno de los fundamentos de la legitimidad del
gobierno. Las formas políticas de control encontraron en el Impeachment y en el
Juicio Político, una herramienta eficaz para ejercer ese control. Si bien la pena que
surgía de esta acción administrativa era solamente la destitución del funcionario,
incluso el Presidente de la Nación o un Juez de la Suprema Corte de Justicia,
alcanzaba para mostrar que el poder no podía ser ejercido discrecionalmente y
que se debía obedecer esa norma supra que se patentizaba en la sanción de una
Constitución Nacional. Esta, entendida también como un producto histórico, es la
garantía de los procedimientos por el cual el Bienestar Común tiene la posibilidad
de concretarse y en ella está contemplada la institución del Juicio Político.
III. 2. JUICIO POLÍTICO Y GOBERNABILIDAD.
Según lo que venimos diciendo en esta reflexión acerca de la historicidad del
Derecho y como este se relaciona con la formación de los Estados Modernos,
entendidos como Repúblicas Modernas, nos habilita a pensar en el tema de la
judiciabilidad de la cuestión política y si el Juicio Político no es una intromisión del
Poder Legislativo en la cuestión judicial propiamente dicha61.
Para nosotros, el Juicio Político no supone una intromisión del PL por sobre el PJ
ya que el Juicio Político no es nada mas que un procedimiento administrativo de
control de las acciones que producen algunos funcionarios del gobierno. La
responsabilidad que se estima calificar solo es política y no criminal. Si la
impugnación al funcionario lo fuera en virtud de crímenes cometidos por aquél, el
Juicio Político una vez aprobado, daría lugar a un juicio ordinario. Es decir, si el
funcionario robó, después de la destitución política a la que es castigado, se vería
enfrentado a un tribunal ordinario que lo juzgaría por el delito imputado.
De acuerdo a lo dicho, el PL no se entromete en las potestades del PJ y no habría
afectación de gobernabilidad. Esta se vería interpelada cuando el PJ pretende
terciar en las cuestiones estrictamente políticas. Acá podría haber una afectación
de gobernabilidad toda vez que esta se vería resentida en virtud de una
impugnación ajena a los órganos de control y decisión del Estado. Quiero decir, si
el PJ siempre y en todos los casos se reserva la ultima palabra en lo referente a la
constitucionalidad de los actos de gobierno, esto supondría un plus de poder por
sobre los otros poderes del Estado. Pero en el caso del Juicio Político esto no
sucede por que el PJ se cuida, por imperio de las normas que le dan legitimidad y
legalidad, de no entrometerse en esta cuestión.
La cuestión comienza a emerger cuando consideramos al Derecho como una
verdad ineluctable e indiscutible lo que lleva a pensar que el origen del mismo no
se encuentra en la historia sino en una genealogía de origen imprecisos y mas
ligado a cuestiones “naturales” o divinas. Si, como pensamos y fundamentamos, el
Derecho es una construcción histórica, nuestra posición se aclara más. El Juicio
Político, como una parte del Derecho Político, no afectaría la gobernabilidad toda
vez que es un procedimiento administrativo de un Estado Democrático de Derecho
y cuyos procedimientos se encuentran estipulados por una Constitución Nacional
sancionada legítimamente por una Asamblea Constituyente.
La historicidad del Derecho nos da la clave para entender, entonces, la
historicidad de las formas de control político de las acciones de gobierno.
La afectación de gobernabilidad podría darse en un sistema en donde la oposición
controla la mayoría parlamentaria necesaria para impugnar las acciones del PE y
el Juicio Político sería un sustituto civilizado y democrático de un golpe de estado.
Si los procedimientos establecidos en la Constitución Nacional se respetan, no hay
nada de antidemocrático sino un movimiento más en el juego de la política.
61
En la Constitución Nacional esta establecido el Juicio Político para determinados funcionarios del Estado
según dictan los artículos 45, 51 y 52
40
CONCLUSION.
Para que un gobierno tenga capacidad de gobernar, debe disponer de poder. Es
por medio del poder que los estados diseñan e implementan sus políticas
tendientes no solo a reproducir las condiciones de producción del poder y del
orden social, y por ende las jerarquías que el sanciona, sino que también
construye la sociedad.
Para que este poder político no se absolutice y termine ahogando lo que pretende
mantener ha debido crear instituciones que obstaculicen dicho proceso. Estas
instancias han provenido desde un trasfondo histórico y han sido titularizadas por
las clases subordinadas. Esta impugnación a la concreción del poder absoluto
materializado en uno o varios individuos devino en formas institucionalizadas del
control del poder donde el Impeachment, el Juicio Político y el Juicio de
Residencia son tres claros ejemplos.
Con la transformación de los Estados Nacionales Modernos asistiremos a
novedosas formas del control público que, más allá del ejercicio electoral
tradicional (que es una de las formas de control público) seguiran dichas
transformaciones del Estado. Si éste cambia, la ciudadanía encontrará las formas
para ejercer el control público de los funcionarios habida cuenta que, como vimos,
la necesidad de control no solo es una cuestión estructural sino que también es
una especie de “energía” que viene desde el trasfondo de la historia.
En síntesis; hemos visto como se han instituido algunas formas de control del
poder y, si bien no juzgamos la positividad o negatividad de ellos, hemos podido
apreciar como inciden en los procesos de construcción de gobernabilidad.
Legitimidad y gobernabilidad, entonces, como dos dimensiones indispensables a
la hora de pensar en política.
41
IV. JUDICIABILIDAD DE LA CUESTIÓN POLÍTICA. Un estudio de caso62.
Introducción
En la Introducción y en el punto I de este ensayo, se han planteado algunas ideas
rectoras que pretenden dar cuenta de la emergencia originaria de la Tensión
Social generadora, a su vez, de los conflictos. Se ha tratado de mostrar una
mirada alternativa y un esquema de percepción e interpretación sobre la
fenomenología política en las sociedades y en los Estados de Derecho. Se ha
visto que el hombre ha desarrollado estrategias de adaptación ligadas al ejercicio
de la solidaridad antes que a la competencia. Hemos viste, también, como esta
última ha ido ganando terreno en las sociedades modernas y cómo el Estado de
Derecho ha promovido astutamente su fortalecimiento.
No obstante lo expresado, que finalmente no es más que una apreciación
subjetiva de los fenómenos sociales de la actualidad, sostenemos lo dicho acerca
de la génesis de la Tensión Social y la emergencia de las cuestiones. En este
orden, presentamos la reflexión acerca de la judiciabilidad de la cuestión política
como un ejemplo de lo que se viene manifestando. Consideramos que en este
ejemplo, se conjugan de alguna manera particular lo que tiene de central esta
reflexión política.
IV. 1. POLITICA, DERECHO Y JUSTICIA
Entiendo la política como una acción social con sentido que interviene en la
organización social de un Estado y que utiliza el poder para llevar a cabo sus
postulados. De tal manera que, cuando hablamos de política, también hablamos
de sociedad, poder, control, Estado, Nación, etc. Pero principalmente, de acción
social. La justicia, por su parte, es la política hecha normativa. La justicia se
expresa por sus sentencias, que son acción política, toda vez que se necesita de
poder para que esta normativa tenga probabilidades de cumplirse. La ley, desde
esta perspectiva, es una orientación de las conductas humanas definidas como
esperables y normales por la normativa vigente. Se debe destacar que tanto la ley
como la política están sometidas a los procesos históricos que están presentes en
su constitución.
Para que la Tensión Social de la que se viene hablando no hiciera estallar la
sociedad, hubo que hallar mecanismos de negociación social que devinieron en
alianzas que posibilitaron que la novedosa “invención” encontrara los caminos
para su evolución. La historia nos exime de describir como se fue dando este
proceso evolutivo a través de los miles de años que han pasado desde el Estado
de Naturaleza hasta los Estados Nacionales Modernos.
Los Estados Modernos son también Estados de Derecho y este, como una
dimensión dentro de la política, por su propia dinámica evolutiva, pretende terciar
en la Tensión Social que se manifestara, buscando su fortalecimiento a expensas
de los demás. Para que el Derecho no se transforme en el único factor de poder
dentro de un Estado, lo que lo haría colapsar, la República ha establecido en su
constitución, un sistema de “pesos y contrapesos” que intentan morigerar la
Tensión Social. Es por ello que todos los poderes de un estado; el Poder
Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial se controlan mutuamente. La
preponderancia de uno de ellos por sobre los otros supone un desbalanceo y
asimetrías que van a influir en los sistemas de gestión y en la gobernabilidad.
Se debe mencionar una característica particular acerca de los tres poderes que
componen una República Moderna y este es que mientras el Poder Legislativo y el
Poder Ejecutivo obtienen su legitimación por medio del voto el Poder Judicial no,
por lo que marcamos una diferencia cualitativa que abona la idea directriz de este
trabajo de reflexión.
62
En el mes de abril de 2006, el Instituto de Capacitación Parlamentaria del H. Congreso de la Nación, dio
una charla cuyo título fue: “Cuestiones no judiciables y autorestricción del Poder Judicial”. A partir de esta
charla, se continuo con un Taller-debate abierto a la comunidad en donde presente una ponencia, que fue
aceptada por dicho Instituto y se me brindo la posibilidad de exponerla en una Jornada que duró de tres días
(16,18 y 23 de mayo de 2006). Lo que sigue esta inspirado en aquella ponencia.
42
IV. 1. 1. La Cuestión Política y la Cuestión Judicial.
Ya se había mencionado como surge la “cuestión social” y las consecuencias
políticas que esta trae aparejado.
Siguiendo con esta tradición, se puede decir que toda cuestión es la emergencia
de una problemática específica que obtiene la capacidad de agendarse
gubernamentalmente. Toda cuestión, entendida como “problema”, no posee una
entidad ontológica sino un devenir fenomenológico y las cuestiones políticas no
pueden escapar a esta génesis. Es decir, una cuestión política se transforma en
tal como resultado del devenir histórico originado por la Tensión Social y por las
negociaciones y alianzas que se han podido establecer en toda su genealogía. La
cuestión política así entendida, será el producto de la historia política y del juego
de tensiones dentro de un Estado.
Lo indicado para la política encuentra su correlato en la cuestión judicial ya que
esta, como hemos manifestado, es subsidiaria de la política, por lo que la cuestión
judicial cumplirá con las premisas que hemos indicado para la cuestión política.
En la tensión que hemos manifestado, el Poder Judicial juega su propio juego
pretendiendo acumular en su polo mayor poder. Esta es la premisa, que es política
quiero dejarlo en claro, por la que el Poder Judicial, se erige como el único poder
que se arroga la ultima ratio en lo referente a la interpretación de lo que es
constitucional de lo que no lo es por lo que descubrimos una paradoja más en el
ejercicio de la política. Esta paradoja estriba en que un poder, que no depende del
voto para su constitución, se erige como la ultima palabra para decir qué es lo
constitucional de lo qué no lo es corriendo el riesgo de que al hacerlo contraviene
postulados democráticos o la voluntad popular que se expresa por medio del voto.
Si bien la elección de los jueces se hace por actos que son secundariamente
dependientes del voto popular, podemos notar que hay una reducción de esta (la
soberanía popular) toda vez que los jueces no son elegidos en forma directa por
este mismo procedimiento. De tal manera que la legitimidad del Poder Judicial no
está basado en el consenso popular referido a voto sino en un consenso mas del
tipo racional y en la esperanza de obtener “justicia” considerada esta, como un
significante que dota de contenido a la legitimación manifestada y que posibilita el
desarrollo de gobernabilidad, factor indispensable para que un Estado implemente
su política con menos resistencia lo que le posibilita finalmente planificarlas.
En este juego de tensiones, negociaciones y alianzas, le corresponde al Derecho
ser una especie de regulación de los otros dos poderes y cuenta con el mayor
grado de racionalidad. Se debe mencionar que la racionalidad es uno de los
factores que contribuyen en el proceso de legitimación y es uno, junto con la
tradición y el carisma, de los fundamentos de la dominación legítima.
Entonces, por un lado tenemos a la política, como variable independiente y el
Derecho como variable dependiente pero que, nuevamente en forma paradojal,
tiene la pretensión legítima, desde la perspectiva republicana, de ser una forma de
regular la política. La autonomía regulatoria del Derecho estará permanentemente
interpelada por la realidad socio política que tendrá la capacidad de convertirse en
cuestión tal como manifestáramos precedentemente. Por esta razón, el Derecho
se posicionará “detrás” de la realidad sociopolítica y tenderá hacia posiciones
conservadoras atento que su misión será reglamentar y controlar antes que
gestionar o implementar.
El Derecho, al pretender imponerse como último en la interpretación de la
Constitución Nacional y desconocer la autonomía y potencialidad de acción de los
otros dos poderes, refuerza y perfecciona su poder omnímodo convirtiéndose,
quizás, en un obstáculo para el ejercicio pleno de la democracia todo vez que sus
fallos pueden ir en contra de la opinión de la ciudadanía, detentora de la soberanía
nacional. De esta manera y otra vez paradojalmente, podemos establecer, con
cierto grado de duda, debemos reconocerlo, que un Estado de Derecho puede
contravenir a un Estado Democrático.
***
43
En la República Argentina la cuestión entre política y justicia encuentra claves de
su resolución en la propia historia. Esta, como un espacio temporal en donde se
producen las significaciones, es un ejemplo de lo que se viene manifestando. La
Constitución Nacional, es una constitución hiperpresidencialista y al mismo tiempo
ubica al Poder Judicial como el último, y por esto mismo “único” en interpretarla.
Esto supondría un plus de poder por sobre los otros poderes63. Quiero decir, la
política es realmente una acción por lo que los postulados teóricos del Derecho, si
no logran acumular poder legítimo, serán desplazados permanentemente por la
política. Confirmamos al mismo tiempo que es real la Tensión que se produce al
evolucionar en forma conjunta las tres dimensiones mencionadas al inicio.
Creemos que el Derecho es subsidiario de la Política toda vez que aquel se ha
constituido a posteriori de esta. Al mismo tiempo, el Derecho, en su propia
dinámica evolutiva como un factor sociopolítico que ingresa a la arena política,
definida esta por un interjuego de tensiones sociales que encuentran en las
negociaciones, concertaciones y en las alianzas una forma de adaptación que
posibilita la evolución histórica, intenta terciar en el juego imponiendo su autoridad
y pretendiendo que toda acción social, incluso la política, pueda caer bajo su
jurisdicción y por ende se erige como la ultima instancia racional en la
interpretación de la constitucionalidad de un acto de gobierno. Esta pretensión
supone aumentar la Tensión Social toda vez que el Derecho no se aviene a
negociar con los otros poderes de un Estado. De esta manera, el Derecho puede
constituirse en un obstáculo al desarrollo de gobernabilidad en un país por lo que
el poder político se enfrentará a él para poder imponer sus decisiones. En este
espacio que va desde la política al Derecho, se juegan no solo estas dos
dimensiones sociales sino el sistema democrático.
En la resolución de las tensiones sociales, mediante un sistema de alianzas,
concertaciones y negociaciones permanentes, podemos encontrar, quizás, las
respuestas.
IV. 2. DIMENSIONES DE AFECTACIÓN DE LA GOBERNABILIDAD.
Como se pudo apreciar en el texto anteriormente mencionado, el “lugar” donde se
resolverán estas tensiones estará definido por la política. Al mismo tiempo de lo
explicitado, hemos definido qué es la cuestión y como ésta tiene una génesis
sociohistórica que devino en la cuestión de las cuestiones que, dentro de la teoría
general que estamos mencionando, encuentra su resolución también en el ámbito
político. En resumen; hemos visto como se constituyen los fenómenos sociales
desde una mirada influenciada por la antropología política, como la Tensión Social
es inherente a esta formación y como ésta, por procesos históricos y sociales, se
transforma en cuestión con capacidad para agendarse en la agenda de los
gobiernos. En base a esta apreciaciones, formularemos una nueva reflexión
acerca de cómo afecta tanto positiva como negativamente la judiciabilidad de la
cuestión política.
IV. 2. 1. Afectación de la gobernabilidad.
Mencionábamos que, si el Derecho se arroga para sí la ultima ratio en la
interpretación de la Constitución Nacional esta característica, además de suponer
un plus de poder y que conlleva asimetrías, implica la judicialización de la cuestión
política. Asimismo, esta judicialización puede implicar un aumento de la Tensión
Social, sobre todo a nivel político, ya que afecta la gobernabilidad. Es decir, la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, al ser la última en garantizar el monopolio
de la interpretación legal (no necesariamente legítima) sobre la Constitución
Nacional puede impedir, con sus fallos, que el gobierno implemente sus políticas.
A esto lo hemos denominado afectación de la gobernabilidad. Esta afectación
supone, al menos, dos dimensiones:
63
La Suprema Corte de Justicia no se caracteriza por fallar en contra del Poder Ejecutivo en cuestiones
eminentemente políticas y, si damos crédito a las versiones periodísticas autorizadas y realmente el
nombramiento de algunos miembros de dicha Corte en años recientes obedeció a deseos presidenciales que
terminaron estableciendo algunos nombres en servilletas, podemos apreciar por que caminos transcurre la
hegemonía y preponderancia de la política por sobre la justicia.
44
a) Dimensión positiva de la afectación de gobernabilidad.
b) Dimensión negativa de la afectación de gobernabilidad
a) Dimensión positiva de la afectación de gobernabilidad.
Si la Constitución Nacional garantiza el ejercicio pleno de los derechos sociales
que ella misma consagra, es obligación del Estado desarrollar políticas sociales
que se implementarán en virtud de programas sociales. Si así no lo hiciere, el
Estado estaría en falta y el no cumplimiento de estos derechos devendría en una
cuestión judicial. La historia nos suministra ejemplos de las luchas que han llevado
los colectivos (especialmente el colectivo de los trabajadores, las mujeres, etc.)
para pedir la concreción de estos derechos. La Suprema Corte de Justicia ha
convalidado esta apreciación y ha fallado a favor de las personas que
reclamaban64. Al mismo tiempo, el Estado sólo tiene la obligación de cumplir con
la Ley pero esta no dice cómo debe hacerlo (ya que es prerrogativa del poder
político) ni cuando (temporalidad de las acciones de un gobierno). Un ejemplo: la
Constitución Nacional garantiza la educación pero no estipula que ésta debe ser
provista por el Estado, por la Iglesia o por el mercado. El Estado bien puede
proponer que la satisfacción de ese derecho sea por medio del mercado –tal como
sucedió durante la década de los ´90- permitiendo (subsidiando) la instalación de
escuelas privadas. Otra herramienta que tienen los Estados, y que se resumen en
la función de asignación, es la de disminuir o incrementar las cargas tributarias.
Entonces, el Estado puede asignar o bien partidas presupuestarias para subsidiar
la actividad privada en la enseñanza básica –podría hacerlo con la media y hasta
en la superior- o permitir un descuento impositivo en las cargas de estos mismos
establecimientos.
Un ejemplo concreto de afectación positiva de la gobernabilidad está definida por
los fallos de la Justicia en materia previsional.
Como es bien sabido, el envejecimiento poblacional, la longevidad y los efectos en
términos de desocupación, privatización y liberalización producido por los planes
de ajustes llevados a cabo por gobiernos neoliberales en los años ´90 tanto en
Argentina como en otros países incluso de la región, han producido, junto con
otros factores constitutivos e históricamente determinados, el colapso financiero
del sistema previsional. Esto significó, en términos estrictamente econométricos, la
disminución del haber previsional, además del desmantelamiento de variadas
organizaciones e instituciones de protección social en donde es quizás el ejemplo
del PAMI, el que mejor ilustra nuestra posición.
Estos efectos sociales demográfica e históricamente determinados definen y
significan una nueva cuestión que se definirá como la cuestión de la vejez.
La cuestión, como mencionáramos, tendrá la capacidad de agendar su
problemática dentro de los intereses de los hacedores de política al interior del
gobierno. Pero no sólo en ellos sino tambien en la agenda de los medios de
comunicación, en algunas organizaciones no gubernamentales, etc.
Una vez que la cuestión emerge, se torna importante y estratégico dar cuenta de
ella. Para ello, los gobierno desarrollan políticas, entendidas como programas de
acción política.
Ante la emergencia de la cuestión de la vejez en los años ´90 y que se patentizó
en las llamadas Movilizaciones de Jubilados, que fueron y son llevadas adelante
por las organizaciones de Jubilados y Pensionados que se reúnen los miércoles
frente a las puertas del Congreso Nacional, el gobierno tuvo que dar una
respuesta y esta fue la Ley de Solidaridad Previsional aprobada en el año 1995.
Por medio de la sanción de esta Ley, el gobierno buscó crear obstáculos, diferir e
incluso impedir la realización de juicios contra el Estado y que involucrara la
actualización del haber previsional en aquellos sujetos derechohabientes que así
lo manifestaran. El Estado de aquel entonces, argumentó la excepción por “falta
64
Consultar especialmente El umbral de la ciudadanía. El significado de los derechos sociales en el
Estado social constitucional. Abramovich, V y Courtis, Ch. Estudios del Puerto. Bs. As. 2006.
45
de recursos” y bloqueó el pago de los montos a los que fue condenado. En otras
palabras; el Estado toma una decisión política que consistió en diferir e incluso
cerrar los caminos con que contaban los ciudadanos para hacer reclamos
legítimos y legales sobre una situación que vulneraba sus derechos previsionales.
Esta decisión, como se puede observar, es una decisión que obedece a
cuestiones políticas por que sí bien el país estaba atravesando una profunda
crisis, no significaba que no hubiera recursos sino que estos se distribuían de
acuerdo a una lógica diferente a la social. Los recursos existentes fueron
destinados a otras áreas (pago de la deuda externa, mejoramiento de los salarios
de los funcionarios del gobierno, etc.). Obviamente, los sujetos apelaron esta
decisión del gobierno y comenzaron a reclamar a la justicia por lo que
consideraban una vulneración de sus derechos. Los Tribunales y la Suprema
Corte dieron lugar a los reclamos de los ciudadanos y determinaron que la infausta
Ley, llamada de Solidaridad Previsional, era inconstitucional y regresiva y revirtió
la decisión política obligando al Estado a hacerse responsable por lo que la
Constitución dictaba.
El ejemplo mencionado precedentemente, nos ilustra acerca de lo que hemos
denominado dimensión positiva de la afectación de la gobernabilidad. Es una
muestra de la positividad que tiene la judicialización de la cuestión política si
aceptamos que los Estados tienen como fundamento de su legitimidad la
obtención de lo que se ha llamado el Bienestar Social, el Bienestar General de la
Población, el Bien Común y que se resume en el concepto político-histórico de
Justicia Social.
b) Dimensión negativa de afectación de gobernabilidad.
El Estado es soberano en materias de elección política ya sea definiendo las
circunscripciones electorales o impugnando la asunción a un puesto electivo de
algún ciudadano que no reúna las condiciones éticas y morales para desempeñar
el puesto.
Con respecto a las cuestiones electorales, la legislación comparada nos muestra
los casos en que la Corte, tanto Argentina como extranjera, ha fallado en contra
del poder político. Un caso testigo fue “Baker vs. Carr” (1962) en donde se
apelaba la distribución de la Asamblea General de Tennesse debido a una “falta
de representatividad” de los votos. Se alegaba que la Constitución de Tennesse
prescribe la representación proporcional sobre bases proporcionales. Los distritos
uninominales de la Asamblea no habían sido actualizados desde 1901. Esto
suponía una contravención al espíritu republicano y democrático que había
inspirado la norma electoral. Es decir, no se apelaba el resultado de una elección
sino la representatividad de los actores políticos elegidos. En esta instancia, se
puede considerar que hay una injerencia de la Corte en temas estrictamente
políticos y que pueden llevar a una modificación de las estructuras
gubernamentales afectando directamente el poder político de un Estado. La
pregunta que surge, mas allá del planteo puntual de este caso, es de sí la Corte
realmente puede tener atribuciones políticas específicamente en lo relativo a las
circunscripciones electorales. Debemos advertir que estas no se han constituido
históricamente en forma independiente, antes bien, responden a trazados
geográficos, culturales e incluso raciales por lo que la representación
estadísticamente perfecta puede contravenir el espíritu democrático que inspira a
las Repúblicas. Otro ejemplo esta dado, en este tema, por las divisiones estatales
que son la médula de los sistemas republicanos federales. Si un Estado provincial,
decide que debe subdividir una región en dos o varias y que a cada una de ellas le
corresponde un senador provincial, ¿debe la Justicia interpelar esta decisión
política?. Si los procedimientos reglamentarios se han cumplido, significa que la
mayoría –titularizada en este caso por los representantes electos- logra imponer
su proyecto y se salvan así las formas democráticas. Esto sucedió cuando el
gobierno de la provincia de Buenos Aires dividió distritos municipales como fue el
caso de San Miguel y de Malvinas Argentinas. Lo que antes era un solo distrito
electoral ahora son dos.
46
Otro ejemplo son las impugnaciones a o bien a la presentación de un candidato a
una elección o la impugnación al diploma de un legislador electo. En virtud de
pactos que la Constitución Nacional incorpora, no se debería impedir el acceso de
los ciudadanos a la posibilidad de ser elegidos salvo que tengan causas abiertas o
estén condenados por crímenes. Pero, no necesariamente las pruebas de la
justicia sean las únicas que se puedan presentar para probar las impugnaciones.
La justicia tiene muy claro, en sus procedimientos procesales, como son las
pruebas, de que tipo son, como presentarlas, que dicen, etc., y en base a ellas
toma sus decisiones. Pero la ciencia, que es otra forma de producción de
conocimientos, no necesita de la metodología jurídica para probar sus
aseveraciones. De tal manera que la ciencia puede presentar hallazgos,
demostrables por el método científico, pero que no tienen entidad como prueba
jurídica y por esto son rechazados. De la misma manera, pueden presentarse a
cargos electivos sujetos que poseen antecedentes de crímenes contra la
humanidad y que no han podido ser probados en sede judicial por que o bien han
fallecido las víctimas o por que los testigos tienen temor de las represalias que
este acto pueda traerles. Esto no significa que el hecho no haya ocurrido sino que
no se puede probar en sede judicial pero si quizás se pueda probar en un
consultorio psicológico. La Corte Suprema al hacer lugar a estos reclamos, puede
influir negativamente sobre la gobernabilidad toda vez que aprueba la
incorporación a los cuerpos legislativos de personas acusadas de cometer delitos
de lesa humanidad. La afectación negativa estaría dada por el desconocimiento de
la decisión de los cuerpos soberanos de raíz política, tales como los Parlamentos
y que son elegidos por votación.
La Tensión Social que describimos en las primeras páginas, se encuentra inserta
entre los tres poderes constitutivos de un Estado y son inevitables. La “solución” a
esta cuestión se encuentra en el proceso de negociaciones, concertaciones y
alianzas anteriormente descritos enfatizando la capacidad de relacionanamiento
que produce. Al mismo tiempo, confirmamos la hipótesis inicial mencionada en la
primer parte de este trabajo de reflexión acerca de la constitución de lo social en
tres dimensiones interrelacionadas. Esta interrelación producirá tensiones
inevitables. Estas, a su vez, devendrán en cuestiones que emergerán en la
realidad social interpelando a los tres poderes. Debemos entender todo este
proceso, como una especie de “energía” social que dinamiza los procesos sociopolíticos. Las negociaciones y alianzas suponen, siempre, el reconocimiento del
otro favoreciendo el sistema democrático representantivo. Dicho de otro modo, la
Tensión Social resultante del proceso permanente de producción de sociabilidad,
funciona como un desafío permanente a la integración de la sociedad. Mediante el
mecanismo de negociación, concertación y alianzas, la sociedad encuentra las
vías de adaptación y solución a las demandas que la propia organización social le
plantea. Este camino supone la aceptación del otro lo que propicia el surgimiento y
maduración de las formas democráticas. En este juego de respeto y tolerancia de
las tensiones sociales existentes, la sociedad puede encontrar caminos que
conduzcan al Bien Común o Bienestar Social
IV. 3. ESTADO, POLÍTICA Y JUSTICIA.
En primer lugar, me parece que se debería enmarcar las reflexiones realizadas en
el tema que nos aboca y este es la política. Y si hablamos de política no podemos
dejar de mencionar que esta se da, también, en el Estado. Entendemos por
Estado a la institución que monopoliza el poder legítimo en un determinado
territorio65 y al poder como un ejercicio y no como una declamación. El poder,
como la política son, entonces, acción social con sentido66.
De tal manera que, la judiciabilidad de la cuestión política, una vez entendida qué
es la cuestión y como surge, debe ser entendida como una tensión dentro de los
Estados. Es aquí donde debe resolverse esta cuestión toda vez que existen
mecanismos de negociación y alianzas que contribuyen a lograr gobernabilidad. Si
así no se hiciere, se corre el riesgo de aumentar la Tensión la que se convertirá en
crisis y la política, como ha explicitado Clausewitz, devendrá en guerra.
65
66
Cfr. Max Weber: Economía y Sociedad. FCE. Bs. As.
Idem.
47
El Derecho, que nace subordinado a la política pero que en el marco del juego
republicano se arroga para sí, la interpretación de lo que es constitucional de lo
que no lo es, no puede escapar a lo que el origen del Derecho propone y este es
captar el espíritu de las leyes. Es decir, si el Derecho solo se reduce a
interpretaciones técnicas que tienden a desconocer el espíritu de la ley que el
legislador propone, es probable que la Tensión Social aumente hasta poner en
peligro los lazos sociales. Debemos mencionar que, los Estados Modernos, sobre
todo los Estados del Siglo XXI, se diferencian de los primeros Estados Nacionales
Modernos de fines del Siglo XVIII y Siglo XIX en cuanto a su complejidad
institucional y burocrática lo que puede devenir en una multiplicidad de
manifestaciones políticas. Esta complejidad modifica, de hecho y por razones
históricas, los dispositivos jurídicos creando espacios que algunos juristas definen
como “poderes salvajes”67 capaces de abstraerse al entramado de la civilización
jurídica. De tal manera que la complejidad social devenida por el proceso
civilizatorio68 es seguida por el desarrollo normativo que termina produciendo una
“inflación normativa” que puede implicar afectación de la gobernabilidad. Si toda la
vida social puede estar comprendida en normas jurídicas, se corre el riesgo de
anular la potencialidad social evolutiva y que tiene en la Tensión Social y en la
desigualdad su “motor” de desarrollo. Quiero decir, si el proceso evolutivo de una
sociedad es enmarcado solamente por las normas jurídicas y estas se arrogan
para sí la imposición estricta de la ley, se corre el riesgo de subordinar la dinámica
social a los cánones estrictos estipulados por la norma lo que devendrá, según mi
juicio, en un aumento de la Tensión Social. La era del Derecho, se revela
entonces, como la era de los conflictos69.
De la misma manera, se debe distinguir que la norma se obedece cuando el
interés por cumplirla supera el interés por desobedecerla. Esta cuestión está en la
base de la legitimidad. Si la mayoría de la ciudadanía no tiene interés en cumplir
la norma70 esta tendrá mayores obstáculos a la hora de imponerse y supondrá,
también, un agudizamiento de la Tensión Social.
Otro elemento a considerar en esta reflexión está dado por la diferencia que existe
entre la concepción material y la concepción formal de la Constitución Nacional. Lo
que estipula la Constitución Nacional en su aspecto formal puede conducir a un
fortalecimiento de la Tensión Social toda vez que se contrapone con la práctica
política con la que el Poder Ejecutivo lleva adelante sus programas. En otras
palabras, con el proceso civilizatorio anteriormente descrito, que puede conducir a
una “inflación” normativa, el poder político expresado en el Poder Ejecutivo, puede
ser interpelado mas asiduamente en virtud de las posibles contradicciones que
puedan surgir entre la concepción formal –mas purista y principista- y la
concepción material de la Constitución Nacional que se cristalizará materialmente
en virtud del ejercicio de las políticas públicas y las políticas sociales71.
Advertimos, una vez mas, el surgimiento de paradojas en las reflexiones políticas
y esta es que el exceso de normas, cuyo objeto es regular la vida en sociedad, por
imperio de esas mismas normas puede obstaculizar el desarrollo evolutivo de la
sociedad atrasándola e incluso bloqueando la emergencia de cuestiones que
dinamizan la evolución social. Como podemos seguir observando, es dentro de la
institución estatal donde se dan esta clase de conflictos y tensiones.
Por lo expresado, creemos que el marco de comprensión de judiciabilidad de la
cuestión política, en donde ya hemos definido qué es la cuestión política, se da
exclusivamente dentro del Estado ya que es en él en donde se cristalizan estas
67
Cfr. Pier Paolo Portinaro: Estado. Léxico de política. Ed. Nueva Visión. Bs. As.1999.
Cfr. Norbert Elias: El proceso de civilización. FCE. Bs. As.
69
Pier Paolo Portinaro. Op. Cit. Pág 11.
70
Como ejemplo podría mencionar la prohibición hecha por Juan Manuel de Rosas de no festejar el carnaval
en Buenos Aires por ser “salvaje”. Esta ordenanza del Restaurador no pudo ser llevada a la práctica por que
la población de la ciudad de Buenos Aires tuvo más interés en festejar la fiesta popular que acatar la decisión
normativa.
71
Entiendo por políticas públicas, todas aquellas que desarrolla el Estado para llevar adelante su gobierno. Se
incluyen en estas la políticas de defensa, la política exterior, etc. Por políticas sociales se entiende la
aplicación de programas en el área laboral, educativa, previsional, vivienda y salud.
68
48
tensiones inevitables. La sociedad del perfecto equilibrio y donde el conflicto ya no
existe, es una sociedad imaginaria y puede existir como Tipo Ideal pero no en la
realidad. Si alguna vez existiera este tipo de sociedad, la historia y la política no
tendrían razón de ser72
IV. 3. 1. Estado de Excepción. La Razón de Estado.
Habíamos mencionado que los Estados recurrían a facultades extraordinarios
delegadas generalmente por los poderes legislativos cuando se sienten
amenazados externamente por un ejército o por conmoción interna (guerra civil
golpes de estado, catástrofes naturales, etc.). Ante esta situación material, el
Estado debe tomar cartas en el asunto y ejercer gobierno. El Estado de Excepción
(Agamben) es una de las facultades que tiene el Estado para acumular poder y
decidir políticas y se debe advertir que no necesariamente este Estado de
Excepción se defina justamente por la situación excepcional que le da origen.
Agamben demuestra que no siempre ha sido así en la historia de Occidente. Los
Estados recurren a medidas de excepcionalidad cuando algunos de los
fundamentos de su dominación pueden ser interpelados por los otros poderes o
por la ciudadanía en general. El Estado declara la emergencia (social, financiera,
económica, etc.) y de esta manera logra acumular, otra vez mediante los procesos
de negociación, concertación y alianzas, mayor poder con el que llevar adelante
sus políticas y sus programas. Lo que bien observa el politólogo italiano es que el
Estado de Excepción se transforma por esta estrategia de gobernabilidad en lo
normal. La excepción deviene en normalidad y la normalidad en excepción lo que
traería, muy posiblemente, un fortalecimiento de los aspectos negativos de la
Tensión Social.
III. 3.2. Bienestar Social, Bien Común, Justicia Social. Fundamentos últimos
de la legitimidad social.
Para concluir esta reflexión, me gustaría plantear algunas ideas acerca de los
procesos de constitución de legimitidad de los Estados y del gobierno. Tanto uno
como el otro, como se ha dicho, deben lograr producir legitimidad toda vez que
pretenden imponer por medios pacíficos su política de gobierno y sus programas
políticos. Si así no lo hiciere, el costo de gobernar puede ser tan oneroso como el
de propiciar una guerra por que ¿por qué los ciudadanos deberíamos obedecer a
gobiernos que no buscan el Bien Común de la población? ¿Por qué la ciudadanía
debería sostener con su trabajo una burocracia gubernamental que solo lo
explota?
Justamente, por que si es verdad la teoría roussoniana acerca del Contrato Social,
los seres humanos delegamos parte de la soberanía en nuestros representantes
para que se comprometan a gestionar el Bien Común.
En primera instancia, debemos decir que el Bien Común no es solo una idea o una
esperanza sino que es una acción política. Esta acción política son programas
sociales(y públicos) que tienen como objetivo lograr que lo que se produce
socialmente en una sociedad sea distribuido equitativamente, es decir, “ a cada
cual según su necesidad”. El Bien Común, entonces, tiende al Bienestar Social
General y es un estado social en donde la vulnerabilidad desaparece
completamente correspondiendo al Estado el desarticular los obstáculos que se le
presentan a los ciudadanos para que ellos mismos puedan alcanzar el máximo de
sus capacidades. El Estado no es un mero proveedor de bienes sino que es el que
garantiza, mediante sus acciones políticas, que todos sus ciudadanos accedan a
todos los beneficios existentes en su sociedad. Obviamente, el tipo de Estado en
el que se esta pensando, es el Estado Social73. Entonces, el Estado Social no es
72
Las concepciones clásicas acerca de la construcción de la Utopía son las proclamadas por la Teoría Liberal,
sobre todo Adam Smith y David Ricardo y las concepciones socialistas y anarquistas representadas en el
pensamiento de Marx y Engels y Proudhom y Bakunin por su parte. Más modernamente, el Estructural
Funcionalismo de Talcott Parson, ha pretendido demostrar la inexistencia de los conflictos sociales y definirá
a estos como consecuencias de “inputs” y “outputs” que se dan en el marco de un sistema. Como se puede
apreciar, las reflexiones vertidas en esta reflexión se alejan considerablemente de la perspectiva del
Estructural Funcionalismo.
73
Sobre el Estado Social se puede consultar la clásica obra de Gosta Esping Andersen Los Tres Estados de
Bienestar
49
solamente el proveedor de bienes y servicios para aquellos estratos sociales
pauperizados y vulnerables, justificada esta provisión por coyunturas críticas, sino
que debe ir evolucionando hacia formas de protección social más ligadas al
ejercicio de una ciudadanía activa. La provisión de bienes y servicios, termina
siendo una especie de filantropía “a” lo estatal que, finalmente, termina
reproduciendo un sistema de clientela y de prebendas que se alejan de los
modelos de ciudadanía plena. El Estado Social debe preocuparse por desarticular
los esquemas de ciudadanía tutelada.
Pero tambien, y en otro orden, el Bien Común es una idea rectora e inspiradora.
Quiero decir, pensar que es posible el Bien Común de donde uno vive y que hay
formas correctas de enfrentar a los problemas que la propia dinámica social
obliga, es un fin que es lícito perseguir. De esta manera, la utopía es posible de
construir a partir del Estado Social74.
En esta búsqueda de legitimidad es posible ver como, en una República
Democrática, los tres poderes se deberían controlar mutuamente así este control
suponga la emergencia de conflictos. El problema no radica en esta emergencia
conflictiva sino en la incapacidad de negociar, concertar y hacer alianzas con lo
que el conflicto se profundizará incluso hasta limites en donde la paz se disuelva y
la guerra tenga mayor posibilidad de emerger. De tal manera que, en la búsqueda
de legitimidad el Estado y el gobierno se juegan su sobrevivencia.
CONCLUSIÓN. Apología de la política.
Bien. Hemos visto a lo largo de esta reflexión como han surgido las dimensiones
sociales mediante el Big Bang social y como, en este surgimiento nace,
inherentemente a esta formación, la Tensión Social. Tambien hemos demostrado
como la Tensión Social es inevitable y como, por razones históricas y por el propio
juego político se puede convertir en Cuestión. Esta surge como desafío a los
Estados y estos, en búsqueda de la legitimidad para sus actos de gobiernos,
deben diseñar políticas que se expresarán finalmente en programas políticos
tendientes a evitar que las demandas sociales se transformen en interpelaciones
permanentes y agudicen de tal manera las tensiones que la paz y la concordia
social ya no encuentren cauces democráticos para establecerse y la guerra o la
anomia cubran los aspectos sociales y ocupen el centro de lo social.
En este escrito he pretendido ubicar a la política como el instrumento de acción
social que los hombres nos hemos dado, en un largo recorrido histórico, para
organizarnos como sociedad. De tal manera que, más allá de los objetivos que
nos planteáramos en la introducción y que versan sobre la República y el control
político del poder, afortunadamente mostramos la necesariedad de la política. Y
cuando digo necesariedad no quiero decir omnipresencia u omnipotencia o
panpolitización de la sociedad. La política es necesaria en la sociedad
sencillamente por que forma parte constitutiva de esta. Negarla y combatirla, como
hace la más reaccionaria ideología liberal mercantilista, solo cambia el eje de
poder y de dominación de la sociedad que de un Estado susceptible de control y
juzgamiento se pasa a organizaciones que buscan en la rentabilidad su objetivo
final. En el desplazamiento del Bien Común/Bienestar General a la ganancia,
expresada unicamente por la acumulación de dinero, se encuentra una de las
claves, según mi argumentación, de la tragedia social actual.
No es el laissez faire ni la pretendida y nunca demostrada empíricamente
autoregulación del mercado como instancia de resolución de los conflictos, antes
bien, la extrema autonomía de esta dimensión social no puede cumplir sus
promesas y sus postulados sobre igualdad de oportunidades y democratización
republicana de la sociedad. El resultado final, a principios del S. XXI se expresa en
una mayor diversidad y una mayor profundización de los conflictos sociales, sobre
74
Las implicancias de la reflexión realizada acerca del Bienestar Común y del Estado Social son de una
profundidad y extensión tal que, el estricto carácter de este trabajo, nos impide continuar. Me interesa dejar
planteado el tema de la construcción de la utopía y de las herramientas políticas para hacerlo. Desde esta
posición, coincido con lo sostenido por los jacobinos franceses de fines del Siglo XVIII y principios del Siglo
XIX cuando confiaban en las herramientas políticas para transformar la sociedad.
50
todo a nivel político y que afecta, evidentemente, la vida cotidiana de los hombres.
La impugnación de la política y su suplantación por medio del mercado, en donde
los propietarios suplantan a los ciudadanos, solo favorece a los primeros y estos
no pueden ser interpelados políticamente sencillamenye por que se niegan a esta
instancia. Dicho de otra manera; la política posibilita el ejercicio de control del
poder mientras que el mercantilismo no. El Presidente de la Nación puede ser
sometido a juicio político, pero el representante de una corporación mercantil no
puede ser impugnado de ninguna manera por los consumidores. Más allá que se
apele al “poder del consumo” en un régimen de propiedad privada, que tiende a la
conformación de monopolios y que es una de las formas del poder absoluto, se
diluye digo, la posibilidad de impugnación ante una carencia de recursos
necesarios para la vida. Si necesitamos un remedio, no podemos andar eligiendo
mucho y protestando por el precio elevado del medicamente si de el, quizas,
depende la vida de un hijo o pariente cercano. Lo mismo podríamos ejemplificar
con la comida, el vestido, el trabajo, la educación, etc.
En esta dinámica social evolutiva que mostramos, el Estado y los poderes que lo
constituyen en una República Moderna Democrática, tiene la responsabilidad de
llevar adelante programas políticos en busca del Bien Común. En aras de este
objetivo, se da la política y, como se ha dicho, esta puede ser cuestionada por el
Derecho, reconociendo que éste es subsidiario de la política toda vez que es en
ella donde se dan los procesos de constitución del Derecho. El problema que se
presenta en esta reflexión no estaría tanto en la judicialización de la cuestión
política sino en las consecuencias que ésta pueda traer para el ejercicio de la
gobernabilidad ya que, esta interpelación normativa, puede tener efectos
negativos o positivos en el ejercicio de la gobernabilidad. Esta afectación puede
aumentar negativamente la Tensión Social obligando, en un marco de gobierno
democrático, al Estado a negociar, concertar y realizar alianzas tendientes a
amortiguar esta Tensión Social. En el juego que va desde el surgimiento de las
cuestiones y la elaboración de políticas legítimas y legales de acuerdo a los
dictados de una Constitución Nacional, entendida como un producto histórico y
como acuerdo de poderes, se juega el apasionante juego de la política y su
relación con los ciudadanos detentores de derechos y benefactores del Bien
Común. En este acuerdo social descansa, según mi juicio, la predectibilidad del
futuro de una Nación.
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